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CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ...

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Subdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de AbastecimientoPara determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta lasdemoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa noimputable al PROVEEDOR.VIGÉSIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATOPEMEX-GAS podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitasrespecto del contrato vigente, el incremento en el monto del contrato o en la cantidad de losservicios del contrato, así como en la vigencia que, en su caso, se derive de dichaampliación, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el20% de los conceptos y volúmenes máximos establecidos, el precio de los servicios seaigual al originalmente pactado y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento.Comment [s1]: De conformidad con elartículo 52 se elimina la ampliación de lavigencia . Se podría entender que al ampliarel monto o la cantidad de los servicios vaimplícita la vigencia???En el caso de que el presente contrato incluya dos o más partidas, el porcentaje se aplicarápara cada una de ellas.Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a lascondiciones originalmente pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante laTerminales de Distribución de Gas Licuado que corresponda de PEMEX-GAS, en el entendidode que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el áreacitada, se considerara inexistente para todos los efectos administrativos y legales delpresente contrato.La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para laconclusión de los servicios originalmente pactado.En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientosy Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgarcondiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, elPROVEEDOR se obliga a entregar a PEMEX-GAS dentro de los diez días siguientes a lafecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documentomodificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación deque es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por elPROVEEDOR.Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito, dicho instrumentotendrá que sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en estecontrato, en el cual se garanticen las obligaciones de este contrato y del conveniocorrespondiente.En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, PEMEX-GAS podrádeterminar la rescisión administrativa del contrato.39

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