13.07.2015 Views

Participaciones y Aportaciones Federales a Municipios ... - Indetec

Participaciones y Aportaciones Federales a Municipios ... - Indetec

Participaciones y Aportaciones Federales a Municipios ... - Indetec

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Instituto para el Desarrollo Técnicode las Haciendas PúblicasRevista Hacienda Municipal No. 108Publicación trimestral editada y distribuidapor el Instituto para el Desarrollo Técnicode las Haciendas Públicas, INDETEC; Lerdode Tejada 2469, Col. Arcos Sur, C.P. 44500Guadalajara, Jal., Número de Registro delTítulo Expedido por la Dirección Generalde Derechos de Autor de la SEP: 1716-93(40474). Números de Certificados de LicitudExpedidos por la Comisión Calificadora:Licitud de Título: 6798 Expediente1/432 “92”/8867. Licitud de Contenido:7308. Expediente 1/432 “92”/8867. RegistroPostal No. 044 0494; Características210252408. Según oficio No. 622 de fecha 21de abril de 1994. Tiraje 2,500 ejemplares.Los artículos firmados se consideranresponsabilidad exclusiva de su autory no necesariamente coinciden con lospuntos de vista de INDETEC.Se autoriza la reproducción total oparcial de los trabajos que aparecenen esta revista, siempre que se cite suprocedencia y se envíe a este Institutoun ejemplar de la publicación en queéstos sean reproducidos.El material tomado de otras fuentes nopuede reproducirse sin autorización.Toda solicitud al respecto deberáenviarse directamente a las fuentesrespectivas.Diseño: Arte y Comunicación,Priv. Andrés Terán 8, Col. Americana.C.P. 44600, Guadalajara, Jal., Méx.Impresión Prometeo EditoresCalle Libertad No. 1457Col. AmericanaC.P. 44160, Guadalajara, Jal., Méx.DIRECTORIOLic. Javier Pérez TorresDi r e c t o r Ge n e r a le-mail:javierperezt@indetec.gob.mxMtro. Luis García SoteloDi r e c t o r Ge n e r a l Ad j u n t o d e At e n c i ó n a l o s Or g a n i s m o sd e l Si s t e m a Na c i o n a l d e Co o r d i n a c i ó n Fi s c a le-mail: lgarcias@indetec.gob.mxLic. Carlos García LepeDi r e c t o r Ge n e r a l Ad j u n t o d e Ha c i e n d a Es t a t a ly Co o r d i n a c i ó n Ha c e n d a r i ae-mail: cgarcial@indetec.gob.mxMtro. Salvador Santana LozaDi r e c t o r Ge n e r a l Ad j u n t o d e Ha c i e n d a Municipale-mail: ssantanal@indetec.gob.mxhttp://www.indetec.gob.mxTels. (0133)3669 5550 y 3669 5551e-mail: idtinformacion@indetec.gob.mxEl Sistema Nacional de Coordinación Fiscalpone al servicio de los Funcionarios Fiscalessu página de Internet, con contenidosde trascendencia para las relacionesintergubernamentales: www.sncf.gob.mxISSN 0188-60-61Impreso en México - Printed in Mexico


Análisis del Presupuestode Egresos de laFederación 2010José de Jesús Guízar JiménezDatos curriculares:José de Jesús Guízar Jiménez,es Economista y Maestro enAdministración por el InstitutoTecnológico de EstudiosSuperiores de Occidente;Magíster en Hacienda Públicay Administración Financiera porel Instituto de Estudios Fiscalesdel Ministerio de Haciendade España y la Universidadde Madrid; y actualmente sedesempeña como ConsultorInvestigador en el INDETEC.jguizarj@indetec.gob.mxSegún se da a conocer en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2010, aprobadorecientemente por el Congreso de la Unión, las políticas de gasto a las cuales atiende esteinstrumento son las de generar mayor desarrollo social y combatir la pobreza, reactivarel crecimiento económico y el empleo, así como fortalecer la seguridad pública, ademásde dar continuidad a otros temas prioritarios de gasto. Pero ¿cómo hace el gobiernopara lograr estas metas con un presupuesto casi medio punto porcentual menor entérminos reales al presupuesto de 2009? En este sentido, es pertinente el análisis de losprincipales agregados y rubros presupuestales para comprender cómo va a funcionar elgasto del Estado el próximo ejercicio, haciendo una comparación con el del año anterior yobservando cómo se distribuirá el presupuesto en sus distintos agregados, el crecimientoo la disminución en determinados ramos, haciendo énfasis en el ramo 33 y el ramo 28, departicular interés para las entidades federativas.


4 hacienda municipal NÚMERO 108Con un presupuesto de 3 billones 176 mil 332.0millones de pesos, autorizado por la Cámara deDiputados, el ejecutivo federal buscará impulsarlas siguientes políticas de gasto: continuardesarrollando y potenciando las capacidadesbásicas de la población; coadyuvar a que laeconomía y el empleo retomen la senda delcrecimiento; y continuar el fortalecimiento de laseguridad pública.Para el logro de las políticas mencionadas en elpárrafo anterior se implementarán las siguienteslíneas de acción:I. Respecto a la política de Gasto Eficientecon Mayor Contenido Social, se buscareforzar el combate a la pobreza por mediodel Programa de Desarrollo HumanoOportunidades; desarrollar y potenciar lascapacidades básicas de la población pormedio de programas y acciones que lespermitan un mayor acceso a la alimentación,servicios básicos de salud, educación yvivienda; asegurar el acceso universala los servicios de salud, consolidando yampliando el padrón del Seguro Popular, ygarantizando la sustentabilidad financierade este esquema de aseguramiento; y ampliarlas oportunidades de todos los mexicanosdando mayor calidad y cobertura educativa,abatiendo rezagos, ampliando el acceso ymejorando las acciones de transformacióneducativa para reducir las desigualdades.II. Sobre la política para reactivar la Economíay Retomar la Senda del CrecimientoDinámico, se apoyará la reactivación de laplanta productiva y el fortalecimiento delmercado interno, por medio de programasque impulsen proyectos que, a través de laspequeñas y medianas empresas induzcanun mayor crecimiento de la demandainterna; consolidar los proyectos deinfraestructura, concentrando los proyectosen la modernización energética, hidráulicay de las comunicaciones y transportes


hacienda municipal 5del país; potenciar la productividad ycompetitividad, a través de los programasy acciones relacionadas con la promociónsectorial, comercio exterior e inversiónextranjera; y promover el desarrollocientífico, tecnológico y la innovación, pormedio de la instrumentación de programasy proyectos científicos, tecnológicos y deinnovación.III. Respecto a preservar la seguridady continuar la lucha frontal contra elnarcotráfico se buscará fortalecer los sistemasde seguridad pública y procuración dejusticia continuando con aquellas accionesque permitan dar cabal cumplimiento alos objetivos trazados en el Plan Nacionalde Desarrollo; y garantizar el derecho a laidentidad única de todos los mexicanos,por medio del establecimiento del RegistroNacional de Población y la expedición de laCédula de Identidad Personal.IV. Por último, dar continuidad a otros temasprioritarios de la política de gasto.Para la realización de las políticas de gastoantes citadas el Ejecutivo Federal contará conpresupuesto inferior en -0.48% 1 en términosreales respecto al autorizado en el año en curso.Lo anterior representa en términos absolutos130,853.4 millones de pesos corrientes menospara financiar sus compromisos de gasto ylograr sus objetivos.Fuente: Elaboración propia con información presupuestalDescomponiendo el Gasto Neto Total en dos de sus principales agregados se observaque el 90.68% del gasto propuesto para el 2010 se destinará al gasto primario, y elDescomponiendo9.32% restante seráel GastoparaNetocubrirTotallos intereses,en dos decomisionessus principalesy gastosagregadosque derivense observadelquemanejoel 90.68% del gasto propuesto para el 2010 se destinará al gasto primario, y el9.32%fiscal 2010.financiero de la deuda del país. La parte correspondiente al gasto primariorefleja unrestantecrecimientoserádelpara0.23%cubrircomparadalos intereses,con lacomisionesproporciónyquegastosle correspondióque derivenendelelDescomponiendo manejo2009 (90.48%),financieroa el estede Gasto agregadola deuda Neto Total dedelgasto.país. en dos La de parte sus principales correspondiente agregados al gasto se observa primarioque reflejaOtros el agregados 90.68% un crecimiento del de gasto gastodel propuesto 0.23%de grancomparadaimportancia el con 2010 sonla se proporciónlos destinará denominadosque al le gasto gastocorrespondió primario, programableen y el el9.32% 2009y no programable,(90.48%), restante será a esteya para agregadoque cubrir en ellosde los gasto.se intereses, observa: comisiones por parte del y gastos que programable, deriven del lasmanejo Otroserogacionesagregados financiero destinadasde gasto la deuda al cumplimientogran del importancia país. La de parte sonlaslos correspondiente atribucionesdenominadosdegasto al las gasto instituciones,programable primariorefleja ydependenciasno programable, un crecimiento y entidadesya del que 0.23% delenGobiernoellos comparada se observa:Federal, con la sepor proporción incluyeparte deltambién que gasto le correspondió elprogramable,gasto que en selas el ha2009 erogacionesdescentralizado (90.48%), destinadas a este a los agregado estadosal cumplimiento de y gasto. municipiosde lasparaatribucionesel cumplimientode lasdeinstituciones,programasOtros dependencias agregados y de entidades gasto de del gran Gobierno importancia Federal, son se los incluye denominados también gasto el gasto programable que se ha1 Considerando un deflactor implícito del PIB del 4.8%, tomado de los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio


6 hacienda municipal NÚMERO 108“Respecto al comportamiento de las cuatrosecciones en que se agrupa el presupuesto, esde observarse que son los ramos autónomos yadministrativos donde recae la mayor parte dela disminución del presupuesto, al descender en-7.63% y -5.36% respectivamente”Descomponiendo el Gasto Neto Total en dosde sus principales agregados se observa queel 90.68% del gasto propuesto para el 2010 sedestinará al gasto primario, y el 9.32% restanteserá para cubrir los intereses, comisiones y gastosque deriven del manejo financiero de la deuda delpaís. La parte correspondiente al gasto primariorefleja un crecimiento del 0.23% comparada conla proporción que le correspondió en el 2009(90.48%), a este agregado de gasto.Otros agregados de gasto de gran importanciason los denominados gasto programable y noprogramable, ya que en ellos se observa: porparte del gasto programable, las erogacionesdestinadas al cumplimiento de las atribucionesde las instituciones, dependencias y entidades delGobierno Federal, se incluye también el gasto quese ha descentralizado a los estados y municipiospara el cumplimiento de programas prioritariosen materia de educación, salud e infraestructura.Fuente: Elaboración propia con información presupuestal


hacienda municipal 7En el caso del gasto no programable, se consideranlas erogaciones que por su naturaleza no esfactible identificar con un programa específico,también proporción pertenecen que representa a este tipo un de erogaciones incremento del 0.23% en comparación con la asignadalos en 2009, recursos que destinados fue del 76.19%. a las operaciones yprogramas de saneamiento financiero y losapoyos Adicionalmente a ahorradores se puede y deudores observar de la banca. en el Cuadro N° 1, que de los cuatro agregadosEn presupuestales esta clasificación comentados se observa en los el Gráfico párrafos anteriores, ninguno de ellos se incrementaN° en 2, términos que el gasto reales; no programable así pues el representa gasto programable el desciende en -0.25%, el gasto no23.64% programable del Gasto en Neto -1.20%, Total, correspondiéndoleel gasto primario en -0.25% y el gasto destinado a cubrir losal intereses, gasto programable comisiones el y 76.36%, gastos de proporción las obligaciones de la deuda del Ejecutivo Federal loque hace representa en -2.63%. un incremento del 0.23% encomparación con la asignada en 2009, que fuedel 76.19%.Adicionalmente se puede observar en el CuadroN° 1, que de los cuatro agregados presupuestalescomentados en los párrafos anteriores, ningunode ellos se incrementa en términos reales;así pues el gasto programable desciende en-0.25%, el gasto no programable en -1.20%, elgasto primario en -0.25% y el gasto destinado acubrir los intereses, comisiones y gastos de lasobligaciones de la deuda del Ejecutivo Federallo hace en -2.63%.Cuadro N° 1Comparativo del Dictamen de Presupuesto Cuadro N° 1de Egresos de la Federación 2010Comparativo del Dictamen Respecto de al Presupuesto de Egresos de Egresos de la Federación 2009 2010 Respecto alPresupuesto Datos de Globales Egresos 2009Datos GlobalesConceptoA: Ramos AutónomosB: Ramos AdministrativosC: Ramos GeneralesD: Entidades Sujetas a ControlGASTO NETO TOTALPEF 2009 PEF 2010 Diferencia AbsolutaRespecto al PEF 2009Tasa deCrecimientoNominalTasa deCrecimientoReal aprecios de"2009"54,938,018,738 53,179,872,078 -1,758,146,660 -3.20% -7.63%792,536,480,051 786,097,301,439 -6,439,178,612 -0.81% -5.36%1,434,591,539,744 1,528,872,172,363 94,280,632,619 6.57% 1.69%1,014,411,472,248 1,064,290,942,802 49,879,470,554 4.92% 0.11%3,045,478,600,000 3,176,332,000,000 130,853,400,000 4.30% -0.48%Gasto Programable 2,320,352,364,972 2,425,552,671,192 105,200,306,220 4.53% -0.25%Gasto No Programable 725,126,235,028 750,779,328,808 25,653,093,780 3.54% -1.20%Gasto Neto Total 3,045,478,600,000 3,176,332,000,000 130,853,400,000 4.30% -0.48%Gasto Primario 2,755,534,455,507 2,880,455,425,301 124,920,969,794 4.53% -0.25%Costo Financiero de la Deuda 289,944,144,493 295,876,574,699 5,932,430,206 2.05% -2.63%Fuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la FederaciónFuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 y el Decreto de Presupuesto de2010 y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara deEgresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara de Diputados.Diputados.Respecto al comportamiento de las cuatro secciones en que se agrupa el presupuesto,es de observarse que son los ramos autónomos y administrativos donde recae la mayor


8 hacienda municipal NÚMERO 108Respecto al comportamiento de las cuatrosecciones en que se agrupa el presupuesto, esde observarse que son los ramos autónomos yadministrativos donde recae la mayor parte dela disminución del presupuesto, al descender en-7.63% y -5.36% respectivamente, situación queno se da en las demás secciones, ya que en éstasse observan crecimientos en términos reales del1.69% para los ramos generales, y 0.11% paralas entidades sujetas a control presupuestariodirecto.El comportamiento particular de las variacionesmás sobresalientes en cada una de las seccionesdel presupuesto se pueden observar en losCuadros 2, 3, 4 y 5, que se presentan en lassiguientes secciones.‣ Ramos Autónomos:Los ramos autónomos, según la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria,son los ramos por medio de los cuales seasignan recursos en el presupuesto de egresosa los poderes legislativo y judicial, y a los entesautónomos, tales como el Instituto FederalElectoral, así como la Comisión Nacional de losDerechos Humanos.La importancia relativa de cada uno de losramos en esta sección se observa en el GráficoN° 3, en donde se aprecia que el poder judicialrepresenta el 64.14%, mientras que el poderlegislativo tiene el 17.96%, el Instituto FederalElectoral (IFE) 16.23% y la Comisión Nacionalde Derechos Humanos (CNDH) el 1.67%.En esta sección de manera global (Ver Cuadro N°2), se observa que el poder judicial es el únicoque registra un incremento presupuestal del0.02% en términos reales, mientras que los demásentes integrantes de este ramo decrementan susasignaciones presupuestales en -2.07% el poderlegislativo, -32.38% el IFE y -6.98 la CNDH%.En lo particular, la Cámara de Senadores,la Auditoría Superior de la Federación y laSuprema Corte de Justicia de la Nación recibenEn esta sección de manera global (Ver Cuadro N° 2), se observa que el poder judicFuente: Elaboración propia con información presupuestales el único que registra un incremento presupuestal del 0.02% en términos realeEn esta mientras sección de que manera los demás global (Ver entes Cuadro integrantes N° 2), se de observa este ramo que el decrementan poder judicial sus asignacione manera global (Ver es el Cuadro único que registra un incremento presupuestal del 0.02% en términos reales,mientraspresupuestales N° 2), seque los demás entesen observa -2.07%integrantesel que poder el poderde estelegislativo, judicialramo decrementan-32.38%suselasignacionesIFE y -6.98 la CNDH%.registra un incremento presupuestal del 0.02% en términos reales,presupuestales en -2.07% el poder legislativo, -32.38% el IFE y -6.98 la CNDH%.demás entes integrantes de este ramo decrementan sus asignaciones


hacienda municipal 9Cuadro N° 2Comparativo del del Dictamen Dictamen de de Presupuesto Presupuesto de Egresos de Egresos de la Federación la Federación 2010 Respecto 2010 alRespectoPresupuestoal Presupuestode Egresosde Egresos20092009Ramos AutónomosRamos AutónomosRespecto al PEF 2009Tasa deConceptoPEF 2009 PEF 2010 Diferencia AbsolutaTasa deCrecimientoNominalCrecimientoReal aprecios de"2009"A: Ramos Autónomos54,938,018,738 53,179,872,078 -1,758,146,660 -3.20% -7.63%Gasto Programable01 Poder Legislativo 9,304,951,608 9,549,963,905 245,012,297 2.63% -2.07%Cámara de Senadores 2,992,716,860 3,569,947,913 577,231,053 19.29% 13.82%Cámara de Diputados 5,284,534,748 4,753,515,992 -531,018,756 -10.05% -14.17%Auditoría Superior de la Federación 1,027,700,000 1,226,500,000 198,800,000 19.34% 13.88%03 Poder Judicial 32,539,820,490 34,108,570,217 1,568,749,727 4.82% 0.02%Suprema Corte de Justicia de la Nación 3,563,970,828 4,476,176,131 912,205,303 25.60% 19.84%Consejo de la Judicatura Federal 26,977,964,862 27,637,455,886 659,491,024 2.44% -2.25%Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación1,997,884,800 1,994,938,200 -2,946,600 -0.15% -4.72%22 Instituto Federal Electoral 12,180,746,640 8,631,759,587 -3,548,987,053 -29.14% -32.38%35 Comisión Nacional de los DerechosHumanos912,500,000 889,578,369 -22,921,631 -2.51% -6.98%40 Información Nacional Estadistica yGeográfica7,648,600,000 8,765,687,413 1,117,087,413 14.61% 9.36%Fuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la FederaciónFuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos la Federación 2010 y el Decreto de Presupuesto de2010 y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara deEgresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara de Diputados.Diputados.Nota: Para efectos de este cuadro se incluye el Ramo 40 en la sección de ramos autónomos; sin embargo, su monto no se incluyó en eltotalNota:de estaParasecciónefectospara guardarde estehomogeneidadcuadro seconincluyeel anexo N°el1Ramodel Proyecto40 endelaPresupuesto.sección de ramos autónomos; sinembargo, su monto no se incluyó en el total de esta sección para guardar homogeneidad con elanexo N° 1 del Proyecto de Presupuesto.incrementos presupuestales en términos reales Al interior de este apartado, tal como sedel 13.82%, 13.88% y 19.84% respectivamente. observa en el Gráfico N°4, las Secretarías de‣ Ramos Administrativos:Educación Pública, Salud, Comunicaciones yEl Ramo 40 es recurso destinado al Sistema Transportes, Desarrollo Social, y Agricultura,Nacional En los de ramos Información administrativos Estadística encontramos y Ganadería, las asignaciones Desarrollo Rural, presupuestales Pesca yGeográfica, correspondientes por lo que a su las incremento dependencias real de del Alimentación Poder Ejecutivo son las Federal, que mayores así como recursos a9.36%, entidades, equivalente Presidencia a 1,117.1 de millones la República, de pesos Procuraduría presupuestales General contienen, de la República ya que éstas y a en los suadicionales, tribunales administrativos. ello se explica 1 por el del Censo conjunto conforman el 67.96% del total. ComoGeneral de Población y Vivienda.se aprecia en el Cuadro N° 3, al interior deAl interior de este apartado, tal como se observa estos en ramos, el Gráfico las disminuciones N°4, las Secretarías presupuestales de‣ Educación Ramos Administrativos:Pública, Salud, Comunicaciones de y la Transportes, Secretaría de Gobernación, Desarrollo Social, -16.75%; y laSecretaría de Energía, -93.11%; la SecretaríaEn los ramos administrativos encontramos las de la Función Pública, 24.01%; los Tribunalesasignaciones 1 Artículo 2° de presupuestales la Ley Federal de correspondientes Presupuesto y Responsabilidad a Agrarios, Hacendaria. -22.65%; y la Consejería Jurídica dellas dependencias del Poder Ejecutivo Federal, así Ejecutivo Federal, -81.66%; muestran que escomo a entidades, Presidencia de la República, en estas dependencias donde recae el mayor6Procuraduría General de la República y a lostribunales administrativos. 22 Artículo 2° de la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria.peso de la reducción presupuestal del PoderEjecutivo, al disminuir en conjunto 42,774.5millones de pesos corrientes.


de Energía, -93.11%; la Secretaría de la Función Pública, 24.01%; los TribunalesAgrarios, -22.65%; y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, -81.66%; muestranque es en estas dependencias donde recae el mayor peso de la reducción presupuestaldel Poder Ejecutivo, al disminuir en conjunto 42,774.5 millones de pesos corrientes.10 hacienda municipal NÚMERO 108Adicionalmente, se observa en esta sección que los incrementos presupuestales seFuente: presentan Elaboración en propia las con Secretarías información presupuestal de: Relaciones Exteriores, 6.08%; Comunicaciones yTransportes, 5.95%; Salud, 0.53%; Desarrollo Social, 12.68%; y Tribunal Federal deJusticia Fiscal y Administrativa, 8.97%. Las Secretarías de Salud y Desarrollo Socialcontarán con recursos adicionales por 4,556.5 y 12,330.3 millones de pesos,Adicionalmente, se observa en esta sección que rectores del Programa Sectorial de Salud 2007respectivamente, recursos que formarán parte de los programas que, de manera máslos incrementos presupuestales se presentan en – 2012:directa, impactan a la sociedad.las Secretarías de: Relaciones Exteriores, 6.08%;Comunicaciones y Transportes, 5.95%; Salud, Mejorar las condiciones de salud de la0.53%;ParaDesarrolloel caso deSocial,la Secretaría12.68%;deySalud,Tribunallos recursospoblación;se enfocarán a alcanzar los cincoFederal objetivos de rectores Justicia Fiscal del Programa y Administrativa, Sectorial de Salud 2007 – 2012:8.97%. Las Secretarías de Salud y Desarrollo Reducir las desigualdades en saludSocial contarán con recursos adicionales mediante intervenciones focalizadas en7por 4,556.5 y 12,330.3 millones de pesos, grupos vulnerables;respectivamente, recursos que formarán partede los programas que, de manera más directa,impactan a la sociedad. Prestar servicios de salud con calidad yseguridad;Para el caso de la Secretaría de Salud, los recursosse enfocarán a alcanzar los cinco objetivosEvitar el empobrecimiento de la poblaciónpor motivos de salud, y


‣ Ramos Generales:hacienda municipal 11Garantizar que la salud contribuya alcombate a la pobreza y al desarrollo socialdel país.Atender a grupos vulnerables que no habíansido incorporados a los beneficios de laspolíticas públicas;Por su parte, la Secretaría de Desarrollo Socialcon su propuesta económica se propone:Dar continuidad a los programas deformación de capital humano;Disminuir las disparidades regionales através del ordenamiento territorial y ladotación de infraestructura básica quepermita integrar a las regiones ruralesmarginadas a los procesos de desarrollo ydetonar sus potencialidades productivas.Cuadro N° 3Comparativo del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 Respecto alPresupuesto de Egresos 2009Ramos AdministrativosRespecto al PEF 2009Tasa deConceptoPEF 2009 PEF 2010 Diferencia AbsolutaTasa deCrecimientoNominalCrecimientoReal aprecios de"2009"B: Ramos Administrativos792,536,480,051 786,097,301,439 -6,439,178,612 -0.81% -5.36%Gasto Programable02 Presidencia de la Republica 1,798,061,366 1,677,840,660 -120,220,706 -6.69% -10.96%04 Gobernación 9,594,007,041 8,370,632,682 -1,223,374,359 -12.75% -16.75%05 Relaciones Exteriores 5,347,708,810 5,945,357,102 597,648,292 11.18% 6.08%06 Hacienda y Credito Público 36,683,345,053 36,418,348,781 -264,996,272 -0.72% -5.27%07 Defensa Nacional 43,623,321,860 43,032,410,311 -590,911,549 -1.35% -5.87%08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,Pesca y Alimentación70,705,385,277 73,368,451,917 2,663,066,640 3.77% -0.99%09 Comunicaciones y Transportes 72,484,915,633 80,484,986,695 8,000,071,062 11.04% 5.95%10 Economía 14,153,375,103 14,354,738,067 201,362,964 1.42% -3.22%11 Educación Pública 200,930,557,665 210,328,659,110 9,398,101,445 4.68% -0.12%12 Salud 85,036,468,164 89,592,930,927 4,556,462,763 5.36% 0.53%13 Marina 16,059,281,110 15,846,686,124 -212,594,986 -1.32% -5.84%14 Trabajo y Prevención Social 4,090,680,109 3,677,865,914 -412,814,195 -10.09% -14.21%15 Reforma Agraria 5,804,348,633 5,195,123,145 -609,225,488 -10.50% -14.60%16 Medio Ambiente y Recursos Naturales 45,059,843,382 46,236,202,437 1,176,359,055 2.61% -2.09%17 Procuraduría Genral de la República 12,309,857,565 11,781,474,057 -528,383,508 -4.29% -8.68%18 Energía 43,816,036,778 3,163,622,338 -40,652,414,440 -92.78% -93.11%20 Desarrollo Social 68,146,568,105 80,476,891,338 12,330,323,233 18.09% 12.68%21 Turismo 4,001,271,236 3,935,758,535 -65,512,701 -1.64% -6.14%27 Función Pública 1,568,055,793 1,248,758,954 -319,296,839 -20.36% -24.01%31 Tribunales Agrarios 926,048,766 750,666,996 -175,381,770 -18.94% -22.65%32 Tribunal Federal de Justicia Fiscal yAdministrativa1,505,655,423 1,719,423,175 213,767,752 14.20% 8.97%36 Seguridad Pública 32,916,838,380 32,437,776,662 -479,061,718 -1.46% -5.97%37 Consejeria Jurídica del Ejecutivo Federal 500,116,073 96,103,099 -404,012,974 -80.78% -81.66%38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 15,474,732,726 15,956,592,413 481,859,687 3.11% -1.61%Fuente:Fuente:ElaboraciónElaboraciónpropia conpropiadatos delconDictamendatosdedelPresupuestoDictamendedeEgresosPresupuestode la Federaciónde Egresos2010 y el Decretode la FederaciónPresupuesto deEgresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara de Diputados.2010 y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara deDiputados.


12 hacienda municipal NÚMERO 108“El Fondo de Inversión para Entidades Federativasse distribuirá según el coeficiente derivado de ladistribución del Fondo General de <strong>Participaciones</strong>publicado en la cuenta pública 2008. Su ejercicio yadministración deberá realizarse sujetándose a lanormatividad del FIES”‣ Ramos Generales:En los ramos generales se localizan los recursosprevistos en el Presupuesto de Egresosde la Federación que serán destinados alcumplimiento de propósitos específicos, loscuales atienden obligaciones del gobiernofederal cuyas asignaciones no correspondenal gasto directo de las dependencias ni de lasentidades.Cuadro N° 4Comparativo del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 Respecto alPresupuesto de Egresos 2009Ramos GeneralesConceptoPEF 2009 PEF 2010 Diferencia AbsolutaTasa deCrecimientoNominalTasa deCrecimientoReal aprecios de"2009"C: Ramos Generales1,434,591,539,744 1,528,872,172,363 94,280,632,619 6.57% 1.69%Gasto Programable754,376,476,964 827,295,990,032 72,919,513,068 9.67% 4.64%R. 19 <strong>Aportaciones</strong> a Seguridad Social 226,142,493,531 298,406,173,947 72,263,680,416 31.95% 25.91%R. 23 Proviciones Salariales Económicas 82,935,278,145 65,737,713,278 -17,197,564,867 -20.74% -24.37%R. 25 Previciones y <strong>Aportaciones</strong> para losSistemas de Educación Básica, Normal,49,036,374,000 43,844,058,803 -5,192,315,197 -10.59% -14.68%Tecnológica y de Adultos.R. 33 <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para EntidadesFederativas y <strong>Municipios</strong>396,262,331,288 419,308,044,004 23,045,712,716 5.82% 0.97%Gasto no Programable 680,215,062,780 701,576,182,331 21,361,119,551 3.14% -1.58%24 Deuda Pública 214,040,425,245 232,910,980,862 18,870,555,617 8.82% 3.83%28 <strong>Participaciones</strong> a Entidades Federativas y<strong>Municipios</strong>430,182,090,535 441,579,154,109 11,397,063,574 2.65% -2.05%30 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores(ADEFAS)5,000,000,000 13,323,600,000 8,323,600,000 166.47% 154.27%34 Erogaciones para los Programas de Apoyoa Ahorradores y Deudores de la BancaRespecto al PEF 200930,992,547,000 13,762,447,360 -17,230,099,640 -55.59% -57.63%Fuente: Fuente: Elaboración Elaboración propia con propia datos del con Dictamen datos de del Presupuesto Dictamen de de Egresos Presupuesto de la Federación Egresos 2010 y el Decreto de la FederaciónPresupuesto deEgresos 2010 de la y Federación el Decreto 2009 de autorizado Presupuesto por la Cámara de Egresos de Diputados. de la Federación 2009 autorizado por la Cámara deDiputados.


hacienda municipal 13Gráfico No. 5Distribución Porcentual de los Ramos GeneralesGasto PragramableRamo 234.30%Ramo 252.87%GastoProgramable54.11%Ramo 1919.52%Ramo 3327.43%Gasto NoProgramable45.89%Fuente: Elaboración propia con información presupuestalComo se puede observar en el Cuadro N° 4,la cantidad presupuestada para este grupode ramos es de 1,528,872.2 millones de pesos,de estos, el 54.11% corresponden a los ramoscategorizados como gasto programable 3 , delos cuales se destacan los ramos 23, 25 y 33Gráfico No. 7• Por su incremento el Programa Salarial conDistribución Porcentual de los Ramos Generales(Ver Gráfico N°5) por contener recursos que 22,522.5 millones de pesos adicionales paraGasto No Pragramableserán transferidos a las entidades federativas ymunicipios.Al Ramo 23 Provisiones Salariales Económicasque representa 4.30%, se le está asignandola cantidad de 65,737.0 millones de pesos,cifra inferior en -24.37% en términos reales ala asignada en 2009. En la estructura Gasto No de esteramo encontramos los conceptos Programable de: ProgramaSalarial, Provisiones Económicas, 45.89% Otras3 Definido al inicio de este artículo como: las erogacionesdestinadas al cumplimiento de las atribuciones de lasinstituciones, dependencias y entidades del GobiernoFederal; incluye Gasto también el gasto que se ha descentralizadoa los estados Programable y municipios para el cumplimiento deprogramas prioritarios 54.11% en materia de educación, salud einfraestructura.Provisiones Económicas, y Gastos Asociados aIngresos Petroleros, conceptos que observan unavariación de 559.83%, -4.58%, 5.94% y -87.78%respectivamente. De éstos, se destaca:el 2010; en líneas generales los recursosde este programa se destinan: a) al fondode ahorro capitalizable, b) el pago deseguros para los trabajadores a cargo delejecutivo federal, y c) para apoyar el costode reestructuraciones Ramo 28 orgánicas de puestosque conforme la 28.88% normatividad apliquen lasdependencias y entidades.• Ramo Por contener 24 recursos para las entidades15.23% federativas y municipios el concepto deOtras Provisiones Económicas, conceptoque en términos absolutos, se incrementa en3,197.4 millones de pesos. Las variacionesque se observan al interior de este conceptoson las siguientes:Ramo 34Ramo 300.90%0.87%


hacienda municipal 15MontoZona Metropolitana de la Ciudad de Monterrey 775,231,066Zona Metropolitana de la Ciudad de León 342,920,126Zona Metropolitana de Puebla-Tlaxcala 315,623,081Zona Metropolitana de la Ciudad de Querétaro 169,150,530Zona Metropolitana de la Laguna 391,178,122Zona Metropolitana de la Ciudad de Acapulco 66,805,061Zona Metropolitana de la Ciudad de Aguascalientes 95,860,989Zona Metropolitana de la Ciudad de Cancún 95,860,989Zona Metropolitana de la Ciudad de Mérida 67,777,521Zona Metropolitana de la Ciudad de Oaxaca 56,157,114Zona Metropolitana de la Ciudad de Tijuana 86,157,114Zona Metropolitana de la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez 56,157,114Zona Metropolitana de Veracruz 49,379,362Zona Metropolitana de la Ciudad de Villahermosa 44,536,707Zona Metropolitana de Juárez 41,953,663Zona Metropolitana de Saltillo 49,379,362Zona Metropolitana de Colima-Villa de Álvarez 31,953,663Zona Metropolitana de Pachuca 60,999,769Zona Metropolitana de Tula 49,379,362Zona Metropolitana de Puerto Vallarta 49,379,362Zona Metropolitana de Tepic 31,953,663Zona Metropolitana de San Luis Potosí-Soledad de G.S. 31,953,663Zona Metropolitana de Tampico 40,666,512Zona Metropolitana de Reynosa-Río Bravo 31,953,663Zona Metropolitana de Tlaxcala-Apizaco 18,398,159Zona Metropolitana de Xalapa 31,953,663Zona Metropolitana de Toluca 111,351,590Zona Metropolitana de Hermosillo 51,953,683Zona Metropolitana de Chihuahua 41,953,683Zona Metropolitana de Mexicali 51,953,683Apoyo Presa Francisco J. Múgica 300,000,000Programa de Fiscalización Gasto Federalizado (PROFIS) 330,000,000Fondo de Apoyo a Migrantes 100,000,000Seguridad y Logística 950,000,000Presupuesto Basado en Resultados-Sistema de Evaluación del600,000,000DesempeñoGastos Asociados a Ingresos Petroleros 6,300,600,000TOTAL 65,822,743,278El Ramo 33, denominado de las <strong>Aportaciones</strong><strong>Federales</strong> para Entidades Federativas y<strong>Municipios</strong>, contiene los recursos que laFederación transfiere a los gobiernos localespara la prestación de los servicios federalestransferidos. En este ramo se observa unincremento real del 0.97%, lo que les representaráa los gobiernos locales 23,045.7 millones depesos adicionales para realizar las funcionestransferidas.


El Fondo de Pavimentación se canalizará a través de la Secretaría deHacienda y Crédito Público bajo las disposiciones que para ello emita; elobjetivo de estos recursos será el de servir de apoyos económicos ogarantías que respalden el crédito solicitado por los municipios a16 hacienda municipal NÚMERO 108instituciones bancarias para la realización de obras de pavimentación.Fuente: Elaboración propia con información presupuestalEl Ramo 33, denominado de las <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para Entidades Federativas y<strong>Municipios</strong>, contiene los recursos que la Federación transfiere a los gobiernos localespara la prestación de los servicios federales Cuadro N° transferidos. 6 En este ramo se observa unComparativo incremento del real Dictamen del 0.97%, de Presupuesto lo que les representará de Egresos a de los la gobiernos Federación locales 201023,045.7Respecto almillones de pesos adicionales Presupuesto para realizar de las Egresos funciones 2009 transferidas.Ramo 33Respecto al PEF 2009Del total de estos recursos, los fondos destinados a los servicios educativos secomportan de la siguiente manera: el Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la Educación Básica Tasa deTasa dey Normal, se incrementa en 1.49%; CrecimientProyecto el Fondo PEF relativo a Diferencia la Educación Tecnológica y deFondo Adultos decrece en PEF -1.15%; 2009el Fondo de Crecimient o Real a2010 <strong>Aportaciones</strong> Múltiples Absolutaen su componente deinfraestructura educativa decrece en –0.98%.o Nominal precios del"2009"FAEB 220,332,600,000 234,357,706,491 14,025,106,491 6.37% 12 1.49%FASSA 48,617,763,600 53,100,077,838 4,482,314,238 9.22% 4.22%FAIS 39,880,697,500 41,386,542,500 1,505,845,000 3.78% -0.98%Estatal 4,833,540,537 5,016,048,951 182,508,414 3.78% -0.98%Municipal 35,047,156,963 36,370,493,549 1,323,336,586 3.78% -0.98%FORTAMUN 40,874,524,482 42,417,895,139 1,543,370,657 3.78% -0.98%FAM 12,985,155,106 13,475,458,238 490,303,132 3.78% -0.98%Asistencia Social 5,922,597,477 6,146,227,311 223,629,834 3.78% -0.98%Inf. Educativa 7,062,557,629 7,329,230,927 266,673,298 3.78% -0.98%FAETA 4,321,600,000 4,477,099,998 155,499,998 3.60% -1.15%Edu. Tecnológica 2,557,190,226 2,662,608,819 105,418,593 4.12% -0.65%Edu. de Adultos 1,764,409,774 1,814,491,179 50,081,405 2.84% -1.87%FASP 6,916,800,000 6,916,800,000 0 0.000% -4.58%FAFEF 22,333,190,600 23,176,463,800 843,273,200 3.78% -0.98%Total 396,262,331,288 419,308,044,004 23,045,712,716 5.82% 0.97%Fuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 y el Decreto de Presupuesto deEgresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara de Diputados.


hacienda municipal 17Como se puede observar en el cuadro N° 5, deltotal de estos recursos, los fondos destinadosa los servicios educativos se comportan de lasiguiente manera: el Fondo de <strong>Aportaciones</strong>para la Educación Básica y Normal, seincrementa en 1.49%; el Fondo relativo a laEducación Tecnológica y de Adultos decreceen -1.15%; el Fondo de <strong>Aportaciones</strong> Múltiplesen su componente de infraestructura educativadecrece en –0.98%.Los fondos destinados a la infraestructura comoprincipal etiqueta son: Fondo de <strong>Aportaciones</strong>para la Infraestructura Social y Fondo de<strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimiento de lasEntidades Federativas, mismos que tendránrecursos adicionales del orden de los 1,505.8y 843.3 millones de pesos, respectivamente;no obstante, su incremento real es negativo,-0.98.Un fondo muy importante por la función a laque está canalizado es el Fondo de <strong>Aportaciones</strong>para los Servicios de Salud, el cual obtieneel mayor incremento, de 4.22% en términosreales, lo que estaría dotando a los estados de4,482.3 millones de pesos corrientes adicionalesrespecto al 2009.Los fondos restantes: el Fondo de <strong>Aportaciones</strong>Múltiples en su componente de asistenciasocial, y el Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de lasDemarcaciones Territoriales del Distrito Federal,ambos disminuyen en -0.98% en términos reales,mientras que el Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para laSeguridad Pública de los Estados y del DistritoFederal no presenta variación absoluta, lo quese traduce en una disminución real del -4.58%.El Ramo 25 es donde se concentran los recursos,entre otros, correspondientes a los incrementossalariales de los trabajadores del sistemaeducativo federal transferido a los estados,así como el recurso para prestar los servicioseducativos del Distrito Federal. En el CuadroN° 4, podemos observar que la propuesta depresupuesto para el citado ramo considera undecremento del 14.68% en términos reales.Respecto al Ramo 19, es en éste donde seconcentran recursos para las aportaciones quepor ley debe realizar el gobierno federal paralos sistemas de seguridad social, tales comolas aportaciones al IMSS, ISSSTE, entre otros.Aquí encontramos una asignación superior en72,263.7 millones de pesos.


