18.09.2018 Views

Super 7 20180918

Super 7 20180918

Super 7 20180918

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

3<br />

Página SIETE M a r te s 18 de septiembre de 2 018<br />

<strong>Super</strong>7<br />

super7@ p a g i n a s i e te . b o<br />

M-958<br />

LA DRA. XIMENA GUTIERREZ GONZALES, JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL VEINTE DE LA<br />

CAPITAL.---POR EL PRESENTE EDICTO CITA NOTIFICA Y EMPLAZA A JUSTINA QUISPE<br />

QUISPE PARA QUE POR SI O MEDIANTE APODERADO ASUMAN DEFENSA DENTRO DEL PROCESO EJECUTIVO DE<br />

ESTRUCTURA MONITORIA SEGUIDO POR EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA Y JANNETH LOURDES SILVA PEREZ<br />

AMBOS EN REPRESENTACION LEGAL DEL BANCO UNION S.A. CONTRA JULIETA FORONDA BALDERRAMA, SOBRE<br />

COBRO DE BOLIVIANOS, CUYO TENOR DE LAS PIEZAS PRINCIPALES ES COMO A CONTINUACIÓN SE<br />

TRANSCRIBE---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br />

&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORI<br />

AL CURSANTE DE FOJAS 48 A 50 DE OBRADOS. --- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA<br />

CAPITAL.---1. APERSONAMIENTO---2DEMANDA EJECUTIVA---OTROSIES.----BANCO UNION S.A., entidad financiera<br />

bancaria con matrícula de comercio de FUNDEMPRESA 12933, con NIT 1028415020, con domicilio en la av. Camacho N°<br />

1416, zona central de la ciudad de La Paz, representada por EDWIN ROLYOCHOA ARUQUIPA con C.I. N° 6068116 L.P. Y/O<br />

JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ, con C.I. N° 4789397 L.P., conforme al testimonio de poder N° 054/2016 otorgado el 3<br />

de febrero del 2016 por ante la notaría de fe pública N° 64, a cargo del Dr. Rodrigo Calcina Quisbert, ante las consignaciones<br />

de Su autoridad, se presenta, expone y pide:---1.-apersonamiento:---En virtud de las facultades conferidas en el testimonio de<br />

poder N° 054/2016 de 3 de febrero de 2016 por ante notaría de fe pública N° 64 a cargo delDr.4 Rodrigo Calcina Quisbert, cuya<br />

copia legalizada del testimonio, se adjunta a este escrito, acreditamos nuestra personería en representación del BANCO<br />

UNIÓN S.A., en virtud de los artículos 809, 810 del código civil en el artículo 35 parágrafo II) y III) del código procesal civil (ley<br />

439) por lo que pido aceptar nuestra personería y disponga sean me hagan conocer ulteriores providencias a<br />

dictarse.---2.-NOMBRE Y GENERALES DE LOS DEMANDANTES---Señor Juez, en el marco de lo establecido en el artículo<br />

110 del código procesal civil, la presente demanda ejecutiva se dirige contra JULIETA BALDERRAMA, mayor de edad, hábil<br />

por derecho, con C.I. N° 4828273LP, estado civil soltera, domiciliada en la calle 27 de mayo N° 304 B zona alto 27 de mayo de<br />

la ciudad de La Paz, se adjunta croquis.---3.-RELACIO. DE LOS HECHOS:---Conforme al documento privado de fecha 9 de<br />

diciembre de 2015, con el conocimiento de firmas N° 7273, cuyo formulario es N° 4471571, ante notaría de fe pública de 1ra<br />

clase N° 20 a cargo del Dra. Yacely Carmen A. Covers Aguado; el BANCO UNIÓN S.A., representado en ese entonces por<br />

VLADIMIR SERAPIO VARGAS CASTRO y ALBERTO STEVE SALAZAR DEL POZO, Suscriben contrato de préstamo de<br />

dinero con garantía: prendaria trámite: 2590354, con garantía, fianza personal, con la señora JULIETA FORONDA<br />

BALDERRAMA, como deudora por la suma de Bs. 25.000 (VEINTICINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS). (DOCUMENTO<br />

PRIVADO QUE LLAMAMOS LA OBLIGACION ORIGINAL)---Asimismo, en fecha 27 de abril de 2016, se firma un contrato de<br />

reprogramación de deuda, con reconocimiento de firmas, un formulario N° 4964187, ante notaría de fe pública de 1ra. Clase<br />

N° 020 a cargo de la Dra. YACELY CARMEN A. CORVERA AGUADO, el banco Unión representado en ese entonces también<br />

por los señores (as) MARIA DE LOS ANGELES VERA ROJAS y GUILLERMO MELVIN RAMOS RIOS, suscribe contrato de<br />

reprogramación de deuda trámite: 2642467 con garantía prendaria, con la señora JULIETA FORONDA BALDERRAMA, como<br />

deudora por la suma del saldo a capital reprogramado de Bs. 23,247.31 (VEINTITRES MIL DOCIENTOS CUARENTA Y SIETE<br />

31/100 BOLIVIANOS). (DOCUMENTO PRIVADO QUE CONSTITUYE EL ADENDUM).---Asimismo señor Juez, dejar<br />

claramente establecido , que en la cláusula cuarta del documento de Reprogramación de Deuda, se Ratifica a la validez del<br />

contrato celebrado el 9 de diciembre de 2015 signado con el tramite Nº2590354 declarando que la Reprogramación descrita ,<br />

constituye un Adendum al contrato de la obligación original, dejando establecido que este último contrato no es una novación<br />

o alteración del documento privado de préstamo de dinero.---Documentos privados, que al contar con los respectivos<br />

