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Manual Práctico sobre el RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

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El resto d<strong>el</strong> artículo 67 puede considerarse incorporado al artículo 150<br />

d<strong>el</strong> TRLCSP. En tal sentido, las novedades que incorpora respecto a la<br />

Directiva 2004/18 son en realidad la positivización de la jurisprudencia<br />

d<strong>el</strong> Tribunal de Justicia:<br />

calidad o de gestión medioambiental expedidos conforme a las normas<br />

europeas, aceptando incluso otras pruebas equivalentes de garantía de<br />

la calidad o de gestión medioambiental que presenten los empresarios.<br />

• La posibilidad de establecer como criterio de adjudicación la experiencia<br />

d<strong>el</strong> personal encargado de ejecutar <strong>el</strong> contrato –no de la empresa<br />

licitadora lo cual sería requisito de solvencia– en caso de que<br />

la calidad d<strong>el</strong> personal empleado pueda afectar significativamente a<br />

la ejecución d<strong>el</strong> contrato.<br />

• El concepto de criterio vinculado al objeto d<strong>el</strong> contrato: lo será aqu<strong>el</strong><br />

criterio que se refiera a la obra, suministro o servicio que deba facilitarse<br />

en virtud d<strong>el</strong> contrato, en cualquiera de sus aspectos y en cualquier<br />

etapa de su ciclo de vida (producción, comercialización etc.).<br />

Se exponen, a continuación, algunas apreciaciones de interés adoptadas<br />

por <strong>el</strong> TARCJA con r<strong>el</strong>ación a los criterios de adjudicación.<br />

4.1.4.1. Certificaciones de calidad y/o gestión<br />

medioambiental como criterio de adjudicación.<br />

En la Resolución 105/2015, de 17 de marzo, se estudia la admisibilidad<br />

de la inclusión como criterio de adjudicación de los certificados<br />

expedidos por organismos independientes que acrediten que <strong>el</strong> empresario<br />

cumple determinadas normas de garantía de la calidad o de gestión<br />

medioambiental.<br />

Sobre esta cuestión, <strong>el</strong> Tribunal concluyó que se admite la posibilidad<br />

de exigirlos como requisito de solvencia técnica, nunca como criterio<br />

de adjudicación, debiendo ser reconocidos todos los certificados de<br />

4.1.4.2. Bonificaciones, porcentajes de descuento por<br />

volumen de compra.<br />

La Resolución 175/2015, de 12 de mayo, aborda la adecuación a derecho<br />

d<strong>el</strong> criterio de adjudicación de evaluación automática “bonificaciones”<br />

establecido en <strong>el</strong> PCAP de un contrato de suministro de sueros<br />

convocado por un hospital d<strong>el</strong> Servicio Andaluz de Salud, y dividido en<br />

dos subcriterios valorados cada uno con un máximo de 10 puntos: un<br />

subcriterio referido a la entrega de unidades adicionales d<strong>el</strong> mismo producto<br />

y otro r<strong>el</strong>ativo a descuentos en <strong>el</strong> precio por volumen de compra.<br />

En la citada Resolución se señala que las bonificaciones, ya sean en<br />

género o a través de descuentos en <strong>el</strong> precio unitario a partir de un<br />

determinado límite de compra, son criterios de adjudicación directamente<br />

vinculados al objeto d<strong>el</strong> contrato conforme al artículo 150 d<strong>el</strong><br />

TRLCSP que se traducen en mejoras de tipo económico a las que<br />

procede aplicar los requisitos legales d<strong>el</strong> artículo 147.2 d<strong>el</strong> TRLCSP,<br />

cuyo tenor es <strong>el</strong> siguiente: “La posibilidad de que los licitadores ofrezcan<br />

variantes o mejoras se indicará en <strong>el</strong> anuncio de licitación d<strong>el</strong><br />

contrato precisando <strong>sobre</strong> qué <strong>el</strong>ementos y en qué condiciones queda<br />

autorizada su presentación”.<br />

En tal sentido, la Resolución alude a la doctrina d<strong>el</strong> Tribunal de Justicia<br />

de la Unión Europea r<strong>el</strong>ativa a que los pliegos deben detallar los requisitos<br />

y condiciones en la prestación de las variantes o mejoras en aras al<br />

respeto d<strong>el</strong> principio de igualdad de trato de los licitadores (Sentencia<br />

de 16 de octubre de 2003, Asunto Traunf<strong>el</strong>lner GMBH).<br />

IV: Doctrina d<strong>el</strong> Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales<br />

de la Junta de Andalucía<br />

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