18 hacienda municipal NÚMERO 108Gráfico No. 7Distribución Porcentual de los Ramos GeneralesGasto No PragramableGasto NoProgramable45.89%Ramo 2415.23%Ramo 2828.88%GastoProgramable54.11%Fuente: Elaboración propia con información presupuestalRamo 340.90%Ramo 300.87%El gasto no programable, de los RamosGenerales, que está conformado por el costofinanciero de la deuda, las participaciones deingresos a entidades federativas y municipios,y el pago de adeudos de ejercicios fiscalesanteriores (ADEFAS), representa el 45.89% delgasto asignado a los Ramos Generales (VerCuadro N° 4 y Gráfico N°7) con una asignaciónde 701,576.2 millones de pesos, cifra inferior en-1.58% en términos reales, respecto al aprobadoen 2009.De los cuatro componentes del gasto noprogramable tres de ellos están relacionados conobligaciones financieras del Gobierno Federal:el primero, Ramo 24, es para atender de maneraoportuna las obligaciones financieras internas yexternas del Gobierno Federal; en el segundo,Ramo 34, se canalizan las erogaciones para losprogramas de apoyo a ahorradores y deudoresde la banca; y el tercero, Ramo 30, se utiliza parahacer frente a los compromisos pendientes depago de los Ramos de la Administración PúblicaFederal.El Ramo 24, con una propuesta de 232,910.9millones de pesos, observa una variación del3.83% en relación al presupuesto 2009, lo querepresenta 18,870.5 millones de pesos adicionalespara atender las obligaciones financierasinternas y externas del Gobierno Federal. Deltotal asignado a este ramo, el 80.67% es paraatender la deuda interna y el 19.33% restantespara la deuda externa.Las asignaciones para atender las ADEFAS en2010 muestran un incremento del 154.27% entérminos reales, al crecer de 5,000.0 a 13,323.6millones de pesos en la propuesta de presupuestorespecto al autorizado 2009.Las erogaciones previstas para hacer frente alas obligaciones derivadas de los programasde apoyo a ahorradores y deudores de la bancaascienden a 13,762.4 millones de pesos, montoque equivale a 1.96% del gasto no programableasignado a los ramos generales. Del monto total,de 13,762.4 millones de pesos asignado a esteramo, el 82.3% será destinado a los programas


hacienda municipal 19“Las asignaciones para atender los ADEFAS en2010 muestran un incremento del 154.27% entérminos reales, al crecer de 5,000.0 a 13,323.6millones de pesos en la propuesta de presupuestorespecto al autorizado 2009”de apoyo a ahorradores, mientras que el 17.7%restante corresponde a los programas de apoyoa deudores.De las asignaciones agrupadas en esta sección,el Ramo 28 <strong>Participaciones</strong> a EntidadesFederativas y <strong>Municipios</strong> es de gran interésde las entidades federativas, en virtud de queen este ramo se concentran los recursos queel Gobierno Federal transfiere a las entidadesfederativas y municipios como participacionesen ingresos federales e incentivos económicos,de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal ylos Convenios de Adhesión al Sistema Nacionalde Coordinación Fiscal y de ColaboraciónAdministrativa en Materia Fiscal Federal y susanexos. Este ramo registra un decrecimientoreal en su estimación del -2.05%, lo que leestaría generando a las entidades federativasy municipios alrededor de 11,397.1 millones depesos corrientes menos para su libre ejercicio,respecto al presupuesto aprobado 2009.‣ Entidades Sujetas a ControlPresupuestario:En esta sección se presentan las entidades sujetasa control presupuestario directo, clasificacióncon la que se identifican las entidades de laAdministración Pública Paraestatal cuyospresupuestos forman parte del Presupuesto deEgresos de la Federación; tales entidades son: elInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado (ISSSTE); el InstitutoMexicano del Seguro Social (IMSS); la ComisiónFederal de Electricidad (CFE); Luz y Fuerza delCentro (LFC) 4 y Petróleos Mexicanos (PEMEX).El gasto programable en esta sección delpresupuesto representa el 95.38%, lo quese traduce en una mayor proporción delas asignaciones destinadas a la operación,funcionamiento e inversión (de ser el caso) delas entidades paraestatales en comento. Entreellas las de mayor participación son: PEMEXcon el 35.32%, IMSS que representa el 30.10%,ISSSTE con el 10.18% y la CFE con el 19.77%.En el Cuadro N° 5, se observa que el recursodestinado a financiar el gasto programable dePetróleos Mexicanos se incrementa en 2.67%,mientras que el consignado para cubrir el serviciode los pasivos de la paraestatal disminuye en-3.91%.4 En proceso de liquidación


En el Cuadro N° 5, se observa que el recurso destinado a financiar el gastoprogramable de Petróleos Mexicanos se incrementa en 2.67%, mientras que elDe las asignaciones agrupadas en esta sección, el Ramo 28 <strong>Participaciones</strong> a20 hacienda Entidades municipal Federativas NÚMERO y <strong>Municipios</strong> 108 es de gran interés de las entidades federativas, envirtud de que en este ramo se concentran los recursos que el Gobierno Federaltransfiere a las entidades federativas y municipios como participaciones en ingresosfederales e incentivos económicos, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y losConvenios de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y de ColaboraciónFuente: Elaboración Administrativa propia con información en Materia presupuestal Fiscal Federal y sus anexos. Este ramo registra undecrecimiento real en su estimación del -2.05%, lo que le estaría generando a lasentidades federativas y municipios alrededor de 11,397.1 millones de pesos corrientesmenos para su libre ejercicio, respecto al presupuesto aprobado 2009.‣ Entidades Sujetas a Control Presupuestario:En esta sección se presentan las entidades sujetas a control presupuestario directo,clasificación con la que se identifican las entidades de la Administración PúblicaParaestatal cuyos presupuestos forman parte del Presupuesto de Egresos de laFederación; tales entidades son: el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de losTrabajadores del Estado (ISSSTE); el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); laComisión Federal de Electricidad (CFE); Luz y Fuerza del Centro (LFC) 3 y PetróleosMexicanos (PEMEX).3 En proceso de liquidación15El gasto programable en esta sección del presupuesto representa el 95.38%, lo que seFuente: Elaboración propia con información presupuestaltraduce en una mayor proporción de las asignaciones destinadas a la operación,funcionamiento e inversión (de ser el caso) de las entidades paraestatales en comento.Entre ellas las de mayor participación son: PEMEX con el 35.32%, IMSS que representael 30.10%, ISSSTE con el 10.18% y la CFE con el 19.77%.


hacienda municipal 21Cuadro N° 7Comparativo del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 Respecto alPresupuesto de Egresos 2009Entidades Sujetas a Control Presupuestario DirectoRespecto al PEF 2009Tasa deTasa de CrecimientoConceptoPEF 2009 PEF 2010 Diferencia Absoluta Crecimiento Real aNominal precios de"2009"D: Entidades Sujetas a Control1,014,411,472,248 1,064,290,942,802 49,879,470,554 4.92% 0.11%Gasto ProgramableInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado 88,358,000,000108,314,812,002 19,956,812,002 22.59% 16.97%GYR Instituto Mexicano del Seguro Social 299,000,000,000 320,379,600,000 21,379,600,000 7.15% 2.24%TOQ Comisión Federal de Electricidad 199,040,000,000 210,459,375,659 11,419,375,659 5.74% 0.89%T10 Luz y Fuerza del Centro 33,712,000,000 0 -33,712,000,000 -100.00% -100.00%TZZ Petroles Mexicanos (Consolidado) 349,390,300,000 375,934,008,664 26,543,708,664 7.60% 2.67%Gasto no ProgramableCosto Financiero que se distribuye paraerogaciones de:44,911,172,248 49,203,146,477 4,291,974,229 9.56% 4.54%TOQ Comisión Federal de Electricidad 4,894,900,000 8,904,710,828 4,009,810,828 81.92% 73.59%TZZ Petroles Mexicanos (Consolidado) 40,016,272,248 40,298,435,649 282,163,401 0.71% -3.91%Resta por concepto de subsidios,transferencias y aportaciones a seguridadsocial incluidas en el gasto de laadministración pública federal centralizada y258,647,510,781 264,873,976,095 6,226,465,314 2.41% -2.28%que cubren parcialmente los presupuestos delas entidades a que se refiere el anexo 1.DFuente: Elaboración propia con datos del Dictamen de Presupuesto de Egresos de la FederaciónFuente: 2010 Elaboración y el Decreto propia de con Presupuesto datos del Dictamen de Egresos de Presupuesto de la de Federación Egresos la Federación 2009 autorizado 2010 y el por Decreto la Cámara de Presupuesto de deEgresos de la Federación 2009 autorizado por la Cámara de Diputados.Diputados.Por susuparte,parte,la Comisiónla ComisiónFederalFederal Electricidadde Electricidadincrementaincrementasu gasto programablesu gasto programableen un 0.89%, yenelrecurso destinado de la paraestatal para cubrir los intereses, comisiones y gastos de sus obligacionesun 0.89%, y el recurso destinado de la paraestatal para cubrir los intereses, comisionesaumenta en 73.59%.y gastos de sus obligaciones aumenta en 73.59%.


Modificaciones para 2010de los Artículos delPresupuesto de Egresosde la Federación, queNorman el GastoFederalizadoVíctor M. Hernández SaldañaDatos curriculares:Víctor Manuel HernándezSaldaña, es Economista por laUniversidad de Guadalajara ytiene Posgrado en Estadísticapor la Universidad de Londres;y actualmente se desempeñacomo Consultor Investigadoren el INDETEC.vhernandezs@indetec.gob.mxPara los gobiernos locales son importantes las variaciones que surgen en lascifras de recursos federalizados del Presupuesto de Egresos Federal entre dosejercicios, pero también son relevantes los cambios que observen las disposicionesde cada presupuesto, que norman el ejercicio y control de esos recursos.El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2010, presentacambios en los artículos relacionados con el gasto federal que se transfiere a losestados, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal. El presenteartículo reúne las correspondientes modificaciones que se observan entre losarticulados de los presupuestos 2009 y 2010.


hacienda municipal 23Los recursos del Presupuesto Federal quese transfieren a las Entidades Federativas,<strong>Municipios</strong> y Demarcaciones del DistritoFederal por concepto del Ramo 33, recursosreasignados, programas sujetos a reglas deoperación y subsidios son muy significativostanto para la Administración Federal comopara los Gobiernos de los Estados. Dada laimportancia de estos recursos, el Decreto delPresupuesto de Egresos Federal contempla añocon año un capítulo con disposiciones sobre elejercicio, seguimiento y control de los recursosfederalizados, así como sobre su rendiciónde cuentas, verificación y fiscalización. Parael ejercicio 2010, existen variaciones en losartículos del capítulo de referencia respectode lo que observaba el Presupuesto 2009, quepueden ser importantes para los gobiernoslocales.1. Una de las novedades que establece enforma explícita el Presupuesto de Egresosde la Federación para el ejercicio 2010respecto de la ministración de recursosfederales a entidades federativas, municipiosy demarcaciones territoriales del DistritoFederal, es que dicha ministración serealizará siempre y cuando los órdenes degobierno señalados cumplan con lo previstopor las disposiciones aplicables.Además, se señala puntualmente que en elcaso de programas que prevean el ejercicioconcurrente de recursos federales y de lasentidades federativas y en su caso de losmunicipios y demarcaciones territorialesdel Distrito Federal, las administracioneslocales deberán hacer las aportaciones queles corresponda a las cuentas específicasde los programas, a más tardar en 35días hábiles, contados a partir de quese hayan recibido los correspondientesrecursos federales; y que este plazo podráprorrogarse hasta por el mismo número dedías, en casos debidamente justificadosy a solicitud de los propios órdenes degobierno ante las dependencias y entidadescorrespondientes.Así mismo, se establece que cuandolas entidades federativas, municipios odemarcaciones territoriales del DistritoFederal no cumplan con las obligacionesque les corresponden, después de queles hayan sido otorgados los recursosfederales, o no hayan ejercido los recursos


24 hacienda municipal NÚMERO 108Aspectos Normativos del Gasto Federalizado que resaltanen el Presupuesto de Egresos Federal 2010– Para el caso de programas que prevean la concurrencia de recursos, las administraciones localesdeberán hacer las aportaciones que les corresponda a las cuentas específicas de los programas amás tardar en 35 días hábiles después de recibidos los recursos federales.– Los indicadores con base en los que evaluarán los resultados de la aplicación de recursosfederalizados se revisarán y, en su caso, actualizarán a más tardar el último día hábil del mes demarzo.– Los recursos federalizados se sujetarán a evaluaciones del desempeño que establezcan las instanciastécnicas federales y locales referidas en el artículo 134 de la Constitución, siguiendo los criteriosque marca el Artículo 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.– Si fueran necesarios ajustes al presupuesto de egresos federal, los recursos federalizados sobre losque repercutirían dichos ajustes, serían aquellos distintos a los contenidos en la Ley de CoordinaciónFiscal.– Se establecen disposiciones detalladas que se relacionan con la transparencia de pagos de serviciospersonales del Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la Educación Básica y Normal– Los aspectos que norman los recursos federales destinados a la seguridad pública se enmarcan enel contexto de “los fondos de ayuda federal para la seguridad pública a que se refiere el artículo 21de la Constitución Política” y no sólo en el contexto del Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la SeguridadPública de los Estados y del Distrito Federal.– Con relación a la distribución de los subsidios para seguridad pública que recibirán los municipios,se considerará como un criterio adicional “grupos de municipios que por su proximidad geográficase vean afectados por la alta incidencia delictiva”conforme las disposiciones aplicables, lasdependencias y entidades federales lesrequerirán que informen los motivos de losincumplimientos.2. En cuanto a los indicadores para evaluarlos resultados de la aplicación de los fondosde aportaciones federales así como delos recursos que se ejerzan de maneraconcurrente entre la Federación y losotros órdenes de gobierno, se especificaen la fracción III del Artículo 8, que serevisarán y en su caso se actualizarán amás tardar el último día hábil de marzo; yque los indicadores actualizados deberánincluirse en los informes trimestrales quese rinden a través de sistema al EjecutivoFederal, en los términos del artículo 85 dela Ley de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria.Igualmente, entre las nuevas disposicionesse señala que las dependencias y entidadesfederales informarán a la Cámara porconducto de la Comisión de Presupuestoy Cuenta Pública y a la Auditoría Superiorde la Federación cuando los estados,municipios y demarcaciones territorialesdel Distrito Federal no informen en losplazos establecidos en las disposicionesaplicables, de forma pormenorizada sobreel avance físico de obras y acciones, sobre


hacienda municipal 25diferencias, en su caso, entre recursostransferidos y erogados, al igual querespecto de resultados de evaluacionesque se hubieran realizado (fracción IV delArtículo 8).En el caso particular del acceso al sistema–a través del que informan los enteslocales–, que la Secretaría de Haciendavenía dando a las instancias de control yfiscalización de las entidades federativasque lo solicitaran, para efecto de quepudieran verificar el cumplimiento enla entrega de información, su calidady congruencia con la aplicación y losresultados obtenidos con los recursosfederales, se amplia para permitir ademásla entrada al sistema a las instanciastécnicas de evaluación de las entidadesfederativas (referidas en el artículo 134 dela Constitución) que lo soliciten.3. También como parte de la fracción IVdel Artículo 8 del presupuesto sobresalela disposición explícita que obliga a lafiscalización por parte de la AuditoríaSuperior de la Federación de recursosde la federación transferidos a entidadesfederativas, municipios y demarcacionesterritoriales del Distrito Federal, paraverificar su aplicación conforme los destinospara los cuales fueron otorgados, así comoel cumplimiento de plazos y las condicionesestablecidas para su ejercicio.Lo notorio de la disposición sobrefiscalización en este nivel del articulado,junto con lo que establece la fracción IXde este mismo artículo –respecto de laverificación que debe realizar la propiaAuditoría Superior de la Federación delcumplimiento de lo dispuesto en el Artículo9 del Decreto del PEF 2009, y de que lainformación reportada corresponda conel ejercicio de los recursos entregados ycon lo presentado en la Cuenta Pública,entre otras obligaciones–, radica en que encomparación con 2009, parecen ser pocoslos artículos que norman la fiscalización delgasto federalizado.En efecto, en el contexto del Programa parala Fiscalización del Gasto Federalizado, elartículo 11 del Presupuesto 2009 normabaampliamente acciones de fiscalizaciónpara los recursos transferidos a estados ymunicipios, y en el Decreto del Presupuestode Egresos 2010, las disposiciones delartículo de referencia ya no se contemplan.4. Es relevante la nueva fracción V del artículo 8del Presupuesto Federal, que explícitamenteseñala lo que la Reforma Hacendaria enmateria de gasto estableció para recursosfederalizados, por lo que puntualiza que losrecursos federales transferidos y los quese ejerzan en forma concurrente entre laFederación y otros órdenes de gobierno, sesujetarán a evaluaciones del desempeñoque establezcan las instancias técnicas deevaluación federales y locales referidas enel Artículo 134 de la Constitución.Que dichas evaluaciones se realizarán conbase en indicadores –a efecto de verificar elgrado de cumplimiento de objetivos y metasde tales recursos así como los resultadosde su aplicación–, y se sujetarán a loscriterios que señala el Artículo 110 de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, en sus fracciones I a VI. Enesta forma, la nueva disposición –para elpresupuesto– subraya el hecho de queel ejercicio de recursos de origen federal(distintos por supuesto de las participaciones)seguirá el mismo esquema de evaluación derecursos federales aplicados directamentepor la administración federal.Además, esta fracción V fracción estableceque los resultados de las evaluaciones sepublicarán en la páginas de Internet de la


26 hacienda municipal NÚMERO 108“Los indicadores para evaluar los resultados de laaplicación de los fondos de aportaciones federalesse revisarán y en su caso se actualizarán a mástardar el último día hábil de marzo; y que losindicadores actualizados deberán incluirse en losinformes trimestrales que se rinden a través desistema al Ejecutivo Federal”instancias técnicas de evaluación, de losgobiernos estatales y cuando correspondanen las de los municipios y las demarcacionesterritoriales del Distrito Federal si lashubiera. Así también, la disposición señalaque la Secretaría de Hacienda integrará losresultados de las evaluaciones al InformeTrimestral en los términos del artículo85 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria y los publicaráen su propia página de Internet.5. Es muy importante que la fracción VII delartículo 8 acote que ante la necesidadde ajustes al presupuesto de egresosde la Federación, las repercusionescorrespondientes en los recursos federalesdestinados a los Estados aplicarían sobreaquellos distintos a los contenidos en la Leyde Coordinación Fiscal. En el presupuesto2009 no se establecía esta delimitación.6. Por lo que se refiere a las obligacionespara entidades federativas, municipiosy demarcaciones territoriales del DistritoFederal respecto de los recursos delRamo 33 del Presupuesto Federal queles son transferidos, en el artículo 9 delpresupuesto 2010 ya no se contemplan unaserie de especificaciones de control queanteriormente se observaban.Por ejemplo en la fracción III ya no señalala obligación de informar concretamente ala Secretaría de Hacienda y Crédito Públicosobre la cuenta bancaria específica en laque recibirán y administrarán los recursosde cada fondo de aportaciones federal, sólose deja la parte –que ya se observaba– deinformar respecto de ello “a los órganos decontrol y fiscalización locales y federales”.En sentido similar, se deja de señalar que lacuenta específica que se abra para recibirel fondo de aportación correspondiente“no podrá incorporar remanentes de otrosejercicios, ni las aportaciones que realicen,en su caso, los beneficiarios de las obras yacciones”.También con respecto a las cuentasespecíficas de cada fondo de aportaciones,la fracción III del citado Artículo 9 ya nocontempla los siguientes aspectos queparecieran importantes.


hacienda municipal 27a) Se deberán mantener registrosespecíficos de cada fondo, debidamenteactualizados, identificados y controlados,así como la documentación original quejustifique y compruebe el gasto. Dichadocumentación se presentará a lasinstancias competentes de control yfiscalización que la soliciten;b) No se podrán transferir recursos entrelos fondos, ni hacia cuentas en las quese maneje otro tipo de recursos por lasentidades federativas y municipios;c) Se deberá cancelar la documentacióncomprobatoria del gasto, con la leyenda“Operado”, o como se establezca en lasdisposiciones locales, y se identificarácon el nombre del fondo o programarespectivo;d) El registro contable, presupuestarioy patrimonial de las operacionesrealizadas con los recursos de losfondos de aportaciones del RamoGeneral 33 <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> paraEntidades Federativas y <strong>Municipios</strong>, sedeberá realizar conforme a la normativaaplicable, ye) Se coadyuvará con la fiscalización delas cuentas públicas, conforme a loestablecido en el artículo 49, fraccionesIII y IV, de la Ley de Coordinación Fiscaly las demás disposiciones aplicables.Para ello, las instancias fiscalizadorascompetentes verificarán que los recursosque reciban las entidades federativas,los municipios y las demarcacionesterritoriales, por concepto de aportacionesfederales, se ejerzan conforme a loscalendarios previstos y de acuerdo conlas disposiciones aplicables del ámbitofederal y local;7. En contraste, para 2010 aumentanlas disposiciones relacionadas con latransparencia de pagos de serviciospersonales del Fondo de <strong>Aportaciones</strong> parala Educación Básica y Normal. Por una parte,la Secretaría de Educación Pública no sólotiene la obligación, en términos generales,de “conciliar el número y tipo de plazas denivel básico y normal con las entidadesfederativas, determinando aquéllas quecuenten con registro en dicha Secretaríay las que sólo lo tienen en las entidadesfederativas”, como anteriormente seseñalaba en la fracción IV del Artículo 9, sino


28 hacienda municipal NÚMERO 108que ahora se especifica que la conciliacióndeberá ser en cuanto a número y “tipo deplazas docentes, administrativas y directivasy número de horas de nivel básico y normal,por escuela con las entidades federativas,determinando aquéllas..............”.Por otro lado, en la misma fracción IV, seagrega la obligación para la Secretaría deEducación Pública de:“iii. Incluir en su página de Internet lainformación que sea remitida entérminos del artículo 85 de la Ley Federalde Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, particularmente respecto a:1. Número y tipo de las plazas docentes,administrativas y directivas existentes,el nombre y la Clave Única de Registrode Población de quienes las ocupan, asícomo número de horas de nivel básico ynormal, por centros de trabajo;2. Movimientos que se realicen a dichasplazas, tales como altas, bajas y cambiosen su situación;3. Erogaciones realizadas por conceptode servicios personales vinculados a lasplazas por centro de trabajo;4. Relación de trabajadores comisionadospor centro de trabajo, identificandoel objeto y duración de la comisión;5. El número y tipo de plaza queocupan, así como el pago que recibenpor concepto de servicios personales,en su caso, y analítico de plazas,tabuladores y catálogos de conceptosde percepciones y deducciones porcada entidad federativa”;Como parte de la misma fracción IV delartículo 9 del presupuesto se contemplanobligaciones adicionales para las EntidadesFederativas para dar transparencia al ejerciciode servicios personales del FAEB. Por unaparte, deben informar trimestralmente a laSecretaría de Educación Pública” y ya noa la “Cámara de Diputados” sobre “sobreel número total, nombres y funcionesespecíficas del personal comisionado, asícomo el periodo de duración de la comisión,y publicar las listas correspondientes en supágina de Internet.”Pero además, las Entidades Federativasdeben “Informar trimestralmente a laSecretaría de Educación Pública lospagos realizados durante el periodocorrespondiente por concepto de pagosretroactivos”Por último, la fracción IV del Artículo 9incluye un nuevo inciso que sujeta a laobservancia del “Acuerdo por el que seestablecen las disposiciones para evitar elmal uso, el desvío, o la incorrecta aplicaciónde los recursos del Fondo de <strong>Aportaciones</strong>para la Educación Básica y Normal (FAEB)”–publicado el 26 de febrero de 2009 enel Diario Oficial–, tanto a la Secretaría deEducación Pública como a las entidadesfederativas.8. La fracción VII del artículo 9 y sus incisos,relacionados con recursos destinados parala seguridad pública, cambian en cuanto aque en 2010 norman aspectos relativos a “losfondos de ayuda federal para la seguridadpública a que se refiere el artículo 21 de laConstitución Política” en tanto que en 2009,la fracción estaba referida exclusivamenteal Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la SeguridadPública de los Estados y el Distrito Federal.De acuerdo con la Ley General de SeguridadPública, los citados fondos de ayuda federalse componen con los recursos destinados ala seguridad pública, previstos en el Fondo


hacienda municipal 29“Como parte de la misma fracción IV del artículo9 del presupuesto se contemplan obligacionesadicionales para las Entidades Federativaspara dar transparencia al ejercicio de serviciospersonales del FAEB”de <strong>Aportaciones</strong> para Fortalecimiento delos <strong>Municipios</strong> y de las DemarcacionesTerritoriales del Distrito Federal y en el Fondode <strong>Aportaciones</strong> para la Seguridad Públicade los Estados y del Distrito Federal.En esta forma, para 2010, la fracción VIIestablece primeramente que el ConsejoNacional de Seguridad Pública aprobarádurante el mes de enero los criterios dedistribución de estos recursos, y posteriormenteseñala cómo serán ministrados por laSecretaría de Hacienda y que el ConsejoNacional de Seguridad Pública vigilará quesu erogación y aplicación se realice durante elejercicio 2010 y que se alcancen los objetivospara los que están destinados. Tambiénapunta que para esos efectos, “los conveniosrelativos a estos fondos estableceránmecanismos que contribuyan a agilizarla recepción y el ejercicio de los recursosque reciban las entidades federativas, losmunicipios y las demarcaciones territorialesdel Distrito Federal”.Después, otros párrafos de la fracción VIInorman sobre la información que deberánincluir las Entidades Federativas en losInformes trimestrales sobre los fondos deayuda federal para la seguridad pública,en igual forma que cuando se normabaexclusivamente lo correspondiente alFondo de <strong>Aportaciones</strong> para la SeguridadPública de los Estados y el Distrito Federal.Por último, la fracción de referencia señalaque la Auditoría Superior de la Federaciónfiscalizará las erogaciones de los fondosrealizadas en 2009, para lo cual elSecretario Ejecutivo del Sistema Nacionalde Seguridad Pública coadyuvará con laauditoria.9. El artículo 10 del presupuesto, relacionadocon subsidios para la seguridad públicade los municipios y de las DemarcacionesTerritoriales del Distrito Federal, mismosque al igual que en 2009, alcanzan la sumade 4,137’900,000 pesos, presenta algunoscambios significativos.


30 hacienda municipal NÚMERO 108Las referencias a acciones del EjecutivoFederal realizadas por conducto de laSecretaría de Seguridad Pública, queanteriormente se hacían en el artículo,para 2010 cambian, y sólo se habla de lasacciones que realiza el Ejecutivo Federal.Por ejemplo, en el presupuesto 2010 seseñala que los subsidios “serán destinadospara los conceptos y conforme a las reglasque establezca el Ejecutivo Federal con elpropósito de.........”; en tanto que en 2009se establecía que los subsidios “serándestinados para los conceptos y conforme alas reglas del fondo a cargo de la Secretaríade Seguridad Pública con el propósitode..............”. En igual forma, el artículoya no señala que la lista de municipios ydemarcaciones territoriales con posibilidadde ser elegidos para el otorgamiento desubsidios la dará a conocer el EjecutivoFederal por conducto de la Secretaría deSeguridad Pública a más tardar el 15 deenero; sino que en 2010, el artículo sólo diceque el Ejecutivo Fedaral dará a conocer esalista.En cuanto a los criterios de cobertura demunicipios que recibirán los subsidios, semantienen para 2010 los que se señalabanen el año anterior, y para el nuevo ejercicio seconsideran además, “grupos de municipiosque por su proximidad geográfica se veanafectados por la alta incidencia delictiva”.Por lo que hace a las condiciones quedeberán preverse en los convenios quesuscriban las entidades federativas y elgobierno federal para el otorgamiento de lossubsidios se mantienen igual de un ejercicioa otro. Así también, en los dos años seestablecen las mismas obligaciones paralos informes trimestrales que deban enterarlas entidades federativas y los municipios.Por último, las disposiciones sobre los datosque se registrarán en el sistema de informaciónrespecto a fechas de recepción de recursospor parte de las entidades federativas y losmunicipios, así como respecto a fechasde ejercicio y a conceptos y destinos deaplicación, para 2010, son iguales.


hacienda municipal 31NOMINAL2009 - 2008%PRESUPUESTO 2008 PRESUPUESTO 2009 PRESUPUESTO 2010NOMINAL2010 - 2009A. RAMOS AUTÓNOMOS 7,163,134,851 14.99 47,774,883,887 1.86 54,938,018,738 1.80 53,094,842,078 1.67 -1,843,176,660 -3.36Gasto Programable01 Poder Legislativo 326,351,687 3.63 8,978,599,921 0.35 9,304,951,608 0.31 9,549,963,905 0.30 245,012,297 2.63Cámara de Senadores -326,024,138 -9.82 3,318,740,998 0.13 2,992,716,860 0.10 3,569,947,913 0.11 577,231,053 19.29Cámara de Diputados 554,063,649 11.71 4,730,471,099 0.18 5,284,534,748 0.17 4,753,515,992 0.15 -531,018,756 -10.05Auditoría Superior de la Federación 98,312,176 10.58 929,387,824 0.04 1,027,700,000 0.03 1,226,500,000 0.04 198,800,000 19.3403 Poder Judicial 2,576,570,507 8.60 29,963,249,983 1.17 32,539,820,490 1.07 34,023,540,217 1.07 1,483,719,727 4.56Suprema Corte de Justicia de la Nación -244,344,783 -6.42 3,808,315,611 0.15 3,563,970,828 0.12 4,476,176,131 0.14 912,205,303 25.60Consejo de la Judicatura Federal 2,257,199,111 9.13 24,720,765,751 0.96 26,977,964,862 0.89 27,637,455,886 0.87 659,491,024 2.44Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 563,716,179 39.31 1,434,168,621 0.06 1,997,884,800 0.07 1,909,908,200 0.06 -87,976,600 -4.4022 Instituto Federal Electoral 4,213,713,160 52.89 7,967,033,480 0.31 12,180,746,640 0.40 8,631,759,587 0.27 -3,548,987,053 -29.1435 Comisión Nacional de los Derechos Humanos 46,499,497 5.37 866,000,503 0.03 912,500,000 0.03 889,578,369 0.03 -22,921,631 -2.51B. RAMOS ADMINISTRATIVOS 136,022,311,748 20.72 656,514,168,303 25.55 792,536,480,051 26.02 787,505,784,508 24.79 -5,030,695,543 -0.63Gasto ProgramableASIGNACIONES POR RAMO DE LOS PRESUPUESTOS DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA LOS EJERCICIOS2008, 2009 Y 2010VARIACIÓNVARIACIÓN02 Presidencia de la República 108,176,266 6.40 1,689,885,100 0.07 1,798,061,366 0.06 1,677,840,660 0.05 -120,220,706 -6.6904 Gobernación 2,857,107,041 42.41 6,736,900,000 0.26 9,594,007,041 0.32 8,370,632,682 0.26 -1,223,374,359 -12.7505 Relaciones Exteriores -491,190 -0.01 5,348,200,000 0.21 5,347,708,810 0.18 5,945,357,102 0.19 597,648,292 11.1806 Hacienda y Crédito Público 544,345,053 1.51 36,139,000,000 1.41 36,683,345,053 1.20 36,456,348,781 1.15 -226,996,272 -0.6207 Defensa Nacional 8,762,315,960 25.14 34,861,005,900 1.36 43,623,321,860 1.43 43,632,410,311 1.37 9,088,451 0.0208 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 6,258,085,277 9.71 64,447,300,000 2.51 70,705,385,277 2.32 73,368,451,917 2.31 2,663,066,640 3.7709 Comunicaciones y Transportes 14,205,617,333 24.38 58,279,298,300 2.27 72,484,915,633 2.38 80,262,786,695 2.53 7,777,871,062 10.7310 Economía 3,346,475,103 30.97 10,806,900,000 0.42 14,153,375,103 0.46 14,354,738,067 0.45 201,362,964 1.4211 Educación Pública 27,432,757,665 15.81 173,497,800,000 6.75 200,930,557,665 6.60 211,186,159,110 6.65 10,255,601,445 5.1012 Salud 15,610,368,164 22.48 69,426,100,000 2.70 85,036,468,164 2.79 89,892,930,927 2.83 4,856,462,763 5.7113 Marina 2,676,535,010 20.00 13,382,746,100 0.52 16,059,281,110 0.53 15,991,869,193 0.50 -67,411,917 -0.4214 Trabajo y Previsión Social 671,133,609 19.63 3,419,546,500 0.13 4,090,680,109 0.13 3,677,865,914 0.12 -412,814,195 -10.0915 Reforma Agraria 531,559,733 10.08 5,272,788,900 0.21 5,804,348,633 0.19 5,195,123,145 0.16 -609,225,488 -10.5016 Medio Ambiente y Recursos Naturales 5,995,235,182 15.35 39,064,608,200 1.52 45,059,843,382 1.48 46,236,202,437 1.46 1,176,359,055 2.6117 Procuraduría General de la República 3,002,048,765 32.25 9,307,808,800 0.36 12,309,857,565 0.40 11,781,474,057 0.37 -528,383,508 -4.2918 Energía 7,834,591,575 21.77 35,981,445,203 1.40 43,816,036,778 1.44 3,163,622,338 0.10 -40,652,414,440 -92.7820 Desarrollo Social 18,057,858,705 36.05 50,088,709,400 1.95 68,146,568,105 2.24 80,176,891,338 2.52 12,030,323,233 17.6521 Turismo 618,871,236 18.30 3,382,400,000 0.13 4,001,271,236 0.13 3,935,758,535 0.12 -65,512,701 -1.6427 Función Pública 47,160,293 3.10 1,520,895,500 0.06 1,568,055,793 0.05 1,248,758,954 0.04 -319,296,839 -20.3631 Tribunales Agrarios 1,130,066 0.12 924,918,700 0.04 926,048,766 0.03 750,666,996 0.02 -175,381,770 -18.9432 Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa 254,897,723 20.38 1,250,757,700 0.05 1,505,655,423 0.05 1,719,423,175 0.05 213,767,752 14.2036 Seguridad Pública 13,205,215,780 66.99 19,711,622,600 0.77 32,916,838,380 1.08 32,437,776,662 1.02 -479,061,718 -1.4637 Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal 402,588,373 412.79 97,527,700 0.00 500,116,073 0.02 96,103,099 0.00 -404,012,974 -80.7838 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 3,598,729,026 30.30 11,876,003,700 0.46 15,474,732,726 0.51 15,946,592,413 0.50 471,859,687 3.05RAMO: 40 INFORMACIÓN NACIONAL ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICAInstituto Nacional de Estadística y Geografía 7,648,600,000 100.00 0.00 7,648,600,000 0.25 8,765,687,413 0.28 1,117,087,413 14.61C. RAMOS GENERALES 146,524,334,778 11.38 1,288,067,204,966 50.13 1,434,591,539,744 47.11 1,527,548,719,294 48.09 92,957,179,550 6.48Gasto Programable19 <strong>Aportaciones</strong> a Seguridad Social 35,963,793,531 18.91 190,178,700,000 7.40 226,142,493,531 7.43 296,997,690,878 9.35 70,855,197,347 31.3323 Provisiones Salariales y Económicas 31,198,249,140 60.30 51,737,029,005 2.01 82,935,278,145 2.72 65,822,743,278 2.07 -17,112,534,867 -20.63Previsiones y <strong>Aportaciones</strong> para los Sistemas de Educación Básica,25Normal, Tecnológica y de Adultos6,852,939,339 16.25 42,183,434,661 1.64 49,036,374,000 1.61 43,844,058,803 1.38 -5,192,315,197 -10.5933 <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para Entidades Federativas y <strong>Municipios</strong> 26,693,253,805 7.22 369,569,077,483 14.38 396,262,331,288 13.01 419,308,044,004 13.20 23,045,712,716 5.82Gasto no Programable24 Deuda Pública 14,069,724,513 7.04 199,970,700,732 7.78 214,040,425,245 7.03 232,910,980,862 7.33 18,870,555,617 8.8228 <strong>Participaciones</strong> a Entidades Federativas y <strong>Municipios</strong> 30,021,535,750 7.50 400,160,554,785 15.57 430,182,090,535 14.13 441,579,154,109 13.90 11,397,063,574 2.65Erogaciones para las Operaciones y Programas de Saneamiento29Financiero0 0 0.00 0 0.00 030 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores 722,000,000 16.88 4,278,000,000 0.17 5,000,000,000 0.16 13,323,600,000 0.42 8,323,600,000 166.47Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores34de la Banca1,002,838,700 3.34 29,989,708,300 1.17 30,992,547,000 1.02 13,762,447,360 0.43 -17,230,099,640 -55.59D. ENTIDADES SUJETAS A CONTROL PRESUPUESTARIO DIRECTO 218,468,841,162 27.45 795,942,631,086 30.98 1,014,411,472,248 33.31 1,063,041,759,733 33.47 48,630,287,485 4.79Gasto ProgramableGYN Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 9,139,200,000 11.54 79,218,800,000 3.08 88,358,000,000 2.90 107,065,628,933 3.37 18,707,628,933 21.17GYR Instituto Mexicano del Seguro Social 26,911,300,000 9.89 272,088,700,000 10.59 299,000,000,000 9.82 320,379,600,000 10.09 21,379,600,000 7.15TOQ Comisión Federal de Electricidad 2,521,768,000 1.28 196,518,232,000 7.65 199,040,000,000 6.54 210,459,375,659 6.63 11,419,375,659 5.74T1O Luz y Fuerza del Centro 3,341,808,351 11.00 30,370,191,6491.18 33,712,000,000 1.110.00-33,712,000,000 -100.00TZZ Petróleos Mexicanos (Consolidado) 166,769,801,363 91.32 182,620,498,637 7.11 349,390,300,000 11.47 375,934,008,664 11.84 26,543,708,664 7.60Gasto no programableCosto Financiero, que se distribuye para erogaciones de: 9,784,963,448 27.86 35,126,208,800 1.37 44,911,172,248 1.47 49,203,146,477 1.55 4,291,974,229 9.56TOQ Comisión Federal de Electricidad -3,614,608,800 -42.48 8,509,508,800 0.33 4,894,900,000 0.16 8,904,710,828 0.28 4,009,810,828 81.92TZZ Petróleos Mexicanos (Consolidado) 13,399,572,248 50.34 26,616,700,000 1.04 40,016,272,248 1.31 40,298,435,649 1.27 282,163,401 0.71%Resta de: a) aportaciones ISSSTE de Gobierno Federal y de los Poderes yRamos Autónomos; b) subsidios y transferencias a las entidades de controldirecto en la Administración Pública Federal39,798,822,539 18.19 218,848,688,242 8.52 258,647,510,781 8.49 263,624,793,026 8.30 4,977,282,245 1.92GASTO NETO TOTAL 476,028,400,000 18.53 2,569,450,200,000 100.00 3,045,478,600,000 100.00 3,176,332,000,000 100.00 130,853,400,000 4.30Fuente: Diarios Oficiales de la Federación de los días 13 de diciembre de 2007, 28 de noviembre de 2008 y 7 de diciembre de 2009.


Los <strong>Municipios</strong> y elPresupuesto de Egresos dela Federación 2010Cesáreo Larios ContrerasDatos curriculares:Cesáreo Larios Contreras es ContadorPúblico y Maestro en Dirección yGestión Pública Local, y se desempeñacomo Consultor - investigador de laadministración hacendaria municipalen <strong>Indetec</strong>. Es autor de varios estudiosy múltiples artículos sobre temasvinculados con la gestión pública local.clariosc@indetec.gob.mxEl presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) es un elemento hacendario esencial para el quehacercotidiano de la administración pública, no sólo de la Federación sino de todas las entidades federativas,municipios y demarcaciones territoriales del D.F., pues los recursos que este documento contempla paraestos dos órdenes de gobierno representan porcentajes de gran relevancia para el financiamiento de sugestión pública; tanto en lo que se refiere a participaciones federales contempladas en el Ramo 28 delPEF, como en lo relativo a los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> y demás recursos transferidos como subsidioso como reasignaciones de las dependencias federales y Programas Sujetos a Reglas de Operación.En este artículo nos referimos fundamentalmente a las asignaciones contempladas en el Ramo 33,particularizando en los fondos de impacto municipal, como son el de Infraestructura Social (FAIS) y el deFortalecimiento Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del D.F. (FORTAMUNDF); así comodel Fondo para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), en lo que respectaa la obligación para los estados de destinar cuando menos un 20% de este fondo para los municipios.Igualmente en los Ramos: 11 Educación Pública, en cuanto al Fondo de Infraestructura DeportivaMunicipal; 23 Previsiones Salarias y Económica, en los fondos de: Modernización de los <strong>Municipios</strong>,de Pavimentación a <strong>Municipios</strong> y los Fondos Metropolitanos; y finalmente, en el Ramo 36 SeguridadPública, en lo concerniente al Subsidio para La Seguridad Pública Municipal (Subsemun).


hacienda municipal 33El 7 de diciembre del 2009 se publicó en el DiarioOficial de la Federación el Presupuesto de Egresosde la Federación para el presente ejercicio fiscal2010, que contempla un gasto neto total de$3,176,332,000,000.00 (3 billones 176 mil 332.0millones de pesos); importe que corresponde al totalde los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de laFederación para este Ejercicio Fiscal 2010. Del total degasto público previsto para el gobierno federal en todoslos Ramos que lo integran, $ 419,308,044,004 estándestinados a las <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para EntidadesFederativas y <strong>Municipios</strong>, equivalentes al 13.20% delpresupuesto, desglosados de la siguiente forma:I.- INTEGRACIÓN DEL RAMO 33 EN ELPEF 2010El Presupuesto de Egresos de la Federación para2010 contiene en su Anexo 14 las asignaciones de losocho fondos que integran el Ramo 33 <strong>Aportaciones</strong><strong>Federales</strong> para Entidades Federativas y <strong>Municipios</strong>,mismas que se presentan a continuación, con unanálisis de los porcentajes que representa cada unorespecto al total del Ramo, así como al interior de cadafondo, cuando éstos se abren en varios subfondos.Fondos del Ramo 33 del PEF 2010Anexo 14. Ramo 33 <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para Entidades Federativas y <strong>Municipios</strong>(Pesos)NúmeroPorcentajesFondoDel Sub Del SubDel FondoFondo FondoSubNombre Asignación respectorespecto respectofondoal total delal total del al total delRamo 33Ramo FondoIFondo de <strong>Aportaciones</strong> para laEducación Básica y Normal234,357,706,491 55.89%IIFondo de <strong>Aportaciones</strong> para losServicios de Salud53,100,077,838 12.66%IIIFondo de <strong>Aportaciones</strong> para la InfraestructuraSocial, que se distribuye en:41,386,542,500 9.87%III.i Estatal 5,016,048,951 1.20% 12.12%III.ii Municipal 36,370,493,549 8.67% 87.88%Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elIVFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> yde las Demarcaciones Territoriales del42,417,895,139 10.12%Distrito FederalVFondo de <strong>Aportaciones</strong> Múltiples, quese distribuye para erogaciones de:13,475,458,238 3.21%V.i Asistencia Social 6,146,227,311 1.47% 45.61%V.ii Infraestructura Educativa 7,329,230,927 1.75% 54.39%Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para laEducación Tecnológica y de Adultos, 4,477,099,998 1.07%VI que se distribuye para erogaciones de:VI.1 Educación Tecnológica 2,662,608,819 0.64% 59.47%VI.2 Educación de Adultos 1,814,491,179 0.43% 40.53%Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para laVII Seguridad Pública de los Estados y del 6,916,800,000 1.65%Distrito FederalFondo de <strong>Aportaciones</strong> para elVIII Fortalecimiento de las Entidades 23,176,463,800 5.53%FederativasCuadro formulado por Cesáreo Larios Contreras, con base en el Anexo No. 14 del PEF 2010


34 hacienda municipal NÚMERO 108I.1.- FONDOS III Y IV DEL RAMO 33 DEADMINISTRACIÓN LOCALCon la información antes señalada y particularizandoen los fondos destinados a los municipios, total oparcialmente, podemos hacer una comparacióncontra las cifras correspondientes al año anterior(2009), a efecto de conocer su variación.Como puede apreciarse, tanto el FAIS, en laparte municipal que es el FAISM, como en elFORTAMUNDF, el incremento en términosabsolutos fue del 3.78%. Al respecto conviene recordarlas ventajas que establece la Ley de CoordinaciónFiscal (LCF) para la integración de estos dos fondos,los cuales se determinan en función del monto de laRecaudación Federal Participable (RFP) estimadapara el ejercicio fiscal de que se trate, en los siguientestérminos:1. En el caso del FAIS, el 2.5%, distribuido en un0.303% para los estados y en un 2.197 para losmunicipios;2. En cuanto al FORTAMUNDF, el 2.5623%,distribuido en un 2.35% para los municipios yel 0.2123% para el Distrito FederalSi tomamos en cuenta que la Recaudación FederalParticipable (RFP) estimada en la Ley de Ingresos deCuadro comparativo del Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la Infraestructura Social (III) y delFondo para el Fortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y Demarcaciones Territoriales del D.F. (IV),por los años 2009 y 2010(Millones de pesos)FONDOS AÑOS Incremento2010 2009 MDP %TOTAL FAIS 41,386.5 39,880.6 1,505.8 3.78%FAISE 5,016.0 4,833.5 182.5 3.78%FAISM 36,370.4 35,047.1 1,323.3 3.78%FORTAMUNDF 42,417.8 40,874.5 1,543,370,657 3.78%Cuadro formulado por Cesáreo Larios Contreras, con base en los Anexos 14 del PEF 2009 y 2010.


