NOMBRE PONS CAÃELLAS GABRIEL - NIF 78208731Z
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puertas ni pasillos de anchura inferior a 1200 mm situados a menos de 400 mm de distancia del primer<br />
peldaño de un tramo.<br />
- Peldaños<br />
1 En tramos rectos, la huella medirá 280 mm como mínimo, y la contrahuella 170 mm como máximo. La<br />
huella H y la contrahuella C cumplirán a lo largo de una misma escalera la relación siguiente:<br />
540 mm < 2C + H < 700 mm<br />
- Configuración de los peldaños.<br />
En las escaleras previstas para evacuación ascendente y en las utilizadas preferentemente por niños,<br />
ancianos o personas con discapacidad no se admiten los escalones sin tabica ni con bocel. Las tabicas<br />
serán verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda de 15º con la vertical (véase figura 4.2<br />
del apartado 4.2.1 del DB-SU-9).<br />
- Pasamanos<br />
1 Las escaleras que salven una altura mayor que 550 mm dispondrán de pasamanos continuo al menos<br />
en un lado. Cuando su anchura libre exceda de 1200 mm, o estén previstas para personas con movilidad<br />
reducida, dispondrán de pasamanos en ambos lados.<br />
2 Se dispondrán pasamanos intermedios cuando la anchura del tramo sea mayor que 2400 mm.<br />
3 El pasamanos estará a una altura comprendida entre 900 y 1100 mm. Para usos en los que se dé<br />
presencia habitual de niños, tales como docente infantil y primario, se dispondrá otro pasamanos a una<br />
altura comprendida entre 650 y 750 mm.<br />
4 El pasamanos será firme y fácil de asir, estará separado del paramento al menos 40 mm y su sistema<br />
de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano.<br />
2.5.3.3 Características de los pasillos.<br />
El ancho de pasillos deberá cumplir con las exigencias de la tabla 4.1 del apartado 4.2 del DB SI-3,<br />
donde se indica que el ancho mínimo será A>P/200,que suponiendo una ocupación máxima de 176<br />
personas, el ancho mínimo será de 0,88 m, si bien el mínimo deberá ser de 1 m. Condición que<br />
cumplimos dado que se tiene un pasillo de 2 metros de ancho.<br />
2.5.4 Resbalacidad de los suelos. Características de los pavimentos.<br />
Por otra parte en aplicación de lo indicado en el DB SU-1 apartado 1 (resbalacidad de los suelos) y con<br />
el fin de limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos del edificio tendrán una clase adecuada conforme<br />
al punto 3 de este apartado, el cual indica:<br />
- Las zonas, consideradas como secas y pendiente inferior al 6%, los suelos se clasificarán como<br />
clase 1 (15