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Reglamento Bachillerato

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R:\IIC\Acuerdos\<strong>Reglamento</strong> bai.doc<br />

Disposiciones reglamentarias sobre la rendición de la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional 1<br />

en colegios alemanes en el extranjero<br />

- Acuerdo del Consejo de Ministros de Educación de los estados federados<br />

alemanes del 17.06.2005 –<br />

I. Disposiciones generales……………………………………………………… 5<br />

§ 1 Carácter y aplicación de la prueba…………………………….. 5<br />

§ 2 Desglose de la prueba en sus partes …………………………… 6<br />

§ 3 Evaluación en base a notas y sistema de puntos………………. 6<br />

§ 4 Cualificación total para la obtención<br />

del grado de Bachiller…………………………………………… 7<br />

§ 5 Asignaturas relevantes y obligación de rendirlas<br />

para optar al grado de bachiller……………………………….. 8<br />

§ 6 Asignaturas de examen………………………………………… 9<br />

§ 7 Acreditaciones de rendimiento………………………………… 12<br />

§ 8 Procedimiento en casos en los que existan engaño u otras<br />

irregularidades………………………………………………..… 14<br />

II. Comités examinadores y regulaciones generales………………………… 15<br />

§ 9 Comisión examinadora………………………………………… 15<br />

1 Abitur - examen de selección al final de los estudios secundarios (Gymnasium) para el acceso a la<br />

universidad.<br />

1


§ 10 Comités de examinadores por asignaturas…………………… 16<br />

§ 11 Participantes y huéspedes durante los exámenes orales…….. 17<br />

§ 12 Obligación de confidencialidad………………………………. 18<br />

§ 13 Instrucción sobre el reglamento de exámenes………………. 18<br />

III. Preparación de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional……. 19<br />

§ 14 Aviso sobre la aplicación de la prueba.………………….…… 19<br />

§ 15 Postulación del alumno a la prueba………………………….. 19<br />

IV. Admisión a la rendición de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional 20<br />

§ 16 Admisión a la rendición del examen escrito…………………. 20<br />

§ 17 Admisión a la rendición del examen oral<br />

(Conferencia de admisión)……………………………………. 21<br />

§ 18 Procedimiento en los casos de no-admisión a la prueba,<br />

desistimiento o interrupción de la misma<br />

y nueva postulación del alumno a la prueba………………… 21<br />

§ 19 Presentación de los documentos de la prueba………………… 22<br />

V. Aplicación de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional……….. 23<br />

A. Examen escrito…………………………………………………….…… 23<br />

§ 20 Exigencias del examen escrito………………………………… 23<br />

§ 21 Tareas a solucionar en el examen escrito…………………..… 25<br />

§ 22 Presentación y selección de las propuestas de tareas<br />

para el examen escrito………………………………………… 25<br />

2


§ 23 Fecha del examen escrito…………………………….……..… 27<br />

§ 24 Procedimiento durante el examen escrito…………………… 27<br />

§ 25 Corrección, apreciación y evaluación de los<br />

exámenes escritos……………………………………………… 29<br />

§ 26 Entrega de los trabajos del examen…….………………….… 30<br />

B. Examen oral…………………………………………….………….…… 30<br />

§ 27 Asignaturas del examen oral………………………………….. 30<br />

§ 28 Fecha del examen oral………………………………………… 31<br />

§ 29 Reunión preeliminar al examen oral………....………….…… 31<br />

§ 30 Procedimiento durante el examen oral………………….…… 31<br />

§ 31 Configuración del examen oral………………………………. 33<br />

§ 32 Conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong>……………..… 34<br />

§ 33 Comunicación a los examinandos luego de<br />

la conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong>…………...… 35<br />

§ 34 Exámenes orales adicionales en caso que el<br />

examinando lo desee………………………………………..… 36<br />

§ 35 Exámenes orales de la 1ª y la 3ª asignatura de la<br />

prueba de bachillerato…………………………………..…… 36<br />

VI. Grado otorgado por la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional .. 37<br />

§ 36 Verificación de los resultados de la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

(Conferencia sobre término de estudios secundarios y<br />

otorgamiento del grado de bachiller)………………………… 37<br />

3


§ 37 Otorgamiento del grado de bachiller que faculta<br />

al acceso a establecimientos superiores de formación…….… 38<br />

§ 38 Acta de la prueba de <strong>Bachillerato</strong>………………………….… 38<br />

§ 39 Entrega de los documentos de la prueba a custodia………… 38<br />

VII. Procedimiento en los casos de reprobación…………………………… 39<br />

§ 40 Diploma de término de estudios escolares………….………. 39<br />

§ 41 Repetición de la prueba…………………………………….… 39<br />

VIII. Disposición final……..………………………………………………… 40<br />

§ 42 Entrada en vigor……………………………..………………. 40<br />

4


I. Disposiciones generales<br />

§ 1<br />

Carácter y aplicación de la prueba<br />

(1) El <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional es el examen final al término de la<br />

formación escolar de 12 años en colegios alemanes en territorio extranjero. La<br />

gymnasiale Oberstufe, 2 fue establecida según las “Disposiciones para la<br />

implementación de una gymnasiale Oberstufe en la Sekundarstufe II” 3 , acordadas<br />

por el Consejo de los Ministros de Educación de los estados federados de<br />

Alemania en su sesión del 07.07.1972. Esta disposición define, en concordancia<br />

con las directivas fijadas por el Comité del gobierno central y de los estados<br />

federados y según su versión vigente, las directrices para el trabajo escolar en<br />

territorio extranjero (BLASchA 4 ). Se incluyen en la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

Alemán Internacional asignaturas y exámenes relacionados con lenguas<br />

extranjeras, y en el caso de un grado binacional, asignaturas y exámenes del<br />

estado asociado.<br />

(2) Los grados binacionales están basados en acuerdos entre los estados asociados.<br />

(3) El Consejo de Ministros de Educación puede otorgar la autorización a un<br />

establecimiento escolar para aplicar la prueba por primera vez, para lo cual éste<br />

debe elevar la solicitud correspondiente a través de su sostenedor. En este caso<br />

entra a regir en los colegios alemanes en territorio extranjero la prueba del<br />

<strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional, reemplazando al examen de <strong>Bachillerato</strong>,<br />

Selección Universitaria, así como al examen de selección al término de los<br />

estudios secundarios para el acceso a la formación superior.<br />

(4) La prueba del <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional contiene, además de los<br />

exámenes parciales en alemán, también exámenes parciales en la lengua<br />

extranjera/lengua del país en que se realiza la prueba, asegurándose su carácter<br />

internacional a través de la presencia de asignaturas impartidas en ambas lenguas<br />

y/o en lengua extranjera. Las asignaturas bilingües deben corresponder por partes<br />

2 Equivalente a los últimos dos cursos de la enseñanza media chilena, pero con la salvedad de que esta modalidad<br />

de enseñanza, designada como gymnasiale Oberstufe, se aplica sólo a la forma escolar secundaria denominada<br />

Gymnasium y que faculta, a su término, a diferencia de la Hauptschule y la Realschule, al acceso a estudios<br />

universitarios. En esta traducción, se empleará el término alemán en este sentido. Comprende los cursos/las clases<br />

10, 11 y 12.<br />

3 La Sekundarstufe II comprende los cursos/las clases 10, 11 y 12.<br />

4 Bund-Länder-Ausschuss für schulische Arbeit im Ausland: Comité del gobierno central y de los estados federados<br />

para el trabajo escolar en territorio extranjero. A continuación, se usará sólo la sigla BLASchA para referirse a esta<br />

entidad.<br />

5


iguales a las asignaturas impartidas en lengua alemana y a aquellas impartidas en<br />

lengua extranjera o en la lengua del país en cuestión.<br />

(5) La evaluación del rendimiento se debe regir por las estipulaciones contenidas en<br />

el § 3 de estas disposiciones reglamentarias.<br />

§ 2<br />

Desglose de la prueba en sus partes 5<br />

(1) La prueba del <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional consta de tres exámenes de<br />

asignaturas escritas y dos exámenes de asignaturas orales. En el caso de grados<br />

binacionales, será necesario considerar eventuales reglamentaciones del estado<br />

asociado.<br />

(2) El examen oral puede realizarse en forma de coloquio. Véanse para ello las<br />

directrices.<br />

§ 3<br />

Evaluación en base a notas y sistema de puntos<br />

(1) Las mediciones de rendimiento en la gymnasiale Oberstufe 6 , incluida la prueba<br />

de <strong>Bachillerato</strong>, se rigen por la siguiente escala de notas:<br />

muy bueno<br />

bueno<br />

satisfactorio<br />

suficiente<br />

(1) - cuando el rendimiento corresponde a<br />

lo exigido en grado sumo;<br />

(2) - cuando el rendimiento corresponde<br />

plenamente a lo exigido;<br />

(3) - cuando el rendimiento corresponde a<br />

lo exigido en forma general;<br />

(4) - cuando el rendimiento muestra<br />

falencias, pero corresponde aún a lo<br />

exigido en forma general;<br />

5 En esta traducción, se utilizará el término „prueba‟ para referirse a la prueba completa del <strong>Bachillerato</strong> Alemán<br />

