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INFORME TENNISQUICK.pdf - lugar abogados & asociados

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Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez4. EXTREMO SEGUNDO (75.1.2º LC): ESTADO DE LA CONTABILIDAD DELDEUDOR Y, EN SU CASO, JUICIO SOBRE LAS CUENTAS, ESTADOSFINANCIEROS, <strong>INFORME</strong>S Y MEMORIAS A QUE SE REFIERE EL APARTADO 3ºDEL ARTÍCULO 6 DE LA LC. .............................................................................. 334.1. Presentación de cuentas Anuales.4.2. Informes de gestión y Auditoria.4.3. Cambios significativos desde la últimas cuentas anualesformuladas y depositadas.5. EXTREMO TERCERO (75.1.3º LC): MEMORIA DE LAS PRINCIPALESDECISIONES Y ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL. ...... 345.1. Hechos acaecidos con posterioridad a la declaración .deconcurso5.2. Principales decisiones de la Administración Concursal5.3. Operaciones efectuadas durante el trámite Concursal5.4. Requerimientos a la concursada6. MASA ACTIVA Y MASA PASIVA (75.2 LC): ............................................. 36A) MASA ACTIVA .......................................................................................... 366.1. Consideraciones Previas6.2. Formación del inventario6.2.1 Análisis de las partidas6.2.2. Posibles acciones de reintegraciónB) MASA PASIVA ............................................................................................. 467. CONCLUSIONES DEL <strong>INFORME</strong> (75.3 LC): CONCLUSIÓN Y EXPOSICIÓNMOTIVADA DE LA AC ACERCA DE LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DELDEUDOR Y DE CUANTOS DATOS Y CIRCUNSTANCIAS PUDIERAN SERRELEVANTES PARA LA ULTERIOR TRAMITACIÓN DEL CONCURSO. ............... 487.1. Situación patrimonial de TENNIS QUICK TALLERES, S.L.7.2. Conclusión FinalANEXOS QUE SE ACOMPAÑAN ..................................................................... 50a) Lista individualizada de acreedores.b) Resumen lista acreedores.Página 3 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez<strong>INFORME</strong>Mediante el presente se emite el respectivo informe por elAdministrador Concursal (en adelante AC) designado, dentro del plazoseñalado con sujeción a lo establecido en el artículo 75 de la Ley22/2003, relativo al expediente de Concurso voluntario nº 827/2011–A dela entidad mercantil <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L., que se tramita anteeste Juzgado Mercantil número 12 de Madrid.1. CONSIDERACIONES PREVIAS.1.1. Presentación del Informe. Formato impreso, formato digitalEste AC ha estimado pertinente aportar una serie dedocumentación, a modo probatorio, a fin de acreditar la existencia dedeterminados hechos y circunstancias que se expondrán a lo largo delpresente Informe.Asimismo, este AC presenta este informe, conjuntamente alformato impreso en papel, se acompaña, para un manejo mucho másrápido y cómodo del mismo, una copia en formato digital.1.2 Destino del InformeDebe ponerse de manifiesto que el Informe que a continuación seemite ha sido preparado exclusivamente para que surta efecto en elprocedimiento Concursal y, por consiguiente, no debe utilizarse paraninguna otra finalidad ajena al mismo.Página 4 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezPor expresa disposición de los preceptos de la Ley 22/2003 de 9 deJulio, Concursal, este informe se refiere al estudio de la situaciónpatrimonial a la fecha en que por el Juzgado se dictó Auto en el que sedeclaró a <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L., (en adelante <strong>TENNISQUICK</strong>) enestado legal de concurso voluntario, es decir, a 10 de enero de 2012, aexcepción del inventario de la masa activa, que se encuentra referidoal día 29 de febrero 2012, según lo previsto en el Artículo 82.1 LC, quedebe ser a la fecha del día anterior a la de emisión del informe, y queno tiene por qué ser coincidente con la fecha de presentación alJuzgado.Aunque el Artículo 75 de la Ley Concursal limita el contenido deeste informe a los extremos que en el mismo se indican, esta AC haestimado oportuno referirse a otros puntos con el fin de facilitar unamayor y más completa información sobre la entidad concursada,atendiendo a las circunstancias especiales que concurren.1.3. Metodología para la verificación de la informaciónLos procedimientos realizados no pueden considerarse como unaauditoría completa de la situación patrimonial que presentaba<strong>TENNISQUICK</strong> a la fecha del balance inicial o estado que presentó consu solicitud de estado legal de concurso voluntario y del auto en que seacordó ser declarada en concurso de acreedores en fecha 10 de enerode 2012.En los apartados correspondientes al activo y pasivo de laconcursada, se expresa el sistema de comprobación seguido para laconstatación de la masa activa y la masa pasiva de <strong>TENNISQUICK</strong>.El trabajo y análisis llevado a cabo está basado en métodos deverificación y comprobación comúnmente aceptados. Si bien se harealizado la revisión de forma razonable y defendible con base en lainformación disponible, se debe indicar que dichos procedimientos noson una ciencia exacta, sino un ejercicio basado en la experiencia.Página 5 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez1.4. Colaboración del concursado y cumplimiento de lasinstruccionesEste AC ha procedido a realizar diversas intervenciones yreuniones con el administrador de la sociedad concursada, pararecabar la información necesaria para el desarrollo del presenteinforme, así como para tener el mayor conocimiento posible de laactividad de la sociedad y la relación de esta con terceros.En fecha 10 de enero de 2012 fueron entregadas a losrepresentantes de la concursada, en presencia de su letrado,instrucciones de normas de actuación básica en el procedimientoconcursal y que se adjuntan a continuación:Página 6 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezPágina 7 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezLa Administración Concursal debe manifestar que el nivel decolaboración de la deudora hasta la fecha es adecuado, no habiendodetectado operaciones posteriores a la declaración del concurso querepresenten incumplimientos de las normas.En cuanto a la información facilitada por la deudora, laAdministración Concursal debe hacer constar que es correcta, noobservándose limitaciones al alcance del trabajo del AC.1.5. Actividad de la concursada. Cese de la actividad y prudenciavalorativaEn el momento de intervención por parte de la AdministraciónConcursal, la concursada no se encontraba al día de sus obligacionespecuniarias con terceros.Concretamente, la concursada en su escrito de demandasolicitando la declaración de concurso de fecha 29 de noviembre de2011, manifiesta que la falta de liquidez de ésta no le permite afrontar elpago de la nómina de los trabajadores desde el mes de Junio, lasPágina 8 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezcuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social y la AgenciaTributaria, así como la ejecución provisional de la Sentencia número 109de fecha 14 de marzo de 2011 dictada por el Juzgado de PrimeraInstancia número 2 de Valdemoro que condena a la concursada alpago por importe de 30.672,52.