hacienda municipal 35“La Recaudación Federal Participable (RFP) estimada en la Leyde Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 fue de 1billón 595 mil 227.9 millones de pesos y la estimada para el 2010en la citada Leyes es de un billón 595 mil 227.9 millones de pesos,vemos que esta última prevé un incremento de 60 mil 233.8 millonesde pesos, que representan el 3.78% ya citado respecto a la de 2009”la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 fue de 1billón 595 mil 227.9 millones de pesos y la estimadapara el 2010 en la citada Leyes es de un billón 595 mil227.9 millones de pesos, vemos que esta última prevéun incremento de 60 mil 233.8 millones de pesos, querepresentan el 3.78% ya citado respecto a la de 2009;y dado que los fondos de aportaciones transferibles alos municipios están referenciados porcentualmente ala RFP, consecuentemente también se ven impactadospositivamente en los mismos porcentajes que ésta;con la seguridad de no verse alterados durante elejercicio fiscal con las variaciones que pudiera tenerla RFP, ya que sólo se toma como referencia y nocomo fuente de financiamiento.Este porcentaje de incremento en la RFP, y enconsecuencia en los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> IIIy IV, es superior en un 0.21% al porcentaje deinflación determinado por el Banco de Méxicopara el 2009, que fue del 3.57%, permitiendo dearranque una recuperación del valor adquisitivode estas asignaciones, y por ende, estar en mejorescondiciones para el logro de los objetivos previstospara dichos fondos.Con respecto al FORTAMUNDF, el Artículo 9 delPEF dispone que los municipios deberán destinarcuando menos un 20% de este fondo a la atención denecesidades directamente vinculadas con la seguridadpública. Esto es, ya está acotando en un porcentajedefinido y no discrecional el uso de estos recursos,como se interpretaba, y en muchas ocasiones seaplicaba el Artículo 37 de la Ley de CoordinaciónFiscal.I.2. FONDO VII DEL RAMO 33.“FONDO DE APORTACIONESPARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DELOS ESTADOS Y DEL DISTRITOFEDERAL”No obstante que el Fondo de <strong>Aportaciones</strong> parala Seguridad Pública de los Estados y del DistritoFederal es determinado por la autoridad federal yejercido por las entidades federativas de conformidadcon los convenios y anexos específicos que sesuscriben entre el gobierno federal, por conducto dela Secretaría de Seguridad Pública, y los gobiernosestatales, según lo establece la Ley de CoordinaciónFiscal, el Presupuesto de Egresos de la Federación,en el quinto párrafo de la Fracción VII del Artículo9 dispone que “el Consejo Nacional de Seguridad Públicapromoverá que, por lo menos, el 20 por cientode los recursos de este fondo se distribuya


36 hacienda municipal NÚMERO 108entre los municipios conforme a criterios que integren elnúmero de habitantes y el avance en la aplicación del ProgramaEstatal de Seguridad Pública en materia de profesionalización,equipamiento, modernización tecnológica e infraestructura”.Es decir, que del monto asignado al Fondo VIISeguridad Pública, que es de $ 6,916,800,000(6 mil 916.8 millones de pesos), por lomenos deberá destinarse y distribuirse a losmunicipios la cantidad de $1,383,360,000.00(1 mil 383.3 millones de pesos), con base enlos criterios antes mencionados.II. OTROS RECURSOS FEDERALESCONTENIDOS EN EL PEF 2010TRANSFERIBLES A LOS MUNICIPIOSAdemás de los recursos provenientes de los Fondosde <strong>Aportaciones</strong> III y IV del Ramo 33, así como lorelativo al 20% del Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para laSeguridad Pública de los Estados y del Distrito Federala que nos referimos en el párrafo precedente, el PEFpara 2010 asigna otros fondos y subsidios que puedenser transferidos a los municipios y demarcacionesterritoriales del D.F., previos convenios, siendo éstoslos siguientes:II.1. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDADPÚBLICA MUNICIPAL (SUBSEMUN),DEL RAMO 36 SEGURIDAD PÚBLICAEn el Artículo 10 del PEF 2010 se establece queéste Incluye (en el Ramo 36 Seguridad Pública)la cantidad de $4,137,900,000.00, para elotorgamiento de subsidios a los municipios y alGobierno del Distrito Federal para la seguridadpública, con objeto de fortalecer el desempeñode sus funciones en materia de seguridad pública,salvaguardar los derechos e integridad de sushabitantes y preservar las libertades, el orden yla paz públicos. Estos serán destinados paralos conceptos y conforme a las reglas queestablezca el Ejecutivo Federal, con elpropósito de profesionalizar y equipar alos cuerpos de seguridad pública en losmunicipios y demarcaciones territorialesdel Distrito Federal, así como mejorar lainfraestructura de las corporaciones, en elmarco de las disposiciones legales aplicables.Para fines de conocer qué municipios podrán serbeneficiados con este subsidio, el Ejecutivo Federaldará a conocer a más tardar el 15 de enero, a travésdel Diario Oficial de la Federación, la lista de losmunicipios y demarcaciones territoriales del DistritoFederal elegibles así como la fórmula utilizada parasu selección, misma que deberá considerar, entreotros criterios, el número de habitantes y la incidenciadelictiva; asimismo, se dará cobertura a municipioscon destinos turísticos, zonas fronterizas, municipiosconurbados, así como a grupos de municipios quepor su proximidad geográfica se vean afectados porla alta incidencia delictiva. En dicha publicaciónse establecerá igualmente el porcentajede participación que representarán lasaportaciones de recursos que realicen alfondo los municipios y el Distrito Federal.La previsión presupuestaria aludida y la lista demunicipios elegibles, a efecto de su implementaciónparticular en determinado municipio que deseeadherirse a este programa, requiere de lacelebración de convenios específicos quedeberán suscribirse por el ejecutivo Federal, através de la Secretaría de Seguridad Pública, con lasrespectivas entidades federativas y sus municipios, asícomo con el Gobierno del Distrito Federal para susdemarcaciones territoriales elegibles, a más tardarel último día hábil de febrero del 2010, conbase en lo dispuesto en el último párrafo del artículo142 de la Ley General del Sistema Nacional deSeguridad Pública.Tal como lo dispone el PEF, el Ejecutivo Federal,por conducto de la Secretaría de Gobernación, el15 de enero del presente año publicó en el DOFel ACUERDO por el que se establecen las basespara la elegibilidad de municipios y demarcacionesterritoriales del Distrito Federal para la asignación derecursos del Subsidio para la Seguridad Pública delos <strong>Municipios</strong> y las Demarcaciones Territoriales delDistrito Federal (SUBSEMUN), en el cual se relacionan206 municipios y demarcaciones territoriales del


hacienda municipal 37Distrito Federal y se establece la fórmula para ladistribución de estos recursos federales.Es importante resaltar que los municipios ydemarcaciones señalados como elegibles en elAcuerdo arriba citado, tendrán un plazo no mayorde ocho días naturales partir de la publicación enel Diario Oficial de la Federación de las Reglas delSUBSEMUN para declinar, por escrito, estebeneficio ante Secretario Ejecutivo del SistemaNacional de Seguridad; de lo contrario seentenderá que el municipio o demarcaciónterritorial correspondiente aceptó el subsidiode mérito.Asimismo, es de mencionarse que los municipiosbeneficiarios del SUBSENUN deberán a suvez aportar, cuando menos, un 30% de laaportación federal.II.2. FONDO DE INFRAESTRUCTURADEPORTIVA, DEL RAMO 11EDUCACIÓN PÚBLICAComo Anexo 26 H del PEF 2010, y dentro del Ramo11 Educación Pública, se asigna un presupuestode 705,000 millones de pesos para apoyar a losmunicipios que en él se enlistan y en los montos ahíseñalados, en la construcción de unidades y espaciosdeportivos.No obstante que a la fecha no se cuenta con losrequisitos, reglas o requerimientos que habránde exigirse para la celebración de los conveniosespecíficos para la ejecución de este fondo, esprevisible que su programación, presupuestacióny ejecución esté a cargo de los municipios, previasuscripción de los convenios respectivos con laSecretaría de Educación Pública, tomando encuenta el criterio establecido en el inciso b), FracciónI del Artículo 29 del PEF, expresado en los siguientetérminos: “Se procurará que la ejecución de lasacciones correspondientes a los programasfederales que por su naturaleza así lopermitan, sea desarrollada por los órdenesde gobierno más cercanos a la población,debiendo reducir al mínimo indispensablelos gastos administrativos y de operacióndel programa respectivo”. Este Artículo 29 delPEF está referido a los programas sujetos a reglasde operación contenidos en el Anexo 18 del citadodocumento; sin embargo, no habría razones paramanejar dos criterios diferentes en la operación derecursos federales. Además de ser precisamente losmunicipios el orden de gobierno más cercano a la


38 hacienda municipal NÚMERO 108“Como Anexo 26 H del PEF 2010, y dentro del Ramo 11Educación Pública, se asigna un presupuesto de 705,000millones de pesos para apoyar a los municipios que en él seenlistan y en los montos ahí señalados, en la construcción deunidades y espacios deportivos”población, y responsable de la prestación de estosservicios a la comunidad.Los municipios y montos contenidos en el Anexo 26H del PEF 2010, por entidad federativa, son:ANEXO 26. H AMPLIACIONES PARA LAINFRAESTRUCTURA DEPORTIVA MUNICIPAL(pesos)RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Aguascalientes 5,103,143Aguascalientes 1,925,714Calvillo 2,407,143San José de García 770,286Baja California 29,944,857Ensenada 5,777,143Mexicali 7,702,857Rosarito 2,022,000Tijuana 14,442,857Baja California 7,028,857Comondú 1,251,714La Paz 1,925,714Loreto 962,857Los Cabos 1,925,714Mulegé 962,857RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Campeche 2,888,571Candelaria 2,888,571Chiapas 23,253,000Amatenango de la Frontera 962,857Comitán de Domínguez 1,925,714Frontera Comalapa 625,857Ixhuatan 1,925,714Socoltenango 1,925,714Tenejapa 1,925,714Tila 1,925,714Tuxtla Gutierrez 12,035,714Chihuahua 6,740,000Chihuahua 6,740,000Coahuila 1,444,286Torreón 1,444,286Colima 17,572,143Colima 1,925,714Comala 4,332,857Coquimatlán 1,444,286Ixtlahuacán 866,571Manzanillo 7,702,857Minatitlán 866,571Villa Alvarez 433,286Distrito Federal 5,970,869Miguel Hidalgo 1,444,286Tlalpan 2,119,440Cuajimalpa 2,407,143


hacienda municipal 39RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Durango 17,331,429Cuencame 1,925,714Durango 9,628,571El Oro 1,925,714Gómez Palacio 1,925,714Poanas 1,925,714Guanajuato 63,189,308Dolores Hidalgo 52,957,143Irapuato 10,232,165Guerrero 14,057,714Acapulco 962,857Atoyac 2,696,000Azoyu 962,857Benito Juárez 1,444,286Coahuayutla 1,444,286Coyuca De Benítez 962,857Huamuxtitlán 1,444,286Petatlán 3,177,429Quechultenango 962,857Hidalgo 6,740,000Hujutla 1,925,714Pachuca 4,814,286Jalisco 27,069,091El Arenal 770,286El Salto 2,888,571Encarnación De Díaz 962,857Puerto Vallarta 4,160,911Quitupan 962,857Tlajomulco De Zuñiga 3,851,429Tlaquepaque 1,925,714Tonala 1,925,714Valle De Juárez 962,857Villa Guerrero 769,323Zapopan 2,888,571Guadalajara, Unidad Deportiva No. 41 3,000,000Guadalajara, Parque Liberación 1,500,000Guadalajara, Lienzo Charro Jalisco 500,000México 118,912,857Atlacomulco 1,155,429Chapultepec 2,407,143Chiconcua 2,407,143Chimalhuacán 3,851,429Cocotitlán 2,888,571Cuatitlán Izcalli 3,851,429Huixquilucan 19,257,143Jilotepec 2,888,571La Paz 2,888,571RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Luvianos 1,155,429Naucalpan 3,851,429Nezahualcóyotl 2,888,571Otzoloapan 1,925,714Papalotla 1,925,714San Martín De Las Piramides 2,888,571San Mateo Atenco 4,814,286San Simón de Guerrero 1,444,286San Vicente Chicoloapan 1,925,714Soyaniquilpan 4,814,286Temascalcingo 2,407,143Teoloyucan 2,888,571Tepetlaoxtoc 1,444,286Texcoco 2,888,571Tlalnepantla 2,888,571Tlatlaya 1,444,286Tonanitla 1,925,714Tonatico 6,740,000Tultepec 1,925,714Tultitlán 9,628,571Valle de Bravo 2,888,571Valle de Chalco 1,925,714Villa de Allende 962,857Villa Victoria 1,059,143Zacazonapan 962,857Zinacantepec 2,888,571Zumpango 4,814,286Michoacán 22,627,143Benito Juárez 1,444,286Buenavista 1,925,714Buenavista Tomatlán 962,857Cojumatlán de Régules 2,888,571Lázaro Cárdenas 2,888,571Morelos 1,925,714Panindícuaro 962,857Tacámbaro 1,925,714Tangamandapio 2,888,571Venustiano Carranza 962,857Zacapu 3,851,429Morelos 8,665,714Cuernavaca 3,370,000Emiliano Zapata 1,444,286Jiutepec 1,925,714Tlaquiltenango 1,925,714


40 hacienda municipal NÚMERO 108RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Nayarit 18,005,884Bahía Bandera 1,444,286Compostela 2,888,571Huajicori 3,851,429Ixtlán Del Río 2,888,571Jala 193,027La Yesca 962,857Ruíz 1,925,714San Pedro Lagunillas 962,857Tepic 1,925,714Tuxpan 962,857Nuevo León 26,000,000Allende 8,000,000General Escobedo 6,300,000Guadalupe 5,000,000Monterrey 4,000,000San Pedro Garza García 2,700,000Oaxaca 33,218,571Asunción Cuyotepeji 962,857Asuncion Nochixtlán 1,444,286Ciudad Ixtepec 962,857Santiago Tamazola 1,925,714Guadalupe Etla 1,925,714Juchitan De Zaragoza 1,925,714Magdalena Tlacotepec 962,857Magdalena Tequisistlán 1,925,714San Francisco Ixhuatán 1,925,714San Francisco Jaltepetongo, Nochixtlán 962,857San José Chiltepec 1,444,286San Pedro Huilotepec 1,444,286San Pedro Pochutla 1,444,286Santa María Camotlán 1,444,286Santa María Huatulco 1,925,714Santa María Huazolotitlán 1,925,714Santiago Huajolotitlán 1,444,286Santiago Llano Grande 1,444,286Santo Domingo Tehuantepec 1,444,286Santa Catarina Zapoquila 1,444,286Coicoyan De Las Flores 1,444,286Zimatlán de Alvarez 1,444,286Puebla 49,660,651Cuautlacingo 25,034,286Domingo Arenas 1,517,794Francisco Z. Mena 1,925,714Puebla 19,257,143Tepeyahalco de Cuahutémoc 962,857Tezihutlán 962,857RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000San Luis Potosí 22,700,651Aquismón 4,814,286Rayón 1,444,286Santa María del Río 7,702,857Santo Domingo 1,517,794Soledad de Graciano Sánchez 2,407,143Tanlajas 1,925,714Villa de Arista 1,444,286Villa Guadalupe 1,444,286Sonora 42,705,333Agua Prieta 962,857Alamos 2,407,143Benito Juárez 1,925,714Benjamin Hill 974,763Guaymas 2,407,143Hermosillo 7,748,811Huatabampo 1,925,714Magdalena 962,857Naco 674,000Navojoa 12,517,143Nogales 6,979,973Quiriego 481,429Rosario 962,857San Javier 904,997Trincheras 869,932Tabasco 28,885,714Centla 1,925,714Comalcalco 3,851,429Cunduacán 5,777,143Jalapa 5,295,714Jalpa de Méndez 1,925,714Jonuta 1,925,714Nacajuca 1,444,286Paraíso 6,740,000Tamaulipas 20,220,000Nuevo Laredo 6,740,000Reynosa 13,480,000Tlaxcala 19,257,143Tlaxcala 19,257,143Veracruz 23,108,571Atzacán 3,851,429Orizaba 14,442,857Zozocolco 4,814,286


hacienda municipal 41RAMO 11. EDUCACIÓN PÚBLICAUNIDAD RESPONSABLE: L6ICOMISIÓN NACIONAL DE MontoCULTURA FÍSICA Y DEPORTEENTIDAD FEDERATIVA /MUNICIPIOSTOTAL 705,000,000Yucatán 41,735,641Chemax 962,857Chocholá 1,925,714Dzemul 962,857Espita 1,685,004Homún 962,857Mérida 11,554,286Mocochá 2,984,857Muna 962,857Peto 1,444,286Progreso 1,444,286Sacalum 962,857Samahil 1,444,286San Felipe 2,561,505Suma De Hidalgo 1,444,286Temozon 962,857Tekak 1,444,286Timucuy 962,857Tixmehuac 1,285,703Tixpéhual 962,857Tzucacab 1,444,286Umán 1,444,286Valladolid 962,857Xocchel 962,857Zacatecas 962,857Ojo Caliente 962,857II.3. FONDOS CONTENIDOS EN EL RAMO23, PREVISIONES SALARIALES YECONÓMICASEn el Anexo 12 del PEF se desglosan las asignacionespara el Ramo 23 Previsiones Salariales y Económicas,entre las que destacan diversas partidas constituidascomo Fondos y consideradas presupuestalmentecomo subsidios federales, sujetos a convenios yreglamentación especial.Tales Fondos, de impacto directo en los municipiosy demarcaciones territoriales del D.F., conindependencia del grado de intervención de lasautoridades locales en su administración, son los quea continuación se relacionan, con las asignacionespresupuestarias que para cada uno contempla el PEFpara el presente ejercicio fiscal 2010.II.3.1 Fondo de Pavimentación a <strong>Municipios</strong>Este Fondo tiene una asignación presupuestalde 2,085.03 Millones de pesos, loscuales representarán un gran apoyo para losmunicipios beneficiarios para realizar las obrasde pavimentación que demandan los habitantesde las ciudades y que no es posible llevar a cabocon recursos del Fondo de Infraestructura SocialMunicipal, del Ramo 33, por estar condicionadas


42 hacienda municipal NÚMERO 108“ "Fondo de Modernización de los <strong>Municipios</strong>" pero sin especificarsu distribución ni emitiendo posteriormente reglamentación al respecto,aunque se menciona que está destinado fundamentalmente parala modernización catastral de los municipios y la construcción decaminos rurales”a sectores de población en condiciones de rezagosocial y pobreza extrema.A la fecha se desconoce la normatividad que regirápara la distribución y ejercicio de este fondo,por lo que habrá que estar pendiente de ello y encoordinación con las Secretarías de Finanzas de delas Entidades Federativas.II.3.2 Fondo de Modernización de los<strong>Municipios</strong>Este fondo se ha venido incluyendo en el PEFdesde el año 2007 por el mismo monto de $ 500millones de pesos, aunque en ese año se ledenominó simplemente “Fondo Municipal”, conasignaciones para Catastro y Pavimentación. En losaños subsecuentes se le cambió al nombre actual:“Fondo de Modernización de los <strong>Municipios</strong>”pero sin especificar su distribución ni emitiendoposteriormente reglamentación al respecto, aunquese menciona que está destinado fundamentalmentepara la modernización catastral de los municipios yla construcción de caminos rurales; pero, como yamencionamos, no existen reglas para su distribucióno ejercicio. Por lo tanto, se infiere que para suasignación a determinado municipio se estará sujetoa negociaciones entre las autoridades hacendariasde los tres órdenes de gobierno, previa elaboración,presentación y aprobación de los proyectosrespectivos.II.3.3 Fondos MetropolitanosPara el presente ejercicio fiscal la Cámara deDiputados no sólo amplió el monto de los FondosMetropolitanos en un 24.56%, pasando de $ 5,985millones de pesos aprobados para el 2009 a $7,455millones de pesos en el 2010, sino que amplió lasZonas Metropolitanas (ZM) beneficiarias en un100%, al pasar de 16 a 32 ZM, lo cual permitirá a lasautoridades estatales y municipales de dichas zonasconurbadas del país, con el apoyo de sus Consejospara el Desarrollo Metropolitano, coadyuvantes enla asignación, aplicación, seguimiento, evaluación,rendición de cuentas y transparencia de losrecursos del Fondo Metropolitano de cada zonametropolitana


hacienda municipal 43De conformidad con el Artículo 43 del PEF,los recursos del Fondo Metropolitano sedestinarán prioritariamente a estudios, planes,evaluaciones, programas, proyectos, acciones,obras de infraestructura y su equipamiento, encualquiera de sus componentes, ya sean nuevos,en proceso, o para completar el financiamientode aquellos que no hubiesen contado con losrecursos necesarios para su ejecución; los cualesdemuestren ser viables y sustentables, orientadosa promover la adecuada planeación del desarrolloregional, urbano y del ordenamiento del territoriopara impulsar la competitividad económica, lasustentabilidad y las capacidades productivas de laszonas metropolitanas, coadyuvar a su viabilidad y amitigar su vulnerabilidad o riesgos por fenómenosnaturales, ambientales y los propiciados por ladinámica demográfica y económica, así como a laconsolidación urbana y al aprovechamiento óptimode las ventajas competitivas de funcionamientoregional, urbano y económico del espacio territorialde las zonas metropolitanas.La administración de estos fondos se realiza a travésde fideicomisos de administración e inversión, deconformidad con las Reglas de Operación emitidaspara este fin, en los cuales participan las autoridadesfederales y de las entidades federativas, a travésde un Consejo para el Desarrollo Metropolitanoque se crea en cada zona metropolitana previstaen el PEF; sin embargo, los municipios y lasdemarcaciones territoriales del D.F. juegan unpapel relevante en el proceso previo a la asignaciónde recursos, ya que éstos participan en lassesiones del Consejo postulando estudios, planes,evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obrasde infraestructura y su equipamiento, presentandoiniciativas y propuestas en el marco del objeto y finesdel Fondo Metropolitano, así como para conocer delos avances físicos y financieros de los programas yproyectos ejecutados en el ámbito de su jurisdiccióny competencia.En la constitución de los fideicomisos puedenparticipar y aportar recursos, además de los previstosen el PEF, las entidades federativas, los municipiosy cualquier otra organización pública o privada quedesee sumarse a estos esfuerzos de mejoramientode la zona geográfica beneficiada con los planes oproyectos contemplados en el Fondo.El conducto para recibir los recursos asignados a estosfondos son las tesorerías de las entidades federativaso su equivalente, quienes deberán entregar dichosrecursos al fideicomiso correspondiente, en lostérminos de las disposiciones aplicables.Desde la creación del Fondo Metropolitano enel año 2006, hasta la fecha, este fondo ha venidoincrementándose en su monto y en las zonasbeneficiarias. Para tener una perspectiva generalde esta evolución, a continuación incluimos uncuadro comparativo tomado de la página de laCámara de Diputados, el cual refleja el gran interésque esa Representación popular ha mostrado enapoyo del mejoramiento de la calidad de vida delos habitantes de dichos centros urbanos. El montoy distribución correspondiente al presente año2010 se encuentra también inserto como Anexo12 del PEF.


44 hacienda municipal NÚMERO 108CUADRO COMPARATIVO DEL PEF FONDOS METROPOLITANOS (2006-2010)No. ZonaFondos Metropolitanos 2006 a 2010 (millones)2006 2007 2008 2009 20101Zona Metropolitana del Valle1,650.00de México (Estado de México)1,000.00 3,000.00 3,550.00Zona Metropolitana del Valle1,650.00de México (Distrito Federal)3,195.232Zona Metropolitana de laCiudad de Guadalajara1,100.00 1,100.00 919.843Zona Metropolitana de laCiudad de Monterrey100.00 425.00 775.234Zona Metropolitana de laCiudad de León300.00 300.00 342.925Zona Metropolitana de laCiudad de Oaxaca40.00 56.156 Zona Metropolitana de Puebla 150.00 150.00 315.627Zona Metropolitana de laCiudad de Querétaro100.00 100.00 169.158Zona Metropolitana de laCiudad de Tijuana40.00 86.159Zona Metropolitana de laCiudad de Tuxtla Gutiérrez40.00 56.1510Zona Metropolitana de laCiudad de Villahermosa40.00 44.5311Zona Metropolitana de laLaguna (Coahuila)250.00 125.00 145.5Zona Metropolitana de laLaguna (Durango)125.00 245.512Zona Metropolitana de laCiudad de Aguascalientes40.00 95.8613Zona Metropolitana de laCiudad de Acapulco40.00 66.8014Zona Metropolitana de laCiudad de Cancún40.00 95.8615Zona Metropolitana de laCiudad de Mérida40.00 67.7716Zona Metropolitana de laCiudad de Veracruz40.00 49.3717Zona Metropolitana de laCiudad de Juárez31.9517 Zona Metropolitana de Saltillo 49.3719Zona Metropolitana de laCiudad de Colima-Villa de31.95Álvarez20Zona Metropolitana de laCiudad de Pachuca60.9921Zona Metropolitana de laCiudad de Tula49.37


hacienda municipal 45No.ZonaFondos Metropolitanos 2006 a 2010 (millones)2006 2007 2008 2009 201022Zona Metropolitana de laCiudad de Puerto Vallarta49.3723 Zona Metropolitana de la Tepic 31.9524Zona Metropolitana de laLaguna San Luis Potosí-31.95Soledad de G.S.25Zona Metropolitana de laLaguna Tampico40.6626Zona Metropolitana de laLaguna Reynosa-Río Bravo31.9527Zona Metropolitana deTlaxcala-Apizaco18.3928 Zona Metropolitana de Xalapa 31.9529 Zona Metropolitana de Toluca 111.3530Zona Metropolitana deHermosillo51.9531Zona Metropolitana deChihuahua51.9532Zona Metropolitana deMexicali51.95TOTAL 1,000 3,000 5,550 5,985 7,455Fuente: http://desarrollo.diputados.gob.mx/camara/content/view/full/215130II.4 ANEXO 18. PROGRAMAS SUJETOS AREGLAS DE OPERACIÓNEl PEF contiene como Anexo 18 múltiples ProgramasSujetos a Reglas de Operación para todas lasSecretarías de la Administración Pública Federal,administrables en muchos casos por los estados einclusive con la participación de los municipios envarios de ellos, mismos que para su asignación yejercicio se requerirá de convenios específicos entrelas partes señaladas en cada programa, y cumplir conlos requisitos dispuestos en las Reglas. Los montosde aportaciones son acordados en los conveniosrespectivos. Entre los principales programas deinterés e impacto en los municipios podemos citar loscorrespondientes a la Secretaría de Medio Ambientey Recursos Naturales (SEMARNAT) y a la Secretaríade Desarrollo Social (SEDESOL), como son:De la SEMARNAT:• Programa de Agua Limpia;• Programa de Empleo Temporal (PET);• Programa de Agua Potable, Alcantarillado ySaneamiento en Zonas Urbanas;• Programa para la Construcción yRehabilitación de Sistemas de Agua Potable ySaneamiento en Zonas Rurales;• Fondo Concursable para el Tratamiento deAguas Residuales.De la SEDESOL:• Programa 3 x 1 para Migrantes• Programa de Empleo Temporal (PET);• Programa de Desarrollo HumanoOportunidades;• Rescate de espacios públicos, Etc.


Implicaciones de laReforma Hacendaria 2010,en el Ámbito MunicipalJosé Ángel Nuño SepúlvedaDatos curriculares:José Ángel Nuño es Abogado;Maestro en Fiscal y Maestro enDirección y Gestión Pública einvestigador de la materia fiscalpor más de 25 años; actualmentese desempeña como Directorde Desarrollo Jurídico de laHacienda Municipal.jnunos@indetec.gob.mxLos presentes comentarios se elaboraron con la finalidad de acercar a losfuncionarios municipales algunas reflexiones respecto del impacto que tendráen las finanzas locales, la reforma hacendaria 2010, coadyuvando en su caso, ala mejor toma de decisiones.


hacienda municipal 49Consideramos que la implicación másimportante para las finanzas de los gobiernosmunicipales, deriva de las transferenciasfinancieras, previstas en el Presupuesto deEgresos de la Federación (Ramos 28 y 33),pues para el presente ejercicio fiscal de 2010,no se incluyeron temas trascendentales comoel de potestades tributarias, nuevas fuentesde ingresos o colaboración administrativa. Noobstante, realizaremos a continuación, algunasreflexiones en torno a la reforma hacendariay sus implicaciones en el ámbito municipal, aefecto de aportar algunos elementos técnicosa los funcionarios municipales, para la mejortoma de decisiones.En términos generales, la reforma fiscal federalenfatiza medidas que impulsan la eficienciadel sistema tributario y la simplificación delcumplimiento de obligaciones fiscales, buscaincrementar la base gravable mediante laeliminación de prácticas de planeación tributariay el establecimiento de medidas de simplificaciónadministrativa.Por tanto, la política tributaria no considerauna reforma fiscal profunda o integral, perosí modificaciones para hacer más eficiente larecaudación de ingresos a través del incrementode tasas, reducir deducciones y tratamientosespeciales, promoviendo el cumplimientovoluntario y facilitar la fiscalización y el controlfiscal.Así las cosas, podemos resumir la reforma fiscalfederal a los siguientes rubros:‣ Reducir los beneficios asociados adeducciones y acreditamientos del ISR y elIETU;‣ Incrementar la carga fiscal (ISR, IVA, LIDE(IETU), IEPS y DERECHOS);‣ Homologar tratamientos fiscales;‣ Promover el cumplimiento voluntario,simplificar las disposiciones fiscales, ycombatir el incumplimiento (CFF y suReglamento)Ahora bien, y tratándose específicamente delámbito municipal, en materia de transferenciasfinancieras, el Presupuesto de Egresos de la


50 hacienda municipal NÚMERO 108Federación 2010, publicado en el Diario Oficialde la Federación el 7 de diciembre de 2009, ensu artículo 8 1 , señala en materia municipal:El ejercicio de los recursos federalesaprobados en este Presupuesto de Egresospara ser transferidos a los municipios, asícomo el de los recursos federales que seejerzan de manera concurrente, se sujetará alas disposiciones legales aplicables, al principiode anualidad y a lo siguiente:II. …..Los recursos federales a que se refiere esteartículo, distintos a los previstos en la Leyde Coordinación Fiscal, serán ministradossiempre y cuando los municipios cumplan conlo previsto en las disposiciones aplicables.En el caso de los programas que preveanla aportación de recursos por parte de losmunicipios, para ser ejercidos de maneraconcurrente con recursos federales,dichos órdenes de gobierno deberánrealizar las aportaciones de recursos quele correspondan en las cuentas específicascorrespondientes, en un plazo a más tardarde 35 días hábiles, contados a partir de larecepción de los recursos federales.Cumplido el plazo a que se refiere el párrafoanterior sin que se haya realizado la aportaciónde recursos municipales, en casos debidamentejustificados, podrán solicitar a la dependenciao entidad correspondiente una prórroga hastapor el mismo plazo a que se refiere el párrafoanterior.En caso de que las dependencias y entidadesdetecten que los municipios han incumplido lasobligaciones que les corresponden después de1 Se transcriben sólo las partes relacionadas con elámbito municipal, destacando aquello que de unaforma u otra, impactan sus finanzas, la fiscalizaciónde los recursos transferidos y el cumplimiento deobligaciones diversas.otorgados los recursos a que se refiere estafracción, o no han ejercido los recursos enlos términos de las disposiciones aplicables odetecten que éstos han sido desviados parapropósitos distintos a los autorizados, requerirán,a dichos órdenes de gobierno que informen losmotivos de tales incumplimientos;III. A más tardar el último día hábil de marzo,se revisarán y, en su caso, actualizarán losindicadores para resultados de los fondosde aportaciones federales y de los demásrecursos federales a que se refiere esteartículo, con base en los cuales se evaluaránlos resultados que se obtengan con dichosrecursos. Los indicadores actualizados deberánincluirse en los informes trimestrales en lostérminos del artículo 85 de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria;IV. En términos de los artículos 79, 85, 107 y 110de la LFPRH, y 48 y 49, fracción V, de la LCF,los municipios, informarán trimestralmentesobre el ejercicio, destino y los resultadosobtenidos respecto de los recursos federalesa que se refiere este artículo.Dichos órdenes de gobierno informarán deforma pormenorizada sobre el avance físicode las obras y acciones respectivas y, en sucaso, la diferencia entre el monto de losrecursos transferidos y aquéllos erogados,así como los resultados de las evaluacionesque se hayan realizado.Las dependencias y entidades informarán ala Cámara, por conducto de la Comisión dePresupuesto y Cuenta Pública y a la AuditoríaSuperior de la Federación, cuando los municipiosno envíen dicha información en los plazosestablecidos en las disposiciones aplicables.La SHyCP dará acceso al sistema de informacióna que se refiere el artículo 85 de la Ley Federalde Presupuesto y Responsabilidad Hacendariaa la Auditoría Superior de la Federación y alas instancias de fiscalización, de control y de


hacienda municipal 51“Los recursos que la Federación haya transferido a losmunicipios, deberán fiscalizarse por la Auditoría Superior dela Federación con el objeto de verificar que se hayan aplicadoa los destinos para los cuales fueron otorgados”evaluación de las entidades federativas quelo soliciten, con el propósito de que puedanverificar, dentro del marco de sus respectivasatribuciones y conforme a los procedimientosestablecidos en las disposiciones legales, elcumplimiento en la entrega de la información,su calidad y congruencia con la aplicacióny los resultados obtenidos con los recursosfederales.Los recursos que la Federación hayatransferido a los municipios, deberánfiscalizarse por la Auditoría Superior de laFederación con el objeto de verificar quese hayan aplicado a los destinos para loscuales fueron otorgados. Asimismo, se deberáverificar que se hayan cumplido con los plazosy condiciones establecidos para la aplicaciónde los referidos recursos;V. Los recursos públicos federales a quese refiere este artículo se sujetarán aevaluaciones del desempeño que establezcanlas instancias técnicas de evaluación federalesy locales a que se refiere el artículo 134 de laConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos. Dichas evaluaciones se realizaráncon base en indicadores, a efecto de que severifique el grado de cumplimiento de susobjetivos y metas, así como los resultados dela aplicación de los mismos. Asimismo, lasevaluaciones a que se refiere este párrafose sujetarán a los criterios establecidos enel artículo 110, fracciones I a VI, de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria.Los resultados de las evaluaciones a que serefiere el párrafo anterior serán publicadosen las respectivas páginas de Internet de lasinstancias de evaluación de las entidadesfederativas. Asimismo, se publicarán en laspáginas de Internet de los gobiernos de lasentidades federativas y, cuando cuenten conellas, de los municipios.La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicointegrará los resultados de las evaluaciones aque se refiere el párrafo anterior, los publicará ensu página de Internet y los integrará al InformeTrimestral, en los términos del artículo 85 de laLey Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria.Con base en el seguimiento de las metas delos indicadores y en los resultados de las


52 hacienda municipal NÚMERO 108evaluaciones realizadas, la Secretaría deHacienda y Crédito Público y las dependenciascoordinadoras de dichos fondos y de losrecursos federales transferidos, acordarán conlas entidades federativas y, por conducto deéstas, con los municipios, en su caso, medidasde mejora continua para el cumplimiento de losobjetivos para los que se destinan los recursos.Dichas medidas serán reportadas en lostérminos del artículo 85 de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria.VI. Las dependencias y entidades sólopodrán transferir recursos federales alos municipios, a través de las tesoreríasde las entidades federativas, salvo en elcaso de ministraciones relacionadas conobligaciones de los municipios, que esténgarantizadas con la afectación de susparticipaciones o aportaciones federales,en términos de lo dispuesto en los artículos9, 50 y 51 de la Ley de Coordinación Fiscaly los casos previstos en las disposicioneslegales aplicables;IX. La Auditoría Superior de la Federación,dentro del Programa para la Fiscalización delGasto Federalizado a que se refiere el artículo38 de la Ley de Fiscalización y Rendiciónde Cuentas de la Federación, verificará elcumplimiento de lo dispuesto en el artículo9 del Decreto de Presupuesto de Egresos dela Federación para el Ejercicio Fiscal 2009y que la información reportada correspondacon el ejercicio de los recursos entregadosy con lo presentado en la Cuenta Pública.Asimismo, procederá en los términos de lasdisposiciones aplicables para imponer opromover las sanciones que correspondancuando los municipios no hayan entregadola información en los términos de la referidadisposición.Comentario: Como podrá observarse, esteartículo 8 del PEF, contiene diversas disposicionesimportantes para las finanzas de los municipios,aunque y esto habrá que destacarlo, se refieresobre todo a recursos transferidos que noderiven de la Ley de Coordinación Fiscal(<strong>Participaciones</strong> y Ramo 33), Gasto reasignadoy convenido. En ese orden de ideas, tratándosede inversiones concurrentes (paripassus), seindica que los recursos municipales deberándepositarse en un plazo a más tardar de 35 díashábiles, contados a partir de la recepción de losrecursos federales (pudiendo ampliarse por unperiodo adicional igual).Por otra parte, se prevé la actualización delos indicadores, con base en los cuales seevaluarán los resultados trimestrales que seobtengan con dichos recursos, independientey/o complementariamente, a la evaluacióndel desempeño, en los términos del artículo134 Constitucional y 110 de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria.Punto sumamente importante es el hecho dereconfirmar que es la Auditoría Superior dela Federación, la instancia competente parafiscalizar, verificando el destino de los recursosfederales transferidos.Se ratifica el caso de excepción, tratándose deministraciones financieras que se encuentrengarantizadas las obligaciones con participacionesy Ramo 33, para que éstas se realicen a travésde las Secretarías de Finanzas (o equivalentes)de los Estados.Por último, se pondera que la ASF, verificaráen el marco del PROFIS, el cumplimiento delArt. 9 del PEF 2009, procediendo en su casoa imponer o promover las sanciones que en sucaso procedan, derivado del incumplimiento dedicho dispositivo jurídico.Por su parte, el artículo 9 del PEF 2010, indicaen su parte relativa:Los municipios, en el ejercicio de losrecursos que les sean transferidos a


hacienda municipal 53través del Ramo 33, <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>para Entidades Federativas y <strong>Municipios</strong>, sesujetarán a las disposiciones en materia deinformación, rendición de cuentas, transparenciay evaluación establecidas en los artículos 134de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de laLey de Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, y deberán:I. Publicar en el medio oficial de difusión de laentidad federativa y en medios asequibles ala población, a más tardar el 31 de enero, ladistribución por municipio, de las aportacionesfederales que en términos de la Ley deCoordinación Fiscal les correspondan, así comoel calendario para la ministración mensual dedichos recursos federales por municipio.Los municipios, instrumentarán las medidasnecesarias para agilizar la entrega de losrecursos a las instancias ejecutoras en susrespectivas administraciones públicas, conformea su propia legislación y las disposicionesaplicables;II. Informar sobre el ejercicio, destino yresultados obtenidos con las aportacionesfederales, conforme a lo señalado en el artículo8, fracciones IV y V, de este Decreto;III. Informar, conforme a las disposicionesaplicables, a los órganos de control yfiscalización locales y federales, sobre la cuentabancaria específica en la que recibirán yadministrarán los recursos del respectivofondo de aportaciones federales; en todocaso, contarán únicamente con una cuenta porcada fondo.Será en una cuenta específica en la que semanejen exclusivamente los recursos delfondo correspondiente y sus rendimientosfinancieros;V. Informar a las instancias de evaluación yfiscalización de los ámbitos federal y local, enlos términos de sus respectivas competencias,sobre la aplicación de los recursos del Fondode <strong>Aportaciones</strong> para la InfraestructuraSocial Municipal, en las obras y accionesestablecidas en la Ley de Coordinación Fiscal


54 hacienda municipal NÚMERO 108que beneficien directamente a la poblaciónen rezago social y pobreza extrema. Dichasinstancias evaluarán el avance alcanzado en losaspectos en los que se destinen los recursos,en relación con los elementos o variables quese utilizan en la fórmula para la distribución delos recursos de este fondo en los términos de laLey de Coordinación Fiscal.La Secretaría de Desarrollo Social remitirátrimestralmente, a la Comisión de DesarrolloSocial de la Cámara de Diputados, lainformación que reciba correspondiente alFondo de <strong>Aportaciones</strong> para la InfraestructuraSocial Municipal, misma que estará disponibleen su página de Internet, actualizándola con lamisma periodicidad;VI. Reportar en los Informes Trimestralesel destino de los recursos del Fondo de<strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimiento de los<strong>Municipios</strong>, especificando cada una de lasobligaciones financieras solventadas, lospagos de derechos y aprovechamientospor concepto de agua y de las accionesrealizadas para atender las necesidadesvinculadas con la seguridad pública de sushabitantes, yVII. ………………….Para efectos del párrafo anterior, se promoveráque por lo menos el 20 por ciento de losrecursos previstos en el Fondo de <strong>Aportaciones</strong>para el Fortalecimiento de los <strong>Municipios</strong>,se destinen a la atención de necesidadesdirectamente vinculadas con la seguridadpública.En términos de lo dispuesto por el tercer párrafodel artículo 142 de la Ley General del SistemaNacional de Seguridad Pública, los recursosfederales que se otorguen a través de los fondosde ayuda federal para la seguridad pública, unavez ministrados por la Secretaría de Hacienday Crédito Público, serán depositados en unacuenta bancaria específica para su aplicación demanera directa a su destino final, al igual que elresto de los fondos de aportaciones federales.Lo anterior, con el propósito de dotar de mayoreficiencia en el flujo y aplicación de los recursosy evitar el establecimiento de mecanismos quetengan por objeto impedir la concentración delos recursos transferidos en las respectivastesorerías al final del presente ejercicio fiscal.El Consejo Nacional de Seguridad Pública, alaprobar los criterios para la distribución de losrecursos de los fondos de ayuda federal parala seguridad pública, promoverá y vigilará quesu erogación y aplicación se realice dentrodel presente ejercicio fiscal y se alcancenlos objetivos para los que están destinados.Para tales efectos, los convenios relativos aestos fondos establecerán mecanismos quecontribuyan a agilizar la recepción y el ejerciciode los recursos que reciban los municipios.Dicho Consejo promoverá que, por lo menos,el 20 por ciento de los recursos del Fondode <strong>Aportaciones</strong> para la Seguridad Públicade los Estados, se distribuya entre losmunicipios conforme a criterios que integrenel número de habitantes y el avance en laaplicación del Programa Estatal de SeguridadPública en materia de profesionalización,equipamiento, modernización tecnológica einfraestructura.Comentario: Este artículo pondera el hechoinequívoco de que los recursos transferidos víaRamo 33, se deben sujetar a la trilogía normativacompuesta por el artículo 134 Constitucional,48 y 49 – V, de la Ley de Coordinación Fiscaly 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuestoy Responsabilidad Hacendaria, además desatisfacer los extremos de esta normativa. Decierta manera, se ratifican algunos extremosy requisitos ya previstos, tales como el hechode contar con una cuenta bancaria por fondo(FAISM y FORTAMUN), donde se manejenexclusivamente los recursos del fondo que


hacienda municipal 55“El Presupuesto 2010 incluye la cantidad de$4,137,900,000.00, para el otorgamiento de subsidios a losmunicipios, con objeto de fortalecer el desempeño de susfunciones en materia de seguridad pública”corresponda y sus rendimientos financieros;informar sobre la aplicación del FAISM, en obrasy acciones que beneficien directamente a lapoblación en rezago social y pobreza extrema.Tratándose del Fortamun, se indica que en losinformes trimestrales se deberá especificarlas obligaciones financieras solventadas, lospagos por conceptos de agua y las accionesrealizadas para atender necesidades vinculadascon la seguridad pública, e incluso se amparala sugerencia de que, cuando menos el 20%del Fortamun se destine a estas acciones deseguridad pública, sin menoscabo de que comoen años anteriores, del fondo 7 (FASP), delRamo 33, se distribuya cuando menos el 20% alos municipios.El artículo 10, del PEF, prevé en el ámbitomunicipal:El presente Presupuesto incluye la cantidadde $4,137,900,000.00, para el otorgamientode subsidios a los municipios, con objeto defortalecer el desempeño de sus funciones enmateria de seguridad pública, salvaguardarlos derechos e integridad de sus habitantesy preservar las libertades, el orden y la pazpúblicos.Los subsidios a que se refiere este artículo serándestinados para los conceptos y conforme a lasreglas que establezca el Ejecutivo Federal, conel propósito de profesionalizar y equipar a loscuerpos de seguridad pública en los municipios,así como mejorar la infraestructura de lascorporaciones, en el marco de las disposicioneslegales aplicables.El Ejecutivo Federal dará a conocer a mástardar el 15 de enero, a través del Diario Oficialde la Federación, la lista de los municipios ydemarcaciones territoriales del Distrito Federalelegibles para el otorgamiento del subsidio aque se refiere este artículo, así como la fórmulautilizada para su selección, misma que deberáconsiderar, entre otros criterios, el número dehabitantes y la incidencia delictiva; asimismo,se dará cobertura a municipios con destinosturísticos, zonas fronterizas, municipiosconurbados, así como a grupos de municipiosque por su proximidad geográfica se veanafectados por la alta incidencia delictiva. Endicha publicación se establecerá igualmente el


