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PETRÓLEOS MEXICANOS<br />
DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN<br />
SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS CORPORATIVOS<br />
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA<br />
NO. 18572002-XXX-09<br />
Petróleos Mexicanos convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional para la<br />
Contratación de Servicios, referente a: PÓLIZA INTEGRAL DE VIDA, QUE DÉ PROTECCIÓN POR<br />
FALLECIMIENTO AL PERSONAL ACTIVO DE PLANTA, TRANSITORIO Y JUBILADO DE<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS<br />
FILIALES, ASÍ COMO A LOS MÉDICOS RESIDENTES BECARIOS Y PILOTINES ASPIRANTES<br />
DE ESCUELAS NÁUTICAS MERCANTES, INCLUYENDO LOS GASTOS MÉDICOS DEL<br />
PERSONAL QUE DESEMPEÑE COMISIONES DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO, bajo las<br />
siguientes:<br />
1.- FUNDAMENTO LEGAL<br />
B A S E S<br />
Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3o, 25, 26<br />
fracción I, 26 bis fracción III, 27, 28 fracción I, 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público (LAASSP) y aplicables de su Reglamento (RLAASSP).<br />
2.- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.<br />
La Contratación de Servicios objeto de la presente licitación consiste en lo siguiente:<br />
PÓLIZA INTEGRAL DE VIDA, QUE DÉ PROTECCIÓN POR FALLECIMIENTO AL PERSONAL ACTIVO DE<br />
PLANTA, TRANSITORIO Y JUBILADO DE PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y<br />
EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES, ASÍ COMO A LOS MÉDICOS RESIDENTES BECARIOS Y<br />
PILOTINES Y ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS MERCANTES, INCLUYENDO LOS GASTOS<br />
MÉDICOS DEL PERSONAL QUE DESEMPEÑE COMISIONES DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO.<br />
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FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
INDICE<br />
1. OBJETO DE LA PÓLIZA.<br />
2. TÉRMINOS Y CONDICIONES.<br />
2.1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.<br />
2.2. DEFINICIONES APLICABLES A LA PÓLIZA.<br />
2.3. PERSONAL ASEGURADO.<br />
2.4. ACTUALIZACIÓN DE BENEFICIOS.<br />
2.5. VIGENCIA.<br />
2.6. PRIMA.<br />
2.7. DEDUCIBLES.<br />
2.8. GRUPOS ASEGURADOS<br />
2.8.1. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE CADA GRUPO.<br />
2.8.1.1. GRUPO I.<br />
COBERTURA POR FALLECIMIENTO PARA EL PERSONAL DE PLANTA, TRANSITORIO Y<br />
JUBILADO DE PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS<br />
EMPRESAS FILIALES.<br />
2.81.1.1. COBERTURA.<br />
2.8.1.1.2. PERSONAL ASEGURADO.<br />
2.8.1.1.3. SUMA ASEGURADA.<br />
2.8.1.1.3.1. TRABAJADORES ACTIVOS DE PLANTA.<br />
BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO.<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS.<br />
IV. BENEFICIO DE PROTECCIÓN ADICIONAL POR FALLECIMIENTO.<br />
2.8.1.1.3.2. TRABAJADORES TRANSITORIOS.<br />
BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO<br />
A) TRABAJADORES TRANSITORIOS CON CONTRATO EN VIGOR.<br />
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I. SEGURO DE VIDA.<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS.<br />
B) TRABAJADORES TRANSITORIOS SIN CONTRATO EN VIGOR.<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS.<br />
2.8.1.1.3.3. PERSONAL JUBILADO.<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD.<br />
III.GASTOS FUNERARIOS.<br />
IV.BENEFICIO DE PROTECCIÓN ADICIONAL.<br />
2.8.1.1.4. PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS BENEFICIOS DEL SEGURO<br />
INSTITUCIONAL DE VIDA POR FALLECIMIENTO DE TRABAJADORES ACTIVOS DE<br />
PLANTA, TRANSITORIOS Y JUBILADOS DEL GRUPO I.<br />
I. BENEFICIARIO(S).<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.<br />
III. LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
2.8.1.2. GRUPO II.<br />
COBERTURA POR FALLECIMIENTO PARA EL PERSONAL DEL ÁREA DE SERVICIOS DE<br />
SEGURIDAD FÍSICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS, SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU<br />
CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
2.8.1.2.1. COBERTURA.<br />
2.8.1.2.2. PERSONAL ASEGURADO.<br />
2.8.1.2.3. SUMA ASEGURADA.<br />
2.8.1.2.4. PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS BENEFICIOS DEL SEGURO DE VIDA POR<br />
FALLECIMIENTO DE PERSONAL DEL ÁREA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD FÍSICA DEL<br />
GRUPO II.<br />
I. BENEFICIARIO(S).<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.<br />
III. LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
2.8.1.3. GRUPO III<br />
COBERTURA POR FALLECIMIENTO PARA BECARIOS MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y<br />
ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS MERCANTES QUE REALIZAN PRÁCTICAS<br />
PROFESIONALES EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO<br />
SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
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2.8.1.3.1. COBERTURA.<br />
2.8.1.3.2. PERSONAL ASEGURADO.<br />
2.8.1.3.3. SUMA ASEGURADA.<br />
2.8.1.3.4. PROCEDIMIENTO PARA LA INDEMNIZACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS, GRUPO III,<br />
(BECARIOS MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS<br />
MERCANTES).<br />
I. BENEFICIARIO(S).<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.<br />
III. EMPRESA ASEGURADORA.<br />
2.8.1.4. GRUPO IV.<br />
COBERTURA DE GASTOS DE EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO PARA EL<br />
PERSONAL ACTIVO EN COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE PETRÓLEOS MEXICANOS,<br />
ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
2.8.1.4.1. COBERTURA.<br />
2.8.1.4.2. COLECTIVIDAD ASEGURADA.<br />
2.8.1.4.3. SUMA ASEGURADA.<br />
2.8.1.4.4. EXCLUSIVIDAD DE COBERTURA GRUPO IV PARA TRABAJADORES EN COMISIÓN.<br />
2.8.1.4.5. EXCLUSIONES DEL GRUPO IV.<br />
2.8.1.4.5.1. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA DE PRESTACIONES MÉDICAS.<br />
2.8.1.4.5.2. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA POR GASTOS DE EVACUACIÓN,<br />
REPATRIACIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA, TRANSPORTE DE CADÁVER, REUNIÓN<br />
MÉDICA DE EMERGENCIA.<br />
2.8.1.4.6. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA MÉDICA EN EL<br />
EXTRANJERO PARA EL PERSONAL EN COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
I. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS/ÁREA DE<br />
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CORRESPONDIENTE.<br />
II. EMPRESA ASEGURADORA.<br />
III. CENTRO DE TRABAJO / DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS/ÁREA DE<br />
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CORRESPONDIENTE.<br />
IV. ASEGURADO EN COMISIÓN.<br />
2.8.1.5. LINEAMIENTOS OPERATIVOS GENERALES.<br />
2.8.1.5.1. FORMATOS DE OTRAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS.<br />
2.8.1.5.2. USO Y ACTUALIZACIÓN DE LOS FORMATOS.<br />
2.8.1.5.3. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.<br />
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2.8.1.5.4. ACREDITACIÓN DE NOMBRES<br />
2.8.1.5.5. SOLICITUDES DE PAGO A MENORES DE EDAD, INCAPACES Y AQUELLOS<br />
BENEFICIARIOS QUE RADIQUEN EN EL EXTRANJERO.<br />
2.8.1.5.6. CONTRATOS DE SERVICIOS FUNERARIOS A FUTURO<br />
2.8.1.5.7. GASTOS FUNERARIOS CON FACTURA DEL SINDICATO O EXPEDIDA EN EL<br />
EXTRANJERO.<br />
2.9. CLÁUSULAS GENERALES.<br />
2.9.1. PRELACIÓN DE IDIOMAS.<br />
2.9.2. MONEDA.<br />
2.9.3. ERRORES U OMISIONES.<br />
2.9.4. QUIEBRA E INSOLVENCIA DEL ASEGURADO.<br />
2.9.5. ARBITRAJE.<br />
2.9.6. PRESCRIPCIÓN.<br />
2.9.7. INDEMNIZACIÓN POR MORA.<br />
2.9.8. ENCABEZADOS.<br />
2.9.9. GASTOS Y COSTOS ADMINISTRATIVOS.<br />
2.9.10. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.<br />
2.9.11. LEY REGULADORA E INTERPRETACIÓN.<br />
2.9.12. ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.<br />
2.9.13. FRAUDE O DOLO.<br />
2.9.14. CLÁUSULA DE REGISTRO.<br />
2.9.15. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
2.9.16. OBLIGACIONES FISCALES.<br />
2.9.17. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
2.9.18. SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
2.9.19. RESPONSABILIDAD LABORAL.<br />
2.9.20. MODIFICACIONES A LA PÓLIZA.<br />
2.9.21. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.<br />
2.9.22. DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES.<br />
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2.9.23. CONFIDENCIALIDAD.<br />
2.9.24. ADMINISTRACIÓN DE LA PÓLIZA.<br />
2.9.25. RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.<br />
2.9.26. CONDICIONES NO PREVISTAS.<br />
2.9.27. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.<br />
2.9.28. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA PÓLIZA.<br />
2.9.29. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO.<br />
2.9.30. FACTURACIÓN.<br />
2.9.31. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
2.9.32. FUENTES DE FINANCIAMIENTO.<br />
2.9.33. PAGOS EN EXCESO.<br />
2.9.34. OTRAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
2.9.35. PERSONAL ESPECIALIZADO DE LA EMPRESA ASEGURADORA. ANEXO 7<br />
2.9.36. RESPONSABILIDADES DE LA ASEGURADORA EN RELACIÓN A SINIESTROS, ANEXO 8.<br />
2.10. ANEXOS PÓLIZA.<br />
3. ESQUEMA DE REASEGURO.<br />
4. INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRATANTE<br />
4.1 TEXTO DE CONTRATO DE REASEGURO<br />
4.2 PRIMAS NETAS DE REASEGURO SOBRE LA BASE DEL 100% ESTABLECIDA POR KOT INSURANCE<br />
COMPANY AG<br />
4.3 DATOS BIOMÉTRICOS<br />
4.4 BASE SINIESTRAL DEL 13 DE MAYO DE 2005 AL 30 DE JUNIO DE 2009<br />
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS<br />
La Empresa Aseguradora emite la póliza en apego a los puntos denominados: 1) Objeto de la Póliza y 2)<br />
Términos y Condiciones (Incluyendo anexos) del apartado 2 “Descripción detallada de la contratación de<br />
servicios de la convocatoria”, así <strong>com</strong>o a las modificaciones que se deriven de la(s) junta(s) de aclaración(es).<br />
1. OBJETO DE LA PÓLIZA.<br />
El aseguramiento del pago de los beneficios reclamados por primera y única vez (“claims made”) por el<br />
fallecimiento de los trabajadores activos de planta, transitorios y jubilados, de Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales, así <strong>com</strong>o al personal del Área de Servicios de Seguridad<br />
Física, a los médicos residentes becarios y pilotines y aspirantes de escuelas náuticas mercantes, incluyendo<br />
los gastos médicos del personal que desempeñe <strong>com</strong>isiones de servicio en el extranjero.<br />
2. TÉRMINOS Y CONDICIONES.<br />
2.1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.<br />
Esta Póliza ha sido adjudicada mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional No 18572002-000-09.<br />
Cuenta con suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato,<br />
mediante las autorizaciones para Compromisos Plurianuales siguientes:<br />
Organismo Documento<br />
Petróleos Mexicanos DCF/333/2009<br />
<strong>PEMEX</strong> Refinación PLURI-S-033/09<br />
<strong>PEMEX</strong> Exploración y Producción PEP-366-2009<br />
<strong>PEMEX</strong> Gas y Petroquímica Básica DG/PUR054/2009<br />
<strong>PEMEX</strong> Petroquímica PLU-01 S/N<br />
2.2 DEFINICIONES APLICABLES A LA PÓLIZA<br />
Para propósitos de esta póliza los términos siguientes significan:<br />
A) “CONTRATANTE”<br />
Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales.<br />
B) “ASEGURADO”<br />
Personal activo de Planta, Transitorio y Jubilado de Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales, Personal del Área de Servicios de<br />
Seguridad Física, Becarios Médicos Residentes y Pilotines y Aspirantes de Escuelas<br />
náuticas mercantes que realicen sus prácticas profesionales en Petróleos Mexicanos,<br />
Organismos Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales.<br />
C) “BENEFICIARIO”<br />
Persona(s) designada(s) por el Asegurado para recibir los beneficios post-mortem. A falta<br />
de designación aplicará lo dispuesto por ley.<br />
D) “BENEFICIOS”<br />
Pago de las prestaciones derivadas de las coberturas establecidas en la póliza.<br />
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E) “CONSTANCIA DE SERVICIOS”<br />
Documento debidamente requisitado, firmado y expedido por el Área de Recursos<br />
Humanos de adscripción al Centro de Trabajo del Asegurado fallecido, el cual constituye<br />
la base para que la Empresa Aseguradora efectúe los cálculos correspondientes e<br />
indemnice a los Beneficiarios.<br />
F) “PÓLIZA”<br />
Contrato de seguro, por medio del cual la empresa aseguradora se obliga, mediante una<br />
prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad<br />
prevista en el contrato.<br />
2.3 PERSONAL ASEGURADO.<br />
La Cobertura de Vida Integral de los Asegurados, se otorga sin obligación de requisitar el cuestionario médico,<br />
ni la aplicación del examen médico, por lo que no habrá restricciones de aseguramiento cualquiera que sea la<br />
edad, sexo u ocupación o por razones de residencia, viajes o género de vida, desde la fecha de inicio de<br />
labores consignada en el Contrato o Tarjeta de Trabajo correspondiente y hasta la fecha de baja del Asegurado<br />
por terminación de su relación laboral.<br />
Asimismo, cualquier nuevo trabajador que forme parte de la plantilla laboral del CONTRATANTE quedará dado<br />
de alta sin tener que cubrirse cuota adicional por su inclusión, en el mismo sentido se establece que cualquier<br />
baja del personal asegurado no generará devolución de prima para el CONTRATANTE. Por lo anterior, el<br />
CONTRATANTE no está obligado a informar las altas o bajas que se originen en su plantilla laboral.<br />
2.4. ACTUALIZACIÓN DE BENEFICIOS.<br />
El Contrato Colectivo de Trabajo del CONTRATANTE se revisa anualmente, por lo que se refiere a salarios y<br />
algunas cuotas o prestaciones laborales, y cada dos años en forma integral, en esos eventos se pueden definir<br />
modificaciones a los salarios y a diversas prestaciones (relacionadas con los beneficios establecidos en esta<br />
póliza), las que entran en vigor cada 1ro. (Primero) de agosto de cada año, motivo por el cual una vez firmado<br />
dicho contrato laboral, será del conocimiento de la Empresa Aseguradora para que emita los endosos<br />
correspondientes y proceda en consecuencia, sin cargo de prima adicional, a liquidar los nuevos beneficios<br />
derivados de nuevas reclamaciones presentadas a partir de dicha fecha.<br />
La Empresa Aseguradora en cualquier fecha diferente a la mencionada en el párrafo anterior, acepta cualquier<br />
modificación a los beneficios establecidos en la póliza derivada del Contrato Colectivo de Trabajo y/o cualquier<br />
reglamentación vigente del CONTRATANTE.<br />
2.5. VIGENCIA<br />
La vigencia de esta póliza es del 01 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2011, la cual se <strong>com</strong>pone por dos<br />
períodos de cobertura:<br />
1er Período de Cobertura De las 00:00 (cero horas) del día 01 de enero de 2010 y hasta las 24:00 horas<br />
(veinticuatro horas) del día 31 de diciembre de 2010, ambas horas locales de la Ciudad de México.<br />
2do Período de Cobertura De las 00:00 (cero horas) del día 01 de enero de 2011, y hasta las 24:00 horas<br />
(veinticuatro horas) del día 31 de diciembre de 2011, ambas horas locales de la Ciudad de México.<br />
La Empresa Aseguradora indemnizará las reclamaciones procedentes que se presenten por primera y única<br />
vez durante la vigencia de la póliza.<br />
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La responsabilidad de la Empresa Aseguradora para ambos períodos, concluirá hasta la última indemnización<br />
de las reclamaciones recibidas durante la vigencia de la póliza.<br />
2.6. PRIMA<br />
El pago de la prima se realizará durante la vigencia de la póliza en 2 exhibiciones (períodos de igual duración),<br />
conforme a lo siguiente:<br />
PAGO<br />
2.7 DEDUCIBLES<br />
FECHA DE ENTREGA<br />
DE FACTURA<br />
FECHA LÍMITE DE<br />
PAGO<br />
Primero 04 de Enero de 2010 31 de Enero de 2010<br />
Segundo 03 de Enero de 2011 31 de Enero de 2011<br />
Esta póliza no considera la aplicación de deducible ni coaseguro.<br />
2.8. GRUPOS ASEGURADOS.<br />
La Cobertura Integral de Vida ampara los siguientes grupos:<br />
GRUPO I:<br />
Personal activo de planta, transitorio y jubilado del CONTRATANTE.<br />
GRUPO II:<br />
Personal del Área de Servicios de Seguridad Física del CONTRATANTE.<br />
GRUPO III:<br />
PERÍODO DE PAGO<br />
CUBIERTO<br />
Del 01 de Enero de 2010 al<br />
31 de Diciembre de 2010<br />
Del 01 de Enero de 2011 al<br />
31 de Diciembre de 2011<br />
Becarios Médicos Residentes y/o Pilotines y Aspirantes de Escuelas Náuticas Mercantes que realizan prácticas<br />
profesionales en instalaciones del CONTRATANTE.<br />
GRUPO IV:<br />
Personal Activo del CONTRATANTE en <strong>com</strong>isión administrativa en el Extranjero.<br />
2.8.1. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE CADA GRUPO<br />
2.8.1.1. GRUPO I.<br />
PERSONAL ACTIVO DE PLANTA, TRANSITORIO Y JUBILADO DE PETRÓLEOS MEXICANOS,<br />
ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
2.8.1.1.1. COBERTURA.<br />
El pago de beneficios al (los) Beneficiario(s) del Asegurado con motivo de su fallecimiento por cualquier causa<br />
(sin período de espera).<br />
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2.8.1.1.2. PERSONAL ASEGURADO.<br />
Trabajadores Activos de Planta, Transitorios y Jubilados de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, y<br />
en su caso sus Empresas Filiales.<br />
2.8.1.1.3. SUMA ASEGURADA<br />
Al ocurrir el fallecimiento del Asegurado, la Empresa Aseguradora pagará a (sus) Beneficiario(s) designados el<br />
importe de la Suma Asegurada de acuerdo con lo siguiente:<br />
2.8.1.1.3.1. TRABAJADORES ACTIVOS DE PLANTA.<br />
BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO.<br />
I. SEGURO DE VIDA: Se pagará al (los) Beneficiario(s) del trabajador activo de planta fallecido de acuerdo<br />
al salario ordinario de la última categoría de planta que ostentó, considerando la siguiente tabla:<br />
Antigüedad del trabajador<br />
Monto del seguro<br />
en meses<br />
DE: A:<br />
1 día 24 años 364 días 20<br />
25 años 29 años 364 días 23<br />
30 años 34 años 364 días 26<br />
35 años 39 años 364 días 29<br />
40 años 44 años 364 días 32<br />
45 años ó más 35<br />
Para determinar el Salario Ordinario Mensual se aplicará lo siguiente:<br />
• Para trabajadores de nivel 08 al 43, se multiplicará el salario ordinario diario (Indicado en la<br />
Constancia de Servicios (Anexo 1)) por 30.4 días.<br />
• Para trabajadores de nivel 44 al 48, se multiplicará el salario ordinario diario (Indicado en la<br />
Constancia de Servicios (Anexo 1)) por 30 días.<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD<br />
Se pagará al (los) Beneficiario(s) del trabajador, veinte (20) días de Salario Ordinario por cada año <strong>com</strong>pleto<br />
de servicios.<br />
En caso de fracciones mayores a seis meses, se pagarán veinte (20) días de Salario Ordinario.<br />
Tratándose de fracciones menores a seis meses, se pagarán diez (10) días de Salario Ordinario.<br />
TIEMPO EXTRA OCASIONAL Y COMPENSACIÓN MENSUAL.<br />
Para el personal de confianza de planta fallecido que hubiese tenido asignados el tiempo extra ocasional y<br />
la <strong>com</strong>pensación mensual (asentados en la Constancia de Servicios), éstos deberán adicionarse al Salario<br />
Ordinario, a efecto de determinar el cálculo de los beneficios del seguro de vida y de la prima de<br />
antigüedad.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS<br />
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La Empresa Aseguradora indemnizará a la persona que <strong>com</strong>pruebe haber efectuado el pago de los gastos<br />
funerarios el equivalente a ciento veinticinco (125) días de Salario Ordinario de la categoría que estuviera<br />
ocupando el trabajador en el momento del fallecimiento.<br />
IV. BENEFICIOS DE PROTECCIÓN ADICIONAL POR FALLECIMIENTO.<br />
A) A los trabajadores de planta que al momento del fallecimiento ostenten un nivel entre el 36 y 48<br />
(incluyendo los extremos), se pagará a los Beneficiarios la cantidad establecida en la siguiente tabla:<br />
NIVEL<br />
SUMA ASEGURADA<br />
(Moneda Nacional)<br />
48 $ 400,000.00<br />
46 $ 360,000.00<br />
45 $ 320,000.00<br />
44 $ 280,000.00<br />
41-43 $ 220,000.00<br />
39-40 $ 180,000.00<br />
36-38 $130,000.00<br />
B) A los trabajadores de planta que al momento del fallecimiento ostenten un nivel entre el 45 y 48<br />
(incluyendo los extremos), se pagará al (los) Beneficiario(s) el equivalente a 88 veces la última percepción<br />
mensual (salario indicado en la Constancia de Servicios por 30 días).<br />
2.8.1.1.3.2. TRABAJADORES TRANSITORIOS.<br />
BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO.<br />
A) TRABAJADORES TRANSITORIOS CON CONTRATO EN VIGOR<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
Se pagará al (los) Beneficiario(s) designado(s) el importe de $1,568.90 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y<br />
OCHO PESOS 90/100 M.N.) por cada año <strong>com</strong>pleto de servicios laborados.<br />
• En caso de fracciones mayores a seis meses, se pagarán $1,568.90 M.N. (UN MIL QUINIENTOS<br />
SESENTA Y OCHO PESOS 90/100 M.N.).<br />
• Por fracciones menores a seis meses, se pagarán $784.45 (SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO<br />
PESOS 45/100 M.N).<br />
En el caso de que el Asegurado cuente con menos de un año de servicios y que al fallecer tenga contrato<br />
vigente se pagarán a los Beneficiarios la cantidad de $1,568.90 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO<br />
PESOS 90/100 M.N.)<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD<br />
No aplica.<br />
TIEMPO EXTRA OCASIONAL Y COMPENSACIÓN MENSUAL.<br />
No aplica.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS<br />
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La Empresa Aseguradora indemnizará a los familiares o persona que <strong>com</strong>pruebe haber efectuado el pago<br />
de los gastos funerarios el equivalente a ciento veinticinco (125) días de Salario Ordinario de la categoría<br />
que estuviera ocupando el trabajador en el momento del fallecimiento.<br />
B) TRABAJADORES TRANSITORIOS SIN CONTRATO EN VIGOR.<br />
Si durante la anualidad inmediata anterior al fallecimiento, el Asegurado hubiere laborado un mínimo de<br />
sesenta (60) días, se pagará lo siguiente:<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
Al (los) Beneficiario(s) designado(s), la cantidad de $1,568.90 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO<br />
PESOS 90/100 M.N.) por cada año <strong>com</strong>pleto de servicios laborados.<br />
En caso de fracciones mayores a seis meses, se pagarán $1,568.90 (UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y<br />
OCHO PESOS 90/100 M.N.).<br />
Por fracciones menores a seis meses, se pagarán $784.45 (SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO<br />
PESOS 45/100 M.N).<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD<br />
No aplica.<br />
TIEMPO EXTRA OCASIONAL Y COMPENSACIÓN MENSUAL<br />
No aplica.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS<br />
No aplica.<br />
2.8.1.1.3.3. PERSONAL JUBILADO<br />
I. SEGURO DE VIDA.<br />
En caso de fallecimiento del Asegurado jubilado, el monto que se pagará al (los) Beneficiario(s)<br />
designado(s) será de $45,309.65 (CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS 65/100<br />
M.N.)<br />
II. PRIMA DE ANTIGÜEDAD.<br />
No aplica.<br />
TIEMPO EXTRA OCASIONAL Y COMPENSACIÓN MENSUAL.<br />
No aplica.<br />
III. GASTOS FUNERARIOS.<br />
12 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
La Empresa Aseguradora pagará a los familiares o a la persona que <strong>com</strong>pruebe haber efectuado el pago de<br />
los gastos funerarios, el equivalente a 125 (ciento veinticinco) días de la Pensión Jubilatoria, con un mínimo<br />
de $17,486.85 (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 85/100 M.N.).<br />
IV. BENEFICIO DE PROTECCIÓN ADICIONAL.<br />
En caso de fallecimiento de un Jubilado, que al momento de su jubilación haya ostentado un nivel en activo<br />
<strong>com</strong>o mínimo 44 y máximo 48, se pagará al (los) Beneficiario(s) las sumas que a continuación se indican:<br />
NIVEL<br />
SUMA ASEGURADA<br />
(Moneda Nacional)<br />
Del 46 al 48 $330,000.00<br />
45 $230,000.00<br />
44 $200,000.00<br />
2.8.1.1.4. PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS BENEFICIOS DEL SEGURO INTEGRAL DE VIDA<br />
POR FALLECIMIENTO DE TRABAJADORES ACTIVOS DE PLANTA, TRANSITORIOS Y JUBILADOS DEL<br />
GRUPO I.<br />
I. BENEFICIARIO(S).<br />
El (los) Beneficiario(s) deberán acudir al Departamento de Recursos Humanos del Centro de Trabajo de<br />
adscripción del trabajador o jubilado fallecido, llevando los siguientes documentos:<br />
• Original o copia de la Declaración de Beneficiarios, Anexo 2.<br />
• Original o copia de la declaración de beneficiarios Servidores Públicos Superiores y Mandos Medios<br />
según aplique (Anexo 4)<br />
• Copia certificada del acta de defunción expedida por el Registro Civil.<br />
• Identificación oficial del Beneficiario o del tutor del menor de edad o del interdicto.<br />
• Copia certificada del acta de nacimiento de los Beneficiarios menores de edad, expedida por el Registro<br />
Civil (en su caso y cuando aplique).<br />
• En caso de que el (los) Beneficiario(s) no cuente(n) con alguno de los dos documentos de identificación<br />
antes señalados, podrá(n) entregar cualquier documento que cumpla con los requisitos legales para<br />
tales efectos de conformidad con las Disposiciones Legales aplicables.<br />
• Factura original del pago de los gastos funerarios, con requisitos fiscales.<br />
• Para el caso de interdictos, anexar constancia médica expedida por una institución de salud o en su<br />
caso constancia expedida por el servicio médico del Asegurado, en el que se haga constar el estado de<br />
interdicción del beneficiario.<br />
Cuando no se cuente con el original o copia de la Declaración de Beneficiarios, aplicará lo establecido en la<br />
cláusula “DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS”.<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.<br />
El área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo revisa los documentos presentados por el (los)<br />
Beneficiario(s), así <strong>com</strong>o la firma e identidad de los Beneficiarios.<br />
El área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo verifica la relación contractual del trabajador o jubilado<br />
fallecido, orientando al (los) Beneficiario(s) de los trámites y documentos necesarios para recibir el pago de la<br />
indemnización.<br />
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FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
El área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo genera la Constancia de Servicios (Anexo 1) y la<br />
Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) en la que el (los) Beneficiario(s) seleccionará(n) la forma de pago<br />
(cheque nominativo o depósito bancario).<br />
El área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo actualiza el sello en la Declaración de Beneficiarios<br />
(Anexo 2) y en su caso (Anexo 4) y lo(s) firma el responsable del Área de Recursos Humanos, anexando<br />
copia de su credencial de <strong>PEMEX</strong>.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida acudir directamente a la Empresa Aseguradora, el Centro de<br />
Trabajo devolverá la documentación recibida inicialmente adicionado la Solicitud de Pago de Beneficios<br />
(Anexo 3) y la Constancia de Servicios (Anexo 1), para que realice las gestiones de cobro ante la Empresa<br />
Aseguradora.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida(n) que el Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo<br />
gestione el cobro ante la Empresa Aseguradora, el Centro de Trabajo enviará a la Empresa Aseguradora la<br />
documentación proporcionada por el Beneficiario adicionando la Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) y<br />
la Constancia de Servicios (Anexo 1), para que ésta emita el cheque nominativo y lo remita al Centro de<br />
Trabajo o realice el depósito en la cuenta del Beneficiario.<br />
III. LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
A) Cuando el trámite lo realiza el Centro de Trabajo:<br />
• La Empresa Aseguradora por conducto de sus representantes en su oficina de atención de<br />
siniestros, recibe del Centro de Trabajo la solicitud de pago y la documentación soporte, verificando<br />
que se encuentre <strong>com</strong>pleta conforme a los requerimientos establecidos en la póliza, en caso de falta<br />
de algún documento o errores en su llenado, la Empresa Aseguradora en un plazo no mayor de dos<br />
(2) días hábiles lo <strong>com</strong>unica por escrito al Centro de Trabajo correspondiente para que se efectúen<br />
las correcciones necesarias.<br />
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas y en su<br />
caso realiza los cálculos correspondientes.<br />
A.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la Empresa Aseguradora remite al Área de<br />
Recursos Humanos del Centro de Trabajo el cheque y el finiquito correspondiente para firma<br />
del Beneficiario, el que deberá devolver a la Empresa Aseguradora para integrarse al<br />
expediente.<br />
A.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del beneficiario, la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Área de Recursos Humanos del<br />
Centro de Trabajo, para que éste le notifique al (los) Beneficiario(s) que se ha efectuado el<br />
pago correspondiente.<br />
B) Cuando el trámite lo realiza el Beneficiario ante la Empresa Aseguradora:<br />
• El Beneficiario deberá presentarse en las instalaciones de la Empresa Aseguradora con la<br />
documentación proporcionada por el Centro de Trabajo.<br />
• La Empresa Aseguradora verifica los documentos necesarios para proceder a la Indemnización, en<br />
caso de falta de algún documento o errores en su llenado lo notifica inmediatamente al Beneficiario.<br />
14 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas y en su<br />
caso realiza los cálculos correspondientes.<br />
2.8.1.2. GRUPO II<br />
B.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la Empresa Aseguradora proporcionará el<br />
cheque nominativo en un lapso no mayor a dos (2) horas, a partir de la recepción <strong>com</strong>pleta de la<br />
documentación, firmando el Beneficiario el finiquito correspondiente.<br />
B.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del beneficiario, la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Beneficiario que se ha efectuado el pago<br />
correspondiente.<br />
COBERTURA POR FALLECIMIENTO PARA EL PERSONAL DEL ÁREA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD<br />
FÍSICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS, SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS<br />
EMPRESAS FILIALES.<br />
2.8.1.2.1. COBERTURA<br />
El pago de beneficios de protección adicional (establecidos en el Grupo I de esta póliza) por motivo de<br />
fallecimiento por cualquier causa (sin período de espera) al (los) Beneficiarios designados por el personal del<br />
Área de Servicios de Seguridad Física.<br />
2.8.1.2.2. PERSONAL ASEGURADO<br />
Trabajadores del Área de Seguridad Física de Petróleos Mexicanos, que se encuentra distribuido en diversas<br />
localidades del Territorio Nacional, desarrollando actividades de Protección y Seguridad para el<br />
CONTRATANTE.<br />
2.8.1.2.3. SUMA ASEGURADA.<br />
Muerte Natural y Accidental: $100,000.00 (Cien Mil Pesos 00/100 M.N)<br />
Muerte en Actos de Servicio: $150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N)<br />
El (los) Beneficiario(s) solo tiene(n) derecho a uno de los beneficios antes descritos (según aplique), por lo que<br />
no son acumulables.<br />
2.8.1.2.4. PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS BENEFICIOS DEL SEGURO DE VIDA POR<br />
FALLECIMIENTO DEL PERSONAL DEL ÁREA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD FÍSICA DEL GRUPO II.<br />
I. BENEFICIARIO(S)<br />
El (los) Beneficiario(s) deberá(n) acudir al Departamento de Recursos Humanos del Centro de Trabajo de<br />
adscripción del trabajador fallecido, llevando los siguientes documentos:<br />
• Original o copia de la Declaración de Beneficiarios, Anexo 5.<br />
• Copia certificada del acta de defunción expedida por el Registro Civil.<br />
• Identificación oficial del Beneficiario o del tutor del menor de edad o del interdicto.<br />
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REV 01 SEP / 2009
• Copia certificada del acta de nacimiento de los Beneficiarios menores de edad, expedida por el Registro<br />
Civil (en su caso y cuando aplique).<br />
• En caso de que el (los) Beneficiario(s) no cuente(n) con alguno de los dos documentos de identificación<br />
antes señalados, podrá(n) entregar cualquier documento que cumpla con los requisitos legales para<br />
tales efectos de conformidad con las Disposiciones Legales aplicables.<br />
• Acta levantada ante el Ministerio Público (sólo en caso de muerte por accidente o colectiva).<br />
• Para el caso de interdictos, anexar constancia médica expedida por una institución de salud o en su<br />
caso constancia expedida por el servicio médico de <strong>PEMEX</strong>, en el que se haga constar el estado de<br />
interdicción del beneficiario.<br />
Cuando no se cuente con el original o copia de la Declaración de Beneficiarios, aplicará lo establecido en la<br />
cláusula “DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS”.<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo revisa los documentos presentados por el (los)<br />
Beneficiario(s), así <strong>com</strong>o la firma e identidad de los Beneficiarios.<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo verifica la relación contractual del trabajador fallecido,<br />
orientando a los Beneficiarios de los trámites y documentos necesarios para recibir el pago de la<br />
indemnización.<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo genera la Constancia de Servicios (Anexo 1) y la<br />
Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) en la que el Beneficiario seleccionará la forma de pago (cheque<br />
nominativo o depósito bancario).<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo actualiza el sello en la Declaración de Beneficiarios,<br />
(Anexo 5) y lo firma el responsable del área de Recursos Humanos, anexando copia de su credencial de<br />
<strong>PEMEX</strong>.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida(n) acudir directamente a la Empresa Aseguradora, el Centro<br />
de Trabajo devolverá la documentación recibida inicialmente adicionando la Solicitud de Pago de Beneficios<br />
(Anexo 3) y la Constancia de Servicios (Anexo 1), para que realice las gestiones de cobro ante la Empresa<br />
Aseguradora.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida(n) que el Centro de Trabajo gestione el cobro ante la<br />
Empresa Aseguradora, el Centro de Trabajo enviará a la Empresa Aseguradora la documentación<br />
proporcionada por el Beneficiario adicionando la Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) y la Constancia<br />
de Servicios (Anexo 1), para que ésta emita el cheque nominativo y lo remita al Centro de Trabajo o realice<br />
el depósito en la cuenta del Beneficiario.<br />
III. LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
A) Cuando el trámite lo realiza el Centro de Trabajo:<br />
• La Empresa Aseguradora por conducto de sus representantes en su oficina de atención de<br />
siniestros, recibe del Centro de Trabajo la solicitud de pago y la documentación soporte, verificando<br />
que se encuentre <strong>com</strong>pleta conforme a los requerimientos establecidos en la póliza, en caso de<br />
falta de algún documento o errores en su llenado, la Empresa Aseguradora en un plazo no mayor<br />
de dos (2) días hábiles lo <strong>com</strong>unica por escrito al Centro de Trabajo correspondiente para que se<br />
efectúen las correcciones necesarias.<br />
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
16 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas y en su<br />
caso realiza los cálculos correspondientes.<br />
