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CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ...

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Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Abastecimientonecesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX-GAS de implementarsus propios medios y estrategias de defensa.En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos depropiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento aPEMEX-GAS.Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga aobtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas decolaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación oconstitución en favor de PEMEX-GAS de los derechos de propiedad intelectual generados.DÉCIMA NOVENA.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONESRespecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hagaacreedor por atraso en el plazo de ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del díasiguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso,modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los serviciosejecutados con atraso a razón de ___ % por cada día calendario de atraso y hasta elimporte del 10% del valor de los servicios ejecutados con atraso de la ORDEN de que setrate.Si el PROVEEDOR ejecuta los servicios durante el plazo máximo de espera PEMEX-GASaplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se concluya suejecución, y en el caso de que no los ejecute se aplicará una deducción equivalente al 10%del importe de la orden y se podrá emitir una nueva orden.Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deduccionesse considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo, PEMEX-GAS emitirá unafactura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor elPROVEEDOR, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contratoo convenio modificatorio y la fecha real de conclusión de los servicios.El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que elPROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales.Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía decumplimiento de este contrato, PEMEX-GAS podrá iniciar el procedimiento de rescisiónadministrativa de este contrato.38

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