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Acta 13 - Transparencia y Acceso a la Información Pública

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Secretaría Municipal6. Para efectuar el pronunciamiento del Concejo Municipal acerca de <strong>la</strong> renovación de <strong>la</strong>s patentes,los contribuyentes que cuenten con patente vigente, deben acreditar los siguientes requisitosactualizados: Certificado de Antecedentes sin registros penales. Dec<strong>la</strong>ración Jurada Notarial que no se encuentra afecto a incompatibilidades establecidasen artículo 4° de Ley de Alcoholes.Esta información normalmente es requerida a los contribuyentes a través de oficio de <strong>la</strong> Dirección deAdministración y Finanzas a través de su Departamento de Rentas y Finanzas en los meses deMayo y Noviembre de cada año.A su vez, se debe contar con los siguientes documentos e informes: Opinión de Juntas de Vecinos de <strong>la</strong> respectiva Unidad Vecinal (no es vincu<strong>la</strong>nte) Informe de Carabineros ( no es vincu<strong>la</strong>nte) Informe emitido por <strong>la</strong> Unidad de Seguridad Ciudadana (no es vincu<strong>la</strong>nte). Informe emitido por Juzgado de Policía Local. Informe emitido por <strong>la</strong> Dirección de Operaciones e Inspección.7. Una vez revisados los antecedentes seña<strong>la</strong>dos el Concejo Municipal puede aprobar o rechazar <strong>la</strong>renovación de <strong>la</strong>s seña<strong>la</strong>das patentes.8. El rechazo de <strong>la</strong> renovación o aprobación de <strong>la</strong>s patentes de alcohol, debe ser fundado según así loexplicita por dictamen de <strong>la</strong> Contraloría General de <strong>la</strong> República.9. Con todo lo anterior, se procede a dictar Decreto Alcaldicio y se notifican a los contribuyentes queles ha ido renovada <strong>la</strong> patente y procedan a efectuar el pago de ésta antes del último día hábil delvencimiento de cada semestre, esto es al 31 de Enero o 31 de Julio de cada año respectivamente.En caso que estas patentes no se paguen oportunamente, procede su anu<strong>la</strong>ción salvo queContribuyente justifique que el no pago oportuno se produzca por razones ajenas a su voluntad yprevia calificación que determina el Alcalde.10. Las patentes de alcohol tienen distintas categorías, requisitos y procesos.Las categorías vigentes se encuentran seña<strong>la</strong>das en el artículo 3° de <strong>la</strong> Ley N° 19.925 y éstasson <strong>la</strong>s siguientes:Letra a), Depósito de Bebidas Alcohólicas, para ser consumidas fuera del local de venta;el valor de <strong>la</strong> patente es equivalente a 1 U.T.M.Letra b), Hoteles Anexos de Hoteles, Casa de Pensión o Residenciales, donde se proporcioneservicio de alojamiento y comida, el expendio se realiza en sus dependencias, a los alojados y enhoras de almuerzo o de comida y en comedores; valor patente el equivalente a 0,6 U.T.M.Letra c), Restaurantes Diurnos y Nocturnos, con expendio de bebidas alcohólicas. Estoslocales pueden realizar además, espectáculos artísticos de música en vivo; el valor de <strong>la</strong> patente esequivalente a 1,2 U.T.M8

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