A.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la Empresa Aseguradora remite al Área de<br />
Recursos Humanos del Centro de Trabajo el cheque y el finiquito correspondiente para<br />
firma del Beneficiario, el que deberá devolver a la Empresa Aseguradora para integrarse al<br />
expediente.<br />
A.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del beneficiario, la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Área de Recursos Humanos del<br />
Centro de Trabajo, para que éste le notifique al Beneficiario que se ha efectuado el pago<br />
correspondiente.<br />
B) Cuando el trámite lo realiza el (los) Beneficiario(s) ante la Empresa Aseguradora:<br />
• El (los) Beneficiario(s) deberá(n) presentarse en las instalaciones de la Empresa Aseguradora con<br />
la documentación proporcionada por el Centro de Trabajo.<br />
• La Empresa Aseguradora verifica los documentos necesarios para proceder a la Indemnización, en<br />
caso de falta de algún documento o errores en su llenado lo notifica inmediatamente al Beneficiario.<br />
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas y en su<br />
caso realiza los cálculos correspondientes.<br />
2.8.1.3. GRUPO III<br />
B.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la empresa Aseguradora proporcionará el<br />
cheque nominativo en un lapso no mayor a dos (2) horas, a partir de la recepción <strong>com</strong>pleta<br />
de la documentación, firmando el Beneficiario el finiquito correspondiente.<br />
B.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del beneficiario, la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Beneficiario que se ha efectuado el<br />
pago correspondiente.<br />
COBERTURA POR FALLECIMIENTO PARA BECARIOS MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y<br />
ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS MERCANTES QUE REALIZAN PRÁCTICAS PROFESIONALES<br />
EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS<br />
FILIALES.<br />
2.8.1.3.1. COBERTURA.<br />
A) Pago de Beneficios al (los) beneficiario(s) del asegurado por motivo del fallecimiento por cualquier causa (sin<br />
período de espera) para el grupo de Becarios Médicos Residentes, únicamente durante el tiempo que dure su<br />
Beca.<br />
B) Pago de Beneficios al (los) beneficiario(s) del asegurado por motivo del fallecimiento por cualquier causa (sin<br />
período de espera) para el grupo de Pilotines y Aspirantes de Escuelas Nauticas Mercantes únicamente durante<br />
el período de sus prácticas.<br />
2.8.1.3.2. PERSONAL ASEGURADO.<br />
17 de 131<br />
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REV 01 SEP / 2009
A) Becarios Médicos Residentes aceptados en Hospitales y/o Clínicas de Petróleos Mexicanos para<br />
proporcionar en forma teórica y práctica los procedimientos y técnicas generales del ejercicio profesional de<br />
cada especialidad, con residencia médica para su adiestramiento, adscritos al área de Servicios Médicos de<br />
Petróleos Mexicanos.<br />
B) Pilotines y Aspirantes de Escuelas Náuticas Mercantes, que desarrollan sus prácticas profesionales a bordo<br />
de embarcaciones propiedad o bajo la responsabilidad de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, y en<br />
su caso sus Empresas Filiales.<br />
2.8.1.3.3. SUMA ASEGURADA<br />
A) En caso de fallecimiento o invalidez total y permanente de algún Becario Médico Residente se pagará al (los)<br />
Beneficiario(s) la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.) sin beneficios adicionales. La<br />
documentación requerida para el trámite de pago de suma asegurada por fallecimiento será la consignada en la<br />
cláusula “PROCEDIMIENTO PARA LA INDEMNIZACIÓN A LOS BENEFICIARIOS, GRUPO III, (BECARIOS<br />
MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS MERCANTES”<br />
B) En caso de fallecimiento de algún Pilotín y Aspirante se pagará al (los) Beneficiario(s) la cantidad de<br />
$50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) con el beneficio adicional de doble indemnización por<br />
muerte accidental. La documentación requerida para el trámite de pago de suma asegurada por fallecimiento<br />
será la consignada en la cláusula “PROCEDIMIENTO PARA LA INDEMNIZACIÓN A LOS BENEFICIARIOS,<br />
GRUPO III, (BECARIOS MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS<br />
MERCANTES)”.<br />
Por pérdida de miembros, se pagará la cantidad resultante de la multiplicación del porcentaje de la Tabla de<br />
Indemnizaciones y $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) de acuerdo a lo siguiente:<br />
TABLA DE INDEMNIZACIONES<br />
% DE LA<br />
SUMA<br />
AMBAS MANOS O AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS 100%<br />
UNA MANO Y UN PIE 100%<br />
UNA MANO Y LA VISTA DE UN OJO, O UN PIE Y LA VISTA DE UN OJO 100%<br />
UNA MANO O UN PIE 50%<br />
LA VISTA DE UN OJO 30%<br />
EL DEDO PULGAR DE CUALQUIER MANO 15%<br />
EL INDICE DE CUALQUIER MANO 10%<br />
AMPUTACION PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS 30%<br />
TRES DEDOS DE UNA MANO, COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL INDICE 25%<br />
LA AUDICION TOTAL E IRREVERSIBLE EN AMBOS OIDOS 25%<br />
EL INDICE Y OTRO DEDO DE UNA MANO QUE NO SEA EL PULGAR 20%<br />
ACORTAMIENTO DE POR LO MENOS 5cm., DE UN MIEMBRO INFERIOR 15%<br />
AL DEDO MEDIO, EL ANULAR O EL MEÑIQUE 5%<br />
2.8.1.3.4. PROCEDIMIENTO PARA LA INDEMNIZACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS, GRUPO III, (BECARIOS<br />
MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES ASPIRANTES DE ESCUELAS NAUTICAS MERCANTES).<br />
18 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
I. BENEFICIARIO(S)<br />
El (los) Beneficiario(s) deberá(n) acudir al Departamento de Recursos Humanos del Centro de Trabajo de<br />
adscripción del trabajador, llevando los siguientes documentos:<br />
• Original o copia de la Declaración del (los) Beneficiario(s) .Anexo 5.<br />
• Copia certificada del acta de defunción expedida por el Registro Civil.<br />
• Identificación oficial del Beneficiario o del tutor del menor de edad o del interdicto.<br />
• Copia certificada del acta de nacimiento del (los) Beneficiario(s) menores de edad, expedida por el<br />
Registro Civil (en su caso y cuando aplique).<br />
• En caso de que el (los) Beneficiario(s) no cuente(n) con alguno de los dos documentos de identificación<br />
antes señalados, podrá(n) entregar cualquier documento que cumpla con los requisitos legales para<br />
tales efectos de conformidad con las Disposiciones Legales aplicables.<br />
• Acta levantada ante el Ministerio Público (sólo en caso de los pilotines, y siempre y cuando la muerte<br />
sea por accidente).<br />
• Copia certificada por el Registro Civil del acta de matrimonio del Asegurado (si aplica).<br />
• En caso de invalidez total y permanente se adicionará el dictamen médico que determine el estado de<br />
invalidez.<br />
• Para el caso de interdictos, anexar constancia médica expedida por una institución de salud o en su<br />
caso constancia expedida por el servicio médico de <strong>PEMEX</strong>, en el que se haga constar el estado de<br />
interdicción del beneficiario.<br />
Cuando no se cuente con el original o copia de la Declaración de Beneficiarios, aplicará lo establecido en la<br />
cláusula “DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS”.<br />
II. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo revisa los documentos presentados por el<br />
Beneficiario, así <strong>com</strong>o la firma e identidad del (los) Beneficiario(s).<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo verifica la relación contractual del Becario fallecido,<br />
orientando al (los) Beneficiario(s) de los trámites y documentos necesarios para recibir el pago de la<br />
indemnización.<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo genera la Constancia de Práctica Profesional y la<br />
Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) en la que el Beneficiario seleccionará la forma de pago (cheque<br />
nominativo o depósito bancario).<br />
El Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo actualiza el sello en la Declaración de Beneficiarios,<br />
(Anexo 5) y lo firma el responsable del área de Recursos Humanos, anexando copia de su credencial de<br />
<strong>PEMEX</strong>.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida(n) acudir directamente a la Empresa Aseguradora, el área de<br />
Recursos Humanos del Centro de Trabajo devolverá la documentación recibida inicialmente adicionando a<br />
la Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) y la Constancia de Prácticas Profesionales para que realice las<br />
gestiones de cobro ante la Empresa Aseguradora.<br />
En caso de que el (los) Beneficiario(s) decida(n) que el Centro de Trabajo gestione el cobro ante la<br />
Empresa Aseguradora, el Centro de Trabajo enviará a la Empresa Aseguradora la documentación<br />
proporcionada por el (los) Beneficiario(s) adicionando la Solicitud de Pago de Beneficios (Anexo 3) y la<br />
Constancia de practicas Profesionales para que ésta emita el cheque nominativo y lo remita al Centro de<br />
Trabajo o realice el depósito en la cuenta del Beneficiario.<br />
19 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
III. LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
A) Cuando el trámite lo realiza el Área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo:<br />
• La Empresa Aseguradora por conducto de sus representantes en su oficina de atención de<br />
siniestros, recibe del Centro de Trabajo la solicitud de pago y la documentación soporte, verificando<br />
que se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, en caso de falta de algún documento o<br />
errores en su llenado, la Empresa Aseguradora en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles lo<br />
<strong>com</strong>unica por escrito al Centro de Trabajo correspondiente para que se efectúen las correcciones<br />
necesarias.<br />
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas.<br />
A.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la Empresa Aseguradora remite al Área de<br />
Recursos Humanos del Centro de Trabajo el cheque y el finiquito correspondiente para<br />
firma del Beneficiario, el que deberá devolver a la Empresa Aseguradora para integrarse al<br />
expediente.<br />
A.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del (los) beneficiario(s), la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Área de Recursos Humanos del<br />
Centro de Trabajo, para que éste le notifique al Beneficiario que se ha efectuado el pago<br />
correspondiente.<br />
B) Cuando el trámite lo realiza el (los) Beneficiario(s) ante la Empresa Aseguradora:<br />
• El (los) Beneficiario(s) deberá(n) remitirse a las instalaciones de la Empresa Aseguradora con la<br />
documentación proporcionada por el Centro de Trabajo.<br />
• La Empresa Aseguradora verifica los documentos necesarios para proceder a la Indemnización, en<br />
caso de falta de algún documento o errores en su llenado lo notifica inmediatamente al Beneficiario.<br />
• Cuando la documentación se encuentre <strong>com</strong>pleta y correctamente requisitada, la Empresa<br />
Aseguradora registra en el sistema de siniestros, forma el expediente y lo turna al dictaminador.<br />
• El dictaminador analiza la documentación y verifica las condiciones y sumas reclamadas.<br />
2.8.1.4. GRUPO IV.<br />
B.1) Si la opción de pago es con Cheque Nominativo, la Empresa Aseguradora proporcionará el<br />
cheque nominativo en un lapso no mayor a dos (2) horas, a partir de la recepción <strong>com</strong>pleta<br />
de la documentación, firmando el Beneficiario el finiquito correspondiente.<br />
B.2) Si la opción de pago es mediante depósito en cuenta del beneficiario, la Empresa<br />
Aseguradora una vez realizado el depósito informará al Beneficiario que se ha efectuado el<br />
pago correspondiente.<br />
COBERTURA DE GASTOS DE EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO PARA EL PERSONAL<br />
ACTIVO EN COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS,<br />
Y EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
2.8.1.4.1. COBERTURA<br />
20 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Se cubren los gastos por emergencia médica para el personal Asegurado en <strong>com</strong>isión fuera del territorio de la<br />
República Mexicana, entendiéndose por Emergencia Médica la aparición repentina de la alteración de la salud<br />
del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida<br />
del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de algunos de sus órganos.<br />
A) Atención Médica Inmediata. En Hospitales o Clínicas que indique la Empresa Aseguradora, con la simple<br />
presentación de la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), proporcionada y validada por<br />
ella, mediante la cual podrá ingresar al hospital o clínica para el diagnóstico y tratamiento de la urgencia<br />
médica.<br />
B) Servicios de Hospital. Cuarto (semi-privado) y alimentos, medicamentos, enfermera de piso, sala de<br />
operaciones, de cuidado intensivo y de recuperación, transfusiones, análisis clínicos de laboratorio y de rayos<br />
X, encefalogramas, electrocardiogramas y ambulancia terrestre o aérea, o para su atención médica conforme al<br />
tratamiento que se le asigne por el médico tratante.<br />
C) Servicios Médicos. Consultas, visitas médicas, honorarios por intervención quirúrgica, anestesia, servicios<br />
de primeros auxilios, oxígeno, prescripciones médicas y prótesis.<br />
D) Servicios de alojamiento. Gastos de hotel por convalecencia, consistente en los gastos necesarios para la<br />
prolongación de la estancia en un hotel, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital,<br />
siempre que esta prolongación haya sido prescrita por el médico local y por el equipo médico de la red de<br />
servicios.<br />
E) Otros servicios. La Empresa Aseguradora dispondrá de números telefónicos de servicio durante las 24<br />
horas y los siete días de la semana, para dar asistencia mediante sus representantes, al personal <strong>com</strong>isionado<br />
en el extranjero, consistente en ubicación de unidades de atención médica; conferencias telefónicas con<br />
médicos; obtención de una segunda opinión médica en casos de hospitalización; otorgamiento de garantías de<br />
pago de las cuentas de gastos médicos; arreglos de alta de la emergencia médica; arreglos para el traslado del<br />
Asegurado a su país por causas imprevistas o de fuerza mayor; arreglos para el traslado del Asegurado a su<br />
país después de terminado el tratamiento de la emergencia médica o repatriación en caso de defunción;<br />
arreglos para la transferencia del expediente médico del Asegurado a donde éste lo solicite; arreglos para que<br />
se le pague boleto de avión (redondo) y viáticos a una persona nombrada por el asegurado o no que quiera<br />
reunirse con el asegurado hospitalizado en alguna localidad extranjera, arreglos para el traslado a su país de<br />
los Asegurados fallecidos en el extranjero.<br />
F) Gastos Dentales por Emergencia. La empresa aseguradora cubrirá el costo de una emergencia dental<br />
consistente en un dolor espontáneo e inesperado que sufra el trabajador en sus dientes naturales ó en caso de<br />
que debido a un accidente sea necesario reemplazarlos ó restaurarlos.<br />
G) Período reconocido para gastos procedentes. Solo aquellos gastos incurridos, descritos en los incisos<br />
anteriores, dentro de un plazo de 180 días de aparecidos los primeros síntomas u ocurrencia del incidente y que<br />
no estén excluidos, serán considerados <strong>com</strong>o gastos. El tratamiento inicial deberá efectuarse dentro de los<br />
primeros 60 días de aparecidos los primeros síntomas o incidente.<br />
2.8.1.4.2. COLECTIVIDAD ASEGURADA.<br />
Personal Asegurado de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales que<br />
realicen <strong>com</strong>isiones de trabajo en el extranjero.<br />
2.8.1.4.3. SUMA ASEGURADA.<br />
Hasta un monto de USD $100,000.00 (CIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) o su<br />
equivalente en la moneda de curso legal del país en el que se requiera la atención mediante pago directo por<br />
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parte de la Empresa Aseguradora, por persona y por evento sin aplicación de deducible ni coaseguro, con los<br />
siguientes sublímites incluidos en la suma anterior:<br />
SUBLÍMITES<br />
(Dólares de los Estados<br />
CONCEPTO<br />
Unidos de América)<br />
$50,000.00 Gastos de traslado del Asegurado a su país para continuación del<br />
tratamiento por emergencia médica en Hospitales de <strong>PEMEX</strong>.<br />
$20,000.00 Gastos de traslado a su país de los restos mortales del Asegurado.<br />
$10,000.00 Gastos de transporte aéreo ida y vuelta (clase económica) de una<br />
enfermera, médico o asistente médico que a<strong>com</strong>pañe al asegurado en caso<br />
de traslado a su país por emergencia médica.<br />
$15,000.00 Gastos de ambulancia aérea<br />
$2,500.00 Gastos locales de ambulancia terrestre<br />
$500.00 Gastos por emergencia dental.<br />
2.8.1.4.4. EXCLUSIVIDAD DE COBERTURA GRUPO IV PARA TRABAJADORES EN COMISIÓN.<br />
Esta cobertura se otorga bajo solicitud exclusivamente para Trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios, y en su caso sus Empresas Filiales que viajen al Extranjero por cuestiones de trabajo y que<br />
cuenten con pliego de <strong>com</strong>isión. No es transferible ni extensiva a familiares o en viajes de carácter personal.<br />
Para obtener la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), será requisito solicitarla<br />
formalmente a la Empresa Aseguradora, o a quien ella designe.<br />
2.8.1.4.5. EXCLUSIONES DEL GRUPO IV.<br />
En lo que se refiere a la cobertura de Gastos Médicos en el Extranjero (Grupo IV) amparados bajo los términos<br />
de esta póliza, no se cubre lo siguiente:<br />
2.8.1.4.5.1. EXCLUSIONES DE GASTOS DE EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO.<br />
Se excluyen los gastos que deriven de:<br />
1. Cualquier lesión ó enfermedad sujeta al diagnóstico y pronóstico del médico tratante en el momento de<br />
atender la emergencia, que cumpla con los siguientes criterios:<br />
a) Condición(es) que hubieran hecho que una persona solicitara asesoría médica, diagnósticos, atención o<br />
tratamiento durante los 12 meses antes de la fecha de inicio de la cobertura otorgada bajo esta póliza.<br />
b) Condición(es) con respecto a las cuales la asesoría médica, diagnósticos, atención o tratamientos fueron<br />
re<strong>com</strong>endados, recibidos u observados durante los 12 meses antes de la fecha de inicio de la cobertura<br />
otorgada bajo esta póliza.<br />
Una nueva manifestación inesperada, es una manifestación súbita de una condición que se menciona en los<br />
incisos anteriores. La condición debe manifestarse en forma espontánea y sin aviso previo, por ejemplo, sin<br />
síntomas previos, consulta médica o la omisión de tomar medicamentos.<br />
2. Cargos por concepto de tratamientos que exceden de los cargos razonables y acostumbrados, es decir<br />
aquellos gastos que superan los estándares en el país donde ocurra el siniestro, para la atención del<br />
padecimiento de que se trate; o cargos incurridos por concepto de cirugías o tratamientos que son<br />
experimentales o para propósitos de investigación; gastos que no son estrictamente médicos; gastos por<br />
concepto de terapia vocacional, lingüística, recreativa o musical.<br />
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3. Gastos que no fueron re<strong>com</strong>endados, aprobados y certificados <strong>com</strong>o médicamente necesarios y razonables<br />
por un médico.<br />
4. Suicidio o intento de suicidio, al estar mentalmente sano o destrucción propia o cualquier intento de<br />
destrucción propia al estar mentalmente enajenado; lesiones o enfermedades intencionalmente provocadas por<br />
el Asegurado; o gastos a consecuencia de o en relación con cualquier acto criminal.<br />
5. Cualquier consecuencia, sea directa o indirecta, próxima o remota, ocasionada por, agravada por o que<br />
surge de o en relación con guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades, operaciones bélicas<br />
(con o sin una declaración de guerra), o guerra civil.<br />
6. Lesiones sufridas al estar participando en actividades atléticas profesionales, patrocinadas y/o organizadas,<br />
amateur o escolares.<br />
7. Exámenes médicos de rutina, vacunas u otros exámenes en donde no existe ningún indicio objetivo o<br />
impedimento a la salud normal.<br />
8. Tratamiento de la articulación temporomandibular.<br />
9. Servicios prestados o materiales proporcionados por un pariente del Asegurado o cualquier otra persona que<br />
resida con el Asegurado.<br />
10. El tratamiento y suministro de dentaduras, exámenes normales de los oídos y el suministro de aparatos para<br />
la sordera, cirugía cosmética o plástica (incluyendo la desviación del “nasal septum”), gastos dentales rutinarios,<br />
atención a los ojos y gastos relacionados con los ojos, a menos que sean a consecuencia de lesión corporal<br />
accidental que ocurre durante la vigencia de la póliza.<br />
11. Tratamientos relacionados con el alcoholismo o la adicción a drogas, o el uso de cualquier droga o<br />
narcótico; cualquier desorden mental o de los nervios o curaciones en la forma de reposo; lesiones sufridas al<br />
estar bajo la influencia de drogas o alcohol o incapacidad total o parcialmente atribuible a los efectos de drogas<br />
o alcohol.<br />
12. Anormalidades congénitas y condiciones que surgen de las mismas.<br />
13. Gastos incurridos en la sala de urgencias de un hospital, si el motivo de dirigirse a la sala de urgencia no se<br />
relaciona con una emergencia médica.<br />
14. Lesiones sufridas al participar en actividades de alpinismo en donde normalmente se utilizan cuerdas o<br />
guías, parapente (hang gliding), paracaidismo, saltos de bungee, carreras de caballos o vehículos motorizados<br />
o motocicletas, vehículos de transporte sobre nieve (snowmobiling), motocicletas, motobicis, buceo con tanques<br />
de aire (a menos que sea certificado por “padi”), esquí acuático y esquí sobre nieve.<br />
15. Tratamientos pagados o proporcionados bajo los términos de cualquier otro seguro individual,<br />
gubernamental o de grupo, <strong>com</strong>o tampoco servicios prestados sin costo para el Asegurado.<br />
16. El tratamiento de enfermedades venéreas o sexualmente transmitidas.<br />
17. Drogas, tratamientos o procedimientos que promueven o impiden concepción, o que impiden el nacimiento.<br />
18. Gastos incurridos mientras el Asegurado se encuentra dentro de su país de residencia.<br />
19. Los gastos incurridos si se realizó en viaje con el propósito de solicitar el tratamiento médico de una<br />
condición; <strong>com</strong>o tampoco los gastos incurridos después de que el médico del Asegurado ha limitado o<br />
restringido sus viajes.<br />
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2.8.1.4.5.2. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA POR GASTOS DE EVACUACIÓN, REPATRIACIÓN<br />
MÉDICA DE EMERGENCIA, TRANSPORTE DE CADÁVER, REUNIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA.<br />
Se excluyen los gastos que deriven de:<br />
1. Suicidio o intento de suicidio por parte del Asegurado, al estar mentalmente sano, o destrucción propia o<br />
cualquier intento de destrucción propia por parte de la persona Asegurada al estar mentalmente enajenado.<br />
2. Lesiones sufridas mientras el Asegurado es el piloto, piloto estudiante, operador o integrante de la tripulación,<br />
a bordo de, o al estar entrando en o saliendo de cualquier tipo de aeronave.<br />
3. Lesiones sufridas por el Asegurado mientras es un pasajero a bordo de cualquier aeronave (a) que no cuenta<br />
con un certificado de aeronavegabilidad válido y vigente (b) en donde el piloto no es una persona que cuenta<br />
con un certificado de <strong>com</strong>petencia válido y vigente para ser el piloto de dicha aeronave.<br />
4. Cualquier consecuencia, sea directa o indirecta, próxima o remota, ocasionada por, agravada por o que<br />
surge de o en relación con:<br />
A) Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades, operaciones bélicas (con o sin una<br />
declaración de guerra), o guerra civil.<br />
B) Motín, huelga, levantamiento militar o popular, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o<br />
usurpado.<br />
C) Las acciones de cualquier persona que está actuando en representación de o en relación con cualquier<br />
organización cuyas actividades están dirigidas hacia el derrocamiento violento del gobierno de jure o de<br />
facto o con el propósito de ejercer una influencia mediante actos de terrorismo o violencia.<br />
D) Ley marcial o estado de sitio o cualesquiera eventos o causas que determinan una proclamación o el<br />
mantenimiento de ley marcial o estado de sitio (en adelante, para propósitos de esta exclusión,<br />
denominados “eventos”).<br />
Se considera que cualquier consecuencia que ocurre o surge durante la existencia de condiciones<br />
anormales (sean físicas o de cualquier otro tipo), sea directa o indirectamente, próxima o remotamente<br />
ocasionadas por, agravadas por, o que surgen de o en relación con cualquiera de los eventos antes<br />
mencionados son consecuencias por las cuales la <strong>com</strong>pañía no será responsable bajo los términos de esta<br />
póliza, excepto en la medida en que la persona Asegurada puede <strong>com</strong>probar que dicha consecuencia<br />
ocurrió independientemente de la existencia de dichas condiciones anormales.<br />
5. Servicio en las fuerzas militares, navales o aéreas de cualquier país.<br />
6. Si el Asegurado está a bordo de cualquier aeronave que esté siendo utilizada para actividades acrobáticas o<br />
doblaje (stunts), carreras, pruebas de resistencia, aeronaves de propulsión con cohetes, aeronaves para la<br />
aplicación de herbicidas, pesticidas, la dispersión de semillas u otros usos agrícolas, la extinción de incendios,<br />
exploración, la inspección de tuberías o líneas de transmisión eléctrica, cualquier tipo de cacería o<br />
agrupamiento de ganado, fotografía aérea, el remolque de banderas de publicidad o cualquier propósito<br />
experimental.<br />
7. Si el Asegurado está bajo la influencia del alcohol o si ha ingerido drogas o narcóticos, a menos que hayan<br />
sido recetados por un médico o cirujano legalmente <strong>com</strong>petente.<br />
8. Lesiones ocasionadas o sufridas mientras el Asegurado está <strong>com</strong>etiendo o intentando <strong>com</strong>eter un acto penal<br />
o con respecto a las cuales una causa contribuyente fue que el Asegurado estaba participando en una<br />
ocupación ilegal.<br />
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9. Cuando el Asegurado es el pasajero o conductor en cualquier tipo de <strong>com</strong>petencia.<br />
10. Gastos asegurados incurridos después de que el médico del Asegurado ha limitado o restringido sus viajes;<br />
<strong>com</strong>o tampoco gastos asegurados incurridos a consecuencia de cambios en el tratamiento recetado durante o<br />
dentro del transcurso de los tres meses antes de la fecha en que surte efecto la cobertura.<br />
2.8.1.4.6. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO<br />
PARA EL PERSONAL EN COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS<br />
SUBSIDIARIOS, Y EN SU CASO SUS EMPRESAS FILIALES.<br />
El personal que esté programado para salir del país para estar en <strong>com</strong>isión, deberá solicitar a través de su área<br />
de Recursos Humanos de adscripción o de su Área de Administración de Riesgos, la “Tarjeta de Emergencia<br />
Médica en el Extranjero” (Anexo 6), la cual deberá contener el(los) Teléfono(s) Internacional(es) con Clave(s)<br />
Lada, donde el Asegurado pueda <strong>com</strong>unicarse de cualquier parte del mundo, durante los 24 horas del día, los<br />
365 días del año.<br />
El área de Recursos Humanos o Administración de Riesgos, a su vez efectuará el trámite y obtención de la<br />
“Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), ante la Empresa Aseguradora, o ante quien ella<br />
designe.<br />
I. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS / ÁREA DE<br />
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CORRESPONDIENTE.<br />
A) El área de Recursos Humanos o Área de Administración de Riesgos correspondiente recibe del área<br />
solicitante, cuando menos con dos (2) días hábiles antes del inicio de la <strong>com</strong>isión, los siguientes<br />
documentos:<br />
• Oficio para solicitud de “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6).<br />
• Copia del Pliego de <strong>com</strong>isión del Asegurado <strong>com</strong>isionado.<br />
• Copia de la credencial del SIIU del Asegurado <strong>com</strong>isionado.<br />
La empresa aseguradora no tramitará la Tarjeta de Emergencia en el Extranjero cuando la fecha de<br />
solicitud sea posterior a la fecha de terminación de la <strong>com</strong>isión. Liberándose la empresa aseguradora de<br />
responsabilidad alguna.<br />
B) El área de Recursos Humanos o Área de Administración de Riesgos correspondiente, solicita por escrito<br />
a la Empresa Aseguradora o a quien ella designe, la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero”<br />
(Anexo 6).<br />
II. EMPRESA ASEGURADORA.<br />
La Empresa Aseguradora por conducto de sus representantes en su oficina de atención, reciben oficio o<br />
correo electrónico del Departamento de Recursos Humanos del Centro de Trabajo de adscripción del<br />
Asegurado o de su área de Administración de Riesgos de lo siguiente:<br />
A) Solicitud oficial de trámite de “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), indicando el<br />
Nombre, Ficha, Período y Lugar de Comisión, anexando copia de la credencial del SIIU del Asegurado<br />
<strong>com</strong>isionado, dicha solicitud deberá estar sellada y firmada por el responsable del área de Recursos<br />
Humanos del Centro de Trabajo o Área de Administración de Riesgos correspondiente.<br />
B) La Empresa Aseguradora emite la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), y la<br />
envía al día hábil siguiente, mediante carta o correo electrónico al área de Recursos Humanos solicitante o<br />
Área de Administración de Riesgos correspondiente.<br />
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III. CENTRO DE TRABAJO, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS / ÁREA DE<br />
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CORRESPONDIENTE.<br />
A) El área de Recursos Humanos o Administración de Riesgos correspondiente recibe de la Empresa<br />
Aseguradora la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6) solicitada.<br />
B) El área de Recursos Humanos o Administración de Riesgos correspondiente envía el mismo día al área<br />
requirente, mediante oficio o correo electrónico la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero”,<br />
(Anexo 6) solicitada.<br />
IV. ASEGURADO EN COMISIÓN.<br />
A) El Asegurado en <strong>com</strong>isión, recibe de su área de Recursos Humanos o Administración de Riesgos<br />
correspondiente, la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6) solicitada.<br />
B) El Asegurado <strong>com</strong>isionado podrá verificar la lista de médicos y hospitales a los que puede acudir en<br />
caso de emergencia visitando la página de Internet indicada en la “Tarjeta de Emergencia Médica en el<br />
Extranjero” (Anexo 6).<br />
C) El Asegurado <strong>com</strong>isionado en caso de requerir servicio médico de emergencia en el extranjero deberá<br />
obtenerlo con la presentación de la “Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero” (Anexo 6), sin<br />
desembolsar cantidad alguna de dinero.<br />
D) El Asegurado obtendrá los beneficios de acuerdo a los términos y condiciones de la presente póliza.<br />
2.8.1.5. LINEAMIENTOS OPERATIVOS GENERALES.<br />
2.8.1.5.1 FORMATOS DE OTRAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS.<br />
La Empresa Aseguradora aceptará las Declaraciones de Beneficiarios (Anexo 2) constancia de servicios,<br />
(Anexo 1), solicitud de pago de beneficios (Anexo 3), los formatos para la Declaración de Beneficiarios de los<br />
servidores públicos superiores y mandos medios (Anexo 4), así <strong>com</strong>o el consentimiento de seguro para<br />
designar Beneficiarios del personal del Área de Seguridad Física, Becarios Médicos Residentes y Pilotines y<br />
Aspirantes a escuelas náuticas mercantes (Anexo 5) y los documentos soporte para presentación de<br />
reclamaciones, aún cuando éstos contengan el logotipo de otra <strong>com</strong>pañía aseguradora.<br />
2.8.1.5.2 USO Y ACTUALIZACIÓN DE LOS FORMATOS.<br />
Los formatos establecidos en los Anexos de la presente Póliza son para uso exclusivo de los trámites<br />
establecidos en la presente póliza.<br />
En caso de que se actualicen los formatos establecidos en los Anexos, la Gerencia de Riesgos y Seguros<br />
informará a la Empresa Aseguradora de dicha actualización para que la Aseguradora emita el(los) endoso(s)<br />
correspondiente(s).<br />
2.8.1.5.3. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.<br />
El Asegurado deberá seleccionar a sus Beneficiarios y nombrarlos en la(s) Declaración(es) de Beneficiarios,<br />
(Anexo 2) y en su caso (Anexo 4), solo en caso de que quiera cambiar de Beneficiarios, deberá de actualizar<br />
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la(s) Declaración(es) de Beneficiarios, (Anexos 2 y 4) correspondiente(s), la Empresa Aseguradora tomará<br />
<strong>com</strong>o válida la Declaración de Beneficiarios mas reciente que hubiese firmado el asegurado.<br />
El Asegurado deberá llenar en original y copia los formatos de Declaración(es) de Beneficiarios, (Anexo 2 y 4)<br />
entregando, con acuse de recibo, en su área de Recursos Humanos la copia del documento, misma que deberá<br />
de archivarse en el expediente personal del Asegurado que obra en poder del centro de trabajo, quedando el<br />
original en poder del asegurado para su guarda y custodia.<br />
CUANDO NO EXISTA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIO.<br />
• TRABAJADORES ACTIVOS DE PLANTA O JUBILADOS.<br />
En el supuesto de que el trabajador o jubilado no hubiere designado Beneficiarios, el 50% de la suma<br />
asegurada correspondiente se pagará a su cónyuge y/o hijos registrados en el censo médico de Petróleos<br />
Mexicanos, y al término de un año de la fecha de fallecimiento, de no existir juicio laboral interpuesto en<br />
contra del patrón demandando seguro de vida y/o prima de antigüedad, situación que deberá ser<br />
confirmada mediante oficio expedido por el área de recursos humanos, se liberará el pago del 50%<br />
restante de la indemnización, a las mismas personas que hayan cobrado. De existir juicio laboral el pago<br />
deberá realizarse en los términos que determine la autoridad.<br />
A falta de designación expresa o derechohabientes registrados en el censo médico, se pagará el seguro<br />
de vida y/o la prima de antigüedad a las personas que demuestren su dependencia económica ante las<br />
autoridades del trabajo correspondientes, en los términos previstos por el Artículo 501 de la Ley Federal<br />
del Trabajo.<br />
• TRABAJADORES TRANSITORIOS.<br />
En caso de que el trabajador transitorio no hubiere designado Beneficiarios, se pagará en partes iguales<br />
del 100% del beneficio del seguro de vida, al cónyuge y/o hijos que se encuentren registrados en el censo<br />
médico <strong>com</strong>o dependientes económicos.<br />
A falta de designación expresa o derechohabientes registrados en el censo médico, se pagará el seguro<br />
de vida y/o la prima de antigüedad a las personas que demuestren su dependencia económica ante las<br />
autoridades del trabajo correspondientes, en los términos previstos por el Artículo 501 de la Ley Federal<br />
del Trabajo<br />
• BECARIOS MÉDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y ASPIRANTES<br />
Tratándose de Becarios Médicos Residentes y Pilotines y Aspirantes de Escuelas Náuticas Mercantes, en<br />
el caso de que no exista designación de Beneficiarios, éstos se determinarán de conformidad con el<br />
Artículo 164 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.<br />
En todos los casos, el pago de los beneficios se realizará con base en la información y validación efectuada por<br />
<strong>PEMEX</strong>, sin embargo la Empresa Aseguradora será solidaria y no quedará relevada de cualquier obligación que<br />
llegare a surgir por una demanda laboral.<br />
En su caso, el documento que demuestra que se forma parte del censo médico es un oficio dirigido a la<br />
Empresa Aseguradora firmado por el servidor público responsable del Área de Recursos Humanos de<br />
adscripción del Trabajador o Jubilado fallecido.<br />
Para efectos de pago de los beneficios por fallecimiento del trabajador, la Empresa Aseguradora reconocerá<br />
<strong>com</strong>o válida la Declaración de Beneficiarios más reciente que hubiese firmado el trabajador fallecido.<br />
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2.8.1.5.4. ACREDITACIÓN DE NOMBRES<br />
En todos los casos en que el o los nombres de los Beneficiarios designados en el formato de Declaración<br />
(Anexo 2) de Beneficiarios aparezcan asentados con iniciales o abreviaturas o se haya omitido o adicionado<br />
alguno, la acreditación de identidad y consecuentemente del carácter de tales Beneficiarios, se realizará por los<br />
responsables de las áreas de Recursos Humanos a que estuvo adscrito el trabajador o jubilado fallecido,<br />
quienes tendrán bajo su directa responsabilidad el cumplimiento de dicha acreditación. Para el pago de la suma<br />
asegurada que proceda, la Empresa Aseguradora lo hará en base al oficio que al respecto emita la citada área<br />
de Recursos Humanos, documento en el que se establecerá la correspondencia de la inicial, abreviatura,<br />
omisión o adición de algún nombre y tratándose de mujeres, incluso del uso del apellido del cónyuge.<br />
Esta acreditación no es aplicable al o a los apellidos de los Beneficiarios designados.<br />
Se hace notar que no es necesaria la presentación ante la Empresa Aseguradora de la(s) Acta(s) de<br />
Nacimiento(s) en los casos en que el Centro de Trabajo aclare el nombre del o los Beneficiarios en razón que la<br />
acreditación y cotejo de dicha documental la hace el personal de Recursos Humanos de cada Centro de<br />
Trabajo.<br />
En el supuesto de que el nombre o apellido(s) presenten errores o abreviaciones originados por el Centro de<br />
Trabajo, éste lo acreditará con carta aclaratoria, en el caso de que el error sea del Asegurado, lo realizará el<br />
Beneficiario ante un Notario Público o Jurisdicción voluntaria ante un Juez Civil.<br />
2.8.1.5.5. SOLICITUDES DE PAGO A MENORES DE EDAD, INCAPACES Y AQUELLOS BENEFICIARIOS<br />
QUE RADIQUEN EN EL EXTRANJERO.<br />
Para el pago de los beneficios por reclamaciones que realicen los padres <strong>com</strong>o representantes legales de los<br />
Beneficiarios menores de edad, deberán realizarlas conjuntamente si ambos progenitores viven, y deberán<br />
firmar ambos la solicitud de pago de beneficios (Anexo 3) en el espacio designado para el Beneficiario. La<br />
Empresa Aseguradora deberá solicitar identificación a quien solicite y ostente la patria potestad.<br />
En caso de fallecimiento de uno de los padres, el progenitor supérstite (superviviente) deberá presentar el acta<br />
de defunción original o copia certificada por el Registro Civil y la Solicitud de Pago.<br />
Para el pago de los beneficios por reclamaciones presentadas por quien ostente la patria potestad de los<br />
Beneficiarios menores de edad, deberá proporcionar la documentación legal que acredite tal situación y firmar<br />
la solicitud de pago de beneficios (Anexo 3) en el espacio designado para el Beneficiario.<br />
Cuando el representante legal del (los) menor(es) de edad y el(los) menor(es) de edad sean Beneficiarios, y el<br />
representante legal remita la reclamación de pago por su propio derecho sin firmar la solicitud de pago de<br />
beneficios (Anexo 3) en el espacio destinado al menor, se le pagará únicamente al representante legal su parte,<br />
quedando pendiente el beneficio del menor; pagándosele a dicho menor hasta que el representante legal firme<br />
nuevamente la solicitud de pago de beneficios (Anexo 3) específicamente para ese fin.<br />
Tratándose de Beneficiarios que no sepan leer ni escribir o que al momento de hacer su reclamación de pago<br />
no puedan firmar, se deberá indicar en la Solicitud de Pago de Beneficios, (Anexo 3) el motivo por el cual no se<br />
firma, debiendo solicitar el apoyo de dos testigos que firmarán a ruego, anexando fotocopia de sus<br />
identificaciones oficiales.<br />
En los casos de Beneficiario(s) menor(es) de edad o de incapaces que se encuentren registrados en el Censo<br />
Médico, el área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo al que estuvo adscrito el trabajador o jubilado<br />
fallecido, podrá remitir copia a la empresa aseguradora de el (las) acta(s) de nacimiento verificada(s) por ellos,<br />
sin ser necesario acudir al Registro Civil para obtener una Copia Certificada.<br />
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En los casos de juicio laboral, el área de Recursos Humanos del Centro de Trabajo al que estuvo adscrito el<br />
trabajador o jubilado fallecido, podrá remitir copia de los Laudos cotejados por ellos a la empresa aseguradora<br />
para el pago de los beneficios.<br />
Para aquellos Beneficiarios que radiquen en el extranjero y no tengan identificaciones oficiales nacionales<br />
vigentes, se les podrá recibir la fotocopia cotejada con el original por <strong>PEMEX</strong> de la Constancia de Identificación<br />
expedida por los servicios consulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores o, los documentos oficiales de<br />
identificación que expida su país de origen.<br />
Para aquellos beneficiarios extranjeros que radiquen en territorio nacional, deberán presentar su identificación<br />
oficial, su forma migratoria expedida por el Servicio Exterior Mexicano, o la matrícula consular correspondiente.<br />
2.8.1.5.6. CONTRATOS DE SERVICIOS FUNERARIOS A FUTURO.<br />
En el caso de Contratos de Servicios Funerarios a Futuro adquiridos por el trabajador o jubilado fallecido, se<br />
pagará al Beneficiario del Contrato, el equivalente a 125 días por el salario ordinario diario en caso de<br />
trabajadores activos o de 125 días de la última pensión jubilatoria, que aparecen en la “Constancia de<br />
Servicios” (Anexo 1) y se deberán anexar los documentos siguientes:<br />
• Contrato original o copia cotejada por el Área de Recursos Humanos de <strong>PEMEX</strong> o por la misma<br />
empresa del servicio funerario.<br />
• La Constancia de la empresa funeraria que dio el servicio, la que deberá contener el nombre del<br />
trabajador fallecido.<br />
Al fallecer el asegurado, se indemnizará únicamente por concepto de Gastos Funerarios al primer reclamante,<br />
sujeto a los términos y condiciones de la póliza.<br />
2.8.1.5.7. GASTOS FUNERARIOS CON FACTURA DEL SINDICATO O EXPEDIDA EN EL EXTRANJERO.<br />
Cuando se trate de una factura expedida por el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana<br />
o sus Secciones Sindicales para <strong>com</strong>probar los gastos funerarios, se aceptará cuando este elaborada en<br />
original y en papel con membrete del sindicato con firma del representante y el sello de la sección..<br />
En los casos que la factura sea expedida en el extranjero, se aceptará la omisión de los segundos nombres y/o<br />
apellidos de los interesados, en razón a los usos y costumbres del país.<br />
La ayuda de Gastos Funerarios indicada en esta cláusula, se otorga a la persona que <strong>com</strong>pruebe haber<br />
realizado el gasto.<br />
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2.9. CLÁUSULAS GENERALES<br />
2.9.1. PRELACIÓN DE IDIOMAS.<br />
La prelación de idioma para la presente póliza es el idioma español.<br />
2.9.2. MONEDA.<br />
Tanto el pago de las primas <strong>com</strong>o los pagos correspondientes al cumplimiento de obligaciones indemnizatorias,<br />
se efectuarán en Moneda Nacional de los Estados Unidos Mexicanos en el momento en que éstas sean<br />
exigibles. Cualesquier otro pago que en su caso deba efectuar la empresa aseguradora a algún tercero <strong>com</strong>o<br />
consecuencia de extensión de cobertura por territorialidad, se efectuará en la divisa de la jurisdicción del<br />
demandante.<br />
2.9.3. ERRORES U OMISIONES.<br />
“EL CONTRATANTE”, “EL ASEGURADO” y/o los derechos de “EL BENEFICIARIO” no se verán afectados por<br />
ningún error, omisión o falta involuntaria al proporcionar información o reportes a la Empresa Aseguradora, pero<br />
tales errores, omisiones o faltas involuntarias las deberá corregir “EL CONTRATANTE”, “EL ASEGURADO” O<br />
“EL BENEFICIARIO” tan pronto <strong>com</strong>o tenga conocimiento de los mismos.<br />
2.9.4. QUIEBRA E INSOLVENCIA DEL ASEGURADO.<br />
En el caso de declararse “EL CONTRATANTE” en concurso de acreedores, quiebra o insolvencia, esto no<br />
relevará a la Empresa Aseguradora del pago de las reclamaciones que afecten la presente póliza, debido a tal<br />
quiebra o insolvencia.<br />
Esta cláusula opera siempre y cuando no se tenga ningún adeudo en primas y que los siniestros reclamados<br />
sean por un riesgo cubierto en la póliza.<br />
2.9.5. ARBITRAJE<br />
El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones<br />
aplicables. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes<br />
acuerdan expresamente someterse a arbitraje conducido en la Ciudad de México, Distrito Federal, de acuerdo<br />
con las reglas de la Cámara de Comercio Internacional en materia de solución de controversias que estén en<br />
vigor en ese momento. El número de árbitros será de tres y el idioma para conducir el arbitraje será el español.<br />
2.9.6. PRESCRIPCIÓN.<br />
Todas las acciones que se deriven de esta Póliza de seguro prescribirán en cinco años contados desde la fecha<br />
del acontecimiento que les dio origen, de acuerdo con los términos del artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato<br />
de Seguro, salvo los casos de excepción consignados en el Artículo 82 de la misma Ley, o cualquier otra<br />
disposición legal aplicable que tenga prelación, sea especifica o supletoria.<br />
2.9.7. INDEMNIZACIÓN POR MORA.<br />
En caso de que la Empresa Aseguradora no obstante haber recibido la documentación <strong>com</strong>pleta por “EL<br />
CONTRATANTE, ó “EL BENEFICIARIO” por el que se le permita conocer el fundamento de la reclamación que<br />
le haya sido presentada por los beneficiarios del trabajador, no cumpla con la obligación de pagar la<br />
indemnización, en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro se obliga a pagar a “EL<br />
BENEFICIARIO”, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 135 bis de la Ley<br />
General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.<br />
2.9.8. ENCABEZADOS<br />
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Las descripciones en los encabezados y subencabezados de esta póliza se incluyen solo para facilitar su<br />
organización y lectura, por lo que prevalecerá el contenido de las mismas.<br />
2.9.9. GASTOS Y COSTOS ADMINISTRATIVOS<br />
Los gastos y/o costos administrativos erogados por “EL BENEFICIARIO” para el soporte de las reclamaciones<br />
no están cubiertos por está póliza.<br />
2.9.10. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.<br />
En caso de que “EL CONTRATANTE”, tenga alguna reclamación contra la Empresa Aseguradora en relación<br />
con la póliza de seguros, podrá acudir a su elección ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa a<br />
los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) conforme lo establece la Ley de Protección y Defensa al<br />
Usuario de Servicios Financieros, y/o ante los Tribunales Federales.<br />
2.9.11. LEY REGULADORA E INTERPRETACIÓN<br />
Los términos y condiciones de esta Póliza se regirán e interpretarán conforme a las leyes vigentes en los<br />
Estados Unidos Mexicanos aplicables en la materia.<br />
2.9.12. ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.<br />
Si el contenido de la Póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, “EL CONTRATANTE” podrá<br />
pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la Póliza.<br />
Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o sus modificaciones.<br />
2.9.13. FRAUDE O DOLO<br />
La Empresa Aseguradora quedará libre de toda responsabilidad:<br />
A) Si “EL ASEGURADO”, “EL BENEFICIARIO” o los representantes de uno u otro, con el fin de hacerla<br />
incurrir en error, disimulan o declaran de manera inexacta hechos que podrían excluir o restringir dichas<br />
responsabilidades.<br />
B) Si hubiera en el siniestro o en la reclamación, tergiversación, dolo o mala fe de “EL ASEGURADO”, “EL<br />
BENEFICIARIO, de los causahabientes o de los representantes de cualquiera de ellos.<br />
2.9.14. CLÁUSULA DE REGISTRO.<br />
En virtud de que las condiciones de la presente Póliza han sido establecidas por “EL CONTRATANTE”, se<br />
estará a lo dispuesto por el artículo 36 “D” de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de<br />
Seguros.<br />
2.9.15 PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS<br />
El plazo de ejecución para la atención de los siniestros reclamados entre 00:00 horas del meridiano de la<br />
Ciudad de México del 1° de Enero de 2010 y hasta las 24:00 horas del meridiano de la Ciudad de México del 31<br />
de diciembre de 2011, iniciará a las 00:00 horas del meridiano de la Ciudad de México del 1° de Enero de 2010<br />
y concluirá hasta el cierre del último siniestro.<br />
La prestación de los servicios se realizará en cualquier parte del mundo, en cualquier día y en cualquier horario<br />
conforme a los términos y condiciones descritos en la presente póliza.<br />
2.9.16. OBLIGACIONES FISCALES<br />
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Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes<br />
federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la<br />
vigencia, ejecución y cumplimiento de la presente Póliza y sus anexos, sin perjuicio de que “EL<br />
CONTRATANTE” realice de los pagos que haga a la Empresa Aseguradora, las retenciones que le impongan<br />
las leyes de la materia.<br />
2.9.17. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS<br />
“EL CONTRATANTE” recibirá los servicios, de conformidad con los alcances y estipulaciones establecidos en la<br />
póliza.<br />
Se considerarán recibidos los servicios cuando se haya efectuado el pago de la indemnización correspondiente<br />
a “LOS BENEFICIARIOS” del “ASEGURADO” dentro de los plazos establecidos en la cobertura, de<br />
conformidad con los términos y condiciones de la presente póliza.<br />
2.9.18. SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS<br />
En relación a la supervisión se estará a lo establecido en el Procedimiento Institucional para la Inspección de<br />
Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales.<br />
2.9.19. RESPONSABILIDAD LABORAL<br />
La Empresa Aseguradora, <strong>com</strong>o empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de la<br />
presente póliza, será la única responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás<br />
ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.<br />
Asimismo, la Empresa Aseguradora, reconoce y acepta que con relación a la presente póliza, actúa<br />
exclusivamente <strong>com</strong>o entidad independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico ni la<br />
práctica <strong>com</strong>ercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del articulo 13<br />
de la Ley Federal del Trabajo, entre la Empresa Aseguradora, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y<br />
sus respectivos funcionarios o empleados y “EL CONTRATANTE”.<br />
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la<br />
presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas que afecte los intereses de<br />
“EL CONTRATANTE”, la Empresa Aseguradora, queda obligada a sacarlos en paz y a salvo de dicha<br />
reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a “EL CONTRATANTE” de cualquier cantidad que<br />
llegare a erogar por tal concepto.<br />
2.9.20. MODIFICACIONES A LA PÓLIZA<br />
”EL CONTRATANTE” podrá acordar con la Empresa Aseguradora por razones fundadas y explicitas respecto<br />
del contrato vigente, el incremento en el monto del contrato o en la cantidad de los servicios del contrato, así<br />
<strong>com</strong>o en la vigencia que, en su caso, se derive de dicha ampliación, siempre que el monto total de las<br />
modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los<br />
servicios sea igual al originalmente pactado y la Empresa Aseguradora no se encuentre en incumplimiento.<br />
Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte de la Empresa Aseguradora a las condiciones<br />
originalmente pactadas, deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante el Área de Contratos de la<br />
Subgerencia de Abastecimiento de la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales de Petróleos<br />
Mexicanos, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el<br />
área citada, se considera inexistente para todos los efectos administrativos y legales que procedan.<br />
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Comentario [ADM1]: Preguntar luisa si<br />
ya se autorizó este procedimiento NO SE<br />
HA AUTORIZADO ESTA PARA FIRMA
La solicitud de modificación por parte de la Empresa Aseguradora, no interrumpirá el plazo para la conclusión<br />
de los servicios originalmente pactados.<br />
En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas <strong>com</strong>paradas con<br />
las establecidas originalmente.<br />
2.9.21. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR<br />
Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor.<br />
Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad<br />
de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables<br />
y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación de la Empresa Aseguradora, tales <strong>com</strong>o los que<br />
a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones,<br />
ciclones o huracanes, huelgas o paros imputables a la administración de la Compañía, actos terroristas, estado<br />
de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan<br />
directamente con la prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no<br />
obstante ser del dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca y notificar a<br />
la otra parte dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de que se presente el evento que la<br />
motivó a través de un oficio con acuse de recibo Cuando se le notifique a “EL CONTRATANTE” deberá ser ante<br />
el Área de Contratos de la Subgerencia de Abastecimiento de la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios<br />
Generales de Petróleos Mexicanos.<br />
Para estos efectos cuando la Empresa Aseguradora, por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda<br />
cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito al Área de Contratos de la<br />
Subgerencia de Abastecimiento de la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales de Petróleos<br />
Mexicanos, una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo original,<br />
a<strong>com</strong>pañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si la prórroga<br />
solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la indemnización por mora correspondiente en términos de la<br />
cláusula denominada Indemnización por Mora. En caso de que la Empresa Aseguradora, no dé aviso en el<br />
término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá argumentar caso fortuito o fuerza mayor.<br />
Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, a más tardar<br />
dentro de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición<br />
operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin<br />
la aplicación de la indemnización por mora, en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.<br />
No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión,<br />
negligencia, impericia, provocación o culpa de la Empresa Aseguradora, o bien, aquellos que no se encuentren<br />
debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de la<br />
indemnización por mora que se establece en la cláusula correspondiente.<br />
2.9.22. DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES<br />
Para los efectos del presente contrato, las partes señalan <strong>com</strong>o su domicilio convencional los siguientes:<br />
El Contratante Por la Empresa Aseguradora<br />
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Pemex Corporativo<br />
Av. Marina Nacional # 329 Col. Huasteca<br />
C.P. 11311 Del Miguel Hidalgo México D.F.<br />
Edif. “C” primer piso<br />
Número de Fax: (55) 19-44-81-97<br />
ATENCIÓN: Act. Alberto del Rivero<br />
Gallardo<br />
Pemex Refinación<br />
Av. Marina Nacional # 329 Col. Huasteca<br />
C.P. 11311 Del Miguel Hidalgo México D.F.<br />
Edif. B-2 piso 7<br />
ATENCIÓN: Lic. Eduardo Campos Corona<br />
Pemex Exploración y Producción<br />
Calle Jaime Balmes # 11 Torre “A” piso 5<br />
Plaza Polanco C.P. 11510 Del Miguel<br />
Hidalgo México D.F.<br />
ATENCIÓN: Lic. Roberto Vela Peón<br />
Pemex Gas y Petroquímica Básica<br />
Av. Marina Nacional # 329 Col. Huasteca<br />
C.P. 11311 Del Miguel Hidalgo México D.F.<br />
Edif. B-1 piso 5<br />
ATENCIÓN: Lic. Miguel Ángel Chávez<br />
Meléndez<br />
Pemex Petroquímica<br />
Jacaranda No. 100 Col. Rancho Alegre I<br />
C.P. 96558 Coatzacoalcos Ver. Nivel C-1<br />
ATENCIÓN: Lic. Luis Alfonso Garcia-<br />
Herreros y Rodríguez<br />
(dirección <strong>com</strong>pleta)<br />
Número de Fax:<br />
ATENCIÓN: _______________<br />
La Empresa Aseguradora se obliga a <strong>com</strong>unicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las<br />
notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:<br />
a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o<br />
b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o<br />
c) Por correo certificado con acuse de recibo.<br />
Asimismo, la Empresa Aseguradora acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio<br />
de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en<br />
el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional,<br />
reconoce <strong>com</strong>o válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de el<br />
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Contratante aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus<br />
efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.<br />
Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán al Contratante en los siguientes<br />
términos:<br />
a) Por escrito con acuse de recibo del Contratante entregado en el domicilio convencional señalado en esta<br />
cláusula, o<br />
b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o<br />
c) Por correo certificado con acuse de recibo.<br />
2.9.23. CONFIDENCIALIDAD<br />
Toda la información que resulte de la ejecución de esta póliza, así <strong>com</strong>o la que “EL CONTRATANTE” le<br />
proporcione a la Empresa Aseguradora, incluyendo información de carácter técnica y/o <strong>com</strong>ercial, será<br />
considerada por el mismo <strong>com</strong>o información clasificada <strong>com</strong>o confidencial, y por tanto, no deberá usar dicha<br />
información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones pactadas<br />
por la Empresa Aseguradora, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio <strong>com</strong>o lo son en<br />
forma enunciativa más no limitativa; las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero<br />
sin el consentimiento previo y por escrito de “EL CONTRATANTE”.<br />
La Empresa Aseguradora, deberá señalar los documentos que entrega a “EL CONTRATANTE” que contengan<br />
información clasificada <strong>com</strong>o confidencial, reservada, y/o <strong>com</strong>ercial reservada siempre que tenga derecho de<br />
reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables y salvo aquella información que sea<br />
del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a “EL CONTRATANTE”, por disposición legal u orden<br />
judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un<br />
tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por<br />
tanto esté obligada a revelar.<br />
2.9.24. ADMINISTRACIÓN DE LA PÓLIZA<br />
La Gerencia de Riesgos y Seguros de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos es el área<br />
que administrará la presente póliza. Cada área de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios o<br />
la Gerencia de Riesgos y Seguros será responsable de realizar, según el ámbito de <strong>com</strong>petencia, los trámites<br />
establecidos en esta póliza, así <strong>com</strong>o de reclamar sus siniestros y gestionar sus indemnizaciones<br />
correspondientes.<br />
2.9.25. RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL<br />
La presente póliza constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin<br />
efecto cualquier otra negociación o <strong>com</strong>unicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha de inicio<br />
de vigencia de la presente póliza.<br />
Las partes acuerdan que en caso de que alguna de las cláusulas establecidas en la presente póliza fuere<br />
declarada <strong>com</strong>o nula por la autoridad jurisdiccional <strong>com</strong>petente, las demás cláusulas serán consideradas <strong>com</strong>o<br />
válidas y operantes para todos sus efectos legales<br />
El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán<br />
suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.<br />
El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el<br />
servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.<br />
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2.9.26. CONDICIONES NO PREVISTAS<br />
Queda establecido que para lo no previsto en esta Póliza, se someterá a lo dispuesto por la Ley Sobre el<br />
Contrato de Seguro.<br />
2.9.27. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.<br />
Ambas partes convienen y la Empresa Aseguradora está de acuerdo en que “EL CONTRATANTE” podrá, en<br />
cualquier momento, por causas imputables a la Empresa Aseguradora, rescindir administrativamente la póliza,<br />
cuando ésta última incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en la misma. Dicha rescisión<br />
operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el<br />
procedimiento de rescisión administrativa señalado en el presente punto.<br />
Las causas que pueden dar lugar a que “EL CONTRATANTE” inicie el procedimiento de rescisión administrativa<br />
de la Póliza, son las siguientes:<br />
A) Si la Empresa Aseguradora es declarada en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación<br />
análoga que afecte su patrimonio.<br />
B) Si “LA ASEGURADORA” no presta los servicios en el plazo establecido.<br />
C) Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en la Póliza.<br />
D) Si “EL CONTRATANTE” puede <strong>com</strong>probar fraude, dolo ó falsa declaración por parte de la Empresa<br />
Aseguradora con respecto a cualquier parte del riesgo.<br />
E) Si la Empresa Aseguradora suspende injustificadamente los servicios o bien si incumple con los plazos de<br />
ejecución que se hubieren pactado en esta Póliza.<br />
F) Si la Empresa Aseguradora no da a “EL CONTRATANTE” o a quien éste designe por escrito, las facilidades<br />
o datos necesarios para la supervisión de los servicios.<br />
G) Si la Empresa Aseguradora antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta<br />
por escrito su imposibilidad para continuar prestando los mismos.<br />
H) Si la Empresa Aseguradora no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en este contrato.<br />
I). Si la Empresa Aseguradora cede los derechos de cobro derivados de la Póliza, sin contar con el<br />
consentimiento de “EL CONTRATANTE”.<br />
J) En general, por el incumplimiento por parte de la Empresa Aseguradora a cualquiera de las obligaciones<br />
derivadas de la Póliza y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables, en especial a lo establecido en la<br />
Ley Sobre el Contrato de Seguro.<br />
En caso de incumplimiento, por parte de la Empresa Aseguradora a cualquiera de las obligaciones de la Póliza,<br />
“EL CONTRATANTE” podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las indemnizaciones por<br />
mora o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento de rescisión que se señala en ésta<br />
cláusula sin menoscabo de que “EL CONTRATANTE” pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.<br />
Si la Empresa Aseguradora es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y<br />
obtenga la declaración ó resolución correspondiente.<br />
No obstante lo anterior, todos los derechos de “EL CONTRATANTE” quedan a salvo hasta el momento de la<br />
rescisión, esto significa que la Empresa Aseguradora seguirá siendo la responsable por los siniestros ocurridos<br />
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antes de la fecha de rescisión y hasta las 24:00 horas del Meridiano de la Ciudad de México del día en que esta<br />
surta efecto.<br />
PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA<br />
El procedimiento de rescisión administrativa de la Póliza se iniciara a partir de que a la Empresa Aseguradora le<br />
sea <strong>com</strong>unicado por escrito, el o los incumplimientos en que haya incurrido, para que en un término de cinco<br />
días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.<br />
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, “EL CONTRATANTE" resolverá considerando los<br />
argumentos y pruebas que hubiere hecho valer la Empresa Aseguradora.<br />
La determinación de dar o no por rescindido la Póliza, deberá ser <strong>com</strong>unicada a la Empresa Aseguradora<br />
dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo del<br />
procedimiento o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación de la Empresa Aseguradora<br />
dentro de dicho plazo.<br />
Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente la presente Póliza, la Empresa<br />
Aseguradora concluyere con la ejecución de los servicios, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de<br />
que “EL CONTRATANTE” requiera las indemnizaciones por mora establecidas en el Artículo 135 Bis de la Ley<br />
General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.<br />
En caso de que “EL CONTRATANTE” decida no dar por rescindido la Póliza, se deberá establecer con la<br />
Empresa Aseguradora otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del<br />
procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, quedando facultado ”EL CONTRATANTE”<br />
para hacer exigible la indemnización por mora correspondiente.<br />
De actualizarse el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público, “EL CONTRATANTE” podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la<br />
necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en<br />
cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia de la presente Póliza con los precios originalmente<br />
pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo.<br />
En caso de rescisión administrativa y una vez que esta se haga efectiva, la Empresa Aseguradora devolverá a<br />
“EL CONTRATANTE” dentro del plazo de 15 (quince) días naturales siguientes las primas no devengadas así<br />
<strong>com</strong>o la proporción al margen de operación, por el periodo no utilizado en la vigencia de la póliza (excluyendo<br />
únicamente al 100% el importe de los gastos de expedición), en la forma y distribución que le indique la<br />
Gerencia de Riesgos y Seguros.<br />
2.9.28. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA PÓLIZA.<br />
Ambas partes convienen y la Empresa Aseguradora está de acuerdo en que “EL CONTRATANTE” podrá dar<br />
por terminado anticipadamente la presente Póliza, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando<br />
por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se<br />
demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o<br />
perjuicio a “EL CONTRATANTE”, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen a la Póliza con<br />
motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función<br />
Publica, lo anterior, de conformidad con el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público.<br />
En este supuesto, “EL CONTRATANTE” procederá a reembolsar, previa solicitud de la Empresa Aseguradora,<br />
los gastos no recuperables en que ésta hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén<br />
debidamente <strong>com</strong>probados y se relacionen directamente con la Póliza.<br />
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No obstante lo anterior, todos los derechos de “EL CONTRATANTE” quedan a salvo hasta el momento de la<br />
terminación, esto significa que la Empresa Aseguradora seguirá siendo la responsable por los siniestros<br />
ocurridos antes de la fecha de terminación y hasta las 24:00 horas tiempo de la Ciudad de México del día en<br />
que esta surta efecto.<br />
En caso de terminación anticipada y una vez que esta se haga efectiva, la Empresa Aseguradora devolverá a<br />
“EL CONTRATANTE” dentro del plazo de 15 días naturales siguientes las primas totales no devengadas<br />
(excluyendo únicamente al 100% el importe de los Gastos de Expedición) así <strong>com</strong>o la proporción al margen de<br />
operación, por el periodo no utilizado en la vigencia de la póliza, en la forma y distribución que le indique la<br />
Gerencia de Riesgos y Seguros<br />
2.9.29. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO<br />
”EL CONTRATANTE” pagará a la Aseguradora de acuerdo con las condiciones establecidas en la cláusula<br />
“Prima”, en el entendido de que la Aseguradora deberá presentar, conforme a las Fechas de Entrega de<br />
Facturas establecida en la cláusula “Prima”, las facturas originales correspondientes (según la distribución por<br />
Organismo o Empresa Filial que al efecto le señale Petróleos Mexicanos), las que se entregarán a la Gerencia<br />
de Riesgos y Seguros de Petróleos Mexicanos, sita en avenida Marina Nacional No. 329, Edificio “C” Primer<br />
Piso, Col. Huasteca, C.P. 11311, Delegación Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México, D.F.<br />
El pago a la Empresa Aseguradora se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto<br />
haya designado en el momento de darse de alta en la ventanilla única de “EL CONTRATANTE"<br />
Una vez realizado el pago a la Empresa Aseguradora, ésta tendrá diez (10) días hábiles para solicitar<br />
aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación<br />
alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.<br />
Los pagos que al respecto procedan se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos<br />
a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público, para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.<br />
2.9.30 FACTURACIÓN<br />
La Empresa Aseguradora, deberá entregar sus facturas a<strong>com</strong>pañadas de la documentación soporte a que se<br />
refiere esta Póliza para inicio de trámite de pago (según la distribución por Organismo que al efecto señale la<br />
Gerencia de Riesgos y Seguros), en la Gerencia de Riesgos y Seguros de Petróleos Mexicanos, sita en avenida<br />
Marina Nacional No. 329, Edificio “C” Primer Piso, Col. Huasteca, C.P. 11311, en la Ciudad de México,<br />
debidamente requisitadas, en original y 2 copias, mismas que deberán ser presentadas en las Fechas de<br />
Entrega de Facturas establecidas en la cláusula Prima.<br />
La Empresa Aseguradora al momento de facturar, deberá hacer referencia al No. de Póliza y al importe de la<br />
prima.<br />
Se deberá facturar de acuerdo con los siguientes datos:<br />
RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y R.F.C. DE LOS USUARIOS<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS<br />
Av. Marina Nacional No. 329<br />
Col. Huasteca, C.P. 11311<br />
Delegación Miguel Hidalgo<br />
México, D.F.<br />
R.F.C. PME380607P35<br />
38 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
<strong>PEMEX</strong> EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN<br />
Av. Marina Nacional No. 329<br />
Col. Huasteca, C.P. 11311<br />
Delegación Miguel Hidalgo<br />
