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DECRETO SUPREMO N° 146 del Ministerio Secretaría ... - Asimet

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TITULO IIIDE LOS NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLESDE PRESIÓN SONORA CORREGIDO4º.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisorade ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores que se fijana continuación: Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuentefija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valoresque se fijan a continuación:NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PRESIÓNSONORA CORREGIDOS (NPC) EN dB(A) LENTOde 7 a 21 Hrs.de 21 a 7 Hrs.Zona I 55 45Zona II 60 50Zona III 65 55Zona IV 70 705º.- En las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de unafuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar alruido de fondo en 10 dB(A) o más. En las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos que seobtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre elreceptor, no podrán superar al ruido de fondo en 10 dB(A) o más.6º.- Las fuentes fijas emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presiónsonora corregidos correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor. Las fuentes fijas emisorasde ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidoscorrespondientes a la zona en que se encuentra el receptor.TITULO IVDEL INSTRUMENTO DE MEDICIÓN7º.- Las mediciones se efectuarán con un sonómetro integrador que cumpla con las exigenciasseñaladas para los tipos 0, 1 ó 2, establecidas en las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional(International Electrotechnical Commission, IEC Standard), publicaciones Nº 651 "Sonómetros" ("So undLevel Meters"), primera edición de 1979; y Nº 804 "Sonómetros Integradores -promediadores"("Integrating-averaging Sound Level Meters"), primera edición de 1985. Lo anterior podrá acreditarsemediante certificado de fábrica <strong>del</strong> instrumento. Las mediciones se efectuarán con un sonómetrointegrador que cumpla con las exigencias señaladas para los tipos 0, 1 ó 2, establecidas en las normasde la Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission, IEC Standard),publicaciones Nº 651 "Sonómetros" ("Sound Level Meters"), primera edición de 1979; y Nº 804"Sonómetros Integradores-promediadores" ("Integrating-averaging Sound Level Meters"), primera ediciónde 1985. Lo anterior podrá acreditarse mediante certificado de fábrica <strong>del</strong> instrumento.En todo caso, se podrán realizar mediciones con otros instrumentos tales como registradores gráficos,dispositivos de grabación, o cualquier otro dispositivo que lo permita, siempre que cumpla con lasexigencias señaladas en el inciso anterior.TITULO VPROCEDIMIENTOS DE MEDICIÓN8º.- Para los efectos de la presente norma, la obtención <strong>del</strong> nivel de presión sonora corregido, seefectuará de acuerdo al siguiente procedimiento: Para los efectos de la presente norma, la obtención <strong>del</strong>nivel de presión sonora corregido, se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento:

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