BASES INVITACIÃN A PRESENTAR OFERTAS - Indumil
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<strong>BASES</strong> INVITACION A <strong>PRESENTAR</strong> <strong>OFERTAS</strong> No. 191/2009<br />
responsable en ningún caso por dichos costos,<br />
independientemente del resultado de la<br />
selección que se efectúe a través de la<br />
presente Invitación a presentar oferta.<br />
11.<br />
Idioma de la Oferta<br />
11.1 La oferta que prepare el Proponente, así como<br />
toda la correspondencia y documentos relativos<br />
a ella que intercambien el Proponente e<br />
INDUMIL, deberán redactarse en idioma<br />
Español.<br />
11.2 Los documentos complementarios y textos<br />
impresos que formen parte de la oferta podrán<br />
estar escritos en otro idioma, con la condición<br />
de que las partes relevantes de dicho material<br />
vayan acompañadas de una traducción<br />
fidedigna al idioma español. Para efectos de la<br />
interpretación de la oferta, prevalecerá dicha<br />
traducción.<br />
12.<br />
Formularios de la<br />
Oferta<br />
12.1. El Proponente presentará su oferta utilizando<br />
los formularios de los Anexos descritos en la<br />
Parte 2 “Anexos y Formularios” de esta<br />
invitación. Estos formularios deberán ser<br />
debidamente llenados sin alterar su forma y no<br />
se aceptarán sustitutos. Si el oferente modifica<br />
alguna de las condiciones preestablecidas en<br />
los formularios determinados por la Industria<br />
Militar, su oferta será rechazada.<br />
12.2. Los Formularios sólo serán conocidos por<br />
INDUMIL vencido el plazo para la presentación<br />
de las Ofertas según lo señalado en la cláusula<br />
24.1 de las IAP.<br />
13.<br />
Registro Único de<br />
Precios de Referencia<br />
(RUPR)<br />
13.1. De conformidad con el literal a) del Artículo 18<br />
del Decreto 3512 de 2003, y el literal b) del<br />
Artículo 4 del Acuerdo 0004 del Comité para la<br />
Operación del SICE, los procesos contractuales<br />
de prestación de servicios y obra pública cuyos<br />
elementos no se encuentran clasificados y<br />
codificados en su totalidad hasta nivel de<br />
“Propiedades y Especificaciones” al que hace<br />
mención el literal b) del Artículo 11 del Decreto<br />
3512 de 2003, se encuentran exentos de las<br />
obligaciones frente al SICE.<br />
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