México, D.F.<br />
R.F.C. PEP9207167XA<br />
<strong>PEMEX</strong> REFINACIÓN<br />
Av. Marina Nacional No. 329<br />
Col. Huasteca, C.P. 11311<br />
Delegación Miguel Hidalgo<br />
México, D.F.<br />
R.F.C. PRE9207163T7<br />
<strong>PEMEX</strong> GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA<br />
Av. Marina Nacional No. 329<br />
Col. Huasteca, C.P. 11311<br />
Delegación Miguel Hidalgo<br />
México, D.F.<br />
R.F.C. PGP920716MT6<br />
<strong>PEMEX</strong> PETROQUÍMICA<br />
Jacarandas No. 100<br />
Colonia Rancho Alegre I, C.P. 96558<br />
Coatzacoalcos, Ver.<br />
R.F.C. PPE920716TS5<br />
En caso de que las facturas entregadas por la Empresa Aseguradora para su pago, presenten errores o<br />
deficiencias, “EL CONTRATANTE” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por<br />
escrito a la Empresa Aseguradora las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurra a partir de la<br />
entrega del citado escrito y hasta que la Empresa Aseguradora presente las correcciones, no se <strong>com</strong>putará<br />
para efectos del plazo de pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo<br />
para el pago.<br />
En caso de que por causas imputables a la Empresa Aseguradora no se presenten las facturas a tiempo, ésta<br />
deberá otorgar a “EL CONTRATANTE” por escrito una prórroga de pago de 30 días adicionales a partir de la<br />
recepción correcta de los documentos, para que “EL CONTRATANTE” pueda realizar el pago correspondiente<br />
en términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Lo anterior, no alterará la cobertura otorgada ni cancelará la<br />
póliza.<br />
Cuando la Aseguradora emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la<br />
bóveda electrónica de “EL CONTRATANTE”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales<br />
efectos y su firma electrónica avanzada.<br />
2.9.31. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
Cuando en la prestación de servicios se presenten causas de caso fortuito o fuerza mayor, “EL<br />
CONTRATANTE”, podrá suspender el contrato, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que<br />
hubiesen sido efectivamente prestados, y en su caso, la Aseguradora deberá reintegrar la prima no devengada.<br />
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “EL CONTRATANTE”, adicionalmente se pagaran a la<br />
Empresa Aseguradora los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente<br />
<strong>com</strong>probados y que se relacionen directamente con el contrato.<br />
39 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Al presentarse cualquier causa que obligue a suspender la prestación de los servicios imputable a “EL<br />
CONTRATANTE”, el administrador del contrato deberá notificar por escrito a la Empresa Aseguradora tal<br />
situación dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la motivó.<br />
Si la suspensión obedece a caso fortuito o fuerza mayor, el mismo deberá acreditarse en términos de lo previsto<br />
en la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor.<br />
El convenio modificatorio para la formalización de la prórroga deberá suscribirse a más tardar dentro de los<br />
treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición operativa a que<br />
hubiere quedado sujeta la misma, la nueva fecha de terminación prorrogada no modificará el plazo original<br />
pactado.<br />
Cuando concluido el plazo de suspensión, se determine no reanudar la prestación de los servicios, deberá<br />
llevarse a cabo la terminación anticipada del contrato y exigirá “EL CONTRATANTE”, en su caso, el reintegro de<br />
la prima no devengada, debiendo formalizarse el convenio correspondiente.<br />
2.9.32. FUENTES DE FINANCIAMIENTO<br />
La Empresa Aseguradora reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad<br />
financiera y/o Filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de<br />
financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven de la presente póliza. la Empresa<br />
Aseguradora, conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los<br />
requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el<br />
cumplimiento de lo establecido en ésta cláusula.<br />
La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la entrega de la<br />
póliza, se integra al presente contrato <strong>com</strong>o Anexo 10 en la inteligencia de que “EL CONTRATANTE” podrá<br />
solicitar a la Empresa Aseguradora cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se<br />
refiere esta cláusula, durante la vigencia de la póliza. Asimismo, en caso de que la información contemplada en<br />
dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de la póliza, la Empresa Aseguradora se obliga a hacerla<br />
del conocimiento de “EL CONTRATANTE” inmediatamente después de que la Empresa Aseguradora tenga<br />
conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación a la presente póliza.<br />
La Empresa Aseguradora se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento,<br />
la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo 11 denominado<br />
“Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y<br />
formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos<br />
Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue<br />
entregado previo a la entrega de la póliza. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se<br />
encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex:<br />
(www.pemex.<strong>com</strong>/proveedores/documentacion).<br />
La Empresa Aseguradora deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s)<br />
(“Módulo(s) de Financiamiento”) de “EL CONTRATANTE”, con el fin de proporcionar la Documentación<br />
Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de<br />
Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello<br />
correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que la Empresa Aseguradora debe anexar<br />
a cada solicitud de pago que presente al amparo de éste contrato (póliza).<br />
“EL CONTRATANTE” no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de<br />
Documentación” y/o el sello correspondiente cuando la Empresa Aseguradora injustificadamente no entregue la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.<br />
“EL CONTRATANTE” podrá solicitar a la Empresa Aseguradora cualquier modificación, aclaración o<br />
información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.<br />
40 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
De la misma forma, la Empresa Aseguradora acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por<br />
las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la<br />
Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que “EL CONTRATANTE” le indique oportunamente.<br />
2.9.33. PAGOS EN EXCESO<br />
En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido la empresa aseguradora por concepto de primas<br />
superiores a las facturadas por la Empresa Aseguradora, ésta deberá reintegrar las cantidades pagadas en<br />
exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la<br />
Federación y de acuerdo al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación <strong>com</strong>o si se tratara<br />
del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades<br />
pagadas en exceso en cada caso y se <strong>com</strong>putarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en<br />
que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de Petróleos Mexicanos. la Empresa Aseguradora<br />
cubrirá dicho pago con cheque certificado expedido por la Empresa Aseguradora a favor de “EL<br />
CONTRATANTE” o mediante transferencia en las cuentas que se le indique previamente. Cuando el contrato<br />
aún se encuentra vigente, “EL CONTRATANTE” podrá proceder a deducir dichas cantidades de las facturas<br />
subsecuentes.<br />
2.9.34. OTRAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ASEGURADORA<br />
La Empresa Aseguradora será la única responsable cuando los servicios objeto del contrato, no se hayan<br />
realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte<br />
de ”EL CONTRATANTE”; por lo que en estos casos ”EL CONTRATANTE” podrá ordenar, la rectificación o<br />
reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado <strong>com</strong>o rechazados o discrepantes sin que la<br />
Empresa Aseguradora, tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por<br />
cuenta de la Empresa Aseguradora; en tal supuesto, la Empresa Aseguradora procederá de manera inmediata<br />
a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo<br />
para ampliar el plazo señalado para su conclusión.<br />
Si la Empresa Aseguradora realiza servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se<br />
hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que<br />
incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.<br />
La Empresa Aseguradora tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las<br />
dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también<br />
se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con las Leyes, Reglamentos, y Normas<br />
Aplicables, sean estas Municipales, Estatales o Federales, así mismo, la Empresa Aseguradora deberá cumplir<br />
con las disposiciones de seguridad e higiene de Petróleos Mexicanos para la ejecución de los servicios.<br />
Se conviene que las obligaciones de la Empresa Aseguradora de acuerdo al contrato, deberán incluir todas las<br />
actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en el<br />
contrato, se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de ese<br />
contrato.<br />
2.9.35. PERSONAL ESPECIALIZADO DE LA EMPRESA ASEGURADORA<br />
La Empresa Aseguradora designará una plantilla de personal permanente para atender el <strong>com</strong>etido de la<br />
presente póliza, dentro de la cual deberá designar el personal mínimo suficiente para la atención expedita de<br />
las reclamaciones que sean presentadas durante la vigencia de esta póliza, también designará a un encargado<br />
o ejecutivo <strong>com</strong>o principal responsable de la atención de la cuenta, con experiencia <strong>com</strong>probada en el campo<br />
de seguros, quien coordinará la ejecución del servicio de los departamentos e individuos dentro de su<br />
organización con las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios y de la Gerencia de<br />
Riesgos y Seguros de Petróleos Mexicanos conforme a los alcances de cobertura de la póliza de seguros.<br />
41 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
La Estructura Organizacional y Administrativa mínima necesaria en el desarrollo del servicio a que se obliga la<br />
Empresa Aseguradora, se determina en el Anexo 7 con las áreas y personal responsable correspondiente. En<br />
caso de cualquier cambio, la Empresa Aseguradora informará previamente por escrito a la Gerencia de Riesgos<br />
y Seguros y Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios, y posteriormente en un plazo<br />
no mayor a 5 (cinco) días hábiles después de los cambios generados, entregará a la Gerencia de Riesgos y<br />
Seguros (endoso original) y a las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios (copia<br />
original del endoso), los endosos correspondientes, a efecto de mantener actualizado el Anexo 7.<br />
2.9.36 RESPONSABILIDADES DE LA ASEGURADORA EN RELACIÓN A SINIESTROS, ANEXO 8.<br />
A) DIRECTORIO DE LA ASEGURADORA PARA REPORTE DE SINIESTROS.<br />
Para la atención de los siniestros, la Empresa Aseguradora designará al personal que atenderá los reportes<br />
de siniestro, en cualquier momento, los cuales se integrarán cuando menos con la estructura indicada en el<br />
Anexo 7<br />
B) DIRECTORIO DE LA ASEGURADORA PARA ATENCIÓN DE SINIESTROS.<br />
La Empresa Aseguradora establecerá el nombre y dirección para dirigir la correspondencia para efectuar la<br />
reclamación formal, así <strong>com</strong>o para el envío de la documentación soporte de las reclamaciones, datos que<br />
integrará en la estructura indicada en el Anexo 7.<br />
En caso de cualquier cambio en el directorio para la atención de siniestros, la Empresa Aseguradora<br />
informará previamente por escrito a la Gerencia de Riesgos y Seguros y a las Áreas de Administración de<br />
Riesgos de los Organismos Subsidiarios, y posteriormente en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles,<br />
después de los cambios generados, entregará a la Gerencia de Riesgos y Seguros (endoso original) y a las<br />
Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios (copia original del endoso), los endosos<br />
correspondientes, a efecto de mantener actualizado el Anexo 7.<br />
C) REPORTES DE SINIESTRALIDAD.<br />
La Empresa Aseguradora proporcionará a la Gerencia de Riesgos y Seguros y Áreas de Administración de<br />
Riesgos de los Organismos Subsidiarios correspondientes dentro de los primeros 10 (diez) días naturales de<br />
cada mes la estadística mensual acumulada correspondiente al cierre del mes inmediato anterior.<br />
La estructura de los reportes de siniestralidad para el control y seguimiento de las reclamaciones presentadas<br />
que la Empresa Aseguradora deberá generar, para uso exclusivo de “EL CONTRATANTE”, es la establecida<br />
en el Anexo 9. En caso de cualquier actualización a la estructura de los reportes de siniestralidad, la Gerencia<br />
de Riesgos y Seguros lo solicitará previamente por escrito a la Empresa Aseguradora.<br />
La Empresa Aseguradora enviará a la Gerencia de Riesgos y Seguros la siniestralidad total y a cada<br />
Organismo Subsidiario su siniestralidad correspondiente, en caso de cualquier aclaración que amerite<br />
corrección en los reportes de siniestralidad, el Organismo Subsidiario solicitará a la Empresa Aseguradora<br />
efectúe los cambios correspondientes, posteriormente el Organismo Subsidiario y la Empresa Aseguradora<br />
mantendrán informada a la Gerencia de Riesgos y Seguros.<br />
2.10. ANEXOS PÓLIZA.<br />
Anexo 1 Constancia de Servicios.<br />
Anexo 2 Declaración de Beneficiarios.<br />
Anexo 3 Solicitud de Pago de Beneficios.<br />
Anexo 4 Declaración de Beneficiarios Servidores Públicos Superiores, Mandos Medios<br />
Anexo 5 Declaración de Beneficiarios Personal del Área de Servicios de Seguridad<br />
42 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Física; Becarios Médicos Residentes y Pilotines y Aspirantes de Escuelas<br />
Náuticas Mercantes<br />
Anexo 6 Tarjeta de Emergencia Médica en el Extranjero.<br />
Anexo 7 Personal Especializado de la Empresa Aseguradora.<br />
Anexo 8 Responsabilidades de la Empresa Aseguradora en relación a siniestros.<br />
Anexo 9 Reportes de Siniestralidad.<br />
Anexo 10 Cédula sobre el país de origen de los bienes y/o servicios<br />
Anexo 11 Documentación requerida por las fuentes de financiamiento<br />
Cualquier actualización a los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, la Gerencia de Riesgos y Seguros lo informará a la<br />
Empresa Aseguradora, para que ésta emita el (los) endoso (s) correspondiente (s), a efecto de que se<br />
mantengan actualizados.<br />
43 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
CONSTANCIA DE SERVICIOS<br />
ANEXO 1<br />
44 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
45 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
DECLARACION DE BENEFICIARIOS<br />
ANEXO 2<br />
46 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
47 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
SOLICITUD DE PAGO DE BENEFICIOS<br />
ANEXO 3<br />
48 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
49 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ANEXO 4<br />
DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS PARA<br />
No. de Registro: EL PAGO DE SEGURO DE VIDA FOLIO:<br />
DE SERVIDORES PUBLICOS SUPERIORES<br />
Y MANDOS MEDIOS DE<br />
PETROLEOS MEXICANOS<br />
Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
DATOS DEL ASEGURADO<br />
Nombre:<br />
Sexo:<br />
No. Ficha R. F. C. Puesto Nivel<br />
Adscrito a:<br />
Domicilio particular:<br />
Apellido paterno Apellido materno<br />
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS<br />
Organismo Centro de trabajo Clave centro de trabajo<br />
Calle<br />
Población, Municipio o Delegación y Estado<br />
NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS<br />
núm. ext. núm. int.<br />
Código postal<br />
Teléfono(s)<br />
A. %<br />
B. %<br />
C. %<br />
D. %<br />
E. %<br />
F. %<br />
G. %<br />
H. %<br />
I. %<br />
J. %<br />
K. %<br />
SUMA DE PORCENTAJES ASIGNADOS: 100<br />
%<br />
Me reservo el derecho de cambiar beneficiario(s) cuando así me convenga, lo cual, para que surta efectos y sea legal, deberá registrarse<br />
por el mismo procedimiento y requisitos del presente documento.<br />
Firma del Asegurado<br />
Nombre(s)<br />
- Anotar claramente y con tinta negra el nombre <strong>com</strong>pleto de los<br />
beneficiarios designados.<br />
- Se considerará el pago en la proporción del porcentaje asignado a<br />
cada beneficiario<br />
Colonia<br />
Porcentajes<br />
asignados<br />
(%)<br />
Fechado en: el día de de<br />
Ciudad y Estado<br />
<strong>PEMEX</strong> 12 FORMA 7-5<br />
GV28-0-93 ASEGURADO<br />
50 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ANEXO 5<br />
DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS PERSONAL DEL ÁREA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD FISICA Y<br />
BECARIOS MEDICOS RESIDENTES Y PILOTINES Y ASPIRANTES DE ESCUELAS NÁUTICAS<br />
MERCANTES.<br />
CONSENTIMIENTO DEL SEGURO<br />
51 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
52 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ANEXO 6<br />
TARJETA DE EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO<br />
53 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Ejecutivo de Cuenta<br />
Nombre del<br />
responsable<br />
Encargado de Siniestros<br />
Nombre del<br />
responsable<br />
Encargado del área de servicio<br />
Nombre del<br />
responsable<br />
Encargado del área técnica<br />
Nombre del<br />
responsable<br />
ANEXO 7<br />
PERSONAL ESPECIALIZADO DE LA EMPRESA ASEGURADORA.<br />
Puesto Teléfono Directo Conmutador<br />
Extensión<br />
Puesto Teléfono Directo Conmutador<br />
Extensión<br />
Puesto Teléfono Directo Conmutador<br />
Extensión<br />
Puesto Teléfono Directo Conmutador<br />
Extensión<br />
Número de Fax Teléfono<br />
Celular<br />
Número de Fax Teléfono<br />
Celular<br />
Número de Fax Teléfono<br />
Celular<br />
Número de<br />
Fax<br />
Teléfono<br />
Celular<br />
Correo Electrónico<br />
Correo Electrónico<br />
Correo Electrónico<br />
Correo Electrónico<br />
54 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ANEXO 8<br />
RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA ASEGURADORA EN RELACIÓN A SINIESTROS.<br />
A) DIRECTORIO DE LA EMPRESA ASEGURADORA PARA ATENCIÓN DE SINIESTROS.<br />
A1) SEGURO DE VIDA (ATENCIÓN DE SINIESTROS):<br />
Nombre del<br />
responsable<br />
Puesto Teléfono Número de<br />
Fax<br />
Correo<br />
Electrónico<br />
Dirección Horario de<br />
Atención<br />
55 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
REPORTES DE SINIESTRALIDAD<br />
ENCABEZADO:<br />
• Nombre del Reporte<br />
• Nombre de la Empresa Aseguradora.<br />
• Número y Denominación de la Póliza.<br />
• Vigencia de la Póliza.<br />
• Reporte al: (Fecha de Corte)<br />
• Moneda<br />
ESTRUCTURA DEL REPORTE DEL GRUPO 1 Y 2:<br />
ANEXO 9<br />
• Consecutivo.<br />
• Número de trámite o siniestro.<br />
• Organismo al que pertenece.<br />
• Nombre del fallecido.<br />
• Número de ficha del trabajador.<br />
• Situación contractual (activo, jubilado, transitorio con o sin contrato vigente).<br />
• Régimen contractual (confianza o sindicalizado).<br />
• Ultimo salario ordinario diario o pensión jubilatoria diaria.<br />
• Nivel.<br />
• Edad.<br />
• Antigüedad (años y días)<br />
• R.F.C.<br />
• Fecha de fallecimiento.<br />
• Causa de fallecimiento.<br />
• Fecha de reclamación.<br />
• Importe del pago realizado, agrupado por beneficio.<br />
• Importe Total Pagado.<br />
• Fecha de pago.<br />
• Pagos Pendientes.<br />
• Siniestralidad mensual a la fecha del corte.<br />
• Siniestralidad acumulada a la fecha del corte.<br />
• Observaciones.<br />
ESTRUCTURA DEL REPORTE DEL GRUPO 3:<br />
• Consecutivo.<br />
• Número de trámite o siniestro.<br />
• Organismo al que pertenece.<br />
• Nombre del fallecido.<br />
• Tipo (Becario Médico Pilotín)<br />
• Edad.<br />
• Fecha de fallecimiento.<br />
• Causa de fallecimiento.<br />
• Fecha de reclamación.<br />
56 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
• Importe del pago realizado, agrupado por beneficio.<br />
• Total del pago realizado.<br />
• Fecha de pago.<br />
• Pagos Pendientes.<br />
• Siniestralidad mensual a la fecha del corte.<br />
• Siniestralidad acumulada a la fecha del corte.<br />
• Observaciones.<br />
ESTRUCTURA DEL REPORTE DEL GRUPO 4:<br />
La Empresa Aseguradora podrá suprimir algunos conceptos cuando no cuente con la información.<br />
• Consecutivo.<br />
• Número de trámite o siniestro.<br />
• Nombre.<br />
• Número de ficha del trabajador.<br />
• Fecha de Atención Médica.<br />
• Importe del pago realizado.<br />
• Siniestralidad mensual a la fecha del corte.<br />
• Siniestralidad acumulada a la fecha del corte.<br />
• Observaciones.<br />
57 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
3. ESQUEMA DE REASEGURO<br />
La Empresa Aseguradora adjudicataria se reasegurará al 100% con la empresa reaseguradora Kot Insurance<br />
Company AG, en el entendido de que esta cesión podrá disminuir en la proporción del porcentaje que la<br />
Empresa Aseguradora decida asumir el que en ningún caso excederá el 5% de la cobertura objeto de la<br />
presente licitación, en base proporcional, de acuerdo al límite máximo de retención en la operación de vida en<br />
un sólo riesgo, confirmando por escrito su adhesión a los términos y condiciones del texto de reaseguro de Kot<br />
Insurance Company AG, referido en el punto 4.1 de estas bases, así <strong>com</strong>o la manifestación de que el riesgo<br />
asumido (hasta un máximo del 5%) estará retenido al 100% por “LA ASEGURADORA.<br />
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó la inscripción de Kot Insurance Company AG en el<br />
Registro General de Reaseguradoras Extranjeras ya que a su juicio, reúne requisitos de solvencia y estabilidad<br />
para efectuar las operaciones y cumplir con los objetivos a que se refiere el artículo 37 de la Ley General de<br />
Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, siendo esta la única facultada para la emisión de dicha<br />
opinión, otorgándole el número de registro RGRE-345-93-315217. Asimismo la Contratante confirma que la<br />
firma clasificadora Standard & Poor´s, otorgó a la Reaseguradora la clasificación “A-/Negativa/--” publicada el<br />
día 11 de mayo de 2009 por dicha calificadora.<br />
La Empresa Aseguradora será la única responsable ante “EL CONTRATANTE” de atender las reclamaciones<br />
derivadas por siniestros cubiertos por la póliza de seguros descrita, por lo que deberá entregar mensualmente a<br />
“EL CONTRATANTE” así <strong>com</strong>o a Kot Insurance Company AG, un Inventario de Reclamaciones y un Informe de<br />
Siniestralidad dentro de los 5 días siguientes hábiles a la terminación del mes de que se trate.<br />
Sin menoscabo a su derecho de verificación, Kot Insurance Company AG, reembolsará a la Empresa<br />
Aseguradora, los pagos confirmados realizados por reclamaciones presentadas al amparo de la cobertura de<br />
esta licitación.<br />
Si Kot Insurance Company AG, al ejercitar su derecho de verificación detecta y fundamenta pagos<br />
improcedentes en términos de la póliza objeto de la licitación, estos deberán ser reembolsados a la<br />
reaseguradora considerando lo establecido en el artículo 135 Bis de Ley General de Instituciones y Sociedades<br />
Mutualistas de Seguros, <strong>com</strong>putando los intereses a partir del momento en el que Kot Insurance Company AG,<br />
enteró los fondos a la Empresa Aseguradora.<br />
La Empresa Aseguradora se <strong>com</strong>promete a mantener en absoluta confidencialidad todos los datos e<br />
información que obtenga de “EL CONTRATANTE”, ya sea a través de inspecciones, evaluaciones de riesgos o<br />
documental que le sea proporcionada.<br />
3.1. ESQUEMA DE ADMINISTRACIÓN DE LAS RECUPERACIONES DEL REASEGURO<br />
Para la atención de siniestros, Kot Insurance Company AG, ministrará a la Empresa Aseguradora un fondo<br />
mensual de operación equivalente a 60 (sesenta) días sobre la prima de reaseguro cedida a Kot Insurance<br />
Company AG a título de retención de primas cedidas que estará bajo su administración y responsabilidad,<br />
debiendo mantenerla dentro de un programa de inversión, <strong>com</strong>prometiéndose a informar mensualmente a Kot<br />
Insurance Company AG, sobre su manejo y rendimientos que estará en términos del artículo 54 párrafo II de la<br />
Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; los rendimientos obtenidos durante el mes<br />
que se está informando deberán reportarse dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al mes inmediato<br />
anterior, dentro del informe mensual de siniestralidad, en donde se este solicitando mediante escrito de la<br />
Aseguradora, el reembolso al fondo de operación.<br />
Cuando el fondo de operación de siniestros se agote antes de recibir la nueva ministración mensual, la<br />
Empresa Aseguradora mediante solicitud por escrito lo hará del conocimiento de Kot Insurance Company AG,<br />
para que en el término de diez días hábiles, le sea restituido el monto faltante.<br />
58 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
En el supuesto caso de que por causas imputables a la Empresa Aseguradora, ésta no trámite oportunamente<br />
el reembolso del fondo de operación y la <strong>com</strong>pañía aseguradora se quede sin fondos para la atención de los<br />
siniestros, por ningún motivo la Empresa Aseguradora dejará de atender los siniestros y será responsabilidad<br />
de la Empresa Aseguradora el cubrir con recursos propios el pago de los daños hasta en tanto realice el trámite<br />
del reembolso correspondiente.<br />
En caso de que la Empresa Aseguradora se quede sin fondo de operación, no estará obligada al pago de los<br />
rendimientos de inversión ni tampoco estará sujeta al pago de alguna sanción por este motivo.<br />
El importe neto de la siniestralidad, de conformidad con lo señalado en estas bases, deberá entenderse <strong>com</strong>o<br />
los Gastos por Siniestralidad Pagada por las indemnizaciones de los fallecimientos ocurridos. Ningún otro cargo<br />
o deducción distintos del pago de indemnizaciones será considerado para efecto de la siniestralidad neta.<br />
59 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
4. INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRATANTE<br />
4.1 Texto de Contrato de Reaseguro<br />
4.2 Primas Netas de Reaseguro sobre la base del 100% establecida por Kot Insurance Company AG<br />
4.3 Datos Biométricos<br />
4.4 Base Siniestral del 13 de mayo de 2005 al 30 de junio de 2009<br />
60 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
4.1 CONTRATO DE REASEGURO<br />
CONTRATO DE REASEGURO<br />
2010-2011<br />
Este contrato cubre la póliza de “Vida y Emergencia Médica en Extranjero”<br />
(de aquí en adelante denominado el “Contrato”)<br />
entre<br />
[_______________________________]<br />
(de aquí en adelante denominada la “Cedente”)<br />
y<br />
Kot Insurance Company AG<br />
(de aquí en adelante denominado el “Reasegurador")<br />
61 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ARTÍCULO I - OBJETO DEL CONTRATO<br />
Reasegurar la póliza de Vida y Emergencia Médica en Extranjero en la que se otorga<br />
protección a los trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, y en su<br />
caso sus Empresas Filiales, emitida por la Cedente y que se adjunta al presente contrato.<br />
ARTÍCULO II- VIGENCIA<br />
Del 1º de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2011 o <strong>com</strong>o se acuerde en la póliza original<br />
incluyendo cualesquiera extensiones que pudieran ser pactadas.<br />
ARTÍCULO III- CONDICIONES DEL SEGURO Y PLANES DE TARIFA<br />
Las condiciones de las pólizas así <strong>com</strong>o los planes de tarifa actualmente en vigor para los<br />
riesgos amparados por el presente contrato, forman parte integrante del mismo.<br />
Ampliaciones y modificaciones serán <strong>com</strong>unicadas al Reasegurador en un plazo que no<br />
excederá de 30 días naturales. En el caso de modificaciones esenciales las partes<br />
CONTRATANTES convendrán nuevas condiciones de reaseguro.<br />
ARTICULO IV- CONDICIONES ORIGINALES Y RESPONSABILIDAD DE LA<br />
REASEGURADORA<br />
Todo el reaseguro amparado por el presente contrato, estará sujeto a las mismas<br />
condiciones, limitaciones y exclusiones así <strong>com</strong>o a las mismas modificaciones y<br />
cancelaciones de los contratos originales emitidos por la Cedente.<br />
Sujeto a modificación por parte de la Cedente, la responsabilidad de la Reaseguradora<br />
iniciará simultáneamente en todas las emisiones, renovaciones, cancelaciones y<br />
modificaciones de los contratos cubiertos bajo este convenio.<br />
En el caso de Emergencia Médica es responsabilidad del Reasegurador proporcionar la red<br />
de servicios en el extranjero.<br />
ARTICULO V- CESIONES DE REASEGURO<br />
La Cedente se obliga a ceder a el Reasegurador, cuando menos el 95% de todos los riesgos<br />
amparados por este contrato, sobre bases proporcionales.<br />
ARTICULO VI- PRIMAS DE REASEGURO<br />
La Cedente pagará al Reasegurador su proporción de las primas netas suscritas (conforme<br />
al porcentaje de retención establecido por la Cedente), definiéndose ésta <strong>com</strong>o las primas<br />
brutas suscritas por la Cedente menos su margen de operación, la prima de retención y los<br />
gastos de expedición de póliza.<br />
62 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
La Cedente acuerda que todas las primas y sus ajustes pagaderos a la Reaseguradora serán<br />
transferidas electrónicamente a la institución bancaria designada por el Reasegurador de<br />
acuerdo con las instrucciones que por escrito gire el Reasegurador a la Cedente, dentro de<br />
los siguientes 5 (cinco) días hábiles a la recepción de dichas instrucciones. Cualquier prima o<br />
sus ajustes retenida por más de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de las<br />
instrucciones del Reasegurador serán adicionadas por intereses calculados en términos del<br />
artículo 135 Bis de la “Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros”,<br />
pagaderos por la Cedente.<br />
Se considera que la obligación de la aseguradora de transferir las primas a Kot Insurance<br />
Company AG inicia desde el momento en que la aseguradora reciba del asegurado la<br />
totalidad de la prima a la que tenga derecho en términos de la póliza original, ya sea bajo un<br />
esquema de prima única o pagos fraccionados.<br />
ARTICULO VII- ESTADOS DE CUENTA Y BORDEREAUX<br />
La Cedente enviará al Reasegurador los estados de cuenta, dentro de los cinco días<br />
naturales siguientes al término de cada mes.<br />
Los estados de cuenta deberán <strong>com</strong>prender la participación del Reasegurador, los importes<br />
de primas y siniestros durante el período correspondiente.<br />
El Reasegurador abonará a la Cedente, el saldo a su favor al mismo tiempo en que confirme<br />
las cuentas, a más tardar en los 10 días hábiles posteriores a la fecha de recepción<br />
satisfactoria en términos de póliza.<br />
En el caso de Emergencia Médica será obligación de la Cedente presentar trimestralmente al<br />
Reasegurador un Bordereaux de Siniestralidad dentro de los 15 días siguientes al fin de cada<br />
trimestre.<br />
ARTICULO VIII - INDEMNIZACIONES DE REASEGURO (SINIESTROS)<br />
Proporcionalmente a su participación, el Reasegurador abonará a la Cedente las sumas<br />
reaseguradas que según las condiciones estipuladas en la póliza objeto de este contrato,<br />
sean pagaderas por los riesgos de muerte y sus beneficios adicionales.<br />
El porcentaje de participación en caso de siniestro por parte de la Cedente, será el mismo<br />
que la participación en primas de riesgo retenidas por la Cedente.<br />
Bajo el concepto de siniestros, figuran además de las sumas reaseguradas pagadas, los<br />
gastos específicos causados por el ajuste de los siniestros (costos judiciales), adicionalmente<br />
al importe de las remuneraciones a la Cedente.<br />
En cambio, no se cargarán en tal concepto los sueldos ni gastos de viaje de los empleados<br />
encargados del ajuste de los siniestros, de los demás gastos de la organización (fijos o<br />
variables) y los costos de la tramitación interna de la Cedente.<br />
En el caso de emergencia médica, el Reasegurador gestionará el pago directo de la<br />
63 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
eclamación mediante su red de servicio en el extranjero.<br />
64 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ARTICULO IX - ESQUEMA DE ADMINISTRACIÓN DE SINIESTROS<br />
El Reasegurador ministrará a la Cedente un fondo mensual de operación equivalente a 60<br />
(sesenta) días sobre la prima de reaseguro cedida al Reasegurador a título de retención de<br />
primas cedidas que estará bajo su administración y responsabilidad, debiendo mantenerla<br />
dentro de un programa de inversión, <strong>com</strong>prometiéndose a informar mensualmente al<br />
Reasegurador sobre su manejo y rendimientos que estará en términos del artículo 54 párrafo<br />
II de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; los rendimientos<br />
obtenidos durante el mes que se esta informando deberán reportarse dentro de los 10 (diez)<br />
días hábiles posteriores al mes inmediato anterior, dentro del informe mensual de<br />
siniestralidad, en donde se este solicitando mediante escrito de la Cedente el reembolso al<br />
fondo de operación.<br />
Cuando el 80% del fondo de operación de siniestros se agote antes de recibir la nueva<br />
ministración mensual, la Cedente mediante solicitud por escrito lo hará del conocimiento del<br />
Reasegurador, para que en el término de diez días hábiles, le sea restituido el monto faltante.<br />
En el supuesto caso de que por causas imputables a la Empresa Aseguradora, ésta no<br />
tramite oportunamente el reembolso del fondo de operación y la Empresa Aseguradora se<br />
quede sin fondos para la atención de los siniestros, por ningún motivo la Empresa<br />
Aseguradora dejará de atender los siniestros y será responsabilidad de la Empresa<br />
Aseguradora el cubrir con recursos propios el pago de los daños hasta en tanto tramite el<br />
reembolso correspondiente.<br />
En caso de que la Cedente se quede sin fondo de operación o se retrase en la solicitud de<br />
ministración del fondo al Reasegurador, no estará obligada al pago de los rendimientos de<br />
inversión ni tampoco estará sujeta al pago de alguna sanción por este motivo, sin embargo<br />
deberá con sus propios recursos hacer frente a sus obligaciones establecidas en la póliza<br />
original.<br />
El importe neto de la siniestralidad, de conformidad con lo señalado en esta convocatoria,<br />
deberá entenderse <strong>com</strong>o las indemnizaciones pagadas por los fallecimientos ocurridos.<br />
Ningún otro cargo o deducción distintos del pago de indemnizaciones será considerado para<br />
efecto de la siniestralidad neta.<br />
ARTÍCULO X - PAGO DE SINIESTROS<br />
Sin menoscabo a su derecho de verificación, el Reasegurador reembolsará a la Cedente, los<br />
pagos confirmados realizados por reclamaciones presentadas al amparo de la cobertura de<br />
este contrato.<br />
La Cedente será la única responsable de atender las reclamaciones derivadas por siniestros<br />
cubiertos por la póliza de seguros, por lo que deberá entregar mensualmente al<br />
Reasegurador, un inventario de reclamaciones dentro de los 5 días hábiles siguientes a la<br />
terminación del mes de que se trate; el Reasegurador por su parte, pagará en los 10 días<br />
hábiles después de haber recibido el reporte <strong>com</strong>pleto mediante el aviso de cobro<br />
correspondiente.<br />
65 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Si el Reasegurador, al ejercitar su derecho de verificación detecta y fundamenta pagos<br />