Internacional como tal; en cambio, el término „examen‟ será empleado para referirse a los exámenes parciales que la<br />

conforman.<br />

6 Véase nota 2.<br />

6


insuficiente<br />

deficiente<br />

(5) - cuando el rendimiento no corresponde a lo<br />

exigido, pero permite reconocer que los<br />

conocimientos básicos están presentes y que<br />

las falencias pueden corregirse en un tiempo<br />

previsible;<br />

(6) - cuando el rendimiento no corresponde a lo<br />

exigido y además, los conocimientos básicos<br />

son tan incompletos, que las falencias no<br />

pueden ser corregidas en un tiempo<br />

previsible.<br />

(2) Para la conversión de las notas al sistema de puntos, se usará la siguiente clave:<br />

La nota 1 corresponde a 15/14/13<br />

La nota 2 corresponde a 12/11/10<br />

La nota 3 corresponde a 9/8/7<br />

La nota 4 corresponde a 6/5/4<br />

La nota 5 corresponde a 3/2/1<br />

La nota 6 corresponde a 0 puntos.<br />

puntos, según sea la tendencia<br />

de la nota.<br />

puntos, según sea la tendencia<br />

de la nota.<br />

puntos, según sea la tendencia<br />

de la nota.<br />

puntos, según sea la tendencia<br />

de la nota.<br />

puntos, según sea la tendencia<br />

de la nota.<br />

§ 4<br />

Cualificación total para la obtención del grado de Bachiller<br />

(1) La cualificación total, en base a la cual se confiere la facultad de acceso a<br />

establecimientos superiores de formación 7 , se calcula en base a los resultados<br />

de rendimiento en las tres áreas de la fase de cualificación y consta de:<br />

- la cualificación parcial de las notas de asignaturas durante los primeros<br />

tres semestres, que corresponden a las tres asignaturas examinadas en<br />

forma escrita en la prueba de <strong>Bachillerato</strong> y contenidas en la letra A (§ 7<br />

(2));<br />

- la cualificación parcial de las notas de asignaturas en los otras asignaturas<br />

relevantes para el <strong>Bachillerato</strong>, contenidas en la letra B (§ 7 (3));<br />

7 En alemán: Hochschulreife, término cuya traducción puede ser: Diploma de madurez para cursar<br />

estudios superiores, equivalente al grado de Bachiller.<br />

7


- la cualificación parcial del examen, contenida en el área C (§ 7 (4)).<br />

(2) Como cualificación final se pueden alcanzar 900 puntos, distribuidos de la<br />

siguiente manera: 270 puntos en el área A, 330 puntos en el área B y 300 puntos<br />

en el área C.<br />

(3) El grado de Bachiller se otorga cuando se alcanzan como mínimo 300 puntos, a<br />

saber, en el área A 90 puntos, en el área B 110 puntos y en el área C 100<br />

puntos, no siendo posible compensar puntaje faltante con las áreas entre sí.<br />

(4) En el caso de grados binacionales, el Consejo de Ministros de Educación de<br />

los estados federados de Alemania puede convalidar, bajo recomendación del<br />

BLASchA, certificaciones de rendimiento validadas por el estado asociado para<br />

la cualificación.<br />

§ 5<br />

Asignaturas relevantes y obligación de rendirlas para optar al grado de<br />

bachiller<br />

(1) La cualificación total para la postulación al <strong>Bachillerato</strong> comprende como regla<br />

general 10 asignaturas:<br />

a) De de la tres áreas, a saber: área de Lenguaje – Literatura – Arte (I), área de<br />

Sociología (II), área de Matemáticas – Ciencias Naturales – Tecnología (III),<br />

las siguientes asignaturas:<br />

- Alemán<br />

- Matemáticas<br />

- en total, cuatro asignaturas del sector de Lenguas extranjeras, inclusive la<br />

lengua del país asociado, y Ciencias Naturales (Biología, Química, Física),<br />

cuidando que cada una de estas áreas esté considerada con al menos una<br />

asignatura,<br />

- Historia<br />

- una asignatura de Arte (Artes visuales, Música);<br />

b) Religión o bien Ética/Filosofía;<br />

c) Deporte<br />

La asignatura obligatoria de Deporte no pertenece a ninguna área en particular y<br />

debe ser rendida durante toda la fase de cualificación.<br />

8


(2) Bajo las asignaturas relevantes, se consideran también asignaturas impartidas en<br />

forma bilingüe, así como aquellas impartidas en lengua extranjera/lengua del país<br />

asociado. Para más detalles, véanse las directrices.<br />

(3) Durante los cuatro semestres de la fase de cualificación, deben rendirse 28 horas<br />

semanales en el área de Lenguaje – Literatura – Arte; como mínimo 16 horas<br />

semanales en el área de Sociología; y al menos 24 horas semanales en el área de<br />

Matemáticas – Ciencias Naturales – Tecnología; en Deporte, deben rendirse<br />

como mínimo 8 horas semanales.<br />

(4) Las asignaturas relevantes son obligatorias para el examinando durante los cuatro<br />

semestres de la fase de cualificación.<br />

(5) En caso de que no se impartan en el colegio del examinando las asignaturas de<br />

Religión/Ética/Filosofía, la exigencia para la cualificación total abarca como<br />

mínimo nueve asignaturas.<br />

(6) El número de asignaturas relevantes aumenta o puede aumentar en los casos en<br />

que el reglamento del colegio abarque a otras asignaturas adicionales en tanto<br />

obligatorias o electivas, a saber:<br />

- una asignatura adicional en el área de Lenguas Extranjeras/Ciencias<br />

Naturales;<br />

- una asignatura adicional del área de Sociología (Geografía, Ciencias<br />

Sociales/Política, Economía);<br />

- Informática<br />

(7) Una asignatura con menos de dos horas semanales no constituye asignatura<br />

relevante.<br />

(8) Tanto el número de horas de clases como la lengua utilizada en clases en la<br />

asignatura correspondiente requieren de la aprobación por el BLASchA.<br />

§ 6<br />

Asignaturas de examen<br />

(1) Las asignaturas de examen deben estar representadas en cada una de las tres<br />

áreas.<br />

9


(2) Para las asignaturas de examen, rigen los „Requerimientos unitarios para la<br />

prueba de <strong>Bachillerato</strong>‟ (EPA). Aquellos elementos en lengua extranjera que<br />

formen parte de los exámenes, no pueden superar el 50 %. Las excepciones a esta<br />

regla deben ser aprobadas por el presidente del BLASchA del estado federado<br />

respectivo (Secretaría del Consejo de Ministros de Educación de los estados<br />

federados). En el marco de los grados binacionales, puede haber cierto porcentaje<br />

de la prueba que esté bajo la vigilancia del estado asociado.<br />

(3) Cada examinando debe rendir al menos un examen escrito y uno oral en lengua<br />

alemana. Como máximo pueden estar dos asignaturas de examen bajo la<br />

vigilancia del estado asociado.<br />

a) El alemán es asignatura de examen con carácter obligatorio y debe rendirse<br />

en forma escrita.<br />

b) Al postular al examen, el examinando debe nombrar la 2ª y 3ª asignatura a<br />

examinar; a saber, dos de las siguientes asignaturas o áreas:<br />

- Matemáticas;<br />

- una lengua extranjera o bien la lengua del país asociado, las que han<br />

debido ser rendidas hasta el momento de la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

durante al menos seis cursos consecutivos, con al menos cuatro horas<br />

semanales durante los últimos dos cursos superiores. Si una lengua<br />

extranjera/lengua del país asociado ha sido impartida durante más de<br />

seis años, puede impartirse con sólo 3 horas semanales en los últimos<br />

dos cursos;<br />

- una asignatura del área de Sociología (Geografía/Ciencias<br />

Sociales/Política, Historia, Economía) que haya sido impartida en la<br />

Sekundarstufe I 8 , (en el caso de la asignatura de Economía, a más tardar<br />

en el último nivel de enseñanza 9 ) en forma continuada hasta el<br />

momento de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> durante tres cursos consecutivos,<br />

con a lo menos tres horas semanales en los últimos dos cursos<br />

superiores.<br />

- una asignatura del área de Ciencias Naturales (Física, Química,<br />

Biología), que haya sido impartida en la Sekundarstufe I, durante tres<br />

cursos consecutivos, teniendo en los últimos dos cursos superiores no<br />

menos de tres horas semanales hasta el momento de la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>.<br />

8 La Sekundarstufe I corresponde a las clases 5 a 9/10. En el sistema chileno, ello correspondería a los cursos 5º, 6º,<br />

7º, 8º, Iº Medio y IIº Medio.<br />

9 En el texto alemán: En la última Jahrsgangsstufe, tramo o nivel de enseñanza que corresponde en el sistema<br />

alemán a las clases/cursos 10, 11y 12).<br />

10


c) La 4ª asignatura del examen la indica el examinando al momento de postular<br />

al examen. Ésta debe corresponder a una de las asignaturas relevantes, que<br />

no sea asignatura de examen escrito.<br />

d) La 5ª asignatura de examen puede ser elegida por el examinando entre<br />

aquellas asignaturas relevantes que no pertenecen al resto de sus asignaturas<br />

de examen escrito.<br />

(4) La designación de alguna de las asignaturas Religión/Ética/Filosofía, Informática,<br />

Artes visuales o Música como 4ª o 5ª asignatura de examen presupone que la<br />

BLASchA haya dado su consentimiento al colegio para la toma de exámenes en<br />

la asignatura pertinente.<br />

(5) Aparte de la lengua extranjera/lengua del país asociado, puede constituir<br />

asignatura de examen sólo una asignatura impartida en lengua extranjera/lengua<br />

del país asociado en forma adicional a una asignatura de examen impartida en<br />

forma bilingüe.<br />

(6) Para aquellos alumnos que se incorporen al colegio desde otros establecimientos,<br />

rige, en principio, la normativa del colegio que acoge.<br />

En caso de que existan en la carrera escolar del alumno regulaciones especiales<br />

anteriores y distintas a las del establecimiento en el cual ingresa, se hace<br />

necesario solicitar la aprobación por parte del presidente del estado federado<br />

correspondiente de la BLASchA (Secretaría del Consejo de Ministros de<br />

Educación de los estados federados), en cuyo caso debe estar garantizado que se<br />

cumplan las exigencias de una cualificación total, así como las de la prueba<br />

misma del bachillerato establecidas en la normativa presente.<br />

Se debe elevar una solicitud fundamentada previamente a la incorporación del<br />

alumno.<br />

(7) En el caso de que, en base a una regulación especial, se haya permitido una<br />

asignatura obligatoria no contemplada como obligatoria para efectos de la<br />

prueba, y que no pertenece a las asignaturas de examen del examinando, éste no<br />

podrá obtener 0 puntos en esta asignatura durante semestre alguno de los dos<br />

cursos superiores previos a la prueba de <strong>Bachillerato</strong>; para la cualificación,<br />

deberá considerarse a lo menos la nota del último semestre.<br />

11


§ 7<br />

Acreditaciones de rendimiento<br />

(1) En total, deben valorizarse los resultados semestrales de rendimiento en las áreas<br />

A, B, C en las asignaturas que se señalan, según las cantidades estipuladas a<br />

continuación:<br />

Asignaturas<br />

Nota semestral<br />

- Alemán: cuatro<br />

- Matemáticas: cuatro<br />

- Lenguas extranjeras y Ciencias Naturales:<br />

en ambas áreas tomadas en conjunto<br />

mínimo catorce<br />

mas en cada área mínimo cuatro<br />

- área de Sociología: mínimo cuatro<br />

mas en Historia mínimo dos<br />

- área de Arte mínimo tres<br />

- Deporte máximo tres<br />

(2) Área A:<br />

a) En esta área se valorizarán con evaluación doble los puntos alcanzados en<br />

las tres asignaturas de examen escrito durante los tres primeros semestres de<br />

la fase de cualificación.<br />

El puntaje máximo posible en esta área es, entonces:<br />

9 x 15 x 2 = 270.<br />

Puntaje mínimo exigido: 90 puntos<br />

En ninguno de los nueve semestres se pueden obtener en alguna asignatura<br />

de esta área 0 puntos.<br />

b) En a lo menos seis de los nueve semestres deben alcanzarse como mínimo 5<br />

puntos de la evaluación simple.<br />

(El último semestre de la fase de cualificación en las asignaturas de examen,<br />

se valoriza en el área C.)<br />

12


(3) Área B:<br />

a) En esta área se valorizarán con evaluación simple 22 notas semestrales de<br />

las asignaturas relevantes, correspondientes a los cuatro semestres de la fase<br />

de cualificación, que no pertenezcan a las asignaturas de examen escrito del<br />

examinando.<br />

El puntaje máximo posible en esta área es entonces:<br />

22 x 15 x 1 = 330<br />

Puntaje mínimo exigido: 110 puntos<br />

b) Bajo los 22 semestres computables, se deben considerar también las notas<br />

obtenidas en la 4ª y 5ª asignatura de examen oral durante los tres semestres<br />

de la fase de cualificación.<br />

En ninguno de estos tres semestres se pueden obtener en una asignatura de<br />

esta área 0 puntos.<br />

(El último semestre de la fase de cualificación en las asignaturas de examen,<br />

se valoriza en el área C.)<br />

c) En a lo menos 16 de los 22 semestres computables, deben alcanzarse a lo<br />

menos 5 puntos de la evaluación simple.<br />

d) Dentro de las notas de los 22 semestres que deben incluirse en la<br />

cualificación, puede haber hasta 4 notas semestrales pertenecientes a una<br />

misma asignatura.<br />

e) No se puede valorizar un semestre en el que la nota final haya sido 0 puntos.<br />

f) Para una lengua extranjera que se agregue por primera vez, de acuerdo a las<br />

directrices 5.1.3., rige lo siguiente:<br />

En ningún semestre de la fase de cualificación pueden obtenerse 0 puntos.<br />

En esta lengua extranjera deben considerarse para la cualificación total a lo<br />

menos uno de los últimos dos semestres de la fase de cualificación.<br />

(4) Área C:<br />

a) En esta área se valorizarán con evaluación simple las notas del último<br />

semestre de la fase de cualificación en cada una de las cinco asignaturas de<br />

examen, y el resultado de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> con evaluación triple,<br />

debiendo alcanzarse como mínimo 100 puntos.<br />

13


El puntaje máximo posible en esta área es, entonces:<br />

(5 x 15 x 1) + (5 x 15 x 3) = 300<br />

b) En ninguna de las cinco asignaturas de examen se pueden obtener 0 puntos.<br />

c) En caso de que se examine en forma oral una asignatura examinada en forma<br />

escrita bajo vigilancia alemana, se calculan los resultados del examen escrito<br />

y oral según la tabla del anexo 3.<br />

d) La suma de los puntos (el resultado del 4º semestre más asignatura de<br />

examen) debe ser en dos asignaturas de examen de a lo menos 20 puntos en<br />

cada una.<br />

§ 8<br />

Procedimiento en casos en los que existan engaño u otras irregularidades<br />

(1)<br />

a) Quien durante un examen escrito intente, cometa o ayude a cometer alguna<br />

acción engañosa, será excluido de la participación en la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>.<br />

La prueba de <strong>Bachillerato</strong> se evaluará entonces con el calificativo de<br />

„reprobado“.<br />

b) En caso de comprobarse acciones engañosas posteriormente a la entrega<br />

del diploma de <strong>Bachillerato</strong>, la prueba de <strong>Bachillerato</strong> puede ser declarada<br />

como “reprobada“ y el diploma como no válido.<br />

c) Quien incurra en una acción engañosa, en un intento de acción engañosa o<br />

en la ayuda para cometer una acción engañosa en forma reiterada, será<br />

excluido definitivamente de la posibilidad de rendir la prueba y debe<br />

abandonar la gymnasiale Oberstufe 10 .<br />

d) Antes de comenzar el examen escrito, el director del colegio debe advertir<br />

a los examinandos sobre estas medidas.<br />

e) En caso de presentarse una acción engañosa u otra irregularidad, el jefe de<br />

la comisión examinadora aplica las medidas necesarias.<br />

10 Véase nota 2.<br />

14


f) En el caso excepcional de que la situación amerite un trato más bien<br />

benévolo, el director del colegio en conjunto con el profesor de asignatura<br />

y los profesores que integren la comisión examinadora acuerda la<br />

confección de nuevas tareas para el examen.<br />

Con todo, el empleo de esta manera de actuar requiere que se apruebe por<br />

parte del representante del Consejo de Ministros.<br />

(2) Si durante el examen oral se diera un caso de acción engañosa, intento de acción<br />

engañosa o ayuda a una acción engañosa, deben aplicarse las disposiciones<br />

contenidas en el párrafo (1).<br />

(3) Si un examinando se rehusara durante un examen individual a entregar el<br />

rendimiento requerido o si se negara de alguna otra forma a ser evaluado, se<br />

otorgará en lugar de una nota, la evaluación “rendimiento no puede ser<br />

comprobado” que corresponde a una evaluación con 0 puntos.<br />

De igual modo se debe proceder, en caso que el examinando no se presente a<br />

rendir un examen individual.<br />

(4) Si un examinando se rehusara o no se presentara a más de un examen individual,<br />

por causas de su propia responsabilidad, la prueba de <strong>Bachillerato</strong> obtendrá la<br />

evaluación “reprobado”.<br />

II.<br />

Comités examinadores y regulaciones generales<br />

§ 9<br />

Comisión examinadora<br />

(1) Son parte integrante de la comisión examinadora de la prueba de <strong>Bachillerato</strong>:<br />

a) el representante del Consejo de Ministros de Educación en carácter de<br />

jefe de la comisión,<br />

b) en el caso de grados binacionales, eventualmente un representante del<br />

país asociado,<br />

c) el director alemán del colegio o su suplente en casos justificados,<br />

15


d) el profesor-jefe y el coordinador de los dos cursos superiores,<br />

e) el representante de la embajada o del consulado de la República Federal<br />

Alemana correspondiente a la zona en que se encuentra el colegio,<br />

f) un miembro del directorio del colegio<br />

En caso de estar impedido de asistir algún miembro de la comisión, el director<br />

organiza un suplente.<br />

Los integrantes de la comisión no pueden tener vínculos de parentesco o<br />

compartir la vivienda con alguno de los examinandos.<br />

(2) El jefe de la comisión examinadora es nombrado por el presidente del Consejo de<br />