Reconocimientos de Firmas tienen la suficiente fuerza legal y cumplen plenamente con los requisitos para ser considerados<br />

Títulos Ejecutivos en mérito al Artículo 379 Numeral 2) del Código Procesal Civil.---Las condiciones específicas pactadas entre<br />

partes, que se constituyeron en el préstamo de dinero realizado a favor de las ahora demandadas, se encuentran en la<br />

Cláusula primeras cláusulas del documento de Reprogramación de deuda que se procede a detallar :1.-El Préstamo<br />

mencionado fue a favor de JULIETA FORONDO BALDERRAMA , como deudora , de acuerdo a lo establecido en la cláusula<br />

Primera del contrato de Préstamo (Obligación Original)2.-El Préstamo mencionado fue realizado por un monto de Bs .BS 25.<br />

000(VEINTICINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Segunda numeral2.1) del Contrato,<br />

(Obligación Original) 3.- El Préstamo de dinero tiene por objeto: Capital de Operaciones. Compra de Material (goma eva ,brillo<br />

, silicona y otros ) por Bs 25,000.-,en mérito al numeral 2.2) de la Cláusula Segunda del Contrato de Préstamo de 9 de<br />

diciembre de 2015, (Obligación Original ) 4.- Se encuentra plasmado en el contrato de Reprogramación y modificación del<br />

contrato que el plazo para el cumplimiento de la obligación seria de 60 meses, a partir de la fecha de reprogramación ,<br />

debiendo realizarse el pago conforme el plan de pagos, tal y como se encuentra establecido en la Cláusula Tercera numeral<br />

3.3 y 3.4 del Contrato de Reprogramación de Deuda (Adendum).5.-Con relación a los intereses se acordó una tasa de<br />

intereses fijo nominal anual del 11.5% y una tasa de interés efectiva activa al cliente (TEAC)de 12.13% establecidas en la<br />

Cláusula Tercera núm.)3.5 y 3.6 del contrato de Reprogramación de Deuda (Adendum), la ahora demandada , garantiza el<br />

préstamo con la generalidad de sus bienes habidos y por haber y con la garantía prendaria sin desplazamiento conforme a<br />

detalle en Declaración Jurada de bienes , que se encuentran en Alto Chijini , Avenida 9 de abril Nro. 135, cuyo garante<br />

depositario a título gratuito a favor del Banco es JULIETA FORONDA BALDERRAMA.---Asimismo, conforme se evidencia del<br />

documento de Desembolso que se acompaña a la presente demanda, al monto total objeto del préstamo de dinero fue<br />

desembolso mediante un abono directo a la caja de ahorros de JULIETA FORONDA BALDERRAMA, en fecha 10 de diciembre<br />

de 2015. Boleta de desembolso adjunta.---En el contrato de Reprogramación de Deuda (ADENDUM) de 27 de abril de 2016 ,<br />

Clausula Tercera , numeral 3.4) se establece la forma de pago que sería mediante sesenta(60) cuotas de capital más los<br />

intereses devengados, hasta la cancelación total de sus obligaciones, mediante amortizaciones mensuales que son las que<br />

figuran en el plan de pago adjunto ; y de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Quinta del Contrato de Obligación Original<br />

,se acordó que aunque el plazo final no se encuentre vencido , la falta del pago total o parcial del préstamo , y/o sus accesorios<br />

, o la simple demora en el pago de cualquier cuota de capital , interés , accesorios y otros costos en las fechas de sus<br />

correspondientes vencimientos , constituir al prestatario y demás obligados en MORA por el monto total de la obligación , la<br />

misma que se considera de plazo vencido, liquida y exigible , sin necesidad de intimación o requerimiento judicial o extrajudicial<br />

previo ni otra formalidad o requisito.---En consecuencia , los Contratos de : Préstamo de Dinero con Garantía prendaria y<br />

Fianza Personal(Obligación Original) y Reprogramación de Deuda (Adendum), entran en plena vigencia a partir de la<br />

suscripción entre partes de los Documentos mencionados, siendo este un hecho contractual que genera una obligación de<br />

pago por parte del deudor y su garante ,Tornando exigible la obligación desde el momento en que el o los deudores incumplen<br />

las formas de pago el incumpliendo su obligación.---En este sentido y conforme se desprende del plan de pagos de la deuda<br />

reprogramada de 27 de abril 2016 y la Liquidación de Crédito al 31 de diciembre de 2016 , la deudora no ha cumplido con la<br />

obligación contraída de amortizar su crédito dentro de los plazos establecidos en el documento privado de Reprogramación<br />

de deuda (Adendum) , siendo que debía realizar el pago de las cuotas mensuales hasta 21 de septiembre de 2016 , quedando<br />

un saldo a capital de Bs. 21,680.71(VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100 BOLIVIANOS) El siguiente pago debió<br />

realizarse el 14 de octubre de 2016 de acuerdo al plan de pagos, cuota que no fue cancelada, por tanto queda establecido<br />

que el deudor incumplió el pago de la cuota Nº6 en fecha 14 de octubre de 2016 , momento en el que s incurrió en Mora ,<br />

convirtiendo el saldo adeudado en líquido, exigible, de plazo vencido y con la suficiente fuerza ejecutiva, Conforme lo<br />

establecido en la Cláusula Quinta del Contrato de Préstamo de Dinero con Garantís y Fianza Personal (Obligación Original<br />