-€ a la sociedad MONDO IBERICA, S.A.más los intereses legales y las costas del procedimiento, y lasejecuciones instadas por los tres hermanos Lozano Jalao enreclamación de cantidad.Si bien la sociedad no ha solicitado expresamente el cese de suactividad, lo cierto es que los tres trabajadores existentes en laconcursada a la fecha de declaración ya no tienen relación laboralcomo consecuencia de la Sentencia que posteriormente se reseñará,en la que se extinguen los contratos laborales.2. CONSIDERACIONES GENERALES.2.1. Facultades de administración y disposición de la deudoraAunque el artículo 75 de la LC limita el contenido de este informea los extremos que en dicho artículo se indican, el suscrito ha estimadooportuno referirse a otros puntos con el fin de facilitar más informaciónsobre la deudora.Mediante escrito de fecha 29 de noviembre de 2011 la deudoraformuló solicitud para que fuera declarada en concurso de acreedores,alegando su estado de insolvencia inminente.El Juzgado Mercantil número 12 de Madrid dictó Auto dedeclaración de Concurso Voluntario en fecha 10 de enero de 2012,adoptándose los acuerdos inherentes a tal pronunciamiento, y que sedetallan a continuación:La intervención de las facultades de administración y disposición deldeudor.Determinar el procedimiento abreviado.Página 9 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezProceder a nombrar como Administrador Concursal a Luis GarcíaMartínez.Comunicación por la AC a los acreedores de conformidad con elartículo 21.4 de la Ley Concursal.Llamamiento a los acreedores para comunicar sus créditos frente a laconcursada según la vigente normativa dispuesta por la reforma de laLey Concursal de fecha 22 de septiembre de 2011.Requerimiento a la concursada de documentación integra decontratos de arrendamientos sobre bienes inmuebles, de otros bienesenajenados y/o gravados en los dos años anteriores a la declaraciónde concurso.Publicación de edictos, comunicando el plazo de 15 días que tienenlos acreedores para comunicar su crédito desde la publicación en elBOE.Presentación del informe por la Administración Concursal en el plazode UN mes desde la fecha de aceptación del cargoPublicidad del Auto de Declaración de Concurso.Comunicación de oficio al Juzgado Decano de Madrid y al JuzgadoDecano del partido judicial en el que se encuentra domiciliado laconcursada al objeto que se comunique a los Juzgados y Tribunales deprimera instancia de Madrid y a los Juzgados de lo Social el presenteprocedimiento, así como a los Juzgados de los social número 3, 4, 11,22, 26 y 30 de Madrid.Librar mandamientos al Registro Mercantil, inscripción del concurso, asícomo en el portal de Internet denominado www.publicidadconcursal.es que se encuentra gestionado por el Colegio deRegistradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles deEspaña. Notificación del concurso a la Agencia Tributaria (AEAT), TesoreríaGeneral de la Seguridad Social (TGSS) y al Fondo de Garantía Salarial(FOGASA).2.2. Comunicación individualizada a los acreedoresAsimismo, señalar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.4de la LC, esta AC ha procedido con su obligación de comunicar laexistencia del procedimiento a todos los acreedores de la concursada.Página 10 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez2.3. Plantilla laboralEn el momento de intervención por parte de esta AC, laconcursada concedió un permiso retribuido a todos los integrantes desu plantilla laboral. A tal respecto, señalar que los trabajadores D. Luis ArteagaGallego y D. Jammes Bautista Bedoya y D. Piotr Ireneusz Mokrzycki haninterpuesto demanda de resolución de contrato y reclamación decantidad, frente a la concursada recayendo Sentencia en fecha 25 deenero de 2012 del Juzgado Social número 3 de Madrid señalando eldespido improcedente del mismo.3. EXTREMO PRIMERO (75.1.1º LC): ANÁLISIS DE LOS DATOS YCIRCUNSTANCIAS DEL DEUDOR EXPRESADOS EN LA MEMORIA A QUESE REFIERE EL NÚMERO 2 DEL APARTADO 2º DEL ARTÍCULO 6.3.1. Historia económica de la sociedadConstitución.- La concursada fue constituida por tiempo indefinido bajola denominación de <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.A, mediante escriturapública autorizada por el Notario de Madrid D. Amalio Menéndez Lorasen fecha 23 de mayo de 1989 bajo el número de protocolo 1.793. Lasociedad consta inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo1.108, folio 29 sección 8ª, hoja M-21098 y provista de CIF A-79167417.Objeto Social.- El artículo 2 de los estatutos de la sociedad concursada<strong>TENNISQUICK</strong>, cita que la actividad principal de ésta se compone:“La construcción en general, la fabricación de materiales de construcción decualquier clase de materiales para instalaciones deportivas, instalaciones decercado metálicos, zonas ajardinadas, comercio de instalaciones deportivas yde materiales para ellas.”Página 11 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezDomicilio.- El domicilio social está fijado en el artículo 4 de los EstatutosSociales y desde su constitución no ha sido trasladado, estableciéndoseen San Martin de la Vega (Madrid), Carretera de Perales, s/n, donde seencuentra su único centro de trabajo.Órgano de Administración.- Desde su constitución, el órgano deadministración de la compañía está conformado por un Consejo deAdministración, cuyos actuales miembros fueron nombrados en JuntaGeneral celebrada el 28 de junio de 2.009 (inscripción de fecha29.09.2010) y confirmados en Junta General celebrada el 10 deseptiembre de 2.011, siendo el Presidente: Dña. Purificación MontillaSoriano, el Secretario: D. Miguel Ángel Montilla Soriano y los ConsejerosDña. Blanca Montilla Soriano y Dña. Silvia Montilla de Simón.Modificaciones Estatutarias.- En relación con las modificacionesestatutarias realizadas por la compañía, son las siguientes:• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Amalio Menéndez Loras el 7 de junio de 1990 bajo sunúmero de protocolo 1462, se realizó el cese y nombramiento deconsejeros, nombramiento de cargos, cese del director-gerente ydelegación de facultades. Se procedió al cese del consejo de administración constituidopor Dª. Blanca Montilla Soriano, D. Miguel Ángel MontillaSoriano, D. Gonzalo Montilla Soriano y D. Juan María LozanoPérez. Se nombró como nuevos miembros del Consejo deAdministración a D. Fernando Francisco José, conocido porsolo por Fernando Montilla Soriano como Presidente delConsejo, Dª Josefina Montilla Soriano como Secretaria delConsejo, y como vocales del Consejo a D. Gonzalo MontillaSoriano, y D. Juan Luis Montilla Soriano. Se cesó como Director-Gerente de la sociedad a D. JuanMaría Lozano Pérez y se procedió al nombramiento comoConsejero-Delegado a D. Fernando Montilla Soriano.Página 12 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Amalio Menéndez Loras el 25 de abril de 1991 bajo sunúmero de protocolo 1041, se realizó la escritura de solemnización dedel acta aprobada por la Junta en fecha 25 de marzo 1991, reunidospor D. Gonzalo, D. Miguel Ángel, D. Blanca, D. Juan María Lozano,quienes representan la totalidad del capital de la sociedad,acordaron constituir en Junta Universal de accionistas, presidida porFernando Montilla Soriano y Dª. Josefina Montilla en funciones deSecretaria del Consejo de Administración, aumentar el capital de lasociedad en CUARENTA Y CINCO MIL SETENTA Y CINCO EUROS(45.075,00 €) mediante la emisión y puesta en circularización deQUINCE MIL (15.000) acciones nominativas, así como la adaptacióndel objeto social al artículo 117 del Reglamento del Registro Mercantily la modificación de los Estatutos Sociales y adaptación de losmismos a la Ley de Sociedades Anónimas.Significar que los ONCE (11) accionistas eran, en aquelentonces, D. Gonzalo Montilla Soriano, D. Miguel Ángel MontillaSoriano, Dª. Blanca Montilla Soriano, D. Juan María Lozano Pérez, Dª.Josefina Montilla Soriano, Dª Josefina-Elena Montilla Soriano, D. JuanLuis Montilla Soriano, Dª Purificación Montilla Soriano, D. FernandoMontilla Soriano, Dª Mercedes Montilla Soriano y D. Rafael LozanoPérez.• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don José Luis Crespo Romeu el 1 de octubre de 1997 bajo sunúmero de protocolo 1474, se realizó el cese y nombramiento deadministradores, de conformidad con el acta aprobada en Junta defecha 30 de septiembre de 1997 y el Consejo de Administración enreunión de igual fecha, en la que se acuerda el cese de su cargocomo Administrador integrante del Consejo de Administración de lasociedad a D. Fernando Montilla Soriano y nombrando a MiguelÁngel Montilla Soriano como Presidente del Consejo deAdministración.Página 13 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don José Luis Crespo Romeu el 12 de julio de 1995 bajo sunúmero de protocolo 2970, se realizó el cese de la totalidad de losmiembros del consejo de administración y nombramiento del nuevoconsejo de administradores, de conformidad con el acta aprobadaen Junta de fecha 24 de junio de 1995, figurando a D. FernandoMontilla Soriano como presidente, D. Juan Luis Montilla Soriano comoSecretario y Dª Josefina Montilla Soriano como consejera, así comonombrar como consejero delegado a D. Fernando Montilla Soriano• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Amalio Menéndez Loras el 15 de Octubre de 1997 bajosu número de protocolo 1979, de conformidad con el actaaprobada en Junta Extraordinaria de fecha 2 de Octubre de 1997, seacuerda la renuncia de la totalidad de los miembros del Consejo deAdministración D. Miguel Ángel Montilla Soriano, Dª. Josefina MontillaSoriano, D. Juan Luis Montilla Soriano, nombrándose como Consejerosde la sociedad a D. Gonzalo Montilla Soriano como Presidente delConsejo, Dª Purificación Montilla Soriano como Secretaria delConsejo y D. Miguel Ángel Montilla Soriano, Dª Elena Montilla Sorianocomo Vocales del Consejo, así como nombrar como ConsejeroDelegado a D. Gonzalo Montilla Soriano.• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Francisco Javier Vigil de Quiñones el 21 de Diciembre de2001 bajo su número de protocolo 3.793, de conformidad con elacta aprobada en Junta de fecha 19 de Diciembre de 2001, sesolemniza los acuerdos sociales relativos a aumento de capital socialpara la redenominación de la cifra del capital social y del valornominal de las acciones a euros y modificación parcial de losestatutos sociales de la mercantil concursada, ascendiendo elcapital social a SESENTA MIL DOS CIENTOS EUROS (60.200.-€)• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Francisco Javier Vigil de Quiñones el 30 de Mayo de 2002bajo su número de protocolo 748, de conformidad con el actaaprobada en Junta de fecha 24 de Abril de 2002, se acuerdaPágina 14 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezaceptar la dimisión de los Consejeros Dª Purificación Montilla Sorianoy Dª Elena Montilla Soriano, y se reeligen los cargos a D. Gonzalo y D.Miguel Montilla Soriano y nombran como consejeros a Dª Josefina yDª Mercedes Montilla Soriano. • Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Francisco Javier Vigil de Quiñones el 4 de Junio de 2003bajo su número de protocolo 935, de conformidad con el actaaprobada en Junta de fecha 8 de Mayo de 2003, se acuerdaaceptar la dimisión de los Consejeros Dª Josefina Montilla Soriano yreelegir los cargos a D. Gonzalo y D. Miguel Montilla Soriano y DªMercedes Montilla Soriano, y nombrar como consejero a Dª BlancaMontilla Soriano.• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deMadrid Don Alberto Mateos Soriano el 22 de Mayo de 2008 bajo sunúmero de protocolo 621, de conformidad con el acta aprobada enJunta de fecha 12 de Mayo de 2008, se acuerda aceptar la dimisiónde D. Gonzalo Montilla Soriano, D. Miguel Montilla Soriano, DªMercedes Montilla Soriano, y Dª Blanca Montilla Soriano, y nombrar aD. Juan Luis Montilla Soriano, D. Mercedes Montilla Soriano, DªJosefina Montilla Soriano, y D Miguel Ángel Montilla Soriano.• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deSan Martin de la Vega, Don Alvaro Fernández Piera el 21 de Enerode 2010 bajo su número de protocolo 84, de conformidad con elacta aprobada en Junta de fecha 28 de Junio de 2009, se acuerdacesar en el cargo de Consejera a Dª Josefina Montilla Soriano,designando a Dª Purificación Montilla Soriano, Dª Blanca MontillaSoriano y Dª Silvia Montilla Soriano de Simón como nuevos miembrosdel Consejo de Administración, así como facultar a D. Miguel ÁngelMontilla Soriano para elevar a público los indicados acuerdos.• Mediante escritura elevada a público otorgada ante el Notario deSan Martin de la Vega, Don Alvaro Fernández Piera el 3 de Febrerode 2010 bajo su número de protocolo 134, de conformidad con elacta aprobada en Junta de fecha 15 de Enero de 2010, se acuerdacesar a los antiguos miembros del consejo aceptando su dimisión aD. Luis y Dª Mercedes Montilla Soriano designando al actual ÓrganoPágina 15 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezde Administración de la sociedad compuesto por Dª PurificaciónMontilla Soriano como Presidenta del Consejo, D. Miguel ÁngelMontilla Soriano como Secretario del Consejo y como vocales a D ªBlanca Montilla Soriano, Dª Silvia Montilla de Simón, así como facultara Dª Purificación Montilla Soriano para elevar a público los indicadosacuerdos.3.2. Identidad de los administradores, apoderados y partícipes3.2.1. Órgano de AdministraciónEn la escritura fundacional de fecha 23 de mayo de 1989 sedesignó por unanimidad, reunidos en Junta General Extraordinaria yUniversal de accionistas, designar como Consejeros de la Sociedad aDon Gonzalo Montilla Soriano como Presidente, Doña Blanca MontillaSoriano como Secretaria y Don Juan María Lozana Pérez y Don MiguelÁngel Montilla Soriano como Vocales.Actualmente, tal y como se ha señalado en el apartado anterior,tras la Junta General y Universal de socios celebrada el 15 de Enero de2.010 el Consejo de la Sociedad se encuentra formado por el PresidenteDña. Purificación Montilla Soriano, el Secretario D. Miguel Ángel MontillaSoriano y los Consejeros Delegados Dña. Blanca Montilla Soriano y Dña.Silvia Montilla de Simón.3.2.2. Apoderados de la compañíaEsta Administración ha podido averiguar, según informaciónfacilitada por la concursada, así como por el Administrador único de laSociedad y por la obtenida del Registro Mercantil de Madrid, que noexisten actualmente apoderados con cargo vigente de la concursada,si bien en su momento la concursada tuvo como apoderados a D.Miguel Montilla Soriano, D. Javier Lozano Jalao, Dª Isabel Lozano Jalao,Dª Elena Montilla Soriano y a D. Juan María Lozano Pérez.3.2.3. Identidad de los partícipes de la concursadaLa concursada fue constituida en mayo de 1989 por cuatro sociosD. Gonzalo Montilla Soriano, Doña Blanca Montilla Soriano, Don MiguelÁngel Montilla Soriano y Don Juan María Lozano Pérez.Página 16 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezEl capital social de la compañía, en el momento fundacional dela misma, es de QUINCE MIL VEINTICINCO EUROS CON TREINTACÉNTIMOS DE EURO (15.025,30 €), representado por CINCO MILPARTICIPACIONES SOCIALES (5.000), de TRES EUROS CON CINCOMILÉSIMAS DE EURO (3,005 €) de valor nominal cada una de ellas,pertenecientes a una sola serie y clase y numeradas correlativamentedel 1 al 5.000, ambas inclusive.Con fecha 25 de marzo 1991 en Junta General se acuerda unaampliación en el capital social de esta compañía por valor de45.075,91.-€, representado por VEINTE MIL PARTICIPACIONES SOCIALES(20.000), de TRES EUROS CON CINCO MILÉSIMAS DE EURO (3,005 €) devalor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una sola serie y clasey numeradas correlativamente del 1 al 5.000, ambas inclusive,protocolizado en escritura pública otorgada el día 25 de abril de 1991ante el Notario de Madrid Don Amalio Menéndez Loras con el número1.041 de su orden de protocolo.Asimismo, en fecha 21 de Diciembre de 2001, ante el Notario deMadrid Don Francisco Javier Vigil de Quiñones, y bajo su número deprotocolo 3.793, se protocolizó el acta aprobada en Junta de fecha 19de Diciembre de 2001, que solemniza los acuerdos sociales relativos alaumento de capital social, mediante un ajuste al alza por SETENTA YOCHO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (78,79.-€) parala redenominación de la cifra del capital social y del valor nominal delas acciones a euros, ascendiendo el capital social a SESENTA MIL DOSCIENTOS EUROS (60.200.