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TEMA 2:<br />
Ingreso de un NNA como demandado en SIM<br />
‣ A Continuación te comunicamos el correcto registro<br />
cuando un NNA es considerado demandado dentro de<br />
una situación de inobservancia, amenaza o vulneración<br />
de derechos.<br />
En el escenario en el cual un niño, niña o adolescente es el<br />
presunto agresor de otro menor de edad o éste último presente<br />
otra tipo de vulneración, el registro en SIM será el siguiente: “Se<br />
debe registrar a la víctima como afectado y al menor de edad<br />
agresor como demandado (es importante aclarar que para<br />
efectos del registro en SIM el demandado es el presunto<br />
agresor independientemente que sea menor de 14 años).<br />
¿La petición corresponde por<br />
competencia territorial al mismo<br />
Centro Zonal?<br />
SI<br />
NO<br />
Se registrrá solo una petición, no<br />
obstante, si se desconoce la<br />
dirección del agresor, este se<br />
registrará como demandado sin<br />
datos de ubicación.<br />
En los casos en que se cuente con<br />
la dirección del agresor y la misma<br />
no sea competencia del mismo<br />
Centro Zonal de la víctima, se<br />
deberán tomar dos peticiones,<br />
relacionándolas a través de una<br />
observación tipo observación. En<br />
este último caso, procederán al<br />
registro de las dos peticiones.