56 hacienda municipal NÚMERO 108porcentaje de participación que representaránlas aportaciones de recursos que realicen alfondo los municipios.El Ejecutivo Federal, a más tardar el último díahábil de febrero, deberá suscribir conveniosespecíficos con las respectivas entidadesfederativas y sus municipios elegibles, quedeseen adherirse a este programa, con baseen lo dispuesto en el último párrafo del artículo142 de la Ley General del Sistema Nacional deSeguridad Pública, ….Comentario: Una vez más y afortunadamente,se reconoce al SUBSEMUN, el cual, integradentro de los criterios de elegibilidad municipal,además del número de habitantes e incidenciadelictiva, algunos municipios con destinosturísticos, zonas fronterizas, municipiosconurbados, etc.Por su parte, el artículo 14 del PEF 2010,señala:Los recursos correspondientes a lossubejercicios que no sean subsanados enel plazo que establece el artículo 23, últimopárrafo, de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria (90 días naturales),serán reasignados a los programas sociales yde inversión en infraestructura previstos en esteDecreto. Al efecto, la Secretaría de Hacienda yCrédito Público informará trimestralmente a laCámara de Diputados, a partir del 1o. de abrilde 2010, sobre dichos subejercicios.Por su parte, el artículo 28 del PEF 2010,indica:Las evaluaciones del desempeño a que serefieren los artículos 6, 78, 110 y 111 de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria y 72 de la Ley General deDesarrollo Social, se llevarán a cabo en lostérminos del programa anual de evaluación ylas disposiciones aplicables en la materia.Las evaluaciones se apegarán a los principiosde objetividad, independencia, imparcialidady transparencia y serán coordinadas por lasSecretarías de Hacienda y Crédito Públicoy de la Función Pública, así como por elConsejo Nacional de Evaluación de la Políticade Desarrollo Social, en el ámbito de susrespectivas competencias.VIII. La Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico podrá apoyar a las entidadesfederativas y, por conducto de éstas, alos municipios, en materia de planeación,programación, presupuesto, contabilidady sistemas, así como para instrumentar laevaluación del desempeño, de conformidadcon los artículos 134 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos,85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, y 49 de la Leyde Coordinación Fiscal;Comentario: Pareciera que los municipios,a través de los estados, podrán contar con elapoyo de la SHyCP, a efecto de consolidar elsistema de P-P-P, y la instrumentación de losindicadores de evaluación del desempeño.Por su parte, el artículo 31 ordena:Los programas de subsidios del RamoAdministrativo 20 Desarrollo Social sedestinarán, en las entidades federativas, enlos términos de las disposiciones aplicables,exclusivamente a la población en condicionesde pobreza, de vulnerabilidad, rezago y demarginación de acuerdo con los criterios oficialesdados a conocer por la Secretaría de DesarrolloSocial, el Consejo Nacional de Población y alas evaluaciones de la CONEVAL, medianteacciones que promuevan la superación de lapobreza a través de la educación, la salud, laalimentación, la generación de empleo e ingreso,autoempleo y capacitación; protección social yprogramas asistenciales; el desarrollo regional;la infraestructura social básica y el fomentodel sector social de la economía; conforme loestablece el artículo 14 de la Ley General de


hacienda municipal 57Desarrollo Social, y tomando en consideraciónlos criterios que propongan las entidadesfederativas. Los recursos de dichos programasse ejercerán conforme a las reglas de operaciónemitidas y las demás disposiciones aplicables.Otros dispositivos jurídicos del PEF 2010,inciden en las finanzas de algunos municipios,como es el caso del Fondo Regional y el Fondometropolitano, que a letra indican:Artículo 42. El Fondo Regional (5,500 MDP)tiene por objeto apoyar a los diez estados conmenor índice de desarrollo humano respectodel índice nacional, a través de programas yproyectos de inversión destinados a mantenere incrementar el capital físico o la capacidadproductiva, o ambos, así como a impulsarel desarrollo regional equilibrado medianteinfraestructura pública y su equipamiento.Para el presente ejercicio fiscal la asignaciónprevista para el Fondo Regional se distribuyeconforme a lo señalado en el Anexo 12 deeste Decreto. Los recursos se aplicarán yse evaluarán sus resultados conforme a lasdisposiciones aplicables.Artículo 43. El Fondo Metropolitano (7,455MDP)se distribuyen entre las zonas metropolitanasconforme a la asignación que se presenta en elAnexo 12 de este Decreto y se deberán aplicar,evaluar, rendir cuentas y transparentar en lostérminos de las disposiciones aplicables.Los recursos del Fondo Metropolitano sedestinarán prioritariamente a estudios, planes,evaluaciones, programas, proyectos, acciones,obras de infraestructura y su equipamiento, encualquiera de sus componentes, ya sean nuevos,en proceso, o para completar el financiamientode aquellos que no hubiesen contado con losrecursos necesarios para su ejecución; los cualesdemuestren ser viables y sustentables, orientadosa promover la adecuada planeación del desarrolloregional, urbano y del ordenamiento del territoriopara impulsar la competitividad económica, lasustentabilidad y las capacidades productivasde las zonas metropolitanas, coadyuvar asu viabilidad y a mitigar su vulnerabilidad oriesgos por fenómenos naturales, ambientalesy los propiciados por la dinámica demográfica yeconómica, así como a la consolidación urbanay al aprovechamiento óptimo de las ventajascompetitivas de funcionamiento regional, urbanoy económico del espacio territorial de las zonasmetropolitanas.Ahora bien, y por lo que se refiere a la distribuciónde participaciones y del Ramo 33, en el DOFdel 29 de diciembre de 2009 se publican lasestimaciones correspondientes, reservandopara finales del mes de enero, la publicaciónoficial correspondiente.Por cuanto se refiere a la ley de Ingresos de laFederación 2010, ésta fue publicada en el DOFel 25 de noviembre de 2009.Dentro del artículo 1, encontramos las siguientesdisposiciones• Del DSH, y antes del FEIP, se destinarán 71Mil 666.6 MDP a programas y proyectos deinversión (PEF).


58 hacienda municipal NÚMERO 108• Del excedente anterior y antes del FEIP, acompensar baja en ingresos de 2010 y elcosto de combustibles para electricidad.• Si hubiere remanente, al FEIP y a lo queseñala la LFD y la LFPyRH.• No hay límites para reservas del FEIP.• Los recursos del FEIEF podrán utilizarsepara cubrir obligaciones derivadas dela potenciación del fondo. No aplicablea ingresos que le corresponda recibirdirectamente a los municipios.• Hasta el 25% del FORTAMUN, se podrádestinar a adeudos, previo acuerdo. Véaseel último párrafo del art. 25, en relación conel 49, primer párrafo y 51 de la LCF.Por su parte, el artículo 9 de la LIF 2010, destacaque se ratifican:• Los acuerdos que hubieren dejado ensuspenso el cobro de gravámenes y lasresoluciones dictadas por la SHCP, sobre lacausación de dichos gravámenes.• Los convenios que la Federación haya celebradocon los municipios para el cumplimientofinal de los adeudos entre ellos.• Los convenios entre la Federación y losestados en los que se señalen incentivos paralas mismas entidades o los municipios, porlas mercancías o vehículos de procedenciaextranjera, embargados precautoriamentepor las mismasEn este tema, cabe recordar que los municipios,incluyendo sus organismos descentralizados,que se hubieren adherido al Decreto por el quese otorgan diversos beneficios fiscales en materiadel impuesto sobre la renta, de derechos y deaprovechamientos, publicado en el Diario Oficialde la Federación el 5 de diciembre de 2008, enlugar de aplicar los porcentajes establecidos enel artículo segundo, fracción II del mencionadoDecreto, podrán aplicar el 60 por ciento para elejercicio fiscal 2010, el 30 por ciento para el año2011 y el 10 por ciento para el año 2012.Por ello, los municipios, incluyendo susorganismos descentralizados que no hubierencelebrado el convenio a que se refiere el artículotercero, fracción I del Decreto señalado en elpárrafo anterior, tendrán hasta el 31 de marzode 2010 para celebrarlo y cumplir con todos susrequisitos a fin de acogerse al mismo, en cuyocaso podrán aplicar el porcentaje establecido endicho Decreto para el ejercicio fiscal de 2009,así como los beneficios descritos en el párrafoanterior.Tratándose del caso de cancelación de créditosfiscales, el artículo 15 de la LIF 2010, previeneque la autoridad fiscal evaluará:• El monto del crédito• Costo para su recuperación (Costobeneficio)• Antigüedad• Probabilidad de cobroLa cancelación del crédito no libera de supago.La junta de gobierno del SAT establecerá loscasos o supuestos para aplicar la cancelaciónpor imposibilidad práctica de cobro oincosteabilidad.Al respecto, cabe recordar que desde 2008, alparecer, no se han publicado dichos acuerdos,por lo que, cuando los municipios actúen comoautoridades fiscales federales y se encuentrenen los extremos a que este dispositivo se refiere,deberán actuar en consecuenciaUno de los artículos que permanentementeaparece en la Ley de Ingresos de la Federaciónes el que se refiere al hecho de que las


hacienda municipal 59disposiciones federales que amparen algún tipode exención, respecto de gravámenes locales,como el predial, quedarán sin efecto. En esteaño, dicha disposición la encontramos en elartículo 21, que a letra señala:“Quedan sin efecto las exenciones relativas alos gravámenes a bienes inmuebles previstasen leyes federales a favor de organismosdescentralizados sobre contribuciones locales,salvo en lo que se refiere a bienes propiedadde dichos organismos que se consideren deldominio público de la Federación”.Con esta disposición se confirma que losbienes que le pertenezcan a los organismosdescentralizados y que sean destinados afines administrativos o distintos a los del objetodel organismo, tienen la obligación de pagarcontribuciones inmobiliarias, de conformidadcon lo que ya se establece en el artículo 115Constitucional, Fracción IV.Dentro de la llamada “Miscelánea Fiscal”, enel Decreto por el que se reforman, adicionany derogan diversas disposiciones fiscalespublicadas en el Diario Oficial de la Federaciónel 7 de diciembre de 2009, encontramos algunasdisposiciones que pudieran llegar a impactara los municipios, sobre todo y por ejemplo,tratándose del Código Fiscal de la Federación,cuando el municipio actúe como autoridad fiscalfederal, virtud al Convenio de ColaboraciónAdministrativa.Efectivamente, el artículo 41 contempla que:La determinación del crédito fiscal que realice laautoridad, podrá hacerse efectiva a través delPAE a partir del tercer día siguiente a aquél enque se notifique el adeudo, yEl recurso de revocación sólo procederá contrael PAE y en dicho recurso podrán hacerse valeragravios contra la resolución determinante delcrédito fiscal.Complementariamente, el artículo 65, indica:Como caso de excepción al plazo de 45 díaspara pagar o garantizar los créditos fiscalesdeterminados por la autoridad, ésta iniciaráel PAE a partir del tercer día contados apartir de la notificación del adeudo en el


60 hacienda municipal NÚMERO 108caso de la omisión de la presentación deuna declaración periódica para el pagode contribuciones y después del tercerrequerimiento previsto en el Art. 41.Por su parte, y una de las grandes novedades,la contempla el artículo 143, al establecer laposibilidad y procedimientos para la aplicacióndel depósito en dinero en entidades financierasy sociedades cooperativas y de ahorro ypréstamo y la previsión para que dicha garantíase aplique una vez que el crédito quede firme.Otra de las repercusiones que la reformafiscal de 2010 pudiera tener efectos en elámbito municipal, es en las adecuaciones a laLey Federal de Derechos, donde su artículo233 tendrá relativas repercusiones, por lasaclaraciones que se hacen respecto de loscasos en que no se pagarán los derechosde uso y goce de la Zona Federal MarítimoTerrestre (previstos en el artículo 232-C), cuyosrendimientos económicos les corresponden alos municipios que tengan celebrado el anexo1 al CCA.Artículo 233:VII. No se pagarán los derechos a que serefiere este artículo cuando los inmueblesde dominio público de la Federaciónestén destinados a labores propias de lascapitanías de puerto de la Secretaría deComunicaciones y Transportes.IX. No se pagarán los derechos a que serefiere este artículo cuando la zona federalmarítimo terrestre, los terrenos ganadosal mar o cualquier otro depósito de aguasmarítimas, la zona federal marítima o lasaguas interiores, estén destinados al serviciode las Secretarías de Estado y órganosdesconcentrados de la AdministraciónPública Federal, Estatal y Municipal quecumplan con los fines públicos para los quefueron creados.XI. No se pagará el derecho a que se refiereel artículo 232 de esta Ley, tratándose deobras de protección contra fenómenosnaturales en los puertos.Por su parte, la reforma al artículo 267 conllevala implicación financiera relativa, derivada de laRFP, por cuanto se refiere a los derechos sobreminería. Véase la reforma a la LFD, publicadaen el DOF, el 5 de junio de 2009, a los Art.., 267y 275, así como primero transitorio.Artículo 267. Están obligados a pagar elderecho por el uso, goce o aprovechamientodel gas asociado a los yacimientos decarbón mineral, los concesionarios minerosque conforme a la Ley Minera recuperen yaprovechen el gas, ya sea para autoconsumoo entrega a Petróleos Mexicanos, aplicando latasa de 40% a la diferencia que resulte entre elvalor anual del gas asociado a los yacimientosde carbón mineral extraído en el año y lasdeducciones permitidas en este artículo,mediante declaración anual que se presentaráa más tardar el último día hábil del mes demarzo del siguiente año correspondiente alejercicio de que se trate.Por último, destacaremos que las reformas alas leyes de los Impuestos• AL VALOR AGREGADO;• A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO;• EMPRESARIAL A TASA ÚNICA, Y• ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN YSERVICIOSNo prevén afectaciones en el ámbitomunicipal, más allá de ser un consumidory un retenedor más, salvo cuando realicenactividades gravadas.Por su parte, las leyes de los ImpuestosSOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS Y DETENENCIA Y USO DE VEHÍCULOS, nosufrieron adecuaciones o reformas.


El Impacto de los Fondosde <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>Derivados del Ramo 33para los <strong>Municipios</strong> en laÚltima DecadaCecilia Sedas OrtegaDatos curriculares:Cecilia Sedas Ortega es Abogada porel Institituo Tecnológico de EstudiosSuperiores de Occidente (ITESO)tiene Maestría en Dirección y GestiónPública Municipal, expedida por laUniversidad Carlos III de Madrid,UIM y Cívitas. Actualmentees Consultor Investigador en elINDETEC.csedaso@indetec.gob.mxEste artículo describe la evolución que en los últimos diez años han tenido los fondos deaportaciones federales para los municipios.


62 hacienda municipal NÚMERO 108V. Fondo de <strong>Aportaciones</strong> Múltiples;VI.Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la EducaciónTecnológica y de Adultos;VII. Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la SeguridadPública de los Estados y del Distrito Federal;VIII. Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimientode las Entidades Federativas.Dos de estos fondos, el III y el IV, en su mayor parteson de carácter municipal.• Fo n d o d e Ap o r ta c i o n e s Fe d e r a l e s pa r al a In f r a e s t ru c t u r a So c i a l Municipal(FAISM)En este artículo, encontraremos una descripcióngeneral de los dos Fondos de <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>derivados del Ramo 33 destinados a los <strong>Municipios</strong>,es decir el Fondo de Infraestructura Social Municipal(FAISM) y el Fondo de Fortalecimiento Municipaly de las Demarcaciones Territoriales del DistritoFederal (FORTAMUNDF), además también sepodrá observar el crecimiento de dichos fondos en laúltima década.Los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> están vigentesen la Ley de Coordinación Fiscal en el capítuloquinto, el cual se adicionó en 1998, siendo hasta estemomento 8 los fondos:I. Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la EducaciónBásica y Normal;El FAISM es un subfondo del Fondo de <strong>Aportaciones</strong>Federal de Infraestructura Social (FAIS), el cual sedetermina anualmente en el Presupuesto de Egresosde la Federación con recursos federales.El FAIS se distribuye en un monto equivalenteal 2.5% de la Recaudación Federal Participable 1 ,correspondiéndole al Estado el 0.303%, mientrasque a los <strong>Municipios</strong> el 2.197%.Debido a que los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> sontransferencias a los Estados y <strong>Municipios</strong>, en ningúnmomento dejan de ser recursos federales, por lo tantoy de conformidad con la misma Ley de CoordinaciónFiscal estos deberán distribuirse y destinarse, comose establece en la misma ley y que para efectos delFAISM se encuentra en los artículos 32 al 35 dedicha normatividad.II.III.IV.Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para los Servicios deSalud;Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para la InfraestructuraSocial;Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimientode los <strong>Municipios</strong> y de las DemarcacionesTerritoriales del Distrito Federal;El FAISM, debe destinarse exclusivamente alfinanciamiento de obras, acciones sociales básicas ya inversiones que beneficien directamente a sectoresde su población que se encuentren en condicionesde rezago social y pobreza extrema en los siguientesrubros:1 Es sólo para efectos de referencia, de conformidad con la cantidadespecífica que se señala en el artículo primero de la Ley de Ingresos dela Federación para ese ejercicio.


hacienda municipal 63a) Agua potable, alcantarillado, drenaje yletrinas,b) Urbanización municipal,c) Electrificación rural y de colonias pobres,d) Infraestructura básica de salud y educativa,e) Mejoramiento de vivienda,f) Caminos rurales, eg) Infraestructura productiva rural.De dichos recursos los <strong>Municipios</strong>, pueden disponerhasta de un 2% del total de los recursos que recibanpor concepto de este fondo para la realización de unprograma de desarrollo institucional, el cual deberáser convenido entre el Ejecutivo Federal a través dela Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), elGobierno Estatal correspondiente y el Municipiode que se trate; también podrán destinar un 3%más para los gastos indirectos de las obras que serealicen.SEDESOL, para distribuir este fondo a los Estadosy que a su vez estos lo distribuyan de la mismamanera a sus <strong>Municipios</strong> considerará los criteriosde pobreza extrema, a través de unas fórmulas quese encuentran reguladas en el artículo 34 de la Leyde Coordinación Fiscal y que toman en cuenta lassiguientes necesidades:1 Ingreso per cápita del hogar;2 Nivel educativo promedio por hogar;3 Disponibilidad de espacio de la vivienda;4 Disponibilidad de drenaje; y5 Disponibilidad de electricidad-combustiblepara cocinar.Además en el artículo 35 de la misma Ley se estableceque los Estados al distribuir a sus municipios losrecursos de este fondo deberán enfatizar el carácterredistributivo de dichas aportaciones hacia aquellos<strong>Municipios</strong> con mayor magnitud y profundidad depobreza extrema 2 .En aquellos casos en que no exista la informacióna que nos referimos, deberán utilizarse las siguientescuatro variables:a) Población ocupada del Municipio que percibamenos de dos salarios mínimos respecto de lapoblación del Estado en similar condición;b) Población municipal de 15 años o más que nosepa leer y escribir respecto de la población delEstado en igual situación;c) Población municipal que habite en viviendasparticulares sin disponibilidad de drenajeconectado a fosa séptica o a la calle, respectode la población estatal sin el mismo tipo deservicio; yd) Población municipal que habite en viviendasparticulares sin disponibilidad de electricidad,entre la población del Estado en igualcondición.Los Estados 3 , calcularán la distribución del FAISMpara sus <strong>Municipios</strong>, debiendo publicarlas en susrespectivos órganos oficiales de difusión a más tardarel 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así comola fórmula y su respectiva metodología, justificandocada elemento.A continuación se encuentran tres cuadros en loscuales se contiene lo siguiente:1. En el primero, las cifras nominales del FAISM,publicadas en el Diario Oficial de la Federaciónen los últimos días del mes de diciembre decada año, posteriores a la publicación de laLey de Ingresos de la Federación;2. En el segundo, las cifras constantes del propioFAISM, deflactadas al INPC 4 base 2002, y3. El tercero es una gráfica porcentual con baseen las cifras constantes en la cual se puedeobservar el crecimiento año con año, a nivelnacional de dicho fondo.2 Se deberá utilizar la información estadística más reciente de lasvariables de rezago social publicadas por el Instituto Nacional deEstadística, Geografía e Informática.3 Con base en los lineamientos de los artículos 34 y 35 de la Ley deCoordinación Fiscal y previo convenio con la SEDESOL.4 Índice Nacional de Productos al Consumidor publicado por Banxico yen el Diario Oficial de la Federación


64 hacienda municipal NÚMERO 108DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL DEL FONDO IIIFONDO DE APORTACIONES DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPALCOMPORTAMIENTO EN EL PERIODO DE 2001 AL 2010(Cifras corrientes)ENTIDAD 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010Aguascalientes 67,642,901 71,374,053 75,239,754 78,202,602 88,604,994 94,388,334 106,456,897 128,799,204 135,658,735 143,041,257Baja California 91,463,822 141,305,081 144,391,442 152,137,336 172,374,415 184,383,781 206,275,947 247,628,139 257,785,548 267,654,899Baja California Sur 21,402,167 29,558,328 30,438,339 31,961,570 36,213,049 38,696,562 43,377,658 52,176,358 54,479,017 56,776,399Campeche 186,269,668 183,513,013 190,025,552 199,219,455 225,719,326 241,042,821 270,532,743 325,687,843 340,290,623 354,574,051Coahuila 162,266,359 152,916,666 160,421,856 167,072,109 189,295,789 201,779,835 227,299,326 274,692,029 288,859,366 304,014,782Colima 37,750,669 46,170,586 48,510,205 50,494,910 57,211,667 60,970,606 68,709,967 83,060,471 87,363,191 91,927,019Chiapas 1,576,560,126 2,202,884,488 2,226,839,735 2,359,680,199 2,673,561,295 2,864,261,492 3,194,287,463 3,822,066,401 3,957,218,063 4,073,486,678Chihuahua 287,057,084 398,038,885 402,450,305 426,227,335 482,923,452 517,344,022 577,037,780 690,676,321 715,731,930 738,203,206Distrito FederalDurango 273,250,208 314,379,925 319,500,437 337,628,186 382,538,977 409,524,994 457,394,402 548,160,679 569,072,586 588,259,229Guanajuato 889,690,099 967,015,677 988,769,915 1,042,092,081 1,180,709,596 1,262,963,810 1,412,865,378 1,695,818,766 1,764,452,686 1,829,305,345Guerrero 1,426,877,164 1,511,694,964 1,525,576,805 1,617,560,787 1,832,726,280 1,963,875,103 2,189,252,808 2,618,627,457 2,710,165,111 2,788,971,932Hidalgo 585,604,490 617,219,110 637,348,014 668,985,265 757,972,674 809,720,196 908,139,763 1,092,534,101 1,140,402,116 1,186,805,509Jalisco 664,519,150 611,022,453 629,313,677 660,910,700 748,824,043 800,207,335 896,952,473 1,078,787,255 1,126,182,920 1,173,425,567México 1,340,067,892 1,564,364,291 1,628,952,754 1,702,659,119 1,929,144,259 2,058,471,155 2,314,050,735 2,790,673,993 2,924,638,737 3,062,522,456Michoacán 954,406,964 997,045,134 1,021,701,007 1,075,777,393 1,218,875,677 1,303,405,895 1,458,942,770 1,752,079,270 1,824,424,885 1,893,204,856Morelos 157,361,124 217,754,605 227,806,617 237,633,877 269,243,576 287,111,810 323,157,010 390,169,674 409,552,220 429,670,875Nayarit 136,028,064 162,186,337 167,032,431 175,456,900 198,795,912 212,442,087 238,111,379 286,341,326 298,859,026 311,182,650Nuevo León 263,574,075 183,468,037 190,092,024 199,047,284 225,524,253 240,798,274 270,360,528 325,727,352 340,954,323 356,672,044Oaxaca 1,345,240,869 1,865,231,408 1,880,018,134 1,994,564,611 2,259,878,583 2,422,004,550 2,699,042,570 3,227,291,950 3,338,240,419 3,432,434,647Puebla 1,338,252,441 1,498,850,465 1,543,248,879 1,621,809,695 1,837,540,371 1,963,726,346 2,200,780,682 2,645,827,614 2,759,139,448 2,868,169,552Querétaro 248,127,679 257,875,944 264,734,412 278,495,316 315,540,342 337,342,531 377,786,815 453,929,303 473,050,604 491,464,416Quintana Roo 117,253,967 135,044,664 139,548,504 146,402,301 165,876,514 177,180,863 198,762,747 239,193,237 249,831,340 260,300,188San Luis Potosí 577,259,709 669,572,720 688,240,379 723,883,590 820,173,491 876,710,206 982,067,416 1,180,093,144 1,229,685,209 1,276,818,233Sinaloa 234,196,630 309,512,932 322,292,409 336,831,205 381,635,983 407,218,923 457,787,845 552,122,074 578,797,701 606,338,946Sonora 161,347,182 183,335,937 191,358,396 199,775,118 226,348,902 241,443,196 271,601,908 327,773,075 343,888,653 360,657,996Tabasco 405,008,956 511,629,871 527,758,228 554,230,603 627,953,521 670,926,757 752,250,691 904,738,216 943,973,331 981,835,717Tamaulipas 310,258,933 310,518,880 322,774,075 337,631,885 382,543,168 408,275,562 458,766,762 553,022,921 579,165,878 605,763,058Tlaxcala 146,680,911 156,992,896 165,013,491 171,807,333 194,660,885 207,451,548 233,778,000 282,556,254 297,026,112 312,125,946Veracruz 1,966,585,516 2,104,627,478 2,171,786,396 2,280,244,873 2,583,559,601 2,760,171,980 3,095,138,279 3,722,990,389 3,885,250,067 4,042,204,101Yucatán 455,496,435 399,112,681 417,933,050 435,935,002 493,922,417 526,659,437 592,870,005 715,816,727 751,231,165 787,444,245Zacatecas 325,988,083 369,469,417 376,837,568 397,668,395 450,565,644 482,126,777 538,962,163 646,423,346 671,785,953 695,237,750TOTAL 16,753,489,337 19,143,686,926 19,625,954,790 20,662,027,035 23,410,458,656 25,032,626,788 28,022,800,910 33,655,484,889 35,047,156,963 36,370,493,549Fuente: Diarios Oficiales de la Federación publicados a finales de diciembre de cada año.


hacienda municipal 65DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL DEL FONDO IIIFONDO DE APORTACIONES DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPALCOMPORTAMIENTO EN EL PERIODO DE 2001 AL 2010(Cifras a pesos del 2002)ENTIDAD 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 eAguascalientes 70,886,886 71,214,302 71,806,334 71,291,324 77,675,699 79,848,799 86,622,156 99,692,487 99,719,374 103,248,321Baja California 95,850,199 140,988,808 137,802,419 138,691,960 151,112,287 155,981,390 167,843,209 191,667,839 189,491,768 193,195,443Baja California Sur 22,428,562 29,492,170 29,049,345 29,136,916 31,746,223 32,735,762 35,295,658 40,385,272 40,046,175 40,981,658Campeche 195,202,696 183,102,269 181,354,105 181,613,122 197,877,182 203,912,698 220,127,865 252,087,203 250,139,203 255,934,381Coahuila 170,048,249 152,574,403 153,101,317 152,306,848 165,946,434 170,697,764 184,949,573 212,615,689 212,333,361 219,440,297Colima 39,561,097 46,067,246 46,296,536 46,032,343 50,154,693 51,578,722 55,908,125 64,290,032 64,218,517 66,353,656Chiapas 1,652,168,016 2,197,953,928 2,125,222,234 2,151,139,749 2,343,781,476 2,423,051,993 2,599,137,059 2,958,335,869 2,908,852,925 2,940,275,210Chihuahua 300,823,625 397,147,983 384,085,268 388,558,824 423,355,561 437,652,591 469,525,769 534,593,678 526,116,803 532,840,968Distrito FederalDurango 286,354,606 313,676,271 304,920,656 307,789,764 335,353,362 346,441,956 372,174,000 424,284,465 418,311,154 424,610,209Guanajuato 932,357,416 964,851,274 943,649,323 949,995,554 1,035,070,819 1,068,417,456 1,149,624,386 1,312,588,782 1,297,005,440 1,320,407,204Guerrero 1,495,306,632 1,508,311,444 1,455,960,074 1,474,606,307 1,606,662,212 1,661,360,702 1,781,357,555 2,026,856,344 1,992,175,206 2,013,102,209Hidalgo 613,688,620 615,837,632 608,263,877 609,862,640 664,477,869 684,991,276 738,937,788 845,637,537 838,281,332 856,645,693Jalisco 696,387,830 609,654,845 600,596,171 602,501,677 656,457,708 676,943,772 729,834,882 834,997,275 827,829,154 846,987,944México 1,404,334,204 1,560,862,885 1,554,618,663 1,552,183,940 1,691,187,177 1,741,385,222 1,882,903,493 2,160,022,905 2,149,829,453 2,210,553,162Michoacán 1,000,177,940 994,813,519 975,077,668 980,703,873 1,068,529,171 1,102,629,861 1,187,116,772 1,356,135,244 1,341,089,517 1,366,530,382Morelos 164,907,771 217,267,220 217,411,105 216,632,609 236,032,780 242,885,241 262,947,330 301,997,093 301,051,687 310,139,868Nayarit 142,551,631 161,823,327 159,410,231 159,950,620 174,274,731 179,717,607 193,747,155 221,632,417 219,683,863 224,614,121Nuevo León 276,214,430 183,057,394 181,417,544 181,456,167 197,706,171 203,705,821 219,987,736 252,117,783 250,627,073 257,448,729Oaxaca 1,409,755,264 1,861,056,593 1,794,227,162 1,818,291,825 1,981,125,912 2,048,920,103 2,196,164,763 2,497,971,656 2,453,857,799 2,477,558,735Puebla 1,402,431,689 1,495,495,694 1,472,825,717 1,478,479,711 1,610,882,492 1,661,234,859 1,790,737,589 2,047,909,668 2,028,175,027 2,070,267,684Querétaro 260,027,263 257,298,759 252,653,772 253,882,854 276,618,909 285,378,445 307,398,668 351,347,988 347,727,775 354,742,940Quintana Roo 122,877,175 134,742,403 133,180,479 133,463,767 145,415,892 149,888,006 161,729,847 185,139,100 183,644,826 187,886,754San Luis Potosí 604,943,644 668,074,063 656,833,868 659,909,239 719,006,308 741,662,176 799,091,455 913,409,530 903,911,121 921,617,596Sinaloa 245,428,116 308,820,171 307,585,222 307,063,217 334,561,751 344,491,111 372,494,137 427,350,643 425,459,845 437,660,293Sonora 169,084,990 182,925,589 182,626,128 182,119,678 198,429,101 204,251,399 220,997,826 253,701,203 252,784,026 260,325,821Tabasco 424,432,175 510,484,726 503,675,008 505,249,601 550,496,386 567,577,514 612,093,517 700,280,748 693,891,401 708,696,860Tamaulipas 325,138,177 309,823,868 308,044,908 307,793,136 335,357,036 345,384,986 373,290,665 428,047,912 425,730,483 437,244,612Tlaxcala 153,715,361 156,641,510 157,483,421 156,623,590 170,649,754 175,495,809 190,221,159 218,702,716 218,336,534 225,295,000Veracruz 2,060,898,050 2,099,916,840 2,072,681,147 2,078,724,645 2,264,881,357 2,334,996,381 2,518,461,064 2,881,649,572 2,855,951,034 2,917,695,196Yucatán 477,340,907 398,219,375 398,861,488 397,408,560 432,997,820 445,533,064 482,408,180 554,052,724 552,211,411 568,383,543Zacatecas 341,621,658 368,642,460 359,641,318 362,523,825 394,989,040 407,860,194 438,544,291 500,341,221 493,813,205 501,828,159TOTAL 17,556,944,879 19,100,838,969 18,730,362,507 18,835,987,886 20,522,813,311 21,176,612,680 22,801,673,672 26,049,842,596 25,762,296,495 26,252,512,649Fuente: Elaboración propia de INDETECNota: Las cantidades están deflactadas con el INPC-base 2002 promedio anuale/ Estimado a enero de 2010


66 hacienda municipal NÚMERO 108CRECIMIENTO ANUAL DEL FONDO DE APORTACIONES FEDERALES DEINFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPALA PESOS CONSTANTES16.00%14.25%14.00%12.09%12.00%10.00%8.00%8.79%8.96%7.67%6.00%4.00%2.00%0.56%3.19%1.90%0.00%-2.00%-1.94%-1.10%01-00 02-01 03-02 04-03 05-04 06-05 07-06 08-07 09-08 10-09NOTA: Cifras deflactadas en base al INPC-base 2002, publicadas por Banxico


hacienda municipal 67“El FAISM, debe destinarse exclusivamente al financiamientode obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficiendirectamente a sectores de su población que se encuentren encondiciones de rezago social y pobreza extrema”• Fo n d o d e Ap o r ta c i o n e s Fe d e r a l e s d eFo rta l e c i m i e n to Municipal y d e l a sDe m a r c a c i o n e s d e l Distrito Fe d e r a l(FORTAMUNDF)El FORTAMUNDF se distribuye a los <strong>Municipios</strong> enun monto equivalente al 2.35% de la RecaudaciónFederal Participable 5 y a las DemarcacionesTerritoriales del Distrito Federal en un 0.2123% dedicha Recaudación.El Ejecutivo Federal entregará dichos recursos alos <strong>Municipios</strong> por conducto de los Estados, loscuales deberán a su vez entregarlos a sus municipiosde manera ágil y directa sin más limitaciones nirestricciones, incluyendo aquellas de carácteradministrativo, que las correspondientes a lasatisfacción de sus requerimientos, dando prioridad:a) Al cumplimiento de sus obligacionesfinancieras,b) Al pago de derechos y aprovechamientos porconcepto de agua yc) A la atención de las necesidades directamentevinculadas con la seguridad pública de sushabitantes.El FORTAMUNDF se distribuirá por el EjecutivoFederal, a través de la Secretaría de Hacienda5 Es sólo para efectos de referencia, de conformidad con la cantidadespecífica que se señala en el artículo primero de la Ley de Ingresos de laFederación para ese ejercicio.y Crédito Público (SHCP), a los <strong>Municipios</strong>, enproporción directa al número de habitantes con quecuente cada Entidad Federativa, de acuerdo con lainformación estadística más reciente que al efectoemita el INEGI y a las Demarcaciones Territorialesdel Distrito Federal, su distribución será tambiénpor población , pero el 75% correspondiente a cadaDemarcación Territorial será asignado conforme alcriterio del factor de población residente y el 25%restante al factor de población flotante de acuerdocon las cifras publicadas por el mismo INEGI.A continuación se encuentran tres cuadros en loscuales se contiene lo siguiente:1. En el primero, las cifras nominales delFORTAMUNDF, publicadas en el DiarioOficial de la Federación en los últimos díasdel mes de diciembre de cada año, posterioresa la publicación de la Ley de Ingresos de laFederación;2. En el segundo, las cifras constantes del propioFORTAMUNDF, deflactadas al INPC 6 base2002, y3. El tercero es una gráfica porcentual con baseen las cifras constantes en la cual se puedeobservar el crecimiento año con año, a nivelnacional de dicho fondo.6 Índice Nacional de Productos al Consumidor publicado por Banxico y enel Diario Oficial de la Federación


68 hacienda municipal NÚMERO 108DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL DEL FONDO IVFONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERALCOMPORTAMIENTO EN EL PERIODO DE 2001 AL 2010(Cifras corrientes)ENTIDAD 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010Aguascalientes 190,466,920 217,556,148 223,036,824 236,407,466 259,999,358 288,529,157 339,356,519 411,123,245 431,154,439 450,443,674Baja California 502,195,594 573,070,613 587,507,411 681,184,764 762,138,533 860,307,465 905,315,144 1,114,129,528 1,182,662,802 1,250,683,885Baja California Sur 85,495,788 97,695,851 100,157,005 108,768,029 120,538,046 134,748,348 163,117,622 199,997,745 211,739,363 223,289,010Campeche 139,221,854 159,129,541 163,138,333 170,605,156 186,850,395 206,467,795 239,782,436 288,759,093 301,557,098 313,825,766Coahuila 463,458,080 529,458,010 542,796,119 561,411,763 612,470,827 674,129,988 794,085,517 955,854,100 997,053,466 1,036,328,514Colima 109,147,652 125,017,172 128,166,605 140,692,109 155,287,144 172,943,240 180,271,140 217,477,225 227,389,672 236,957,179Chiapas 791,440,030 903,343,970 926,101,016 984,792,110 1,082,941,826 1,201,477,883 1,361,208,979 1,638,385,268 1,709,158,028 1,776,777,672Chihuahua 615,277,316 703,366,767 721,085,986 771,790,982 848,582,688 941,297,750 1,027,339,811 1,235,340,001 1,287,406,787 1,336,783,348Distrito Federal 1,618,919,338 1,849,888,363 1,896,490,761 1,996,608,257 2,187,850,007 2,418,947,049 2,707,892,869 3,252,189,095 3,386,668,832 3,514,545,189Durango 291,890,364 333,760,578 342,168,676 342,195,849 369,467,222 402,530,767 478,185,066 570,736,659 591,408,323 610,655,886Guanajuato 940,067,074 1,074,327,434 1,101,391,896 1,138,525,138 1,242,366,505 1,367,806,775 1,551,106,887 1,853,709,775 1,922,621,432 1,987,217,391Guerrero 620,771,450 709,527,922 727,402,354 751,440,444 819,629,595 901,904,306 985,219,501 1,167,864,422 1,203,580,142 1,236,101,959Hidalgo 450,454,328 515,063,320 528,038,798 545,635,408 595,457,035 655,628,770 743,706,060 889,233,304 922,607,821 953,983,290Jalisco 1,276,085,526 1,456,541,620 1,493,234,824 1,542,197,792 1,681,762,546 1,850,176,109 2,135,985,657 2,562,678,402 2,666,621,704 2,765,129,803México 2,641,156,590 3,017,377,762 3,093,391,559 3,396,484,239 3,754,725,171 4,187,624,671 4,436,451,556 5,362,823,716 5,611,856,415 5,851,115,515Michoacán 803,282,212 918,267,642 941,400,645 954,313,078 1,034,778,638 1,131,992,870 1,251,519,447 1,479,490,540 1,521,655,500 1,559,886,536Morelos 313,481,726 358,328,478 367,355,491 390,163,998 427,597,485 472,815,831 510,256,481 611,962,052 636,606,507 659,992,077Nayarit 185,669,042 212,003,690 217,344,488 219,145,166 237,404,238 259,497,026 300,309,838 357,728,781 370,194,198 381,810,318Nuevo León 772,408,598 883,357,193 905,610,733 952,425,444 1,044,243,955 1,155,105,952 1,334,998,300 1,611,027,758 1,683,900,546 1,753,888,076Oaxaca 692,859,138 792,265,543 812,224,300 842,497,240 920,750,745 1,015,268,813 1,110,028,150 1,317,570,881 1,359,398,974 1,397,821,220Puebla 1,023,558,076 1,169,630,198 1,199,095,528 1,288,091,079 1,417,722,194 1,574,308,378 1,709,657,028 2,056,649,382 2,144,204,475 2,227,628,029Querétaro 283,025,784 323,541,520 331,692,180 359,153,533 397,394,951 443,692,250 507,646,536 616,826,343 648,253,062 678,897,518Quintana Roo 176,396,076 201,584,882 206,663,209 242,263,811 274,561,775 313,900,229 365,619,378 454,932,271 487,203,555 519,727,014San Luis Potosí 463,570,118 529,755,217 543,100,813 555,741,574 604,608,849 663,635,655 764,537,497 913,445,732 947,235,771 978,840,160Sinaloa 511,710,805 584,469,741 599,193,706 613,107,938 667,183,545 732,452,526 823,964,429 980,554,181 1,013,723,274 1,044,443,275Sonora 446,816,200 510,772,951 523,640,346 542,747,898 592,856,531 653,421,493 760,949,878 914,784,830 953,099,805 989,517,851Tabasco 381,409,246 435,863,145 446,843,412 469,322,657 514,778,907 569,685,206 629,998,032 752,966,781 781,182,528 807,787,664Tamaulipas 554,563,873 634,321,601 650,301,435 687,625,192 755,432,251 837,366,199 959,655,919 1,157,421,605 1,209,236,755 1,258,940,769Tlaxcala 194,182,565 221,786,384 227,373,628 240,102,821 263,757,081 292,344,849 339,804,580 410,355,980 429,295,307 447,529,966Veracruz 1,393,137,251 1,591,775,776 1,631,875,800 1,646,185,271 1,783,287,898 1,949,002,797 2,254,772,655 2,686,589,693 2,779,675,144 2,866,394,248Yucatán 334,239,965 382,039,088 391,663,419 406,642,194 444,434,709 490,062,517 577,268,906 696,164,309 727,565,820 757,846,369Zacatecas 272,770,109 311,861,543 319,717,961 319,279,107 344,829,757 375,783,785 432,201,551 512,683,348 528,606,937 543,105,968TOTAL 19,539,128,688 22,326,749,663 22,889,205,261 24,097,547,507 26,405,690,407 29,194,856,449 32,682,213,369 39,251,456,045 40,874,524,482 42,417,895,139Fuente: Diarios Oficiales de la Federación publicados a finales de diciembre de cada año.


