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VB version final CMIC OCT 17

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28 AGOSTO | <strong>OCT</strong>UBRE 20<strong>17</strong> | |<br />

Si el Usuario no pudo obtener el Número<br />

de Registro de Obra de quien lo contrató,<br />

puede generar un número de Aviso de ubicación<br />

de obra, para continuar con el Retratista<br />

realiza los trabajos encomendados<br />

en su taller y/o domicilio fiscal (Centro<br />

de trabajo) para luego trasladarse con su<br />

personal al domicilio de la obra y terminar<br />

de ejecutar los trabajos.<br />

Bajo este supuesto consideramos que el<br />

subcontratista no debe registrar su fase<br />

de obra en la subdelegación más cercana<br />

al domicilio de la obra, ya que su personal<br />

está asegurado bajo el registro patronal<br />

de su propio domicilio fiscal y que no contrata<br />

mano de obra (personal) local perteneciente<br />

al domicilio de la obra.<br />

Así bien es recomendable prevenir este<br />

supuesto en materia de la celebración de<br />

subcontratos (Cláusulas del subcontrato)<br />

con el contratista principal, así como prevenir<br />

en materia laboral en las cláusulas<br />

de los contratos individuales de trabajo la<br />

posibilidad de enviar trabajadores en comisión<br />

que justifiquen el traslado al domicilio<br />

de la obra para que también puedan recibir<br />

atención médica de urgencia en la UMF<br />

más cercana al domicilio de la obra y evitar<br />

también el tramitar un nuevo registro patronal<br />

que corresponda al domicilio de la obra.<br />

Otro caso que podría ser controvertido es<br />

cuando el propietario de la obra (Persona<br />

Física – Persona Moral – Gobiernos Federal-Estatal-Municipal),<br />

celebran contrato<br />

de ejecución de obra (privada o pública) y<br />

que el domicilio de la obra se encuentre<br />

fuera de la circunscripción territorial al que<br />

pertenece el registro patronal del contratista<br />

y subcontratistas; pero ambos tienen<br />

su propia plantilla que está asegurada en<br />

el registro patronal perteneciente al domicilio<br />

fiscal del contratista y subcontratista<br />

respectivamente y la trasladan al domicilio<br />

de la obra, pero que existen algunas<br />

fases de obra por ejecutar y deciden contratar<br />

mano de obra perteneciente al domicilio<br />

de la obra (Fuera de la circunscripción<br />

territorial del registro patronal del<br />

domicilio fiscal)………..En este caso lo más<br />

probable es que tanto el contratista como<br />

el subcontratista deban tramitar un NUE-<br />

VO REGISTRO PATRONAL asignado por la<br />

Subdelegación más cercana al domicilio<br />

de la obra para asegurar a dicha mano de<br />

obra con un NUEVO REGISTRO DE OBRA<br />

y pagar las cuotas obrero-patronales con<br />

la prima de grado de riesgo de la clase V<br />

con la prima de riesgo del 7.58875% con<br />

el NUEVO SUA versión 3.5.0 utilizando la<br />

aplicación especial para los patrones de la<br />

construcción.<br />

Bajo este supuesto, tanto el contratista<br />

como el subcontratista tendrán 2 registros<br />

patronales de diferentes subdelegaciones<br />

y con diferentes primas de grado<br />

de riesgo aumentando el costo del seguro<br />

de riesgos de trabajo, generar 2 SUA´s<br />

para efectos del pago de las C.O.P. y por<br />

si fuera poco 2 subdelegaciones que estarán<br />

vigilantes del cumplimiento de las<br />

obligaciones patronales correspondientes<br />

vía SIROC.<br />

Realmente se elimina el SATIC-05? (Aviso<br />

de la relación bimestral de los trabajadores<br />

que participan en cada una de la obras).<br />

Efectivamente se elimina esta obligación<br />

bajo la modalidad del SATIC-05 para<br />

aquellas obras que se registren a partir del<br />

01 de septiembre 20<strong>17</strong>, pero esta obligación<br />

se traslada en calidad de obligatoria<br />

a través del SUA versión 3.5.0 para los<br />

patrones de la construcción a través del<br />

cual se adiciona (Nuevo parche) la herramienta<br />

para que el patrón relacione dichos<br />

trabajadores en cada obra al momento de<br />

generar el SUA para el pago de las cuotas<br />

obrero-patronales.<br />

Esta nueva obligación permitirá al IMSS<br />

identificar mensualmente a cada trabajador<br />

los días que cotiza en cada obra y<br />

en consecuencia el IMSS podrá por diferentes<br />

medios de fiscalización identificar<br />

las obras omisas que no fueron registradas<br />

y las cuotas que no fueron pagadas<br />

para luego, entonces aplicar fácilmente el<br />

supuesto jurídico de la controvertida estimación<br />

de mano de obra que establece el<br />

Artículo 18 del ROSSTCOTD.<br />

CATÁLOGO DE OBRA PRIVADA<br />

Y PÚBLICA:<br />

Por otro lado, el SIROC le sigue complicando<br />

el registro de obra tanto al contratista<br />

principal como a los subcontratistas para<br />

efectos de definir el tipo de obra y/o fase a<br />

ejecutar, ya que el catálogo de obras a seleccionar<br />

tanto para obra privada y obra pública<br />

siguen siendo los mismos que se aplicaban<br />

en el uso de los SATIC´s. Por lo tanto la única<br />

opción será elegir el tipo de obra más semejante<br />

y/o parecida a dicho catálogo.<br />

REPORTE DE AVANCE<br />

FINANCIERO DE LA OBRA:<br />

Otra novedad dentro del SIROC, es la que<br />

establece que el patrón deberá informar el<br />

avance financiero de la obra de construcción.<br />

a<br />

b<br />

c<br />

d<br />

e<br />

El reporte bimestral, únicamente<br />

cuando el registro de obra esté Activa.<br />

El Reporte Bimestral de la obra lo<br />

determina el Sistema y corresponde<br />

al periodo actual a presentar.<br />

Los semáforos definen el estatus<br />

del cumplimiento del registro<br />

del Reporte Bimestral de la obra<br />

de construcción, respecto de su<br />

avance financiero.<br />

El semáforo amarillo representa: Si<br />

el patrón incumple con el Reporte Bimestral<br />

de su obra una sola ocasión.<br />

El semáforo verde representa: Si<br />

el patrón cumple con el Reporte Bimestral<br />

de su obra.<br />

El semáforo rojo representa: Si el patrón<br />

incumple con el Reporte Bimestral<br />

de su obra en dos o más ocasiones.<br />

Lo anterior implica que el patrón deberá<br />

además de identificar y registrar por separado<br />

la mano de obra en sus registros<br />

contables, también deberá identificar los<br />

costos incurridos en cada obra. Por lo tanto<br />

es recomendable también crear centros<br />

de costo en el catálogo de cuentas de la<br />

contabilidad por cada obra para que pueda<br />

cumplir con dicha obligación y tomar la<br />

información de los registros contables, ya<br />

que esta información muy probablemente<br />

la compartan con el SAT que a su vez<br />

recibe en forma mensual, la contabilidad<br />

electrónica del contribuyente para usarla<br />

con fines de comprobación y futuros actos<br />

de fiscalización.<br />

AVISO DE UBICACIÓN DE<br />

LA OBRA BAJO EL<br />

COMPONENTE INEGI:

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