Asamblea de Madrid
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Origen y evolución <strong>de</strong> la Administración Parlamentaria 41<br />
1830, expoliaron a los institutos constitucionales ingleses <strong>de</strong> su carácter tradicional,<br />
y fueron adaptados con formas nuevas a los nuevos tiempos y al distinto<br />
clima social y político a los que habían sido trasplantados.<br />
Un elemento esencial <strong>de</strong> evolución <strong>de</strong> las instituciones políticas y sociales<br />
es su adaptación a su época y a su ambiente. Nuestro ambiente político y<br />
social, como en general el <strong>de</strong> todos los Estados <strong>de</strong> la Europa continental era,<br />
en torno a 1830, más próximo al <strong>de</strong> Francia que al ambiente histórico y social<br />
<strong>de</strong> Inglaterra.<br />
La Constitución Inglesa, a diferencia <strong>de</strong> los Estados continentales, es sobre<br />
todo la resultante <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo histórico <strong>de</strong> las antiguas instituciones <strong>de</strong> ese<br />
país, don<strong>de</strong> la evolución <strong>de</strong> las Cámaras Parlamentarias han ido al paso <strong>de</strong> la<br />
evolución <strong>de</strong>l Estado y <strong>de</strong> la sociedad. Se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>cir con Dareste, que una<br />
Constitución inglesa, en el sentido que generalmente se suele dar a esta expresión,<br />
como estatuto fundamental que <strong>de</strong>termina la organización <strong>de</strong> los po<strong>de</strong>res<br />
<strong>de</strong>l Estado y fija las bases <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho público no ha existido. Han existido<br />
simplemente ciertos hitos históricos, cada uno <strong>de</strong> los cuales ha significado una<br />
etapa en el <strong>de</strong>sarrollo progresivo <strong>de</strong> las instituciones inglesas, ninguno <strong>de</strong> los<br />
cuales se ha anunciado como el fundamento <strong>de</strong> algo nuevo: al contrario, ha<br />
sido consi<strong>de</strong>rado como una insistencia singular en los <strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>s<br />
respecto <strong>de</strong> los que era necesario realizar una nueva proclamación, para garantizar<br />
los <strong>de</strong>rechos antiguos <strong>de</strong> los que el pueblo inglés siempre habría gozado.<br />
Y así en sustancia, lo que se llama la Constitución inglesa consiste en gran<br />
parte en un conjunto <strong>de</strong> costumbres, prece<strong>de</strong>ntes y tradiciones bastante vagos<br />
y siempre flexibles 22 . Como ha señalado Flandin: «es un terreno formado con aluviones<br />
superpuestos» 23 .<br />
En Inglaterra, en resumen, la práctica <strong>de</strong>l gobierno parlamentario reposa<br />
en sus tradiciones y en sus costumbres; las máximas tradiciones que <strong>de</strong>limitan<br />
el ejercicio <strong>de</strong> los po<strong>de</strong>res políticos y son reconocidos como preceptos constitucionales,<br />
no han sido establecidas formalmente en ninguna Carta ni en<br />
ningún Estatuto, sino que se han <strong>de</strong>sarrollado a través <strong>de</strong>l curso <strong>de</strong> los siglos<br />
paralelamente a la legislación escrita; la organización, las relaciones recíprocas,<br />
el régimen <strong>de</strong> los gran<strong>de</strong>s po<strong>de</strong>res públicos (Po<strong>de</strong>r regio, Gobierno, Cámara<br />
Alta, Cámara <strong>de</strong> los Comunes) se escapan al <strong>de</strong>recho escrito y todas las cuestiones<br />
que constituyen el alma y el núcleo <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho constitucional, han sido<br />
reguladas mediante simples costumbres.<br />
Se pue<strong>de</strong> señalar el reinado <strong>de</strong> Eduardo I como el período en el que las instituciones<br />
parlamentarias inglesas aparecen en su forma <strong>de</strong>finitiva; <strong>de</strong>s<strong>de</strong> ahí<br />
hasta nuestros días los po<strong>de</strong>res <strong>de</strong>l Rey, <strong>de</strong> los Lores, <strong>de</strong> los Comunes, han permanecido<br />
formalmente casi inmutables, aunque nadie pue<strong>de</strong> negar la profunda<br />
diferencia que en la realidad existe entre el régimen político <strong>de</strong> la Inglaterra<br />
22 Recordar en esta materia, la famosa clasificación <strong>de</strong> Bryce entre Constituciones rígidas y flexibles,<br />
don<strong>de</strong> la Inglesa es la flexible por excelencia, «The American Commomwealth», New York, 1911, Vol I,<br />
p. 30<br />
23 Vid. Flandin, «Instituciones Políticas <strong>de</strong> la Europa Contemporánea», París, 1903, pp. 3 y ss.