Ministros de Educación de los estados federados, en conjunto con el Ministerio<br />

de Asuntos Exteriores. Conforma también el comité del gobierno central y los<br />

estados federados para el trabajo escolar en territorio extranjero (BLASchA) y<br />

debe contar con la facultad de docencia para la Oberstufe.<br />

(3) Es responsabilidad del jefe de la comisión el que la prueba de <strong>Bachillerato</strong> sea<br />

llevada a buen término según las disposiciones que corresponden; es de su<br />

competencia, además, dadas las diferencias entre los estándares educacionales<br />

propios de cada país, garantizar la correspondencia entre éstos, con el fin de<br />

obtener escalas de medición de resultados adecuadas.<br />

(4) Durante el lapso de tiempo requerido para apersonarse en el colegio, el jefe de la<br />

comisión es reemplazado en la comisión examinadora por el director del colegio.<br />

(5) Luego de remitir los exámenes escritos al colegio junto con sus apreciaciones y<br />

decisiones, el jefe de la comisión examinadora puede delegar la dirección del<br />

resto de los exámenes – siempre y cuando el presidente del estado federado del<br />

BLAschA lo consienta – en la persona del director del colegio. La continuidad de<br />

la supervisión por parte del Consejo de Ministros de Educación debe estar<br />

garantizada.<br />

§ 10<br />

Comités de examinadores por asignaturas<br />

(1) El presidente de los comités de examinadores por asignatura es el jefe de la<br />

comisión examinadora.<br />

Cuando haya exámenes que se desarrollen en forma paralela, podrá él delegar sus<br />

funciones como presidente.<br />

16


(2) Son parte integrante del comité de examinadores por asignatura:<br />

- el presidente,<br />

- el examinador de asignatura,<br />

- el secretario,<br />

- si es posible, un asistente del examinador de asignatura.<br />

(3) El examinador de asignatura es, por regla general, el profesor de asignatura del<br />

examinando durante el último curso.<br />

(4) El director del colegio designa al secretario y al asistente del examinador de<br />

asignatura entre el profesorado de su colegio.<br />

(5) El jefe de la comisión está autorizado a designar a profesores de asignatura de<br />

otros colegios alemanes en territorio extranjero para las funciones de secretario o<br />

asesor de asignatura.<br />

§ 11<br />

Participantes y huéspedes durante los exámenes orales<br />

(1)<br />

(2)<br />

a) En los exámenes orales participan, además de los integrantes de la<br />

comisión examinadora y de los comités de examinadores por asignaturas,<br />

también los otros profesores de la República Federal de Alemania que<br />

están con permiso y que trabajan en el colegio.<br />

b) En el caso de grados binacionales, participa también el representante<br />

designado por el país asociado.<br />

c) Asimismo pueden participar en los exámenes orales los profesores del<br />

colegio que no se encuentran con permiso de la República Federal de<br />

Alemania y que no integran la comisión examinadora como tampoco los<br />

comités de examinadores por asignaturas.<br />

a) Los miembros del directorio del colegio tienen derecho a presencia en<br />

calidad de huéspedes en los exámenes orales.<br />

b) Sobre la presencia de otros huéspedes durante los exámenes orales,<br />

decide el jefe de la comisión.<br />

c) Sobre la presencia de hasta dos alumnos del penúltimo curso en<br />

exámenes orales decide el jefe de la comisión. La condición para permitir<br />

la presencia de éstos, es que el examinando esté de acuerdo.<br />

17


d) Durante las deliberaciones sobre el rendimiento del examinando en el<br />

examen no está permitida la presencia de huéspedes ni alumnos.<br />

(3) La participación en exámenes orales requiere que no exista vínculo de parentesco<br />

con el examinando o que éste comparta la vivienda con algún integrante de la<br />

comisión examinadora.<br />

(4) Respecto de la 5ª asignatura de examen rigen disposiciones especiales (véanse las<br />

directrices).<br />

§ 12<br />

Obligación de confidencialidad<br />

Tanto los integrantes de la comisión examinadora como los de los comités de<br />

examinadores por asignatura, así como los otros participantes y huéspedes de<br />

exámenes orales están obligados a mantener la confidencialidad sobre todos lo que<br />

se desarrolle durante los mismos.<br />

§ 13<br />

Instrucción sobre el reglamento de exámenes<br />

Previamente al inicio de la Oberstufe, el colegio informa a los alumnos y sus<br />

padres y apoderados acerca del reglamento de exámenes.<br />

A más tardar al comienzo del último curso de la Oberstufe, se informa nuevamente<br />

a los alumnos sobre las disposiciones del reglamento de exámenes.<br />

18


III.<br />

Preparación de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional<br />

§ 14<br />

Aviso sobre la aplicación de la prueba<br />

El colegio da aviso a la Secretaría del Consejo de Ministros de Educación de los<br />

estados federados sobre la aplicación del examen de <strong>Bachillerato</strong> en el último<br />

curso en forma oficial a través del consulado, luego de iniciado el año escolar. Este<br />

aviso debe contener:<br />

- la información sobre el primer y el último día de clases, las vacaciones<br />

del año escolar en curso, así como los días festivos del segundo semestre,<br />

- una proposición sobre las fechas del examen escrito (véase § 23) y las del<br />

examen oral (véase § 28),<br />

- la información sobre el número esperado de examinandos,<br />

- la comunicación de que ningún integrante de la comisión examinadora<br />

tiene vínculos de parentesco con alguno de los examinandos y que<br />

ninguno de los examinandos comparte la vivienda con alguno de los<br />

integrantes de la comisión examinadora.<br />

- una solicitud de petición de un jefe de comisión.<br />

El jefe de la comisión fija las fechas de los exámenes.<br />

§ 15<br />

Postulación del alumno a la prueba<br />

(1) Los alumnos postulan en el primer semestre del último curso en la fecha fijada<br />

por el colegio a la prueba de <strong>Bachillerato</strong>, para lo cual deben llenar un formulario<br />

de acuerdo al anexo 4.<br />

(2) Debe adjuntarse a la postulación un historial personal escrito a mano con una<br />

descripción del historial de estudios realizados, la cual debe ser entregada<br />

oportunamente al jefe de la comisión examinadora.<br />

19


IV.<br />

Admisión a la rendición de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán<br />

Internacional<br />

§ 16<br />

Admisión a la rendición del examen escrito<br />

(1) Al término del primer semestre del último curso, se realiza una reunión para<br />

verificar la cualificación parcial de los alumnos en el área A (anexo 5). En esta<br />

conferencia, presidida por el director del colegio, participan al menos el director<br />

suplente del colegio, el profesor-jefe y el coordinador de los dos cursos<br />

superiores.<br />

(2) Los alumnos que cumplen con las condiciones requeridas según § 7 (2), son<br />

admitidos al examen escrito.<br />

En caso contrario, se deja constancia de que la admisión no puede ser concedida<br />

(véase § 18).<br />

(3) Los alumnos que no alcancen a cimplir con las condiciones para la cualificación<br />

parcial en el área B (§ 7 (3)), aun tomando en cuenta resultados óptimos en el<br />

segundo semestre del último curso, no pueden ser admitidos a la rendición del<br />

examen escrito (véase § 18).<br />

(4) En el caso de grados binacionales, el Consejo de Ministros de Educación de los<br />

estados federados puede, siguiendo una recomendación del BLASchA, tomar en<br />

consideración otras regulaciones para la admisión.<br />

(5) Se levanta un acta sobre las deliberaciones y los acuerdos de esta conferencia.<br />