),líneas arriba de los intereses.---La presente demanda se la realiza por el monto a capital debido a que los intereses<br />

adeudados deberán especificarse y actualizarse al momento en que se realice el pago, siendo en función a esto, que podrá<br />

realizarse el cálculo especifico de los intereses.---A la fecha el saldo capital adeudado asciende a la suma de 21,680.71(VEI<br />

TIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100 BOLIVIANOS), según Liquidación de Crédito al 31 de diciembre de 2016 , que se<br />

adjunta a esta demanda.---4.- DERECHO EN QUE FUNDA:---Toda vez que el deudor está constituido en mora automática por<br />

el incumplimiento del pago de las cuotas acordadas, conforme a lo previsto por la Cláusula Quinta del Contrato de Préstamo<br />

de Dinero (Obligación Original) de 21 de noviembre de 2013 , documento base de ejecución , la vía judicial prevista en dicha<br />

cláusula se encuentra plenamente justificada .---El artículo 378 del Código Procesal Civil señala: “articulo 378.-(PROCEDEN-<br />

CIA).El proceso ejecutivo se promueve en virtud de alguno de los títulos referidos en el artículo siguiente , siempre que de ellos<br />

surja la obligación de pagar cantidad liquida y exigible”. Por su parte al artículo 379 numeral 2( del Código Procesal Civil que a<br />

la letra señala :”articulo 379.-(TITULO EJECUTIVO).Son títulos ejecutivos : 1.- Los documentos públicos ,2.- Los documentos<br />

privados suscritos por la obligada u obligado o su representante voluntariamente reconocidos o dados por reconocidos por<br />

ante autoridad competente , o reconocidos voluntariamente ante Notario de Fe Publica”.---En aplicación a la señalada<br />

normativa procesal, es indudable que el Contrato de Préstamo de Dinero con Garantía Prendaria (Obligación Original) de 9 de<br />

diciembre de 2015 , el Contrato de Reprogramación de Deuda de 27 de abril de 2016 , cuentan con Reconocimiento de Firmas<br />

, y que constituyen Títulos Ejecutivos ;asimismo es innegable la existencia de la obligación pendiente de pago que tiene<br />

JULIETA FORONDA BALDERRAMA, como Deudora Principal de pagar a favor del BANCO UNION S.A., la suma adeudada<br />

a capital de Bs .21, 680.71(VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100 BOLIVIANOS ) más los intereses convencionales<br />

y penales pactados, gastos , costas y costos , por tratarse de deuda liquida , exigible y de plazo vencido por el cumplimiento<br />

del pago de las cuotas dentro de las fechas acordadas.---Habiendo demostrado con el Contrato de Obligación Original y el<br />

Adendum que cuenta con Reconocimiento de Firmas , el Comprobante de desembolso , la liquidación y plan de pagos , que<br />

el demandado se encuentra en mora, y que la deuda es líquida, exigible y con plazo vencido , se habilita la vía ejecutiva para<br />

exigir el cumplimiento de la obligación asumida por los demandados.---5.-PRETENSION---L a pretensión Jurídica del BANCO<br />

UNION S.A., sobre la base del derecho que le asiste como acreedor , consiste en que la ahora demandada JULIETA<br />

FORONDA BALDERRAMA, en calidad de deudora principal, pague la suma que tiene como saldo a capital de<br />

21,680.71(VIENTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100 BOLIVIANOS)., más los intereses convencionales y los intereses<br />

penales pactados , que están devengados a la fecha y que devengaran hasta la fecha del pago total final , así como de los<br />

gastos , costas y costos del presente proceso , que serán calculados mediante la liquidación correspondiente, a ser<br />

efectuadas al finalizar el proceso , toda vez que los mismos se incrementen día a día.---En caso de que los obligados no<br />

cancelen la obligación pendiente de pago que tiene, en moneda de curso legal ,solicito se lleven a efecto las medidas previas<br />

correspondientes solicitadas en el presente memorial de demanda y el remate de los bienes habidos y por haber a nombre de<br />

JULIETA FORONDA BALDERRAMA , para que con su producto se pague el total de lo adeudado.---6.-PETICION :---Señor<br />

Juez, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 380 parágrafo I del Código Procesal Civil una vez que su autoridad<br />

haya analizado el titulo ejecutivo y reconocido su competencia, la capacidad y legitimación de las partes, así como la liquidez<br />

y plazo vencido de la obligación , interpongo el presente proceso bajo la Estructura Monitoria “Proceso Ejecutivo2 solicitando<br />

pronuncie Sentencia Inicial y se cite de excepciones al ejecutado , disponga el embargo correspondiente y la continuación del<br />

proceso hasta lograr el trance y remate de los bienes del ejecutado , hasta que se haga efectiva la cantidad demandada más<br />

intereses , costas y costos.---OTROSI 1.-adjunto la siguiente documentación :---1.Testimonio de Poder Nº 054/2016 Poder<br />

Notariado otorgado el 3 de febrero de 2016 por ante la Notaria de Fe Publica Nº64 a cargo del Dr. Rodrigo Calcina Quisberty<br />