improcedentes en términos de la póliza objeto de la licitación, estos deberán ser<br />
reembolsados a el Reasegurador considerando lo establecido en el artículo 135 Bis de Ley<br />
General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, <strong>com</strong>putando los intereses a<br />
partir del momento en el que el Reasegurador enteró los fondos a la Cedente y hasta la<br />
fecha del reembolso en su totalidad.<br />
ARTÍCULO XI - GESTIÓN DE NEGOCIOS<br />
El presente contrato no limitará a la Cedente en el ejercicio del derecho de gestión. La<br />
Cedente estará facultada expresamente para reconocer, rehusar o negociar la indemnización<br />
de siniestros o rechazar la emisión de cualquier credencial por falta de datos en el caso de<br />
Emergencia Médica en el Extranjero, debiendo proceder en forma tal <strong>com</strong>o lo haría un<br />
asegurador razonable y consciente que no estuviera reasegurado.<br />
ARTICULO XII - CONTROL DE LITIGIOS<br />
En caso de que la Cedente reciba alguna demanda en su contra relacionada con la póliza de<br />
seguro emitida, lo hará saber de inmediato al Reasegurador quien tendrá el derecho de<br />
decidir su participación o inclusive de abstenerse en participar. En caso de que el<br />
Reasegurador decida ejercer su derecho de participación, la Cedente entregará la<br />
documentación del emplazamiento o citación a juicio y las demás que tenga en su poder a<br />
los abogados que designe el Reasegurador, para que éstos procedan a contestar la<br />
demanda a nombre de la Cedente.<br />
La Cedente otorgará poder general para pleitos y cobranzas a dichos abogados, con cláusula<br />
de limitación para ser utilizado únicamente respecto de la atención de los asuntos<br />
relacionados con la póliza y casos respectivos.<br />
La Cedente celebrará contrato de prestación de servicios profesionales con los abogados<br />
designados por el Reasegurador, quienes deberán quedar obligados a informarle respecto<br />
del trámite y avance de los litigios cada vez que lo requiera.<br />
Cualquier determinación respecto de los litigios será tomada por el Reasegurador sin que ello<br />
implique obligación alguna a su cargo frente a los demandantes, tal <strong>com</strong>o lo establece el<br />
Artículo 18 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. El reaseguro seguirá la suerte de la<br />
cedente aplicando los términos de la póliza.<br />
Los honorarios de los abogados y los gastos de litigio serán pagados por la Cedente y se<br />
reflejarán en las cuentas de reaseguro de acuerdo a la participación porcentual de la<br />
Cedente y el Reasegurador en el riesgo asumido.<br />
Por lo que respecta a la culpa o negligencia en la atención de un litigio esta será repercutible<br />
directamente a quién la haya causado, ya sea, al Reasegurador a través de sus abogados o<br />
a la Cedente por falta a sus obligaciones de aportar información o de realizar actividades que<br />
son de su exclusiva <strong>com</strong>petencia.<br />
66 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ARTÍCULO XIII - DERECHO DE INFORMACIÓN DE LA REASEGURADORA<br />
La Cedente proporcionará al Reasegurador, si ésta lo desea, informaciones detalladas sobre<br />
los riesgos reasegurados bajo el presente contrato. En particular el Reasegurador podrá<br />
solicitar:<br />
a) Que le sean entregadas copias o extractos de toda la documentación referente a riesgos<br />
cedidos y a su reaseguro, corriendo los costos originados a su cargo;<br />
b) En horas hábiles, la Cedente concederá a un representante designado previamente por el<br />
Reasegurador, a fin de inspeccionar la documentación mencionada bajo el inciso “a”,<br />
anterior. En general una visita de esta índole, deberá ser avisada con una semana de<br />
antelación y en casos urgentes, por lo menos 24 horas antes.<br />
El Reasegurador dispondrá del derecho de información e inspección mientras una de las<br />
partes CONTRATANTES efectúe reclamaciones contra la otra que se deriven del presente<br />
contrato.<br />
ARTÍCULO XIV -ERRORES U OMISIONES<br />
Errores u omisiones involuntarias no afectarán los derechos y obligaciones de las partes<br />
CONTRATANTES acordados bajo el presente contrato; sin embargo, dichos errores u<br />
omisiones deberán ser rectificados a la mayor brevedad posible.<br />
ARTÍCULO XV- ARBITRAJE<br />
El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y<br />
demás disposiciones aplicables.<br />
En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato las partes<br />
acuerdan expresamente someterse a arbitraje conducido en la ciudad de México, Distrito<br />
Federal, de acuerdo con las reglas de la Cámara de Comercio Internacional en materia de<br />
solución de controversias que estén en vigor en ese momento. El número de árbitros será de<br />
tres y el idioma para conducir el arbitraje será el español.<br />
ARTÍCULO XVI- INICIO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO Y RESCISIÓN<br />
El presente contrato entrará en vigor a partir de las 00:00 horas, tiempo del meridiano de la<br />
Ciudad de México del día 1º de enero de 2010 siendo por el mismo plazo de la póliza emitida<br />
por la cedente, y quedará sin efectos en caso de que la póliza original termine<br />
anticipadamente o sea rescindida.<br />
67 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
COMO TESTIMONIO DE ESTE ACUERDO, SE FIRMA ESTE ACUERDO POR AMBAS PARTES<br />
Por la “Compañía” Por el “Reasegurador”<br />
_____________________________ _____________________________<br />
Firma Firma<br />
(Responsable de Reaseguro)<br />
Por la “Compañía” Por el “Reasegurador”<br />
_____________________________ _____________________________<br />
Firma<br />
(Representante Legal)<br />
Firma<br />
68 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
4.2 Primas de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG. Al 100%.<br />
PRIMA DE REASEGURO.<br />
CONCEPTO<br />
Prima de Reaseguro a cederse a<br />
Kot Insurance Company AG al<br />
100%<br />
IMPORTE EN MONEDA<br />
NACIONAL<br />
2010<br />
(365 días)<br />
IMPORTE EN MONEDA<br />
NACIONAL<br />
2011<br />
(365 días)<br />
XXXXX XXXXX<br />
69 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
4.3 DATOS BIOMÉTRICOS:<br />
Información concentrada de la Plantilla de trabajadores y jubilados de Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios y Empresas Filiales al 31 de diciembre de 2008.<br />
Personal Activo (Sindicalizado y de Confianza) $118,968<br />
Edad promedio de los Empleados Activos $47.13 años<br />
Antigüedad promedio de los Empleados Activos $17.87 años<br />
Salario mensual promedio de los Empleados Activos $ 14,678.40 M.N.<br />
Personal Transitorio (Estimado) $25,000<br />
Personal Jubilado $68,600<br />
Edad Promedio del Personal Jubilado $65.60 Años<br />
Pensión Mensual Promedio $14,857.84.00 M.N.<br />
70 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
No. de Contrato : (2)<br />
DOCUMENTO 10<br />
CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS<br />
Objeto del Contrato : (3)<br />
Monto Total del Contrato :<br />
M.N. : (4)<br />
USD : (5)<br />
Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano)<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjero<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Página _____ de ____ Páginas (14)<br />
Fabricante<br />
Nacional<br />
(10)<br />
Exportador<br />
(13)<br />
País Origen<br />
(11)<br />
México<br />
México<br />
Total Parte A:<br />
País Origen<br />
(11)<br />
Total Parte B:<br />
Total en M.N. (A+B) :<br />
Monto<br />
(12)<br />
Monto<br />
(12)<br />
71 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 09
No. de Contrato : (2)<br />
CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS<br />
Objeto del Contrato : (3)<br />
Monto Total del Contrato :<br />
M.N. : (4)<br />
USD : (5)<br />
Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano)<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero.<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
[Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15)<br />
Firma: (16)<br />
Nombre: (17)<br />
Cargo: (18)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Fabricante<br />
Nacional<br />
(10)<br />
Exportador<br />
(13)<br />
Página _____ de ____ Páginas (14)<br />
País Origen<br />
(11)<br />
México<br />
México<br />
Total Parte C:<br />
País Origen<br />
(11)<br />
Total Parte D:<br />
Total en USD (C+D) :<br />
Monto<br />
(12)<br />
Monto<br />
(12)<br />
72 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
DIRECCIO CORPORATIVA DE FIAZAS<br />
Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios:<br />
ANEXO [número de anexo correspondiente]<br />
INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2)<br />
DATOS INSTRUCCIÓN<br />
(1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios<br />
ANEXO [número de anexo correspondiente]<br />
(2) No. de Contrato<br />
(3) Objeto del Contrato<br />
(4) Monto Total del Contrato M.N.<br />
(5) Monto Total del Contrato USD<br />
(6) Tipo de bien y/o servicio<br />
(7) Descripción del bien y/o servicio<br />
(8) Marca<br />
Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma<br />
impresa <strong>com</strong>o en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador<br />
del Anexo tal <strong>com</strong>o se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o<br />
Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La<br />
leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse.<br />
Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras<br />
mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido<br />
abierto.<br />
Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión.<br />
Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de México.<br />
Utilizar formato de miles separados por <strong>com</strong>as y decimales separados por punto. En el<br />
caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto<br />
máximo.<br />
Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los<br />
Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar<br />
formato de miles separados por <strong>com</strong>as y decimales separados por punto. En el caso de<br />
contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.<br />
Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la<br />
Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación<br />
permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos,<br />
regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc.<br />
Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al<br />
objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien<br />
o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante<br />
o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma<br />
moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar<br />
todas las partidas.<br />
En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) <strong>com</strong>ercial (es) de los bienes que se<br />
detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula.<br />
(9) Proveedor Directo<br />
Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al<br />
Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se<br />
detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor<br />
sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste.<br />
Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre<br />
del propietario actual de los mismos.<br />
(10) Fabricante Nacional<br />
Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o<br />
realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta<br />
Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el<br />
propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen<br />
nacional), se deberá indicar el nombre de éste.<br />
(11) País de origen Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos<br />
que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se<br />
deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente<br />
por cuestión de formato.<br />
En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la<br />
bandera de la embarcación utilizada.<br />
(12) Monto Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada<br />
uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo<br />
en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.<br />
(13) Exportador<br />
Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los<br />
bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta<br />
Cédula.<br />
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(14) Página _____ de ____ Páginas Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo<br />
espacio el número total de páginas del anexo.<br />
(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía] Se deberá indicar nuevamente el nombre <strong>com</strong>pleto de la <strong>com</strong>pañía, su dirección y su<br />
número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no<br />
deberá incluirse.<br />
(16) Firma: Firma del funcionario autorizado por la <strong>com</strong>pañía para presentar esta Cédula, de<br />
preferencia en tinta azul.<br />
(17) Nombre: Indicar el nombre <strong>com</strong>pleto del funcionario firmante.<br />
(18) Cargo: Indicar el cargo dentro de la <strong>com</strong>pañía del funcionario firmante.<br />
(19) La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos.La suma de<br />
las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos<br />
de América u otra moneda Extranjera.<br />
NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así <strong>com</strong>o los números de páginas que se encuentran en el pie de página no<br />
deberán incluirse.<br />
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ANEXO 11<br />
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO<br />
1. Introducción<br />
Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo<br />
la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el<br />
Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial<br />
que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o<br />
totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos<br />
y programas.<br />
En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de<br />
documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y<br />
financiando, los Proveedores deben entregar a PETROLEOS MEXICANOS, o a quién éste le indique, la<br />
documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina<br />
“Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”).<br />
La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las<br />
Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a<br />
Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio<br />
para los Proveedores.<br />
El objetivo de este Anexo 9 es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación<br />
que debe presentar a PETROLEOS MEXICANOS, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de<br />
Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las<br />
Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de<br />
manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también<br />
se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.<strong>com</strong>/proveedores/documentacion).<br />
Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s)<br />
responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PETROLEOS MEXICANOS, con el fin de proporcionar la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área<br />
responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o<br />
estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe<br />
anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.<br />
PETROLEOS MEXICANOS no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de<br />
Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.<br />
El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a<br />
PETROLEOS MEXICANOS de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida<br />
anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes<br />
y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a<br />
que se refiere el presente Anexo 9, así <strong>com</strong>o a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus<br />
Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios<br />
que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.<br />
2. Fuentes de Financiamiento<br />
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Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de<br />
cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito<br />
constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley,<br />
deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas<br />
de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s).<br />
2.1 Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s)<br />
Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de<br />
importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos<br />
de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />
Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o<br />
servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o<br />
indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través<br />
de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas<br />
son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos.<br />
A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con<br />
las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de<br />
crédito.<br />
Nombre Siglas País<br />
Export-Import Bank of the United States Ex-Im Bank Estados Unidos de América<br />
Export Development Canadá EDC Canadá<br />
Export Credits Guarantee Department ECGD Reino Unido<br />
Japan Bank for International<br />
Cooperation<br />
JBIC Japón<br />
Nippon Export and Investment<br />
NEXI Japón<br />
Insurance<br />
Hermes Kreditversicherungs-AG HERMES Alemania<br />
Guarantee Institute for Export Credits GIEK Noruega<br />
Atradius ATRADIUS Holanda<br />
Istituto per i Servizi Assicurativi e il<br />
Credito all'Esportazione<br />
SACE Italia<br />
Compagnie Française d’ Assurance pour<br />
le Commerce Extérieur<br />
COFACE Francia<br />
Compañía Española de Seguros de<br />
CESCE España<br />
Crédito a la Exportación, S.A.<br />
Export-Import Bank of Korea K-Exim República de Corea<br />
Export Risk Guarantee Agency ERG Suiza<br />
Finnvera plc Finnvera Finlandia<br />
Export Kredit Fonden EFS Dinamarca<br />
Oesterreichische Kontrollbank<br />
Aktiengesellschaft<br />
OeKB Austria<br />
Exportkreditnamnden EKN Suecia<br />
Companhia de Seguro de Créditos<br />
S.A<br />
COSEC Portugal<br />
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3. Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios<br />
Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PETROLEOS MEXICANOS, la información<br />
detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto<br />
del contrato, así <strong>com</strong>o información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le<br />
suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios.<br />
La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del<br />
presente contrato, se integra al presente contrato <strong>com</strong>o Anexo 8, en la inteligencia de que PETROLEOS<br />
MEXICANOS podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula<br />
a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.<br />
Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la<br />
vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PETROLEOS<br />
MEXICANOS, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que<br />
no implicará realizar una modificación al presente contrato.<br />
La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las<br />
indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la<br />
Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella<br />
información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.<br />
4. Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de<br />
Crédito a la Exportación.<br />
La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en<br />
copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque,<br />
Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.<br />
En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el<br />
país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos<br />
Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el<br />
Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y<br />
documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página<br />
Internet de Pemex: (www.pemex.<strong>com</strong>/proveedores/documentacion).<br />
PETROLEOS MEXICANOS informará oportunamente a el Proveedor, mediante <strong>com</strong>unicación oficial, cuál será<br />
el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato.<br />
El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s)<br />
de Financiamiento”) de PETROLEOS MEXICANOS, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por<br />
las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”)<br />
emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual<br />
formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que<br />
presente al amparo de este contrato.<br />
PETROLEOS MEXICANOS no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de<br />
Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.<br />
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La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del(de los) Módulo(s) de<br />
Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco<br />
Agente correspondiente, por lo que, PETROLEOS MEXICANOS podrá solicitar a el Proveedor cualquier<br />
modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de<br />
Financiamiento.<br />
De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes<br />
de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación,<br />
Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PETROLEOS MEXICANOS le indique oportunamente.<br />
4.1. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América<br />
El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:<br />
Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice).<br />
Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate).<br />
Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”).<br />
Evidencia de Pago.<br />
Evidencia de Transporte.<br />
Certificado de Ejecución de Servicios.<br />
Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de<br />
embarcaciones).<br />
Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos.<br />
Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los bienes<br />
y/o servicios.<br />
En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos,<br />
instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados.<br />
4.2. Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá<br />
Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos<br />
Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios pueda hacer uso de los recursos de las líneas de crédito<br />
garantizadas por esa Institución:<br />
Nombre <strong>com</strong>pleto y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o<br />
Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido<br />
canadiense.<br />
Breve descripción de los bienes y/o servicios.<br />
Monto estimado de las importaciones canadienses.<br />
Nombre y datos de los contactos.<br />
Evidencia de pago al Exportador canadiense.<br />
Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.<br />
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a<br />
PETROLEOS MEXICANOS o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del<br />
embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al<br />
“Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación<br />
Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
4.3. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia<br />
Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación<br />
siguiente:<br />
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Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte.<br />
Datos generales del Exportador.<br />
Breve descripción de los bienes y/o servicios.<br />
Monto estimado de las importaciones.<br />
Nombre y datos de los contactos.<br />
Certificación de los pagos hechos al Exportador.<br />
Información sobre aspectos ambientales.<br />
Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el<br />
Banco Agente.<br />
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a<br />
PETROLEOS MEXICANOS o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del<br />
embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al<br />
“Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación<br />
Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
4.4. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.<br />
Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:<br />
En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos,<br />
Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de<br />
Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la<br />
información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.<br />
En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente:<br />
Mayor información para verificar el origen de los bienes.<br />
Copia de las Facturas Comerciales Individuales.<br />
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3.- FECHA, HORA Y LUGAR DE LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO<br />
3.1 JUNTA DE ACLARACIONES<br />
La junta de Aclaraciones se llevará a cabo el día ( número ) de ( mes ) del 200 a las (hora)<br />
hrs., en ( lugar )<br />
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria<br />
deberán presentar personalmente en el Departamento de Contratación de Servicios, ubicado en el<br />
segundo piso del edificio “A” del centro administrativo de Pemex, sito en Av. Marina Nacional, No.<br />
329, Col. Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11311, México, D.F. o enviar a través de<br />
CompraNET con su solicitud de aclaración, un escrito bajo protesta de decir verdad en el que<br />
expresen su interés en participar en la licitación, por si, o en representación de un tercero,<br />
manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante,<br />
pudiendo utilizar el formato del Documento 02. En caso de omitir la presentación de dicho escrito,<br />
será motivo de no dar respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas.<br />
Las solicitudes de aclaración, podrán enviarse a través de CompraNet o entregarlas personalmente<br />
en el Departamento de Contratación de Servicios, ubicado en el segundo piso del edificio “A” del<br />
centro administrativo de Pemex, sito en Av. Marina Nacional, No. 329, Col. Huasteca, Delegación<br />
Miguel Hidalgo, C.P. 11311, México, D.F., a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en<br />
que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.<br />
Al concluir cada junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de<br />
ulteriores juntas.<br />
3.2. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.<br />
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad con lo previsto<br />
por el primero, segundo y último párrafos del artículo 34, 35 fracciones I, II y III de la LAASSP y<br />
artículo 39 del RLAASSP el día ( número ) de ( mes ) del 200 a las ( hora )hrs., en (lugar),<br />
ubicada en ( dirección ) .<br />
Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones en forma documental y por escrito,<br />
en sobre cerrado, durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, o bien a través de<br />
CompraNet, utilizando los medios de identificación electrónica.<br />
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes<br />
presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con<br />
facultades suficientes para <strong>com</strong>prometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario<br />
acreditar su personalidad jurídica, pudiendo utilizar el Documento 03.<br />
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno que en forma conjunta con el servidor<br />
público que presida el acto, rubricarán las partes de las proposiciones, relativas a la propuesta técnica<br />
y económica, las que para estos efectos constarán documentalmente.<br />
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Se abrirán en primer término, los sobres que contengan las proposiciones de los licitantes que fueron<br />
recibidas por CompraNet y posteriormente, las presentadas en papel en el citado acto.<br />
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, no podrán<br />
ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento<br />
de licitación hasta su conclusión.<br />
3.3 FALLO.<br />
El fallo de la licitación se dará a conocer en junta pública conforme a lo previsto por los artículos, 37 y<br />
37 Bis de la LAASSP, estimándose que será el día ( número ) de ( mes ) del 200 a las<br />
(hora)hrs., en (lugar), ubicada en ( dirección ) .<br />
Para efectos de notificación se pondrá a disposición de los licitantes que no hayan asistido el<br />
contenido del fallo a través de CompraNet el mismo día en que se emita y adicionalmente se colocará<br />
un ejemplar del acta correspondiente, fijándose copia de dicha acta en el tablero de avisos del<br />
Departamento de Contratación de Servicios, ubicado en el segundo piso del Edificio “A” del Centro<br />
Administrativo de Petróleos Mexicanos, sito en Avenida Marina Nacional número 329, Colonia<br />
Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11311, México, Distrito Federal, por un término<br />
no menor de cinco días hábiles contados a partir del mismo día en que se llevó a cabo la celebración<br />
del evento respectivo, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su<br />
contenido y obtener copia de la misma. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.<br />
3.4 FIRMA DEL CONTRATO.<br />
La fecha de firma del Contrato la determinará la Convocante en el fallo, el lugar de firma será en: el<br />
Departamento de Contratación de Servicios, ubicado en el segundo piso del Edificio “A” del Centro<br />
Administrativo de Petróleos Mexicanos, sito en Avenida Marina Nacional número 329, Colonia<br />
Huasteca, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11311, México, D.F., y en el horario <strong>com</strong>prendido de las<br />
09:00 a 14:00 y 15:30 a 17:30 hrs.<br />
De acuerdo a lo que establece el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I 2.1.17<br />
de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, cuando los proveedores que resulten adjudicados con<br />
un pedido o contrato cuyo monto sea superior a $ 300,000.00 sin incluir IVA, los proveedores<br />
nacionales deberán contar con la opinión por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT)<br />
sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, al momento de suscribirse los mismos, o bien con<br />
el “acuse de recepción” con el que <strong>com</strong>prueban que realizaron dicha solicitud de opinión.<br />
CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN.- Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que<br />
está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de<br />
bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos<br />
proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a<br />
que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en el<br />
Documento 09.<br />
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4.- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES, CRITERIOS DE<br />
EVALUACIÓN Y CAUSAS DE DESECHAMIENTO.<br />
4.1 REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO:<br />
Referencia<br />
4.1.1<br />
4.1.1.1<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Escrito que contenga la<br />
propuesta técnica en el que se<br />
indique la información siguiente<br />
Firma del apoderado o<br />
representante acreditado,<br />
conforme al Documento 01. En<br />
caso de proposiciones conjuntas<br />
deberá estar firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
4.1.1.2 Redactado en idioma español.<br />
4.1.1.3<br />
La empresa aseguradora<br />
acepta y se apega a los<br />
términos y condiciones de la<br />
cobertura precisada en la<br />
póliza, sus anexos y sus<br />
procedimientos.<br />
4.1.1.4 La empresa aseguradora,<br />
otorgará la cobertura en los<br />
términos y condiciones<br />
establecidos en la póliza y sus<br />
4.1.1.5<br />
4.1.1.6<br />
anexos.<br />
La empresa aseguradora,<br />
presentara a la formalización<br />
del contrato la póliza en idioma<br />
español, en estricto apego a los<br />
términos y condiciones de la<br />
cobertura precisada en la póliza<br />
y sus anexos, así <strong>com</strong>o a las<br />
modificaciones derivadas de<br />
la(s) junta(s) de aclaraciones.<br />
De que el riesgo retenido por la<br />
empresa aseguradora sólo está<br />
soportado por sus reservas<br />
técnicas y no lo retrocederá a<br />
terceros bajo ningún tipo de<br />
contrato.<br />
4.1.1.7 De que la empresa aseguradora<br />
cederá el riesgo a Kot<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Causas de Desechamiento<br />
Que se presente el escrito. Que no se presente el escrito.<br />
Que se encuentre firmado por el<br />
apoderado o representante<br />
acreditado. En caso de<br />
proposiciones conjuntas deberá<br />
estar firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
Que se encuentre redactado en<br />
idioma español.<br />
Que la empresa aseguradora<br />
acepta y se apega a los<br />
términos y condiciones de la<br />
cobertura precisada en la<br />
póliza, sus anexos y sus<br />
procedimientos.<br />
Que la empresa aseguradora,<br />
otorgará la cobertura en los<br />
términos y condiciones<br />
establecidos en la póliza y sus<br />
anexos.<br />
Que la empresa aseguradora,<br />
presentara a la formalización<br />
del contrato la póliza en idioma<br />
español, en estricto apego a los<br />
términos y condiciones de la<br />
cobertura precisada en la póliza<br />
y sus anexos, así <strong>com</strong>o a las<br />
modificaciones derivadas de<br />
la(s) junta(s) de aclaraciones.<br />
Que el riesgo retenido por la<br />
empresa aseguradora sólo está<br />
soportado por sus reservas<br />
técnicas y no lo retrocederá a<br />
terceros bajo ningún tipo de<br />
contrato.<br />
Que la empresa aseguradora<br />
cederá el riesgo a Kot<br />
Que no se encuentre firmado<br />
por el apoderado o<br />
representante acreditado. En<br />
caso de proposiciones conjuntas<br />
que no este firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
Que no se encuentre redactado<br />
en idioma español.<br />
Que la empresa aseguradora<br />
No manifieste que acepta y se<br />
apega a los términos y<br />
condiciones de la cobertura<br />
precisada en la póliza, sus<br />
anexos y sus procedimientos.<br />
Que la empresa aseguradora,<br />
No manifieste que otorgará la<br />
cobertura en los términos y<br />
condiciones establecidos en la<br />
póliza y sus anexos.<br />
Que la empresa aseguradora,<br />
No manifieste que presentara a<br />
la formalización del contrato la<br />
póliza en idioma español, en<br />
estricto apego a los términos y<br />
condiciones de la cobertura<br />
precisada en la póliza y sus<br />
anexos, así <strong>com</strong>o a las<br />
modificaciones derivadas de<br />
la(s) junta(s) de aclaraciones.<br />
Que No manifieste que el riesgo<br />
retenido por la empresa<br />
aseguradora sólo está<br />
soportado por sus reservas<br />
técnicas y no lo retrocederá a<br />
terceros bajo ningún tipo de<br />
contrato.<br />
Que la empresa aseguradora<br />
No manifieste que cederá el<br />
82 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referencia<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Causas de Desechamiento<br />
Insurance Company AG Insurance Company AG riesgo a Kot Insurance<br />
4.1.1.8 Que la empresa aseguradora Que la empresa aseguradora<br />
Company AG<br />
Que la empresa aseguradora<br />
cuenta con la estructura cuenta con la estructura No manifieste que cuenta con la<br />
organizacional requerida para la organizacional requerida para la estructura organizacional<br />
prestación del servicio.<br />
prestación del servicio.<br />
requerida para la prestación del<br />
servicio.<br />
4.1.1.9 Que la propuesta económica<br />
presentada por la empresa<br />
aseguradora se apega a las<br />
disposiciones establecidas en<br />
materia de seguros.<br />
4.1.1.10<br />
4.1.1.11<br />
En el caso de proposiciones<br />
conjuntas, en el convenio por lo<br />
que hace referencia al punto<br />
4.2.3, deberá precisar las partes<br />
