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NUEVAS TENDENCIAS DEL DERECHO CONSTITUCIONAL - umet

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EvoLuCIoN DE LA oRgANIzACIÓN PoLITICo CoNSTITuCIoNAL EN NICARAguA (1975-2005)<br />

Falta una disposición que no permita optar a ser Primer Ministro, al<br />

diputado que tuviere parentesco con el Presidente de la República,<br />

dentro de los grados y vinculaciones establecidas para no sucederle<br />

a éste, consagrado anteriormente.<br />

3. Asamblea Nacional<br />

La Asamblea Nacional se integrará con setenta diputados<br />

propietarios y sus suplentes por un período de seis años.<br />

No habrá reelección continua de los diputados, pero podrá correr<br />

en las elecciones del 2011.<br />

La Asamblea Nacional conserva sus competencias y atribuciones<br />

actuales y se agregan otras. Es el centro del poder del Estado.<br />

Tiene el poder de nombramiento por el sesenta por ciento de<br />

votos a los altos funcionarios del Estado y para destituirlos por<br />

justa causa: a los Magistrados de la Corte Suprema (se agregan<br />

a los de Apelaciones), al Superintendente y Vice superintendente<br />

de Bancos; al Fiscal General de la República y al Fiscal General<br />

Adjunto de la República; a los Miembros del Consejo Superior<br />

de la Contraloría General de la República; al Procurador y Sub<br />

Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos; al Director<br />

y Subdirector del Instituto de la Propiedad Reformada Urbana y<br />

Rural. Todos estos funcionarios serán elegidos para un período<br />

de seis años y gozarán de inmunidad.<br />

Destituye por ineptitud al Primer Ministro, Ministros y<br />

Viceministros, Presidente o directores de entes autónomos y<br />

gubernamentales por votación del sesenta por ciento de los<br />

diputados.<br />

Ratifica en un plazo no mayor de quince días hábiles, con el<br />

voto favorable del sesenta por ciento del total de Diputados,<br />

el nombramiento hecho por el Presidente de la República a<br />

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