hacienda municipal 69DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL DEL FONDO IVFONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERALCOMPORTAMIENTO EN EL PERIODO DE 2001 AL 2010(Cifras a pesos del 2002)ENTIDAD 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 eAguascalientes 199,601,238 217,069,208 212,858,972 215,514,584 227,928,823 244,084,261 276,128,594 318,215,466 333,719,906 325,133,841Baja California 526,279,642 571,787,950 560,697,653 620,983,989 668,129,876 727,786,106 736,639,444 862,352,717 915,398,484 902,753,614Baja California Sur 89,595,953 97,477,185 95,586,535 99,155,483 105,669,857 113,991,776 132,726,018 154,801,210 163,889,396 161,171,790Campeche 145,898,587 158,773,373 155,693,832 155,527,657 163,802,676 174,663,593 195,106,866 223,503,805 233,409,650 226,521,944Coahuila 485,684,373 528,272,962 518,026,674 511,796,115 536,923,459 570,287,320 646,133,800 739,845,197 771,734,115 748,030,196Colima 114,382,101 124,737,355 122,317,971 128,258,223 136,132,705 146,303,144 146,683,542 168,330,586 176,002,966 171,037,584Chiapas 829,395,519 901,322,079 883,840,197 897,759,558 949,362,558 1,016,402,793 1,107,592,458 1,268,134,406 1,322,913,568 1,282,492,311Chihuahua 644,784,481 701,792,471 688,180,629 703,582,740 743,911,272 796,300,685 835,928,828 956,171,414 996,471,876 964,900,894Distrito Federal 1,696,558,670 1,845,747,889 1,809,948,093 1,820,154,861 1,917,981,954 2,046,333,578 2,203,366,100 2,517,242,414 2,621,331,717 2,536,826,780Durango 305,888,697 333,013,545 326,554,474 311,953,752 323,893,988 340,525,116 389,091,007 441,758,607 457,758,781 440,776,294Guanajuato 985,150,345 1,071,922,843 1,051,132,019 1,037,906,188 1,089,122,440 1,157,110,460 1,262,109,137 1,434,798,756 1,488,137,397 1,434,389,380Guerrero 650,542,100 707,939,836 694,208,762 685,030,712 718,529,500 762,975,389 801,656,252 903,944,319 931,588,814 892,228,264Hidalgo 472,056,994 513,910,490 503,942,774 497,414,020 522,008,293 554,636,021 605,140,897 688,279,717 714,112,086 688,592,756Jalisco 1,337,283,404 1,453,281,546 1,425,093,956 1,405,903,636 1,474,319,631 1,565,175,848 1,738,014,986 1,983,550,949 2,064,004,601 1,995,892,770México 2,767,819,869 3,010,624,179 2,952,230,650 3,096,314,600 3,291,585,391 3,542,564,928 3,609,864,730 4,150,904,797 4,343,659,786 4,223,381,898Michoacán 841,805,622 916,212,349 898,441,657 869,974,158 907,140,228 957,621,218 1,018,339,962 1,145,147,539 1,177,783,841 1,125,938,557Morelos 328,515,527 357,526,457 350,591,938 355,682,641 374,853,970 399,983,502 415,186,969 473,667,671 492,742,843 476,387,551Nayarit 194,573,266 211,529,177 207,426,395 199,777,867 208,120,777 219,524,226 244,356,977 276,887,362 286,535,779 275,593,736Nuevo León 809,451,387 881,380,037 864,284,948 868,253,347 915,438,012 977,173,972 1,086,265,277 1,246,959,289 1,303,363,904 1,265,970,417Oaxaca 726,086,933 790,492,271 775,160,023 768,040,221 807,177,507 858,877,280 903,210,915 1,019,819,330 1,052,194,892 1,008,958,518Puebla 1,072,645,367 1,167,012,298 1,144,377,135 1,174,254,003 1,242,848,265 1,331,802,653 1,391,118,674 1,591,877,011 1,659,645,946 1,607,919,698Querétaro 296,598,994 322,817,360 316,556,052 327,412,774 348,376,873 375,346,104 413,063,301 477,432,704 501,757,449 490,033,649Quintana Roo 184,855,592 201,133,689 197,232,535 220,853,366 240,694,987 265,547,185 297,498,233 352,124,300 377,102,750 375,143,109San Luis Potosí 485,801,784 528,569,503 518,317,463 506,627,038 530,031,244 561,409,529 622,091,081 707,020,494 733,174,483 706,534,643Sinaloa 536,251,178 583,161,564 571,850,666 558,923,559 584,887,445 619,625,882 670,445,759 758,963,425 784,636,793 753,887,495Sonora 468,244,390 509,629,724 499,745,037 494,781,699 519,728,557 552,768,752 619,171,897 708,056,975 737,713,332 714,241,886Tabasco 399,700,682 434,887,583 426,452,582 427,845,529 451,281,693 481,931,164 512,618,620 582,807,414 604,646,819 583,067,586Tamaulipas 581,159,373 632,901,844 620,626,194 626,855,234 662,250,804 708,378,702 780,855,603 895,861,424 935,967,116 908,713,499Tlaxcala 203,495,076 221,289,975 216,997,875 218,883,356 231,223,036 247,312,185 276,493,173 317,621,592 332,280,911 323,030,703Veracruz 1,459,948,637 1,588,213,017 1,557,408,321 1,500,701,058 1,563,321,981 1,648,779,319 1,834,669,934 2,079,460,119 2,151,509,634 2,068,986,255Yucatán 350,269,280 381,183,997 373,790,620 370,704,550 389,614,347 414,573,516 469,713,833 538,841,462 563,146,695 547,019,560Zacatecas 285,851,483 311,163,525 305,128,254 291,062,314 302,295,518 317,898,227 351,675,008 396,824,487 409,149,580 392,018,224TOTAL 20,476,176,542 22,276,777,282 21,844,700,888 21,967,888,831 23,148,587,669 24,697,694,433 26,592,957,875 30,381,206,956 31,637,485,909 30,617,575,403Fuente: Elaboración propiaNota: Las cantidades están deflactadas con el INPC-base 2002 promedio anuale/ Estimado


70 hacienda municipal NÚMERO 108CRECIMIENTO ANUAL DEL FONDO DE APORTACIONES FEDERALES DEFORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALESA PESOS CONSTANTES25.00%20.00%15.00%10.00%5.00%0.00%-5.00%22.22%14.25%8.79%5.37% 6.69% 7.67% 1.90%0.56%-1.94%-1.10%01-00 02-01 03-02 04-03 05-04 06-05 07-06 08-07 09-08 10-09NOTA: Cifras deflactadas en base al INPC-base 2002, publicadas por Banxico


Ingresos 2010:Temas de RelevanciaCarlos García LepeDatos curriculares:Carlos García Lepe, es Abogado porla Universidad de Guadalajara, yactualmente se desempeña comoDirector General Adjunto deHacienda Estatal y CoordinaciónHacendaria en el INDETEC.cgarcial@indetec.gob.mxEl Senado de la República publicó en la Gaceta el Dictamen medianteel cual se aprueba en definitiva la Ley de Ingresos de la Federaciónpara el ejercicio fiscal 2010. Como es su naturaleza, a través de esteordenamiento jurídico se establece el catalogo de ingresos que podráobtener el gobierno federal para el sostenimiento del gasto público ylos montos que se estima obtener por cada uno de ellos. En el presenteresumen se hece una breve reseña de los principales aspectosnormados en esta Ley, especialmente de aquéllos temas de relevanciae interés para las haciendas públicas de los tres órdenes de gobiernoy que representan alguna novedad o cambio respecto a la ley vigentepara 2009.


72 hacienda municipal NÚMERO 108IntroducciónCon la aprobación de la Ley de Ingresos de laFederación para el ejercicio fiscal 2010 se establecenlos montos estimados y los conceptosde los ingresos que percibirá la federación paradicho ejercicio. Cabe destacar que lo aprobadocumple con el objetivo de fortalecimiento de lasfinanzas públicas y de la estructura tributaria,así como de reducir la dependencia de los ingresospetroleros para satisfacer las necesidadesfinancieras del país y atender las metas decrecimiento económico sostenido, crecimientodel empleo y abatimiento de la pobreza. Eneste sentido, es pertinente hacer una revisiónde los principales aspectos de la citada Ley y,para ello, en este artículo se destacan, capítulopor capítulo, los aspectos más relevantes quenormarán los ingresos nacionales el próximociclo, presentando, en primer lugar una comparaciónde la estructura de los ingresos dela nación para el próximo ejercicio con los delejercicio pasado. Posteriormente, se aborda eltema del régimen fiscal de PEMEX, para continuarcon las facilidades administrativas y losestímulos fiscales. Asimismo, se destacan losaspectos principales de la presentación de lainformación financiera y la transparencia parafinalizar con los aspectos a destacar sobre laevaluación de la eficiencia recaudatoria y ladeuda pública.Capítulo IDe los Ingresos y el EndeudamientoPúblico• Ingresos públicos para 2010En el marco del proceso legislativo que establecela Constitución General de los Estados UnidosMexicanos, el Congreso de la Unión determinóque para el ejercicio fiscal de 2010, laFederación percibirá los ingresos provenientesde los conceptos y en las cantidades estimadasen el artículo 1° de la Ley de Ingresos de laFederación.En el siguiente cuadro se muestra la informaciónreferente a los montos y conceptos de ingresoaprobados para el ejercicio fiscal 2010, así comoun comparativo de los montos y conceptosaprobados en el ejercicio fiscal del 2009.


hacienda municipal 73


74 hacienda municipal NÚMERO 108“Durante 2010 no serán aplicables los límites para laacumulación de reservas previstos en el segundo párrafo,de la fracción IV del artículo 19 de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria para los distintosFondos de Estabilización ahí señalados”• Monto de RFP para 2010Con base en la recaudación total determinadapor el Congreso de la Unión, se estima unaRecaudación Federal Participable del orden de1 billón 655 mil 461.7 millones de pesos.• Obligación de SHCP de informar alCongreso de la UniónSe da continuidad a la obligación del EjecutivoFederal de informar al Congreso de la Unión,trimestralmente, sobre los ingresos percibidospor la Federación en el ejercicio fiscal de 2010.• Destino de los ingresos derivados delDerecho sobre Hidrocarburos durante el2010Se determina que, durante el presente ejercicio,del total de recursos que se obtengan por elderecho sobre hidrocarburos se destinen 71 mil666. 6 millones de pesos a financiar programasy proyectos aprobados en el Presupuestode Egresos de la Federación (PEF) y queel excedente, antes de destinarlo al Fondode Estabilización de los Ingresos Petroleros(FEIP), se utilice para compensar parcial ototalmente los ingresos del Gobierno Federaldurante el 2010, así como para cubrir el costode los combustibles que se requieran para lageneración de electricidad y se fijan las reglaspara la aplicación de la citada compensación.Si aplicados los recursos conforme al párrafoanterior aun quedare remanente, éste sedestinará a lo previsto en las leyes federales deDerechos y de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria.• Se eliminan los límites de acumulaciónde los Fondos de EstabilizaciónDurante 2010 no serán aplicables los límitespara la acumulación de reservas previstosen el segundo párrafo, de la fracción IV delartículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria para los distintosFondos de Estabilización ahí señalados.• Utilización de los recursos del FEIEFSe autoriza que durante el 2010, los recursos quese destinen al FEIEF se puedan utilizar para cubrirlas obligaciones derivadas de esquemas utilizadospara mitigar la disminución de las participacionesfederales durante 2009, como fueron losesquemas de potenciación de recursos, sin quedicha autorización alcance a los recursos que concargo al FEIEF correspondan a los municipios.


hacienda municipal 75• Límites de endeudamiento público(Artículo 2º)Se autoriza al Ejecutivo Federal un límite deendeudamiento por un monto neto interno hastapor 380 mil millones de pesos.• Emisión de valores y contratación deempréstitosTambién se autoriza al Ejecutivo Federal paraque emita valores en moneda nacional y contrateempréstitos para canje o refinanciamiento deobligaciones del Erario Federal.• Límite de endeudamiento del D. F.(Artículo 3º)Se autoriza al Distrito Federal a contratar y ejercercréditos, empréstitos y otras formas de créditopúblico para un límite de endeudamiento neto de5 mil millones de pesos, prevaleciendo las condicionesy requisitos que para dicho endeudamientose ha establecido en años anteriores.Capítulo IIDe las Obligaciones de PetróleosMexicanos• Tratamiento fiscal de PEMEX ysubsidiarias (Artículo 7º)Se determinan que el cumplimiento de las obligacionesfiscales a que estará sujeto tanto PEMEXcomo sus organismos subsidiarios para el pago decontribuciones y sus accesorios, de productos y deaprovechamientos, excepto el impuesto sobre larenta, se hará en los términos de las disposicionesnormativas que los establecen y con las reglas queal efecto expida la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico y además, conforme a lo siguiente:I. HidrocarburosA cuenta del derecho ordinario previsto en la LeyFederal de Derechos, PEMEX deberá realizar pagosdiarios, incluyendo los día inhábiles, por 498millones 772 mil pesos durante el año. Además, elprimer día hábil de cada semana del ejercicio unpago de 3 mil 500 millones 993 mil pesos.II. IEPS por enajenación de gasolina y dieselSe determina la obligación de efectuar pagosdiarios por el IEPS derivado de la enajenaciónde gasolina y diesel siempre que las tasasaplicables sean positivas en los términos dela legislación, en cuyo caso será la propiaSecretaría de Hacienda quien determine elmonto de tales anticipos. Al igual que enejercicios anteriores, se establecen las basespara el acreditamiento del impuesto que ensu caso resulte.De manera especial y en función de las reformaa la Ley del IVA, se determina para el 2010 quepara el cálculo del IEPS por la enajenación degasolina y diesel, en sustitución de los factoresa que se refiere el artículo 2°.- A fracción I incisoc), se aplicará el factor de 0.9009 cuando laenajenación se realice a la tasa del 11% y elfactor de 0.8621 cuando la enajenación sea atasa del 16%.III. Impuesto al Valor Agregado.Subsiste la obligación de PEMEX de presentarsu declaración de IVA a más tardar el último díahábil del mes siguiente a aquel que correspondael pago. De manera especial para 2010, sedetermina que se considera que se cumplió conlos requisitos del acreditamiento respecto del IVAcausado por la importación de bienes tangiblesque hubiesen enajenado en su operación ordinariao distintos de ellos desde el 1° de enero de2003 y hasta el 31 de diciembre de 2009, siempreque paguen, a más tardar el 26 de febrero de2010, la cantidad que resulte de disminuir dichoimpuesto al mismo impuesto actualizado por elperiodo comprendido desde el mes en el que seimportó el bien de que se trate y hasta el mesinmediato siguiente a dicho mes.


76 hacienda municipal NÚMERO 108día hábil del mes posterior a aquél en que seefectué la importación.VII. Otras Obligaciones y plataforma deextracción y exportación de petróleo para2009.En general, con pequeños ajustes, se mantieneel resto de las obligaciones a cargo dePEMEX. Por lo que se refiere a la plataformade extracción y exportación de petróleo crudopara 2010, la estimación máxima será de 2.5y 1.1 millones de barriles diarios en promedio,respectivamente.Capítulo IIIDe las Facilidades Administrativas yEstímulos FiscalesIV. Impuestos a la exportación de petróleocrudo, gas natural y sus derivados.Continúa la precisión de que en caso de queel Ejecutivo Federal determine establecercontribuciones a la exportación, PEMEX y susorganismos subsidiarios estarán obligados asu determinación y pago a más tardar el últimodía hábil del mes siguiente a aquel en que seefectué exportación.V. Impuestos a los rendimientos petroleros.Permanece la obligación del cálculo y enterodel impuesto a los rendimientos petroleros y seajustan los montos de enteros diarios, incluyendolos días inhábiles, que para 2010 serán de 3millones 284 mil pesos. Además, el entero que sedebe realizar el primer día hábil de cada semanaserá por 23 millones 574 mil pesos.VI. Importación de mercancías.Permanece la obligación de efectuar el pagopor las importaciones a más tardar el último• Tasa de recargos (Artículo 8º)Se mantiene sin cambios la política en materiade tasa de recargos por prórroga para el pagode créditos fiscales:• Ratificación de acuerdos y decretos debeneficios fiscales (Artículo 9º)Se ratifican los acuerdos expedidos en el Ramode Hacienda, por los que se haya dejado ensuspenso, total o parcialmente, el cobro degravámenes y las resoluciones dictadas por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público sobrela causación de tales gravámenes.Se incluye en la Ley de Ingresos para 2010un alcance para las entidades federativas,Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,<strong>Municipios</strong> y sus organismos descentralizadosque se hubiesen adherido al decreto de beneficiosfiscales publicado en el DOF del 5 de septiembrede 2008, a efecto de aplicar, en lugar de losporcentajes previstos en el citado decreto, el 60%para el ejercicio fiscal 2010, 30% para el 2011 y10% para el 2012.


hacienda municipal 77“Se faculta a las autoridades fiscales la cancelaciónde créditos fiscales por causas de incosteabilidad,reiterando que será la Junta de Gobierno del SATquien determinará las reglas sujetándose a lasbases establecidas en la propia Ley de Ingresos”Para quienes no hayan suscrito el convenio aque se refiere el citado decreto, se estableceque tendrán hasta el 31 de marzo para celebrarloy cumplir con los requisitos contenidos en elmismo y acogerse a sus beneficios, aplicandoal efecto el porcentaje previsto para el ejercicio2009, así como los beneficios establecidos enel párrafo anterior.• Concentración de ingresos en la Tesoreríade la Federación (Artículo 12)Al igual que en años anteriores, se precisa que losingresos que se recauden por los cuentadantesdel gobierno federal se deberán enterar a laTesorería de la Federación y deberán reflejarse,cualquiera que sea su naturaleza, tanto en losregistros de la propia Tesorería como en la cuentade la Hacienda Pública Federal. Igualmente,se precisan situaciones particulares en dondela Ley determina esquemas diferenciados encuanto a los términos y oportunidad en que sedeben reportar y concentrar los ingresos.• Cancelación de créditos fiscales porincosteabilidad. (Artículo 16°)Se faculta a las autoridades fiscales lacancelación de créditos fiscales por causas deincosteabilidad, reiterando que será la Juntade Gobierno del SAT quien determinará lasreglas sujetándose a las bases establecidasen la propia Ley de Ingresos. Igualmente, semantiene la obligación para la SHCP de informar,a más tardar el 31 de octubre de 2010 de laspersonas que hayan sido beneficiadas por estadisposición, así como de los lineamientos quepara este propósito haya determinado la Juntade Gobierno del SAT.• Reglas de estímulos fiscales y exencionespara 2010 (Artículo 16)Se mantiene el esquema actual de estímulosy exenciones fiscales vigente en 2009, en lostérminos siguientes:A) Estímulos:‣ Deducción del IEPS por consumo dediesel en actividades empresariales,exceptuando a las mineras, debiendo alefecto cumplir las reglas que al efectoemita la SHCP.‣ Devolución del IEPS derivado delconsumo de diesel de los consumidoresfinales en actividades agropecuarias osilvícolas.‣ Acreditamiento del IEPS derivado delconsumo de diesel utilizado para consumo


78 hacienda municipal NÚMERO 108final en la industria del transporte públicoy privado de personas o de carga.‣ Acreditamiento de un 50% del pago depeaje por el uso de las carreteras decuota del país para los contribuyentesque se dediquen al transporte terrestrede carga o pasaje.B) Exenciones:‣ Se exime del pago del Impuesto SobreAutomóviles Nuevos (ISAN) por laenajenación o importación de vehículosde propulsión por baterías eléctricasrecargables, así como aquelloseléctricos que además cuenten conmotor de combustión interna o conmotor accionado por hidrógeno.‣ Se exenta del derecho de trámiteaduanero por la importación de gas.• Otros estímulos y subsidios fiscales(Artículo 17)Se otorgan de nuevo facultades a la SHCP paraconceder los estímulos fiscales y subsidiossiguientes:I. Los relacionados con comercio exterior:a) A la importación de artículos de consumoa las regiones fronterizas.b) A la importación de equipo y maquinariaa las regiones fronterizas.II. A cajas de ahorro y sociedades de ahorro ypréstamo.• Derogación de exenciones o tratamientospreferenciales (Artículo 18)Dando continuidad a la política en esta materia,de nuevo se establece una disposiciónpara derogar las disposiciones que contenganexenciones totales o parciales, o consideren apersonas como no sujetos de contribucionesfederales, otorguen tratamientos preferencialeso diferenciales en materia de ingresos ycontribuciones federales, distintos de los establecidosen el Código Fiscal de la Federación,ordenamientos legales referentes a organismosdescentralizados federales que prestan los serviciosde seguridad social, Decretos Presidenciales,tratados internacionales y las leyes queestablecen dichas contribuciones, así como losreglamentos de las mismas.• Derogación de exenciones previstasen leyes federales respecto decontribuciones locales (Artículo 21)Se ratifica el tratamiento en Ley de Ingresosde dejar sin efecto las exenciones relativas alos gravámenes a bienes inmuebles previstasen leyes federales a favor de organismosdescentralizados sobre contribuciones locales,salvo en lo que se refiere a bienes propiedadde dichos organismos que se consideren deldominio público de la Federación.Capítulo IVDe la Información, la Transparencia, laEvaluación de la Eficiencia Recaudatoria, laFiscalización y el Endeudamiento.• Informes financieros al Congreso de laUnión (Artículo 24)Se continúa con la obligación para el EjecutivoFederal de incluir en los Informes TrimestralesSobre la Situación Económica, las FinanzasPúblicas y la Deuda Pública, la informaciónrelativa a los requerimientos financieros ydisponibilidades de la Administración Pública engeneral, así como de las disponibilidades de losfondos y fideicomisos sin estructura orgánica.Igualmente y con el propósito de evaluar losavances en materia de eficiencia recaudatoria,


hacienda municipal 79se continúa con la obligación de incluir en losinformes trimestrales datos como los relativosal avance en el padrón de contribuyentes,estadísticas de avance en materia de combatea la evasión y elusión fiscales y el contrabando,plan de recaudación, información de recaudaciónde derechos por hidrocarburos, etc.• Estudios de la SHCP en materia deingreso-gasto (Artículo 25)La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeberá realizar un estudio de ingreso-gasto conbase en la información estadística disponibleque muestre por decil de ingreso de las familiassu contribución en los distintos impuestos yderechos que aporte, así como los bienes yservicios públicos que reciben con recursosfederales, estatales y municipales.• Obligación de la SHCP de entregar a lasComisiones del Congreso el presupuestode gastos fiscales (Artículo 28)La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberáentregar a las Comisiones de Hacienda yCrédito Público, de Presupuesto y Cuenta Públicay al Centro de Estudios de las Finanzas Públicasde la Cámara de Diputados, así como a la Comisiónde Hacienda y Crédito Público de la Cámarade Senadores, antes del 15 de agosto de 2003,el Presupuesto de Gastos Fiscales. Este comprenderáal menos, en términos generales, losmontos que deja de recaudar el erario federal porconcepto de tasas diferenciadas en los distintosimpuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales,condonaciones, facilidades, estímulos, deduccionesautorizadas, tratamientos y regímenesespeciales establecidos en las distintas leyes queen materia tributaria aplican a nivel federal.• Balances fiscales y requerimientosfinancieros (Artículo 29)Con el propósito de transparentar la formaciónde pasivos financieros del Gobierno Federal, laSHCP deberá hacer llegar a las Comisiones deHacienda y Crédito Público y de Presupuestoy Cuenta Pública de la Cámara de Diputados,a más tardar el 30 de abril de 2010, unadefinición de los balances fiscales, junto conla metodología respectiva, en que se incluyade manera integral todas las obligacionesfinancieras del Gobierno Federal, así comolos pasivos públicos, pasivos contingentes ypasivos laboralesTransitoriosInicio de vigenciaPrimero. La presente Ley entrará en vigor eldía 1o. de enero de 2003.Modificaciones a tarifas del Impuesto Generalde ExportaciónSegundo. Se aprueban modificaciones alas Tarifas de los Impuestos Generales a laExportación y a la Importación efectuadas porel Ejecutivo Federal.


Acciones Propuestaspara Incrementarla Recaudación delImpuesto PredialHumberto Morones HernándezDatos curriculares:El autor es Licenciado enAdministración Pública por laUniversidad de Guadalajara, conestudios avanzados de Maestría enPolítica y Gestión Pública realizadosen el ITESO; en su paso por elINDETEC, ha formulado diversosestudios en materia catastral yde tributación inmobiliaria; entreotras responsabilidades, ha ocupadoel cargo de Director de Catastroen los municipios de Zapopan yGuadalajara del Estado de Jalisco;actualmente se desempeña comoInvestigador del INDETEC,hmoronesh@indetec.gob.mxEste nuevo año representa para los gobiernos municipales un gran reto hacendario en elque el fortalecimiento de sus ingresos tributarios propios será sin duda la premisa quecaracterice el quehacer administrativo de su administración tributaria. En este ordende ideas se presenta este artículo en el que se comentan brevemente algunas accionesconcretas de corte hacendario y catastral cuya implementación contribuiría a mejorarsustancialmente los índices de recaudación predial.


hacienda municipal 81IntroducciónComo es del conocimiento de todos, antecedeal presente ejercicio fiscal un año que fuesumamente difícil para la economía mexicana,derivado ello de factores externos e internos talescomo: crisis financiera mundial, problemas desalud (epidemias de influenza y dengue), baja enla producción de petróleo y en sus precios, bajade remesas de nuestros connacionales, pérdidade empleos, baja en el consumo, disminución dela recaudación federal, recesión económica delos EUA así como de otros importantes paísesdel orbe, baja en las divisas provenientes delturismo, devaluación del peso frente al dólar,entre otros.Con este antecedente inmediato y del cual aúnno se sale, el escenario no podría ser más difícilpara los municipios, ya que éstos dependen engran medida de los ingresos derivados de lossistemas participaciones y aportaciones federalesque establece la Ley de Coordinación Fiscal, yque en este año los recursos correspondientesseguramente se verán reducidos por los factoresya señalados.Ante este panorama y ante la obligaciónineludible que tienen los municipios deproporcionar con calidad y eficiencia losservicios públicos de su competencia, losmunicipios tienen también el compromisoineludible de manejar responsablemente susfinanzas públicas, en donde:• El presupuesto de egresos se oriente y apliqueeficiente y eficazmente en los servicios ytemas que mayor demanda su población,• La recaudación de sus ingresos tributarios,en especial de su impuesto predial, serealice en forma escrupulosa e integra,salvaguardando los principios equidad yproporcionalidad que establece nuestraConstitución General,• Los recursos patrimoniales sean debidamenteaprovechados y administrados y dejende ser un capital subutilizable y con altoscostos de conservación y mantenimiento.• El ejercicio de su presupuesto enconcordancia con el del estado y con el que


82 hacienda municipal NÚMERO 108“Elevar los índices de recaudación predialno sólo depende del aumento a las tarifasimpositivas; es importante también actualizar ymodernizar los procesos recaudatorios y llevarhasta sus últimas consecuencias”para el efecto destine el propio gobiernofederal, se convierta en un verdaderoinstrumento de política que promueva ydetone el desarrollo económico y social delmunicipio en general.Congruente con lo anterior, el presente artículotiene como propósito esencial comentar algunasacciones concretas de administración tributariay de catastro, cuya aplicación efectiva bienpodría contribuir a mejorar sustancialmente larecaudación del impuesto predial sin que losgobiernos municipales se vean en la necesidadapremiante de aumentar las tasas fiscales dedicho tributo, pues ello hoy en día podría serincluso resultar contraproducente.1. Las funciones de administracióntributariaEl primer aspecto que debe atender un gobiernomunicipal en aras de fortalecer su haciendapública y muy particularmente su recaudaciónpredial, es el de desarrollar cabal y eficientementelas funciones esenciales de la administracióntributaria, mismas que se identifican con:• Registro de contribuyentes• Recaudación• Cobranza, y• Fiscalización/verificación del cumplimientode obligaciones fiscalesRegistro de contribuyentesEn tratándose del impuesto predial, es conocidode todos que las funciones y actividadesrelativas al registro de contribuyentes mismasque culminan con la integración y actualizacióndel padrón fiscal correspondiente, se desarrollanfundamentalmente por las áreas catastrales,por lo que es importante definir una claracoordinación y colaboración participativa entredichas entidades y las oficinas de recaudaciónadscritas a la tesorería municipal.RecaudaciónHoy por hoy esta función de administracióntributaria sigue siendo la más importante parael cumplimiento de las metas recaudatoriasque se fije una administración municipal deacuerdo con su base tributaria. Esta función nosólo se circunscribe a recepcionar los impuestosque competen al municipio poniendo adisposición de los contribuyentes las suficientesáreas receptoras para el efecto; de hecho, larecaudación implica además el desarrollo


hacienda municipal 83de tareas relativas al cálculo de impuestos,a la notificación de adeudos, a la difusión deobligaciones y derechos de los contribuyentes,al facilitamiento del pago de los impuestos,al control del cumplimiento de obligacionesfiscales, a orientar a los contribuyentes y atendersus inconformidades, a resolver los recursosinterpuestos, entre otras actividades.CobranzaLa función cobranza en términos persuasivos yde apremio, garantiza en teoría el no rezago enel pago de impuestos, o por lo menos el no tenerabultadas carteras de créditos fiscales vencidoscuyo equivalente representa hoy en día paraalgunas entidades, más del cien por cientodel importe que representa la facturación delpredial en el presente ejercicio fiscal. Contar conpersonal calificado para el desarrollo de dichafunción, es sin duda de suma importancia paraun municipio, como lo es también el llegar hastasus últimas consecuencias con la aplicación delos medios coactivos de cobro que el municipiopuede y debe materializar con base en susatribuciones fiscales.Fiscalización/verificación del cumplimientode obligaciones fiscalesEsta función esencial de la administracióntributaria es poco ejercida en el ámbitomunicipal, por ello manejamos como alternativaun concepto equivalente “verificación delcumplimiento tributario” el cual es más llano yconcreto para el caso que nos ocupa; de cualquiermodo, vale señalar, que la fiscalización comotal o bien la verificación del cumplimiento deobligaciones fiscales, al igual que el ejercicio dela cobranza hasta sus últimas consecuencias,realmente poco aplica en los municipios. Enesta materia, las funciones correspondientesestán íntimamente ligadas a las funciones deverificación y actualización de datos registralesque sobre los predios deben realizar loscatastros.2. El Catastro en apoyo a la recaudación delImpuesto PredialSi bien es cierto que los catastros constituyenen sí sistemas de información territorial confines multipropósito, también cierto es que loscatastros constituyen la herramienta de apoyofundamental para la determinación y cobrode los tributos inmobiliarios que tienen comobase el valor de la propiedad inmueble, tal es elcaso del impuesto predial y del impuesto sobreadquisición de inmuebles, entre otros.Bajo esta premisa, uno de los principalespropósitos de todo catastro es el contar con uninventario completo, cierto y actualizado dela propiedad inmueble ubicada en el ámbitoterritorial de su competencia, inventario quedebe permitir el conocimiento exacto de almenos los siguientes elementos:• La ubicación precisa de cada predio,• El nombre del propietario o titular de lacuenta• Las características físicas, dimensionales yvalorativas del suelo y de las construccionesadheridas al mismo,• El uso o destino de la propiedad,• Las restricciones físicas, legales, y de uso delos inmuebles, y• Las características físicas y urbanísticas delterritorio en general.Para lograr lo anterior, se tienen que desarrollarcon eficiencia y eficacia algunas funcionesbásicas de todo catastro, como: levantamientoscatastrales, elaboración de cartografía, valuación,registro y cambio de propietarios, e integracióny actualización del padrón en general.Levantamientos catastralesEsta actividad consiste en la ejecución de trabajosque tienen como objetivo determinar la ubicaciónde los predios, la medición de sus superficies yla identificación de sus características tanto del


84 hacienda municipal NÚMERO 108terreno como de las construcciones adheridasal mismo. Básicamente existen dos tipos delevantamientos: directos e indirectos; losprimeros consisten en la medición directa decada uno de los predios o lotes por medio deequipos e instrumentos topográficos; en cambiolos levantamientos indirectos que empleanfotografías para la determinación de lasmediciones de los predios, hoy día se realizanmediante sensores remotos vía satelital o bien,mediante el empleo de la fotografía terrestre(fotogrametría) o aérea (aerofotogrametría),siendo esta última la que mayormente seutiliza.Elaboración de cartografíaSe entiende por cartografía el productoresultante de dibujar en materia estable (planos,mapas, etc.) representaciones lineales de lascaracterísticas físicas de los predios. De hechoel Instituto Nacional de Estadística, Geografía eInformática (INEGI) define a la cartografía comola “Representación en cartas de la informacióngeográfica”; así también como “La disciplinaque estudia las técnicas para la elaboración demapas” 1Así pues, la elaboración e integración de lacartografía catastral tiene como base los datosobtenidos a través de los levantamientoscatastrales; de esta forma y atendiendo ensu caso, a la escala y simbología utilizada, seprecisa el tamaño de los predios, su forma,su orografía o topografía, la clase de suelo, suhidrología, precipitación, altitud y desonancia(arbolado), así como los tipos de construcción ysus áreas, las vías de comunicación, la existenciade áreas verdes y los servicios públicos con quese cuenta, entre otra información.Actualmente la mayoría de los catastros localesse caracterizan por no contar con una cartografíadigital actualizada y georeferenciada vinculadaa sus bases de datos alfanumérica o fiscal que1 Conceptos tomados de la Norma Técnica para la producciónde cartografía digital urbana por métodos fotogramétricos,emitida por el Instituto de Información Territorial delEstado de Jalisco; Periódico Oficial “ El Estado de Jalisco”,páginas 33 y 38; 2007.


hacienda municipal 85“Uno de los propósitos esenciales de todo catastroes el de contar con un inventario completo yactualizado de la propiedad inmueble ubicada en elámbito territorial de su competencia”pueda tener una aplicación multipropósitomediante el diseño, estructura y funcionamientode sistemas de información geográfica (SIG)soportados en los propios sistemas de gestióncatastral.ValuaciónDeterminar el valor catastral de los predioses una de las funciones más importantes delcatastro, sobre todo porque el valor de lapropiedad representa además la base fiscaldel impuesto predial, hoy por hoy, el principaltributo de competencia municipal.La valuación catastral normalmente sigue dostipos de procesos, uno que es general o masivoque permite la actualización anual del valor dela propiedad inmueble con base en la aplicaciónde Tablas de Valores Unitarios para terreno yconstrucciones, y otro que permite determinary actualizar individualmente el valor de unapropiedad en cualquier época del año, derivadode circunstancias (cambios de propietario,construcciones, remodelaciones, rectificacionesde superficie, modificación del entorno, etc.) quelas leyes de catastro prevén como condicionalespara ajustar el valor del o de los inmuebles deque se trate.Registro y cambio de propietariosEsta función del catastro deriva de la necesidadde identificar al propietario o poseedor de cadainmueble o de la persona jurídica que ostenta eldominio parcial o tal de los mismos para efectoslegales y fiscales.Todo propietario, poseedor o detentador de uninmueble o de un derecho real sobre el mismo,conforme a ley está obligado a manifestarante catastro la propiedad correspondiente;consecuentemente también, debe manifestarseen catastro todo acto traslativo que impliqueun cambio de propietario; en este sentido ypara mantener el padrón actualizado, cobranespecial relevancia los procesos presenciales ya distancia que en su caso tengan establecidospara esos efectos las instituciones catastrales, deigual manera son importantes los mecanismosde coordinación y colaboración que observendichas entidades registrales con las NotaríasPúblicas y con los Juzgados.Integración y actualización del padrónen generalUna más de las funciones esenciales de todocatastro es sin duda la relativa a la integración


86 hacienda municipal NÚMERO 108y actualización del padrón en general, lo cualno sólo comprende la aplicación y desarrollode los procesos cartográficos, valorativosy de registro y cambio de propietario, sinotambién, todo trámite y actividad que tengapor objeto registrar, rectificar o actualizar lasdimensiones de un predio, sus característicasconstructivas y de entorno urbanístico,los valores unitarios y la tasa fiscal que leaplican, el uso o destino que tiene, el nombredel propietario, su domicilio para escuchar yrecibir notificaciones, etc.Para estos efectos, es importante que el sistemade gestión catastral contemple mecanismoseficaces que garanticen una mayor actualidadde los datos del padrón; así entonces, es vital lacoordinación y colaboración entre el catastro yotras dependencias del municipio tales como laDirección de Obras Públicas, la Oficialia Mayorde Padrón y Licencias, y la Oficina del RegistroCivil, entre otras.3. Acciones propuestasCon base en lo contextualizado en los apartadosanteriores, y con la intención de atender acabalidad el propósito de este artículo, acontinuación me permito comentar brevementealgunas acciones concretas que se proponencon la intención de alcanzar mejores nivelesde recaudación predial; dichas acciones seidentifican con las siguientes actividades:cobro a morosos; registro de embargo y/oabstención de movimientos de la propiedadinmueble; incorporación de predios omisosy construcciones “ocultas”; y revisión yactualización de los valores catastrales.Cobro a morososLa recaudación predial que se observa anivel nacional es de aproximadamente 25,000millones de pesos, cifra que representa entérminos generales el 0.24% del PIB; sinembargo, la cantidad que representa el importede la facturación anual de dicho impuesto,llega a alcanzar hasta un cien por ciento másdel impuesto recaudado correspondiente a undeterminado ejercicio fiscal; lo que significaque año con año se arrastra un adeudo fiscalsumamente considerable, del cual en la mayoríade las entidades sólo se recupera en cada añosubsiguiente entre el 5 y el 10 % del acumuladoexistente en la cartera vencida.Ante esta realidad y ante un 2010 queseguramente seguirá impactando a la baja “entérminos reales” los recursos de participacionesa que tienen derecho tanto los gobiernosestatales como municipales, es importante queestos últimos realicen un importante esfuerzopor abatir su cartera vencida, para lo cualse recomienda la ejecución de las siguientesacciones:• Capacitar al personal abocado a lasfunciones de cobranza coactiva (ejecutoresfiscales y personal administrativo vinculadocon dichos procesos), y en su caso contratarpersonal profesional que reúna el perfilnecesario para desarrollar eficiente yeficazmente los procesos de cobranzacoactiva;• Reformar y adecuar la normatividadfiscal (leyes de hacienda y de ingresosmunicipales, código fiscal, etc.) aplicablea la recaudación y cobro de los impuestos,con el fin de que los procesos de cobranzasean más ágiles y más confiables, y que lasinfracciones y delitos sean mejor tipificadosy las sanciones sean más reales y menossimbólicas;• Identificar, depurar y clasificar la carterafiscal por tipo de contribuyente o predio,por monto del adeudo, por períodoadeudado, por créditos en proceso delitigio, entre otros criterios, y con base endicho conocimiento proceder a definir lasprioridades correspondientes.


hacienda municipal 87• Formular e implementar un programaespecial de cobro a morosos que considere:Registro de embargo y/o abstención demovimientos de la propiedad inmuebleooooooooLos criterios de clasificación antesseñalados y sus prioridades;El compromiso e involucramiento nosólo del personal ejecutor y operativo dela Tesorería, sino también del propio Cabildoy de las demás autoridades municipales(Presidente, Tesorero, y Síndico);La contratación de personal calificado(abogados, estudiantes de derecho,etc.);El establecimiento de convenios quefaciliten el pago en parcialidades de losimpuestos omitidos;Su amplia difusión hacia los contribuyentes“morosos”, contribuyentes“cumplidos” y ciudadanía en general;La formulación de “Cartas-invitacióna pagar, previo al desarrollo de lasacciones coactivas de cobro;Un adecuado control y seguimiento delos trabajos diligenciados;Un seguimiento puntual de metas yobjetivos.Consideraciones de tipo “político-social”, deficienciasen el marco normativo que fundamentay regula a las actividades de recaudación y cobranza,así como deficiencias en los procesos decobranza realizados, propician que en la prácticala función cobranza casi nunca llegue hastasus últimas consecuencias, esto es, hasta el embargode bienes, su remate y resarcimiento delos créditos fiscales omitidos.En una administración tributaria verdaderamenteefectiva, dichos factores deben ser replanteadosy asumidos con la perspectiva delograr una mayor equidad y justicia fiscal, endonde realmente todos contribuyentes paguenproporcional y equitativamente el impuestopredial que les corresponda de acuerdo al valorreal de su propiedad, y así dejar de lado lacostumbre “cómoda” del gobierno que consisteen recaudar el predial sólo de un sector relativamentereducido de contribuyentes cumplidosy cautivos que representan no más del 60% deluniverso de predios existentes.