-€) representado por VEINTE MILPARTICIPACIONES SOCIALES (20.000), de TRES EUROS CON UN CÉNTIMODE EURO (3,01 €) de valor nominal cada una de ellas,Tras el fallecimiento de uno de los socios fundadores D. FernandoMontilla Soriano en abril de 2009, mediante la liquidación de la sociedadde gananciales e integración de la herencia protocolizada ante elnotario de Madrid D. Jaime Recorte Casanova, las herederas Dª ClaudiaSerrano Gutiérrez y Dª Jimena Montilla Serrano adquirieron las accionesdel fallecido, participándose la sociedad concursada de la siguienteforma:Página 17 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez 3.2.4. Libros de socios, cuentas y contablesPor la AC ha tenido acceso al historial societario de la concursadamediante la entrega por parte de ésta de sus escrituras de constituciónde la sociedad de fecha 23 de mayo de 1989, escritura desolemnización de acuerdos sociales de fechas 7 de junio de 1990, 25 deabril de 1991, escritura de cese y nombramiento de administradores defecha 12 de julio de 1995, escritura de cese y nombramiento deadministradores de fecha 1 de noviembre de 1997, escritura desolemnización de acuerdos sociales de fechas 15 de Octubre de 1997,21 de diciembre de 2001, 30 de mayo de 2002, 4 de junio de 2003, 21 deenero de 2010, 8 de febrero de 2010, así como al soporte informático delos libros contables de los ejercicio 2008, 2009, 2010 y 2011.En cuanto al libro de actas de la concursada, señalar que a fechadel presente informe no ha tenido acceso a ellas, si bien eladministrador de la sociedad se ha comprometido a facilitarlas en unbreve plazo.3.3. Detalle de las reclamaciones y litigios de los que se tieneConocimientoEsta AC tiene a la fecha del presente informe constancia de lossiguientes procedimientos judiciales:Página 18 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez Jurisdicción Civil Juicio Ordinario instado por MONDO IBERICA, S.A. en reclamación de30.672,52.-€, ante el Juzgado nº 2 de Valdemoro bajo el numero deautos 805/2010:En Primera Instancia recayó sentencia estimatoria condenando a laconcursada a la reclamación solicitada. Dicha sentencia seencuentra recurrida en apelación por la concursada ante laAudiencia Provincial de Madrid Sección 25 números de autos595/2011. Jurisdicción Laboral Juzgado Social de Madrid número 30 autos 171/2011, Procedimientode ejecución laboral instado por D. JAVIER LOZANO JALAO, enreclamación a 7.504,54.-€ más intereses y costas. Significar que laejecución procede del Acta de conciliación de fecha 8 de junio de2010 por importe de 56.284,05.-€ con las mercantiles <strong>TENNISQUICK</strong>ESPAÑOLA INTERNACIONAL, S.A. y MONTILLA SORIANO, S.L. y lamercantil concursada <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.A. Juzgado Social de Madrid número 11 autos 1319/2010, Procedimientode ejecución laboral instado por Dª. ISABEL LOZANO JALAO enreclamación a 870,42.-€ más intereses y costas. Significar que laejecución procede del Acta de conciliación de fecha 1 de junio de2010 por importe de 30.000.-€ con las mercantiles <strong>TENNISQUICK</strong>ESPAÑOLA INTERNACIONAL, S.A. y MONTILLA SORIANO, S.L. y lamercantil concursada <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.A. En dichoprocedimiento ha recaído Sentencia, número 431 de fecha 8 deseptiembre de 2011, estimando completamente la demanda instadapor la trabajadora. Juzgado Social de Madrid número 30 autos 171/2010, Procedimientode ejecución laboral instado por D. JOSE MANUEL LOZANO JALAO, enreclamación a 10.945,55.-€ más intereses y costas. Significar que laejecución procede del Acta de conciliación por importe de78.715,95.-€ con las mercantiles <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑOLAPágina 19 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezsalarios adeudados por importe de 6.408,97.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de9.630,37.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 928/2011, Procedimientolaboral instado por Dª ALICIA COLLADO ASENSIO, en reclamación deextinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 6.433,17.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 6.433,17.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de16.169,86.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 929/2011, Procedimientolaboral instado por D. ESTEBAN RAMIREZ DEL PRADO, en reclamaciónde extinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 5.901,28.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 5.901,28.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de10.216,06 Juzgado Social de Madrid número 3 autos 930/2011, Procedimientolaboral instado por Dª. Mª ANGELES GOMEZ GONZALEZ, enreclamación de extinción del contrato por despido improcedente ysalarios adeudados por importe de 8.021,79.-€. En dichoprocedimiento ha recaído Sentencia, número 924 de fecha 27 deenero de 2012, estimando completamente la demanda instada porel trabajador condenando a la mercantiles demandadas al pagosolidario de los salarios adeudados por importe de 8.021,79.-€, más el10% de interés por mora y la indemnización legalmente establecidapor importe de 75.305,77.-€Página 21 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez Juzgado Social de Madrid número 3 autos 31/2011, Procedimientolaboral instado por D. ANTONIO RODRIGUEZ CORDON en reclamaciónde extinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 6.020,89.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 6.020,89.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de14.256,37.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 932/2011, Procedimientolaboral instado por D. SANTIAGO PEREZ GIL, en reclamación deextinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 6.455,98.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 6.455,98.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de19.149,92.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 33/2011, Procedimientolaboral instado por D. JOSE ALBERTO GARCIA VALERA, enreclamación de extinción del contrato por despido improcedente ysalarios adeudados por importe de 5.365,09.-€. En dichoprocedimiento ha recaído Sentencia, número 924 de fecha 27 deenero de 2012, estimando completamente la demanda instada porel trabajador condenando a la mercantiles demandadas al pagosolidario de los salarios adeudados por importe de 5.365,09.-€, más el10% de interés por mora y la indemnización legalmente establecidapor importe de 18.176,82.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 934/2011, Procedimientolaboral instado por D. JULIAN GARCIA BERNARDO, en reclamación deextinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 7.612,71.-€. En dicho procedimiento haPágina 22 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezrecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 7.612,71.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de39.546,01.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 935/2011, Procedimientolaboral instado por D. RAFAEL CALZADO BAENA, en reclamación deextinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 5.954,65.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 5.954,65.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de17.592,96.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 936/2011, Procedimientolaboral instado por Dª MIRELLA BENAVENTE PIEDRA, en reclamaciónde extinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 5.404,69.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 5.404,69.-€, más el 10% de interéspor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de8.273,18.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 937/2011, Procedimientolaboral instado por D. ANTONIO CACERES ALONSO, en reclamaciónde extinción del contrato por despido improcedente y salariosadeudados por importe de 4.171,43.-€. En dicho procedimiento harecaído Sentencia, número 924 de fecha 27 de enero de 2012,estimando completamente la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 4.171,43.-€, más el 10% de interésPágina 23 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínezpor mora y la indemnización legalmente establecida por importe de12.961,63.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 939/2011, Procedimientolaboral instado por D. GERARDO MORALES MAGAN, en reclamaciónde salarios atrasados por importe de 2.376,51.-€. En dichoprocedimiento ha recaído Sentencia, número 23 de fecha 25 deenero de 2012, estimando la demanda instada por el trabajadorcondenando a la mercantiles demandadas al pago solidario de lossalarios adeudados por importe de 2.376,51.-€, más el 10% de interéspor mora. Juzgado Social de Madrid número 3 autos 1073/2010, Procedimientolaboral instado por D. ANTONIO DE MORA RODRIGUEZ, enreclamación de extinción del contrato por despido improcedente ysalarios adeudados por importe de 5.790,60.