Recorriendo Nuestra Provincia - FAENI
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4.Prevención<br />
de riesgos del trabajo.<br />
(Dr. Guillermo Garibay)<br />
•Hacia un nuevo enfoque jurídico<br />
del problema: la tendencia<br />
prevaleciente es la de determinación<br />
del daño y su responsable<br />
hacia el diseño de políticas<br />
de prevención.<br />
•Determinar el objeto de la prevención.<br />
Acciones, políticas y<br />
obligaciones de diferentes sujetos<br />
(trabajador, empleador, ART<br />
y sindicato), cuyo objetivo es<br />
eliminar o disminuir las situaciones<br />
que suponen una amenaza<br />
para la salud de los trabajadores.<br />
•Responsabilidades la principal<br />
responsabilidad siempre cae<br />
sobre el empleador, pero también<br />
es una responsabilidad<br />
social de múltiples sujetos<br />
(estado, aseguradoras, sindicato,<br />
trabajador y proveedores de<br />
máquinas e instrumentos de<br />
trabajo.<br />
•Derechos y obligaciones de<br />
empleados y empleadores. Los<br />
empleados tienen la obligación<br />
de colaborar con las normas de<br />
seguridad e higiene y recomendaciones<br />
que se hacen sobre el<br />
uso, conservación y cuidado de<br />
EPP (elementos de protección<br />
personal) y sobre máquinas,<br />
operaciones y procesos. Deben<br />
someterse a los exámenes<br />
médicos. Cuidar la cartelería y<br />
colaborar en la organización de<br />
programas de formación y asistir<br />
a los cursos.<br />
Tienen derecho a recibir información<br />
y capacitación por parte<br />
del empleador.<br />
Respecto del empleador:<br />
tiene una responsabilidad primaria<br />
por ser el titular y tener el<br />
poder de organización de las<br />
medidas de prevención. Debe<br />
generar condiciones ambientales<br />
y sanitarias adecuadas de<br />
instalaciones y equipos.<br />
Mantener en buen estado<br />
máquinas e instalaciones eléctrica<br />
, de incendios; instalar<br />
equipos de renovación de aire y<br />
eliminación de gases y vapores;<br />
evitar acumulación de deshe-<br />
chos y realizar desinfecciones<br />
periódicas.<br />
•Derechos y obligaciones de las<br />
ART: las ART deben denunciar al<br />
SRT los incumplimientos, tener<br />
acceso a información necesaria<br />
promover la prevención y mantener<br />
un registro de siniestralidad<br />
por establecimiento; también<br />
deben brindar asesoramiento y<br />
ofrecer asistencia técnica a los<br />
empleadores sobre existencia de<br />
riesgos y potenciales efectos<br />
sobre la salud.<br />
•Sanciones por infracciones laborales<br />
(ley 25212)<br />
•Comentario final: se sancionó el<br />
4 de septiembre de 2008 la ley de<br />
creación de los Comités de Salud y<br />
Seguridad en el Trabajo para la<br />
<strong>Provincia</strong> de Santa Fe. La ley se<br />
aplicará "en todas las empresas<br />
privadas y públicas, establecimientos<br />
empresarios y dependencias<br />
públicas de 50 o más trabajadores,<br />
radicadas en la provincia<br />
de Santa Fe.<br />
Para los establecimientos empresarios<br />
o dependencias públicas en<br />
donde se emplee entre 10 y 49<br />
trabajadores, se elegirá un delegado<br />
trabajador de Salud y<br />
Seguridad en el Trabajo, que tendrá<br />
idénticas funciones y atribuciones<br />
que el Comité.<br />
Según establece la nueva ley,<br />
tanto los Comités como los delegados<br />
de la Salud y la Seguridad<br />
en el Trabajo tendrán entre sus<br />
principales funciones fomentar un<br />
clima de cooperación en la empresa,<br />
establecimiento, y la colaboración<br />
entre trabajadores y empleadores<br />
a fin de promover la salud,<br />
prevenir los riesgos laborales y<br />
crear las mejores condiciones y<br />
medio ambiente de trabajo.<br />
También buscarán "velar por el<br />
cumplimiento de las normas legales,<br />
reglamentarias y convencionales<br />
vigentes en la materia; realizar<br />
periódicamente relevamientos<br />
destinados a la detección y eliminación<br />
de riesgos; participar en la<br />
elaboración y aprobación de todos<br />
los programas de prevención de<br />
riesgos de la salud de los trabajadores;<br />
evaluar periódicamente el<br />
programa anual de prevención de<br />
la empresa, establecimiento,<br />
hacer el balance anual y proponer<br />
las modificaciones o correcciones<br />
29<br />
que se estimen necesarias".<br />
La nueva normativa estipula que<br />
tanto los Comités como los<br />
Delegados podrán "realizar por<br />
si o disponer la realización de<br />
investigaciones en la empresa,<br />
en la materia de su competencia,<br />
para adoptar las medidas<br />
destinadas a la prevención de<br />
riesgos y mejoramiento de las<br />
condiciones y medio ambiente<br />
de trabajo".<br />
También deberán "conocer y<br />
tener acceso a la información y<br />
resultados de toda inspección,<br />
investigación o estudio llevado a<br />
cabo por los profesionales o técnicos<br />
de la empresa y las realizadas<br />
por la autoridad de aplicación<br />
en materia de salud y seguridad<br />
en el trabajo".<br />
Finalmente, entre otras atribuciones,<br />
podrán poner en conocimiento<br />
del empleador y de los<br />
trabajadores "las deficiencias<br />
existentes en la materia de su<br />
competencia y solicitarle al<br />
empleador la adopción de medidas<br />
tendientes a la eliminación o<br />
puesta bajo control de los riesgos<br />
ocupacionales"; así como<br />
"peticionar a la autoridad de<br />
aplicación su intervención en los<br />
casos en que considere necesario<br />
para salvaguardar la salud y<br />
seguridad en el trabajo o ante<br />
incumplimientos de las normas<br />
legales, reglamentarias y convencionales<br />
vigentes en la materia,<br />
y comunicarle inmediatamente<br />
la disposición o autorización<br />
de la paralización de las<br />
tareas en caso de peligro grave e<br />
inminente para la salud o vida<br />
de los trabajadores".<br />
5. La salud y la Seguridad en<br />
el Trabajo (Gte de Recursos<br />
Humanos Sr. Luis Mendoza).<br />
En esta parte del curso se habló<br />
principalmente de la relación<br />
entre RRHH y los asesores en<br />
higiene y seguridad. Siempre se<br />
debe trabajar en conjunto para<br />
la programación de actividades,<br />
ya que el gerente de Recursos<br />
Humanos es el que tiene mayor<br />
conocimiento del personal con<br />
el que los asesores deberán trabajar.