88 hacienda municipal NÚMERO 108“Algunas acciones concretas para incrementarla recaudación predial son:- Aplicar un programa especial de cobro a morosos- Inscribir en catastro embargos administrativosde bienes inmuebles- Actualizar valores catastrales y- Desarrollar un programa de actualización del padrónorientada a la inscripción de predios omisosy construcciones “ocultas” o no manifestadas”Una acción específica de carácter persuasivoen apoyo a la recaudación predial, consistiríasimple y llanamente en proceder a registraren los padrones catastrales, el “embargoadministrativo de los bienes inmuebles” quede acuerdo a los procesos de cobranza debanencontrarse en esa situación; esto implica deantemano examinar y en su caso adecuarla normatividad correspondiente a fin deque dichas instituciones registrales puedanlegalmente proceder de esa manera, ya quecomo se sabe, en la actualidad conforme a la leyde la materia, es en las instituciones del RegistroPúblico de la Propiedad donde deben inscribirsedichos actos, representando ello un costo paralos municipios.En razón de lo anterior, creemos que es factible,práctico y hasta benéfico, el que las autoridadescatastrales cuenten con facultades para “registrarembargos de inmuebles” circunscritos en suámbito de competencia, con motivo de adeudosde predial. Obviamente dichas anotacionesse haría previa instrucción de las autoridadesfiscales competentes.Una alternativa y/o complemento a lo anterior,sería el que por ese mismo motivo (adeudos depredial) y previa instrucción de las autoridadesfiscales competentes, las autoridades catastralespuedan ordenar para la cuenta predial quecorresponda, la anotación registral comúnmenteconocida como “abstención de movimientoscatastrales” a fin de que el contribuyenterespectivo esté impedido (hasta no regularizarsu situación fiscal) para realizar trámites queimpliquen un servicio por parte del catastro,sin que esto signifique un impedimento paraque la autoridad catastral pueda actualizar ensu caso, las características valorativas, físicas ydimensionales propias de los bienes inmueblesen cuestión.Dicha “abstención de movimientos catastrales”habría que hacerla del conocimiento (víaautomatizada preferentemente) de las áreasde padrón y licencias, y de obras públicasmunicipales, a fin de que estas dependenciastambién se abstengan de proporcionar cualquierlicencia o permiso de uso o construcción,relacionada con los predios en esa situación.Al igual que para la propuesta de registrode embargo administrativo por parte de lasinstituciones catastrales, esta alternativa omedida complementaria a la propuesta inicial


hacienda municipal 89de registrar catastralmente el “embargoadministrativo de bienes inmuebles” implicaríarevisar y modificar los ordenamientos legalesque regulan lo conducente.Incorporación de “predios omisosy construcciones ocultas”Una acción catastral específica que se proponeen apoyo a la recaudación predial, consisteen llevar a cabo un programa de trabajo cuyopropósito esencial sea la incorporación de“predios omisos y construcciones ocultas”.La desactualización de los padrones catastraleses sin duda una de las principales dificultadespor las que atraviesan las dependenciasresponsables de la operación del catastro, locual tiene una implicación fiscal importante enlo que respecta al impuesto predial.Varias son las causas o motivos que generandicho problema: sistemas y procesos degestión deficientes; falta de personal, detecnología, de cartografía actualizada, deliderazgo y conocimiento de las autoridadescatastrales, etc. En razón de ello se proponellevar a cabo un programa especial orientadohacia la actualización del padrón catastral conbase en la incorporación de predios omisosy construcciones ocultas o no manifestadasante catastro. Los criterios, lineamientos ycaracterísticas que se sugiere deban permear endicho programa, dependerá de si se cuenta o nocon cartografía digital actualizada.Para el caso de que se cuente con cartografíadigital actualizada, habría que desarrollar unprograma técnico que permita contrastar lospredios que registra dicha cartografía con lospredios que para efectos fiscales registra la basede datos registral o alfanumérica del catastro, afin de generar los siguientes resultados:• Cantidad de predios identificados encartografía pero no registrados fiscalmente,• Cantidad de predios en cartografía quepresentan diferencias en superficies sueloy/o construcción respecto de lo queestablecen los avalúos técnicos y la base dedatos registral para efectos fiscales,• Comparativo que muestre por un lado, lacantidad total en metros cuadrados querepresenta la superficie total de suelo y/oconstrucción (por colonia o zona) queregistra la base de datos registral paraefectos fiscales, y por el otro, la superficiede terreno y/o construcción que en metroscuadrados observa la nueva cartografía deque se dispone,• La información resultante permitiráidentificar y jerarquizar las cuentasprediales que observan diferencias en susregistros y que consecuentemente no estánenterando cabalmente el impuesto predialque corresponde, no obstante lo anterior,y previo a la generación y notificación denuevos avalúos, es importante emprenderuna labor de campo para constatarfísicamente las diferencias detectadasen gabinete así como para identificar demanera precisa los tipos y calidades deconstrucción no registradas fiscalmente;una vez corroborado lo anterior, se deberáproceder a determinar los nuevos valorescatastrales de los inmuebles en esa situación,debiendo también coordinar las accionesde notificación y sanción correspondientecon las áreas de ingresos a fin de que estasúltimas hagan efectivo el pago de lasdiferencias resultantes del impuesto que seviene pagando incorrectamente.En el caso de que no se disponga de cartografíadigital actualizada, se sugiere realizar unbarrido en campo para detectar “predios omisosy construcciones ocultas” llevando a cabo lasactividades correspondientes principalmente enáreas periféricas o de expansión urbana así comoen las zonas y áreas ejidales que están siendo


90 hacienda municipal NÚMERO 108transformadas y edificadas por los particulares,siguiendo o no los procesos de regularizaciónde la tenencia de la tierra que aplican en laentidad.Revisión y actualización de los valorescatastralesImpactar sustancialmente la recaudaciónpredial sin necesidad de introducir nuevosesquemas tarifarios, se puede lograr con elsólo hecho de aplicar adecuadamente valorescatastrales equiparables a los de mercadotal y como lo establece el Artículo QuintoTransitorio de las Reformas Constitucionalesde 1999; debiendo regir la actualización de losvalores en esos términos, a partir del año 2002según se desprende del propio dispositivoconstitucional.No obstante lo estipulado constitucionalmente,en la mayoría de las entidades federativas seobserva un importante rezago en los valorescatastrales respecto de los valores de mercado,siendo varias las causas o factores que motivandicha situación, aunque la más importantees a nuestro juicio, de corte político, es decir,no existe una clara voluntad ni tampoco unadecisión firme de parte de las autoridadesejecutivas y legislativas de las entidades, poraprobar y aplicar tablas de valores unitarios desuelo y construcciones lo más apegado posiblea los valores que rigen en el mercado, lo cualque aunado a la desactualización misma de lospadrones catastrales, impacta negativamenteen el rendimiento recaudatorio del impuestopredial y en la equidad de este impuesto.Esta desatención constitucional motivada poruna visión política de algunas autoridadesejecutivas y legislativas que intentan frenar laaplicación de valores catastrales ajustados a larealidad del mercado inmobiliario, tiene comopropósito no afrontar riesgos y críticas de lapoblación por el impacto fiscal que les pudierarepresentar y así seguir “dizque” contandocon el apoyo ciudadano en el ejercicio de suresponsabilidad pública y con lo cual se buscacontribuir a que el partido en el poder ( del quese supone que emanan dichas autoridades) sigasiendo el de las preferencias de la poblaciónque les dio el voto de confianza para que losgobernara.Adoptar una política realista de valorescatastrales se vuelve cada vez más complejoen la medida que no cambie esa mentalidad“social” de algunas autoridades, pues hayevidencia incluso de gobiernos municipalesque inmersos en procesos de renovaciónconstitucional adoptan políticas públicas queconllevan a una actualización permanente delos valores catastrales, y la ciudadanía les siguefavoreciendo con el voto.Se sugiere entonces, actualizar a la brevedadposible los valores catastrales de manerasistemática y consistente hasta equipararlos alos de mercado y así seguir manteniéndolos;esta actualización de valores representa anivel nacional la posibilidad de incrementar larecaudación predial hasta en un cien por cientomás.


Estudios e Investigaciones de <strong>Indetec</strong>413 Reforma Hacendaria: Federalismo,Sistema Tributario, AdministraciónTributaria y Gasto Público412 El Impuesto Empresarial a TasaÚnica IETU411 Impuesto a los Depósitosen Efectivo IDEAnálisis Conceptual y Operativo410 Administración de las CuotasAdicionales a la Enajenación deGasolinas y Diesel409 Vinculación IETU-ISRImplicaciones de Fiscalización408 Nuevas Fórmulasde Distribución de <strong>Participaciones</strong>407 Cambios en la Distribución de losFondos de <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>:FAEB, FAFEF, FASP Y FORTAMUN406 Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para laEducación Básica y Normal:Estructura y Nueva Lógica de Distribución405 Fondos de <strong>Participaciones</strong> a las EntidadesFederativas: Fondo de Fiscalización,Fondo de Compensación y Fondo de Extracciónde Hidrocarburos404 Nuevas Obligaciones Estatalesen Gasto Transferido y el Enfoquepara Resultados403 Impuestos Locales: Impuesto Especialsobre Producción y Servicios y el Impuestosobre Tenencia o Uso de Vehículos402 El Impacto de la Reforma Fiscaly de Gasto Público en las FinanzasMunicipales401 Estrategias de las EntidadesFederativas para el Mejor Aprovechamientode la Reforma Hacendaria399 Elementos en el Diseño de Programaspara Optimizar la Recaudación del ImpuestoPredial y la Modernización Catastral enEntidades Federativas y <strong>Municipios</strong>Información sobre su disponibilidad con el Lic. Christian Mencias Santoyo.Correo electrónico: cmenciass@indetec.gob.mx. Teléfonos: 01(33) 3630 5797 y 3669 5550 ext. 108* Publicaciones en versión electrónica.400 El Impacto de la ReformaHacendaria a los Fondos de losRamos 28 y 33 en los <strong>Municipios</strong>398 Los Recursos y los Incidentesen el Juicio de Amparo


Estudios e Investigaciones de <strong>Indetec</strong>397 Retos y OpcionesFinancieras para EntidadesFederativas y <strong>Municipios</strong>396 Proyectos de Prestaciónde Servicios: Compilaciónde Experiencias394 Nuevas Tendenciasy Experiencias en TributaciónInmobiliaria y Catastro390 Bases y Criterios Generalespara la Armonización Presupuestaly Contable389 Sistemas Públicosde Pensiones: Situación Actualy Perspectivas387 Estructura y Competenciadel Tribunal Federal de JusticiaFiscal y Administrativa386 Glosario de Términos para elProceso de Planeación, Programación,Presupuestación y Evaluación en laAdministración Pública385 Guía Práctica para el ISR enEnajenación de Inmueblesque Efectúan las Personas FísicasNo Empresarias384 Análisis de la Normatividad enMateria de Deuda Pública Local383 Análisis Teórico de la Asignación de PotestadesTributarias entre Niveles de Gobierno: Referencia parala Construcción de una Propuesta para México382 Guía Básica para Interveniren un Juicio de Amparo en MateriaFiscal Federal381 Ramo 33: Fondos de<strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>*376 Sistema para la Administraciónde las Funciones de Notificacióny Cobranza de Créditos <strong>Federales</strong> yEstatales en las Entidades Federativas*375 Guía Básica de la Nueva Leydel Impuesto Sobre la Renta374 La ModernizaciónAdministrativa de las Areasde Egresos EstatalesInformación sobre su disponibilidad con el Lic. Christian Mencias Santoyo.Correo electrónico: cmenciass@indetec.gob.mx. Teléfonos: 01(33) 3630 5797 y 3669 5550 ext. 108* Publicaciones en versión electrónica.373 La Recaudación de IngresosTributarios Municipales:Atribuciones, Actividades y Procesos


Estudios e Investigaciones de <strong>Indetec</strong>372 Funciones del Cobro Coactivode los Ingresos Municipales371 Las Pruebas en los Medios deDefensa en Materia Fiscal370 Determinación Presuntivaen Materia Fiscal Federal369 Emisión de Deuda Pública enel Mercado de Valores: El Caso delMunicipio de Aguascalientes368 Artículo 115 Constitucional:Historia y Reformas de 1999367 Los Comisionistas en IVA,ISR y Activo366 La Revisión de PagosProvisionales en el ISR365 Estudio ComparadoInternacional en Materia de TributaciónLocal al Consumo364 Procedimientos Jurídicos y Administrativospara las Adquisiciones y Enajenaciones que los<strong>Municipios</strong> Realizan Sobre sus Bienes362 La Interventoría en el Embargode Negociaciones en Materia FiscalFederal*361 El Sobreseimientoen el Juicio de Nulidaden Materia Fiscal Federal*358 Diseño Conceptual del Subsistemade Control de Obligacionespara las Entidades Federativas357 Desarrollo de Sistemasde Información y Elaboración deIndicadores Financieros Locales*356 Funciones de Control de laHacienda Pública Municipal354 Alternativas de Coordinación yColaboración Intermunicipal y conlos Estados en Materia Hacendaria*Información sobre su disponibilidad con el Lic. Christian Mencias Santoyo.Correo electrónico: cmenciass@indetec.gob.mx. Teléfonos: 01(33) 3630 5797 y 3669 5550 ext. 108* Publicaciones en versión electrónica352 El Control del Gasto MunicipalPropio y Derivado de los Fondos<strong>Federales</strong>*


Estudios e Investigaciones de <strong>Indetec</strong>348 Formalidades Jurídicas parala Enajenación de BienesEmbargados en Materia Fiscal*346 Estructura Jurídica de lasContribuciones Derivadas de losServicios Públicos Municipales*345 Experiencias Estatales enel Control de Gestión de OficinasRecaudadoras, Bancos y OtrasInstancias Auxiliares338 Guía Básica Para Intervenir enun Juicio de Nulidad*337 Limitaciones a las Potestadesy Competencias TributariasMunicipales*334 Guía Básica para la Atencióny Resolución del Recurso deRevocación*330 La Operación Financiera de laDescentralización de Recursos a lasEntidades Federativas*327 Tratamiento Fiscal de lasEnajenaciones a Plazo325 Contribuciones Derivadas de la Prestacióndel Servicio de Alumbrado Público: SuProblemática y Posible Solución*324 Formulación de Actasy Oficios de Observacionesen la Auditoría Fiscal*323 Ingresos Exentospara Efectos del ImpuestoSobre la Renta314 Modalidades para la Deducciónde Inversiones312 Operación de Corto Plazoen la Determinación de <strong>Participaciones</strong><strong>Federales</strong> y Otros Ingresos311 Hacia una Ley de CoordinaciónHacendaria del Estado con sus<strong>Municipios</strong>:Principios Jurídicos*306 Intervención de las AutoridadesFiscales <strong>Federales</strong> en el Juiciode Amparo*305 Formalidades Jurídicas de losProcedimientos de Auditoría*Información sobre su disponibilidad con el Lic. Christian Mencias Santoyo.Correo electrónico: cmenciass@indetec.gob.mx. Teléfonos: 01(33) 3630 5797 y 3669 5550 ext. 108* Publicaciones en versión electrónica


La Problemática en elCobro de los Derechospor Servicios de AguaPotable, Alcantarilladoy SaneamientoAna Isabel López MoguelDatos curriculares:Ana Isabel López Moguel esLic. y Mtra. en Economía por laUniversidad de Guadalajara, yactualmente se desempeña comoAsesor en la Secretaría de Finanzasdel Gobierno del Estado de México.anamoguel@hotmail.comEn este documento el autor presenta de forma general las problemáticas que se dan enalgunos de los municipios del país para prestar el servicio del agua, principalmenteen el área de la cobranza, esto con el fin de conocer una de las problemáticas másimportantes que existen en el servicio de agua y que a su vez influye en el crecimientode la recaudación de los derechos por servicio de agua, el cual resulta de vitalimportancia en los ingresos de los estados y municipios.


96 hacienda municipal NÚMERO 1081. Los Servicios de Agua Potable,Alcantarillado y Saneamientoen MéxicoLa Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos establece en el artículo 115 fracciónIII, que los municipios tendrán a su cargo entreotras funciones y servicios públicos, el aguapotable, drenaje, alcantarillado, tratamientoy disposición de sus aguas residuales. A suvez, en el mismo artículo se establece que: los<strong>Municipios</strong>, previo acuerdo entre sus ayuntamientos,podrán coordinarse y asociarse para la más eficazprestación de los servicios públicos o el mejor ejerciciode las funciones que les correspondan. En este casoy tratándose de la asociación de municipios de doso más estados, deberán contar con la aprobaciónde las legislaturas de sus estados. Asimismo,cuando a juicio del ayuntamiento respectivo seanecesario, podrán celebrar convenios con el estadopara que éste de manera directa o a través delorganismo correspondiente se haga cargo en formatemporal de algunos de ellos, o bien se presten oejerzan coordinadamente por el estado y el propiomunicipio.La Ley de Aguas Nacionales tiene por objetoregular la explotación, uso o aprovechamientode dichas aguas, su distribución y control, asícomo la preservación de su cantidad y calidadpara lograr su desarrollo integral sustentable.Por otro lado, la Ley de Agua de los estadoses el ordenamiento que regula la coordinaciónentre los municipios y el estado y entreéste y la Federación para la realización deacciones relativas a la explotación, uso,aprovechamiento integral y sustentable, yreúso del agua, esto según lo expresado en talesleyes. Asimismo, en estas leyes se establece acargo de quién estará el servicio de agua, yen todas ellas se establecen los lineamientosque habrán de seguirse en caso de que en elloparticipen los organismos operadores de agua.Puesto que en la mayoría de los municipios esel organismo operador de agua quien está acargo del servicio.Así, los entes involucrados y el proceso quese sigue para otorgar el servicio de agua sepresentan en el siguiente esquema:


hacienda municipal 971. El municipio otorga la concesión a travésdel organismo o operador2. El organismo o operador contrata laconcesión de de servicios con con la la concesionaria3. Se crea un comité técnico de vigilancia4. El municipio somete el título de concesiónal al congreso5. El congreso ratifica el título de concesión6. La concesionaria aporta capital7. La concesionaria busca inversionistaslocales8. Los inversionistas locales aportan capital através través de de la la concesionaria9. La concesionaria es responsable de laingeniería, construcción y operación10. La operadora realiza la operación,mantenimiento, iento, facturación y cobranza y cobranza12. A portación de recursos para obras deconsolidación14. Entrega del producto de la recaudación11. Los usuarios pagan el servicio recibido13. A portación de recursos gestionados por laconcesionaria15. Pago de derechos por el uso de agua aCNA16. Amortización de créditos 17. Pago a servicios de ingeniería18. Pago de las obras realizadas 19. Pago de derechos de concesión20. Retorno de capital a largo plazoFuente: Elaboración propia con base en http://www.cce.org.mx/cespedes/publicaciones/otras/Ef_Agua/cap_9.htmA nivel federal la autoridad y administraciónen materia de aguas nacionales y de sus bienespúblicos inherentes corresponde al EjecutivoFederal, quien la ejerce a través de la ComisiónNacional del Agua.Por otra parte, en los estados y municipios, laadministración de los servicios de agua por logeneral la realizan los Organismos Operadoresde Agua, las Juntas de Administración de AguaPotable, las Comisiones Estatales de Agua yen otros casos los particulares que obtenganla concesión. La administración consistedesde la propuesta, formulación y ejecuciónde las políticas que orienten el fomento y eldesarrollo hidráulico en el estado; la planeacióny programación hidráulica a nivel estataly municipal; la prestación de los serviciospúblicos de agua potable, drenaje sanitario ysaneamiento en la entidad, entre otras. En el casode las Comisiones Estatales de Agua, ademásson las encargadas de vigilar la aplicación delas disposiciones y normas sobre el equilibrioecológico, protección del ambiente, control decontaminación del agua y la potabilización delagua.Por otra parte, las competencias que tiene laadministración municipal en el servicio de aguase establecen en las leyes estatales de agua, enlas cuales les confieren entre otras atribucioneslas siguientes: planear, programar y prestar los


98 hacienda municipal NÚMERO 108servicios públicos de agua potable y saneamientoen sus respectivas jurisdicciones; participaren el seno de la Comisión Estatal de AguaPotable y Saneamiento, en el establecimientode las políticas, lineamientos y especificacionestécnicas conforme a las que se efectuaránla construcción, ampliación, rehabilitación,administración, operación, conservación,mejoramiento y mantenimiento de los sistemasde agua potable y saneamiento; la realizaciónde obras de infraestructura hidráulica y suoperación, ya sea en forma directa o por mediode sus organismos públicos descentralizados, oconcesionar o contratar con terceros.Los Organismos Operadores de Agua se creanpara la prestación de los servicios públicosy la inversión en construcción, operacióny mantenimiento de la infraestructurahidráulica correspondiente. Además, dentrode las atribuciones con las que cuentan dichosorganismos está la determinación de las cuotasy tarifas de acuerdo a lo que establecen las leyesde agua de los estados.En este sentido, los Organismos Operadores deAgua son los que se encargan de administrary operar los sistemas de agua potable,alcantarillado y saneamiento en México, conel objeto de dotar de estos servicios a loshabitantes de un municipio o de una entidadfederativa. Cabe señalar que en muchos delos casos los Organismos Operadores sondependencias estatales, lo que en algunos casosles ha permitido estar en mejores condicionesfinancieras y técnicas para prestar los servicios.1Cabe señalar, que por acuerdo de cabildodel ayuntamiento respectivo y por Decretodel H. Congreso del Estado, los OrganismosOperadores se constituyen como organismospúblicos con personalidad jurídica y patrimoniopropios, siendo aplicable la legislación relativaa los organismos públicos descentralizados.Según el INEGI existen en el país 2,356Organismos Operadores de Agua, de los cuales1,567 proporcionan el servicio a poblacionesurbanas y 98 a poblaciones rurales. Cabemencionar que un organismo operador puedebrindar el servicio a un municipio o parte deél, a dos o más municipios o parte de ellos einclusive puede prestar el servicio a municipiosde dos entidades federativas diferentes. 2Uno de los factores que caracterizan al sectorhidráulico en México es la escasez del agua,en mayor medida en ciudades donde seconcentran mayores niveles de población, asícomo de actividad económica, lo cual hace queel recurso resulte más costoso, sobre todo en lasciudades que carecen del vital liquido, puestoque transportar el agua a grandes distancias essumamente costoso.2. Problemáticas para Prestar elServicio de AguaSegún Barkin (2008:15) la problemática del sectordel agua en México radica principalmente en quemuchos usuarios no pueden medir su consumo,pues a pesar de que les han sido instaladomedidores, éstos no funcionan adecuadamente.Además, exacerbando el problema hay ungran número de consumidores no registrados(pequeños y medianos comerciantes eindustriales en su mayoría) quienes se conectanal sistema sin informar a las agencias de agua. 3El mismo autor menciona que algunos de loselementos que influyen para que los serviciosde agua sean deficientes, es el favoritismopolítico, los procesos administrativos obsoletos,1 Hugo Contreras Zepeda. Organismos Operadores de Aguaen México. Situación y Estrategias de Mejora en http://www.imacmexico.org/ev_es.php?ID=28486_201&ID2=DO_COMMUNITY.2 INEGI, comunicado “El Suministro de Agua en México”.Junio de 2002.3 David Barkin. El Agua como Instrumento para el Rediseñode la Sociedad Mexicana. Abril del 2008.


hacienda municipal 99“Según Barkin (2008:15) la problemáticadel sector del agua en México radicaprincipalmente en que muchos usuarios nopueden medir su consumo, pues a pesar deque les han sido instalado medidores, éstos nofuncionan adecuadamente”el personal mal capacitado, el envejecimientode las infraestructuras y su falta de planeación,así como la falta de recursos, que han creadouna telaraña impenetrable de secrecía y faltade información confiable que permita realizardiagnósticos eficientes.Barkin menciona que el mejor sistema públicode gestión en México lo otorga el organismode Monterrey, compitiendo por tal título lasagencias de Tijuana, B.C. y Cd. Acuña, Coah.Asimismo, menciona que los organismos quepresentan mayores problemas son los de León,Guanajuato y Torreón, Coahuila.Existen municipios, como es el caso de Acuña,en el que se está tramitando la posibilidad deintroducir un sistema de tarjetas de prepago, elcual consiste en tener un equipo de medición enel que el usuario adquiera los metros cúbicosnecesarios para el consumo de agua, asimismoinstalar medidores especiales para el uso de latarjeta, con lo cual se pretende reducir de formaimportante el rezago en el pago del agua. 44 Periódico el Zócalo de Saltillo, del 29 de noviembre de 2008,en http://www.zocalo.com.mx/seccion/articulo/analizansistema-de-prepago-de-agua/.En relación con la problemática en la cobranzapor el consumo de agua, Barkin señala queexiste morosidad y abstinencia de pago por laprestación del servicio, ya que la población noestá consciente del esfuerzo y costo que implicaoperar y mantener el sistema para brindar unservicio de calidad.En el caso de Guanajuato, la problemática que seha presentado para lograr niveles importantesde eficiencia técnica y administrativa, y alcanzarsuficiencia económica son los que se mencionana continuación: 5• Tarifas inadecuadas e insuficientes, suincremento o modificación sujetas a laaprobación del H. Ayuntamiento.• Rotación o cambio de personal en todos losniveles del organismo, es tan frecuente queimpide la formación de equipos técnicosy administrativos que lleven a cabo laplaneación a mediano y a largo plazo delsistema; asimismo, el no conocer a detalle yprecisión la operación del sistema, dificulta5 Gobierno del Estado de Guanajuato en www.guanajuato.gob.mx/ceag/indicadores.php


100 hacienda municipal NÚMERO 108la prestación de los servicios de agua potabley alcantarillado.• La población no está consciente del costoque representa mantener y operar el servicioy de los posibles problemas que se puedanoriginar, como son las inundaciones a causade la basura que se arroja en la vía pública.De este modo, el uso de las instalaciones esincorrecto sobre todo las de alcantarillado,se destruyen y como consecuencia se elevanlos costos de operación y mantenimiento.En el caso de Ocotlán, Jalisco, según mencionael Organismo Operador de Agua Potable yAlcantarillado de aquel lugar, el proceso defacturación y su control tiene un nivel aceptable,considerando que el porcentaje de rezago esdel 21% y que de esta cifra se recupera 50%en el ejercicio. Sin embargo, la administraciónde la distribución del agua potable en Ocotlánpresenta varios problemas si se considera: queno tiene autonomía para establecer el monto delas tarifas que se deben cobrar por el serviciode agua potable; el considerable deterioro de lainfraestructura hidráulica instalada; y los pagosdel usuario, que por lo general son anuales,además de que existe un porcentaje significativode aquéllos que no pagan. 6En el caso de Hermosillo, Sonora, Pineda (1998)comenta que existe problema en el cobro delservicio del agua, respecto al cual menciona queen 1995 se reportó que existían 43,000 usuariosmorosos que adeudaban un total de 24 millonesde pesos a la Comisión de Agua Potable yAlcantarillado del Estado de Sonora (Coapaes),y agrega que este organismo solamente estárecuperando la mitad de los costos que cuestaproducir y suministrar el agua potable, el restose cubre principalmente con subsidios delGobierno del Estado que salda periódicamente6 Durán Juárez Juan Manuel y Torres Rodríguez Alicia.Los Problemas del Abastecimiento de Agua Potable en unaCiudad Media. Espiral. Estudios sobre Estado y Sociedad.Vol. XII. No. 36. Mayo/Agosto de 2006.los adeudos de esta institución. Por lo tanto, dichoorganismo opera con pérdidas considerables yestá lejos de ser una empresa autosuficiente.Asimismo, Pineda menciona que en cuantoa los cobros y adeudos, éstos se manejanmediante convenios especiales con lasinstituciones públicas a las que se les hacenconcesiones favorables en materia de pago odeliberadamente no se les mide el servicio. Entreestas instituciones están el Ayuntamiento queadministra los parques, jardines y riego de callessin pavimento, y la Secretaría de Educacióny Cultura, que administra las escuelas de laciudad de Hermosillo.Por otro lado, según declaraciones de laprensa de Durango, en 2008 la mayoría de losmunicipios del estado no cobraba por el serviciode agua. 7De manera general, los Organismos Operadoresde Agua presentan entre sus principalesproblemáticas su baja eficiencia (hidráulica,financiera y de medición) y la necesidadde fuertes inversiones para incrementar elsuministro. 8Por su parte, el Instituto Mexicano de Tecnologíadel Agua 9 , para determinar el desempeño quehan tenido los 2,356 organismos operadores deagua que existen en el país, empleó un sistemade indicadores de gestión que permiten evaluaralgunos aspectos relativos al servicio de agua yalcantarillado. A continuación se muestra uno deestos indicadores, el de la eficiencia en el cobrodel agua, para las ciudades más importantes delpaís:7 El Siglo de Durango, México B5. 19 de Noviembre de 2008.Citlalli Zoé Sánchez. ”<strong>Municipios</strong> Omiten Cobro de AguaPotable”.8 La Distribución del Agua, Responsabilidad de los OrganismosPúblicos de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento. México2007. Mexicanosporelsocialismo.org.mx/pls/portal/url/ITEM/1D33F472B16F3BE0E040A8C02E001BC7.9 Es un organismo público descentralizado sectorizado a laSecretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.


hacienda municipal 101EVOLUCIÓN DEL PORCENTAJE DE EFICIENCIA EN EL COBRO DE AGUA DE LOS ORGANISMOSOPERADORES EN LAS CIUDADES MÁS IMPORTANTES DEL PAÍSCiudad 2004 2005 2006 2007Aguascalientes, Ags. 92.56 91.67 87.83 -Tijuana, B.C. 79.04 77.55 76.21 72.03La Paz, B.C.S. 79.93 - - -Chihuahua, Chih. 79.22 - 93.85 -Colima, Col. 76.21 77.25 88.39 80.84Saltillo, Coah. 95 - 93.85 -Tuxtla Gutiérrez, Chis. - 93.74 74.68 80.23Gómez Palacio, Dgo. - - 91.49 -Pachuca, Hgo. - 33 - -León, Gto. 93 90.95 94.85 92.7Zihuatanejo, Gro. - - 92 -Guadalajara, Jal. 74.78 69.06 64.58 75.43Toluca, Edo. de México - 54.78 - 66.47Lázaro Cárdenas, Mich. - 87.91 - 70.54Cuernavaca, Mor. - 72.04 91.2 70.29Tepic, Nay. - 55.23 70.2 54Monterrey, N.L. 94.31 - - 81.82Puebla, Pue. 72.52 75.05 72.76 72.24San Juan del Rio, Qro - - 83.54 -Chetumal, Qna. Roo 86.97 84.91 81.01 83.37Culiacán, Sin. 87.24 87.59 88.08 87.7Hermosillo, Son. 68.08 74.36 78.64 85.68Cd. Valles, S.L.P. 92.37 91.4 89.4 90.39Tlaxcala, Tlax. - 88.7 83.59 -Cd. Victoria, Tmpas. - - 92.59 -Veracruz, Ver. - - 57.39 51.57Mérida, Yuc. 89.02 94.14 - 93.32Zacatecas, Zac. 94.12 92.94 90.16 92.53Fuente: Elaboración propia con información del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua en http://w w w .pigoo.gob.mxNo se incluye información de Oaxaca y Campeche por no estar disponibleSegún la información del Instituto de la Tecnología del Agua, observamos queSegúnexistenla informaciónciudades endellasInstitutoque la eficienciade laenAllarespecto,cobranzaBarkinha idomencionamermando,que laloCNAcualestimaTecnologíacoincidedel Agua,con loobservamosseñalado anteriormente,que existen queaunqueen suesconjunto,importanteel sistemareconocerurbanoquedel aguaciudadesexistenen lasciudadesque la eficienciacomo Colimaen la cobranzay Guadalajara,en Méxicoque hantieneincrementadoun coeficientesudeeficienciaeficiencia deha idoenmermando,la cobranza.lo cual coincide con lo menos del 30% basado en las pérdidas de másseñalado anteriormente, aunque es importante de la mitad del agua que se distribuye a travésreconocerAl respecto,que existenBarkinciudadesmencionacomo Colimaque la CNAy deestimala infraestructura,que en su conjunto,y un índiceeldesistemarecolecciónGuadalajara, que han incrementado su eficiencia de cuotas de menos del 60% del agua que seurbano del agua en México tiene un coeficiente de eficiencia de menos del 30%en la cobranza.factura realmente.7


102 hacienda municipal NÚMERO 108En este sentido, según Durán y Torres (2006: 18)en el municipio de Ocotlán, Jalisco el desperdiciode agua por fuga en la red de distribución deagua potable llega a ser hasta de un 40%, lo quesignifican 11’150,438 litros por día, suficientespara abastecer a 44,601 personas, por lo que elabastecimiento del agua es insuficiente, ya seapor el mal estado de las tuberías que generanfugas, o porque no funciona gran parte de lasválvulas de seccionamiento.El problema en Veracruz, según Reyes Herolesconsiste en que no se paga el servicio de agua,porque no se cobra. Por lo tanto, existe debilidadfinanciera en el sistema veracruzano del agua,lo cual se traduce en una limitada coberturadel suministro de los servicios de agua potable(66%), aún más limitada cobertura en la capturade aguas residuales; mínimo tratamiento delas aguas residuales captadas y no captadas yprácticamente nulo rehúso (existe capacidadinstalada para tratar sólo 4.4% del total del aguautilizada en Veracruz. Efectivamente, se tratasólo el 1.2%). 10Otro caso con problemas de cobranza es Torreón,Coahuila, o por lo menos lo era hasta el 2008,puesto que según un diario del lugar solamentepagan el servicio de agua aproximadamenteel 25% del total de usuarios. Por tal motivo,se ha implementado como estrategia paraincrementar los ingresos, el servicio medido, locual considera desde la reducción del suministrohasta el corte total del servicio como medida depresión. Asimismo, se ha empezado a usar otrasestrategias, entre ellas está el incremento delcosto de los contratos domésticos, de mil pesosa 1,250 pesos, donde se incluye el medidor. 11En el caso del D.F., según Martínez Medina,conforme a un estudio realizado por la DirecciónGeneral de Construcción y Operación Hidráulicadel Gobierno del D.F., las deficiencias a las quese enfrenta el sistema de agua es la falta de unpadrón confiable que registre el número real detomas existentes a nivel nacional, para así llevarla cuenta exacta de lo que debería ingresar a lasarcas por este servicio. Además, la cultura delno pago, aunado a la falta de un registro real10 Jesús Reyes Heroles. El Sector Agua en Veracruz. Marzo13 de 2006.11 http://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/352624.implementaran-servicio-medido-en-cobro-de-agu.html


hacienda municipal 103“Dadas las fugas por deterioro en lainfraestructura de distribución, los usuariosreciben en promedio, alrededor del 60% delagua suministrada en bloque al operador”de las tomas de agua que hay en el país, generaproblemas financieros que limitan la operacióneficiente del sistema, detalla el estudio querefiere que a nivel nacional existen 15 millonesde tomas. 12Tomando como referencia el caso del DistritoFederal aparecen registradas aproximadamente60 por ciento de las tomas existentes, es decir, 2.5millones de este total, sólo 40 por ciento cuentacon un medidor, del resto no existe la certezade que paguen lo que consumen, o al menosque paguen el consumo del agua. Esta situaciónalienta el retraso de pago, de acuerdo con elestudio mencionado en el párrafo anterior.Así, además de los problemas con el cobropor los servicios de agua, los operadoresmunicipales de servicios de agua enfrentanotros problemas relacionados con fugas deagua y tomas clandestinas, y la falta de recursosdetermina que su sistema de medición yfacturación sea deficiente e inoperante. Dadaslas fugas por deterioro en la infraestructura dedistribución, los usuarios reciben en promedio,alrededor del 60% del agua suministrada enbloque al operador. De ahí, que por ineficienciasadministrativas e inexistencia de los equiposnecesarios sólo se cobra entre el 40 y el 50%, por12 Martínez Medina Mayra. “En México el Agua es Barata,se paga 16% del Valor Real”. El Periódico de México. 7 deAbril del 2008. En http://www.elperiodicodemexico.com/nota.php?sec=Nacional-Economia&id=162607.lo que el volumen que realmente se paga raravez supera el 30% del agua suministrada. 13Con relación al uso del agua, según laCONAGUA en México el mayor uso seencuentra en el sector agrícola, con el 77% delvolumen concesionado para uso consuntivo.La superficie cosechada varía entre 18 y 22millones de hectáreas anualmente. La superficiebajo riego representa 6.46 millones de hectáreas,agrupadas en 85 Distritos de Riego (54% de lasuperficie bajo riego) y más de 39 mil Unidadesde Riego (46% restante). 14La importancia de que el mayor uso del aguase concentre en el sector agrícola radica en quedicha actividad está exenta del pago del derechopor explotación, uso o aprovechamiento deaguas nacionales, puesto que la Ley Federalde Derechos en el Capítulo VIII establece que laspersonas físicas dedicadas a actividades agrícolas opecuarias para satisfacer las necesidades domésticasy de abrevadero estarán exentas del pago del derecho;estarán exentos todos los usos agropecuarios conexcepción de las usadas en la agroindustria. Así13 Eficiencia y Uso Sustentable del Agua en México.Participación del Sector Privado. Gestión Institucional,Administración y Cobros. PP. 4. En http://www.imacmexico.org/ev_es.php?ID=39053_208&ID2=DO_TOPIC. www.agua.org.mx.14 http://www.conagua.gob.mx//Espaniol/TmpContenido.aspx?Id=d197a7e9-caf3-4b90-8fa0-3d4b696a1380|%20%20Informaci%C3%B3n%20sobre%20el%20agua%20en%20M%C3%A9xico|0|145|0|0|0


104 hacienda municipal NÚMERO 108mismo existe la excepción del pago del derechomencionado por el uso o aprovechamiento queen sus instalaciones realicen las institucioneseducativas, diferentes a la conservación ymantenimiento de zonas de ornato o deportivas.Únicamente establece la Ley Federal deDerechos que en materia agropecuaria setendrá que pagar por el uso de agua, por lasaguas provenientes de fuentes superficiales oextraídas del subsuelo, a excepción de las delmar, el derecho sobre agua por cada metrocúbico que exceda el volumen concesionado acada distrito de riego por cada metro cúbico queexceda el volumen concesionado a los usuariosagropecuarios restantes.Asimismo, en el caso del sector agrícola, en laLey de Aguas Nacionales se establece que losusuarios del sector agrícola pagan una “cuotade autosuficiencia”, la cual no es de naturalezafiscal, y es cubierta por los usuarios de riego oregantes, con fines agropecuarios. En la Ley mencionadase establece que esta cuota es destinadaa recuperar los costos derivados de la operación,conservación y mantenimiento de las obras deinfraestructura hidráulica, instalaciones diversasy de las zonas de riego, así como los costos incurridosen las inversiones en infraestructura, mecanismosy equipo, incluyendo su mejoramiento,rehabilitación y reemplazo.La Conagua alerta que en el país el tratamientode agua para consumo humano es deficiente,pues de 200 metros cúbicos por segundo quedescargan los municipios, sólo se tratan 48.5metros cúbicos por segundo, a pesar de contarcon una capacidad instalada de 78 metroscúbicos. Al 2006 se le dio tratamiento al 37 porciento del total del volumen de agua y se esperaque en 2012 se alcance 60 por ciento. Por ende,se hace necesario incrementar sustancialmenteel porcentaje de agua residual tratada, lo quepermitirá recuperar la calidad de los ríos ylagos además de incrementar la recarga de losacuíferos, recomienda el organismo.Toda la problemática mencionada en esteapartado explica de alguna manera que loscrecimientos en términos nominales en larecaudación de los derechos de agua sean pocosignificativos e irregulares, como se muestra enel gráfico siguiente:CRECIMIENTO EN LA RECAUDACIÓN DE LOS DERECHOS DE AGUA12.0010.009.728.418.6810.437.929.418.005.816.004.002.000.002002/20012003/20022004/20032005/20042006/20052007/20062008/2007FUENTE: Elaboración propia con información de la SHCP.


hacienda municipal 105El crecimiento en los niveles de recaudación deagua resulta de particular importancia tanto paraestados como para municipios, en consideraciónpor un lado por sus ingresos propios y porotro debido a que la distribución de dos de laspartes del incremento del Fondo General de<strong>Participaciones</strong> contempla la recaudación delos derechos de agua como una variable parala distribución del fondo, lo cual impacta a susparticipaciones federales, en un fondo que porsu magnitud es el más importante del sistemade participaciones.3. Las Tarifas por el Consumo deAguaLas tarifas del agua son fijadas de diversasmaneras en los municipios, dependiendo de sumarco jurídico. En algunos casos las apruebael Congreso Estatal, en otras el Órgano deGobierno o Consejo Directivo del OrganismoOperador Municipal, o la Comisión Estatal deAgua. Generalmente existen tarifas específicaspara cada tipo de usuario: doméstico,industrial, comercial, y servicios, entre otros.Habitualmente, a mayor consumo, el precio pormetro cúbico se incrementa. En el caso de lascuotas, éstas son por cooperación, por instalaciónde tomas domiciliarias, por conexión al drenajesanitario para aguas residuales provenientesdel uso doméstico, provenientes de actividadesempresariales, por instalación de medidores yotros servicios.Las tarifas del servicio de agua, según las leyesestatales de agua deben ser suficientes paracubrir los costos de operación, administración,conservación, depreciación, mantenimiento ymejoramiento; asimismo los recursos debenser suficientes para constituir un fondoque permita la rehabilitación, ampliación ymejoramiento de los sistemas, la recuperacióndel valor actualizado de las inversiones delOrganismo Operador y el servicio de su deuda,la racionalización del consumo y el acceso dela población de bajos ingresos a los serviciospúblicos, considerando la capacidad de pagode los usuarios. La actualización de las tarifasse lleva a cabo en el período que establece la LeyEstatal de Agua; en algunos casos es mensual,en otros trimestral, en otros semestral y en otrosanual.Las fórmulas de las tarifas deberán reflejarel efecto, que en su caso, tengan en las tarifasmedias de equilibrio las aportaciones que haganlos gobiernos federal, estatal y municipal, ocualquier otra instancia pública, privada osocial. Las fórmulas también deberán tomar encuenta explícitamente el efecto de la eficienciafísica, comercial, operativa y financiera de losprestadores de serviciosPor su parte, el municipio debe vigilar lacorrecta aplicación de las fórmulas y aprobarlas tarifas medias calculadas, así como lacongruencia entre las tarifas medias y laestructura tarifaria correspondiente; lasfórmulas para la determinación de las tarifasmedias de equilibrio y sus modificaciones, asícomo las cuotas o tarifas que los prestadores delos servicios establezcan con base en ellas. Conla aprobación del cabildo del ayuntamientorespectivo, se hará la publicación en el periódicooficial del estado y en uno de los diarios demayor circulación.Siendo las tarifas de agua una de las principalesfuentes de financiamiento de los servicios deagua, es importante conocer la situación queguardan éstas en el país, por ello a continuaciónse muestran las tarifas que se están cobrandoactualmente en algunas ciudades del país por elservicio de agua.