(Copia Legalizada)2. Contrato de Prestado de Dinero con Garantía: Prendaria, (Obligación Original). Y Contrato de<br />

Reprogramación de Deuda Tramite 2642467 de 27 de abril de 2016 con Reconocimiento de Firmas Nº4964187, (originales).3.<br />

Fotocopia simple de la cedula de identidad de la deudora .4. Liquidación de Crédito al 31 de diciembre de 2016 (original) .5.<br />

Desembolso de carteras (original) 6.6. Plan de Pagos de 10 de diciembre de 2015, (original) y Plan de Pagos Tentativo de 28<br />

de Abril de 2016 (original).7. Formulario de Declaración Patrimonial en Bolivia(original).---OTROSI 2.- se solicita se oficie a la<br />

Autoridad de <strong>Super</strong>visión del Sistema Financiero , a efectos de que se ordene a todas las instituciones de intermediación<br />

financiera del País , se retenga y remita a su despacho , todos los fondos que pudieran tener la demanda JULIETA FORONDA<br />

BALDERRAMA, con C.I.Nº4828273 LP, sea hasta la suma de Bs. 21,680.71(VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA<br />

71/100).---OTROSI 3.- Al amparo de lo previsto por el Articulo 326 del Código de Procedimiento Civil , pido se disponga y<br />

franquee el mandamiento de embargo de los bienes habidos y por haber de los deudores, con el objeto de garantizar la<br />

efectividad y asegurar la ejecución del derecho perseguido.---OTROSI 4.- se oficie a la Oficina de Derechos Reales de La Paz<br />

y El Alto para que informen si los ejecutados tienen registros bienes inmuebles a su nombre y si existiera, infórmese la partida<br />

, ubicación, superficies y otras características o especificaciones pertinentes y procédase a la anotación preventiva.---OTROSI<br />

5.- Se oficie a la Unidad Operativa de Transito de La Paz y El Alto para que informen si los ejecutados tienen registrados a su<br />

nombre algún vehículo, si tuviera se preceda a la anotación preventiva correspondiente.---OTROSI 6.- Conforme a las<br />

previsiones del artículo 294 del Código Procesal Civil, al ser la conciliación una aplicación optativa de la parte ejecutante , hago<br />

conocer a su autoridad, que Banco RENUNCIA<br />

a la misma a fin de que se pronuncie la Sentencia Inicial<br />

correspondiente.---OTROSI 7.- La suscrita abogada, para efectos de honorarios se atendrá a la Igual firmada con la entidad<br />

bancaria.---OTROSI 8.- señalado domicilio la secretaria de su digno despacho.---Sera Justicia---La Paz, 30 de enero de<br />

2017.----FIRMA Y SELLA: KHORY L. LEAÑO PALENCIA---ABOGADA---JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ---ABOGADA<br />

DE RECUPERACIONES BANCO UNION S.A.---LA PAZ – BOLIVIA---EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA---ABOGADO DE<br />

RECUPERACIONES---BANCO UNION S.A.---LA PAZ - BOLIVIA---RESOLUCION CURSANTE DE FOJAS 51 A 52 DE<br />

OBRADOS.--- RESOLUCION No. 148/2017---JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º DE LA CIUDAD DE LA PAZ<br />

PROCESO EJECUTIVO DE ESTRUCTURA MONITORIA.---PARTE DEMANDANTE:---EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA,<br />

CON C.I. 60628116 L.P., Y JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ, CON C.I.4789397 L.P., MAYORES DE EDAD, HABILES<br />

POR LEY, EN REPRESENTACION LEGAL DEL BANCO UNION S.A., CON DOMICILIO EN LA AV. CAMACHO No 1416 ESQ.<br />

LOAYZA DE LA CIUDAD DE LA PAZ.---PARTE DEMANDADA:---JULIETA FORONDA BALDERRAMA , CON C.I. 4828273 L.P.,<br />

MAYOR DE EDAD , HABIL POR LEY CON DOMICILIO EN LA CALLE 27 DE MAYO Nº 304 “B” ZONA ALTO 27 DE MAYO DE<br />

LA VIUDAD DE LA PAZ.---SENTENCIA INICIAL---En merito a la fotocopia legalizada de Poder Especial Nº 54/2016, téngase<br />

por apersonados a EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA, Y JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ, en representación legal del<br />

BANCO UNION S.A., con quienes se entenderán ulteriores diligencias del proceso, de conformidad a lo dispuesto por el art.<br />

38 parágrafo I del Código Procesal Civil.---VISTOS: Que, mediante memorial de demanda cursante a fs. 48 a 50 de obrados,<br />

EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA, Y JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ, en representación legal del BANCO UNION S.A.,<br />

acompañado a fs. 22 A 25, Contrato de Préstamo de Dinero con Garantía Prendaria, de fecha 9 de diciembre de 2015, con<br />

reconocimiento de firmas y rubricas (Formulario Nº 4471571, cursante a fs.21); y, Contrato de Reprogramación de Deuda, de<br />

fecha de 27 de abril de 2016, con reconocimiento de firmas y rubricas (Formulario Nº 4964187, de fs. 28), demanda en proceso<br />

monitorio ejecutivo civil, al amparo de los arts. 378, 379, 380 y siguientes del Código de Procedimiento Civil a JULIETA<br />

