VB version final CMIC OCT 17
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
28 AGOSTO | <strong>OCT</strong>UBRE 20<strong>17</strong> | |<br />
Si el Usuario no pudo obtener el Número<br />
de Registro de Obra de quien lo contrató,<br />
puede generar un número de Aviso de ubicación<br />
de obra, para continuar con el Retratista<br />
realiza los trabajos encomendados<br />
en su taller y/o domicilio fiscal (Centro<br />
de trabajo) para luego trasladarse con su<br />
personal al domicilio de la obra y terminar<br />
de ejecutar los trabajos.<br />
Bajo este supuesto consideramos que el<br />
subcontratista no debe registrar su fase<br />
de obra en la subdelegación más cercana<br />
al domicilio de la obra, ya que su personal<br />
está asegurado bajo el registro patronal<br />
de su propio domicilio fiscal y que no contrata<br />
mano de obra (personal) local perteneciente<br />
al domicilio de la obra.<br />
Así bien es recomendable prevenir este<br />
supuesto en materia de la celebración de<br />
subcontratos (Cláusulas del subcontrato)<br />
con el contratista principal, así como prevenir<br />
en materia laboral en las cláusulas<br />
de los contratos individuales de trabajo la<br />
posibilidad de enviar trabajadores en comisión<br />
que justifiquen el traslado al domicilio<br />
de la obra para que también puedan recibir<br />
atención médica de urgencia en la UMF<br />
más cercana al domicilio de la obra y evitar<br />
también el tramitar un nuevo registro patronal<br />
que corresponda al domicilio de la obra.<br />
Otro caso que podría ser controvertido es<br />
cuando el propietario de la obra (Persona<br />
Física – Persona Moral – Gobiernos Federal-Estatal-Municipal),<br />
celebran contrato<br />
de ejecución de obra (privada o pública) y<br />
que el domicilio de la obra se encuentre<br />
fuera de la circunscripción territorial al que<br />
pertenece el registro patronal del contratista<br />
y subcontratistas; pero ambos tienen<br />
su propia plantilla que está asegurada en<br />
el registro patronal perteneciente al domicilio<br />
fiscal del contratista y subcontratista<br />
respectivamente y la trasladan al domicilio<br />
de la obra, pero que existen algunas<br />
fases de obra por ejecutar y deciden contratar<br />
mano de obra perteneciente al domicilio<br />
de la obra (Fuera de la circunscripción<br />
territorial del registro patronal del<br />
domicilio fiscal)………..En este caso lo más<br />
probable es que tanto el contratista como<br />
el subcontratista deban tramitar un NUE-<br />
VO REGISTRO PATRONAL asignado por la<br />
Subdelegación más cercana al domicilio<br />
de la obra para asegurar a dicha mano de<br />
obra con un NUEVO REGISTRO DE OBRA<br />
y pagar las cuotas obrero-patronales con<br />
la prima de grado de riesgo de la clase V<br />
con la prima de riesgo del 7.58875% con<br />
el NUEVO SUA versión 3.5.0 utilizando la<br />
aplicación especial para los patrones de la<br />
construcción.<br />
Bajo este supuesto, tanto el contratista<br />
como el subcontratista tendrán 2 registros<br />
patronales de diferentes subdelegaciones<br />
y con diferentes primas de grado<br />
de riesgo aumentando el costo del seguro<br />
de riesgos de trabajo, generar 2 SUA´s<br />
para efectos del pago de las C.O.P. y por<br />
si fuera poco 2 subdelegaciones que estarán<br />
vigilantes del cumplimiento de las<br />
obligaciones patronales correspondientes<br />
vía SIROC.<br />
Realmente se elimina el SATIC-05? (Aviso<br />
de la relación bimestral de los trabajadores<br />
que participan en cada una de la obras).<br />
Efectivamente se elimina esta obligación<br />
bajo la modalidad del SATIC-05 para<br />
aquellas obras que se registren a partir del<br />
01 de septiembre 20<strong>17</strong>, pero esta obligación<br />
se traslada en calidad de obligatoria<br />
a través del SUA versión 3.5.0 para los<br />
patrones de la construcción a través del<br />
cual se adiciona (Nuevo parche) la herramienta<br />
para que el patrón relacione dichos<br />
trabajadores en cada obra al momento de<br />
generar el SUA para el pago de las cuotas<br />
obrero-patronales.<br />
Esta nueva obligación permitirá al IMSS<br />
identificar mensualmente a cada trabajador<br />
los días que cotiza en cada obra y<br />
en consecuencia el IMSS podrá por diferentes<br />
medios de fiscalización identificar<br />
las obras omisas que no fueron registradas<br />
y las cuotas que no fueron pagadas<br />
para luego, entonces aplicar fácilmente el<br />
supuesto jurídico de la controvertida estimación<br />
de mano de obra que establece el<br />
Artículo 18 del ROSSTCOTD.<br />
CATÁLOGO DE OBRA PRIVADA<br />
Y PÚBLICA:<br />
Por otro lado, el SIROC le sigue complicando<br />
el registro de obra tanto al contratista<br />
principal como a los subcontratistas para<br />
efectos de definir el tipo de obra y/o fase a<br />
ejecutar, ya que el catálogo de obras a seleccionar<br />
tanto para obra privada y obra pública<br />
siguen siendo los mismos que se aplicaban<br />
en el uso de los SATIC´s. Por lo tanto la única<br />
opción será elegir el tipo de obra más semejante<br />
y/o parecida a dicho catálogo.<br />
REPORTE DE AVANCE<br />
FINANCIERO DE LA OBRA:<br />
Otra novedad dentro del SIROC, es la que<br />
establece que el patrón deberá informar el<br />
avance financiero de la obra de construcción.<br />
a<br />
b<br />
c<br />
d<br />
e<br />
El reporte bimestral, únicamente<br />
cuando el registro de obra esté Activa.<br />
El Reporte Bimestral de la obra lo<br />
determina el Sistema y corresponde<br />
al periodo actual a presentar.<br />
Los semáforos definen el estatus<br />
del cumplimiento del registro<br />
del Reporte Bimestral de la obra<br />
de construcción, respecto de su<br />
avance financiero.<br />
El semáforo amarillo representa: Si<br />
el patrón incumple con el Reporte Bimestral<br />
de su obra una sola ocasión.<br />
El semáforo verde representa: Si<br />
el patrón cumple con el Reporte Bimestral<br />
de su obra.<br />
El semáforo rojo representa: Si el patrón<br />
incumple con el Reporte Bimestral<br />
de su obra en dos o más ocasiones.<br />
Lo anterior implica que el patrón deberá<br />
además de identificar y registrar por separado<br />
la mano de obra en sus registros<br />
contables, también deberá identificar los<br />
costos incurridos en cada obra. Por lo tanto<br />
es recomendable también crear centros<br />
de costo en el catálogo de cuentas de la<br />
contabilidad por cada obra para que pueda<br />
cumplir con dicha obligación y tomar la<br />
información de los registros contables, ya<br />
que esta información muy probablemente<br />
la compartan con el SAT que a su vez<br />
recibe en forma mensual, la contabilidad<br />
electrónica del contribuyente para usarla<br />
con fines de comprobación y futuros actos<br />
de fiscalización.<br />
AVISO DE UBICACIÓN DE<br />
LA OBRA BAJO EL<br />
COMPONENTE INEGI: