BASES INVITACIÃN A PRESENTAR OFERTAS - Indumil
BASES INVITACIÃN A PRESENTAR OFERTAS - Indumil
BASES INVITACIÃN A PRESENTAR OFERTAS - Indumil
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>BASES</strong> INVITACION A <strong>PRESENTAR</strong> <strong>OFERTAS</strong> No. 191/2009<br />
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA .- RECHAZO DE LOS BIENES, SERVICIOS U<br />
OBRAS: La INDUSTRIA MILITAR se reserva el derecho de rechazar o devolver al<br />
CONTRATISTA los bienes, servicios u obras objeto de este contrato, cuando no<br />
cumplan con las especificaciones técnicas y descripciones precisas del Anexo 1<br />
del presente contrato,<br />
EL CONTRATISTA deberá atender la devolución de los productos, o el rechazo<br />
de los bienes, servicios u obras, según el caso, y deberá entregar o prestar en<br />
su lugar aquellos bienes o servicios que correspondan a las características y<br />
calidades establecidas en el anexo 1 del presente contrato, por su propia<br />
cuenta, costo y riesgo, sin que esto afecte el desarrollo de la obra, ni el de la<br />
Interventoría.<br />
CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO:<br />
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- OBJETO: El Objeto del presente CONTRATO es<br />
la ________________________, lo anterior de conformidad con la oferta<br />
presentada por el ________________, cumpliendo con las especificaciones<br />
técnicas, normas y estándares vigentes.<br />
CLÁUSULA VIGESINA SEPTIMA- VALOR: Para efectos legales, fiscales y<br />
presupuéstales, el valor del presente contrato es la suma de<br />
___________________.<br />
OBJETO<br />
VALOR TOTAL<br />
$<br />
VALOR TOTAL<br />
I.V.A $<br />
VALOR TOTAL<br />
INCL. IVA $<br />
PARÁGRAFO 1<br />
El valor que cobre EL CONTRATISTA no podrá ser diferente al cotizado en su<br />
oferta.<br />
PARÁGRAFO 2<br />
Para la realización de cada pago EL CONTRATISTA deberá acreditar el<br />
cumplimiento de las obligaciones parafiscales relativas a la Seguridad Social<br />
Integral así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación<br />
Familiar, cuando corresponda.. En caso de no haberse hecho el pago<br />
respectivo la INDUSTRIA MILITAR retendrá las sumas adeudadas al sistema y en<br />
el momento de la liquidación del contrato efectuará el giro directo de dichos<br />
recursos a las entidades respectivas, con prelación al régimen de salud y<br />
pensiones.<br />
PARÁGRAFO 3<br />
De conformidad con la ordenanza No. 30 del 25 de Octubre de 2005 de la<br />
Honorable Asamblea Departamental de Boyacá, por medio de la cual se<br />
ordena la emisión de la estampilla “Prodesarrollo de la Universidad<br />
Pedagógica de Colombia” el contratista debe contribuir con la estampilla a<br />
una tarifa del uno por ciento (1%) del valor neto del CONTRATO o su adición,<br />
78