(6) Los resultados de esta conferencia se dan a conocer a los alumnos.<br />

En caso de no ser admitido un alumno, el director del colegio eventualmente debe<br />

comunicarlo por escrito y de inmediato a los apoderados del mismo.<br />

20


§ 17<br />

Admisión a la rendición del examen oral<br />

(Conferencia de admisión)<br />

(1) Al término de las clases del último curso y previamente al examen oral, debe<br />

verificarse en una conferencia, cuya composición está determinada por el § 16, la<br />

cualificación parcial de los alumnos en el área B (§ 7 (3)) (anexo 5).<br />

(2) De estar cumplidas las condiciones mencionadas en el § 7 (3), y de no haber<br />

concluido ninguna de las cinco asignaturas de examen durante el último semestre<br />

del último curso con 0 puntos, se aprueba la admisión del alumno al examen oral.<br />

En caso contrario, se deja constancia de que la admisión no puede ser concedida.<br />

(3) En el caso de grados binacionales, el Consejo de Ministros de Educación puede,<br />

siguiendo una recomendación del BLASchA, tomar en consideración otras<br />

regulaciones para la admisión al examen escrito.<br />

(4) Se levanta un acta sobre las deliberaciones y los acuerdos de esta conferencia.<br />

(5) Los resultados de esta conferencia se dan a conocer a los alumnos.<br />

(6) En caso de no ser admitido un alumno, el director del colegio eventualmente debe<br />

comunicarlo de inmediato a los apoderados del mismo, lo cual debe constar<br />

también en el acta.<br />

§ 18<br />

Procedimiento en los casos de no-admisión a la prueba,<br />

desistimiento o interrupción de la misma y nueva postulación<br />

del alumno a la prueba<br />

(1) Aquellos alumnos que no hayan sido admitidos a la prueba, o bien se desistan de<br />

rendirla al inicio del examen escrito, pueden repetir el segundo semestre del<br />

penúltimo curso y el primer semestre del último curso.<br />

(2) Los alumnos que no hayan sido admitidos al examen oral o que interrumpan el<br />

examen luego de la conferencia, según § 17, debe repetir ambos semestres del<br />

último curso.<br />

21


(3) La prueba de <strong>Bachillerato</strong> se considera como reprobada cuando el alumno no ha<br />

sido admitido o ha desistido de la prueba.<br />

(4) Al verificar si están cumplidas las condiciones para una nueva admisión, y en<br />

caso de repetir semestres el alumno, sólo pueden ser tomadas en cuenta las notas<br />

obtenidas durante la repetición.<br />

(5) El alumno que no sea admitido a la rendición del examen escrito de la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong> luego de tres años y medio de asistencia a la gymnasiale Oberstufe,<br />

debe abandonar la gymnasiale Oberstufe, ya que no alcanza a cumplir con los<br />

requerimientos para la rendición de la prueba dentro del plazo máximo de<br />

permanencia de cuatro años. Sobre excepciones en casos fuertemente<br />

justificados decide el presidente federado del BLASchA.<br />

§ 19<br />

Presentación de los documentos de la prueba<br />

(1) Inmediatamente después de la conferencia según § 16, el colegio presenta al jefe<br />

de la comisión los siguientes documentos:<br />

a) una nómina en orden alfabético de los examinandos según el modelo del<br />

anexo 7;<br />

b) la información sobre el número de alumnos del último curso que no<br />

postularon a la admisión y el número de alumnos que no fueron<br />

admitidos a la rendición del examen escrito;<br />

c) un cuadro con las asignaturas del examen escrito y del oral con la<br />

indicación sobre el número de examinandos en cada asignatura, así como<br />

sobre la respectiva lengua utilizada en clases; además, la información<br />

acerca de qué asignaturas pertenecen a la esfera de responsabilidades del<br />

estado asociado (anexo 6);<br />

d) un informe apreciativo general del curso en cuestión;<br />

e) una fotocopia de la carta de respuesta con el consentimiento respecto de<br />

eventuales regulaciones especiales (véase § 6 (6));<br />

22


f) el acta de la conferencia según § 16.<br />

El jefe de la comisión examinadora está facultado para solicitar otros<br />

documentos que considere necesarios.<br />

(2) A la llegada del jefe de la comisión se le debe hacer entrega de los siguientes<br />

documentos:<br />

a) el acta de la conferencia según § 17;<br />

b) las hojas con las tareas para el examen (para saber el estado actual,<br />

véase anexo 5);<br />

c) el plan general del examen (anexo 8).<br />

V. Aplicación de la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional<br />

A. Examen escrito<br />

§ 20<br />

Exigencias del examen escrito<br />

(1) Las tareas deben dar al examinando la oportunidad de demostrar conocimientos,<br />

y habilidades en metodología, así como capacidad de pensar y juzgar en forma<br />

autónoma.<br />

A la vez, no deben apoyarse demasiado en tareas ya resueltas o que hayan sido<br />

preparadas en clases, hasta tal punto que no requieran de iniciativa propia.<br />

(2) Las tareas deben guardar relación con aquellas realizadas en clases durante la<br />

fase de cualificación y tomar en cuenta contenidos objetivos de ambos cursos.<br />

(3) La propuesta de la tarea debe ser de tal modo que el examinando pueda demostrar<br />

habilidades y conocimientos en los tres grados de destreza requeridos:<br />

23


- El grado de destreza I abarca la reproducción de saber y contenidos<br />

objetivos de un campo limitado en un contexto previamente tratado,<br />

asimismo la descripción y el empleo de técnicas de trabajo y<br />

procesamiento ejercitados en un contexto reproductivo.<br />

- El grado de destreza II abarca la capacidad de explicar, elaborar y exponer<br />

en forma autónoma contenidos objetivos conocidos, así como el empleo y<br />

la transferencia autónomos de lo aprendido a situaciones y contenidos<br />

objetivos análogos nuevos.<br />

- El grado de destreza III abarca la capacidad de elaboración planificada de<br />

contenidos complejos, con el fin de lograr soluciones, fundamentaciones,<br />

conclusiones, interpretaciones y evaluaciones propias.<br />

Con respecto a las indicaciones sobre los grados de destreza requeridos por<br />

asignatura, véanse las especificaciones de los „Requerimientos unitarios para la<br />

prueba de <strong>Bachillerato</strong>‟ (EPA).<br />

(4) No siempre es posible separar limpiamente un grado de destreza de otro. Aunque<br />

las tareas parciales no deberían necesariamente referirse a un solo grado de<br />

destreza, deberían estar orientadas predominantemente a uno en específico.<br />

La propuesta de tareas debe seguir el principio general de una creciente<br />

autonomía del rendimiento requerido para la solución de las tareas del examen.<br />

El grado de independencia requerida se basa, a su vez, en las condiciones previas<br />

dadas por el quehacer en el aula.<br />

(5) La propuesta de tareas debe centrarse en el grado de destreza II. Deben tenerse en<br />

cuenta, además, los grados I y II, favoreciendo empero el grado I frente al grado<br />

III.<br />

(6) En los casos en que sea el estado asociado el responsable de las asignaturas de<br />

examen, rigen las disposiciones sobre el examen escrito de <strong>Bachillerato</strong> del país<br />

de acogida.<br />

24


§ 21<br />

Tareas a solucionar en el examen escrito<br />

(1) La propuesta de tareas para el examen escrito puede hacerse en forma<br />

descentralizada, parcialmente centralizada o centralizada. Los parámetros los fija<br />

el BASchA.<br />

(2) Para la propuesta de tareas para el examen escrito rigen las indicaciones<br />

específicas contenidas en las “Directrices para la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán<br />

Internacional en colegios alemanes en territorio extranjero” en su versión vigente.<br />

§ 22<br />

Presentación y selección de las propuestas de tareas<br />

para el examen escrito<br />

(1) En caso de que las tareas no sean propuestas en forma central, los profesores de<br />

asignatura del último curso presentan propuestas de tareas para su aprobación.<br />

(2) Se deben incluir en estas propuestas observaciones explicativas que orienten a<br />

los examinandos en la elaboración del problema específico. Además, deben<br />

nombrarse recursos auxiliares que serán puestos a su disposición.<br />

(3) Junto con la propuesta de tareas, deben definirse tanto el „horizonte de<br />

expectativas‟ respecto del examinando, vale decir, cuál es la perspectiva de<br />

rendimiento del mismo, como los criterios de evaluación; éstos deben guardar<br />

relación con los tres grados de destreza requeridos y definir lo esperado, en<br />

especial, con relación a las notas de “bueno” y “suficiente”.<br />

En el „horizonte de expectativas‟ deben especificarse en detalle los grados de<br />

destreza requeridos.<br />

(4) A la propuesta de tareas deben añadirse además:<br />

a) la declaración del profesor de asignatura que mantendrá la<br />

confidencialidad;<br />

b) un esquema de los contenidos curriculares de la fase de cualificación<br />

en alemán y en lenguas extranjeras, así como un listado de las lecturas<br />

realizadas;<br />

25


c) los temas de las pruebas escritas en las asignaturas de examen durante<br />

la fase de cualificación hasta la fecha;<br />

d) las fuentes bibliográficas y de otro tipo para los textos y materiales de<br />

las tareas propuestas; la indicación precisa sobre la fuente y el número<br />

de palabras de los textos en lengua extranjera; ayudas en el léxico y,<br />

en caso, modificaciones y reducciones en los textos (véanse las<br />

directrices);<br />

e) eventualmente una solicitud de prolongación del tiempo de trabajo<br />

según § 24 (3).<br />

(5) El director del colegio revisa las propuestas de tareas con respecto a su<br />

concordancia con las estipulaciones contenidas en esta disposición (véanse §§ 20<br />