-€. En dichoprocedimiento ha recaído Sentencia, número 924 de fecha 27 deenero de 2012, estimando completamente la demanda instada porel trabajador condenando a la mercantiles demandadas al pagosolidario de los salarios adeudados por importe de 5.790,60.-€, más el10% de interés por mora y la indemnización legalmente establecidapor importe de 3.419,79.-€ Juzgado Social de Madrid número 3 autos 1074/2010, Procedimientolaboral instado por D. RUBÉN RODRÍGUEZ ENCINAS, en reclamación aRescisión de contrato, Cantidad, y Finiquito por importe de 3.497,61.-€; Dicho procedimiento se encuentra pendiente de celebrar elJuicio. Juzgado Social de Madrid número 4 autos 1230/2011, Procedimientolaboral instado por D. ANGEL RODRIGUEZ DIAZ, en reclamación asalarios atrasados por importe de1.949,44.-€ más intereses y costas. Secelebró el juicio el pasado día 1 de febrero de 2012, recayendoSentencia el día 3 de Febrero condenando a las codemandadas alpago solidario por importe de 1.949,44.-€ Juzgado Social de Madrid número 22 autos 486/2011, Procedimientolaboral instado por D. JUAN ANTONIO POZO, en reclamación aPágina 24 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezRescisión de contrato y Cantidad. Dicho procedimiento se encuentrapendiente de celebrar el Juicio.22. Juzgado Social de Madrid número 26 autos 721/2010, Procedimientode ejecución laboral instado por D. MARIO ALBERTO CARRASCOJUSTO, en reclamación de despido improcedente que asciende a unimporte de 16.393,66.-€. En dicho procedimiento hay señalada vistapara el día 28/09/2012 a las 10:50 horas. Juzgado Social de Madrid número 4 autos 1267/2011, Procedimientolaboral instado por D. AMADOR SÁNCHEZ MORENO, en reclamación asalarios adeudados por importe de 1.527,42.-€ más intereses y costas.Se encuentra señalado juicio para el día 7/03/2012 a las 9:45 horas.24. Juzgado Social de Madrid número 26, Procedimiento laboral instadopor Dª.ARANZAZU PONCE FERNÁNDEZ, en reclamación de despidoimprocedente por importe de 11.647,23.-€ más intereses. En dichoprocedimiento hay señalada vista para el día 1/03/2012 a las 11:20horas.A tal respecto, significar que de los veintiocho (28) trabajadoresque han demandado a la concursada, sólo cinco (5): D. Luis Arteaga,D. Piotr Ireneuzs, D. Jammes Bautista, D. Javier Lozano, Dª Isabel Lozanohan mantenido una relación laboral directa con la concursada, si biense le condena a la totalidad de los trabajadores también de<strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑOLA INTERNACIONAL, S.A., por considerarlo en suconjunto un grupo de empresas en el ámbito laboral.3.4. Providencias de ApremioSegún la documentación contable a que ha tenido acceso estaAC, la concursada no tiene instadas ejecuciones de apremio a fechadel presente informe.3.5. Historia Económica de la deudoraSeguidamente se analiza la evolución económico-patrimonial queha tenido la concursada de los ejercicios anuales 2008, 2009, 2010 ybalance de situación del ejercicio 2011:Página 25 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez 3.5.1. En cuanto al activoDel análisis comparativo de las cifras reflejadas en el activo endichos balances de 2008 a 2011, cabe hacer referencia a los siguientesextremos:En relación al activo no corriente, éste no presente cambiossignificativos en cada uno de los ejercicios analizados, componiéndoseesencialmente por maquinaria que a fecha del presente escritoasciende a un importe aproximado de 21.516,48.-€Página 26 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezEn cuanto al activo corriente, debemos destacar el notabledescenso que sufre la cuenta de deudores comerciales y otras cuentasa cobrar en los cuatro últimos ejercicios analizados, 2008 a 2011,pasando de 495.070,78.-€ a tan sólo 106.042,13.-€. Ello es debido a ladisminución de la cuenta de - Clientes por ventas y Servicios prestados –que representa casi la totalidad del activo corriente, indicando a fechadel presente informe la existencia de la cuenta de clientes a cobrar porimporte de 96.607,00.-€A tal respecto señalar que la sociedad <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑAINTERNACIONAL, adeuda a la concursada la cantidad de 96.701,44.-€Así pues, en consonancia con lo anteriormente manifestado, y amodo explicativo e ilustrativo de la situación de la empresa en estosúltimos ejercicios, trae a colación la ratio de solvencia que mide lasposibilidades de hacer frente a las obligaciones de pago a corto plazo,y que su valor óptimo para toda empresa debe estar comprendidoentre 1,5 y 2. El ratio de solvencia lo obtenemos dividiendo el activo corrienteentre el pasivo corriente. El activo corriente incluye básicamente lascuentas de caja, bancos, cuentas y letras por cobrar, valores de fácilnegociación e inventarios. Este ratio es la principal medida de liquidez,muestra qué proporción de deudas de corto plazo son cubiertas porelementos del activo, cuya conversión en dinero correspondeaproximadamente al vencimiento de las deudas.En el anterior cuadro podemos observar cómo la sociedad<strong>TENNISQUICK</strong> no ha logrado dicho valor óptimo del ratio, en esto últimoejercicio, reflejando de ese modo las dificultades para desarrollar suactividad en plena crisis económica tanto a nivel nacional comointernacional.Página 27 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezA tal respecto, significar que el actual coeficiente del ratio desolvencia indica que por cada euro de deuda de la empresa, ésta tieneun déficit de 13 céntimos, si establecemos el crédito que ostenta contrala sociedad <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑA INTERNACIONAL por importe de96.701,44.-€; en cambio si dicho crédito lo determinamos como dedudoso cobro o incobrable, dicho déficit se incrementasustancialmente alejándose del ratio optimo que debería tener.3.5.2. En cuanto al PasivoEn relación al Patrimonio neto hay que destacar el decrecimientodel saldo en el ejercicio 2010 y 2011, como consecuencia del resultadode pérdida de los ejercicios por valor de -213.113,31.-€ y -201.772,18.-€respectivamente.A fecha del presente informe, y según el escrito de 29 denoviembre de 2011 de solicitud de declaración de concurso, ante laimposibilidad de realizar una ampliación de capital por parte de lossocios, los Fondos Propios son negativos por importe de -6.327,67.-€Respecto al Pasivo No Corriente, indicar que no se hanencontrado movimientos contables, puesto que la concursadafinanciaba toda su deuda a corto plazo.En relación al Pasivo Corriente, hay que destacar el aumento de2010 a 2011 la deuda en relación a la cuenta de -Acreedorescomerciales y otras cuentas a pagar- pasando de un saldo de71.480,59.-€ a 142.995,89.-€.Ello es debido, tal y como señala la concursada en su escrito desolicitud de concurso al impago de las nóminas de los trabajadoresdesde el mes de junio, las cantidades a la Tesorería General de laSeguridad Social y la Agencia Tributaria y las resoluciones judiciales delos hermanos Lozano Jalao y la mercantil MONDO IBERICA, S.A.En ese sentido, esta AC estima poner de relieve el ratio degarantía o solvencia de la empresa que mide la capacidad que tiene lasociedad en su conjunto para responder a todas las obligacionescontraídas ha ido disminuyendo año tras año. Veamos:Página 28 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez Este ratio indica la seguridad de cobro que ofrece la empresa asus acreedores e informa de la denominada distancia al concurso. Suvalor tiene que ser mayor que la unidad, siendo lo ideal que se sitúeentre 1,5 y 2,5. Cuanto mayor sea el valor del ratio, mayor garantíaofrece la empresa en relación con el pago de todas las deudascontraídas y, por tanto, su reducción y proximidad a la unidad suponeun acortamiento de esa distancia a concurso, mientras que suaumento, alejándose de la unidad, supone una ampliación de esadistancia.Si nos fijamos en el cuadro anterior podemos observar que la ratiode Garantía de la concursada, baja drásticamente para el ejercicio2011.3.5.3. Cuenta de Pérdidas y Ganancias Página 29 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezRespecto a los ingresos, Hay que prestar atención al saldo de lapartida del importe neto de la cifra de negocios, puesto que sufre unabajada del 94% de sus ingresos entre los ejercicios analizados del 2008respecto al 2010, como consecuencia directa e indirecta de la crisiseconómica tanto a nivel nacional como internacional, influyendonegativamente al sector en el que se encuentra la concursada.A tal respecto señalar que la sociedad en el ejercicio 2011 no hafacturado ningún importe.Respecto a los gastos, hay que destacar el elevado coste en lacuenta de Gastos de Personal, unido a que la concursada hadisminuido drásticamente su facturación, ha llevado la situación deinsolvencia actual de la concursdada.En cuanto al resultado de los ejercicios, como puede observarseen el cuadro resumen de los analizados, respecto al resultado del propioejercicio, la concursada en los dos últimos años ha obtenido pérdidasque ascienden -322.418,20.