Siendo las tarifas de agua una de las principales fuentes de financiamiento de losservicios de agua, es importante conocer la situación que guardan éstas en elpaís, por ello a continuación se muestran las tarifas que se están cobrandoactualmente en algunas ciudades del país por el servicio de agua.106 hacienda municipal NÚMERO 108Rangos deTARIFAS DE AGUA EN ALGUNAS DE LAS CIUDADES MÁS IMPORTANTES DEL PAÍSTARIFAS DOMÉSTICAS(PESOS POR METRO CÚBICO)Consumo Aguascalientes* Guadalajara Hermosillo Tijuana** La Paz Acapulco Mérida Monterrey León1-10 144.62 41.70 38.23 33.41 45.735 57.88 4.11 8.5411-20 144.62 76.90 3.86 12.31 40.79 70.13 67.98 83.8021-30 206.26 135.47 4.49 22.37 60.20 156.66 231.3731-40 375.92 236.13 6.11 28.86 118.88 273.28 381.3941-50 369.67 7.64 32.83 168.98 45.735*** 411.25 535.7551-60 1,013.46 514.79 26.75 38.28 564.78 716.52561-70 665.73 27.00 38.56 728.28 911.7571-80 3,483.87 833.96 28.32 390.08 5.5 898.64 1,130.5481-90 995.14 1 ,076.76 1,370.5191-100 1,141.87 661.50 312.335**** 1 ,262.60 1,599.92100-150 6,671.54 1,766.42 1009.70 7.25 2 ,979.90 2,393.68150-200 2,882.23 2,016.73 7.60 5 ,070.40 3,942.59250-499 3,663.04 952.835***** 9.50 7,310.15500 8,948.26 8,979.835******Fuente: Elaboración propia con base en información publicada en Leyes de Ingresos Municipales, Decretos, páginas electrónicas de las Comisiones estatales de Agua* La última tarifa corresponde al rango de 101 en adelante** La última tarifa corresponde al rango 61-20000*** La tarifa corresponde al rango 10-50****Corresponde al rango 50-100*****Corresponde al rango 100-300****** Corresponde al rango 500-700La falta de homogeneidad en los municipios en los rangos de consumo no permite el establecimiento exacto en ellos de las tarifas; en la mayoría de ellosse está considerando un promedioComo se observa en el cuadro anterior, la diversidad en las tarifas que se cobranentre una ciudad y otra, es grande, por lo cual podemos deducir que los ingresosque genera uno u otro municipio en materia de recaudación de agua difiere, yademás resulta interesante conocer lo que están realizando en esta materia.Como se observa en el cuadro anterior, ladiversidad en las tarifas que se cobran entre unaciudad y otra, es grande, por lo cual podemosdeducir que los ingresos que genera uno u otromunicipio en materia de recaudación de aguadifiere, y además resulta interesante conocer loque están realizando en esta materia.Según Nicolás Pineda, todas las tendenciassobre las tarifas apuntan hacia una mayorrecuperación de los costos de operación delservicio y la consecuente elevación de la tarifadel servicio de agua potable. 15 Sin embargo, la15 Pineda Nicolás. “¿ Más barato ni el agua?. LaAdministración del Agua Potable en Hermosillo”. RevistaCauces, Hermosillo, Son. Num. 164 (1998). Pp. 4.queja recurrente es que las tarifas que aplicanalgunos sistemas de agua, aún no son suficientespara financiar la operación, administracióny mantenimiento de la infraestructurahidráulica, cubrir los gastos administrativosde comercialización, atención a usuarios, asícomo para mejorar y ampliar el servicio, puestoque con ello solamente se alcanzaría a cubrirlos costos de operación Sin embargo, y mantenimiento; la queja porende, la cantidad recaudada por los organismosoperadores no corresponde con el costo delvolumen de agua suministrado.Según Nicolás Pineda, todas las tendencias sobre las tarifas apuntan hacia unamayor recuperación de los costos de operación del servicio y la consecuenteelevación de la tarifa del servicio de agua potable. 15recurrente es que las tarifas que aplican algunos sistemas de agua, aún no sonsuficientes para financiar la operación, administración y mantenimiento de lainfraestructura hidráulica, cubrir los gastos administrativos de comercialización,atención a usuarios, así como para mejorar y ampliar el servicio, puesto que conello solamente se alcanzaría a cubrir los costos de operación y mantenimiento; porende, la cantidad recaudada por los organismos operadores no corresponde conel costo del volumen de agua suministrado.Según Martínez Medina, a los mexicanos noscuesta poco el servicio de agua, puesto queapenas cubrimos el 16% del precio real, ya15 Pineda Nicolás. “¿ Más barato ni el agua?. La Administración del Agua Potable en Hermosillo”. Revista Cauces,


hacienda municipal 107que por cada metro cúbico que consumimospagamos dos pesos, cuando lo que deberíamospagar son 12 pesos aproximadamente. Delos 12 pesos, 2 pesos deberían destinarse acostear el tratamiento por cada metro cúbico,otros 5 pesos corresponderían al pago deelectricidad para bombeo, mantenimiento yrehabilitación del sistema, así como el pagode salarios; los cinco pesos restantes deberíandestinarse a la amortización de las inversionesen infraestructura, como son pozos, acueductos,redes primarias y secundarias, estaciones debombeo y redes de drenaje. 16En la Ciudad de México, según la DirecciónGeneral de Construcción y Operación Hidráulicadel Gobierno del Distrito Federal, cuestaaproximadamente ocho pesos colocar un metrocúbico en las tomas domiciliarias, sin considerarcostos de inversión, de energía eléctrica parabombeo y mantenimiento. Al usuario citadino sele cobra entre 1.50 y 1.80 pesos. Si se consideran16 Mayra Martínez Medina. En México el Agua es Barata, sePaga 16 por ciento del Valor Real. 7 de abril del 2008. ElPeriódico de México. http://www.elperiodicodemexico.com/nota.php?sec=Nacional-Economia&id=162607.a futuro fuentes de suministro alternas, como lade los ríos Tecolutla y Amacuzac, el costo pormetro cúbico podría ascender a $14 y $15. 17Según nota de El Universal, el 90% de los usuarioscapitalinos tienen un subsidio muy importante,y la diferencia entre lo que se paga y lo que cuestatraer el líquido está abriendo una brecha cadavez más grande. Se estima que en la ciudad deMéxico existen 2 millones 25 mil contribuyentesque deben pagar por el suministro de agua, y el52% de ellos —esto es, un millón 53 mil— veránuna reducción en el subsidio y por ende unaumento en las tarifas. Asimismo, estiman queal Sistema de Agua le cuesta 10 mil millones depesos al año llevar agua a los capitalinos, perosólo recauda 4 mil 500 millones por cobrar losderechos por suministro. 18Además, se expone en el diario mencionado queel costo de operación por trasladar un metrocúbico del líquido a cada predio es de 20.68pesos y la población sólo paga 3.86 pesos en17 Ibid.18 El Universal. Alberto Cuenca. 7 de Octubre de 2009. “GDFquiere alza en la Tarifa de Agua”.


108 hacienda municipal NÚMERO 108promedio. 19 Por lo que el gobierno capitalino estáplanteando al congreso la revisión del cobro enlas tarifas de agua, puesto que si se eliminaranlos subsidios estiman recaudarían 800 millonesde pesos más.4. La Participación Privada comoAlternativa de Financiamientopara eficientar los Serviciosde AguaAlgunos autores mencionan el aumento de lastarifas de agua, como una de las alternativaspara superar el problema no solo de la cobranza,sino de todo el proceso para otorgar el serviciode agua, pero reconocen que con la actualizaciónde tarifas solamente se alcanzaría a cubrir loscostos de operación y mantenimiento. Porlo que surge la participación privada comouna alternativa adicional para solucionar losproblemas de distribución de agua potable,drenaje y tratamiento de aguas residuales, loque plantea un nuevo diseño institucional. Lomás importante es que puede contribuir a lasustentabilidad y al aprovechamiento racionalde los recursos hídricos del país. 20 .En relación al financiamiento por el servicio deagua, el gobierno federal financia alrededor de lacuarta parte de las inversiones en infraestructuray servicios hidráulicos municipales, losgobiernos estatales y municipales, cerca de latercera parte, y otra tercera parte se cubre pormedio de créditos de la banca de desarrollo, quecanaliza recursos financieros de institucionesinternacionales (BID o Banco Mundial); y elresto, por operadores privados. 21En México varias ciudades como Aguascalientes,Cancún, Navojoa, Saltillo, Ciudad de México,etc., han aplicado diferentes esquemas departicipación privada en los organismos de agua.19 ibid20 http://www.cce.org.mx/cespedes/publicaciones/otras/Ef_Agua/cap_9.htm21 Ibid.“En México varias ciudades comoAguascalientes, Cancún, Navojoa,Saltillo, Ciudad de México, etc.,han aplicado diferentes esquemasde participación privada en losorganismos de agua”Por otro lado, en otras ciudades del país, con elpatrocinio de la Comisión Nacional del Agua,se analizan posibles esquemas de privatizaciónde organismos estatales o municipales deagua. Sin embargo, algunos especialistas en eltema mencionan que es un riesgo pensar enla privatización puesto que aún las empresastransnacionales que operan los organismos deagua están teniendo problemas económicos. 22Finalmente, podemos comentar que nosencontramos ante un panorama en el queresulta importante solucionar la problemáticadel servicio de agua, por un lado, para otorgarun mejor servicio al ciudadano y por otro lado,para incrementar sus niveles de recaudaciónque le permitirán al municipio obtener mayoresingresos públicos, vía ingresos propios y víaparticipaciones federales. Asimismo, vale la penareconocer que hay municipios que han realizadograndes esfuerzos y han implementado estrategiasque les han permitido ofrecer mejores servicios eincrementar sus niveles de recaudación.22 La Distribución del Agua, Responsabilidad de losOrganismos Públicos de Agua Potable, Drenaje ySaneamiento. México 2007. Mexicanosporelsocialismo.org.mx/pls/portal/url/ITEM/1D33F472B16F3BE0E040A8C02E001BC7


Comentarios Respecto alEstablecimiento de unaTasa Progresiva en elImpuesto PredialArturo González MaciasDatos curriculares:Arturo González Macías esAbogado por la Universidadde Guadalajara; Diplomadoen Derecho Electoral por lamisma universidad; experto endirección y gestión pública local,por la Unión Iberoamericanade Municipalistas (UIM); yactualmente se desempeña comoconsultor investigador en elINDETEC. agonzalezm@indetec.gob.mxEn el presente artículo el autor realiza un estudio desde el punto de vista constitucionalde la posibilidad de construcción de un impuesto predial que considereel establecimiento de una tasa progresiva en sustitución del principio de tasaúnica.


110 hacienda municipal NÚMERO 108Artículo 115Los Estados adoptarán, para su régimeninterior, la forma de gobierno republicano,representativo, popular, teniendo como base desu división territorial y de su organización políticay administrativa, el Municipio Libre, conforme alas bases siguientes:(…)IV.- Los municipios administrarán libremente suhacienda, la cual se formará de los rendimientosde los bienes que les pertenezcan, así comode las contribuciones y otros ingresos que laslegislaturas establezcan a su favor, y en todocaso:De lo dispuesto en el artículo 115, fracción IV,primer párrafo inciso a), y el tercer párrafo dela misma fracción, de la Constitución Federal,en relación con el artículo quinto transitoriodel decreto por el que se reforma y adicionaese precepto constitucional, publicado en elDiario Oficial de la Federación el veintitrés dediciembre de mil novecientos noventa y nueve,se ve con meridiana claridad que el impuestopredial es concebido constitucionalmente comoun impuesto de naturaleza real cuya base decálculo debe ser el valor unitario de los prediosy de las construcciones. El citado artículotransitorio dispone que el predial se configuracomo un tributo en el que los principios deproporcionalidad y equidad tributarias seproyectan fundamentalmente sobre el procesode determinación de los valores unitarios delsuelo que sirven de base para el cobro de lascontribuciones sobre la propiedad inmobiliaria,los cuales deben ser equiparables a los valoresde mercado y a las tasas aplicables para dichocobro, tal como se puede apreciar de la siguientetranscripción:a).- Percibirán las contribuciones, incluyendotasas adicionales, que establezcan losEstados sobre la propiedad inmobiliaria, desu fraccionamiento, división, consolidación,traslación y mejora así como las que tengan porbase el cambio de valor de los inmuebles.(…)Los ayuntamientos, en el ámbito de sucompetencia, propondrán a las legislaturasestatales las cuotas y tarifas aplicables aimpuestos, derechos, contribuciones de mejorasy las tablas de valores unitarios de suelo yconstrucciones que sirvan de base para elcobro de las contribuciones sobre la propiedadinmobiliaria.Artículo QuintoAntes del inicio del ejercicio fiscal de 2002, laslegislaturas de los estados, en coordinacióncon los municipios respectivos, adoptarán lasmedidas conducentes a fin de que los valoresunitarios de suelo que sirven de base para elcobro de las contribuciones sobre la propiedadinmobiliaria sean equiparables a los valoresde mercado de dicha propiedad y procederán,en su caso, a realizar las adecuacionescorrespondientes a las tasas aplicables para


hacienda municipal 111“Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia,propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifasaplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras ylas tablas de valores unitarios de suelo y construcciones quesirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre lapropiedad inmobiliaria”el cobro de las mencionadas contribuciones, afin de garantizar su apego a los principios deproporcionalidad y equidad.Ahora bien, respecto a la posibilidadconstitucional de construir un impuesto predialque abandone el principio de tarifa o tasa únicapara evolucionar a una progresiva, el primercomentario que se desprende de ello es queresulta completamente viable, ya que favoreceal principio de proporcionalidad tributaria,entendiendo este, en el que el sujeto pasivo deun tributo debe contribuir al gasto público enfunción de su respectiva capacidad contributiva.Lo que dicha construcción impositiva desde luegopudiese favorecer a un perfeccionamiento de lacontribución, siempre y cuando se respeten losprincipios contenidos en el artículo 31 fracciónIV de nuestra norma constitucional, dispositivoque en lo fundamental nos señala:Artículo 31Son obligaciones de los mexicanos:(…)IV.- Contribuir para los gastos públicos, asíde la Federación, como del Distrito Federal odel Estado y Municipio en que residan, de lamanera proporcional y equitativa que disponganlas leyes.Atendiendo al postulado constitucional esnecesario contemplar que la causación delimpuesto predial debe responder a los principiosde proporcionalidad, equidad y legalidadtributaria.AL RESPECTO DEL PRINCIPIODE EQUIDAD:Este principio no implica la necesidad de quelos sujetos pasivos de la obligación tributaria seencuentren, en todo momento y ante cualquiercircunstancia, en condiciones de absolutaigualdad, sino que, sin perjuicio del deber de lospoderes públicos de procurar la igualdad real,dicho principio se refiere a la igualdad jurídica,es decir, al derecho de todos los gobernados derecibir el mismo trato que quienes se ubican ensimilar situación de hecho porque la igualdada que se refiere el artículo 31, fracción IV,constitucional, lo es ante la ley.De lo anterior derivan los siguientes elementosobjetivos, que permiten delimitar al principio deequidad tributaria:a) No toda desigualdad de trato por la leysupone una violación al artículo 31,fracción IV, de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, sino quedicha violación se configura únicamente,


112 hacienda municipal NÚMERO 108si aquella desigualdad produce distinciónentre situaciones tributarias que puedenconsiderarse iguales sin que exista para ellouna justificación objetiva y razonable;b) A iguales supuestos de hecho debencorresponder idénticas consecuenciasjurídicas;c) No se prohíbe al legislador contemplar ladesigualdad de trato, sino sólo en los casosen que resulta artificiosa o injustificada ladistinción; yd) Para que la diferenciación tributaria resulteacorde con las garantías de igualdad, lasconsecuencias jurídicas que resultan de laley, deben ser adecuadas y proporcionadas,para conseguir el trato equitativo, de maneraque la relación entre la medida adoptada, elresultado que produce y el fin pretendido porel legislador, superen un juicio de equilibrioen sede constitucional.Atendiendo a tales consideraciones, en el casoque nos ocupa una construcción tributaria queal establecer una tarifa para el pago de unimpuesto prevea una estructura de rangos ytasas en la cual el aumento en una unidad delparámetro de medición de la base gravable, queprovoca un cambio de rango al rebasar su límitesuperior, que conlleve a un incremento en latasa aplicable, que eleve el monto a enterar dela contribución en una proporción mayor a la quetiene lugar en el renglón inferior, por un aumentode la misma cuantía de la base gravable, noatiende ni otorgan un trato equitativo a los querealizan el mismo hecho imponible.AL RESPECTO DEL PRINCIPIODE PROPORCIONALIDAD:La Suprema Corte de Justicia de la Nación hasostenido que el principio de proporcionalidadtributaria exigido por el artículo 31, fracción IV,de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, para el caso de los impuestosconsiste en que los sujetos pasivos de un tributodeben contribuir a los gastos públicos en funciónde su respectiva capacidad contributiva.Lo anterior significa que para que un gravamensea proporcional, se requiere que el hechoimponible del tributo establecido por el Estado,refleje una auténtica manifestación de capacidadeconómica del sujeto pasivo, entendida éstacomo la potencialidad real de contribuir a losgastos públicos.Siguiendo lo anterior las normas jurídicas que alestablecer una tarifa para el pago de un impuestoprevén una estructura de rangos y tasas en lacual el aumento en una unidad del parámetro demedición de la base gravable, que provoca uncambio de rango al rebasar su límite superior,conlleva un incremento en la tasa aplicable, queeleva el monto a enterar de la contribución enuna proporción mayor a la que tiene lugar en elrenglón inferior, por un aumento de la mismacuantía de la base gravable, no atienden a lacapacidad contributiva de los gobernados, niotorgan un trato equivalente a los que realizanel mismo hecho imponible.Sirviendo de apoyo a lo anterior la siguientetesis jurisprudencial:Novena Época Instancia: Pleno Fuente:Semanario Judicial de la Federación y suGaceta Tomo: X, Septiembre de 1999 Tesis:P./J. 90/99 Página: 5 Materia: Constitucional,Administrativa Jurisprudencia. IMPUESTOS.LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE PARASU PAGO ESTABLECEN TARIFAS EN LASQUE EL AUMENTO DE LA BASE GRAVABLE,QUE PROVOCA UN CAMBIO DE RANGO,CONLLEVA UN INCREMENTO EN LA TASAAPLICABLE QUE ELEVA EL MONTO DE LACONTRIBUCIÓN EN UNA PROPORCIÓNMAYOR A LA QUE ACONTECE DENTRODEL RANGO INMEDIATO INFERIOR,SON VIOLATORIAS DE LOS PRINCIPIOSDE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDADTRIBUTARIOS. Las normas jurídicas que al


hacienda municipal 113establecer una tarifa para el pago de un impuestoprevén una estructura de rangos y tasas en lacual el aumento en una unidad del parámetro demedición de la base gravable, que provoca uncambio de rango al rebasar su límite superior,conlleva un incremento en la tasa aplicable, queeleva el monto a enterar de la contribución enuna proporción mayor a la que tiene lugar enel renglón inferior, por un aumento de la mismacuantía de la base gravable, no atienden a lacapacidad contributiva de los gobernados, niotorgan un trato equivalente a los que realizanel mismo hecho imponible, pues al rebasar loscontribuyentes en una unidad el límite superiorde un rango y quedar comprendidos en elsiguiente, les resulta un aumento considerabledel impuesto a enterar, proporcionalmentemayor al incremento de la suma gravada, y si setoma en cuenta que la tarifa progresiva grava elhecho imponible en su totalidad y no solamenteen la porción que exceda de cada rango, operaun salto cuantitativo en la tasa, lo que implica untrato desigual en relación con los contribuyentesque se ubiquen en el tope del rango inmediatoinferior.Distinto caso resulta construir dichas tarifasestructuradas con rangos determinados segúnel monto total del ingreso, que constituye labase imponible en orden creciente sobre la cualse aplica una tarifa, con base en una estructurade rangos, una cuota fija y una tasa paraaplicarse sobre el excedente del límite inferior,esto es, existe una progresividad en la cual ladiferencia de un peso entre un rango y otro secompensa con la cuota fija establecida para suaplicación, sobre el excedente del límite inferior,evitando que el impuesto se eleve de maneradesproporcionada.Ello es así de conformidad con los siguientescriterios jurisprudenciales:Novena Época, Instancia: Primera Sala. Fuente:Semanario Judicial de la Federación y suGaceta. XXVI, Diciembre de 2007, Página: 145,Tesis: 1a. CCLI/2007, Tesis AisladaRENTA. EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓNI, INCISO H), DEL DECRETO PUBLICADO ENEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1o.DE DICIEMBRE DE 2004, EN RELACIÓN CONEL NUMERAL 177 DE LA LEY DEL IMPUESTORELATIVO VIGENTE EN 2005, NO VIOLANEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDADTRIBUTARIA.El inciso h) de la fracción I del artículo Segundodel Decreto por el que se reforman, adicionan,derogan y establecen diversas disposiciones dela Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Leydel Impuesto al Activo y establece los Subsidios


114 hacienda municipal NÚMERO 108para el Empleo y para la Nivelación del Ingreso,publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 1o. de diciembre de 2004, en relación conel artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre laRenta vigente en 2005, al prever la tabla quecontiene la tarifa para calcular dicho gravamen,estableciendo una estructura de rangos definidosentre un tope mínimo y uno máximo de ingresopara aplicar una cuota fija y un porcentajesobre el excedente del límite inferior, no violanel principio de proporcionalidad tributariacontenido en la fracción IV del artículo 31 dela Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, ya que considerando el cálculo delimpuesto que resulta conforme a la pluralidad deelementos integrantes de la tabla que contienela tarifa, se advierte que existe una tributacióncualitativamente diferenciada entre un nivel yotro de la mencionada tarifa. Ello es así, puesla progresividad de la tabla -como criterioconstitucional de proporcionalidad tributariaseasegura mediante la aplicación conjuntade dichos elementos, por lo que sería erróneoanalizar aisladamente la estructura de la tarifa,tomando en cuenta los niveles de ingreso, porun lado, y las cuotas o porcentajes, por el otro.Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.XXVI, Septiembre de 2007, Página: 414, Tesis:1a. CXCVII/2007, Tesis AisladaRENTA. LOS ARTÍCULOS 113 Y 177, DE LA LEYDEL IMPUESTO RELATIVO, EN RELACIÓN CONLOS INCISOS E) Y H) DE LA FRACCIÓN I DELARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO POR ELQUE SE REFORMAN, ADICIONAN, DEROGANY ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONESDE DICHA LEY, ENTRE OTRAS, PUBLICADOEN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓNEL 1o. DE DICIEMBRE DE 2004, NO VIOLANLOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDADY EQUIDAD TRIBUTARIAS (LEGISLACIÓNVIGENTE EN 2005).Los artículos señalados, que establecen lastarifas aplicables para calcular la base gravabledel impuesto sobre la renta para las personasfísicas que prestan un servicio personalsubordinado o asimilado, no violan los principiosde proporcionalidad y equidad tributariascontenidos en la fracción IV del artículo 31 dela Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en virtud de que dichas tarifas estánestructuradas con rangos determinados segúnel monto total del ingreso, que constituye labase imponible en orden creciente sobre la cualse aplica una tarifa, con base en una estructurade rangos, una cuota fija y una tasa paraaplicarse sobre el excedente del límite inferior,esto es, existe una progresividad en la cual ladiferencia de un peso entre un rango y otro secompensa con la cuota fija establecida para suaplicación, sobre el excedente del límite inferior,evitando que el impuesto se eleve de maneradesproporcionada. Así, el aumento en una unidaddel parámetro de medición de la base gravable,que provoca un cambio de rango al rebasarsu límite superior y quedar comprendido en elsiguiente, conduce a que quien obtenga mayoresingresos tenga una mayor carga tributaria, yaque conforme aumenta el ingreso incrementa laalícuota a pagar, es decir, derivado de la relacióncon la cantidad inmersa entre un límite inferiory uno superior y considerando que la tasa delimpuesto se aplica sobre el excedente del límiteinferior en un porcentaje al que se le suma lacuota, resulta una carga tributaria mayor enproporción al aumento de los ingresos, sin quetal incremento en el impuesto a pagar resulteen una proporción mayor a la que tiene lugar enel renglón inferior por un aumento de la mismacuantía de la base gravable.Amparo en revisión 1582/2006. Marco AntonioGuadarrama Alfaro y otros. 4 de julio de 2007.Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández.Secretario: Gustavo Ruiz Padilla.AL RESPECTO DEL PRINCIPIODE LEGALIDAD:Al disponer el artículo 31 constitucional, ensu fracción IV, que son obligaciones de losmexicanos contribuir para los gastos públicos,así de la Federación como del Estado y Municipioen que residan, de la manera proporcionaly equitativa que dispongan las leyes no sóloestablece que para la validez constitucionalde un tributo es necesario, primero, que esté


hacienda municipal 115“Los elementos esenciales de toda contribución, es decir, elsujeto, objeto, base, tasa, tarifa y época de pago, deben estarconsignados de manera expresa en la ley, la que debe fijarloscon la precisión necesaria para evitar arbitrariedades”establecido por ley; segundo, sea proporcional yequitativo y tercero sea destinado al pago de losgastos públicos, sino que también exige que loselementos esenciales del mismo, como puedenser el sujeto, objeto, base, tasa y época de pago,estén consignados de manera expresa en la ley,para que así no quede margen para la aplicaciónarbitraria de las autoridades exactoras, ni para elcobro de contribuciones imprevisibles o a títuloparticular, sino que a la autoridad no quede otracosa que aplicar las disposiciones generales deobservancia obligatoria dictadas con anterioridadal caso concreto de cada contribuyente y el sujetopasivo de la relación tributaria pueda en todomomento conocer la forma cierta de contribuirpara los gastos públicos de la Federación, delEstado o Municipio en que resida.De tal manera que los elementos esencialesde toda contribución, es decir, el sujeto, objeto,base, tasa, tarifa y época de pago, deben estarconsignados de manera expresa en la ley, laque debe fijarlos con la precisión necesariapara evitar arbitrariedades.Esto implica que mediante un acto formal ymaterialmente legislativo se establezcan todoslos elementos que sirven de base para realizarel cálculo de una contribución, fijándolos con laprecisión necesaria que, por un lado, se prohíbeel comportamiento arbitrario o caprichoso delas autoridades que directa e indirectamenteparticipen en su recaudación y que, por otro,genere certidumbre al gobernado sobre quéhecho o circunstancia se encuentra gravado;cómo se calculará la base de la contribución;qué tasa o tarifa debe aplicarse; cómo, cuándo ydónde se realizará el entero respectivo y, en fin,todo aquello que le permita conocer qué cargasle corresponden en virtud de la situación jurídicaen que se encuentra o pretenda ubicarse.En ese tenor, la circunstancia de que ladeterminación o cálculo preciso de alguno delos elementos que repercuten en el monto alque ascenderá una contribución correspondarealizarlo a una autoridad administrativa, noconlleva, por sí misma, una trasgresión alprincipio constitucional de referencia, pues paracumplir con éste, en tal hipótesis, bastará queen las disposiciones formal y materialmentelegislativas aplicables se prevea el procedimientoo mecanismo que aquélla debe seguir, con talprecisión que atendiendo al fenómeno que sepretende cuantificar, se impida su actuaciónarbitraria y se genere certidumbre al gobernadosobre los factores que inciden en sus cargastributarias.Por lo que en conclusión, y atendiendo a losprincipios constitucionales, en la construccióndel impuesto predial no se encuentra valladaralguno que impida considerar la tasa progresivaen dicha contribución.


Reseña de Antecedentesdel Tema de GestiónPública para el DesarrolloElias Alfonso Rea AzpeitiaDatos curriculares:Elías Alfonso Rea Azpeitiaes Economista y Master enAdministración, por la Universidadde Guadalajara; especialistaen Administración Tributaria;y actualmente se desempeñacomo Director de DesarrolloAdministrativo de la HaciendaMunicipal en el INDETEC. ereaa@indetec.gob.mxEl tema de la gestión para resultados en nuestro país ha tomado singularrelevancia en virtud de las reformas promovidas por el gobierno federal en2007, mismas que tienen un impacto en todos los ámbitos de gobierno alintroducirse elementos para calificar la gestión de recursos gubernamentalesen el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El tema de la gestión para resultados, las implicaciones jurídicas de la reforma,la instrumentación del modelo en estados y municipios, son aspectos quetodavía son una novedad para los funcionarios locales. En este artículo sereseña de manera muy sintetizada, como ha evolucionado el concepto degestión para resultados de desarrollo y cómo este ha impactado en los modelosde gestión. El material ha sido obtenido de la Síntesis del Trabajo “La Gestiónpara Resultados en el Nuevo Marco de la Cooperación Internacional para elDesarrollo”, elaborado en la Universidad Politécnica de Madrid, España (UPM).


hacienda municipal 117“La Gestión para Resultados de Desarrollo ha evolucionadocomo parte del esfuerzo mundial para reducir la pobreza,apoyar el crecimiento económico sostenible y equitativoy mejorar la definición y medición de los resultados dedesarrollo por parte de los gobiernos nacionales y de lasagencias de desarrollo”En este artículo se presenta una breve reseñasobre cómo fue evolucionando el concepto degestión para resultados de desarrollo a partirla necesidad de asegurar que los recursosque las agencias de cooperación internacionalpara el desarrollo destinan a los países, logrenefectivamente los objetivos y resultados quepersiguen ambos, esto es, tanto los gobiernosnacionales como las propias agencias.En un segundo apartado, se reseña cómo esanecesidad de vincular los recursos a los logrostambién fue generando una evolución de losmodelos de gestión para el desarrollo, mismosque han venido adoptando la mayoría de lospaíses desarrollados y los latinoamericanos.1. Evolución de la Gestión paraResultados de Desarrollo 1La Gestión para Resultados de Desarrollo haevolucionado como parte del esfuerzo mundial1 Tomado de la Síntesis del Trabajo “La Gestión paraResultados en el Nuevo Marco de la CooperaciónInternacional para el Desarrollo”, elaborado por elGrupo de Organización, Calidad y Medio Ambiente–GOGMA- de la Universidad Politécnica de Madrid(UPM), para la Coordinadora de ONG de Desarrollode España.para reducir la pobreza, apoyar el crecimientoeconómico sostenible y equitativo y mejorarla definición y medición de los resultados dedesarrollo por parte de los gobiernos nacionalesy de las agencias de desarrollo. La efectividaden el desarrollo (definida de manera amplia)significa que los países y las agencias son máscapaces de lograr sus resultados colectivosde desarrollo, y que tienen las herramientasadecuadas a su disposición para medir elprogreso hacia esos resultados e informar sobreellos y usar las enseñanzas extraídas paramejorar continuamente el desempeño (OCDE,2006).Durante muchos años la asistencia para eldesarrollo se entregaba de manera segmentada,lo que no siempre respondía a las prioridadesde los países. Las agencias internacionalescontrolaban la mayoría de los flujos y lastransacciones de ayuda y, en muchos casos,dictaban los tipos de asistencia que los paísespodían recibir. Los esfuerzos de desarrollo confrecuencia eran fragmentados y no sosteniblese imponían una carga pesada de contratacióne información sobre los países. Lo que esmás importante, se centraban en financiarinsumos y actividades mediante transferencias


118 hacienda municipal NÚMERO 108de recursos, en lugar de apoyar el logro deresultados de desarrollo más amplios.En los años noventa, el campo del desarrollointernacional emprendió una era de reformay reformulación en vista de las crecientesdisparidades entre los países ricos y lospobres. Los líderes mundiales, en colaboracióncon las Naciones Unidas y otras institucionesmultilaterales, reconocieron la necesidad detomar medidas drásticas para garantizar quelos países en desarrollo se beneficien de laglobalización, y que los fondos de asistenciapara el desarrollo se usen de forma equitativay eficaz para lograr los objetivos mundialesde desarrollo y otras metas nacionales dedesarrollo.Los socios para el desarrollo reconocieronla necesidad de identificar mecanismos deprogramación y estrategias específicas parahacer las metas de desarrollo mundiales unarealidad. A partir de 2002, una serie de eventosy reuniones internacionales han ayudadoa identificar cómo avanzar en el logro deresultados de desarrollo.En el año 2002 la Conferencia Internacionalsobre Financiamiento para el Desarrollo(Monterrey, México) analizó los requisitosfinancieros y operativos para alcanzar losresultados mundiales de desarrollo.En 2003, los representantes de la comunidadinternacional (28 países beneficiarios deayuda y más de 40 agencias multilaterales ybilaterales de desarrollo) se reunieron en Romaen el Foro de Alto Nivel sobre la Armonizaciónpara aprovechar su apoyo al Consenso deMonterrey y tratar los principios clave, laslecciones y las ideas prácticas relacionadas conla armonización y la alineación de la asistenciapara el desarrollo.Las Mesas Redondas de Resultados deWashington y Marrakech, celebradas en2002 y 2004 respectivamente, se centraronespecíficamente en la gestión para resultados


hacienda municipal 119como un aspecto clave y requisito previo paramejorar la eficacia de la ayuda. En ambasmesas redondas, los participantes de lospaíses socios y las agencias de desarrollotrataron los retos de la GpRD en el desarrolloal nivel de país, así como dentro de programasy proyectos específicos, y compararon lasherramientas y las estrategias utilizadaspara abordar los temas sobre el terreno. Unresultado significativo de estas conferenciasfue la formulación de los principios de laGpRD.La Declaración de París sobre la efectividadde la ayuda al desarrollo aprobada en2005 refleja el consenso general respectode cuál es la mejor manera de reformar laayuda para contribuir a estos compromisos.La característica más sobresaliente de laDeclaración es el carácter compartido de loscompromisos, incluido el énfasis que se daa la estrecha vinculación entre las mejorasintroducidas en las prácticas de los donantesy el fortalecimiento de los sistemas y lasinstituciones internacionales.El Tercer Foro de Alto Nivel sobre eficaciade la ayuda en 2008 (Accra, Ghana) tuvocomo propósito analizar en detalle losavances registrados a la fecha en cuanto a laimplementación de los compromisos adquiridosen la Declaración de París, identificar loscuellos de botella y desafíos pendientes ydeterminar aquellas acciones que los donantesy los países socios deben emprender paraacelerar la eficacia de la ayuda. Tras tresdías de intensas negociaciones se aprobó laAgenda de Acción de Accra: resultado de unaalianza sin precedentes de los socios en eldesarrollo, países en desarrollo y donantes,economías emergentes, instituciones de lasNaciones Unidas y multilaterales, fondosglobales y organizaciones de la sociedadcivil.2. Evolución de los modelos degestión para el desarrollo. 2Una breve revisión sobre los avances en gestiónen los últimos cuarenta años ya avanzaba laperspectiva de la gestión basada en resultados 3 .La gestión del sector público ha utilizado modelosde planificación, programación y control decostes en los años 60, haciendo énfasis en laplanificación financiera y en la contabilidad decostes.La gestión de ‘inputs’ (recursos humanos,costes de operación…) aumentó su importanciademostrando control sobre la gestión, distribucióny uso de los recursos financieros (Osborne yGaebler, 1993). La gestión de programas poractividades (PMBA) alcanzó su auge entre lossetenta y los ochenta cuando las organizacionesdonantes se involucraron en proyectos de2 Tomado de la Síntesis del Trabajo “La Gestión paraResultados en el Nuevo Marco de la CooperaciónInternacional para el Desarrollo”, elaborado por elGrupo de Organización, Calidad y Medio Ambiente–GOGMA- de la Universidad Politécnica de Madrid(UPM), para la Coordinadora de ONG de Desarrollode España.3 Gestión Basada en Resultados, contrastar diferenciascon la GpRD.Gestión basada en resultados: es un enfoqueorientado a lograr cambios importantes en la maneraen que operan las organizaciones, mejorando eldesempeño en cuanto a los resultados como laorientación central. Proporciona el marco de la gestióny las herramientas para la planificación estratégica, lagestión de riesgos, el monitoreo del desempeño y laevaluación. Sus objetivos principales son mejorar elaprendizaje administrativo y cumplir las obligacionesde rendición de cuentas mediante la información dedesempeño.Gestión para resultados de desarrollo: estrategiade gestión centrada en el desempeño del desarrollo yen las mejoras sostenibles en los resultados del país.Proporciona un marco coherente para la efectividaddel desarrollo en el cual la información del desempeñose utiliza para mejorar la toma de decisiones, eincluye herramientas prácticas para la planificaciónestratégica, la gestión de riesgos, el monitoreo delprogreso y la evaluación de los resultados.


120 hacienda municipal NÚMERO 108“La introducción gradual de técnicas de gestión basadaen resultados ha ayudado a muchos gerentes de agenciasdel sector público y de desarrollo a adoptar un enfoquemás sistemático sobre todos los aspectos de la gestión deproyectos y programas”infraestructura y desarrollo industrial. Estocombinado con diversas herramientas y técnicasde planificación de actividades (estructura dedescomposición del proyecto EDP, diagramasde Gantt, el Método del Camino Crítico CPM,Evaluación de Programas y Revisión TécnicaPERT) impulsaron la implementación deactividades de acuerdo con una estructura deprogramación que se hicieron extensivas alos sistemas de gestión en la construcción y laingeniería (Hailey y Songenfrei, 2003).El concepto de gestión basada en resultados noes una novedad. La idea se hizo popular hace yamás de cincuenta años, cuando Peter Druckerpublicó su libro “Management in Practice”. Unadécada después, en 1964, el concepto adquirióentidad y nombre con la edición de una nuevaobra de este autor, “Managing by results”.Muchas empresas comenzaron entonces aaplicar métodos de planificación y gestióncentrados en objetivos compartidos y específicosdentro de la organización, incluyendo indicadoresprecisos de desempeño para el personal y losdepartamentos o unidades operativas, así comomedidas de premio o castigo en función de losresultados conseguidos (Aucoin, 1996).Fue más tarde, entre finales de los setentay comienzos de los ochenta, cuando laadministración pública comenzó a pensaren términos similares. En el campo de lacooperación internacional, a estas épocas seremonta la introducción de métodos de gestiónpor objetivos como el Enfoque del Marco Lógico(EML) en la Agencia de Desarrollo Internacionalde Estados Unidos (USAID) o el método dePlanificación de Proyectos Orientada a Objetivos(ZOPP, en su acrónimo alemán) en la agenciade cooperación técnica de este país (GTZ).No es sorprendente que la aplicación de estastécnicas se concretase, sobre todo, en losproyectos de cooperación, principal mecanismode ejecución de las políticas de ayuda hasta


hacienda municipal 121hace muy poco tiempo. El EML, entre críticas yapoyos, fue extendiéndose como metodologíadominante para la gestión de proyectosentre donantes bilaterales y multilaterales,organizaciones no gubernamentales y gobiernosde los países receptores.La primera ruptura con este modelo se produjoa mediados de la década de los noventa,cuando la Agencia Canadiense de DesarrolloInternacional (CIDA, 2003) impulsó la gestiónbasada en resultados como una estrategiaaplicable a todos los niveles y ámbitos detrabajo de la organización. La CIDA prepararegularmente documentos marco sobreresultados corporativos, que se apoyan en unaplanificación por país y se completa con unsistema relativamente sencillo de seguimientoy evaluación.La introducción gradual de técnicas de gestiónbasada en resultados ha ayudado a muchosgerentes de agencias del sector público y dedesarrollo a adoptar un enfoque más sistemáticosobre todos los aspectos de la gestión deproyectos y programas. Muchas institucionesy agencias en los países tanto desarrolladoscomo en desarrollo ahora usan una variedadde técnicas prácticas para la gestión basadaen resultados, lo que incluye la planificaciónestratégica basada en resultados, el uso demodelos lógicos o marcos de resultados deproyectos, la presupuestación basada enresultados, la gestión de riesgos y el seguimientoy evaluación basados en resultados(Binnedijk, 2001; Fontaine, 2004).Ya en esta década, un nuevo elemento se haañadido al contexto internacional de la gestiónbasada en resultados: la Declaración deParís sobre eficacia de la ayuda. Este nuevoconsenso, al que se han adherido más de uncentenar de países y organizaciones, establececriterios e indicadores para medir cuestionesmás vinculadas con el proceso de ejecuciónde las políticas de cooperación y desarrolloque con sus resultados (en otras palabras, conlos medios, más que con los fines). Es en estemomento cuando nace el concepto de Gestiónpara Resultados de Desarrollo.La GpRD incorpora ideas acerca de lacolaboración, la asociación, la apropiación porparte del país, la armonización y la alineacióny brinda una norma de gestión más alta porqueles pide a todos los interesados directos ponerel énfasis continuamente en el desempeño deresultados del país, en lugar de en los resultadosa corto plazo (UNPD, 1997).Como se ha visto, desde mediados de losaños ochenta, nuevos planteamientos sobrela gestión en las organizaciones apuntan lanecesidad de orientar los principales procesosde las organizaciones (planificación, gestión,seguimiento, evaluación) al logro de resultados.El enfoque de GpRD se dirige a mejorar elrendimiento de una organización para alcanzar,de modo más seguro, los resultados que sepropone tanto en sus propios procesos degestión como, fundamentalmente, en el entornoen el que opera.La GpRD se centra en una fuerte noción decausalidad. Se presupone que ciertos insumosy actividades conducen, de manera lógica,a determinados resultados. La relevancia deestos resultados sigue un orden creciente:los resultados más básicos (los ‘productos’o outputs) contribuyen al logro de resultadosmás complejos (‘efectos’ o outcomes) y,finalmente, a la obtención de ‘impacto’, que esel resultado de mayor alcance. La atención allogro de resultados debe estar, por tanto, entodas las fases del proceso de gestión, desdela planificación al seguimiento y a la evaluación,pues afecta a todos los niveles en los que cadaproceso se desarrolla (OCDE, 2007).


La DescentralizaciónFiscal de los GobiernosLocales Chilenos(Primera Parte)Juan Pablo Valenzuela BarrosDatos curriculares:Juan Pablo ValenzuelaBarros es investigador delCentro de InvestigaciónAvanzada en Educaciónde la Universidad de Chile,PhD en economía de laUniversidad de Michigan.El presente trabajo enfatiza en los aspectos fiscales del proceso de descentralizaciónde los gobiernos locales en Chile, a través de un diagnóstico respecto del sistemade financiamiento municipal chileno, el cual describe sus principales característicasy señala los mayores desafíos que debe asumir la institucionalidad del país, conel fin de posibilitar el incremento de sus niveles de eficiencia y equidad, así comopotenciar el protagonismo que debiesen tener los gobiernos intermedios en losprocesos de desarrollo económico y social del país.


hacienda municipal 123El artículo presente forma parte del documento“Análisis descriptivo de la SituaciónFinanciera de los <strong>Municipios</strong> en Chile2008” que fue realizado en el marco de unacolaboración del Banco Interamericano deDesarrollo a la Subsecretaría de DesarrolloRegional y Administrativo del Gobierno deChile.I. Distribución de funciones ycompetencias entre niveles degobierno1. Características GeneralesPara comprender la relevancia de ladescentralización fiscal en necesario primerodeterminar la distribución de competenciasentre los diversos niveles de gobierno, paraluego determinar el grado de descentralizaciónvertical (la distribución de los recursos entre losniveles de gobierno para cumplir las respectivasfunciones), y luego determinar los mecanismosde equilibrio horizontal que posibiliten a lasdiversas autoridades de un mismo nivel degobierno contar con los recursos suficientespara cumplir las funciones asignadas.La definición de la misión de los municipiosestá definida en la Ley Orgánica Constitucionalde Municipalidades, la cual indica que éstas“son corporaciones autónomas con el fin desatisfacer las necesidades de la comunidadlocal y asegurar su participación en el progresoeconómico, social y cultural de la comuna”(LOC 18.695). En términos históricos, hastacomienzos de los 70´s los municipios chilenostenían muy acotadas sus funciones, pues eranresponsables de la eliminación de desperdiciossólidos, alumbrado público, saneamiento básicoy la colaboración con el gobierno central en laprestación de diversos servicios sociales. Sinembargo, a partir de las reformas de 1979,ya durante los 80’s los municipios habíanadquirido responsabilidades en las áreas desalud primaria, educación preescolar, primariay secundaria, así como en la colaboración dela red social de subsidios otorgados por elgobierno central.A partir de la democratización de las autoridadeslocales, en 1992 se realiza la primera eleccióndemocrática de alcaldes y concejales luego decasi 20 años de autoridades designadas, losmunicipios han adquirido un creciente número


124 hacienda municipal NÚMERO 108de funciones y competencias, sin embargo,respecto a la realidad vigente, se puede indicarque estas funciones presentan 5 principalescaracterísticas:i) Pocas funciones exclusivas (sólo 6Funciones privativas): Estas son a) elaborary modificar el Plan de Desarrollo Comunal;b) elaborar el Plan Regulador Comunal; c)promover el desarrollo comunitario; d) aplicardisposiciones sobre transporte y tránsito; e)aplicar las disposiciones sobre construccióny urbanización y f) responsable del aseo yornato de la comuna.ii) Múltiples funciones compartidas conotros organismos del Estado: Entre lasprincipales se encuentran las relativas asalud y protección del medio ambiente;asistencia social y jurídica; educación ycultura; capacitación, promoción del empleoy fomento productivo; turismo; deporte yrecreación; urbanización y vialidad urbanay rural; apoyo y fomento en materias deseguridad ciudadana.iii) Creciente número de nuevas funciones,pero mayoritariamente compartidas conotros niveles de gobierno; esta situaciónconlleva diversos problemas, entre los cualessobresalen: a) una difícil asignación deresponsabilidad de las acciones del Estadoante los ciudadanos; b) en muchos casos,el municipio es un agente ejecutor de laspreferencias del gobierno central, expresadasen los múltiples programas sectoriales,donde el municipio resuelve un problemade cobertura y cercanía a los potencialesbeneficiarios, acciones que tienden más afortalecer procesos de desconcentraciónque de descentralización.iv) Funciones similares en todos losmunicipios del país: a pesar de la altaheterogeneidad comunal del país, lasfunciones entregadas a las administracioneslocales son relativamente similares, lo cualimpide que la prestación de estos serviciossean asegurados con niveles de cobertura ycalidad con estándares similares. Asimismo,hasta el momento no se han desarrolladomecanismos institucionales que posibilitenasociar a municipios y a grupos de éstoscon otras entidades públicas y/o privadas.v) Coexistencia de prestación privada dediversos servicios públicos a cargo delos niveles locales, o que potencialmentepodrían ser traspasados a estos niveles:durante el proceso de desconcentración defines de los 70´s –cuyos focos principales fuela reducción del rol del gobierno central, asícomo de una mayor eficiencia en la prestaciónde determinados servicios públicos-, comoen los procesos recientes de reformas alEstado, el sector privado ha crecido en suparticipación como proveedor de diversosservicios públicos locales o territoriales.Este proceso implica el fortaleciendo delas funciones del Estado, y de sus diversosniveles administrativos, relativas al diseño,regulación y financiamiento de estasfunciones. Por ejemplo, a comienzos delos 80´s se amplió la posibilidad para queentidades privadas pudieran ofrecer servicioseducacionales con financiamiento estatal(actualmente en los niveles preescolar,de educación básica y secundaria, elsector subvencionado particular tiene unacobertura superior a la municipal). Otrossectores donde el sector privado juega un rolprincipal son el de salud primaria, donde el40% de la población se atiende en serviciosde atención no provistos por el sectormunicipal; la provisión de servicios de aguay saneamiento, donde la casi totalidad de laoferta es de empresas privadas, así comotambién en la construcción de viviendas ydesarrollo de infraestructura vial urbana einterurbana.


hacienda municipal 1252. Comparación de funciones municipales con otros países de América LatinaLa Tabla 2 da cuenta que las funciones de los municipios chilenos son bastante similares a lasde otros países del continente 1 , las cuales se concentran en las áreas de educación y salud;agua y saneamiento básico; vivienda; transportes; ordenamiento urbano; medio ambiente, y otrasespecíficas-donde Chile, respecto a los países analizados, se destaca por su amplia coberturatemática-.Tabla 2Funciones a cargo de los Gobiernos Municipales de Países SeleccionadosArgentinaBrasilChileColombiaEducaciónBásica,polimodal y nouniversitariaPreescolar,básica y mediaPreescolar,básica y mediaPreescolar,básica y mediaSaludAgua ySaneam.ViviendaTransporteMedioAmbienteOrdenamientoUrbano yornatoX X X X XX X XX X X X X XX X X X X XGuatemalaAlfabetización,preescolar ybásicaX X XHonduras X X X XMéxico X XNicaragua X X X X XPerúUruguayPrograma dealfabetizaciónPrimaria ysecundariaX X XXXXOtrosPrevisiónsocialCultura,empleo,emergencias,deportes,desarrolloproductivo 1Cultura,deporte,empleo ydesastresCultura ydeportesCultura,deportes yemergenciaEmpleo yfomento deempresasConservaciónde playasFuente: CEPAL (2006) en Cetrángolo (2006).1. Inclusión del autor.1 Sin embargo, ello no implica que tengan similares competencias para cumplirlas.