- 22), las marca con un visto bueno y las envía en un sobre sellado al jefe de la<br />

comisión examinadora. Cada propuesta por asignatura debe ir acompañada de un<br />

sobre sin cerrar y con el nombre correspondiente de la asignatura de examen.<br />

(6) El jefe de la comisión revisa si es que las tareas propuestas son adecuadas,<br />

aprueba las adecuadas, selecciona aquellas destinadas al examen y las remite,<br />

separándolas según asignatura de examen, en un sobre sellado al director del<br />

colegio.<br />

El jefe de la comisión puede modificar tareas propuestas, solicitar nuevas o<br />

proponer él mismo otras.<br />

(7) El sobre con las tareas debe ser abierto el día del examen escrito por el director<br />

del colegio.<br />

En caso que el jefe de la comisión examinadora haya modificado alguna<br />

propuesta, ello debe indicarse en el sobre. En este caso, el director del colegio<br />

abre el sobre un día antes del examen escrito.<br />

Si en una asignatura de ciencias naturales, la tarea tiene una base experimental,<br />

se abre el sobre (marcado previamente con una E por el jefe de la comisión) en<br />

presencia del director del colegio el día anterior al examen, cuando ello haya<br />

sido solicitado por el colegio y aprobado por el jefe de la comisión.<br />

(8) Es responsabilidad de los profesores que proponen las tareas, así como del<br />

director del colegio el que las tareas se den a conocer al examinando recién al<br />

inicio del examen respectivo. Cualquier esbozo de sospecha sobre las tareas<br />

entregadas pone en cuestionamiento el reconocimiento del examen.<br />

26


(9) El director pone en recaudo las propuestas aprobadas pero que no fueron<br />

seleccionadas.<br />

(10) Si un examinando, por causas de fuerza mayor, no puede presentarse a su<br />

examen o debe interrumpirlo, el director del colegio fija una nueva fecha.<br />

En este nuevo examen, se presentan al examinando las tareas que fueron<br />

aprobadas, pero no seleccionadas. Eventualmente, es necesario proponer nuevas<br />

tareas en número suficiente, las que deberán ser aprobadas por el director del<br />

colegio.<br />

(11) Aquellas tareas que fueron aprobadas, pero que aún no han sido usadas,<br />

pueden proponerse, previa actualización, nuevamente. En este caso, deben llevar<br />

una indicación para ser identificadas como tales por el jefe de la comisión.<br />

§ 23<br />

Fecha del examen escrito<br />

La fecha del examen escrito es fijada por el jefe de la comisión de acuerdo con el<br />

director del colegio.<br />

§ 24<br />

Procedimiento durante el examen escrito<br />

(1) A más tardar el último día de clases antes del primer examen escrito, el director<br />

del colegio explica a los examinandos las consecuencias de una acción engañosa<br />

(§ 8).<br />

(2) Los examinandos trabajan en la solución de las tareas bajo supervisión<br />

ininterrumpida de los profesores.<br />

Se debe confeccionar un plano con los lugares donde se sientan los<br />

examinandos.<br />

(3) Los tiempos de trabajo del examen escrito bajo responsabilidad alemana son los<br />

siguientes:<br />

27


a. Alemán: 4 horas de 60 minutos;<br />

b. Lenguas extranjeras/<br />

lenguas del país asociado:<br />

4 horas de 60 minutos<br />

c. Matemáticas: 4 horas de 60 minutos;<br />

d. Sociología: 3 horas de 60 minutos;<br />

e. Ciencias Naturales: 3 horas de 60 minutos.<br />

Los tiempos de las asignaturas bilingües, así como los de las asignaturas<br />

impartidas en lengua extranjera/lengua del país asociado, pueden ser alargados<br />

elevando una solicitud, en un máximo de 60 minutos.<br />

El jefe de la comisión puede, por motivos justificados, acceder a una solicitud de<br />

alargar el tiempo de trabajo en 60 minutos para el examen de Ciencias Naturales,<br />

si es que el examinando necesita realizar un experimento.<br />

(4) El tiempo de trabajo empieza a correr inmediatamente después de presentar al<br />

examinando las tareas, o al término de un experimento realizado por el profesor.<br />

En las asignaturas en las que el examinando puede seleccionar una tarea, el<br />

tiempo de trabajo comienza 20 minutos después de la presentación de las tareas.<br />

El tiempo de trabajo no debe ser interrumpido por pausas.<br />

(5) Para el trabajo y los borradores sólo pueden utilizarse hojas que lleven el sello<br />

del colegio.<br />

(6) Si hay recursos de ayuda que se revelan en el momento como necesarios, y que<br />

no fueron indicados en las propuestas respectivas, el profesor de asignatura debe<br />

anotarlos con posterioridad en la página de cubierta de la propuesta y<br />

documentarlos en el acta (véase párrafo (10)).<br />

(7) Los examinandos no están obligados a desarrollar un bosquejo (punteo).<br />

(8) Cuando haya terminado su trabajo, el examinando lo entrega y sale de la sala de<br />

exámenes.<br />

El colegio debe preocuparse de que no les preste ayuda a los otros examinandos.<br />

Apenas terminado el tiempo de trabajo, se deben entregar todos los trabajos con<br />

sus respectivas hojas adicionales.<br />

(9) Se levanta un acta sobre el examen escrito.<br />

En esta acta debe ir detallado el momento de inicio del trabajo, el momento<br />

preciso en que fue entregado cada trabajo, cuánto tiempo duró la vigilancia por<br />

cada profesor y quiénes de los examinandos salieron de la sala de exámenes y en<br />

28


qué momento lo hicieron; asimismo, cuáles fueron los recursos de ayuda<br />

adicionales (véase párrafo (6)). Cada profesor debe confirmar que durante su<br />

vigilancia, el examen transcurrió sin incidentes inesperados. En caso de que<br />

hubiese ocurrido alguno, debe dejarse una constancia que exponga el caso y las<br />

medidas adoptadas.<br />

§ 25<br />

Corrección, apreciación y evaluación de los exámenes escritos<br />

(1) La corrección de los trabajos escritos debe destacar de qué modo se ponderan las<br />

soluciones, los resultados del análisis, los argumentos formulados por el<br />

examinando y hasta qué punto éste logró una solución de la tarea propuesta en<br />

base a aportes logrados o, por el contrario, aquella se vio afectada por errores<br />

formales o de contenido. Se deben identificar y comentar los aspectos fuertes y<br />

aquellos débiles, específicos en el modo de tratamiento de la disciplina. Errores<br />

graves y continuos en la norma de la lengua o en la forma externa pueden<br />

significar que se reduzcan entre 1 y 2 puntos de la evaluación simple. Las<br />

asignaturas de Alemán y Lenguas extranjeras tienen sus propios criterios de<br />

corrección lingüística.<br />

(2) En el caso de alumnos, cuya lengua materna no sea el alemán, se debe tomar en<br />

cuenta su circunstancia especial para efectos de la evaluación de la norma<br />

lingüística.<br />

(3) El profesor de asignatura confecciona un informe sobre los aspectos positivos y<br />

negativos del trabajo, evaluándolo con una nota y un puntaje (evaluación<br />

simple). El informe debe fundamentar y transparentar la evaluación.<br />

(4) Se debe preparar un informe completo que refleje todos los trabajos del examen<br />

de una asignatura, que contenga específicamente enunciados sobre los resultados<br />

en relación con el rendimiento esperado y justificaciones relativas a una<br />

desviación muy marcada respecto del promedio y las notas de presentación.<br />

(5) Si es necesario desviarse excepcionalmente de los criterios de evaluación<br />

propuestos (véase § 22 (3)), se lo debe justificar frente al jefe de la comisión al<br />

momento de hacer entrega de los trabajos.<br />

(6) El director del colegio designa a un profesor de asignatura para que realice una<br />

segunda corrección de los trabajos. Luego de la corrección, éste o bien confirma<br />

la evaluación ya hecha, o añade una apreciación evaluativa propia con su<br />

29


espectiva justificación según el párrafo (3). La segunda corrección debe poder<br />

ser reconocible claramente (véanse directrices).<br />

(7) El jefe de la comisión, quien fija la evaluación definitiva de los trabajos del<br />

examen (véase § 32 (2)), está facultado a modificar evaluaciones propuestas. En<br />

caso de haber dudas sobre la elaboración autónoma de uno o varios trabajos del<br />

examen, puede él declararlos como nulos y proponer nuevas tareas. Se debe<br />

dejar constancia de las medidas adoptadas.<br />

(8) Para las asignaturas de examen escrito que pertenecen a la esfera de<br />

responsabilidad del estado asociado, rigen las disposiciones sobre corrección y<br />

evaluación fijadas por éste.<br />

(9) Para la apreciación y la evaluación específicas de los trabajos escritos, rigen las<br />

estipulaciones y disposiciones contenidas en la “Directrices para la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional en colegios alemanes en territorio<br />

extranjero”, como asimismo los „Requerimientos unitarios para la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>‟ (EPA) en sus versiones vigentes respectivas.<br />