-€3.6. ActividadLa actividad de la concursada, de conformidad con el artículo 2ºde sus Estatutos Sociales se encuadra dentro del marco del sector de laconstrucción.En ese sentido, significar que con independencia del momentoactual económico del país, así como el del sector de la construcción, laconcursada no ha logrado facturar importe alguno, ni tampocoperspectiva alguna para realizar ningún proyecto, segúnmanifestaciones del Órgano de Administración, por lo que esta AC haprocedido a solicitar, mediante el oportuno modelo 036 de la AEAT, elcese de la actividad de la concursada.3.7. Establecimientos oficinas y establecimientosTal y como se ha señalado en el presente informe y de lainformación facilitada por la concursada, su domicilio social está sito enSan Martin de la Vega (Madrid), Carretera de Perales, s/n, donde seencuentra su único centro de trabajo.Página 30 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezAsimismo, significar que la concursada no es propietaria de dichoestablecimiento, sino que está en régimen de arrendamiento porcontrato de fecha uno de abril del año 2000.A tal respecto señalar que la parte arrendadora del contrato es lasociedad MONTILLA SORIANO, S.L. quien en su nombre firmo D. GonzaloMontilla Soriano, a la vez actual socio accionista de la concursada conun 10% de las participaciones sociales.3.8. Consecuencias del estado en que se encuentraA continuación se señalan algunos puntos expuesto por la propiaconcursada respecto al estado en que se encuentra:Desde el inicio de su actividad Tennisquick Talleres, S.A. ha ido luchando yadaptándose al mercado, superando la crisis económica de principios de los 90.La marcha de la compañía se basaba en la prudencia tanto empresarial comofinanciera. Se han tomado las decisiones procurado siempre ser ahorradores en lostiempos de bonanza, tratando de contar con cierta independencia financiera.Pero la actual crisis, iniciada en 2008, que ha afectado principalmente al sector dela construcción, fuente de trabajo de nuestro principal cliente ( TennisquickEspañola Internacional, S.A. ), nos ha supuesto un importante descenso de trabajocontratado.(…)En el año 2010 la crisis económica nacional se recrudeció, con la consiguientedisminución de contratación de obra. Para colmo de males, el 8 de junioTennisquick Española Internacional, S.A. sufrió un ataque informático,con borrado total de los discos del servidor, lo que les supuso unimportante parón en cuanto a facturación y elaboración de presupuestos y portanto a la generación de trabajo. Encontrándose en esta situación nuestroprincipal cliente (90%) resultaba complicadísimo remontar la situación.En 2011 una serie de hechos han precipitado la situación actual:• La importante caída de la contratación de obra, a día de hoy inexistente.• La sentencia dictada en un procedimiento judicial en la que secondenaba a pagar el importe de 30.672,52 €, más intereses y costas aMONDO IBERICA, S.A., sentencia hoy recurrida en apelación ( A. Provincialde Madrid secc. 25 apelación 595/20011 ).• Las cargas asumidas por procedimientos laborales seguidos por losempleados que se ocupaban de la administración de la entidad contraésta. En concreto:• Con D. Javier Lozano Jalao con quien se concilió, el 8 de Junio de 2.010,por importe de 56.284,05 € de indemnización por extinción de contrato.Página 31 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezSiendo la cantidad anterior pagadera en 15 plazos de 3.752,27 € yhabiéndose obligado al pago mi representada junto a TennisquickEspañola Internacional, S.A. y Montilla Soriano, S.L. Actualmente existeejecución de 7.504,54 € más intereses y costas ( Juzgado de lo Social 30de Madrid ejecución 171/2011 )• Y Con Dña. Isabel Lozano Jalao con quien se concilió por despidoimprocedente en fecha 1 de Junio de 2.010, ante el Juzgado de lo socialn.29 de Madrid, por importe de 30.000,00 €, pagaderos en 6 meses a razónde 5.000,00 €. Esta cantidad fue totalmente abonada, pero quedópendiente la cantidad correspondiente al finiquito, que la empresa tratóde negociar con Dña. Isabel ya que debía compensar unas cantidadesque tenía pendientes. El hecho es que a día de hoy existe unprocedimiento de ejecución en marcha por importe de 870,42 €, másintereses, seguido ante el Juzgado de lo Social n. 11 de Madrid, bajo elnúmero de autos 1319/2010.La situación a que llevaron a la empresa estas dos personas fue caótica. Ellosostentaban poderes amplios y se ocuparon de que, con su salida, la entidadquedase en una situación muy difícil.Por otro lado, en el caso de otro de los hermanos que dirigía la empresaTennisquick Española Internacional, S.A, D. Juan Manuel Lozano Jalao, se conciliópor importe de 78.715,95 € de indemnización por extinción de contrato. Siendo lacantidad anterior pagadera en 15 plazos de 5.247,73 € y obligándosesolidariamente al pago mi representada junto a Tennisquick EspañolaInternacional, S.A. y Montilla Soriano, S.L. Actualmente existe ejecución de10.945,55 € más intereses y costas (Juzgado de lo Social 30 de Madrid ejecución171/2011 ).(…)Lo cierto es que, a 30 de Noviembre de 2.011, el resultado de la cuenta depérdidas y ganancias del ejercicio 2011 es negativo y asciende a la cantidad de –91.483,48 €, y la entidad cuenta con un pasivo de 227.658,53 € y un activo de131.135,85 €, siendo imposible que los socios realicen una ampliación de capital.Esta AC coincide con lo manifestado por la concursada, ycorrobora que las causas que ocasionado la insolvenciageneralizada y con ello la suspensión de pagos se debeprincipalmente a la crisis del sector de forma genérica y enespecial a los hechos relatados con anterioridad.3.9. Valoraciones y propuestas sobre viabilidad patrimonialSegún lo manifestado en el escrito de fecha 29 de noviembre de2011 de solicitud de concurso, no habiendo posibilidad de realizar unaampliación de capital, esta AC dictamina que no existe la posibilidadde realizar ninguna propuesta de viabilidad patrimonial.Página 32 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez3.10. Identidad de los administradores de cuentasLa concursada no ha designado auditor de cuenta, puesto queno se encuentra con la obligación de auditar sus cuentas.3.11. Grupo de empresasSi bien en la memoria de la concursada <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, seindica que la mercantil no forma parte de un grupo de empresas, locierto es que han recaído las Sentencies de fechas 25 y 27 de enero de2012 del Juzgado de lo Social número 3 de Madrid, considerando que laconcursada forma parte de un grupo de empresa formado por lasmercantiles <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L., <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑOLAINTERNACIONAL, S.A. y MONTILLA SORIANO, S.L4. EXTREMO SEGUNDO (75.1.2º LC): ESTADO DE LACONTABILIDAD DEL DEUDOR Y, EN SU CASO, JUICIO SOBRE LASCUENTAS, ESTADOS FINANCIEROS, <strong>INFORME</strong>S Y MEMORIAS A QUE SEREFIERE EL APARTADO 3º DEL ARTÍCULO 6 DE LA LC.4.1. Presentación de cuentas Anuales.En cuanto a la publicidad de las Cuentas Anuales, la concursadaha depositado las Cuentas Anuales abreviadas de los