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la experiencia de las comisiones<br />

tripartitas y grupos de trabajo ha sido<br />

muy enriquecedora;<br />

intervenir para lograr los fondos<br />

internacionales necesarios destinados a<br />

ejecutar programas de asistencia y<br />

rehabilitación en los países de origen, al<br />

tiempo que el ACNUR subraya que le<br />

corresponde tener participación activa en<br />

su ejecución.<br />

De este modo se realiza con mediano o<br />

gran éxito la repatriación de refugiados<br />

guatemaltecos, de indígenas sumos o miskitos a la<br />

costa atlántica de Nicaragua y la repatriación de<br />

enormes grupos de salvadoreños refugiados en<br />

Honduras.<br />

19. El segundo hecho al que se hace referencia<br />

en la resolución de la Asamblea General de la<br />

OEA es la constitución por parte del ACNUR de<br />

un “Grupo de Trabajo sobre Posibles Soluciones a<br />

los Problemas de los Refugiados<br />

Centroamericanos” y la celebración de una<br />

conferencia regional sobre el tema.<br />

El texto se refiere a la constitución de un<br />

grupo de consulta convocado por el Alto<br />

Comisionado, y que se reunió en Ginebra del 25<br />

al 27 de Mayo de 1987 y que produjo un<br />

documento que merece ser analizado y estudiado<br />

con gran detenimiento.<br />

El grupo subrayó en la parte II, 4.7 “la<br />

naturaleza declarativa y no constitutiva del<br />

reconocimiento jurídico de la condición de<br />

refugiado” y consideró en la II, 4.8 que “resulta<br />

necesario contar con la voluntad de cooperación y<br />

el solidario apoyo de todos los miembros de la<br />

comunidad internacional para la solución de los<br />

problemas, incluyendo la admisión de refugiados<br />

centroamericanos en países fuera del área”.<br />

En su parte III, 6 trata de cuestiones<br />

relacionadas con los campamentos, los que a veces<br />

resultan inevitables y permiten brindar a los<br />

refugiados una efectiva asistencia de emergencia<br />

(III, 6.1), aunque “a lo largo del tiempo... puedan<br />

generar una serie de efectos nocivos” (III, 6.2), de<br />

modo que, “después de un tiempo razonable, este<br />

tipo de campamentos deberían gradualmente<br />

abrirse o reubicarse para pasar a otro esquema de<br />

inversión local más apropiado” (III, 6.3).<br />

El III, 7 se refiere “in extenso” a la<br />

repatriación voluntaria, constatando “un<br />

incremento de refugiados voluntariamente<br />

repatriados a título individual a sus países en el<br />

área, aun cuando no han cesado las causas que<br />

dieron origen a las corrientes de refugiados<br />

centroamericanos” (III, 7.2). Se destacó “la actitud<br />

más abierta y positiva hacia la repatriación<br />

voluntaria por parte de los gobiernos de los países<br />

de origen y de asilo” (III, 7.3), comprobando los<br />

principios que rigen este instituto y que ya fueron<br />

mencionados.<br />

El documento corrobora la existencia de un<br />

“pleno acuerdo en favor de una repatriación<br />

voluntaria organizada, planificada y gradual” (III,<br />

7.4) y reitera “la indispensable participación del<br />

ACNUR en los procedimientos de repatriación<br />

para hacer respetar la naturaleza voluntaria e<br />

individual de la misma” (III, 7.5), en la medida en<br />

que “el ACNUR posee un interés legítimo en las<br />

consecuencias de toda repatriación voluntaria”<br />

(III, 7.6). Del mismo modo el documento habla de<br />

las medidas destinadas a prevenir las causas que<br />

originan las corrientes masivas de refugiados<br />

centroamericanos (III, 8 y 9).<br />

El documento finaliza con una serie de<br />

recomendaciones, entre las que destaca aquella en<br />

la que se exhorta al Alto Comisionado, en consulta<br />

con los gobiernos de los países afectados en el<br />

área, a que “convoque a una conferencia regional<br />

sobre refugiados centroamericanos” (IV, 9.2).<br />

20. El grupo de consulta volvió a reunirse en<br />

Nueva York del 20 al 22 de Noviembre de 1987 y<br />

en esta ocasión formuló un informe sobre los<br />

pasos dados en orden a la celebración de la<br />

conferencia sobre los refugiados centroamericanos.<br />

Proponía como fecha de realización la de<br />

Junio del año siguiente, 1988.<br />

El informe estableció igualmente una serie<br />

de puntos para la realización de la conferencia.<br />

La Conferencia Internacional sobre<br />

Refugiados Centroamericanos (CIREFCA) pudo<br />

finalmente realizarse del 29 al 31 de Mayo de<br />

1989 en Guatemala. Esta Conferencia, en la que<br />

participaron representantes de los gobiernos de la<br />

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