§ 26<br />

Entrega de los trabajos del examen<br />

Los trabajos escritos pertenecientes a la esfera de responsabilidad alemana,<br />

incluidas las tareas (con horizonte de expectativas) y el informe completo sobre los<br />

trabajos del examen en cada una de las asignaturas, deben ser remitidos<br />

oportunamente al jefe de la comisión examinadora junto con el acta del examen<br />

escrito.<br />

B. Examen oral<br />

§ 27<br />

Asignaturas del examen oral<br />

(1) Las asignaturas del examen oral son las siguientes:<br />

a) la 4ª asignatura elegida según § 6 (3);<br />

30


) la 5ª asignatura elegida según § 6 (3);<br />

c) eventualmente las tres asignaturas del examen escrito (véanse § 6 (3)<br />

a) y b));<br />

d) eventualmente asignaturas que, en virtud de un acuerdo especial con<br />

el país de acogida según § 6 (3), han sido aprobadas como asignaturas<br />

de examen oral.<br />

(2)No está permitido liberar a un alumno de la rendición de exámenes orales.<br />

§ 28<br />

Fecha del examen oral<br />

La fecha del examen oral es fijada por el jefe de la comisión de acuerdo con el<br />

director del colegio.<br />

§ 29<br />

Reunión preeliminar al examen oral<br />

(Conferencia preliminar)<br />

Antes del inicio de los exámenes orales de la 4ª y 5ª asignatura, se realiza una<br />

reunión preliminar acerca del procedimiento y la configuración de los exámenes<br />

orales, en la que participan el jefe de la comisión y los miembros de los comités de<br />

examinadores por asignaturas.<br />

§ 30<br />

Procedimiento durante el examen oral<br />

(1) Los exámenes orales se llevan a cabo bajo la modalidad de exámenes<br />

individuales. Para la configuración de la 5ª asignatura de examen, rigen<br />

estipulaciones especiales (véanse la directrices).<br />

(2) Se informa a los examinandos sobre el orden secuencial de los exámenes. Éstos<br />

están obligados a presentarse en las fechas fijadas.<br />

31


(3) Los examinandos se preparan bajo la supervisión de los profesores. El director<br />

del colegio confecciona el plan de vigilancia.<br />

El tiempo de preparación supone, por regla general, 20 minutos.<br />

Si el jefe de la comisión está de acuerdo, pueden concederse para las asignaturas<br />

del área de Ciencias Naturales 90 minutos y para las del área de Arte hasta 180<br />

minutos de preparación.<br />

Durante la preparación, cuya duración debe constar en el acta, el examinando<br />

puede hacerse apuntes para su disertación.<br />

Se debe dejar constancia en el acta de eventuales incidentes inesperados en la<br />

sala de preparación.<br />

(4) Es necesario proponer en cada examen una tarea nueva, limitada y en forma<br />

escrita al examinando. Los textos u otros contenidos presentados deben ir<br />

complementados por instrucciones de trabajo. A este respecto rige sin<br />

modificaciones el § 31 (4).<br />

Los textos deben tener una extensión acorde al tiempo de preparación<br />

disponible, y tener sus líneas numeradas.<br />

(5) Se deben entregar las tareas para el examen oral al jefe de la comisión<br />

oportunamente antes del inicio del examen. La fecha de entrega la determina el<br />

jefe de la comisión.<br />

El examinador de asignatura añade a la tarea propuesta, en forma escueta, una<br />

referencia a los contenidos trabajados en aula y al horizonte de expectativas.<br />

(6) Por regla general, el examen oral es conducido por el examinador de asignatura<br />

(véase § 10 (3)), aunque el presidente está facultado para dirigir preguntas al<br />

examinando y para continuar él mismo con el examen.<br />

(7) La duración del examen oral es, por regla general, de 20 minutos. Durante el<br />

coloquio de la 5ª asignatura de examen, la duración de 20 minutos del examen<br />

se prolonga en 10 minutos adicionales por cada examinando que continúa en la<br />

lista.<br />

(8) El comité de examinadores por asignatura delibera sobre el rendimiento<br />

mostrado por cada examinando en el examen oral.<br />

El presidente del comité fija la nota y el puntaje.<br />

32


(9) El jefe de la comisión decide los pasos a seguir respecto de los examinandos<br />

que no pudiesen asistir al examen o tuviesen que interrumpirlo.<br />

(10) Se levanta un acta sobre cada examen individual, en la cual consten la<br />

asignatura de examen, el tiempo de inicio y término del mismo, así como el<br />

nombre del examinando, del examinador y del secretario; además, deben<br />

anotarse el modo de solución de la tarea por parte del examinando y la<br />

conversación sostenida con éste durante el examen.<br />

Las formulaciones del acta deben ser inequívocas y comprensibles; los<br />

resultados de las deliberaciones deben registrarse con sus respectivas<br />

justificaciones.<br />

(11) Para las asignaturas pertenecientes a la esfera de responsabilidad del estado<br />

asociado, rigen las estipulaciones acordadas.<br />

§ 31<br />

Configuración del examen oral<br />

(1) Los exámenes orales en las asignaturas elegidas por los examinandos según § 6<br />

(3) c) y d) como 4ª y 5ª asignatura de examen, se llevan a cabo antes de la<br />

conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong> (§ 32) y son presididos por el jefe de<br />

la comisión.<br />

(2) Cada examen debe configurarse de tal manera que los examinandos puedan<br />

demostrar que poseen conocimientos seguros y ordenados, que están<br />

familiarizados con el modo de trabajar en la asignatura, que están capacitados<br />

para la comprensión y la apreciación de los contenidos disciplinarios; igualmente<br />

deben poder evidenciar que son capaces de pensar en forma autónoma, de<br />

comprender los contenidos en contextos disciplinarios más amplios, y de<br />

exponer los temas adecuadamente.<br />

Sin perjuicio del hecho de que el tiempo restringido de un examen haga<br />

necesaria la concentración en un tema, el examen oral no puede limitarse sólo a<br />

la materia tratada durante un semestre. Tampoco puede ser una simple repetición<br />

de los contenidos del examen escrito.<br />

Por último, las tareas no deben estar tampoco dispuestas de tal manera, que el<br />

objetivo sea lograr una cierta evaluación predeterminada.<br />

33


(3) En el examen, los examinandos deben primeramente tratar de solucionar la tarea<br />

preparada por medio de una disertación coherente.<br />

No les está permitido leer los apuntes hechos en la sala de preparación, ni<br />

tampoco reproducir contenidos disciplinarios que no guarden relación con el<br />

tema. Se equivoca igualmente el sentido del examen si el examinador hace<br />

preguntas minuciosas sobre aspectos puntuales del contenido.<br />

(4) La conversación sobre el tema debe más bien centrarse en contextos<br />

disciplinarios más amplios, derivados de la tarea propuesta. Si ello se ve<br />

impedido por falta de conocimientos del examinando, el examinador se enfocará<br />

en otro ámbito.<br />

(5) Con respecto a la realización de los exámenes orales y a la evaluación de los<br />

resultados alcanzados en los exámenes, consúltense los acuerdos del Consejo de<br />

Ministros de Educación de los estados federados sobre „Requerimientos<br />

unitarios para la prueba de <strong>Bachillerato</strong>‟ (EPA).<br />

(6) Los exámenes en las asignaturas bilingües deben ser aplicados en alemán y en<br />

lengua extranjera/lengua del país asociado. Para más detalles, véanse las<br />

directrices.<br />

§ 32<br />

Conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

(1) Luego de realizados los exámenes de la 4ª y 5ª asignatura de examen, el jefe de<br />

la comisión se reúne con los integrantes de la comisión examinadora, los<br />

miembros de los comités de examinadores por asignaturas y los restantes<br />

profesores de asignatura del curso para realizar la conferencia sobre la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>.<br />

