Tercera edad - codhem
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CODHEM<br />
certificadas de la indagatoria TLA/MR/I/216/92 y su<br />
acumulada LVHT/II/932/92, en las que destaca la<br />
determinación de fecha 11 de julio del presente año.<br />
III. SITUACION JURIDICA<br />
El día 7 de agosto de l992, elementos del cuerpo de<br />
socorristas de la Cruz Roja de Villa Nicolás Romero,<br />
México, pusieron en conocimiento del agente Ministerio<br />
Público del Segundo Turno del Hospital de Lomas<br />
Verdes, de Naucalpan de Juárez, México, el ingreso a<br />
ese nosocomio de tres personas del sexo masculino, dos<br />
de las cuales fallecieron en el traslado, los cuales en<br />
vida respondían a los nombres de J. Refugio Villanueva<br />
Paz y Gregorio Sandoval Villalvazo Escudero, y el<br />
tercero de nombre Jesús Murillo Martínez, quien se<br />
encontraba en la sala de quirófano de ese hospital,<br />
todos con lesiones producidas por disparo de arma de<br />
fuego. Con motivo de lo anterior, la Representación<br />
Social inició la averiguación previa LVHT/II/932/92,<br />
ordenando se llevaran a cabo las diligencias tendentes<br />
al esclarecimiento de los hechos, recibiendo la<br />
declaración de Eduardo González Mendiola y dejando las<br />
actuaciones iniciadas al agente del Ministerio Público<br />
de la Mesa <strong>Tercera</strong> de Detenidos de Naucalpan, México,<br />
así como a cinco asegurados (cuatro Policías<br />
Municipales y un lesionado)<br />
El 7 de agosto de l992 en razón de que los indiciados<br />
ocupaban el cargo de Policías Municipales de Villa<br />
Nicolás Romero, el Representante Social adscrito a la<br />
<strong>Tercera</strong> Mesa de Detenidos remitió las actuaciones al<br />
agente del Ministerio Público adscrito a la Mesa de<br />
Responsabilidades de la Subprocuraduría de Justicia de<br />
Tlalnepantla, México, para su prosecución y<br />
perfeccionamiento legal. La agente del Ministerio<br />
Público de la Primera Mesa de Responsabilidades, una<br />
vez que recibió la averiguación previa LVHT/II/932/92<br />
ordenó su radicación bajo el número<br />
TLA/MR/I/2l6/92.En la misma fecha, recabó las<br />
declaraciones de los inculpados Arturo Ambrosio Lora,<br />
Arturo Pastor Alvarez y Bulmaro Ortíz Mendoza.<br />
El 8 de agosto de 1992 la agente del Ministerio Público<br />
adscrita a la Mesa Primera de Responsabilidades<br />
recibió y anexó a la indagatoria los dictámenes en<br />
materia de química, medicina, balística y criminalística;<br />
en la misma fecha la agente del Ministerio Público<br />
adscrita al Primer Turno del Hospital de Traumatología<br />
de Lomas Verdes, recabó la declaración del asegurado<br />
de nombre Jesús Murillo Martínez, así como de varios<br />
testigos de identidad.<br />
El 10 de agosto de 1992, la agente del Ministerio<br />
Público adscrita a la Mesa Primera de<br />
Responsabilidades de Tlalnepantla, México, Lic. Ma. del<br />
Carmen Sánchez Mendoza determinó el ejercicio de la<br />
acción penal en contra de Eduardo González Mendiola,<br />
Arturo Ambrosio Lora, Arturo Pastor Alvarez y Bulmaro<br />
Ortíz Mendoza, como presuntos responsables del delito<br />
de abuso de autoridad cometido en agravio de la<br />
administración pública. En la misma fecha se elaboró el<br />
Pliego de Consignación, con el que remitía las<br />
diligencias de averiguación previa al Juez Penal de<br />
Primera Instancia en turno en el Distrito Judicial de<br />
Tlalnepantla, México. Sin embargo en las copias de las<br />
referidas averiguaciones previas que usted, señor<br />
Procurador General de Justicia se sirvió enviar a este<br />
Organismo, se aprecia que la precitada Representante<br />
Social no firmó la Determinación, ni el Pliego de<br />
Consignación.<br />
En la misma fecha la mencionada agente del Ministerio<br />
Público adscrita a la Mesa Primera de<br />
Responsabilidades acordo dejar en libertad al lesionado<br />
Jesús Murillo Martínez, toda vez que se había<br />
comprobado que no tuvo participación en los hechos<br />
delictivos.<br />
El 13 de julio de 1994 se recibió en este Organismo un<br />
informe procedente de esa Dependencia a su digno<br />
cargo, en el que se observa que el 11 de julio del<br />
presente año el agente del Ministerio Público adscrito a<br />
la Mesa Primera de Responsabilidades de Tlalnepantla,<br />
Lic. Pedro Garnica Reyes determinó que por lo que hace<br />
a los delitos de lesiones y homicidio cometidos en<br />
agravio de Jesús Murillo Martínez y Gregorio Sandoval<br />
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