31.03.2014 Views

Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado hasta el: 31 ... - Felaban

Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado hasta el: 31 ... - Felaban

Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado hasta el: 31 ... - Felaban

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

disponga, posteriormente, de los niv<strong>el</strong>es mínimos de capital proporcionales al volumen<br />

de actividad y los riesgos asumidos, conforme lo establezca, reglamentariamente, la<br />

Superintendencia. (*)<br />

d) Que mantenga una garantía de cumplimiento determinada por la Superintendencia, en<br />

función d<strong>el</strong> volumen de actividad y los riesgos asumidos, para responder,<br />

exclusivamente, por las operaciones de intermediación bursátil y demás servicios<br />

prestados a sus clientes.<br />

e) Que ninguno de sus directivos, gerentes ni personeros haya sido condenado por d<strong>el</strong>itos<br />

contra la propiedad ni contra la confianza pública, y que sean de reconocida solvencia<br />

moral, con amplia capacidad y experiencia.<br />

f) Los demás requisitos contemplados en esta ley o establecidos, reglamentariamente, por<br />

la Superintendencia.<br />

El puesto de bolsa autorizado deberá iniciar operaciones en un plazo máximo de seis<br />

meses contados a partir de la notificación d<strong>el</strong> acuerdo respectivo; de lo contrario, la<br />

misma bolsa de valores le canc<strong>el</strong>ará la autorización. Esta autorización no es transmisible<br />

ni gravable, directa ni indirectamente.<br />

(*) El capital social mínimo indicado en <strong>el</strong> inciso c) d<strong>el</strong> presente artículo ha sido<br />

modificado mediante SGV-A-132 de 12 de abril d<strong>el</strong> 2007. LG# 101 de 28 de mayo d<strong>el</strong><br />

2007.<br />

(*) El capital social mínimo indicado en <strong>el</strong> inciso c) d<strong>el</strong> presente artículo ha sido<br />

modificado mediante SGV-A-118 de las doce horas d<strong>el</strong> 16 de mayo d<strong>el</strong> 2006. LG# 126<br />

de 30 de junio d<strong>el</strong> 2006.<br />

(*) El capital social mínimo indicado en <strong>el</strong> inciso c) d<strong>el</strong> presente artículo ha sido<br />

modificado mediante SGV-A-76 de las diecisiete horas d<strong>el</strong> 19 de mayo d<strong>el</strong> 2003. LG#<br />

203 de 22 de octubre d<strong>el</strong> 2003.<br />

Ley Reguladora d<strong>el</strong> Mercado de Valores No. 7732Título IV.Puestos de<br />

BolsaCap.únicoArtículo 55.- Constitución de sociedades<br />

Artículo 55.- Constitución de sociedades<br />

El Instituto Nacional de Seguros y cada uno de los bancos públicos quedarán autorizados<br />

para constituir sendas sociedades, en los términos indicados en <strong>el</strong> artículo anterior, con <strong>el</strong><br />

fin único de operar su propio puesto de bolsa y realizar, exclusivamente, las actividades<br />

indicadas en <strong>el</strong> artículo 56. Asimismo, se autorizan para que cada uno constituya una<br />

sociedad administradora de fondos de inversión y una operadora de pensiones, en los

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!