FORONDA BALDERRAMA en calidad de deudora principal, cobrándole la suma de BOLIVIANOS VEINTIUN MIL<br />

SEISCIENTOS OCHENTA 71/100 (Bs.21.680,71.-), más los intereses pactados, costas y costos del proceso adjuntado<br />

liquidación correspondiente solicitando pronunciar la correspondiente sentencia inicial y se disponga el EMBARGO de los<br />

bienes embargables de la deudor y llevar adelante la ejecución, hasta el trance y remate de sus bienes para hacer efectiva la<br />

cantidad reclamada, de conformidad a los previsto por el art. 408 de la Ley 439.---CONSIDERANDO: Del análisis de los<br />

Antecedentes del proceso se establece lo siguiente:---1.La competencia del juzgado, la personería de las partes, la liquidez,<br />

exigibilidad, el plazo vencido de la obligación, la fuerza ejecutiva del Contrato de Préstamo de Dinero con Garantís prendaria,<br />

de fecha 9 de diciembre de 2015, de fs.22 a 25, con reconocimiento de firmas y rubricas (Formulario Nº 4471571, cursante a<br />

fs.21); y Contrato de Reprogramación de Deuda, de fecha 27 de abril de 2016, con reconocimiento de firmas y rubricas<br />

(Formulario Nº 4964187, de fs. 28); el desembolso de fs. 30; y, la liquidación de préstamo cursante a fs. 32, estableciéndose<br />

de esta ultima el saldo a capital de BOLIVIANOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100(Bs.21.680,71.-).---2.JULIE-<br />

TA FORONDA BALDERRAMA se comprometió a pagar dicha obligación en TREINTA Y SEIS (36) MESES, a partir del<br />

desembolso del préstamo, también se pactó que la falta de pago total o parcial hará líquido y exigible el total adeudado y<br />

constituirá en mora sin necesidad de requerimiento previo, como consta en la cláusula segunda PLAZO, del Contrato de<br />

reprogramación de Deuda, de fs. 29 y clausula quinta del Contrato de Préstamo de Dinero con Garantía Prendaria, de fs. 22<br />

a 25.---3.Por lo expuesto precedentemente, la accionada ejecutivamente, es deudora de plazo vencido de la suma recibida en<br />

calidad de préstamo e intereses convenidos, obligación que está acreditada por el instrumento público que tiene fuerza<br />

probatoria según lo establecido en el art. 1297 del Código Civil y además se constituye en Titulo Ejecutivo de los señalados<br />

en el art. 379 de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil)en su numeral 2, por contener los requisitos y presupuestos señalados<br />

en el art. 380 de la mencionada Ley---Por su parte, al acreedor le asiste el derecho de exigir ejecutivamente el pago de la<br />

obligación no satisfecha por la deudora en el plazo que se le ha otorgado, derecho que está señalado en el art.1465 del Código<br />

Civil y que luego de la citación con la demanda y sentencia, de persistir el incumplimiento, puede dar lugar a la continuación<br />

del proceso hasta el remate de bienes para dar cumplimiento, mediante pago, a la prestación debida, según lo establece el art.<br />

380 parágrafo III de la citada Ley 439.---Con estos antecedentes corresponde en consecuencia, la citación con la demanda y<br />

la sentencia, para que en su caso la parte demandada interponga excepciones y en su defecto los tramites del remate para<br />

cumplir con la obligación debida.---POR TANTO: sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal y en virtud de la<br />

jurisdicción ordinaria que por ella ejerce, FALLA declarando PROBADA la demanda de fs. 48 a 50 de obrados, interpuesta por<br />

EDWIN ROLY OCHOA ARUQUIPA, Y JEANNETH LOURDES SILVA PEREZ, en representación legal del BANCO UNION<br />

S.A.---En consecuencia haber lugar a proseguir con los demás tramites del proceso hasta llegar al trance y remate de los<br />

bienes embargados o por embargarse a la ejecutada JULIETA FORONDA BALDERRAMA en calidad de deudora principal para<br />

que con su producto de y pague al ejecutante la suma de BOLIVIANOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA 71/100<br />

(Bs.21.680,71.-), en concepto de capital más intereses.---Asimismo, DISPONE:---1. EL EMBARGO de los bienes propios de la<br />

ejecutada hasta cubrir la cantidad del monto adeudado debiendo la Parte actora en forma expresa de los bienes muebles o<br />

inmuebles sobre los que se ejecutara la presente medida precautorio.---2. citar a la ejecutada JULIETA FORONDA<br />

BALDERRAMA, en calidad de deudora principal, para que en el plazo de DIEZ (10 ) DIAS de su legal citación, en su caso<br />

oponga excepciones, según dispone el art. 381 del Código Procesal Civil,---3.se condena en costas y costos del proceso a la<br />

ejecutada---AL OTROSI 1 Por adjuntado---AL OTROSI 2. OFICIESE a la Autoridad de <strong>Super</strong>visión del Sistema Financiero<br />

ASFI para que proceda a la RETENCION FONDOS pertenecientes a JULIETA FORONDA BALDERRAMA con C.I. nº 4828273<br />

L.P., sea hasta el monto demandado.---AL OTROSI 3.a lo principal AL OTROSI 4 Y 5. OFICIESE a Derechos Reales de La Paz<br />

y El Alto, y la Unidad Operativo de Transito para que informen sobre los bienes de propiedad JULIETA FORONDA<br />

