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La Fianza de Cumplimiento a Primer Requerimiento: una ... - CNSF

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En efecto, quien <strong>de</strong>be tener más interés en el procedimiento <strong>de</strong> reclamación es el fiado, puesfinalmente la obligación garantizada es a su cargo y tiene obligación <strong>de</strong> reembolsar a laafianzadora al momento <strong>de</strong> que ésta pague, por tanto: ¿Dón<strong>de</strong> queda su responsabilidad, sucarga legal, <strong>de</strong> cuidar la diligencia en el cumplimiento y en su caso aportar a la afianzadora laspruebas concluyentes que <strong>de</strong>muestren que ha cumplido con su parte <strong>de</strong>l contrato? Hoy en díaesa responsabilidad es relativa pues el fiado se preocupa <strong>de</strong> las pruebas hasta que laafianzadora le notifica que ha recibido la reclamación <strong>de</strong> pago y le pi<strong>de</strong> las pruebas que<strong>de</strong>muestren que ha cumplido, conforme al artículo 118 bis <strong>de</strong> la Ley Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong> Instituciones <strong>de</strong><strong>Fianza</strong>s.Des<strong>de</strong> luego que al reducir el tiempo para dictaminar y pagar la reclamación la afianzadora<strong>de</strong>be mejorar sus procesos <strong>de</strong> obtención <strong>de</strong> garantías, <strong>de</strong>be seleccionar a sus clientes y <strong>de</strong>beanalizar la naturaleza <strong>de</strong> la obligación a garantizar. Esto significar especializarse aun más. Encompensación la afianzadora mejora su imagen, obtiene certeza jurídica en la recuperación <strong>de</strong>lo que llegue a pagar (no <strong>de</strong> solvencia <strong>de</strong>l <strong>de</strong>udor sino en cuanto a la legalidad <strong>de</strong>l pago querealizó), y coadyuva en la selección <strong>de</strong> fiados pues avalará la solvencia moral y económica <strong>de</strong>ellos (lo que da certidumbre en que cumplirán la obligación) bajo pena <strong>de</strong> perjudicarse ellasmisma al correr el riesgo <strong>de</strong> no recuperar <strong>de</strong>l <strong>de</strong>udor lo que llegare a pagar por concepto <strong>de</strong>reclamación.<strong>La</strong> fianza a primer requerimiento es un paso al futuro, en nuestra opinión infranqueable, puessu flexibilidad y certeza dan confianza a los beneficiarios <strong>de</strong> fianza, que <strong>de</strong> otra maneraseguirán buscando alternativas más seguras. De hecho, nos parece que con esta modalidad <strong>de</strong>garantía pue<strong>de</strong>n volver fianzas que se han <strong>de</strong>jado <strong>de</strong> usar como la <strong>de</strong> sostenimiento <strong>de</strong>oferta, don<strong>de</strong> las dificulta<strong>de</strong>s para el cobro inhibieron su uso, lo cual <strong>de</strong> paso perjudico alsector al excluirlo un nicho atractivo <strong>de</strong> negocio.21

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