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• TESTIMONIO<br />
2.19. Se maneja testimonio con el<br />
propósito de dar a conocer una problemática,<br />
se la redacta en primera<br />
persona con una extensión de tres a<br />
cuatro párrafos.<br />
2.20. Debe contener un título y un<br />
tema en el cual el personaje está inmiscuido<br />
y el periodista debe ser muy<br />
sutil para transcribirlo y que no perturbe<br />
a los lectores con palabras o lenguaje<br />
que no se pueda comprender.<br />
2.21. Las expresiones vulgares, obscenas<br />
o blasfemas están prohibidas.<br />
Cabe incluirlas cuando se trate de citas<br />
textuales, y aun así, siempre que<br />
procedan de una persona relevante,<br />
que hayan sido dichas en público o estén<br />
impresas y que no sean gratuitas.<br />
Es decir, sólo y exclusivamente cuando<br />
añadan información.<br />
2.22. Nunca deben utilizarse palabras<br />
o frases que resulten ofensivas para<br />
una comunidad. Por ejemplo, ‘le hizo<br />
una judiada’, ‘le engañó como a un<br />
chino’, ‘eso es una gitanería’.<br />
3. PUBLICIDAD<br />
3.1. Los espacios publicitarios no podrán<br />
ser utilizados para contradecir o<br />
matizar informaciones publicadas en<br />
el diario.<br />
3.2. La veracidad de los anuncios que<br />
entren en la esfera estrictamente individual<br />
de las personas o las familias<br />
deberá ser comprobada antes de la<br />
publicación en el medio.<br />
3.3. Nunca los intereses publicitarios<br />
motivarán la publicación de un artículo<br />
o un suplemento. Los textos del<br />
diario deberán atraer al lector, y este<br />
mecanismo, a su vez, arrastrará a la<br />
publicidad. En ningún caso esa relación<br />
ha de excluir el sujeto intermedio,<br />
de modo que los textos se conciban<br />
directamente para conseguir<br />
publicidad.<br />
3.4. La publicidad siempre estará diferenciada<br />
tipográficamente de los<br />
textos elaborados en la redacción. Los<br />
tipos de letra reservados para las informaciones<br />
no pueden ser utilizados<br />
en la publicidad. Los anuncios cuyo<br />
diseño se asemeje a las columnas de<br />
un periódico deberán incluir en la cabecera<br />
la palabra ‘Publicidad.<br />
3.5. Queda prohibida toda manipulación<br />
de las fotografías que no sea<br />
estrictamente técnica la edición periodística,<br />
eliminación de defectos de<br />
revelado o de transmisión. Ni siquiera<br />
se podrá invertir una imagen con el<br />
propósito de que la cara de la persona<br />
fotografiada dirija su vista a la información<br />
a la que acompaña.<br />
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