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LEY Nº 20287 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.287 Página 38 de 47<br />

2.2. Discusión en Sala.<br />

DISCUSION EN SALA<br />

Senado. Legislatura 356, Sesión 44. Fecha 13 de agosto, 2008. Discusión<br />

general. Se aprueba en general y en particular con modificaciones.<br />

ADECUACIÓN DE NORMAS SOBRE PROCEDIMIENTO LABORAL<br />

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo<br />

trámite constitucional, que adecua las normas sobre procedimiento laboral<br />

contenidas en el Libro V del Código del Trabajo, con informe de la Comisión de<br />

Trabajo y Previsión Social.<br />

--Los antecedentes sobre el proyecto (5764-13) figuran en los Diarios de<br />

Sesiones que se indican:<br />

Proyecto de ley:<br />

En segundo trámite, sesión 27ª, en 17 de junio de 2008.<br />

Informe de Comisión:<br />

Trabajo, sesión 43ª, en 12 de agosto de 2008.<br />

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor<br />

Secretario.<br />

El señor HOFFMANN (Secretario General).- Conforme a lo acordado por los<br />

Comités, corresponde tratar este proyecto en primer lugar.<br />

El objetivo principal de la iniciativa es incorporar diversas<br />

adecuaciones a las normas sobre procedimiento laboral contenidas en el Libro<br />

V del Código del Trabajo, con el propósito de resguardar un mejor desempeño<br />

de la nueva justicia laboral.<br />

La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió el proyecto<br />

tanto en general cuanto en particular, por ser de artículo único, y aprobó la<br />

idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores<br />

señores Allamand, Letelier, Muñoz Aburto y Pizarro.<br />

En cuanto a la discusión particular, efectuó una modificación de<br />

referencia al texto despachado por la Cámara de Diputados, la que también fue<br />

acordada por la unanimidad de los mismos señores Senadores.<br />

De igual modo, la Comisión acordó dejar testimonio de que el<br />

alcance de la norma referida a la posibilidad de decretar diligencias para ser<br />

realizadas sin necesidad de exhorto, cuando la cercanía y conectividad de las<br />

comunas lo hace aconsejable, es el consignado en las páginas 14 a 16 del<br />

informe.<br />

El texto del proyecto aprobado por la Comisión de Trabajo y<br />

Previsión Social se transcribe en el informe pertinente.

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