ejercicios 2008,2009 y 2010, si bien sólo ha podido comprobar hasta la fecha delpresente informe que ha sido presentado dentro de plazo, el ejercicio2008, sin perjuicio que la concursada aporte más documentación alrespecto.Asimismo, señalar que esta AC ha tenido acceso a los registroscontables informatizados en formato Excel de los Libros Mayor, Diariosolicitado y Balances de Sumas y Saldos de los ejercicios, 2008, 2009,2010 y 2011 (a fecha de declaración del concurso 10/01/12), sin haberdetectado a fecha de hoy de irregularidades importantes en sucontabilidad.Página 33 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez4.2. Informes de gestión y Auditoria.La concursada por su tamaño y facturación no se encuentraobligada a realizar ninguna auditoria, según lo dispuesto en el art. 263en relación con el art. 257, ambos de la Ley de Sociedades de Capital(LSC).4.3. Cambios significativos desde la últimas cuentas anualesformuladas y depositadas.Desde la última presentación de la Cuentas Anuales (2010), no sehan llevado a cabo las siguientes operaciones que afectan alpatrimonio de la concursada.5. EXTREMO TERCERO (75.1.3º LC): MEMORIA DE LASPRINCIPALES DECISIONES Y ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓNCONCURSAL.5.1. Hechos acaecidos con posterioridad a la declaración .deconcursoNo existen hechos relevantes con posterioridad a la declaracióndel concurso dada su inactividad.5.2. Principales decisiones de la Administración ConcursalSe realiza a continuación un resumen sucinto de las principalesactuaciones llevadas a cabo por este AC, debiendo significarse que elejercicio del cometido de intervención de las facultades deadministración y disposición de la deudora ha estado orientado alcumplimiento de la legalidad y, en especial, a procurar la salvaguardade los intereses del concurso.Indicado lo anterior, a continuación se resumen las principalesdecisiones y actuaciones efectuadas hasta el día de la fecha:Página 34 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez- En fecha 12 de enero de 2012, este AC procedió a aceptar elcargo.- En fecha 13 de enero de 2012 se procedió a reunirse conrepresentante del consejo de Administración y el letrado de laconcursada.- En fecha 24 de enero de 2012, esta AC se remitió las cartas a losacreedores para su circularización, informando de la situación delconcurso y procedieran a la correspondiente comunicación de suscréditos.- En fecha 6 de febrero de 2012, se realizó una visita completa delas instalaciones que tiene la concursada en San Martin de la Vega,realizando un cotejo de las instalaciones, maquinaria y el estado de lasmismas. Reiterando las circunstancias del procedimiento concursal y desus obligaciones con el AC, igualmente se les hizo entrega de laspertinentes instrucciones que constan en este informe.- Se han intervenido las cuentas corrientes mediantecomunicación realizada al administrador de la concursada a lasdistintas entidades.- Se han estudiado todas las comunicaciones de crédito recibidas,llevando a cabo la calificación de las mismas.- Para la formación de la masa pasiva, este AdministradorConcursal ha tomado como base la relación de los acreedores quepresentó la concursada en su solicitud de declaración de estado legalde concurso voluntario, de las distintas cuentas contables, así como delas comunicaciones recibidas por los acreedores.- Los saldos insinuados en las comunicaciones de créditosremitidas al Juzgado y recibidas por esta AC han sido confrontados conlos datos de la concursada.Página 35 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez-Asimismo, cabe reseñar que el criterio de esta AC, de acuerdocon lo establecido en el artículo 86.1 de la Ley Concursal, ha sido el deincluir en la Lista de Acreedores todos aquellos créditos que, aún nohabiendo sido comunicados conforme a lo previsto en el artículo 85 dela misma Ley, su existencia se deduce de los documentos del deudor,teniendo en cuenta, además, lo previsto por el artículo 31 del vigenteCódigo de Comercio a efectos probatorios, de modo que la obligaciónlegal de la AC, a falta de comunicación del crédito, es incluirlos por elvalor que figure en los documentos del deudor.5.3. Operaciones efectuadas durante el trámite ConcursalLa concursada no ha tenido actividad alguna, estandocompletamente inactiva desde la declaración de concurso voluntariode acreedores.5.4. Requerimientos a la concursadaPor esta AC se ha requerido de diversa documentación yexplicaciones derivadas de las actuaciones del giro mercantil, así comode la contabilidad de la empresa y vinculaciones con tercerasempresas, siendo atendidas por el Administrador de la concursada y losasesores de esta.6. MASA ACTIVA Y MASA PASIVA (75.2 LC):A) MASA ACTIVA6.1. Consideraciones PreviasEl artículo 76 de la Ley Concursal determina que la masa activadel concurso lo constituyen los bienes y derechos integrados en elpatrimonio del Deudor a la fecha de declaración del concurso, 10 deenero de 2012 y los que se reintegren al mismo o adquiera hasta laconclusión del procedimiento.Página 36 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezEs obligación de la AC, según establece el artículo 82.1 de la LC laelaboración de un inventario que contenga la relación y el avalúo delos bienes y derechos del deudor integrado en la masa activa a lafecha de cierre, que será el día anterior al de emisión del presenteinforme.La Administración Concursal ha formulado el inventario de lamasa activa a fecha 29 de febrero de 2012.Por lo que respecta al avalúo de los bienes y derechos delDeudor, éste debe determinarse en base al artículo 82.3 de la LC, esdecir, con arreglo a su valor de mercado, teniendo en cuenta losderechos, gravámenes o cargas de naturaleza perpetua, temporal oredimible que directamente les afecten o influyan en su valor, así comolas garantías reales y las trabas o embargos que garanticen o asegurendeudas no incluidas en la masa pasiva. Esta AC ha elaborado elinventario de la masa activa tras la aplicación de determinadosprocedimiento de revisión sobre la información proporcionada por elConcursado, orientado a evaluar la existencia del activo, la propiedaddel activo por la concursada y la correcta valoración del mismo.Los criterios y procedimientos aplicados para evaluar los anterioresobjetivos para cada uno de los grupos de activo son los que seexpondrán en el cuerpo del presente informe.6.2. Formación del inventarioLas partidas objeto de valoración se hacen figurar en el Inventarioque seguidamente se relaciona por el justiprecio determinado por estaAdministración Concursal, recogiéndose a continuación su detalle,características, ubicación, datos de identificación y en su casogravámenes de dichos bienes.En consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado se acompañainventario y avalúo de los bienes y derechos de la concursada, cerradoal 29 de febrero de 2012, a los únicos efectos del presenteprocedimiento, a fin de que los interesados directos en el mismo puedanPágina 37 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martíneztomar las decisiones que les competen, si bien deben tenerse en cuentalas consideraciones efectuadas anteriormenteLa concursada aportó en su memoria de solicitud de concurso, elinventario de bienes y derechos con la estimación del valor actual decada uno de los elementos que componen dicho inventario, valoraciónque queda resumida en el siguiente cuadro, en el que también seincorpora la valoración determinada por la AC.Por tanto, el inventario de la masa activa de <strong>TENNISQUICK</strong>TALLERES, S.A., a 29 de febrero de 2012 asciende a 134.281,95 €A continuación se acompaña reproducción fotográfica del activoexistente en el domicilio social de la sociedad, compuesto por materialde construcción, vehículos, ordenadores, entre otros:Existencias e Inmovilizado material:Página 38 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezPágina 39 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezPágina 40 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezPágina 41 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezVehiculos:Página 42 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez6.2.1 Análisis de las partidasSeguidamente se procede al análisis y detalle individualizado deaquellas partidas del Inventario de la masa activa que constituyen unactivo real susceptible de realización.En ese sentido, significar que, no obstante esta AC no ha tenidoacceso a ningún libro registro con el detalle del mismo, ha podidoconstatar la realización de las siguientes inversiones y su adecuadoestado de conservación:• INMOVILIZADO INTANGIBLEA fecha del presente informe, la partida de InmovilizadoIntangible presenta un valor de 0,00.