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DECRETO 1809 (3 AGOSTO DE 1994) "Por el cual se ... - VERTIC

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A las <strong>se</strong>siones d<strong>el</strong> Comité, podrán asistir en calidad de invitados personascuyos conocimientos tengan afinidad con los temas que <strong>se</strong> va a debatir, previacitación d<strong>el</strong> Secretario d<strong>el</strong> Comité.El Comité podrá <strong>se</strong>sionar válidamente con la asistencia de cinco de susmiembros y las decisiones <strong>se</strong> tomarán por mayoría.ARTICULO 7.- El Comité de Armas d<strong>el</strong> Ministerio de Defensa Nacional,estudiará y decidirá sobre todas ñas peticiones que <strong>se</strong> formulen, por conductode la autoridad militar competente, para expedir y revalidar permisos paratenencia y para porte, en r<strong>el</strong>ación con armas, municiones y explosivos de usorestringido. Para tales, fines además de las atribuciones <strong>se</strong>ñaladas por la ley,cumplirá las siguientes funciones.a. Decidir, previo concepto favorable de la Superintendencia de Vigilancia ySeguridad Privada, sobre la autorización para expedir <strong>el</strong> permiso detenencia o porte de armas de uso restringido, a las empresas, personas oentidades que <strong>se</strong> encuentren inscritas y reguladas por aqu<strong>el</strong>laSuperintendencia.b. Decidir sobre las solicitudes que tengan como finalidad obtener los permisode porte de armas de uso restringido, a quienes demuestren estar incurso<strong>se</strong>n las circunstancias contempladas en <strong>el</strong> literal c. d<strong>el</strong> artículo 34 d<strong>el</strong>Decreto 2535 de 1993, de conformidad con lo estipulado en <strong>el</strong> inciso 2º d<strong>el</strong>artículo 23 d<strong>el</strong> mismo decreto.c. conceptuar sobre la suspensión y canc<strong>el</strong>ación de los permiso para porte opara tenencia, a personas naturales, jurídicas o inmuebles rurales.d. Recomendar a las autoridades militares competentes la suspensiónprovisional de venta de armas, municiones y explosivos, cuando a su juicioestime necesaria tal medida, para la pre<strong>se</strong>rvación d<strong>el</strong> orden público y la<strong>se</strong>guridad ciudadana.e. Recomendar políticas generales en materia de adquisición de armas ysobre la venta de municiones y explosivos, y recomendar políticasgenerales en materia de importación y exportación de armas, municiones yexplosivos.f. Expedir <strong>el</strong> reglamento para ad<strong>el</strong>antar <strong>el</strong> control sobre los <strong>el</strong>ementosrequeridos para uso industrial, que sin <strong>se</strong>rlo individualmente, en conjunto .conforman sustancias explosivas y sobre los <strong>el</strong>ementos que sin <strong>se</strong>rlo demanera original, mediante un proceso pueden transformar<strong>se</strong> en explosivos.ARTICULO 8º. Para los efectos previstos en <strong>el</strong> ordinal d) d<strong>el</strong> artículo 33 d<strong>el</strong>Decreto 2535 de 1993, establecen<strong>se</strong> como causales de no expedición d<strong>el</strong>certificado médico de aptitud psicofísica para <strong>el</strong> uso de armas las siguientes:1. VISITA.

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