BALDERRAMA con C.I nº 4828273 L.P., con lo que se dispondrá lo que fuere de ley.---AL OTROSI 6.se tendrá presente---AL<br />

OTROSI 7. Se tendrá presente ---AL OTROSI 8.por señalado el domicilio procesal.---ESTA SENTENCIA SE LA TOMARA<br />

RAZON DONDE CORRESPONDA ES PRONUNCIADA EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE<br />

ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE AÑOS.---TOMESE RAZON Y REGISTRESE---FIRMA Y SELLA: DOCTORA XIMENA<br />

GUTIÉRREZ GONZÁLEZ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 21º CAPITAL---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE<br />

JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLA: EDITH TORRES CAMACHO---SECRETARIA ABOGADA---JUZGADO<br />

PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA.---MEMORIAL<br />

CURSANTE A FOJAS 76 DE OBRADOS.--- SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PAZ<br />

Nº20---NUREJ:20104897---ADJUNTAN INFORME DEL SEGIP Y SOLICITAN NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS---BAN-<br />

CO UNION S.A representado por Edwin Roly Ochoa Aruquipa y/o Jeanneth Lourdes Silva Perez, dentro del proceso que se<br />

sigue contra FORONDA BALDERRAMA JULIETA, presentándonos ante las consideraciones de su Autoridad , con respeto<br />

exponemos y pedimos:---Conforme al estado de la causa, se adjunta el informe brindado por SEGIP , donde se evidencia que<br />

el domicilio es el mismo que fue señalado en el contrato de préstamo así como domicilio , se solicita en la fecha notificación<br />

mediante edictos para poder notificar a la demanda:---JULIETA FORONDA BALDERRAMA con C.I nº 4828273 L.P.---En<br />

cuanto en estricta justicia pedimos.---La Paz,05 de abril de 2018---MAYRA GAMARRA PEREZ---ABOGADA---JEANNETH<br />

LOURDES SILVA PEREZ---ABOGADA DE RECUPERACIONES BANCO UNION S.A.---LA PAZ – BOLIVIA.---DECRETO<br />

CURSANTE A FOJAS 77 DE OBRADOS.--- A, 6 de abril de 2018---En merito a la Certificación del Tribunal Supremo de<br />

Electoral (fs.72), Certificación del Servicio General de Identificación Personal (fs.75) de obrados, procédase a la citación<br />

mediante EDICTOS a: JULIETA FORONDA BALDERRAMA con C.I. nº 4828273 L.P. con memorial de demanda de fs. 48 A 50,<br />

Sentencia Inicial de fs. 51 a 52, memorial de fs. 76 y el presente decreto, de conformidad a lo previsto por el art. 78 del Código<br />

Procesal Civil, previo juramento de desconocimiento de domicilio y formalidades de Ley.---FIRMA Y SELLA: DOCTORA<br />

XIMENA GUTIÉRREZ GONZÁLEZ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 21º CAPITAL---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE<br />

JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLA: EDITH TORRES CAMACHO---SECRETARIA ABOGADA---JUZGADO<br />

PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 20º---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA.--------------------------<br />

