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Boletín Ambiental Marzo 2013 - Corporación Autónoma Regional ...

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perfeccionamiento de la indagaciónpreliminar.ambiental, de conformidad con loexpuesto en la parte motiva del presenteacto administrativo.ARTICULO QUINTO: En contra delpresente acto administrativo noproceden los recursos en la víagubernativa, por ser de trámite, deacuerdo con lo establecido en elartículo 75 de la Ley 1437 del 18 deenero de 2011, “POR LA CUAL SEEXPIDE EL CÓDIGO DEPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOY DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO”PUBLIQUESE CÚMPLASEARTICULO SEGUNDO: Comoconsecuencia de lo dispuesto en elartículo anterior, se ordena Oficiar a laOficina de Registro de InstrumentosPúblicos, y a la respectiva AlcaldíaMunicipal de Montenegro con fines desolicitar los datos del Predio Finca LaIlusión, Vereda El Cuzco,Montenegro, identificado con número63470000100040033 para conocer laidentidad del presunto infractorresponsable de los hechos detectados,con su respectivo documento deidentidad.LaGABRIELA VALENCIA VASQUEZSubdirectora de Control y Seguimiento<strong>Ambiental</strong>ARTICULO TERCERO: Lapresente indagaciónpreliminar tendrá un término máximo deduración se seis (6) meses, contados apartir de la expedición del presenteacto administrativoProyectó y revisó : María Elena Ramírez SalazarAUTO DEL VEINTISIETE (27)DE MARZO DE DOS MILTRECE (<strong>2013</strong>) “POR ELCUAL SE ORDENA LAAPERTURA DE UNAINDAGACION PRELIMINAR”ARTICULO CUARTO: Practicar lasdemás pruebas conducentes ypertinentes que surjan de lasdirectamente ordenadas para elesclarecimiento de los hechosdenunciados y el consecuenteperfeccionamiento de la indagaciónpreliminar.DISPONE:ARTICULO PRIMERO:Ordenarindagación preliminar, con el fin deestablecer si existe o no mérito parainiciar procedimiento sancionatorioARTICULO QUINTO: En contra delpresente acto administrativo noproceden los recursos en la víagubernativa, por ser de trámite, deacuerdo con lo establecido en elartículo 75 de la Ley 1437 del 18 deenero de 2011, “POR LA CUAL SEEXPIDE EL CÓDIGO DE

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