mutualismo hoy baja
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Entrevista radial al Lic. Alejandro<br />
Russo por la quita de exenciones<br />
“Quiero presentarme como una dirigente de base y como<br />
Presidenta de CONAM, y agradecer a la Comisión de<br />
Asuntos Cooperativos, Mutuales y Organizaciones No<br />
Gubernamentales por darnos la posibilidad de expresarnos<br />
y hacerles saber el problema que nos aqueja debido<br />
al anteproyecto de ley que impulsa el Poder Ejecutivo<br />
Nacional, tendiente a la eliminación de las exenciones<br />
impositivas del sector.<br />
En los medios periodísticos tuvimos la posibilidad de<br />
leer que el anteproyecto de ley tiene tres objetivos: Inversión<br />
y generación de empleo; Eficiencia y equidad; y<br />
Desarrollo económico. Desde la Confederación, consideramos<br />
que ninguno de ellos se irá a cumplir quitándole<br />
la exención a las mutuales. Quiero abordar la temática<br />
desde tres tópicos:”<br />
Por el objeto: Dentro de una entidad, sea cooperativa o<br />
mutual, no se puede considerar de manera solitaria a la<br />
actividad de las ayudas económicas, como pretende el<br />
proyecto, aislándola respecto del objeto principal de la<br />
institución. Hay que considerar que dicho servicio contribuye<br />
y sostiene el desarrollo de ese objeto principal, y<br />
que conspirar contra el mismo, gravándolo impositivamente,<br />
haría inviable el futuro de varias de las mutuales.<br />
La posibilidad de financiarse por este medio es lo que<br />
mantiene en muchos casos el desarrollo de la actividad<br />
económica principal que nuclea a los asociados, con lo<br />
cual con este cambio se podría terminar atentando, en<br />
definitiva, contra el desarrollo de algunas economías<br />
regionales, territorio en el que se desempeñan un gran<br />
número de ellas; justamente un aspecto, según se ha destacado<br />
a nivel gubernamental, que se pretende cuidar a<br />
través de la reforma impositiva total. Esto genera una<br />
evidente contradicción.<br />
Por el sujeto: La intención de gravar el servicio de ayuda<br />
económica como una actividad financiera pura, sin<br />
El viernes 10 de noviembre, en<br />
el programa “De Mañana” de<br />
Radio Mitre Córdoba, Pablo Rossi<br />
entrevistó a Alejandro Russo, titular<br />
de la Confederación Argentina<br />
de Mutualidades, sobre un<br />
tema de candente actualidad y preocupación<br />
para el sector: la eventual<br />
eliminación de las exenciones<br />
mutuales en la reforma tributaria<br />
que impulsa la nación.<br />
El borrador de proyecto de reforma<br />
del impuesto a las ganancias<br />
prevé que la exención a cooperativas<br />
y mutuales, que está prevista<br />
<strong>hoy</strong> por Ley, no sea aplicable a las<br />
actividades de crédito, financieras,<br />
seguros y reaseguros; por lo tanto<br />
el sector se vería afectado por<br />
una alícuota del 35% que pagan<br />
sus competidores y que se quejan<br />
hace tiempo de este beneficio que<br />
poseen las mutuales y cooperativas<br />
que se dedican a actividades<br />
financieras.<br />
Al ser consultado sobre la situación<br />
que atravesarían las mutuales<br />
y cooperativas ante esta eventualidad,<br />
Russo recordó que hasta el<br />
momento se trata de un borrador<br />
de un anteproyecto, que puede estar<br />
sujeto a modificaciones, y sugirió<br />
que debían hacerse dos tipos de<br />
análisis:<br />
“un análisis basado en la naturaleza<br />
jurídica de estas entidades, y<br />
otro que es el análisis del impacto<br />
social que va a tener esta medida.<br />
En cuanto a la naturaleza jurídica,<br />
las Mutulaes están exentas de<br />
todo tributo nacional por una Ley<br />
nacional y ratificado por la Ley<br />
PALABRAS DE LA PRESIDENTA DE CONAM,<br />
DRA. ROSA B. RODRÍGUEZ, EL PASADO 15 DE<br />
NOVIEMBRE EN EL CONGRESO<br />
considerar el tipo de entidad mutual que la desarrolla,<br />
implica medir a todas ellas con la misma vara. Está claro<br />
que no es lo mismo una institución que se ha constituido<br />
exclusivamente alrededor de este servicio por actividad<br />
financiera que aquellos otros que lo mantienen como una<br />
fuente de financiamiento y sostén, de un objeto que constituye<br />
su principal actividad. Gravar el servicio de ayuda<br />
económica o directamente a la institución, puede comprometer<br />
la continuidad del objeto principal; y esto es lo<br />
que se tendría que evitar. Hay que pensar que la mayoría<br />
de las mutuales se estructuraron a la luz de la Ley 20.321<br />
y sus beneficios, y que el cambio propuesto puede obligar<br />
a una reestructuración que habría que ver si están en<br />
condiciones de afrontar rápidamente.<br />
En caso de prosperar la legislación, en todo caso, habría<br />
que diferenciar entre esos distintos tipos de mutuales a<br />
través de la Reglamentación, para que el impacto impositivo<br />
afecte exclusivamente a las que operan en forma<br />
encubierta como entidades bancarias o cooperativas de<br />
crédito.<br />
Por los beneficiarios: El universo de posibles beneficiarios<br />
de las ayudas económicas de las mutuales constituye<br />
un grupo que difícilmente pueda acceder a créditos a través<br />
de las entidades financieras tradicionales. Su capacidad<br />
de pago o el grado de compromiso de sus remuneraciones,<br />
en general, los deja afuera de lo que los bancos<br />
exigen para precalificar en un crédito. De esta manera<br />
quedarían sujetos, o bien a perder la posibilidad que <strong>hoy</strong><br />
poseen en su mutual, o bien tener a tener que abonar<br />
cuotas más caras; habida cuenta que para compensar el<br />
costo del impuesto que se pretende aplicar, las mutuales<br />
no tendrían más remedio que trasladarlo a las ayudas<br />
económicas que tengan en vigencia.<br />
De esta forma se desnaturaliza el sentido social de la<br />
ayuda económica, y por otro lado, se podría privar directamente<br />
a algunos asociados de acceder a ellas.<br />
Mutualismo Hoy 257<br />
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