objeto del contrato que<br />
corresponderá cumplir a cada<br />
una de las personas integrantes<br />
de la proposición conjunta, las<br />
cuales deberán cubrir la<br />
totalidad de su propuesta<br />
técnica.<br />
Para la elaboración de este<br />
escrito el licitante puede utilizar<br />
<strong>com</strong>o formato el Documento 04-<br />
A<br />
En el caso de proposiciones<br />
conjuntas, en el convenio por lo<br />
que hace referencia al punto<br />
4.3.3, deberá precisar las partes<br />
objeto del contrato que<br />
corresponderá cumplir a cada<br />
una de las personas integrantes<br />
de la proposición conjunta, las<br />
cuales deberán cubrir la<br />
totalidad de su propuesta<br />
técnica.<br />
Que la propuesta económica<br />
presentada por la empresa<br />
aseguradora se apega a las<br />
disposiciones establecidas en<br />
materia de seguros.<br />
Que en el convenio, se precisen<br />
las obligaciones de cada una de<br />
las personas integrantes de la<br />
proposición conjunta, las cuales<br />
deberán cubrir la totalidad de su<br />
propuesta técnica.<br />
Que en el convenio, se precisen<br />
las obligaciones de cada una de<br />
las personas integrantes de la<br />
proposición conjunta, las cuales<br />
deberán cubrir la totalidad de su<br />
propuesta técnica.<br />
Que No manifieste que la<br />
propuesta económica<br />
presentada por la empresa<br />
aseguradora se apega a las<br />
disposiciones establecidas en<br />
materia de seguros.<br />
Que en el convenio, no se<br />
precisen las obligaciones de<br />
cada una de las personas<br />
integrantes de la proposición<br />
conjunta, así <strong>com</strong>o que no<br />
cubran la totalidad de su<br />
propuesta técnica<br />
Que en el convenio, no se<br />
precisen las obligaciones de<br />
cada una de las personas<br />
integrantes de la proposición<br />
conjunta, así <strong>com</strong>o que no<br />
cubran la totalidad de su<br />
propuesta técnica<br />
4.1.2 Autorización de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público para<br />
operar en el ramo de vida, en<br />
copia simple que incluya la<br />
siguiente información.<br />
Que se presente el escrito. Que no presente el escrito.<br />
4.1.2.1 Emitida por la Secretaría de Que la emita la Secretaría de Que no la emita la Secretaría<br />
Hacienda y Crédito Público. Hacienda y Crédito Público. de Hacienda y Crédito Público<br />
4.1.2.2 A nombre del licitante Que la autorización se Que la autorización no se<br />
encuentre dirigida al licitante. encuentre dirigida al licitante.<br />
4.1.2.3 Autorizada para practicar la<br />
operación de seguros de vida.<br />
4.2 REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO<br />
Que esté autorizada para<br />
practicar la operación de<br />
seguros de vida<br />
Que no esté autorizada para<br />
practicar la operación de<br />
seguros de vida<br />
Referenci<br />
a<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Causas de Desechamiento<br />
4.2.1. Escrito que contenga la Que se presente el escrito. Que no se presente el escrito.<br />
83 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
4.2.1.1<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
propuesta económica en el que<br />
se indique la información<br />
siguiente<br />
Firmado por el apoderado o<br />
representante acreditado,<br />
conforme al Documento 01. En<br />
caso de proposiciones conjuntas<br />
deberá estar firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
4.2.1.2 Redactado en idioma español.<br />
4.2.1.3<br />
Prima de Reaseguro a cederse<br />
a Kot Insurance Company<br />
AG.- La convocante establece<br />
en el Anexo 4.2 del apartado 2<br />
“Descripción detallada de la<br />
contratación de servicios de la<br />
convocatoria” el importe al 100%<br />
de la prima requerida por la<br />
empresa reaseguradora Kot<br />
Insurance Company AG, los<br />
licitantes podrán disminuir esta<br />
prima en proporción a la Prima<br />
de Retención que decidan<br />
asumir, y en su caso,<br />
actualizarán el Porcentaje de<br />
Participación de la prima de<br />
reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG<br />
(actualmente el 100%) restando<br />
de dicho concepto el Porcentaje<br />
de Participación que decidan<br />
asumir por concepto de Prima<br />
de Retención.<br />
El importe de la Prima de<br />
Reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG por año<br />
(2010 y 2011) es el resultado de<br />
restarle a la Prima de<br />
Reaseguro a Cederse a Kot<br />
Insurance Company AG al<br />
100% para cada año 2010 y<br />
2011 respectivamente<br />
(proporcionado por la<br />
convocante en el Anexo 4.2 del<br />
apartado 2 “Descripción<br />
detallada de la contratación de<br />
servicios de la convocatoria”) el<br />
importe de la Prima de<br />
Retención de cada año 2010 y<br />
2011 respectivamente.<br />
El importe de la Prima de<br />
Reaseguro Final será<br />
equivalente a la suma de los<br />
importes de las Primas de<br />
Reaseguro de los años 2010 y<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Que se encuentre firmado por el<br />
apoderado o representante<br />
acreditado. En caso de<br />
proposiciones conjuntas deberá<br />
estar firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
Que se encuentre redactado en<br />
idioma español.<br />
Que el licitante indique la prima<br />
de reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG.<br />
Causas de Desechamiento<br />
Que no se encuentre firmado<br />
por el apoderado o<br />
representante acreditado. En<br />
caso de proposiciones conjuntas<br />
que no este firmado por el<br />
representante <strong>com</strong>ún designado<br />
por el grupo de personas.<br />
Que no se encuentre redactado<br />
en idioma español.<br />
Que no indique la prima de<br />
reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG.<br />
84 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
4.2.1.4<br />
4.2.1.5<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
2011 (del 1 de enero de 2010 al<br />
31 de diciembre de 2010, del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Prima de Retención.- Será la<br />
prima que determine el licitante<br />
en relación con el riesgo que<br />
decida asumir de la póliza, en el<br />
entendido de que su<br />
participación en la Prima de<br />
Retención es sobre bases<br />
proporcionales (Desde 0.00%<br />
hasta 5.00%) respecto de la<br />
Prima de Reaseguro a cederse<br />
a Kot Insurance Company AG al<br />
100%.<br />
El importe de la prima de<br />
retención por año (2010 y 2011)<br />
estará determinado por la<br />
multiplicación del porcentaje que<br />
determine el licitante para este<br />
concepto (Desde 0.00% hasta<br />
5.00% de la Prima de<br />
Reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG al<br />
100%) y el valor de la Prima de<br />
Reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG al<br />
100% para cada año 2010 y<br />
2011 respectivamente<br />
(proporcionado por la<br />
convocante en el Anexo 4.2 del<br />
apartado 2 “Descripción<br />
detallada de la contratación de<br />
servicios de la convocatoria”).<br />
El importe de la Prima de<br />
Retención Final será<br />
equivalente a la suma de los<br />
importes de las Primas de<br />
Retención de los años 2010 y<br />
2011 (del 1 de enero de 2010 al<br />
31 de diciembre de 2010, del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Margen de Operación.- Es el<br />
costo que considere el licitante<br />
para la administración integral<br />
de la póliza considerando su<br />
utilidad.<br />
El importe del margen de<br />
operación del año 2010 (del 1<br />
de enero de 2010 al 31 de<br />
diciembre de 2010) estará<br />
determinado por la<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Que la prima de retención que<br />
determine el licitante, en<br />
relación con el riesgo que<br />
decida asumir, corresponda al<br />
porcentaje <strong>com</strong>prendido en el<br />
rango desde 0.00% hasta 5.00%<br />
respecto de la prima de<br />
reaseguro a cederse a Kot<br />
Insurance Company AG.<br />
Que el importe de la Prima de<br />
Retención Final sea equivalente<br />
a la suma de los importes de las<br />
Primas de Retención de los<br />
años 2010 y 2011 (del 1 de<br />
enero de 2010 al 31 de<br />
diciembre de 2010, del 1 de<br />
enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Que el licitante indique el<br />
Importe del margen de<br />
operación para los años 2010<br />
(del 1 de enero de 2010 al 31 de<br />
diciembre de 2010) y 2011 (del<br />
1 de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Que el importe del margen de<br />
operación para cada uno de los<br />
años (2010 y 2011) sea<br />
Causas de Desechamiento<br />
Si el porcentaje de la prima de<br />
retención determinado por el<br />
licitante, no está <strong>com</strong>prendido<br />
dentro del rango desde 0.00%<br />
hasta 5.00% respecto de la<br />
prima de reaseguro a cederse a<br />
Kot Insurance Company AG.<br />
Si no indica el Importe del<br />
Margen de operación para<br />
cualquiera de los años (2010 o<br />
2011).<br />
Si el Importe del Margen de<br />
operación propuesto por el<br />
licitante para cualquiera de los<br />
85 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
4.2.1.6<br />
4.2.1.7<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
multiplicación del porcentaje de<br />
participación del margen de<br />
operación que haya<br />
determinado el licitante y el<br />
resultado de la suma del valor<br />
de la Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance<br />
Company AG para el año 2010<br />
y el importe de la Prima de<br />
Retención para el año 2010.<br />
El importe del margen de<br />
operación del año 2011 (del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011) estará<br />
determinado por la<br />
multiplicación del porcentaje de<br />
participación del margen de<br />
operación que haya<br />
determinado el licitante y el<br />
resultado de la suma del valor<br />
de la Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance<br />
Company AG para el año 2011<br />
y el importe de la Prima de<br />
Retención para el año 2011.<br />
No se acepta que el margen de<br />
operación de cualquiera de los<br />
dos años 2010 o 2011 (del 1 de<br />
enero de 2010 al 31 de<br />
diciembre de 2010, del 1 de<br />
enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011) presente un<br />
valor de $0.00 pesos.<br />
El importe del Margen de<br />
Operación Final será<br />
equivalente a la suma de los<br />
importes del Margen de<br />
Operación de los años 2010 y<br />
2011 (del 1 de enero de 2010 al<br />
31 de diciembre de 2010, del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Gastos de Expedición de<br />
Póliza.- El costo por la emisión<br />
de la póliza.<br />
Prima Total Se constituye por la<br />
suma de los cuatro conceptos<br />
antes descritos, por lo que para<br />
conformar la Prima Total Final<br />
de la propuesta económica se<br />
deberán sumar las Primas<br />
Totales de cada año 2010 y<br />
2011 (del 1 de enero de 2010 al<br />
31 de diciembre de 2010, del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011), siendo la<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
diferente de $0.00 pesos.<br />
Que el licitante indique el<br />
Importe del Margen de<br />
Operación Final, el cual será<br />
equivalente a la suma de los<br />
importes del Margen de<br />
Operación de los años 2010 y<br />
2011 (del 1 de enero de 2010 al<br />
31 de diciembre de 2010 y del 1<br />
de enero de 2011 al 31 de<br />
diciembre de 2011).<br />
Que el licitante indique el costo<br />
por la emisión de la póliza.<br />
Que el licitante indique la Prima<br />
Total para los años 2010 y<br />
2011.<br />
Asimismo que indique la Prima<br />
Total Final, y que esta sea<br />
mayor que la Prima de<br />
Reaseguro Final más la Prima<br />
de Retención Final.<br />
Causas de Desechamiento<br />
años (2010 o 2011) es igual a<br />
$0.00 pesos.<br />
Si no indica un valor en su<br />
proposición (se considera a 0.00<br />
<strong>com</strong>o un valor).<br />
Si la prima total final no es<br />
mayor que la Prima de<br />
Reaseguro Final más la Prima<br />
de Retención Final.<br />
86 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
4.2.1.8<br />
4.2.1.9<br />
4.2.1.10<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Prima Total Final la que se<br />
considerará en la evaluación<br />
económica, y ésta deberá ser<br />
mayor a la Prima de Reaseguro<br />
Final más la Prima de Retención<br />
Final.<br />
Los Importes deberán integrarse<br />
hasta con dos decimales.<br />
En la proposición deberán<br />
señalar sus Importes sin el<br />
I.V.A.<br />
El Importe (Prima Total Final)<br />
deberá ser conveniente<br />
conforme al criterio de<br />
evaluación establecido.<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Que los Importes se integren<br />
hasta con dos decimales<br />
Que no incluya el I.V.A. en sus<br />
precios.<br />
Si el Importe (Prima Total Final)<br />
de la proposición resulta no<br />
aceptable o no conveniente,<br />
conforme al mecanismo<br />
siguiente:<br />
Petróleos Mexicanos<br />
determinará si el Importe de la<br />
Prima Total Final propuesta por<br />
el licitante resulta no aceptable;<br />
para tal efecto, de las ofertas<br />
presentadas determinará el<br />
promedio y a este, le sumará un<br />
10%, el Importe calculado se<br />
<strong>com</strong>parará con los Importes<br />
cotizados por los licitantes en la<br />
propia licitación, y los Importes<br />
que se ubiquen por arriba del<br />
Importe calculado, se<br />
considerarán <strong>com</strong>o no<br />
aceptables.<br />
Asimismo, Petróleos Mexicanos<br />
verificará si el Importe de la<br />
Prima Total Final propuesto por<br />
el licitante resulta conveniente,<br />
para tal efecto, de los Importes<br />
que se observen <strong>com</strong>o<br />
preponderantes, de los<br />
cotizados en la propia licitación<br />
y aceptados técnicamente,<br />
determinará el promedio<br />
aritmético y a este le restará el<br />
30%, el resultado se identificará<br />
<strong>com</strong>o “Importe resultante” y este<br />
se <strong>com</strong>parará con los Importes<br />
cotizados; los Importes que se<br />
ubiquen por debajo o sean<br />
inferiores al “Importe<br />
resultante”, serán considerados<br />
<strong>com</strong>o inconvenientes y se<br />
desecharán.<br />
Se deberá entender <strong>com</strong>o<br />
Importes Preponderantes,<br />
aquellos que se encuentren<br />
Causas de Desechamiento<br />
Que no se indique el precio<br />
unitario o que el mismo no esté<br />
integrado hasta con dos<br />
decimales<br />
Si manifiesta en su propuesta,<br />
que los precios incluyen el I.V.A.<br />
Si el Importe (Prima Total Final)<br />
no es conveniente conforme al<br />
criterio de evaluación<br />
establecido.<br />
87 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
dentro del rango de la<br />
desviación estándar a partir de<br />
su media tanto hacia arriba<br />
<strong>com</strong>o hacia abajo:<br />
Para tal efecto deberán<br />
utilizarse los valores de los<br />
Importes cotizados por cada<br />
licitante y proceder a realizar el<br />
cálculo de la desviación<br />
estándar conforme a lo<br />
siguiente:<br />
Ejemplo; Si se tiene una<br />
muestra de cinco Importes<br />
ofertados (p)<br />
p1, p2, p3, p4, p5<br />
1.- Calcular la media (el<br />
promedio de los Importes<br />
ofertados)<br />
p1+ p2+ p3+p4+ p5 =<br />
media<br />
5 .<br />
2.- A cada Importe ofertado<br />
restarle la media<br />
p1– media = diferencia 1<br />
p2– media = diferencia 2<br />
p3– media = diferencia 3<br />
p4– media = diferencia 4<br />
p5– media = diferencia 5<br />
3.- Calcular la varianza de la<br />
siguiente forma: calcular<br />
la media, tomando para<br />
tal efecto las diferencias<br />
obtenidos y elevarlas al<br />
cuadrado<br />
Varianza: (diferencia<br />
1)2+(diferencia<br />
2)2+(diferencia<br />
3)2+(diferencia<br />
4)2+(diferencia 5)2 = V2<br />
5<br />
4.- Cálculo de la desviación<br />
estándar, la cual se<br />
obtiene de sacar la raíz<br />
cuadra de la varianza.<br />
DESVIACIÓN<br />
ESTANDAR: DEst = Raíz<br />
Cuadrada de V2 = V<br />
5.- Rango de la desviación<br />
estándar a partir de la<br />
media de los Importes<br />
ofertados se le suma<br />
Causas de Desechamiento<br />
88 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referenci<br />
a<br />
4.2.1.11<br />
4.2.1.12<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
La Moneda cotizada deberá ser<br />
Moneda Nacional o M.N.<br />
En el supuesto de que se trate<br />
de una proposición conjunta<br />
este escrito debe estar firmado<br />
por el representante <strong>com</strong>ún<br />
designado por el grupo de<br />
personas<br />
Para la elaboración de este<br />
escrito el licitante puede utilizar<br />
<strong>com</strong>o formato el Documento 04-<br />
A.<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
hacia arriba y hacia abajo<br />
el valor de la desviación<br />
estándar calculada, y los<br />
importes ofertados que se<br />
encuentren dentro de este<br />
rango son los que se<br />
consideran <strong>com</strong>o precios<br />
preponderantes<br />
Rango de desviación<br />
estándar<br />
Valor inferior = Media de<br />
los precios ofertados<br />
restando “DEst”<br />
Valor superior = Media<br />
de los precios ofertados<br />
sumando “DEst”<br />
Si se utiliza EXCEL, usar<br />
la siguiente ruta….Abrir el<br />
programa de Excel; click<br />
en la pestaña de<br />
“Fórmulas”; click en “Mas<br />
funciones”; clik en<br />
“Estadística” click en<br />
“DESESTP” y de esta<br />
manera se calcula la<br />
desviación estándar.<br />
Que indique que la moneda es<br />
Moneda Nacional o M.N.<br />
Que la propuesta se encuentre<br />
firmada por el representante<br />
<strong>com</strong>ún, designado por el grupo<br />
de personas.<br />
4.3 REQUISITOS DE CARÁCTER LEGAL Y ADMINISTRATIVO<br />
Causas de Desechamiento<br />
Que no indique la moneda<br />
o que no corresponda a la<br />
solicitada<br />
Que la propuesta no se<br />
encuentre firmada por el<br />
representante <strong>com</strong>ún,<br />
designado por el grupo de<br />
personas.<br />
Referencia<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Escrito para acreditar la<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
Causas de Desechamiento<br />
existencia legal y<br />
4.3.1<br />
personalidad jurídica del<br />
licitante, en el que se<br />
Que se presente el escrito Que no se presente el escrito<br />
indique<br />
siguiente:<br />
la información<br />
4.3.1.1 El número de Licitación.<br />
Que incluya el número de<br />
Licitación.<br />
Que no incluya el número de<br />
Licitación.<br />
Nombre <strong>com</strong>pleto del Que incluya el nombre Que no incluya el nombre<br />
4.3.1.2 apoderado o representante <strong>com</strong>pleto del apoderado o <strong>com</strong>pleto del apoderado o<br />
con facultades para firmar representante con facultades representante con facultades<br />
89 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referencia<br />
4.3.1.3<br />
4.3.1.4<br />
4.3.1.5<br />
4.3.1.6<br />
4.3.1.7<br />
4.3.1.8<br />
4.3.1.9<br />
4.3.1.10<br />
4.3.1.11<br />
4.3.1.12<br />
4.3.1.13<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
este documento, suscribir la<br />
proposición y en su caso<br />
firmar el contrato<br />
La manifestación bajo<br />
protesta de decir verdad, que<br />
cuenta con facultades<br />
suficientes para suscribir la<br />
proposición y en su caso<br />
firmar el contrato<br />
La manifestación bajo<br />
protesta de decir verdad que<br />
los datos asentados en este<br />
documento son ciertos y han<br />
sido verificados<br />
Redactado<br />
español<br />
en idioma<br />
Nombre del Licitante<br />
(Persona física o moral)<br />
Clave de Registro Federal de<br />
Contribuyentes y el Domicilio<br />
Fiscal del licitante.<br />
Número y fecha de la<br />
Escritura Pública en la que<br />
consta su Acta Constitutiva,<br />
nombre, número y<br />
circunscripción del Notario<br />
Público o Fedatario que la<br />
protocolizó.<br />
En su caso, Número y fecha<br />
de la Escritura(s) Pública(s)<br />
en la(s) que consta(n)<br />
reformas o modificaciones al<br />
Acta Constitutiva, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Relación de socios,<br />
indicando nombre(s) y<br />
apellido(s).<br />
El firmante en caso de que<br />
incluya su nombre sea la<br />
misma persona que declara<br />
Objeto social o actividad<br />
<strong>com</strong>ercial o profesional del<br />
licitante el cual, además<br />
debe corresponder al objeto<br />
de la presente convocatoria.<br />
Nombre y domicilio del<br />
apoderado o representante.<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
para firmar este documento,<br />
suscribir la proposición, y en<br />
su caso firmar el contrato<br />
Que contenga la<br />
manifestación bajo protesta<br />
de decir verdad, que cuenta<br />
con facultades suficientes<br />
para suscribir la proposición<br />
y en su caso firmar el<br />
contrato<br />
Que contenga la<br />
manifestación bajo protesta<br />
de decir verdad que los<br />
datos asentados en este<br />
documento son ciertos y han<br />
sido verificados<br />
Que se encuentre redactado<br />
en idioma español<br />
Que indique el nombre del<br />
licitante<br />
Que incluya la clave de<br />
Registro Federal de<br />
Contribuyentes y el Domicilio<br />
Fiscal del licitante.<br />
Que incluya el número y<br />
fecha de la Escritura Pública<br />
en la que consta su Acta<br />
Constitutiva, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Que incluya en su caso,<br />
número y fecha de la<br />
Escritura(s) Pública(s) en<br />
la(s) que consta(n) reformas<br />
o modificaciones al Acta<br />
Constitutiva, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Que incluya la relación de<br />
socios, y que se indique<br />
nombre(s) y apellido(s).<br />
Que el firmante en caso de<br />
que incluya su nombre sea la<br />
misma persona que declara<br />
Que el objeto social o<br />
actividad <strong>com</strong>ercial o<br />
profesional del licitante<br />
corresponda al objeto de la<br />
presente convocatoria.<br />
Que incluya el nombre y<br />
domicilio del apoderado o<br />
Causas de Desechamiento<br />
para firmar este documento,<br />
suscribir la proposición, y en<br />
su caso firmar el contrato.<br />
No incluir la manifestación<br />
bajo protesta de decir<br />
verdad, que cuenta con<br />
facultades suficientes para<br />
suscribir la proposición y en<br />
su caso firmar el contrato<br />
No incluir la manifestación<br />
bajo protesta de decir verdad<br />
que los datos asentados en<br />
este documento son ciertos y<br />
han sido verificados<br />
No se encuentre redactado<br />
en idioma español<br />
Que no indique el nombre<br />
del licitante<br />
Que no incluya la clave de<br />
Registro Federal de<br />
Contribuyentes y el Domicilio<br />
Fiscal del licitante.<br />
Que no incluya el número y<br />
fecha de la Escritura Pública<br />
en la que consta su Acta<br />
Constitutiva, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Que no incluya en su caso,<br />
número y fecha de la<br />
Escritura(s) Pública(s) en<br />
la(s) que consta(n) reformas<br />
o modificaciones al Acta<br />
Constitutiva, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Que no incluya la relación de<br />
socios, y que se indique<br />
nombre(s) y apellido(s).<br />
Que el nombre de la persona<br />
declarante no coincida con el<br />
del firmante<br />
Que el objeto social o la<br />
actividad <strong>com</strong>ercial o<br />
profesional del licitante no<br />
corresponda con el objeto de<br />
la presente convocatoria<br />
Que no incluya el nombre y<br />
domicilio del apoderado o<br />
90 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referencia<br />
4.3.1.14<br />
4.3.1.15<br />
4.3.1.16<br />
4.3.2<br />
4.3.2.1<br />
4.3.2.2<br />
4.3.2.3<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
Número y fecha de la<br />
Escritura Pública en la que<br />
consten las facultades<br />
suficientes del apoderado o<br />
representante, nombre,<br />
número y circunscripción del<br />
Notario Público o Fedatario<br />
que la protocolizó.<br />
Firma del apoderado o<br />
representante<br />
En el supuesto de que se<br />
trate de una proposición<br />
conjunta este escrito deberá<br />
presentarse por cada uno de<br />
los integrantes de dicha<br />
proposición conjunta y<br />
firmado por su respectivo<br />
apoderado o representante<br />
Para la elaboración de este<br />
escrito el licitante puede<br />
utilizar <strong>com</strong>o formato el<br />
Documento 01<br />
Declaración escrita bajo<br />
protesta de decir verdad,<br />
de no encontrarse en<br />
alguno de los supuestos<br />
establecidos por los<br />
artículos 50 y 60<br />
antepenúltimo párrafo de<br />
la LAASSP, así <strong>com</strong>o la<br />
Declaración de Integridad,<br />
que incluya la información<br />
siguiente:<br />
Firmado por el apoderado o<br />
representante, conforme al<br />
Documento 01<br />
La manifestación bajo<br />
protesta de decir verdad, que<br />
el licitante, sus accionistas y<br />
asociados, no se encuentran<br />
en alguno de los supuestos<br />
establecidos por los artículos<br />
50 y 60 antepenúltimo<br />
párrafo de la Ley de<br />
Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Público.<br />
La manifestación bajo<br />
protesta de decir verdad, que<br />
el que suscribe, por si mismo<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
representante. representante.<br />
Que incluya el número y<br />
fecha de la Escritura Pública<br />
en la que consten las<br />
facultades suficientes del<br />
apoderado o representante,<br />
nombre, número y<br />
circunscripción del Notario<br />
Público o Fedatario que la<br />
protocolizó.<br />
Que incluya la firma del<br />
apoderado o representante<br />
Que presente por cada uno<br />
de los integrantes de dicha<br />
propuesta el escrito de<br />
acreditación de la<br />
personalidad tratándose de<br />
proposición conjunta y<br />
firmado por su respectivo<br />
apoderado o representante<br />
Causas de Desechamiento<br />
Que no incluya el número y<br />
fecha de la Escritura Pública<br />
en la que consten las<br />
facultades suficientes del<br />
apoderado o representante,<br />
nombre, número y<br />
circunscripción del Notario<br />
Público o Fedatario que la<br />
protocolizó.<br />
Que no incluya la firma del<br />
apoderado o representante<br />
Que no presente el escrito<br />
de cada uno de los<br />
integrantes de dicha<br />
propuesta y firmado por su<br />
respectivo apoderado o<br />
representante<br />
Que se presente el escrito. No presentar el escrito<br />
Que se encuentre firmado<br />
por el apoderado o<br />
representante.<br />
Que incluya la manifestación<br />
bajo protesta de decir<br />
verdad, que el licitante, sus<br />
accionistas y asociados, no<br />
se encuentran en alguno de<br />
los supuestos establecidos<br />
por los artículos 50 y 60<br />
antepenúltimo párrafo de la<br />
Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Público.<br />
Que incluya la manifestación<br />
bajo protesta de decir<br />
verdad, que el que suscribe,<br />
Que no se encuentre firmado<br />
por el apoderado o<br />
representante.<br />
Que no incluya la<br />
manifestación bajo protesta<br />
de decir verdad, que el<br />
licitante, sus accionistas y<br />
asociados, no se encuentran<br />
en alguno de los supuestos<br />
establecidos por los artículos<br />
50 y 60 antepenúltimo<br />
párrafo de la Ley de<br />
Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Público.<br />
Que no incluya la<br />
manifestación bajo protesta<br />
de decir verdad, que el que<br />
91 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referencia<br />
4.3.2.4<br />
4.3.2.5<br />
4.3.3<br />
4.3.3.1<br />
4.3.3.2<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
o a través de interpósita<br />
persona se abstendrá de<br />
adoptar conductas, para que<br />
los servidores públicos de<br />
Petróleos Mexicanos,<br />
induzcan o alteren las<br />
evaluaciones de las<br />
propuestas, el resultado del<br />
procedimiento, u otros<br />
aspectos que otorguen<br />
condiciones más ventajosas<br />
con relación a los demás<br />
participantes<br />
Redactado en idioma<br />
español<br />
En el supuesto de que se<br />
trate de una proposición<br />
conjunta estas declaraciones<br />
deberá presentarse por cada<br />
uno de los integrantes de<br />
dicha proposición conjunta y<br />
firmado por su respectivo<br />
apoderado o representante<br />
Para la elaboración de este<br />
escrito el licitante puede<br />
utilizar <strong>com</strong>o formato el<br />
Documento 05<br />
Tratándose de<br />
Proposiciones Conjuntas,<br />
deberán celebrar entre<br />
todas las personas que<br />
integran la agrupación, un<br />
convenio en los términos<br />
de la legislación aplicable,<br />
en el que se establecerán<br />
con precisión los aspectos<br />
siguientes:<br />
Nombre, domicilio y Registro<br />
Federal de Contribuyentes<br />
de las personas integrantes,<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que se<br />
acredita la existencia legal<br />
de las personas morales, y<br />
de haberlas, sus reformas y<br />
modificaciones, así <strong>com</strong>o el<br />
nombre de los socios que<br />
aparecen en estas<br />
Nombre y domicilio de los<br />
representantes de cada una<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
por si mismo o a través de<br />
interpósita persona se<br />
abstendrá de adoptar<br />
conductas, para que los<br />
servidores públicos de<br />
Petróleos Mexicanos,<br />
induzcan o alteren las<br />
evaluaciones de las<br />
propuestas, el resultado del<br />
procedimiento, u otros<br />
aspectos que otorguen<br />
condiciones más ventajosas<br />
con relación a los demás<br />
participantes<br />
Que se encuentre redactado<br />
en idioma español<br />
Que esta declaración se<br />
presente por cada uno de los<br />
integrantes de la proposición<br />
conjunta y que este firmada<br />
por su respectivo apoderado<br />
o representante<br />
Causas de Desechamiento<br />
suscribe, por si mismo o a<br />
través de interpósita persona<br />
se abstendrá de adoptar<br />
conductas, para que los<br />
servidores públicos de<br />
Petróleos Mexicanos,<br />
induzcan o alteren las<br />
evaluaciones de las<br />
propuestas, el resultado del<br />
procedimiento, u otros<br />
aspectos que otorguen<br />
condiciones más ventajosas<br />
con relación a los demás<br />
participantes<br />
Que no se encuentre<br />
redactado en idioma español<br />
Que no presente la<br />
declaración de alguno de los<br />
integrantes de la proposición<br />
conjunta o que no esté<br />
firmado por su respectivo<br />
apoderado o representante<br />
Que se presente el convenio No presentar el convenio<br />
Que indique el Nombre,<br />
domicilio y Registro Federal<br />
de Contribuyentes de las<br />
personas integrantes,<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que se<br />
acredita la existencia legal<br />
de las personas morales, y<br />
de haberlas, sus reformas y<br />
modificaciones, así <strong>com</strong>o el<br />
nombre de los socios que<br />
aparecen en estas<br />
Que indique el Nombre y<br />
domicilio de los<br />
Que no indique el Nombre,<br />
domicilio y Registro Federal<br />
de Contribuyentes de las<br />
personas integrantes,<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que se<br />
acredita la existencia legal<br />
de las personas morales, y<br />
de haberlas, sus reformas y<br />
modificaciones, así <strong>com</strong>o el<br />
nombre de los socios que<br />
aparecen en estas<br />
Que no indique el Nombre y<br />
domicilio de los<br />
92 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
Referencia<br />
4.3.3.3<br />
4.3.3.4<br />
4.3.3.5<br />
4.3.4<br />
Requisitos que deberá<br />
cumplir el licitante<br />
de las personas agrupadas;<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que<br />
acrediten las facultades de<br />
representación<br />
La descripción de las partes<br />
objeto del Contrato que<br />
corresponderá cumplir a<br />
cada persona, así <strong>com</strong>o, la<br />
manera en que se exigirá el<br />
cumplimiento de las<br />
obligaciones<br />
Estipulación expresa de la<br />
forma (solidaria o bien<br />
man<strong>com</strong>unada) en que cada<br />
uno de los firmantes quedará<br />
obligado, según lo<br />
determinen con los demás<br />
integrantes, para<br />
<strong>com</strong>prometerse por cualquier<br />
responsabilidad derivada del<br />
Contrato que se firme<br />
Redactado en idioma<br />
español<br />
Cuando el licitante envíe sus<br />
propuestas de manera<br />
electrónica, deberá incluir<br />
una declaración en la que<br />
manifieste que aceptan todas<br />
las cláusulas y condiciones<br />
de la convocatoria.<br />
Criterios de Evaluación<br />
PETRÓLEOS MEXICANOS VERIFICARÁ:<br />
representantes de cada una<br />
de las personas agrupadas;<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que<br />
acrediten las facultades de<br />
representación<br />
Que describa las partes<br />
objeto del Contrato que<br />
corresponderá cumplir a<br />
cada persona, así <strong>com</strong>o la<br />
manera en que se exigirá el<br />
cumplimiento de las<br />
obligaciones<br />
Que contenga la estipulación<br />
expresa de la forma<br />
(solidaria o bien<br />
man<strong>com</strong>unada) en que cada<br />
uno de los firmantes<br />
quedará obligado<br />
Que se encuentre redactado<br />
en idioma español<br />
Que incluya una declaración<br />
en la que manifieste que<br />
aceptan todas las cláusulas y<br />
condiciones de la<br />
convocatoria<br />
4.4 OTRAS CAUSAS DE DESECHAMIENTO<br />
Causas de Desechamiento<br />
representantes de cada una<br />
de las personas agrupadas;<br />
identificando en su caso, los<br />
datos de las escrituras<br />
públicas con las que<br />
acrediten las facultades de<br />
representación<br />
Que no describa las partes<br />
objeto del Contrato que<br />
corresponderá cumplir a<br />
cada persona, así <strong>com</strong>o no<br />
indicar la manera en que se<br />
exigirá el cumplimiento de las<br />
obligaciones<br />
Que no contenga la<br />
estipulación expresa de la<br />
forma (solidaria o bien<br />
man<strong>com</strong>unada) en que cada<br />
uno de los firmantes quedará<br />
obligado<br />
No se encuentre redactado<br />
en idioma español<br />
Que no incluya una<br />
declaración en la que<br />
manifieste que aceptan todas<br />
las cláusulas y condiciones<br />
de la convocatoria<br />
En el caso de las proposiciones enviadas a través de medios remotos de <strong>com</strong>unicación electrónica,<br />
se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida en esta<br />
Convocatoria, cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus<br />
informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a<br />
sus programas o equipo de <strong>com</strong>puto.<br />
5.- INDICACIONES GENERALES.<br />
93 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
5.1 Cuando el licitante elija presentar su propuesta a través de CompraNet deberá observar lo<br />
siguiente:<br />
5.1.1 La proposición se integrará con la propuesta técnica y con la propuesta económica, así<br />
<strong>com</strong>o con los documentos que se relacionan en el punto 4.2 de la presente convocatoria.<br />
5.1.2 En la elaboración de su proposición el licitante deberán considerar lo que en su caso se<br />
asiente en el acta de la(s) junta(s) de aclaraciones.<br />
5.1.3 Se presentara en sobre cerrado, identificado preferentemente con el Nombre o razón<br />
social del licitante y con el Número de licitación, dicho sobre será generado mediante el uso de<br />
tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa<br />
informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el<br />
proceso de certificación correspondiente.<br />
5.1.4 Deberá elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o en su caso, utilizar<br />
archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera, incluyendo la documentación no<br />
preparada por el licitante tales <strong>com</strong>o catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas, y / o<br />