126 hacienda municipal NÚMERO 108“En comparación con países de América Latina y convarios países de la OCDE, los municipios chilenospresentan dos importantes diferencias respecto desus pares: la centralización de funciones vinculadasal desarrollo de las ciudades; y la competencia yprivatización de servicios públicos locales”En el marco de esta comparación internacionalcon países de América Latina, pero que tambiénes consistente con varios países de la OCDE, losmunicipios chilenos presentan dos importantesdiferencias respecto de sus pares:i) Centralización de funciones vinculadasal desarrollo de las ciudades: En muchospaíses las competencias de infraestructuraurbana y de caminos locales están radicadasen los municipios mientras que en Chile estácentralizada 2 .ii) Competencia y privatización de serviciospúblicos locales: En Chile muchos bienesy servicios públicos locales son provistospor entidades privadas: el 55% de laeducación preescolar, básica y media esprovista por entidades privadas; el 40% dela población se atiende en servicios de saludprimaria diferentes a los municipales; losservicios de agua potable, alcantarillado ytratamiento de aguas 3 son mayoritariamente2 La Ley 20.035 del 2005 transfiere la función deinfraestructura urbana a los GORE.3 A nivel urbano, sólo el municipio de Maipú es dueñode una empresa sanitaria que presta estos servicios ala población comunal, en todo el resto del país estosservicios son provistos por empresas privadas.II.privados; durante décadas el servicio detransporte público urbano ha sido provistopor empresas privadas y la empresa públicadel METRO, asimismo, durante los últimosaños la provisión de autopistas urbanas hasido provisto por empresas privadas (bajola modalidad de concesiones del gobiernocentral). De esta forma, el sector privadoes un proveedor –relativamente único,como en el caso de agua y saneamiento-,o competidor de los municipios –como en elcaso de la educación-, por lo cual el análisisdel grado de descentralización fiscal debeconsiderar esta característica.Sistema de FinanciamientoMunicipal1. Contexto Histórico-PolíticoEn un contexto de designación de las autoridadeslocales –no hubo elecciones de democráticasentre 1973 y 1991-, y donde la mayor partede las municipalidades manejaban escasosrecursos fiscales, en el año 1979 se generóun conjunto de modificaciones institucionalesque permitieron ampliar los recursos locales,perfeccionar el sistema financiero municipal,


hacienda municipal 127así como crear un fondo de equidad horizontal(FCM) conformado principalmente porcoparticipación de los impuestos locales –ensus primeros años contemplaba un importanteaporte fiscal, inicialmente proveniente de lacoparticipación del gobierno central en elimpuesto territorial-. También se definieron losmecanismos que posibilitaron a los municipiosrecibir transferencias condicionadas desdeel gobierno central para el financiamiento deeducación y salud primaria.Asimismo, desde 1982 se inició la transferenciacondicionada de importantes recursos parainversión de saneamiento básico y obras menoresde desarrollo de infraestructura local (el actualPrograma de Mejoramiento de Barrios-PMB- yPrograma de Mejoramiento Urbano –PMU-). Deesta forma los recursos municipales, en términosreales, se habían casi multiplicado por 7 entre1979-1988, y su participación relativa en el gastopúblico total se había cuadruplicado (basado enCastañeda, 1990).2. Evolución Reciente de las FinanzasMunicipalesLas principales fuentes públicas que dan cuentade la participación del sector municipal en lasfinanzas generales del Estado correspondena la Contraloría General de la República y laDirección de Presupuestos 4 , sin embargo,antes de describir estos antecedentes esrelevante indicar que estas dos fuentes carecende importantes omisiones (SIC) que impidenanalizar con precisión la magnitud, evolución yrelevancia de las finanzas municipales en todo elsistema público, generando una subestimacióndel sector y haciendo urgente resolver estacarencia de información. Dos de las principalesomisiones corresponden a:i) Dentro de la contabilidad municipal no estánconsideradas las transferencias del gobiernocentral a las Corporaciones de Educacióny Salud, puesto que ambas son entidadesjurídicas autónomas del municipio. Estoimplica que no son considerados los recursosque administran más de 50 municipalidadesen estos sectores, con la excepción de lastransferencias que los mismos municipios4 En realidad las únicas estimaciones financierasque se realizan corresponden a los antecedentesrecolectados por la Contraloría General de laRepública (CGR), puesto que las estimacionescontables que realiza la Dirección de Presupuestospara sus balances financieros están basados en lainformación entregadas por la CGR.


128 hacienda municipal NÚMERO 108realizan a salud y educación con susingresos propios.ii) Los municipios reciben múltiples transferenciascondicionadas desde ministerios yservicios públicos para el financiamiento deproyectos de inversión o programas específicos,los cuales son contabilizados en unsistema de cuentas complementarias al interiorde cada municipio, los cuales, en sumayoría, no están contabilizados dentro delas cuentas que realiza la CGR. Dentro deestos sobresalen los recursos transferidosdesde los Gobiernos Regionales para proyectosde inversión local a través del FNDRo los ISAR 5 .Al analizar los antecedentes entregados por laDirección de Presupuestos sobre las finanzasconsolidadas del gobierno general, el cualincluye al gobierno central, gobiernos regionalesy municipios, aunque excluye la contabilidadde las empresas públicas, es claro que elsector municipal, a pesar de un sostenidoincremento en las magnitudes absolutas derecursos que administra (Tabla 3), sólo haincrementado levemente su participacióndentro del conjunto de la economía (Tabla 4).Si consideramos los recursos municipales entre1987-2005 estos representaron 2,6-3,0 puntosdel PIB respecto a los ingresos del gobiernogeneral y los gastos un 2,6-2,8 del PIB, conuna tendencia decreciente en los últimosaños del gobierno militar -donde existe unafuerte reducción del tamaño del Estado en laeconomía-, posteriormente, durante la décadade los 90 se incrementa la relevancia del sectormunicipal y alcanza su nivel más alto entre 1999-2002, probablemente asociado a una caídaen las tasas de crecimiento de la economíaen general, y a un efecto estabilizador en losingresos municipales de la reforma de Rentas5 En todas las estadísticas financieras municipales seencuentran incluidas las transferencias asociadasa los programas de inversión Programa deMejoramiento Urbano (PMU) y el de Mejoramientode Barrios (PMB).I y los reajustes automáticos del valor de lassubvenciones educacionales y el incremento delas transferencias a salud primaria.Sin embargo, durante el período 2004-2005ha existido un descenso en la participaciónde los ingresos municipales respecto al PIB–estrechamente asociado al shock positivoque está viviendo la economía chilena debidoa los altos precios del cobre y que no estáncorrelacionados con los ingresos municipalesperotambién presenta un descenso respectoal gasto, lo cual refleja la reducción en laimportancia relativa del sector municipal en laeducación subvencionada chilena.Ingresos tributarios municipalesEn particular, los ingresos tributariosmunicipales han variado su participación enlos ingresos tributarios totales del gobiernogeneral desde alrededor de 5,5% a fines delos 80´s hasta cifras de entre 8%-9% entre1998-2003, sin embargo, esta participación hadescendido hasta sólo un 6,2% en el 2005. Entérminos del PIB, los ingresos tributarios netosmunicipales alcanzan 1,5-1,6% en el período1998-2003 y se reducen a 1,4% hacia el 2005 6 .Esto da cuenta de dos características de laparticipación tributaria municipal en el sistemafinanciero público: i) son más estables en surecaudación, debido a su base patrimonial, quelos del sistema tributario del gobierno central,basado más en el consumo, y ii) su participacióntambién depende de la evolución del preciointernacional del cobre; al considerar sólo losingresos tributarios netos, sin la tributación delcobre, la participación tributaria municipal haevolucionado desde alrededor de 7,5% a finesde los 80s hasta alrededor de 8,5% en el período1998-2003, con un descenso hasta 7,4% en el2005 (Tabla 5).6 Estimaciones para 2006 y 2007 de la DIPRES indicanque esta participación se ha reducido a 1,3%, a pesarde la aplicación de la Ley de Rentas II desde el año2006.


hacienda municipal 129“Las municipalidades chilenas presentan un grado dedescentralización fiscal medio-bajo. El peso relativodel gasto municipal, respecto al gasto del gobiernogeneral, se ha incrementado desde 10% a un 13%en el período 1987-2005”Participación municipal en el gasto públicoRespecto al conjunto del Estado, lasmunicipalidades chilenas presentan un gradode descentralización fiscal medio-bajo. El pesorelativo del gasto municipal, respecto al gastodel gobierno general, se ha incrementadodesde 10% a un 13% en el período 1987-2005 7 ,nivel que se ha mantenido desde fines de los 90hasta la actualidad (Cuadro 11), dando cuentaque las diversas modificaciones legislativas,especialmente las leyes de Rentas I y II 8 ,no han modificado estructuralmente ladistribución vertical de las finanzas públicas-a pesar de las mayores competenciasasignadas a los gobiernos locales duranteel período-. Al contrario, las estimaciones paralos últimos años indican que la participacióndel sector municipal, tanto en los ingresos7 Estos porcentajes alcanzan al 12,6% y 12,5% en2006 y 2007 respectivamente.8 Aunque el análisis no considera el año 2006, dondese reflejarán los efectos de la Ley de Rentas II, éstaconsidera sólo un incremento de recursos de 0,4%de los gastos del gobierno general del 2005, por locual el grado de descentralización fiscal del gastopúblico no se alterará considerablemente.como gastos del gobierno general, se ha vistoreducida levemente, dando cuenta que lasdiversas reformas al sistema de financiamientomunicipal sólo han logrado contener un deteriorode la participación relativa del sector municipalen las finanzas públicas.Esto contrasta con la Ley de Rentas Municipalesde 1979 que implicó más que duplicar laparticipación del gasto municipal en el gastopúblico, incluso esta participación se cuadruplicóen el período 1978-1983 (basado en Castañeda,1990) si se consideran los recursos financierosasociados a la transferencias de los servicios desalud y educación pública al sector municipal acomienzos de los 80s.3. Correcciones por omisión de gastos enCorporaciones de Educación y SaludMunicipalSin embargo, los antecedentes de la Direcciónde Presupuestos, así como los de la ContraloríaGeneral de la República, para estimar laevolución de los ingresos y gastos municipalesestán subestimados, debido a que éstos no


130 hacienda municipal NÚMERO 108consideran los ingresos municipales provenientes de transferencias a educación y salud municipaladministrados por corporaciones municipales (las cuales son entidades autónomas jurídicamente).Con información disponible de SUBDERE (Balances de Ejecución Presupuestaria) para el período2001-2005 fue posible estimar que, al incorporar los recursos de las corporaciones de salud yeducación, la participación del gasto municipal en el gasto general alcanzó a alrededor de 15,5%durante el período (Cuadro 12 y Tabla 5).Cuadro 1116.0Evolución de los Recursos Municipales respecto al Gobierno General(1987-2005)(No considera transferencias del Gobierno Central a las CorporacionesMunicipales de Educación y Salud)14.012.0Porcentaje10.08.06.04.02.00.087 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 0 1 2 3 4 5Total IngresosTotal de GastosParticipación del Gasto Municipal en el Gasto del Gobierno General 1987-2005(Incluye Participación de Corporaciones de Educación y Salud entre 2001-2005)18.0Cuadro 1216.014.012.010.08.06.04.02.00.087 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 0 1 2 3 4 5Gasto sin CorporacionesGasto Corporaciones


hacienda municipal 131Tabla 3ESTADO DE OPERACIONES MUNICIPALIDADES y GOBIERNO GENERAL 1996-2005(Miles de MM$2005)1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005G O B I E R N OGENERALTotal Ingresos 10.039 10.494 10.312 9.871 10.958 11.424 11.566 12.173 14.340 17.187Total de Gastos 9.124 9.552 10.126 10.785 11.281 11.654 12.164 12.387 13.076 14.043Préstamo Neto/ 915 942 186 -915 -323 -230 -608 -214 1.264 3.143Endeudamiento Neto- Inversión 1.340 1.398 1.464 1.395 1.254 1.248 1.283 1.228 1.264 1.378MUNICIPALIDADESTotal Ingresos 1.141 1.281 1.339 1.432 1.500 1.554 1.630 1.661 1.647 1.932Total de Gastos 1.161 1.251 1.343 1.415 1.529 1.545 1.621 1.650 1.654 1.826Préstamo Neto/ -20 30 -5 17 -29 9 8 11 -6 106Endeudamiento Neto- Inversión 179 165 191 211 256 204 213 203 223 194Fuente: Estadísticas de las Finanzas Públicas 1996-2005. Dirección de Presupuestos, 2006.Basados en registros de la Contraloría General de la República. No consideran las finanzas de las corporaciones deeducación y salud municipal, aunque sí están consideradas las transferencias que realizan los municipios a dichasentidades (pág. 49).Tabla 4ESTADO DE OPERACIONES MUNICIPALIDADES RESPECTO DEL PIB 1996-2005(No considera recursos de las Corporaciones Municipales de Educación y Salud)87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02 03 04 05RESPECTO AL PIBPRINCIPALES2,6 2,6 2,3 2,1 2,2 2,3 2,4 2,5 2,5 2,7 2,9 3,0 3,3 3,3 3,3 3,3 3,2 2,8 3,0INGRESOSIngresos tributarios 1,3 1,2 1,2 1,1 1,2 1,2 1,3 1,2 1,2 1,4 1,4 1,5 1,6 1,5 1,6 1,6 1,6 1,4 1,4netosDonaciones 1,0 1,1 0,8 0,7 0,7 0,8 0,8 0,9 0,9 0,9 1,1 1,1 1,3 1,3 1,2 1,3 1,2 1,0 0,9Ingresos de Operación 0,1 0,2 0,1 0,1 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,3 0,3 0,3 0,2 0,3Otros 0,2 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,2 0,2 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,1 0,3PRINCIPALES2,6 2,7 2,3 2,1 2,1 2,3 2,4 2,5 2,4 2,7 2,8 3,0 3,2 3,3 3,2 3,3 3,2 2,8 2,8GASTOSPersonal 1,2 1,1 1,0 1,0 1,0 1,0 1,1 1,2 1,2 1,3 1,4 1,5 1,6 1,6 1,7 1,7 1,6 1,4 1,4Bienes y servicios de 0,7 0,7 0,7 0,7 0,6 0,7 0,7 0,7 0,6 0,7 0,7 0,8 0,8 0,8 0,8 0,8 0,8 0,7 0,8consumo y producciónSubsidios y Donaciones 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,3 0,2 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,2 0,2Inversión 0,5 0,7 0,5 0,3 0,3 0,3 0,4 0,3 0,3 0,4 0,4 0,4 0,5 0,6 0,4 0,4 0,4 0,4 0,3Otros 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0Fuente: Estadísticas de las Finanzas Públicas 1987-2003. Dirección de Presupuestos, 2004.Para años 2004 y 2005 Estadísticas de las Finanzas Públicas 1996-2005. Dirección de Presupuestos, 2006.Basados en registros de la Contraloría General de la República. No consideran las finanzas de las corporaciones de educacióny salud municipal, aunque sí están consideradas las transferencias que realizan los municipios a dichas entidades (pág. 49).


132 hacienda municipal NÚMERO 108Tabla 5ESTADO DE OPERACIONES MUNICIPALIDADES y GOBIERNO GENERAL RESPECTO DELPIB y PORCENTAJE DEL GASTO GENERAL 1996-2005(Considera recursos de las Corporaciones Municipales de Educación y Salud sólo período2001-2005)87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02 03 04 05RESPECTO AL PIBGOBIERNO GENERALTotal Ingresos 28,2 27,9 27,8 24,5 24,1 24,1 23,7 23,1 23,5 23,6 23,6 23,1 22,5 23,8 24,0 23,3 23,5 24,0 26,6Impuestos Tributarios netos 19,2 16,4 15,9 15,1 17,0 17,5 18,2 17,4 16,8 18,0 17,7 17,9 17,3 18,0 18,2 18,2 17,9 17,1 18,8Cobre bruto 2,5 5,8 6,8 4,7 2,3 1,9 0,8 1,4 2,4 1,3 1,3 0,4 0,4 0,9 0,5 0,5 0,9 3,0 3,8Total de Gastos 28,0 26,0 23,7 22,1 22,2 21,9 22,2 21,6 20,3 21,5 21,5 22,7 24,6 24,5 24,4 24,5 23,9 21,9 21,8MUNICIPALIDADESTotal Ingresos 2,6 2,6 2,3 2,1 2,2 2,3 2,4 2,5 2,5 2,7 2,9 3,0 3,3 3,3 3,3 3,3 3,2 2,8 3,0Total de Gastos 2,6 2,7 2,3 2,2 2,1 2,3 2,4 2,5 2,4 2,7 2,8 3,0 3,2 3,3 3,2 3,3 3,2 2,8 2,8PARTICIPACION DE LAS MUNICIPALIDADES EN GOBIERNO GENERALTotal Ingresos 9,2 9,3 8,3 8,6 9,1 9,5 10,1 10,8 10,6 11,4 12,3 13,0 14,7 13,9 13,8 14,2 13,6 11,7 11,3Total impuestos netos 6,6 7,4 7,6 7,3 6,8 6,9 7,0 6,8 7,4 7,5 7,9 8,3 9,1 8,5 8,6 8,6 8,8 8,2 7,4Total impuestos c/cobre 5,8 5,4 5,3 5,5 6,0 6,2 7,0 6,3 6,4 7,0 7,3 8,1 8,9 8,1 8,2 8,3 8,4 7,0 6,2Total de Gastos 9,3 10,4 9,7 10,0 9,5 10,5 10,8 11,6 11,8 12,6 13,0 13,2 13,0 13,5 13,1 13,5 13,4 12,8 12,8Total Ingresos (1) 15,8 16,3 15,9 13,9 13,4Total Gastos (1) 15,0 15,5 15,6 15,2 15,3Fuente: Estadísticas de las Finanzas Públicas 1987-2003. Dirección de Presupuestos, 2004.Ppara años 2004 y 2005 de Estadísticas de las Finanzas Públicas 1996-2005. Dirección de Presupuestos, 2006.Basados en registros de la Contraloría General de la República. No consideran las finanzas de las corporaciones de educación y saludmunicipal, aunque sí están consideradas las transferencias que realizan los municipios a dichas entidades (pág. 49).(1) Corresponde a la inclusión de los recursos administrados por las Corporaciones de Educación y Salud sin considerar lastransferencias que las municipalidades realizan para su cofinanciamiento.En la segunda parte de este artículo se expondrá lo referente a la descentralización fiscal del gastopúblico, la participación del sector privado en la provisión de bienes y servicios públicos locales,además de una comparación internacional de la descentralización fiscal en Chile, así como lasperspectivas futuras de mayores ingresos municipales.


Disposiciones HacendariasMunicipales Publicadasen los Periódicos Oficialesde las EntidadesEl Centro de Información y Biblioteca de INDETEC pone a disposición de los funcionarios hacendarios municipaleslas distintas normas publicadas en el Periódico Oficial de los estados, cuyo ámbito de aplicación es los municipios.También ponemos a su disposición el acervo documental con el que cuenta la Biblioteca de INDETEC, a fin de quepueda ser consultado, sirva como referencia y apoyo en la gestión cotidiana de los funcionarios municipales.Los interesados pueden acceder a esta información enviando una solicitud al siguiente correo electrónicoidtinformación@indetec.gob.mx.En esta ocasión publicamos las normas publicadas en los Periódicos Oficiales recibidos en INDETEC correspondientesal mes de Noviembre 2009.


134 hacienda municipal NÚMERO 108NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVAMUNICIPIO Y/OESTADOLeón, Gto.León, Gto.Pénjamo, Gto.Salamanca, Gto.San Miguel deAllende, Gto.DISPOSICIÓNReformas y adiciones a las Disposiciones Administrativasde Recaudación para el Municipio de León, Guanajuato,para el Ejercicio Fiscal 2009.Reformas al Reglamento Orgánico Municipal de León, GuanajuatoReglamento de Entrega-Recepción de la AdministraciónPública del Municipio de Pénjamo, Gto.Se reforma el Reglamento de la Estructura Orgánica de laAdministración Pública Municipio de Salamanca, Gto.Reglamento del Instituto Municipal de Planeación del Municipiode San Miguel de Allende, Gto.Guerrero Decreto por el que se adiciona la Fracción IX al Artículo 59y se adiciona el Artículo 69 terciario de la Ley Orgánica delMunicipio Libre del Estado de Guerrero.JaliscoFe de Erratas a la Ley del Gobierno y la Administración PúblicaMunicipal del Estado de Jalisco.Aporo, Michoacán Reglamento para Ejercer el Derecho a la Información ante elH. Ayuntamiento de Aporo, Michoacán.PueblaReformas del Código Reglamentario para el Municipio dePuebla.Huamantla, Tlaxcala Convenio de Coordinación que celebran el Ejecutivo del Estadode Tlaxcala, y el Municipio de Huamantla.FECHA29/Mayo/09.29/Mayo/09.17/Jul/09.4/Sept/09.8/Sept/09.13/Oct/09.6/Oct/09.13/Jul/09.25/Mayo/09.13/Agto/09.NORMATIVIDAD GENERAL HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADODISPOSICIÓNLeonardo Bravo, Gro. Ratificación del Convenio de Colaboración Administrativaen materia Fiscal, celebrado por el Gobierno del Estado y elMunicipio de Leonardo Bravo, Guerrero.Iguala de laIndependencia, Gro.JaliscoPueblaRatificación del Convenio de Colaboración Administrativaen Materia Fiscal, celebrado entre el Gobierno del Estado yel Municipio de Iguala de la Independencia, Guerrero.Decreto que reforma la Ley del Agua para el Estado de Jaliscoy sus <strong>Municipios</strong>.Decreto que expide la Ley de Coordinación Hacendaria delEstado de Puebla y sus <strong>Municipios</strong>. .FECHA21/Jul/09.4/Sept/09.16/Mayo/09.20/Mzo/09


hacienda municipal 135INGRESOSMUNICIPIO Y/OESTADOCarmen, Camp.Dolores Hidalgo,GtoSan Miguel Allende,GtoIrapuato, GtoSalamanca, Gto.Silao, Gto.Irapuato, GtoSalamanca, Gto.Celaya, Gto.DISPOSICIÓNSe aprueba la iniciativa de decreto de zonificación catastraly de la actualización de las Tablas de Valores Unitarios deSuelo y de Construcciones Urbanas y rústicasPrimera modificación al pronóstico de Ingresos y Presupuestode Egresos 2009 del Municipio de Dolores HidalgoSegunda Modificación del Presupuesto General para el 2009.Municipio de San Miguel de Allende, Gto.Segunda Modificación al Pronóstico de Ingresos 2009. Municipiode Irapuato, Gto.Adecuación al Presupuesto de Ingresos del H., Ayuntamientode Salamanca, Gto. 2009.Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos para el2009 Municipio de Silao, Gto.Cuarta modificación al Presupuesto de Egresos del Municipiode Irapuato, Gto. 2009.Adecuación al Presupuesto de Ingresos del Municipio de Salamanca,Gto. 2009.Se aprueba la Primera Modificación al Presupuesto de Ingresosy Egresos para el 2009 Municipio de Celaya, Gto.Irapuato, Gto. Tercera Modificación al Pronóstico de Ingresos para el 2009Municipio de Irapuato, Gto.Salamanca, Gto Adecuación al Presupuesto de Ingresos del H., Ayuntamientode Salamanca, Gto. 2009.Tula de Allende, Ley de Ingresos para el Municipio de Tula de Allende, Hidalgo,Hidalgocorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2009.Tepeji del Rio de Ley de Ingresos para el Municipio de Tepeji del Río de Ocampo,Ocampo, HidalgoHidalgo, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009. .Ixmiquilpan, Ley de Ingresos para el Municipio de Ixmiquilpan, Hidalgo,Hidalgo,correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009. .Huejutla de Reyes, Ley de Ingresos para el Municipio de Huejutla de Reyes, Hidalgo,Hidalgo,correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009.GuerreroDecreto que aprueba las cuotas y tarifas de los <strong>Municipios</strong> de: Tulade Allende, Tepeji del Río de Ocampo, Ixmiquilpan y Huautla.Guadalajara, Jal. Decreto que adiciona un décimo octavo transitorio a la Leyde Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para elEjercicio Fiscal del año 2009.Ixtlahuacán del Río, Decreto que reforma las fracciones I y II del artículo 49 de laJaliscoLey de Ingresos del Municipio de Ixtlahuacán del Río, Jaliscopara el Ejercicio Fiscal de 2009.Guadalajara, Jalisco Decreto que adiciona un décimo noveno transitorio a la Leyde Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para elEjercicio Fiscal del año 2009.Nayar, Nayarit. Autorización de tarifas de agua potable, alcantarillado y saneamientopara el Municipio del Nayar, Nayarit.FECHA15/Ene/09.30/Jun/097/Jul/09.16/Jul/09.16/Jul/09.14/Agto/0918/Agto/09.21/Agto/09.25/Agto/09.1/Sept/09.18/Sept/09.15/Jun/09.15/Jun/0915/Jun/0915/Jun/09.15/Jun/09.16/Mayo/09.16/Mayo/09.16/Mayo/092/Sept/09.


136 hacienda municipal NÚMERO 108MUNICIPIO Y/OESTADOTepic, NayaritTlaxcalaINGRESOSDISPOSICIÓNSe reforma la Ley de Ingresos del Municipio de Tepic, Nayarit;Ejercicio Fiscal 2009.Decreto que autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estadode Tlaxcala, para llevar a cabo la retención de los recursosa los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a losmunicipios correspondientes al segundo ajuste trimestraldel Ejercicio Fiscal dos mil nueve.FECHA9/Sept/09.10/Sept/09.MUNICIPIO Y/OESTADOManuel Doblado,Gto.Irapuato, Gto.León, Gto.Salamanca, Gto.Dolores Hidalgo,Gto.San Miguel Allende,Gto.Irapuato, Gto.GASTODISPOSICIÓNCuarta modificación al Presupuesto de Egresos, EjercicioFiscal 2009Segunda modificación al Presupuesto de Egresos por programasEjercicio 2009Modificación al Presupuesto General de Egresos para elMunicipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal2009Adecuación al Presupuesto de Ingresos del H., Ayuntamientode Salamanca, Gto. 2009Primera modificación al pronóstico de Ingresos y Presupuestode Egresos 2009 del Municipio de Dolores Hidalgo.Segunda Modificación del Presupuesto General para l2009. Municipio de San Miguel de Allende, Gto.Segunda modificación al Presupuesto de Egresos por programasEjercicio 2009 del Municipio de Irapuato.FECHA26/Jun/0926/Jun/0930/Jun/0930/Jun/0930/Jun/097/Jul/09.26/Jun/09.León, Gto.Modificación al Presupuesto General de Egresos para elMunicipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal2009. FECHA: Adecuación al Presupuesto de Ingresosdel H., Ayuntamiento de Salamanca, Gto. 2009.León, Gto.Modificación al Presupuesto de Egresos para el 2009 Municipiode León, Gto.Guerrero Aumento y Disminuciones al Presupuesto de Egresos 2009del H. Ayuntamiento de Candelaria.Santiago Ixcuintla,Nayarit;Modificación al Presupuesto de Egresos de la Municipalidadde Santiago Ixcuintla, Nayarit; para el Ejercicio Fiscaldel año 2009.. Municipio, Paraíso Presupuesto Municipal de Egresos. Programa OperativoAnual 2009. Segundo Trimestre. Municipio, Paraíso.30/Jun/09.18/Sept/09.21/Agto/09.16/Sept/09.5/Agto/09.


hacienda municipal 137COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADOChihuahuaChihuahuaChihuahuaChihuahuaGuanajuatoDISPOSICIÓNInforme de los recursos pagados a los <strong>Municipios</strong> de laEntidad por concepto de <strong>Participaciones</strong> en Impuestos<strong>Federales</strong>, así como de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> parala Infraestructura Social, Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de las Demarcacionesterritoriales del Distrito Federal y de los Ingresos propiosdel Estado, correspondientes al mes de junio de 2009,ajuste definitivo de 2008 y primer ajuste cuatrimestral de2009Informe de los recursos pagados a los <strong>Municipios</strong> de laEntidad por concepto de <strong>Participaciones</strong> en Impuestos<strong>Federales</strong>, así como de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> parala Infraestructura Social, Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de las DemarcacionesTerritoriales del Distrito Federal y de los Ingresos propiosdel Estado, correspondientes al mes de julio de 2009y primer ajuste cuatrimestral de 2009.Informe de los recursos pagados a los <strong>Municipios</strong> de laEntidad por concepto de <strong>Participaciones</strong> en Impuestos<strong>Federales</strong>, así como de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> parala Infraestructura Social, Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de las Demarcacionesterritoriales del Distrito Federal y de los Ingresos propiosdel Estado, correspondientes al mes de agosto de 2009Informe de los recursos pagados a los <strong>Municipios</strong> de laEntidad por concepto de <strong>Participaciones</strong> en Impuestos<strong>Federales</strong>, así como de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> parala Infraestructura Social, Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de las Demarcacionesterritoriales del Distrito Federal y de los Ingresos propiosdel Estado, correspondientes al mes de septiembrede 2009Ramo General 33: <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong> para EntidadesFederativas y <strong>Municipios</strong>.FECHA15/Jul/09.11/Agto/09.8/Sept/098/Oct/09.29/Mayo/09Guanajuato <strong>Participaciones</strong> pagadas a <strong>Municipios</strong> abrl-junio 2009. 18/Agto/09.GuerreoAcuerdo por el que se da a conocer a los municipios delEstado de Guerrero, la distribución y calendarizaciónpara la ministración de los recursos correspondientes alFondo IV del Ramo ## “Fondo de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong> y de las demarcacionesterritoriales del Distrito Federal” (FORTAMUN-DF) parael Ejercicio Fiscal del 2009.27/Ene/09.


138 hacienda municipal NÚMERO 108COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADOGuerreroGuerreroGuerreroGuerreroGuerreroGuerreroGuerreroGuerreroDISPOSICIÓNAcuerdo por el que se da a conocer la distribución de losrecursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipalentre los <strong>Municipios</strong> del Estado de Guerrero para elEjercicio Fiscal del 2009.Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de entregay monto estimado de los recursos que recibirán losMunicipio del Estado de Guerrero, del Fondo Común de<strong>Participaciones</strong>, del Fondo de Fomento Municipal y delFondo de Infraestructura Municipal para el Ejercicio Fiscal2009.Acuerdo por el que se da a conocer el monto de las <strong>Participaciones</strong>entregadas a los <strong>Municipios</strong> del Estado deGuerrero, del Fondo Común, del Fondo de Fomento Municipaly Fondo para la Infraestructura Municipal, en elcuarto trimestre del Ejercicio Fiscal 2008.Acuerdo de coordinación para la distribución y operaciónde los subsidios del Programa Habitat, vertiente generaldel Ramo Administrativo 20 “Desarrollo Social” que celebranpor una parte el Ejecutivo Federal, a través de laSecretaría de Desarrollo Social y por la otra el Ejecutivodel Estado de Guerrero y los <strong>Municipios</strong> de Acapulco deJuárez, Atoyac de Alvarez, Chilpancingo de los Bravo,Coyuca de Benítez, Eduardo Neri, Huitzuco de los Figueroa,Iguala de la Independencia, Zihuatanejo de Azueta,Ometepec, Petatlán, Pungarabato, Taxco de Alarcón, Tecpande Galeana, Tixtla de Guerrero y Tlapa de Comonfort,Guerrero.Acuerdo por el que se da a conocer el monto de las <strong>Participaciones</strong>entregadas a los <strong>Municipios</strong> del Estado deGuerrero, del Fondo Común, del Fondo de Fomento Municipaly Fondo para la Infraestructura Munici8pal, en elprimer trimestre del Ejercicio Fiscal 2009.Acuerdo por el que se da a conocer el monto de las <strong>Participaciones</strong>entregadas a los <strong>Municipios</strong> del Estado deGuerrero, del Fondo Común, del Fondo de Fomento Municipaly Fondo para la Infraestructura Municipal, en elsegundo trimestre del Ejercicio Fiscal 2009.Se da a conocer el monto de las <strong>Participaciones</strong> a <strong>Municipios</strong>del Estado de Hidalgo, correspondientes al PrimerTrimestre del Ejercicio Fiscal 2009, dentro de los recursosdel Fondo Único de <strong>Participaciones</strong>.Juntas, Comisarías y Agencias del 1 de enero al 30 de juniode 2009 del H. Ayuntamiento de Campeche.FECHA30/Ene/09.6/Feb/09.27/Feb/09.15/Mayo/09.19/Jun/09.8/Sept/09.22/Jul/09.14/Agto/09.


hacienda municipal 139COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADOJaliscoJaliscoJaliscoJaliscoJaliscoJaliscoJaliscoDISPOSICIÓNImporte de las <strong>Participaciones</strong> Estatales, <strong>Federales</strong> y<strong>Aportaciones</strong> a los <strong>Municipios</strong> del Estado de Jalisco, pagadasdurante el ejercicio fiscal 2008.Calendario de entrega de los Ingresos <strong>Federales</strong> de las<strong>Participaciones</strong> 2009, correspondientes al Fondo Generalde <strong>Participaciones</strong> y el Fondo de Fomento Municipal paraser distribuidos a los municipios del Estado de Jalisco;asimismo, se dan a conocer los importes de las <strong>Participaciones</strong>Estatales, <strong>Federales</strong> y <strong>Aportaciones</strong> Estimadas alos <strong>Municipios</strong>.Montos estimados de participaciones estatales y federales,así como de las aportaciones federales correspondiente alos municipios de Jalisco para e presente ejercicio fiscal(sustituyen a las publicados el 14 de febrero de 2009). .Decreto que establece los coeficientes de distribución delos recursos del fondo de <strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimientode los <strong>Municipios</strong> y de las demarcaciones territorialesdel Distrito Federal que corresponden a los municipiosdel Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal del año2009.Decreto que establece los coeficientes de distribución delas cantidades que el Estado reciba en exceso con respectoal año inmediato anterior, por los ingresos federales queconforman el Fondo de Fomento Municipal para el EjercicioFiscal 2009.Decreto que establece los coeficientes de distribución delas cantidades que el Estado reciba en exceso con respectoal año inmediato anterior, por los ingresos federales queconforman el Fondo de Fomento Municipal de <strong>Participaciones</strong>para el Ejercicio Fiscal del año 2009Estado de origen y aplicación de fondos del 1 de enero al31 de diciembre de 2008 (Secretaría de Finanzas).Michoacán <strong>Participaciones</strong> pagadas a <strong>Municipios</strong> por el período del 1de enero al 30 de junio del año 2009.Michoacán Reglas de Operación para la Aplicación de los SubsidiosMunicipales Administración 2008-2011.NayaritAcuerdo por el que se da a conocer el importe entregadoa cada uno de los veinte <strong>Municipios</strong> del Estado de Nayaritdel Fondo de Fiscalización, Fondo de Compensacióne Incentivo por venta de gasolina y diesel, en el primertrimestre del Ejercicio Fiscal 2009.FECHA29/Ene/09.14/Feb/09.28/Feb/0919/Mzo/09.19/Mzo/09.19/Mzo/09.4/Abril/09.22/Jul/09.12/Agto/09.26/Agto/09.


140 hacienda municipal NÚMERO 108COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADOBahía de Banderas,Nayarit.PueblaPueblaPueblaPueblaPueblaPueblaPueblaPueblaDISPOSICIÓNReglamento para la prestación de servicios de agua potable,alcantarillado, saneamiento y disposición final delodos y aguas residuales en el Municipio de Bahía de Banderas,Nayarit.Acuerdo del Ejecutivo del Estado, que establece la metodología,fórmula y distribución de los recursos del Fondode <strong>Aportaciones</strong> para el Fortalecimiento de los <strong>Municipios</strong>,para el Ejercicio Fiscal 2009.Acuerdo del Ejecutivo del Estado, que establece la metodología,fórmula y distribución de los recursos del Fondode <strong>Aportaciones</strong> para la Infraestructura Social Municipalpara el Ejercicio Fiscal 2009.Acuerdo del Ejecutivo del Estado, que establece la metodología,fórmula y distribución de los recursos del Fondode <strong>Aportaciones</strong> para la Infraestructura Social Municipalpara el Ejercicio Fiscal 2009.Se establece el calendario de fechas en que se transferiránmensualmente a los Ayuntamientos de los Municipio de laEntidad, los recursos de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> para elFortalecimiento de los <strong>Municipios</strong>, y para la InfraestructuraSocial Municipal, de los Fondos de <strong>Aportaciones</strong> <strong>Federales</strong>correspondientes al Ramo General 33, para el Ejercicio Fiscal2009.Se da a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas,variables utilizadas; el monto estimado que recibiráel Estado de Puebla y sus <strong>Municipios</strong>, del Fondo Generalde <strong>Participaciones</strong> y del Fondo de Fomento Municipal,por el Ejercicio Fiscal 2009; así como los cálculos departicipaciones de la primera y segunda parte del FondoGeneral de <strong>Participaciones</strong> para 2009, y de los coeficientesde participación del Fondo de Fomento Municipal para2008.<strong>Participaciones</strong> entregadas a los <strong>Municipios</strong> del Estado dePuebla, durante el período de enero a marzo de 2009.Publicación de los recursos entregados a los <strong>Municipios</strong>del Estado de Puebla, provenientes de la recaudación derivadade la aplicación de las cuotas durante el período deenero a marzo de 2009.Publicación de los recursos del Fondo de Estabilizaciónde los Ingresos de las Entidades Federativas entregados alos <strong>Municipios</strong> del Estado de Puebla, durante el períodode enero a junio de 2009.FECHA26/Agto/09.30/Ene/09.30/Ene/09.30/Ene/09.6/Feb/09.13/Feb/09.15/Abril/09.15/Abril/09.15/Jul/09.


hacienda municipal 141COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN HACENDARIAMUNICIPIO Y/OESTADOPueblaPueblaPueblaTabascoTabascoEmiliano Zapata,TabascoTabascoTlaxcalaTlaxcalaTlaxcalaZacatecasDISPOSICIÓNPublicación de los recursos del Fondo de Fiscalización entregadosa los <strong>Municipios</strong> del Estado de Puebla, duranteel período de enero a junio de 2009. .Publicación de los recursos entregados a los <strong>Municipios</strong>del Estado de Puebla, provenientes de la recaudación derivadade la aplicación de las cuotas previstas en el artículo2°-A fracción II de la Ley de Impuesto Especial SobreProducción y Servicios, durante el período de enero a juniode 2009.<strong>Participaciones</strong> entregadas a los <strong>Municipios</strong> del Estado dePuebla, durante el período de enero a junio de 2009.Fondo Municipal de <strong>Participaciones</strong> pagado a los <strong>Municipios</strong>en el período abril-junio del ejercicio 2009.Formato Único sobre Aplicaciones de Recursos <strong>Federales</strong>.Segundo Trimestre 2009. Centro, Tabasco.Formato Único sobre Aplicaciones de Recursos <strong>Federales</strong>.Segundo Trimestre 2009. H. Ayuntamiento Emiliano Zapata,Tabasco.Formato Único sobre Aplicaciones de Recursos <strong>Federales</strong>.Segundo trimestre 2009. Entidad Federativa TabascoAcuerdo por el que se da a conocer la recaudación derivadadel Fondo de Compensación y del Incentivo a la VentaFinal de Gasolinas y Diesel de varios <strong>Municipios</strong> por losmeses de abril, mayo y junio del 2009.Acuerdo por el que se dan a conocer las <strong>Participaciones</strong>de cada Municipio por Ingresos ministrados por la Federacióny el Estado, por los meses de abril, mayo y juniodel 2009.Acuerdo por el que se dan a conocer las <strong>Participaciones</strong>de cada Municipio por Ingresos ministrados por la Federacióny el Estado, por los meses de abril, mayo y juniodel 2009.Ejercicio, Destino y Resultados de los Recursos <strong>Federales</strong>transferidos por la Federación a las Entidades FederativasSegundo Trimestre del año 2009.FECHA15/Jul/0915/Jul/09.15/Jul/09.15/Jul/09.29/Jul/09.1/Agto/09.5/Agto/09.28/Jul/09.28/Jul/09.28/Jul/09.29/Agto/09.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!