CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ENTRE ... - Envigado
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<strong>CONTRATO</strong> <strong>DE</strong> <strong>PRESTACION</strong> <strong>DE</strong> <strong>SERVICIOS</strong><br />
<strong>ENTRE</strong> EL MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO Y<br />
INCREMENTAL SOFTWARE S.A.S<br />
<strong>CONTRATO</strong> NÚMERO: 11-35-30-20-044-10<br />
Entre los suscritos a saber: CLAUDIA MARIA RODRIGUEZ MONTOYA, mayor de<br />
edad, identificada con la cédula de ciudadanía número 43.495.022, quien obra en<br />
calidad de Secretaria Administrativa, delegado para contratar según consta en el<br />
Decreto Municipal No 446 de Agosto 28 de 2008, quien para efectos de este<br />
contrato se denominará EL MUNICIPIO de una parte, y por otra, DAVID ANDRES<br />
CARDONA CORREA, mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía<br />
número 8.356.183 de <strong>Envigado</strong> (Ant.), quien actúa en Representación Legal de<br />
Incremental Software S.A.S. identificada con el NIT 900180299-0 y quien en<br />
adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente<br />
contrato en la modalidad de selección abreviada del 10% de la menor cuantía<br />
articulo 2° Decreto 3576 del 2009, que se regirá por las siguientes cláusulas:<br />
PRIMERA.- OBJETO: EL CONTRATISTA se obliga para con EL MUNICIPIO a<br />
Prestar los Servicios de software para administrar el mantenimiento preventivo y<br />
correctivo del parque automotor de la administración municipal.<br />
SEGUNDA.- VALOR: El valor total del presente contrato, asciende a la suma de<br />
NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS<br />
(9.305.520) incluido IVA.<br />
TERCERA.- FORMA <strong>DE</strong> PAGO: El Municipio pagar en tres (03) cuotas así:<br />
• Primera cuota (40%), treinta (30) días siguientes a la legalización el contrato y<br />
mediante acta de inicio, previa presentación de la factura.<br />
• Segunda cuota (40%) en julio de 2010.<br />
• Tercera cuota (20%) en diciembre de 2010 a la terminación del contrato.<br />
Todas las cuotas serán pagaderas previa presentación de la cuenta debidamente<br />
legalizada, en la cual se presentará la certificación que acredite que se encuentra<br />
a paz y salvo por concepto de pago de la Seguridad Social y previa certificación<br />
del recibo a entera satisfacción por el Interventor del contrato.<br />
CUARTA.- PLAZO: la duración del presente contrato será a partir de la firma del<br />
acta de iniciación hasta el 15 de diciembre de 2010<br />
QUINTA.- <strong>DE</strong>RECHOS Y <strong>DE</strong>BERES <strong>DE</strong> LAS PARTES: Serán establecidos en los<br />
artículos 4° y 5°, respectivamente, de la Ley 80 de 1993 y en las demás normas<br />
legales vigentes.<br />
SEXTA.- OBLIGACIONES <strong>DE</strong> LAS PARTES: A) <strong>DE</strong>L CONTRATISTA : se obliga<br />
a cumplir, entre otras, todas y cada una de las siguientes obligaciones:<br />
• El contratista deberá contar con todos los elementos y personal humano<br />
capacitado necesario para el desarrollo de la actividad y contará con los<br />
espacios adecuados.<br />
• Prestar el servicio de software para la administración del mantenimiento<br />
preventivo y correctivo del parque automotor, el cual debe estar disponible las<br />
24 horas de los días hábiles<br />
• Soporte telefónico durante el periodo del servicio y cuatro meses más,<br />
mediante el cual el Municipio de <strong>Envigado</strong> podrá llamar a consultar sobre<br />
cualquier eventualidad o falla relacionada con la implementación descrita en<br />
este pliego de condiciones.<br />
• Soporte en sitio: Dicho servicio será prestado por el contratista en las<br />
instalaciones del Municipio de <strong>Envigado</strong>, en el evento en que no se tenga<br />
solución por medio telefónico o acceso remoto a la eventualidad o falla no se<br />