impresiones de páginas de Internet.<br />
5.1.5 Preferentemente identificar cada una de las páginas que integran la propuesta, con los<br />
datos siguientes: nombre del licitante o clave del registro federal de contribuyentes (o su<br />
equivalente en el país de origen del licitante extranjero), número de licitación y número de<br />
página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su<br />
caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y<br />
apertura de proposiciones.<br />
5.1.6 Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de<br />
identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública.<br />
5.1.7 Se deberá concluir el envío de ésta a CompraNET, a más tardar, una hora antes del<br />
acto de presentación y apertura de proposiciones.<br />
5.1.8 Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios<br />
remotos de <strong>com</strong>unicación electrónica y agilizar la conducción de los actos del procedimiento<br />
de licitación, se re<strong>com</strong>ienda que los archivos que las integran sean identificados con los<br />
nombres indicados en el Documento 06, sin que la omisión de lo establecido en este párrafo<br />
sea motivo de desechamiento.<br />
5.1.9 Las condiciones contenidas en esta convocatoria así <strong>com</strong>o en las proposiciones<br />
presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas.<br />
5.2 Cuando el licitante elija presentar su propuesta en forma personal deberá observar lo<br />
siguiente:<br />
5.2.1 La proposición se integrará con la propuesta técnica y con la propuesta económica, así<br />
<strong>com</strong>o con los documentos que se relacionan en el punto 4.2 de la presente convocatoria.<br />
94 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
5.2.2 En la elaboración de su proposición el licitante deberán considerar lo que en su caso se<br />
asiente en el acta de la(s) junta(s) de aclaraciones.<br />
5.2.3 Se presentara dentro de sobre cerrado, identificado preferentemente con el Nombre o<br />
razón social del licitante y con el Número de licitación, a elección del licitante, la demás<br />
documentación requerida en el punto 4.2 podrá entregarse dentro o fuera del sobre.<br />
5.2.4 Los documentos que integran la proposición deberán elaborarse en idioma español, y<br />
firmados autógrafamente por persona facultada para ello, en la última hoja de cada uno de<br />
dichos documentos, en apego a lo que disponen los artículos 27 último párrafo de la LAASSP<br />
y 38 de su Reglamento.<br />
5.2.5 Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se<br />
solicita preferentemente presentar la proposición foliada en papel membreteado de la<br />
empresa, establecer un índice del contenido de cada proposición, el folio se aplicará también a<br />
todas las hojas de información <strong>com</strong>plementaria. La omisión de los requisitos de este párrafo,<br />
no afectará la solvencia de la proposición y no será motivo para desecharla<br />
5.2.6 Las condiciones contenidas en esta convocatoria así <strong>com</strong>o en las proposiciones<br />
presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas.<br />
5.3 Se solicita al licitante incluir junto con su propuesta y en el “LA MANIFESTACIÓN DE<br />
INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS” que se<br />
incluye <strong>com</strong>o Documento10, la información de la integración nacional de la mano de obra que<br />
oferte, expresada en porcentaje.<br />
La omisión de esta información, no es motivo de descalificar la proposición, sin embargo,<br />
contribuirá a conocer el grado de integración nacional que se oferta, con el propósito de<br />
identificar áreas de oportunidad para propiciar el desarrollo de la industria nacional. Dicha<br />
información es adicional y NO se refiere al cumplimiento de los Acuerdos relacionados con el<br />
contenido nacional expedidos por la Secretaría de Economía”.<br />
5.4 Petróleos Mexicanos no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó<br />
sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en<br />
cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la<br />
LAASSP<br />
5.5 En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por<br />
Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos<br />
los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a<br />
actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad,<br />
por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta técnica, dos tantos<br />
firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia”<br />
conforme al Documento 07<br />
El servidor público de PETRÓLEOS MEXICANOS responsable de presidir el acto de<br />
presentación y apertura de proposiciones, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará<br />
un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.<br />
95 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de<br />
desechamiento de la propuesta presentada.<br />
Asimismo, en cumplimiento a los <strong>com</strong>promisos adquiridos por México <strong>com</strong>o miembro de la<br />
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de<br />
los licitantes, <strong>com</strong>o Documento 08 se a<strong>com</strong>paña la “Nota Informativa para incluir en las<br />
Convocatorias a la Licitación Pública del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser<br />
consultada en la página electrónica:<br />
http://www.pemex.<strong>com</strong>/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf<br />
6.- PERIODO QUE ABARCARÁ LA CONTRATACIÓN<br />
El contrato que se derive del presente procedimiento abarcará los ejercicios fiscales 2010 y 2011.<br />
7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.<br />
7.1 CRITERIOS<br />
7.1.1 Se consideran solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos<br />
de la Convocatoria y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por<br />
Petróleos Mexicanos, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones<br />
respectivas.<br />
7.1.2 El Contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo importe (Prima Total Final) sea<br />
el más bajo, siempre y cuando este resulte conveniente.<br />
7.1.3 En caso de existir empate en el precio de dos o más proposiciones, de conformidad con el<br />
artículo 44 del Reglamento, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte<br />
ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de<br />
fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte<br />
empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto<br />
del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren así <strong>com</strong>o del representante<br />
del Órgano Interno de Control en Petróleos Mexicanos. y en su caso, del testigo social.<br />
7.2 La adjudicación del Contrato será por la Totalidad de los Servicios.<br />
8.- INCONFORMIDADES.<br />
Podrá interponerse inconformidad por actos del procedimiento de contratación que contravengan las<br />
disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP, ante la Secretaría de la Función Pública, a<br />
través del Órgano Interno de Control en Petróleos Mexicanos, ubicado en: Avenida Marina Nacional<br />
No. 329 colonia Huasteca, Código Postal 11311, México, D.F., en el piso 42 de la Torre Ejecutiva, en<br />
días y horas hábiles), o en su caso, a través de CompraNet<br />
96 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
9.- MODELO DE CONTRATO AL QUE SE SUJETARÁN LAS PARTES<br />
Los derechos y obligaciones a los que se sujetarán las partes (Pemex y la Persona a quien se<br />
adjudica el contrato) se establecen en el modelo de contrato que forma parte de la presente<br />
convocatoria, mismo que forma parte del Punto 2 Descripción Detallada de la Contratación de<br />
Servicios de la presente convocatoria.<br />
97 de 131<br />
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REV 01 SEP / 2009
No. de<br />
Documento<br />
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DE LA PRESENTE<br />
CONVOCATORIA<br />
Nombre del Documento<br />
01 Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.<br />
02<br />
03<br />
Escrito que deberán presentar las personas que participen en la junta de aclaraciones para<br />
dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 33 bis de la LAASSP y 36 de su Reglamento.<br />
Escrito que deberán presentar los licitantes que intervengan en el acto de presentación y<br />
apertura de proposiciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 fracción<br />
VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico<br />
04-A Propuesta Técnica.<br />
04-B Propuesta Económica.<br />
05<br />
06<br />
Declaración escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los<br />
supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LAASSP de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así <strong>com</strong>o la Declaración de<br />
Integridad<br />
Constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el<br />
acto de presentación y apertura de proposiciones<br />
07 Compromiso con la transparencia<br />
08<br />
Nota Informativa para incluir en las convocatorias a la licitación pública del Gobierno<br />
Federal.<br />
09 Cadenas Productivas<br />
10 Manifestación de integración nacional de mano de obra en los servicios ofertados.<br />
11 Cédula sobre el país de origen de los bienes y/o servicios<br />
12 Documentación requerida por las fuentes de financiamiento<br />
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INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y<br />
PERSONALIDAD DEL LICITANTE<br />
Yo, (nombre ) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos, y<br />
que con los mismos acredito la existencia legal de mi representada, así <strong>com</strong>o mi personalidad jurídica para<br />
suscribir la proposición de la licitación No. 18572002-XXX-09 (y en su caso firma del contrato), a nombre y<br />
representación de: (nombre de la persona física o moral), quien participa en el presente procedimiento <strong>com</strong>o<br />
licitante:<br />
CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES:<br />
DOMICILIO.-<br />
CALLE Y NÚMERO:<br />
COLONIA: DELEGACIÓN O MUNICIPIO:<br />
CÓDIGO POSTAL: ENTIDAD FEDERATIVA:<br />
TELÉFONO (S) (OPCIONAL): FAX (OPCIONAL):<br />
CORREO ELECTRÓNICO (OPCIONAL):<br />
NO. DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA: FECHA:<br />
NOMBRE, NÚMERO Y CIRCUNSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO Ó FEDATARIO QUE LAS PROTOCOLIZÓ:<br />
NO. DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTAN REFORMAS O MODIFICACIONES AL ACTA CONSTITUTIVA: FECHA:<br />
NOMBRE, NÚMERO Y CIRCUNSCRIPCIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO Ó FEDATARIO QUE LAS PROTOCOLIZÓ:<br />
RELACIÓN DE SOCIOS.-<br />
APELLIDO PATERNO:<br />
APELLIDO MATERNO:<br />
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL (PARA PERSONAS FÍSICAS: ACTIVIDAD COMERCIAL O PROFESIONAL):<br />
NOMBRE Y DOMICILIO DEL APODERADO O REPRESENTANTE:<br />
DATOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA MEDIANTE LA CUAL ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA:<br />
NOMBRE (S):<br />
ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO: FECHA:<br />
NOMBRE, NÚMERO, Y CIRCUNSCRIPCIÓN DEL NOTARIO O FEDATARIO PÚBLICO QUE LA PROTOCOLIZÓ:<br />
Lugar y fecha<br />
Protesto lo necesario.<br />
(Firma autógrafa original) .<br />
Notas:<br />
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente.<br />
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar<br />
abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.<br />
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[En papel membreteado del participante]<br />
ESCRITO QUE DEBERÁN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN LA JUNTA<br />
DE ACLARACIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO<br />
33 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL<br />
SECTOR PUBLICO Y 36 DE SU REGLAMENTO.<br />
(2) .<br />
P R E S E N T E<br />
CON REPRESENTANTE<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
__________de __________ de ______________ (1)<br />
Me refiero a la licitación Pública No. (3) en cuya(s) junta(s) de aclaraciones mi representada, (4) tiene interés<br />
en participar.<br />
SIN REPRESENTANTE<br />
Me refiero a la licitación Pública No. (3) en cuya(s) junta(s) de aclaraciones tengo interés en participar.<br />
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el artículo 33 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:<br />
DATOS DEL LICITANTE<br />
Registro Federal de Contribuyentes:<br />
Nombre:<br />
Domicilio Fiscal:<br />
Descripción del objeto social:<br />
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:<br />
DATOS DEL REPRESENTANTE<br />
Registro Federal de Contribuyentes:<br />
Nombre:<br />
Domicilio Fiscal:<br />
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas facultades DE PRESENTACIÓN:<br />
Nombre, número y circunscripción del Notario Público o Fedatario Público que la protocolizó:<br />
ATENTAMENTE<br />
(5)<br />
INSTRUCTIVO DE LLENADO<br />
NUMERO INSTRUCCION<br />
(1) Señalar la fecha de suscripción del documento.<br />
(2) Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.<br />
(3) Indicar el número respectivo.<br />
(4) Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.<br />
(5) Anotar el nombre y firma del interesado o de su representante.<br />
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ESCRITO QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL<br />
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA DAR<br />
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 29 FRACCIÓN VI DE LA LEY<br />
DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
Nombre de la dependencia o entidad convocante.<br />
P R E S E N T E<br />
__________a ____ de ______________ de 200 .<br />
Yo , en los términos de lo previsto en el artículo 29 fracción VI de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público manifiesto bajo protesta de<br />
decir verdad que cuento con facultades suficientes para <strong>com</strong>prometerme (escribir por mi ó por mi<br />
representada, (según corresponda)) (y escribir el nombre de la persona física) ó persona<br />
moral) en el acto de presentación y apertura de proposiciones en la licitación al rubro indicada.<br />
A t e n t a m e n t e ,<br />
Nombre y firma de la persona física o del<br />
representante<br />
101 de 131<br />
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Manifiesto lo siguiente:<br />
D D O O C C U U M M EE E E N N TT T T O O 0 0 4 - A<br />
PROPUESTA TÉCNICA<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
1. LA EMPRESA ASEGURADORA ACEPTA Y SE APEGA A LOS TÉRMINOS Y<br />
CONDICIONES DE LA COBERTURA PRECISADA EN LA PÓLIZA, SUS ANEXOS Y SUS<br />
PROCEDIMIENTOS.<br />
2. LA EMPRESA ASEGURADORA OTORGARÁ LA COBERTURA EN LOS TÉRMINOS Y<br />
CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA Y SUS ANEXOS.<br />
3. LA EMPRESA ASEGURADORA, PRESENTARÁ A LA FORMALIZACIÓN DEL<br />
CONTRATO LA PÓLIZA EN IDIOMA ESPAÑOL, EN ESTRICTO APEGO A LOS<br />
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA COBERTURA PRECISADA EN LA PÓLIZA Y SUS<br />
ANEXOS, ASÍ COMO A LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA(S) JUNTA(S) DE<br />
ACLARACIONES.<br />
4. DE QUE EL RIESGO RETENIDO POR LA EMPRESA ASEGURADORA SÓLO ESTÁ<br />
SOPORTADO POR SUS RESERVAS TÉCNICAS Y NO LO RETROCEDERÁ A<br />
TERCEROS BAJO NINGÚN TIPO DE CONTRATO.<br />
5. DE QUE LA EMPRESA ASEGURADORA CEDERÁ EL RIESGO A KOT INSURANCE<br />
COMPANY AG EN TÉRMINOS DEL PUNTO 2 DE LA CONVOCATORIA.<br />
6. QUE LA EMPRESA ASEGURADORA CUENTA CON LA ESTRUCTURA<br />
ORGANIZACIONAL REQUERIDA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.<br />
7. QUE LA PROPUESTA ECONÓMICA PRESENTADA POR LA EMPRESA<br />
ASEGURADORA SE APEGA A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN MATERIA<br />
DE SEGUROS.<br />
Además, <strong>com</strong>o parte de su propuesta el licitante debe integrar la documentación siguiente:<br />
Autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en el ramo de vida, en copia<br />
simple.<br />
NOMBRE DEL LICITANTE: .<br />
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: .<br />
FIRMA: .<br />
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CONCEPTO<br />
1.- Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance<br />
Company AG<br />
2.- Prima de Retención<br />
3.- Margen de Operación.<br />
4.- Gastos de Expedición<br />
de Póliza.<br />
5.- Prima Total<br />
D D O O C C U U M M EE E E N N TT T T O O 0 0 4 - B<br />
PROPUESTA ECONOMICA<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
NOMBRE DEL LICITANTE: (20) .<br />
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: (21) .<br />
FIRMA: (22) .<br />
IMPORTE EN<br />
MONEDA<br />
NACIONAL<br />
2010<br />
(365 días)<br />
IMPORTE EN<br />
MONEDA<br />
NACIONAL<br />
2011<br />
(365 días)<br />
INSTRUCTIVO DE LLENADO<br />
IMPORTE FINAL<br />
EN MONEDA<br />
NACIONAL<br />
(SUMA DE LOS<br />
AÑOS 2010 Y<br />
2011)<br />
PORCENTAJES<br />
DE<br />
PARTICIPACIÓN<br />
(2) (3) (4) (5) %<br />
(6) (7) (8) (9) %<br />
(10) (11) (12) (13) %<br />
(14) (15) (16) No Llenar<br />
(17) (18) (19) No Llenar<br />
NUMERAL INSTRUCCIÓN<br />
(1)<br />
Incluir el objeto de la licitación NOTA: EN CASO DE NO INCLUIR ESTE PÁRRAFO, NO SERÁ MOTIVO DE<br />
DESECHAMIENTO.<br />
Anotar el porcentaje de participación que determine el licitante en relación con el riesgo que<br />
decida asumir (Desde 0.00% hasta 5.00% de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance<br />
(9)<br />
Company AG al 100%), en el entendido de que su participación es sobre bases proporcionales<br />
al riesgo cedido a Kot Insurance Company AG<br />
Anotar el importe de la Prima de Retención para el año 2010, el cual es el resultado de<br />
multiplicar el porcentaje de participación que determinó el licitante en el numeral 9 anterior<br />
(Desde 0.00% hasta 5.00% de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG<br />
(6)<br />
al 100%) y el valor de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG al 100%<br />
del año 2010 (proporcionado por la convocante en el Anexo 4.2 del apartado 2 “Descripción<br />
detallada de la contratación de servicios de la convocatoria”).<br />
Anotar el importe de la Prima de Retención para el año 2011, el cual es el resultado de<br />
(7) multiplicar el porcentaje de participación que determinó el licitante en el numeral 9 anterior<br />
(Desde 0.00% hasta 5.00% de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG<br />
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REV 01 SEP / 2009
al 100%) y el valor de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG al 100%<br />
del año 2011 (proporcionado por la convocante en el Anexo 4.2 del apartado 2 “Descripción<br />
detallada de la contratación de servicios de la convocatoria”).<br />
(8) Anotar la suma de los numerales (6) y (7)<br />
Anotar el importe de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG para el<br />
año 2010, el cual es el resultado de restarle a la Prima de Reaseguro a Cederse a Kot<br />
(2) Insurance Company AG al 100% para el año 2010 (proporcionado por la convocante en el<br />
Anexo 4.2 del apartado 2 “Descripción detallada de la contratación de servicios de la<br />
convocatoria”) el importe de la Prima de Retención del año 2010 (numeral 6).<br />
Anotar el importe de la Prima de Reaseguro a cederse a Kot Insurance Company AG para el<br />
año 2011, el cual es el resultado de restarle a la Prima de Reaseguro a Cederse a Kot<br />
(3) Insurance Company AG al 100% para el año 2011 (proporcionado por la convocante en el<br />
Anexo 4.2 del apartado 2 “Descripción detallada de la contratación de servicios de la<br />
convocatoria”) el importe de la Prima de Retención del año 2011 (numeral 7).<br />
(4) Anotar la suma de los numerales (2) y (3).<br />
Anotar el Porcentaje de Participación correspondiente a la Prima de Reaseguro a cederse a<br />
Kot Insurance Company AG, el cual es el resultado de la resta entre el 100% y el Porcentaje de<br />
(5) Participación de la Prima de Retención (Desde 0.00% hasta 5.00% de la Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance Company AG al 100%) según haya determinado el Licitante en el<br />
numeral 9 del cuadro anterior.<br />
Anotar el porcentaje de participación del Margen de Operación que determine el licitante, el<br />
(13) cual incluirá el costo del licitante para la administración integral de la póliza considerando su<br />
utilidad.<br />
Anotar el importe del margen de operación para el año 2010, el cual estará determinado por la<br />
multiplicación del porcentaje de participación del margen de operación que haya determinado<br />
el licitante en el numeral 13 y el resultado de la suma del valor de la Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance Company AG para el año 2010 (numeral 2) y el importe de la Prima de<br />
(10)<br />
Retención para el año 2010 (numeral 6).<br />
(11)<br />
No se acepta que el importe del Margen de Operación para el año 2010 presente un valor de<br />
$0.00 pesos, lo anterior será motivo de desechamiento de la Propuesta.<br />
Anotar el importe del margen de operación para el año 2011, el cual estará determinado por la<br />
multiplicación del porcentaje de participación del margen de operación que haya determinado<br />
el licitante en el numeral 13 y el resultado de la suma del valor de la Prima de Reaseguro a<br />
cederse a Kot Insurance Company AG para el año 2011 (numeral 3) y el importe de la Prima de<br />
Retención para el año 2011 (numeral 7).<br />
No se acepta que el importe del Margen de Operación para el año 2011 presente un valor de<br />
$0.00 pesos, lo anterior será motivo de desechamiento de la Propuesta.<br />
(12) Anotar la suma de los numerales (10) y (11).<br />
(14) Anotar el importe del gasto de expedición de póliza para el año 2010.<br />
(15) Anotar el importe del gasto de expedición de póliza para el año 2011.<br />
(16) Anotar la suma de los numerales (14) y (15).<br />
Anotar la Prima Total del Año 2010, la cual se conforma por la suma de la Prima de Reaseguro<br />
a cederse a Kot Insurance Company AG del Año 2010 (numeral 2), más la Prima de Retención<br />
(17)<br />
del Año 2010 (numeral 6), más el Importe del Margen de Operación del Año 2010 (numeral 10)<br />
más los Gastos de Expedición de Póliza del Año 2010 (numeral 14).<br />
Anotar la Prima Total del Año 2011, la cual se conforma por la suma de la Prima de Reaseguro<br />
a cederse a Kot Insurance Company AG del Año 2011 (numeral 3), más la Prima de Retención<br />
(18)<br />
del Año 2011 (numeral 7), más el Importe del Margen de Operación del Año 2011 (numeral 11)<br />
más los Gastos de Expedición de Póliza del Año 2011 (numeral 15).<br />
Anotar la suma de los numerales (17) y (18).<br />
(19) El valor obtenido en este numeral (denominado Prima Total Final) será la que se considerará<br />
en la evaluación económica y deberá ser mayor a la Prima de Reaseguro Final (numeral 4)<br />
más la Prima de Retención Final (numeral 8).<br />
(20) Anotar el nombre de la Compañía Licitante.<br />
(21) Anotar el nombre del Representante Legal.<br />
(22) Firma del Representante Legal.<br />
105 de 131<br />
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D D O O C C U U MM M M E E N N T T O O 0 0 5<br />
DECLARACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE<br />
EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60<br />
ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y<br />
SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO, LA DECLARACIÓN<br />
DE INTEGRIDAD<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física apoderado o representante legal) en mi<br />
carácter de (términos en que este otorgando el mandato), representante legal de, (escribir el nombre<br />
de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su<br />
personalidad), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que mi representada, sus accionistas y<br />
asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60<br />
antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.<br />
Así mismo, quien suscribe, declaro bajo protesta de decir verdad que (denominación o razón social) a<br />
quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas<br />
para que los servidores públicos de Petróleos Mexicanos, induzcan o alteren las evaluaciones de las<br />
propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más<br />
ventajosas con relación a los demás participantes.<br />
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.<br />
Protesto lo Necesario.<br />
(Nombre y firma de la persona física o del<br />
representante legal).<br />
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente<br />
formato en su parte conducente.<br />
106 de 131<br />
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D D O O C C U U MM M M EE E E N N TT T T O O 0 6<br />
CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA<br />
CONVOCANTE EN EL ACTO DE<br />
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición:<br />
DOCUMENTO<br />
No.<br />
CONCEPTO<br />
PUNTOS DE LA<br />
CONVOCATORIA<br />
DONDE SE EXIGE<br />
DOCUMENTOS<br />
QUE DEBERÁN<br />
SER FIRMADOS<br />
AUTÓGRAFA-<br />
MENTE<br />
POR PERSONA<br />
FACULTADA<br />
PARA ELLO.<br />
NOMBRE DEL<br />
ARCHIVO<br />
(Cuando<br />
Aplique,<br />
tratándose de<br />
propuestas<br />
enviadas por<br />
medios de<br />
<strong>com</strong>unicación)<br />
ELECTRÓNICA)<br />
04-A Propuesta Técnica 4.1.1 X Tecnica.doc<br />
04-B Propuesta Económica 4.2.1 X Economica.dod<br />
Documentación que podrá presentarse dentro o fuera del sobre de la proposición:<br />
DOCUMENTO<br />
No.<br />
01<br />
02<br />
03<br />
CONCEPTO<br />
Información para acreditar<br />
la existencia y personalidad<br />
del licitante.<br />
Escrito que deberán<br />
presentar las personas que<br />
participen en la junta de<br />
aclaraciones para dar<br />
cumplimiento a lo<br />
dispuesto en el artículo 33<br />
bis de la LAASSP y 36 de<br />
su Reglamento.<br />
Escrito que deberán<br />
presentar los licitantes que<br />
intervengan en el acto de<br />
presentación y apertura de<br />
proposiciones para dar<br />
cumplimiento a lo<br />
dispuesto en el artículo 29<br />
PUNTOS DE LA<br />
CONVOCATORIA<br />
DONDE SE EXIGE<br />
4.3.1<br />
3.1<br />
3.2<br />
DOCUMENTOS<br />
QUE DEBERÁN<br />
SER FIRMADOS<br />
AUTÓGRAFA-<br />
MENTE<br />
POR PERSONA<br />
FACULTADA<br />
PARA ELLO.<br />
X<br />
X<br />
X<br />
NOMBRE DEL<br />
ARCHIVO<br />
(Cuando<br />
Aplique,<br />
tratándose de<br />
propuestas<br />
enviadas por<br />
medios de<br />
<strong>com</strong>unicación)<br />
ELECTRÓNICA)<br />
Personalidad.d<br />
oc<br />
Junta_A.doc<br />
Intervencion.do<br />
c<br />
ENTREGO<br />
SI NO<br />
ENTREGO<br />
SI NO<br />
107 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
DOCUMENTO<br />
No.<br />
05<br />
06<br />
CONCEPTO<br />
fracción VI de la Ley de<br />
Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Publico.<br />
Declaración escrita bajo<br />
protesta de decir verdad de<br />
no encontrarse en alguno<br />
de los supuestos<br />
establecidos por los<br />
artículos 50 y 60<br />
antepenúltimo párrafo de<br />
la LAASSP de<br />
Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Público, así<br />
<strong>com</strong>o la Declaración de<br />
Integridad.<br />
Constancia de recepción de<br />
documentos que los<br />
licitantes entregan a la<br />
convocante en el acto de<br />
presentación y apertura de<br />
proposiciones.<br />
07 Compromiso<br />
transparencia.<br />
con la<br />
--<br />
Cuando el licitante envíe<br />
sus propuestas de manera<br />
electrónica, deberá incluir<br />
una declaración en la que<br />
manifieste que aceptan<br />
todas las cláusulas y<br />
condiciones<br />
convocatoria.<br />
de la<br />
10<br />
Manifestación de<br />
integración nacional de<br />
mano de obra en los<br />
servicios ofertados.<br />
PUNTOS DE LA<br />
CONVOCATORIA<br />
DONDE SE EXIGE<br />
DOCUMENTOS<br />
QUE DEBERÁN<br />
SER FIRMADOS<br />
AUTÓGRAFA-<br />
MENTE<br />
POR PERSONA<br />
FACULTADA<br />
PARA ELLO.<br />
NOMBRE DEL<br />
ARCHIVO<br />
(Cuando<br />
Aplique,<br />
tratándose de<br />
propuestas<br />
enviadas por<br />
medios de<br />
<strong>com</strong>unicación)<br />
ELECTRÓNICA)<br />
4.3.2 X 50_60.doc<br />
5.1.8<br />
5.5 X<br />
4.3.4 X<br />
5.3<br />
Transparencia.<br />
doc<br />
Clausulas_Con<br />
v.doc<br />
Integ_Nal.doc<br />
ENTREGO<br />
SI NO<br />
108 de 131<br />
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REV 01 SEP / 2009
D D O O C C U U MM M M E E N N T T O O 0 7<br />
ESCRITO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN __<br />
____________, QUE SUSCRIBEN PETRÓLEOS MEXICANOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ____ ____, EN<br />
SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PETRÓLEOS MEXICANOS Y<br />
___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN<br />
LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y<br />
COMPROMISOS:<br />
C O N S I D E R A C I O N E S<br />
I. El gobierno federal se ha <strong>com</strong>prometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta<br />
ética y de transparencia.<br />
II. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y <strong>com</strong>promiso de todos los integrantes de la<br />
sociedad.<br />
III. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas<br />
irregulares.<br />
IV. Es objeto de este instrumento mantener el <strong>com</strong>promiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de<br />
contratación mediante conductas irregulares.<br />
V. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de<br />
contratación.<br />
VI. Representa un <strong>com</strong>promiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes.<br />
VII. La suscripción voluntaria de este documento de “<strong>com</strong>promisos con la transparencia”, no sustituye a la<br />
declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción vii de la<br />
del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.<br />
dentro de este marco los firmantes, asumen los siguientes:<br />
I.- DEL LICITANTE<br />
C O M P R O M I S O S<br />
1. Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las<br />
actividades en que intervengan y cumplan con los <strong>com</strong>promisos aquí pactados.<br />
2. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal.<br />
3. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos<br />
destinados al objeto de la contratacion.<br />
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4. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya<br />
obtenido en el proceso de contratación.<br />
5. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el<br />
cumplimiento de los derechos y obligaciones que adquiera con la formalizacion del contrato.<br />
6. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación.<br />
7. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de<br />
terceros.<br />
II.- DE PETRÓLEOS MEXICANOS<br />
1. Exhortar a sus servidores públicos que por razón de su actividad intervengan en el proceso de contratación, para<br />
que actúen con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad, equidad y en igualdad de<br />
circunstancias para todos los licitantes que intervengan en el proceso y cumplan con los <strong>com</strong>promisos aquí<br />
pactados, así <strong>com</strong>o a difundir el presente documento “<strong>com</strong>promisos con la transparencia” entre su personal, y<br />
terceros que trabajen para pemex, que por razones de sus actividades intervengan durante el proceso de<br />
contratación.<br />
2. Promover que los servidores públicos que participan en el proceso de contratación desarrollen sus actividades<br />
apegados al código de ética de los servidores públicos de la administración pública federal y al código de conducta<br />
de Petróleos mexicanos y organismos subsidiarios.<br />
3. Exhortar a sus servidores públicos a no aceptar arreglos <strong>com</strong>pensatorios o contribuciones destinadas a favorecer<br />
o a otorgar ventajas en el proceso de contratación o en la adjudicación del contrato.<br />
4. Fomentar que la actuación de sus servidores públicos sea en todo momento imparcial en beneficio de la institución<br />
y sin perjuicio de los licitantes.<br />
5. Promover que sus servidores públicos lleven a cabo sus actividades con integridad profesional, sin perjudicar los<br />
intereses de la sociedad y la nación.<br />
EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN ___________________, A DE<br />
200 .<br />
POR PETRÓLEOS MEXICANOS POR EL LICITANTE<br />
(Nombre de la Empresa)<br />
_________________________________ _______________________________<br />
Nombre y Cargo del Servidor Público Nombre y Cargo<br />
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NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS CONVOCATORIAS A LA LICITACIÓN<br />
PUBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL.<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
El <strong>com</strong>promiso de México en el <strong>com</strong>bate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno<br />
federal. En el plano internacional y <strong>com</strong>o miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y<br />
firmante de la Convención para <strong>com</strong>batir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones <strong>com</strong>erciales<br />
internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.<br />
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den<br />
gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones <strong>com</strong>erciales internacionales. Su objetivo es<br />
eliminar la <strong>com</strong>petencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que <strong>com</strong>piten por las contrataciones<br />
gubernamentales.<br />
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las<br />
re<strong>com</strong>endaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la<br />
primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:<br />
• La <strong>com</strong>patibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.<br />
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las re<strong>com</strong>endaciones de la Convención.<br />
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de<br />
inversión extranjera.<br />
Las responsabilidades del sector público se centran en:<br />
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.<br />
• Difundir las re<strong>com</strong>endaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores <strong>com</strong>prometidos en su<br />
cumplimiento.<br />
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y<br />
extradición).<br />
Las responsabilidades del sector privado contemplan:<br />
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos <strong>com</strong>o el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas<br />
corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que<br />
prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares<br />
o para la empresa.<br />
• Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones<br />
indebidas, <strong>com</strong>o asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso<br />
a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre<br />
conductas ilegales.<br />
• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la<br />
legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.<br />
Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las<br />
re<strong>com</strong>endaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, de<strong>com</strong>iso y/o embargo de dinero o<br />
bienes.<br />
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado<br />
independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por<br />
otros medios, <strong>com</strong>o la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en<br />
el caso de las empresas.<br />
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de<br />
cohecho haya sido <strong>com</strong>etido.<br />
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En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo<br />
a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las re<strong>com</strong>endaciones de la convención y por tanto la <strong>com</strong>isión<br />
de actos de corrupción.<br />
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:<br />
“Artículo 222<br />
