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LA ENERGÍA FOTOVOLTAICA CONQUISTA EL MERCADO

ENERGIA SOLAR APLICADA EN LAS NUEVAS EDIFICACIONES

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En definitiva no ha sido un año fácil para saber cuál era el marco vigente en<br />

cada memento. Por esta razón se hace necesario un resumen cronológico<br />

para clarificar el año regulatorio.<br />

Real Decreto Ley 2/2013<br />

El 1 de febrero el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 2/2013 de medidas<br />

urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero. Entre las medidas<br />

urgentes se introducía una nueva modificación restrictiva a la remuneración<br />

del régimen especial de generación. La medida consistía en que las primas<br />

no se van a actualizar conforme al IPC, como marcaba la ley, sino en función<br />

de un nuevo indicador que generaba una actualización de las primas muy<br />

por debajo el coste de la vida. En definitiva una forma de erosionar el incentivo<br />

hasta hacerlo irrelevante. Este RDL fue convalidado por el Congreso de<br />

los Diputados mediante resolución el 14 de febrero.<br />

Ley 3/2013<br />

El 4 de junio, mediante la Ley 3/2013 el Gobierno aprueba la creación de la<br />

Comisión Nacional de Mercados y Competencia que suponía la fusión de<br />

varios organismos reguladores bajo una única entidad, la asunción de una<br />

parte de las competencias de la Comisión Nacional de la Energía y la desaparición<br />

de esta última. España adoptó el sistema de reguladores independientes<br />

más por imposición que por devoción. Esto ha provocado que<br />

dichos organismos siempre hayan estado muy controlados por el poder político.<br />

Esta crítica también es asumible si se analiza la vida de la CNE. Sin<br />

embargo, en comparación con la nueva entidad definida por este Gobierno<br />

la extinta Comisión de la Energía era un dechado de independencia y virtud<br />

técnica. Aprovechando la corriente de reducción de gasto público el nuevo<br />

ente que debe velar por la independencia y la competencia en el sistema<br />

eléctrico tiene menos competencias, está más controlado por el Gobierno<br />

y sus órganos de gobierno tienen un menor conocimiento de las particularidades<br />

de nuestro mercado. En definitiva la Comisión Nacional de Mercados<br />

y Competencia es una versión menor y domesticada de lo que debería ser<br />

un organismo regulador homologable en el ámbito europeo.<br />

35<br />

UNEF. INFORME ANUAL 2014<br />

Real Decreto Ley 9/2013<br />

Hasta ese momento la actividad regulatoria del Gobierno no se apartaba de<br />

los cauces habituales incluso con la limitación de competencias al organismo<br />

regulador supuestamente independiente.<br />

A partir del mes de julio se abrió una nueva etapa disruptiva con la aprobación<br />

del Real Decreto Ley 9/2013 12 de julio, por el que se adoptaban medidas<br />

urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. En<br />

esencia se trata de una enmienda a la totalidad al marco normativo vigente,<br />

la Ley 54/2013, mediante un instrumento inapropiado y que no permite el<br />

necesario debate ante el calado de la reforma. Para el sector renovable en<br />

general y el fotovoltaico en concreto supone una norma fundamental ya que<br />

modifica el sistema de retribución de las plantas existentes carácter retroactivo<br />

eliminando de facto el sistema vigente hasta su publicación.

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