-€Página 43 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• INMOVILIZADO MATERIALLa concursada recoge en su balance el valor determinado paramaterial de 21.516,48.-€ compuesto por maquinaria, utillaje, equiposinformáticos, vehículos, entre otros. • INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZOA fecha del presente informe, la partida de Inversiones Financierasa Largo Plazo presenta un valor de 0,00.-€• ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOA fecha del presente informe, la partida de Activos Por ImpuestosDiferido presenta un valor de 0,00.-€Página 44 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• EXISTENCIASLa concursada recoge en su balance el valor determinado paraexistencias por importe de 5.563,48.-€ • DEUDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS A COBRARLa concursada recoge en su balance el valor determinado paramaterial de 106.327,70.-€ compuesto casi en su totalidad por el saldodeudor de la mercantil <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑA INTERNACIONAL, S.A. Página 45 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• TESORERIALa concursada recoge en su balance el valor de los saldospositivos con la entidad financiera del Banco Bilbao Vizcaya Argentariay la Caja de la sociedad. Resumen de valoraciones de este Administrador Concursal:6.2.2. Posibles acciones de reintegraciónEn cuanto a posibles acciones de reintegración previstas en el Art.71 de la Ley Concursal, esta AC señala que está valorando los pagosrealizados a trabajadores, mediante actos de conciliación y que tieneespecial vinculación con la concursada, en concreto como socios de lamisma. Son de las indemnizaciones más elevadas que resultan de lasresoluciones contractuales.B) MASA PASIVACriterios utilizados para el reconocimiento de los créditos. Alamparo de lo previsto en el Art. 21 Ley Concursal, esta AdministraciónConcursal remitió a todos los acreedores relacionados por laconcursada en su lista de acreedores, la correspondiente comunicaciónnotificando la declaración de concurso y el deber de comunicación desus créditos en el plazo legal y las consecuencias que podrían derivarsede su falta de comunicación.Página 46 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezEl criterio de esta Administración Concursal, de acuerdo con loestablecido en el artículo 86.1 de la Ley Concursal, ha sido el de incluiren la Lista de Acreedores todos aquellos créditos que aún no habiendosido comunicados conforme a lo previsto en el Art. 85 de la misma Ley,su existencia se deduce, de los documentos del deudor, teniendo encuenta, además, lo previsto por el artículo 31 del vigente Código deComercio según el cual, el valor probatorio de los libros de losempresarios y demás documentos contables será apreciado por losTribunales conforme a las reglas generales del Derecho, de modo que laobligación de la Administración Concursal es incluirlos por el valor quefigure en los libros y documentos del deudor.Si bien el Art. 94.1 de la Ley Concursal indica como fecha dereferencia de la Lista de Acreedores la de la solicitud de concurso, parapoder incluir todos los créditos concursales en dicha lista, estaAdministración Concursal solicitó la comunicación de créditos a fechadel Auto de Declaración de concurso, 10 de enero de 2012. El Art.84.2.5º incluye como créditos contra la masa a los generados por elejercicio de la actividad empresarial del deudor tras la declaración deconcurso, y el Art. 84.1 define como masa pasiva los créditos que notengan la consideración de créditos contra la masa.Se produce un desfase entre la lista de acreedores a la fecha desolicitud y a la fecha del auto de declaración. Esta AdministraciónConcursal ha optado por incluir todos los créditos concursales en la listade acreedores y, por tanto, por referir la Lista de Acreedores a la fechadel auto.En cuanto al reconocimiento de créditos de la Agencia Tributariacomo de la Tesorería General de la Seguridad, esta AdministraciónConcursal ha tenido en cuenta la sentencia número 1.231/2008 delTribunal Supremo, de fecha 21 de enero de 2009.El resumen de la masa pasiva del concurso se resume en elsiguiente cuadro, que incluye los créditos contra la masa.Página 47 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez• RESUMEN:Créditos con cargo a la masa 42.775,50.-€Créditos con privilegio especial 0,00.-€Créditos con privilegio general 717.658,01.-€Créditos ordinarios 64.613,87.-€Créditos subordinados 52.228,19.-€Créditos contingente 70.565,54.-€Total (s.e.u.o .) 947.841,11.-€Se adjuntan como ANEXO la Lista individualizada de acreedores y elResumen lista acreedores.7. CONCLUSIONES DEL <strong>INFORME</strong> (75.3 LC): CONCLUSIÓN YEXPOSICIÓN MOTIVADA DE LA AC ACERCA DE LA SITUACIÓNPATRIMONIAL DEL DEUDOR Y DE CUANTOS DATOS YCIRCUNSTANCIAS PUDIERAN SER RELEVANTES PARA LA ULTERIORTRAMITACIÓN DEL CONCURSO.7.1. Situación patrimonial de TENNIS QUICK TALLERES, S.L.De conformidad con lo señalado en el presente informe, losolicitado por la propia concursada, y no habiendo plantilla laboralactiva, no puede darse la continuidad de la actividad de laconcursada, por lo que esta AC procederá, en su momento a solicitar lacorrespondiente liquidación de la sociedad.La situación patrimonial a la fecha de emisión del presenteinforme seria la que se muestra a continuación:Masa Activa 134.281,95 €Masa Pasiva 947.841,11.-€De conformidad con lo expuesto, existe un diferencial negativopatrimonial de OCHOCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS CINCUENTA YNUEVE EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS DE EURO (813.559,16.-€).Página 48 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García Martínez7.2. Conclusión FinalA juicio de esta AC, el deudor no será capaz de atender el pagode sus pasivos con la realización de sus activos, atendiendo a susituación patrimonial deficitaria.Este Administrador Concursal concluye que:i. El Cese de actividad.ii. La inviabilidad de la continuación de la actividad.iii. La Liquidación de la sociedad. Esta AC está trabajando paraobtener las máximas cantidades del activo de la concursada,atendiendo la solicitud de liquidación establecida en la demandade concurso.iv. La consideración de grupo de empresas entre la concursada<strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES y las mercantiles <strong>TENNISQUICK</strong> ESPAÑOLAINTERNACIONAL, S.A. y MONTILLA SORIANO, S.L, de acuerdo conlas Sentencies recaídas de fechas 25 y 27 de enero de 2012 delJuzgado de lo Social número 3 de Madrid, sin perjuicio de lasmodificaciones y consideraciones que sean de aplicación en elámbito mercantil.- Este es el informe que con arreglo a nuestro leal saber y entender ysalvo error u omisión involuntarios emiten la que suscribe en base a ladocumentación e información con la que ha podido contar laAdministración Concursal, con expresa reserva de lo que pudieraresultar de existir de cualquier otra documentación o información a laque no haya tenido acceso esta Administración Concursal-.En Madrid, a 1 de marzo de 2012_____________________________Fdo.: Luis Garcia MartínezAdministrador ConcursalPágina 49 de 50 páginas


Concursado: <strong>TENNISQUICK</strong> TALLERES, S.L.Procedimiento Concurso Voluntario 827/2011–A Juzgado de lo Mercantil número 12 de MadridAdministrador Concursal Luis García MartínezANEXOS QUE SE ACOMPAÑANa) Lista individualizada de acreedores.b) Resumen lista acreedores.Página 50 de 50 páginas

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