hubiere presentado. El contratista deberá ofrecer los servicios de soporte y<br />
mantenimiento a la base instalada una vez finalizado el tiempo de garantía.<br />
Dicho servicio (Soporte(telefónico y en sitio) y mantenimiento) no podrá
• exceder el 20% del valor de los servicios presentados en la propuesta.<br />
• El servicio de soporte debe ser prestado de acuerdo a los tiempos de<br />
respuestas indicados durante el horario laboral por el medio telefónico o de<br />
manera presencial.<br />
• Capacitar a funcionarios del Municipio de <strong>Envigado</strong> en la utilización del<br />
software implementado.<br />
• En caso de que el “MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO” no use más el sistema, bien<br />
sea porque decide retirarse o por que el servicio no esté más disponible por<br />
causas de contratista. El contratista está obligado con el “MUNICIPIO <strong>DE</strong><br />
ENVIGADO” a entregarle en un medio digital toda la información que se generó<br />
en el transcurso de su utilización. Si es un retiro voluntario, el “MUNICIPIO <strong>DE</strong><br />
ENVIGADO” opcionalmente puede indicar el motivo de su retiro. Dicha entrega<br />
se estará haciendo en un plazo no mayor a 20 días hábiles. El formato de los<br />
datos es un archivo plano directo de las tablas, si se requiere un formato o un<br />
tipo de archivo específico, este deberá pagar como desarrollo adicional. Los<br />
datos entregados corresponden a la lista de todo lo creado. Por ejemplo:<br />
Vehículos, proveedores, ordenes, trabajos, repuestos, combustible, llantas, etc.<br />
En Ningún momento la copia de los datos entregada al “MUNICIPIO <strong>DE</strong><br />
ENVIGADO”, posee informes o estadísticas generadas, ni tampoco posee<br />
herramientas o programas para generar informes.<br />
• Finalizado el contrato por las causas que se contemplan en este contrato el<br />
MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO autoriza al contratista a retirar sus datos de la<br />
base de datos y archivos del servidor donde se aloja y después de haberlos<br />
entregado al MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO.<br />
• Existen servicios adicionales y opcionales que no interfieren con la calidad o<br />
cantidad de herramientas necesarias para cumplir el objeto del sistema, como<br />
por ejemplo: El envío de alertas a los celulares de las personas y la<br />
administración de documentos digitales. El “Usuario” de forma opcional puede<br />
tomar estas utilidades sabiendo que tienen un costo independiente a las<br />
relacionadas en este contrato. El costo será informado al “MUNICIPIO <strong>DE</strong><br />
ENVIGADO” al momento de usar las herramientas opcionales. El usuario<br />
acepta y entiende que estas herramientas opcionales no están habilitadas de<br />
forma predeterminada en el sistema.<br />
B) <strong>DE</strong>L MUNICIPIO.-El Municipio de <strong>Envigado</strong> se compromete a:<br />
• El “MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO” no puede sub-arrendar ni ceder a ningún otro<br />
título el producto ofrecido a ninguna otra empresa o persona particular.<br />
• No podrá ceder la autorización de usar el sistema a otras empresas<br />
independientemente de su tipo o relación con el “MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO”<br />
• Los pagos deben ser oportunos y por la totalidad del contrato.<br />
• Si el “MUNICIPIO <strong>DE</strong> ENVIGADO”, termino o le fue terminado el contrato pero<br />
luego quiso retomarlo, indiferentemente de cuánto tiempo permaneció sin el<br />
contrato ó de los motivos que causaron su cancelación, para su activación<br />
deberá efectuar al iniciar, un único pago de reactivación del servicio.<br />
SEPTIMA: CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: EL MUNICIPIO podrá declarar la<br />
caducidad administrativa del contrato cuando se presente alguno de los hechos<br />
constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA,<br />