Se recuerda nuevamente la obligación de confidencialidad según § 12.<br />

(2) El jefe de la comisión expresa su opinión sobre el curso que está siendo<br />

examinado y los trabajos del examen escrito. Se fijan definitivamente los<br />

resultados de los trabajos de los exámenes escritos.<br />

(3) Se determinan los resultados obtenidos por cada examinando en los exámenes<br />

orales de la 4ª y 5ª asignatura.<br />

34


(4) El jefe de la comisión determina luego de la deliberación, para cuáles asignaturas<br />

de examen escrito deben fijarse exámenes orales.<br />

a) Se fija un examen oral, en los casos en que el resultado del examen escrito<br />

tenga una variación de 4 o más puntos con respecto al puntaje promedio de<br />

las notas de la asignatura en ambos semestres del último curso.<br />

Sobre excepciones a esta regla decide el jefe de la comisión.<br />

b) Se fijan exámenes orales adicionales, en los casos en que, si bien no están<br />

cumplidas las condiciones del área a examinar ((§ 7 (4)), hay probabilidades<br />

de que el examinando pueda aprobar la prueba de <strong>Bachillerato</strong> sometiéndose<br />

a exámenes adicionales.<br />

c) Además de estos casos, el jefe de la comisión está facultado para fijar<br />

exámenes adicionales de acuerdo con los miembros de la conferencia.<br />

(5) No se fija un examen oral respecto de las asignaturas de examen escrito en los<br />

casos en que, basándose en los resultados tanto del examen escrito como de las<br />

partes rendidas de la cualificación total, y aun alcanzando el máximo puntaje en<br />

exámenes adicionales, no sea posible para un examinando aprobar la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>. En este caso, la prueba se considera como reprobada.<br />

(6) Se levanta un acta sobre la conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong>.<br />

§ 33<br />

Comunicación a los examinandos luego de la conferencia sobre la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong><br />

(1) Luego de la conferencia sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong>, se entrega a todos los<br />

examinandos un formulario rellenado (anexo 9) con los siguientes datos:<br />

- el puntaje total de la cualificación parcial en las áreas A y B,<br />

- los resultados de los trabajos escritos,<br />

- el puntaje alcanzado en las asignaturas de examen en el último<br />

semestre del último curso,<br />

- los resultados de los exámenes orales en la 4ª y 5ª asignatura,<br />

- eventualmente los resultados de los exámenes orales fijados para las<br />

asignaturas de examen escrito.<br />

35


La entrega de los formularios se realiza a los examinandos en su conjunto.<br />

(2) En esta ocasión, el director del colegio da también a conocer a los examinandos<br />

la fecha de inicio de los exámenes orales adicionales, y les recuerda que cada<br />

uno de ellos debe informarse sobre su fecha en particular.<br />

§ 34<br />

Exámenes orales adicionales, en caso que el examinando lo desee<br />

(1) Los examinandos tienen la posibilidad de inscribirse en un máximo de dos<br />

exámenes orales adicionales para asignaturas de examen escrito pertenecientes a<br />

la esfera de responsabilidad alemana, y para las cuales no está fijado un examen<br />

oral, según § 32 (4).<br />

Para informarse sobre ello, se les ofrece una asesoría.<br />

(2) La postulación por escrito a exámenes orales adicionales debe estar en poder del<br />

colegio a más tardar durante la mañana del día siguiente a la conferencia sobre la<br />

prueba de <strong>Bachillerato</strong> hasta las 12.00 hrs. del día.<br />

(3) El examinando no puede desistir de exámenes elegidos por él mismo.<br />

§ 35<br />

Exámenes orales de la 1ª y la 3ª asignatura de la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

(1) El examen oral en las asignaturas de examen escrito pertenecientes a la esfera de<br />

responsabilidad alemana, se inicia el segundo día hábil, luego de la conferencia<br />

sobre la prueba de <strong>Bachillerato</strong>.<br />

(2) Se da a conocer el calendario de exámenes orales, de acuerdo al plazo fijado en<br />

§ 34 (2).<br />

(3) Si es que, y de acuerdo a § 32 (4) b), se hubiesen fijado exámenes orales para las<br />

asignaturas de examen escrito, se tomarán únicamente tantos exámenes como sea<br />

necesario para aprobar (véase § 7 (4)).<br />

Una vez cumplidas estas condiciones, se informa al examinando.<br />

36


Si se evidencia que las condiciones ya no pueden ser cumplidas, se da por<br />

terminado el examen, en cuyo caso la prueba de <strong>Bachillerato</strong> se considera como<br />

reprobada.<br />

VI.<br />

Grado otorgado por la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional<br />

§ 36<br />

Verificación de los resultados de la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

(Conferencia sobre término de estudios secundarios y otorgamiento del grado<br />

de bachiller)<br />

(1) En la conferencia sobre término de estudios secundarios y otorgamiento de<br />

grado, participan los integrantes de la comisión examinadora. En el caso de<br />

grados binacionales, se invita al representante del estado asociado.<br />

(2) En esta conferencia de término se determina el puntaje alcanzado por los<br />

examinandos en las respectivas áreas examinadas (§ 7 (4)) (anexo 5).<br />

(3) Se determina el puntaje respectivo de la cualificación total y la nota promedio de<br />

los examinandos y, a continuación, se les informa (anexo 2).<br />

(4) Si las condiciones mencionadas en § 7 han sido cumplidas, la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong> está aprobada. En caso contrario, la prueba se declara como<br />

reprobada.<br />

(5) Si se comprueba que un examinando no ha aprobado la prueba, el director del<br />

colegio lo comunica de inmediato a sus padres y/o apoderados.<br />

(6) Se levanta un acta sobre la conferencia sobre término de estudios secundarios y<br />

otorgamiento del grado de bachiller.<br />

37


§ 37<br />

Otorgamiento del grado de bachiller que faculta al acceso a<br />

establecimientos superiores de formación<br />

A los examinandos que hayan aprobado la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán<br />

Internacional, se les reconoce la facultad general para el acceso a establecimientos<br />

superiores de formación 11 .<br />

Se les hace entrega de un diploma en ambos idiomas sobre la prueba en base al<br />

modelo del anexo 1.<br />

En el caso de grados binacionales, el diploma informa sobre la prorrata de cada<br />

estado asociado.<br />

§ 38<br />

Acta de la prueba de <strong>Bachillerato</strong><br />

El acta sobre la prueba del <strong>Bachillerato</strong> comprende:<br />

a. el acta sobre las conferencias según § 16, § 17, § 32 y § 36;<br />

b. las actas sobre los exámenes escritos (§ 24);<br />

c. las actas sobre los exámenes orales y la vigilancia en la sala de<br />

preparación (§ 30).<br />

§ 39<br />

Entrega de los documentos de la prueba a custodia<br />

(1) Los trabajos escritos de los examinandos, así como las actas de los exámenes y<br />

el duplicado de los diplomas se guardan en los depósitos de actas del colegio.<br />

(2) El colegio remite a la Secretaría del Consejo de Ministros de Educación de los<br />

estados federados y al jefe de la comisión un cuadro sinóptico con los resultados<br />

obtenidos por cada examinando en la prueba de <strong>Bachillerato</strong>, según anexo 10.<br />

11 Hochschulreife: diploma de madurez que faculta al alumno para realizar estudios superiores.<br />

38


(3) Si es que los examinandos lo desean, se les permite (eventualmente junto con sus<br />

apoderados), una vez concluida la prueba y en presencia de un profesor, revisar<br />

sus trabajos escritos (mas no los otros documentos de la prueba). No se permite<br />

extraer partes, hacer fotocopias o copiar a mano de los mismos.<br />

El director del colegio designa al profesor que supervisará y la fecha de la<br />

revisión.<br />

VII. Procedimiento en los casos de reprobación<br />

§ 40<br />

Diploma de término de estudios escolares 12<br />

Los alumnos que no hayan aprobado la prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán<br />

Internacional y se retiren del colegio, reciben un diploma sobre término de estudios<br />

escolares.<br />

Este documento no contiene la referencia a la reprobación de la prueba de<br />

<strong>Bachillerato</strong>.<br />

§ 41<br />

Repetición de la prueba<br />

(1) La prueba de <strong>Bachillerato</strong> Alemán Internacional que no ha sido aprobada, puede<br />

repetirse en forma completa por única vez después de transcurrido un año.<br />

(2) Excepcionalmente y en casos justificados, el presidente federado del BLASchA<br />

puede acceder a una segunda repetición. Con ello, el plazo máximo de<br />

permanencia en la gymnasiale Oberstufe de cuatro años puede ser excedido en<br />

un año.<br />

12 El Abgangszeugnis, a diferencia del Abschlusszeugnis, indica que los estudios escolares se finalizaron,<br />

mas sin alcanzar un grado.<br />

39


(3) En caso de repetición, es necesario postular nuevamente a la admisión a los<br />

exámenes escrito y oral. Se considerarán únicamente las notas de los semestres<br />

rendidos por segunda vez. El puntaje alcanzado en el primer intento de la prueba<br />

en su parte de exámenes no se considerará.<br />

(4) Una prueba de <strong>Bachillerato</strong> que ha sido aprobada no puede ser repetida.<br />

VIII. Disposición final<br />

§ 42<br />

Entrada en vigor<br />

Esta disposición entra en vigor el día de la toma de decisión y se aplica por primera<br />

vez a los alumnos que comienzan la fase introductoria de la gymnasiale Oberstufe<br />

en el año escolar 2005/06.<br />

Traducción al español realizada por Mónica Valenzuela Recchione<br />

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