&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&<br />

El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.--------<br />

EDICTO<br />

ELECTRICISTA económico<br />

61222181.<br />

ELECTRICISTA instalaciones<br />

construcciones refacciones<br />

2305614- 71233948.<br />

ELECTRICISTA<br />

instalaciones<br />

eléctricas 2380519-<br />

71210845.<br />

ELECTRICISTA<br />

instalaciones<br />

en construcciones bajo<br />

norma NB-777 reparaciones<br />

precios económico.<br />

75818811.<br />

ELECTRICISTA garantizado<br />

77773222.<br />

ELECTRICISTA emergencia<br />

77599992.<br />

ELECTRICISTA económico<br />

72041880.<br />

ELECTRICISTA reparación<br />

a domicilio televisores, microondas,<br />

lavadoras, aparatos<br />

electrónicos en general<br />

zona Alto San Antonio<br />

calle Mururata # 29 cel.<br />

77260834.<br />

FILMACIONES<br />

FILMACIONES 70583057.<br />

FILMACIONES<br />

filmamos<br />

todo acontecimientos social,<br />

tenemos cámaras, drones<br />

, pantallas, filmaciones<br />

en 3D, Tel. 2211542 whatsapp<br />

70577775.<br />

FILMACIONES<br />

fotografía<br />

2215214- 72525998.<br />

FILMACIONES 2218243-<br />

75278245.<br />

FILMACIONES 70176893,<br />

AMPLIFICACIONES<br />

AMPLIFICACION<br />

todo<br />

acontecimientos<br />

fotógrafos<br />

filmaciones 67129357-<br />

2913523.<br />

40 – 50 AMPLIFICION<br />

2490940- 68131336.<br />

AMPLIFICACION 2217455.<br />

SONIDO ARRAY de Oruro<br />

78823331.<br />

AMPLIFICACION 2292594.<br />

RAVEL<br />

PRODUCCIONES<br />

pantallas led tarimas sonido<br />

profesional responsabilidad<br />

77715460 – 2238255.<br />

TTOTTY AMPLIFICACION<br />

excelente presencia unidad<br />

móvil puntualidad garantizada<br />

73218030- 2232090.<br />

CODIGO luces, pantallas,<br />

burbujas, niebla, filmación<br />

fotografía 2471547 –<br />

70568804.<br />

AMPLIFICACION 5 Bs<br />

77763722.<br />

MADMUSIC todo eventos<br />

72591011.<br />

S.I.M.O. EVENTOS sonido<br />

profesional luces inteligentes,<br />

efectos especiales<br />

whatsapp 70642342 Ref.<br />

76706927- 2453306.<br />

DJ EVENTOS matrimonios,<br />

quinceaños, todo acontecimientos<br />

77267772 –<br />

2482097.<br />

AMPLIFICACION<br />

experiencia<br />

preste, matrimonio,<br />

bautizo, 2450730 –<br />

77742435.<br />

60 BS AMPLIFICACION<br />

profesional 2225658-<br />

70624289.<br />

350Bs<br />

AMPLIFICACION<br />

2301252 – 77525621.<br />

40- 50 Bs AMPLIFICA-<br />

CION 2490949 – 68131336.<br />

60Bs. ARCOM 70624134 –<br />

2201340 luces, pantallas,<br />

filmación.<br />

LATINDANCE bodas, quinces<br />

luces pantallas filmación<br />

2210587- 73021718.<br />

FANTASY experiencia calidad<br />

2031862 – 74097544.<br />

AUDIOSUR 2782179 –<br />

78833400.<br />

CONJUNTOS<br />

MUSICALES<br />

BANDITAMIK 76545499.<br />

BURIBANDIN 2454911.<br />

BURIBANDIN SABOR LI-<br />

MON 2801247 – 71941917.<br />

BANDABURISAO 2798477.<br />

BANDITA SUPER MAGIS-<br />

TRAL 71966009.<br />

UNION<br />

MAGISTRAL<br />

72089079.<br />

SERVICIOS<br />

ARQUITECTURA,<br />

diseño,<br />

construcción,<br />

viviendas,<br />

milti familiares,<br />

salones,<br />

comercio, obra gruesa<br />

– fina ampliaciones, remodelaciones,<br />

avalúos,<br />

regularización. 76241120 –<br />

77737215.<br />

TOPÓGRAFOS REALIZAN<br />

levantamiento<br />

urgentes,<br />

con tacto 69947823.<br />

PROCESOS<br />

LABORA-<br />

LES beneficios sociales<br />

civiles voluntarios, Sereci<br />

derechos reales, penales<br />

violencia domestica Ref<br />

60683430<br />

REGULARIZACION DERE-<br />

CHO propietario atención<br />

personalizada servicio jurídico<br />

reserve su consulta<br />

Ref: 70145801<br />

DIVORCIOS asistencia familiar<br />

negación de paternidad<br />

minutas aclaratorias<br />

violencia familiar 1000 bs<br />

Ref. 60526692<br />

DIVORSIOS 700BS, asistencia<br />

familiar 700bs,<br />

72517006- 2906267.<br />

PSICÓLOGA 70157784<br />

TESIS, 60135311<br />

ARQUITECTURA<br />

diseño<br />

construcciones remodelaciones<br />

71989689.<br />

SE REALIZAN VALENCES<br />

de gestión IUE desde $us.<br />

60 y auditorías de gestión<br />

desde $us. 550. Llamar al<br />

cel. 72565687- 73574407.<br />

PLACAS DENTALES arreglamos<br />

2236477.<br />

SERVICIOS DE DISEÑO<br />

GRÁFICO<br />

profesional,<br />

75201440.<br />

FISIOTERAPIA kinesiología<br />

y masajes a domicilios cel.<br />

71581671 English speaker.<br />

ARQUITECTO CONSTRUC-<br />

TOR obra gruesa fina, casa,<br />

edificios y otros, 14 años<br />

experiencias, ante proyecto<br />

incluidos. 75887711.<br />

ARQUITECTURA,<br />

DISE-<br />

ÑO y decoración de interiores,<br />

asesoramiento en<br />

proyecto y remodelación<br />

de viviendas, oficinas, locales<br />

comerciales, ect. Ref.<br />

71934825.<br />

PROCESO<br />

JUDICIALES<br />

reconocimiento de firma,<br />

familia, declaratoria de herederos.<br />

72087922.<br />

REALIZAMOS TRAMITES<br />

72087922.<br />

TRAMITES DERECHO reales,<br />

Segip, Sereci, garantizados<br />

72517006- 2906267.<br />

PSICOLOGÍA<br />

psicoterapéuta<br />

todo público<br />

75854377.<br />

ASESOR AMIENTO TESIS<br />

proyectos, trabajo dirigidos,<br />

perfiles monografías<br />

revisiones. 70183071.<br />

CONTABILIDADES REALI-<br />

ZAMOS balances apertura<br />

y gestión formularios impuestos<br />