que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que<br />
pueda conducir a su paralización. La forma y procedimiento para su declaratoria y<br />
sus efectos se regirán por lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. La<br />
declaratoria de caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, que<br />
se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General<br />
de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será<br />
constitutiva del siniestro de incumplimiento.<br />
OCTAVA: CLÁUSULA PENAL: En caso de incumplimiento de EL CONTRATISTA<br />
o de declaratoria de caducidad, EL MUNICIPIO hará efectiva la sanción penal<br />
pecuniaria, la cual tendrá un equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor
total del contrato, una vez ejecutoriada la providencia administrativa<br />
correspondiente y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a<br />
EL MUNICIPIO.<br />
NOVENA: MULTAS: EL MUNICIPIO podrá imponer multas sucesivas y diarias a<br />
EL CONTRATISTA equivalentes al CINCO POR MIL del valor total del contrato,<br />
por cada día en que se retardare o incumpla cualquiera de las obligaciones<br />
contraídas en este contrato, excepto en lo que hace referencia a las garantías que<br />
se pactó un monto específico por su no cumplimiento; sin otro trámite diferente al<br />
consagrado en los artículos 17 de la ley 1150 de 2008 y el 87 del decreto 2474 de<br />
2008 y cuya decisión final, después de haberse agotado el debido proceso, se<br />
radicará en una resolución administrativa que prestará mérito ejecutivo, y sin<br />
perjuicio de que se haga efectiva la cláusula penal y se declare la caducidad del<br />
contrato.<br />
DÉCIMA: MODIFICACIONES, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN <strong>DE</strong>L<br />
<strong>CONTRATO</strong>: En el presente contrato se entienden incorporadas las cláusulas<br />
sobre modificación, terminación e interpretación unilateral del contrato, en los<br />
términos previsto en la Ley 80 de 1993, art. 15, 16 y 17, en la Ley 11590 de 2007 y<br />
demás normas legales vigentes.<br />
DÉCIMA PRIMERA: EXENCIÓN <strong>DE</strong> PAGO <strong>DE</strong> <strong>PRESTACION</strong>ES: De acuerdo<br />
con lo establecido en el inciso 2, numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80/93 y en las<br />
demás normas legales vigentes, EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna<br />
prestación distinta a la pactada en el contrato, razón por la cual con este, no se<br />
genera ningún vinculo laboral entre el Municipio de <strong>Envigado</strong> y el Contratista.<br />
DÉCIMA SEGUNDA: CESIÓN <strong>DE</strong>L <strong>CONTRATO</strong>: EL CONTRATISTA no podrá<br />
ceder los derechos que tenga en el presente, salvo autorización previa y expresa,<br />
del MUNICIPIO. No obstante, el Contratista acepta con la firma del presente<br />
contrato la cesión del contrato a favor del asegurador en el evento que por su<br />
incumplimiento la aseguradora resolviere continuar con la ejecución del contrato y<br />
el Municipio de <strong>Envigado</strong> así lo consienta o acepte.<br />
DÉCIMA TERCERA: INHABILIDA<strong>DE</strong>S E INCOMPATIBILIDA<strong>DE</strong>S: El contratista<br />
declara bajo juramento no hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e<br />
incompatibilidades contempladas en la Constitución Nacional y la ley que le<br />
impidan celebrar y suscribir el presente contrato.<br />
La contravención a lo anterior dará lugar a las sanciones previstas en la Ley.<br />
<strong>DE</strong>CIMA CUARTA: SUPERVISIÓN: La supervisión o interventoría del presente<br />
contrato, será ejercida a través de la Profesional Universitaria LUZ ENID<br />
SANCHEZ TORO, quien controlará su correcta ejecución y cumplimiento, de<br />
acuerdo a lo establecido en el Manual de Contratación adoptado por el Municipio<br />
de <strong>Envigado</strong>.<br />
