VOTO ELECTRÓNICO
ve-solucion-busca-problemas-tapa
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No quisiera ser ave de mal agüero pero mi función desde<br />
el punto de vista de la sociedad civil es ser opositor independientemente<br />
de quién sea el oficialismo. Finalmente, quiero<br />
tomarme este último minuto para dedicarlo a las disonancias<br />
que existen en términos de régimen penal que se impone en el<br />
proyecto del Ejecutivo. Quiero señalar varias cosas, en primer<br />
lugar el que aparezcan tipos penales nuevos significa que el Poder<br />
Ejecutivo está evaluando que existen amenazas nuevas respecto<br />
de aquello que ya teníamos, porque a uno no se le ocurriría<br />
por ejemplo crear una figura penal por derribar aviones con el<br />
pensamiento, nadie va a crear un tipo penal relacionado con<br />
la tentativa supersticiosa. Entonces, ciertamente, lo que se está<br />
persiguiendo es que hay nuevas amenazas que necesitan un<br />
nuevo régimen penal y que las que existían siguen existiendo<br />
porque si no hubiéramos sustituido el régimen penal existente.<br />
Pero, además, quiero señalar que por ejemplo el proyecto se lleva<br />
puesto el criterio de proporcionalidad de la ley penal. Les voy a<br />
dar dos ejemplos simples. Por el artículo 134, si yo interrumpo a<br />
un empleado de correos que lleva un telegrama con los resultados,<br />
estoy condenado a una pena de prisión de entre seis meses<br />
y dos años. Ahora, si yo lo que hago es interrumpir el cable que<br />
comunica el lugar de captación de votos con el lugar de acopio<br />
la pena varía entre dos y seis años. Mismo delito, distinta figura<br />
dependiendo del medio comisivo. Quisiera señalar que algunos<br />
delitos electorales, que son delitos de intención, están planteados<br />
en términos más duros que el abuso sexual de personas menores<br />
de trece años. Muchas gracias.<br />
Para observar el video de la exposición de<br />
Enrique A. Chaparro, lea el código o acceda<br />
a esta página web: https://www.youtube.<br />
com/watch?v=cc9aX2-PJn8<br />
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