12.07.2015 Views

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL ...

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL ...

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

LAUDO DE ARBITRAJE 18 CASO A-05-678Así también, el profesor Demetrio Fernán<strong>de</strong>z Quiñónez, indica:El agravio pue<strong>de</strong> ser <strong>de</strong> carácter continuo. La naturaleza <strong>de</strong>este tipo <strong>de</strong> agravio es que el mismo surge o se renueva <strong>de</strong>día a días y, por tanto, se pue<strong>de</strong> presentar en cualquiermomento mientras la violación contractual continué y seinterponga el agravio durante el período prescrito por elTribunal Supremo. 9Encontramos, a base <strong>de</strong> los planteamientos esbozados por la Unión y <strong>de</strong> loshechos <strong>de</strong>l presente caso, que es aplicable lo expresado por el Tribunal Supremo <strong>de</strong><strong>Puerto</strong> <strong>Rico</strong> en el caso U.G.T. v. Corporación <strong>de</strong> Difusión Pública, 2006 DTS 134, sobre ladoctrina <strong>de</strong> querella continua, a saber:La doctrina <strong>de</strong> violación continua se configura como unaexcepción a la norma general que presupone elcumplimiento específico <strong>de</strong> los términos negociados por laspartes y recogidos en el convenio colectivo....[u]na violación<strong>de</strong> carácter continuo hace que el agravio surja o se renueveperiódicamente y, por tanto, se pueda presentar la querellaen cualquier momento mientras persista la violación. Paraestablecer si la querella es <strong>de</strong> naturaleza continua lo<strong>de</strong>terminante no es la continuidad <strong>de</strong>l agravio, si no másbien, si al momento <strong>de</strong> presentar la querella correspondientela violación persiste. United Air Lines, Inc v. Evans, 431 U.S553, 558 (1977). (‘’But the emphasis should not be placed onmere continuity; the critical question is whether any presentviolations exist.) ...En el campo laboral, la doctrina <strong>de</strong> violación continua noopera automáticamente pues se exige lo siguiente: primero,que el tiempo transcurrido entre el momento en que expiróel plazo y cuando en efecto se presentó la correspondientequeja o agravio, no haya sido excesivo; segundo, que hayajusta causa para la dilación y así lo <strong>de</strong>muestre el querellante;y tercero, que la tardanza no perjudique al patrono aldificultar severamente su capacidad para <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>rse <strong>de</strong> la9 Demetrio Fernán<strong>de</strong>z Quiñónez, El Arbitraje Obrero-Patronal, First Edit., (2000), Pág. 237.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!