<strong>DE</strong>CIMA QUINTA: SUSPENSIÓN TEMPORAL <strong>DE</strong>L <strong>CONTRATO</strong>: Por<br />
circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, se podrá de común acuerdo entre<br />
las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante la<br />
suscripción de un Acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo<br />
extintivo se compute el tiempo de la suspensión.<br />
<strong>DE</strong>CIMA SEXTA: SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES:<br />
Los gastos que EL MUNICIPIO haga por concepto del presente contrato, se<br />
imputarán al rubro 2311311612261212006 con base en el Certificado de<br />
Disponibilidad Presupuestal Nº 20100145 y Registro de Disponibilidad<br />
Presupuestal Nº 20100536 del presupuesto de la actual vigencia 2010. Los pagos<br />
al CONTRATISTA se subordinarán a las apropiaciones presupuestales<br />
correspondientes.<br />
<strong>DE</strong>CIMA SEPTIMA: PUBLICACION: El presente contrato deberá publicarse en la<br />
página Web del Municipio de <strong>Envigado</strong>.<br />
<strong>DE</strong>CIMA OCTAVA: PERFECCIONAMIENTO: Para todos los efectos<br />
contractuales, el presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las<br />
partes, y la expedición del CDP, con lo cual se entiende que hay acuerdo sobre el<br />
objeto y la contraprestación; pero para su ejecución la expedición del RDP. Su<br />
ejecución será a partir de la suscripción del acta de inicio.
<strong>DE</strong>CIMA NOVENA: GASTOS <strong>DE</strong>L <strong>CONTRATO</strong>: Todos los gastos que ocasione<br />
el cumplimiento del presente contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA.<br />
VIGESIMA: LIQUIDACIÓN <strong>DE</strong>L <strong>CONTRATO</strong>: El presente contrato se liquidará<br />
dentro de los cuatro meses siguientes a la culminación del plazo contractual, ley<br />
1150 de 2007, artículo 11.<br />
VIGESIMA PRIMERA: RESERVA: EL CONTRATISTA se obliga para con el<br />
MUNICIPIO a no suministrar a terceros ninguna información relacionada con la<br />
ejecución del presente contrato, ni con asuntos propios del MUNICIPIO que no<br />
sean de conocimiento del público.<br />
VIGESIMA SEGUNDA: IN<strong>DE</strong>MNIDAD: El CONTRATISTA se compromete y<br />
obliga frente al Municipio de <strong>Envigado</strong> a mantener indemne a la entidad estatal de<br />
cualquier reclamación (demanda, reclamo, acción legal, costos, entre otros),<br />
provenientes de terceros, que tenga como causa las actuaciones, omisiones,<br />
ocasionadas por el Contratista, subcontratista o sus proveedores durante la<br />
ejecución de los servicios que se contratan.<br />
VIGESIMA TERCERA: DOMICILIO: Para todos los efectos legales, de este<br />
contrato se fija como domicilio el Municipio de <strong>Envigado</strong>.<br />
VIGESIMA CUARTA: DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE INTEGRAL <strong>DE</strong>L<br />
<strong>CONTRATO</strong>: Para los efectos legales, se entienden incorporados al presente<br />
contrato los siguientes documentos: Lista de chequeo, Estudios Previos, copia del<br />
proyecto, certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 20100145, condiciones<br />
mínimas del contrato, invitación, hoja de vida, propuesta, Registro de<br />
disponibilidad presupuestal No. 20100536, designación de interventor, propuesta<br />
presentada por EL CONTRATISTA, cedula de ciudadanía del CONTRATISTA,<br />
DAS, Rut, Certificado de Antecedentes Disciplinarios, constancia de aporte a<br />
Seguridad Social y pensión y Certificado de Boletín Fiscal.<br />
Para constancia se firma el presente contrato a los _________________ del año<br />
dos mil diez (2010).<br />
CLAUDIA M. RODRIGUEZ MONTOYA<br />
Secretaria Administrativa<br />
DAVID ANDRES CARDONA CORREA<br />
Contratista<br />
Vo. Bo. FRANCISCO EDUARDO DUQUE OSORIO<br />
Jefe Oficina Asesora Jurídica<br />
Proyectó / elaboro: Diana N.