Cometen el delito de cohecho:<br />
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o<br />
cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus<br />
funciones, y<br />
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se<br />
mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto<br />
relacionado con sus funciones.<br />
Al que <strong>com</strong>ete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:<br />
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario<br />
vigente en el Distrito Federal en el momento de <strong>com</strong>eterse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de<br />
prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de <strong>com</strong>eterse el<br />
delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o <strong>com</strong>isión públicos.<br />
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el<br />
Distrito Federal en el momento de <strong>com</strong>eterse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a<br />
quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de <strong>com</strong>eterse el delito y destitución e<br />
inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o <strong>com</strong>isión públicos.<br />
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en<br />
beneficio del Estado.<br />
Capítulo XI<br />
Cohecho a servidores públicos extranjeros<br />
Artículo 222 bis<br />
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona<br />
ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones <strong>com</strong>erciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por<br />
interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:<br />
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos<br />
relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o <strong>com</strong>isión;<br />
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre<br />
fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o <strong>com</strong>isión, o<br />
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la<br />
tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o <strong>com</strong>isión de<br />
este último.<br />
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público<br />
considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las<br />
agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así <strong>com</strong>o<br />
cualquier organismo u organización pública internacionales.<br />
Cuando alguno de los delitos <strong>com</strong>prendidos en este artículo se <strong>com</strong>eta en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este<br />
Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en<br />
consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el<br />
daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”<br />
* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx<br />
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D D O O C C U U MM M M EE E E N N TT T T O O 0 9<br />
CADENAS PRODUCTIVAS<br />
LICITACIÓN PÚBLICA NO. 18572002-XXX-09<br />
Anexo X<br />
“Cadenas productivas”<br />
En este apartado se presenta la información de cadenas productivas proporcionada por<br />
Nacional Financiera, la cual se <strong>com</strong>pone de:<br />
• Documento denominado “CADENAS PRODUCTIVAS”.<br />
• Carta dirigida a los proveedores de Petróleos Mexicanos.<br />
• Documento denominado “Programa de Cadenas Productivas del Gobierno Federal”.<br />
• Documento denominado “Lista de documentos para la Integración del Expediente de<br />
Aplicación al Programa de Cadenas Productivas”.<br />
• Formato en el que NAFIN solicita la “Información Requerida para Afiliación a la Cadena<br />
Productiva”.<br />
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¿Cadenas Productivas?<br />
CADENAS PRODUCTIVAS<br />
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores<br />
afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar<br />
mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así <strong>com</strong>o financiamiento, capacitación y asistencia técnica.<br />
¿Afiliarse?<br />
Afiliarse a Cadenas Productivas ni tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza de una<br />
sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración<br />
Pública Federal.<br />
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en Internet. A través de<br />
Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de<br />
realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar<br />
<strong>com</strong>pras de oportunidad ó cumplir con sus <strong>com</strong>promisos.<br />
Cadenas Productivas ofrece:<br />
• Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico<br />
o Obtener liquidez para realizar más negocios<br />
o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo<br />
o Agilizar y reducir los costos de cobranza<br />
o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.<strong>com</strong><br />
o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 y 01 800<br />
NAFINSA (62 34 6729<br />
• Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita<br />
• Recibir información<br />
• Formar parte del Directorio de <strong>com</strong>pras del Gobierno Federal<br />
Características descuento ó factoraje electrónico:<br />
• Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)<br />
• Descuento aplicable a tasas preferenciales<br />
• Sin garantías, ni otros costos ó <strong>com</strong>isiones adicionales<br />
• Cantar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo el<br />
intermediario financiero de su preferencia<br />
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL<br />
¿Qué es el directorio de <strong>com</strong>pras?<br />
Es una base de información de empresas <strong>com</strong>o la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades<br />
del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los <strong>com</strong>pradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información<br />
de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.<br />
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o<br />
servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.<br />
Dudas y <strong>com</strong>entarios vía telefónica,<br />
Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección: Oficina<br />
Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur #1971 – Col. Guadalupe Inn – 01020, México, D.F.<br />
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Proveedores de<br />
Petróleos Mexicanos<br />
P r e s e n t e<br />
México D.F. a ___ de ___ de 2009<br />
Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al<br />
desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha<br />
permitido ofrecer servicios empaquetados, <strong>com</strong>o lo es el Programa de Cadenas Productivas.<br />
Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y<br />
eficiencia a los pagos, así <strong>com</strong>o apoyar a que los proveedores consigan los siguientes beneficios:<br />
• Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con<br />
Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia).<br />
• Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas.<br />
• Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo.<br />
• Tasa de interés <strong>com</strong>petitiva.<br />
• Sin garantías.<br />
• Mejor administración de sus flujos de efectivo.<br />
• Creación de historial crediticio.<br />
• Capacitación y Asistencia Técnica sin costo.<br />
Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la<br />
operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso<br />
de la operación.<br />
La documentación necesaria para el alta en el programa es:<br />
Convenio Pyme (Emite Nafin)<br />
Convenio IF (Emite Nafin)<br />
Copia de la identificación Oficial del Representante Legal<br />
Copia del RFC<br />
Copia del Alta de Hacienda R-1 ó R–2 con la dirección fiscal actual<br />
Copia del Comprobante de Domicilio (con no más de 3 meses de vigencia)<br />
Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositarán los recursos con no más de 3 meses de vigencia)<br />
Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas<br />
• Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)<br />
• Incluir todas las reformas a la sociedad<br />
Copia simple del Acta de poderes de dominio<br />
• Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s)<br />
• Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)<br />
Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así<br />
requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados.<br />
En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o<br />
llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina<br />
(rolivares@nafin.gob.mx) al teléfono 5325-6219.<br />
ATENTAMENTE<br />
Programa de Cadenas Productivas del Gobierno Federal<br />
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El programa de Cadenas Productivas es una solución integran que tiene <strong>com</strong>o<br />
objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de<br />
nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad<br />
productiva y de gestión.<br />
Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios:<br />
Conoce oportunamente al consultar desde la <strong>com</strong>odidad de tu negocio los<br />
pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de<br />
obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la<br />
proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás<br />
acceder a los programas de financiamiento que Nacional Financiera<br />
instrumenta a través de los bancos.<br />
Incrementa tus ventas, al pertenecer la Directorio de Proveedores del<br />
Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras<br />
empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento<br />
que lo requieren, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la<br />
posibilidad de ampliar tu base de proveedores.<br />
Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o<br />
presenciales, sobre temas relacionados al proceso de <strong>com</strong>pra del Gobierno<br />
Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.<br />
Identifica oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de <strong>com</strong>pra<br />
del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos.<br />
Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-<br />
6107 o al 01 800 623-4672 sin costo desde el interior de la república o bien a través de<br />
la página de Internet www.NAFIN.<strong>com</strong><br />
116 de 131<br />
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LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN<br />
AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS<br />
1.- Carta Requerimiento de Afiliación<br />
Debidamente firmada por el área usuaria <strong>com</strong>pradora<br />
2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).<br />
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.<br />
Debe anexarse <strong>com</strong>pleta y legible en todas las hojas.<br />
3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)<br />
Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,<br />
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.<br />
Completa y legible en todas las hojas.<br />
4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del<br />
Representante Legal para Actos de Dominio<br />
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio<br />
Debe anexarse <strong>com</strong>pleta y legible en todas las hojas.<br />
5.- Comprobante de domicilio Fiscal<br />
Vigencia no mayor a 2 meses<br />
Comprobante de domicilio oficial (recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, Predio)<br />
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, <strong>com</strong>odato.<br />
6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representantes(es) legal(es), con actos de dominio<br />
Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)<br />
La firma deberá coincidir con la del convenio<br />
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones<br />
Formato R–1 ó R–2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)<br />
En caso de no tener las actualizaciones, podrán obtenerlas de la página del SAT.<br />
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)<br />
9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositarán los recursos<br />
Sucursal, plaza, CLABE interbancaria<br />
Vigencia no mayor a 2 meses<br />
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega a su domicilio.<br />
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán<br />
terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:<br />
A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas<br />
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.<br />
2 convenios con firmas originales<br />
B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.<br />
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.<br />
(**Únicamente, para personas Morales)<br />
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800-NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-<br />
89-61-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:<br />
Av. Insurgentes Sur No. 1971, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo,<br />
nivel Jardín, área de Atención a Clientes.<br />
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Estimado Proveedor del Gobierno Federal:<br />
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información<br />
abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le<br />
enviaré vía correo electrónico.<br />
Cadena(s) a la que desea afiliarse:<br />
*<br />
*<br />
*<br />
*<br />
Número(s) de proveedor (opcional):<br />
*<br />
*<br />
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva<br />
Datos generales de la empresa:<br />
Razón Social:<br />
Fecha de alta SHCP:<br />
R.F.C.:<br />
Domicilio Fiscal: Calle:<br />
No.:<br />
C.P.:<br />
Colonia:<br />
Ciudad:<br />
Teléfono (incluir clave LADA):<br />
Fax (incluir clave LADA):<br />
e–mail:<br />
Nacionalidad:<br />
Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)<br />
No. de Escritura:<br />
Fecha de la Escritura:<br />
Datos del Registro Público de Comercio:<br />
Fecha de Inscripción:<br />
Entidad Federativa:<br />
Delegación ó municipio:<br />
Folio:<br />
Fecha de folio:<br />
Libro:<br />
Partida:<br />
Fojas:<br />
Nombre del Notario Público:<br />
No. de Notaría:<br />
Entidad del Corredor ó Notario:<br />
Delegación o municipio del corredor ó Notario:<br />
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral):<br />
(Acta de poderes y/o acta constitutiva)<br />
No. de la Escritura:<br />
Fecha de la Escritura:<br />
Tipo de Poder: Único ( ) Man<strong>com</strong>unado ( ) Consejo ( )<br />
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Datos del registro público de la propiedad y el <strong>com</strong>ercio (Persona Moral):<br />
Fecha de Inscripción:<br />
Entidad Federativa:<br />
Delegación ó municipio:<br />
Folio:<br />
Fecha de folio:<br />
Libro:<br />
Partida:<br />
Fojas:<br />
Nombre del Notario Público:<br />
No. de Notaría:<br />
Entidad del Corredor ó Notario:<br />
Delegación o municipio del corredor ó Notario:<br />
Datos del representante legal con actos de administración o dominio:<br />
Nombre:<br />
Estado Civil:<br />
Fecha de nacimiento:<br />
R.F.C.:<br />
Fecha de alta SHCP:<br />
Teléfono:<br />
Fax (incluir clave LADA):<br />
e–mail:<br />
Nacionalidad:<br />
Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FMq ó FM3 extranjeros ( )<br />
No. de la Identificación (si es IFE poner el No. que está en la parte donde esta su firma):<br />
Domicilio Fiscal; Calle:<br />
No.:<br />
C.P.:<br />
Colonia:<br />
Ciudad:<br />
Datos del banco donde se depositarán recursos:<br />
Moneda pesos (X) dólares ( )<br />
Nombre del banco:<br />
No. de cuenta (11 dígitos):<br />
Plaza:<br />
No. de sucursal:<br />
CLABE bancaria (18 dígitos):<br />
Régimen; Man<strong>com</strong>unada ( )<br />
Individual ( )<br />
Indistinta ( )<br />
Órgano Colegiado ( )<br />
Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves:<br />
Nombre:<br />
Puesto:<br />
Teléfono (incluir clave LADA):<br />
Fax:<br />
e–mail:<br />
Actividad empresarial:<br />
Fecha de inicio de operaciones:<br />
Personal ocupado:<br />
Actividad ó giro:<br />
Empleos a general:<br />
Principales productos:<br />
Ventas (último ejercicio) anuales:<br />
Netas exportación:<br />
Activo total (aprox.):<br />
Capital contable (aprox.):<br />
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Requiere Financiamiento: SI NO<br />
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D D O O C C U U M M E E N N T T O O 1 0<br />
MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS<br />
SERVICIOS OFERTADOS<br />
Información con carácter voluntario<br />
Mano de Obra Total (Horas Hombre Totales (Y))<br />
Mano de Obra Nacional (Horas Hombre (X)<br />
Porcentaje de Contenido Nacional en Servicios (CNS)<br />
Descripción de los<br />
Trabajos a Realizar<br />
Cantidad<br />
(hrs)<br />
Para los casos en que la prestación de servicios involucre bienes el prestador de servicios<br />
deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:<br />
Costo<br />
Con fundamento en lo establecido por los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de<br />
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ___(nombre)____, en mi<br />
carácter de representante legal de (nombre o razón social), entrego con el carácter de<br />
confidencial la información correspondiente al porcentaje de integración nacional del(de los)<br />
siguiente(s) bien(es):<br />
Número<br />
de<br />
Material<br />
Descripción<br />
%<br />
Integración<br />
Nacional<br />
(de 0 a 100<br />
%)<br />
Marca<br />
Campos adicionales, únicamente<br />
para Distribuidores o<br />
Comercializadores<br />
Nombre o Razón<br />
Social del<br />
Fabricante<br />
Origen del<br />
Bien<br />
122 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
No. de Contrato : (2)<br />
DOCUMENTO 11<br />
CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS<br />
Objeto del Contrato : (3)<br />
Monto Total del Contrato :<br />
M.N. : (4)<br />
USD : (5)<br />
Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano)<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjero<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Página _____ de ____ Páginas (14)<br />
Fabricante<br />
Nacional<br />
(10)<br />
Exportador<br />
(13)<br />
País Origen<br />
(11)<br />
México<br />
México<br />
Total Parte A:<br />
País Origen<br />
(11)<br />
Total Parte B:<br />
Total en M.N. (A+B) :<br />
Monto<br />
(12)<br />
Monto<br />
(12)<br />
123 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 09
No. de Contrato : (2)<br />
CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS<br />
Objeto del Contrato : (3)<br />
Monto Total del Contrato :<br />
M.N. : (4)<br />
USD : (5)<br />
Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano)<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero.<br />
Tipo del Bien y/o<br />
Servicio (6)<br />
Descripción del<br />
Bien y/o Servicio<br />
(7)<br />
[Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15)<br />
Firma: (16)<br />
Nombre: (17)<br />
Cargo: (18)<br />
Marca<br />
(8)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Proveedor Directo<br />
(9)<br />
Fabricante<br />
Nacional<br />
(10)<br />
Exportador<br />
(13)<br />
Página _____ de ____ Páginas (14)<br />
País Origen<br />
(11)<br />
México<br />
México<br />
Total Parte C:<br />
País Origen<br />
(11)<br />
Total Parte D:<br />
Total en USD (C+D) :<br />
Monto<br />
(12)<br />
Monto<br />
(12)<br />
124 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
DIRECCIO CORPORATIVA DE FIAZAS<br />
Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios:<br />
ANEXO [número de anexo correspondiente]<br />
INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2)<br />
DATOS INSTRUCCIÓN<br />
(1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios<br />
ANEXO [número de anexo correspondiente]<br />
(2) No. de Contrato<br />
(3) Objeto del Contrato<br />
(4) Monto Total del Contrato M.N.<br />
(5) Monto Total del Contrato USD<br />
(6) Tipo de bien y/o servicio<br />
(7) Descripción del bien y/o servicio<br />
(8) Marca<br />
Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma<br />
impresa <strong>com</strong>o en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador<br />
del Anexo tal <strong>com</strong>o se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o<br />
Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La<br />
leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse.<br />
Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras<br />
mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido<br />
abierto.<br />
Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión.<br />
Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de México.<br />
Utilizar formato de miles separados por <strong>com</strong>as y decimales separados por punto. En el<br />
caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto<br />
máximo.<br />
Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los<br />
Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar<br />
formato de miles separados por <strong>com</strong>as y decimales separados por punto. En el caso de<br />
contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.<br />
Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la<br />
Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación<br />
permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos,<br />
regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc.<br />
Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al<br />
objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien<br />
o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante<br />
o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma<br />
moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar<br />
todas las partidas.<br />
En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) <strong>com</strong>ercial (es) de los bienes que se<br />
detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula.<br />
(9) Proveedor Directo<br />
Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al<br />
Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se<br />
detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor<br />
sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste.<br />
Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre<br />
del propietario actual de los mismos.<br />
(10) Fabricante Nacional<br />
Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o<br />
realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta<br />
Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el<br />
propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen<br />
nacional), se deberá indicar el nombre de éste.<br />
(11) País de origen Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos<br />
que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se<br />
deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente<br />
por cuestión de formato.<br />
En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la<br />
bandera de la embarcación utilizada.<br />
(12) Monto Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada<br />
uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo<br />
en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.<br />
(13) Exportador<br />
Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los<br />
bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta<br />
Cédula.<br />
125 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 09
(14) Página _____ de ____ Páginas Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo<br />
espacio el número total de páginas del anexo.<br />
(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía] Se deberá indicar nuevamente el nombre <strong>com</strong>pleto de la <strong>com</strong>pañía, su dirección y su<br />
número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no<br />
deberá incluirse.<br />
(16) Firma: Firma del funcionario autorizado por la <strong>com</strong>pañía para presentar esta Cédula, de<br />
preferencia en tinta azul.<br />
(17) Nombre: Indicar el nombre <strong>com</strong>pleto del funcionario firmante.<br />
(18) Cargo: Indicar el cargo dentro de la <strong>com</strong>pañía del funcionario firmante.<br />
(19) La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos.La suma de<br />
las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos<br />
de América u otra moneda Extranjera.<br />
NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así <strong>com</strong>o los números de páginas que se encuentran en el pie de página no<br />
deberán incluirse.<br />
126 de 131<br />
FO-CON-25<br />
REV 01 SEP / 2009
ANEXO 12<br />
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO<br />
5. Introducción<br />
Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo<br />
la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el<br />
Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial<br />
que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o<br />
totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos<br />
y programas.<br />
En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de<br />
documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y<br />
financiando, los Proveedores deben entregar a PETROLEOS MEXICANOS, o a quién éste le indique, la<br />
documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina<br />
“Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”).<br />
La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las<br />
Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a<br />
Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio<br />
para los Proveedores.<br />
El objetivo de este Anexo 9 es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación<br />
que debe presentar a PETROLEOS MEXICANOS, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de<br />
Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las<br />
Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de<br />
manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también<br />
se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.<strong>com</strong>/proveedores/documentacion).<br />
Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s)<br />
responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PETROLEOS MEXICANOS, con el fin de proporcionar la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área<br />
responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o<br />
estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe<br />
anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.<br />
PETROLEOS MEXICANOS no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de<br />
Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.<br />
El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a<br />
PETROLEOS MEXICANOS de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida<br />
anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes<br />
y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a<br />
que se refiere el presente Anexo 9, así <strong>com</strong>o a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus<br />
Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios<br />
que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.<br />
6. Fuentes de Financiamiento<br />
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Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de<br />
cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito<br />
constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley,<br />
deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas<br />
de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s).<br />
2.1 Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s)<br />
Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de<br />
importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos<br />
de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />
Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o<br />
servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o<br />
indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través<br />
de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas<br />
son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos.<br />
A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con<br />
las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de<br />
crédito.<br />
Nombre Siglas País<br />
Export-Import Bank of the United States Ex-Im Bank Estados Unidos de América<br />
Export Development Canadá EDC Canadá<br />
Export Credits Guarantee Department ECGD Reino Unido<br />
Japan Bank for International<br />
Cooperation<br />
JBIC Japón<br />
Nippon Export and Investment<br />
NEXI Japón<br />
Insurance<br />
Hermes Kreditversicherungs-AG HERMES Alemania<br />
Guarantee Institute for Export Credits GIEK Noruega<br />
Atradius ATRADIUS Holanda<br />
Istituto per i Servizi Assicurativi e il<br />
Credito all'Esportazione<br />
SACE Italia<br />
Compagnie Française d’ Assurance pour<br />
le Commerce Extérieur<br />
COFACE Francia<br />
Compañía Española de Seguros de<br />
CESCE España<br />
Crédito a la Exportación, S.A.<br />
Export-Import Bank of Korea K-Exim República de Corea<br />
Export Risk Guarantee Agency ERG Suiza<br />
Finnvera plc Finnvera Finlandia<br />
Export Kredit Fonden EFS Dinamarca<br />
Oesterreichische Kontrollbank<br />
Aktiengesellschaft<br />
OeKB Austria<br />
Exportkreditnamnden EKN Suecia<br />
Companhia de Seguro de Créditos<br />
S.A<br />
COSEC Portugal<br />
128 de 131<br />
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7. Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios<br />
Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PETROLEOS MEXICANOS, la información<br />
detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto<br />
del contrato, así <strong>com</strong>o información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le<br />
suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios.<br />
La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del<br />
presente contrato, se integra al presente contrato <strong>com</strong>o Anexo 8, en la inteligencia de que PETROLEOS<br />
MEXICANOS podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula<br />
a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.<br />
Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la<br />
vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PETROLEOS<br />
MEXICANOS, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que<br />
no implicará realizar una modificación al presente contrato.<br />
La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las<br />
indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la<br />
Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella<br />
información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.<br />
8. Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de<br />
Crédito a la Exportación.<br />
La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en<br />
copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque,<br />
Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.<br />
En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el<br />
país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos<br />
Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el<br />
Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y<br />
documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página<br />
Internet de Pemex: (www.pemex.<strong>com</strong>/proveedores/documentacion).<br />
PETROLEOS MEXICANOS informará oportunamente a el Proveedor, mediante <strong>com</strong>unicación oficial, cuál será<br />
el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato.<br />
El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s)<br />
de Financiamiento”) de PETROLEOS MEXICANOS, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por<br />
las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”)<br />
emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual<br />
formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que<br />
presente al amparo de este contrato.<br />
PETROLEOS MEXICANOS no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de<br />
Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.<br />
129 de 131<br />
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REV 01 SEP / 2009
La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del(de los) Módulo(s) de<br />
Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco<br />
Agente correspondiente, por lo que, PETROLEOS MEXICANOS podrá solicitar a el Proveedor cualquier<br />
modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de<br />
Financiamiento.<br />
De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes<br />
de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación,<br />
Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PETROLEOS MEXICANOS le indique oportunamente.<br />
8.1. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América<br />
El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:<br />
Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice).<br />
Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate).<br />
Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”).<br />
Evidencia de Pago.<br />
Evidencia de Transporte.<br />
Certificado de Ejecución de Servicios.<br />
Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de<br />
embarcaciones).<br />
Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos.<br />
Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los bienes<br />
y/o servicios.<br />
En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la<br />
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos,<br />
instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados.<br />
8.2. Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá<br />
Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos<br />
Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios pueda hacer uso de los recursos de las líneas de crédito<br />
garantizadas por esa Institución:<br />
Nombre <strong>com</strong>pleto y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o<br />
Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido<br />
canadiense.<br />
Breve descripción de los bienes y/o servicios.<br />
Monto estimado de las importaciones canadienses.<br />
Nombre y datos de los contactos.<br />
Evidencia de pago al Exportador canadiense.<br />
Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.<br />
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a<br />
PETROLEOS MEXICANOS o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del<br />
embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al<br />
“Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación<br />
Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
8.3. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia<br />
Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación<br />
siguiente:<br />
130 de 131<br />
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Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte.<br />
Datos generales del Exportador.<br />
Breve descripción de los bienes y/o servicios.<br />
Monto estimado de las importaciones.<br />
Nombre y datos de los contactos.<br />
Certificación de los pagos hechos al Exportador.<br />
Información sobre aspectos ambientales.<br />
Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el<br />
Banco Agente.<br />
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a<br />
PETROLEOS MEXICANOS o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del<br />
embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al<br />
“Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación<br />
Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.<br />
8.4. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.<br />
Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:<br />
En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos,<br />
Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de<br />
Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la<br />
información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.<br />
En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente:<br />
Mayor información para verificar el origen de los bienes.<br />
Copia de las Facturas Comerciales Individuales.<br />
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