Cns, Afp, planillas,<br />

Min. Trabajo 2384997-<br />

71567152.<br />

TÉCNICOS<br />

REPARAMOS A DOMI-<br />

CILIOS<br />

REFRÍGERADO-<br />

RES, lavadoras, microondas,<br />

cocinas, bomba de<br />

agua, limpieza de tanques<br />

75441848- 77745816-<br />

76780262.<br />

TELEVISORES SONY y<br />

otras marcas reparamos<br />

a domicilios garantizados<br />

2305828- 77775579.<br />

TÉCNICOS, reparamos refrigeradores,<br />

freezers, lavadora,<br />

secadora, cocina,<br />

eléctrica, microondas, calefones<br />

toda marca garantizado.<br />

2451082- 77282556.<br />

REPARAMOS A DOMI-<br />

CILIO<br />

refrigeradores,<br />

daewoo, Samsung, LG,<br />

congeladoras,<br />

lavadoras,<br />

microondas,<br />

garantizadas<br />

2484936- 2492811-<br />

70643242- 70634779.<br />

GAS CORINA GAS estufas,<br />

hornos industriales calefones,<br />

etc. Reparaciones limpieza<br />

domiciliares, garantizadas.<br />

2242629-70173662.<br />

TECNICO ESPECIALIZADO<br />

Buenos Aires – Argentina<br />

repara a domicilio refrigeradores<br />

cocinas, lavadoras,<br />

microondas trabajo inmediato<br />

2732703- 71933432.<br />

REFRIDERADORAS<br />

LA-<br />

VADORAS<br />

conservadoras<br />

freezer, calefones, bomba<br />

de agua reparaciones domicilio<br />

garantizados atención<br />

inmediata 77230419-<br />

2808119.<br />

CALEFONES cocinas, instalaciones<br />

reparaciones<br />

71971181- 77242728.<br />

TECNICO ELÉCTRINICO informático:<br />

reparación, computación,<br />

telefonía televisores<br />

LCD, lavadoras, audio<br />

video porteros, cámara vigilancias.<br />

77275759.<br />

KORD, REPARACIÓN y<br />

mantenimientos. 69813381.<br />

CLASES DE MATEMÁTI-<br />

CAS Y OTROS<br />

Matemáticas, física química<br />

69856232<br />

Matemáticas para secundaría.<br />

76579964.<br />

PROFESORA<br />

DIDACTI-<br />

CA- pedagógica, matemáticas<br />

física, química todo<br />

nivel colegio, universidad,<br />

79526582.<br />

MATEMATICA – física clases<br />

2792818 – 69155771.<br />

MSTEMATICA TODO NIVEL<br />

primaria, secundaría, preuniversitario,<br />

clases didácticas,<br />

reforzamiento, nivelación.<br />

60500311.<br />

INGLES clases personalizadas<br />

todo nivel preparación<br />

exámenes 65663747.<br />

APRENDE INGLES con profesor<br />

americanos, 68061131.<br />

CLASES DE INGLES//<br />

FRANCÉS, instructor certificado,<br />

clases de evaluación<br />

gratuita, sin compromiso<br />

preparación<br />

exámenes UCB. Precio accesibles,<br />

descuentos a grupos<br />

60688516.<br />

TOEFL PREPARATION get<br />

your score clases grupales<br />

privadas 67303766 –<br />

2232386. Los Pinos.<br />

TOEFL<br />

PREPARATION<br />

profesores<br />

Americanos,<br />

71542054 – 2794654.<br />

APENDE INGLES desde<br />

cero clases personalizadas.<br />

61099683.<br />

IELTS/TOEFL, experta preparación<br />

70687836.<br />

TRADUCCIONES ingles español<br />

económicas garantizadas.<br />

77260632.<br />

CEPILLADORES<br />

CEPILLAMOS<br />

PLASTI-<br />

FICAMOS<br />

parketeamos<br />

71944778.<br />

RECOLAMOS<br />

cepillamos<br />

plastificamos 67036435.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2473024.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2223002- 72088900.<br />

CEPILLAMOS LUSTRAMOS<br />

2487183.<br />

CEPILLAMOS<br />

plastificamos,<br />

parqueteamos<br />

2395621- 72081078.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

parqueteamos 2395638-<br />

76208890.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2471442.<br />

LIMPIEZA GENERAL, casa,<br />

oficinas, terminación de<br />

obras, lavamos alfombras,<br />

sillones, vidrios lustramos<br />

pisos 79646941-<br />

60506443.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2482755.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2484832.<br />

CEPILLADOS DE PISOS se<br />

realizan colocados de parquet<br />

colocado de zócalos y<br />

jambas trabajo garantizado<br />

llamar 75837598.<br />

CEPILLAMOS 2841154.<br />

CEPILLAMOS<br />

lustramos<br />

2487183.<br />

CEPILLAMOS<br />

plastificamos<br />

y colocamos parquet<br />

76298489.<br />

CEPILLAMOS 2395895.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

76740460.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2395713- 67324730.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2798229, 71970994.<br />

CEPILLAMOS 2395931.<br />

CEPILLAMOS<br />

lustramos<br />

2480533.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

parqueteamos 2395638-<br />

76208890.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2395545.<br />

CEPILLAMOS 71936645.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2484832.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2223002, 72088900.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2471442.<br />

CEPILLAMOS plastificamos<br />

2482755.<br />

PLOMEROS<br />

PLOMERIA<br />

electricidad<br />

pintura 2212000- 71996912<br />

total garantía.<br />

ALCANTARILLISTA<br />

destapamos<br />

cámaras,<br />

inodoros, lavaplatos, lavamanos,<br />

fugas de agua<br />

garantizados. 71987747-<br />

67090977.<br />

DESTAPAMOS<br />

CAMARAS<br />

desagües, inodoros, lavaplatos,<br />

lavamanos con máquinas<br />

adecuadas sondas<br />

especiales precios económicos<br />

77252146- 77765270.<br />

ZONA SUR DETAPAMOS<br />

alcantarillados<br />

inodoros,<br />

lavaplatos, sin romper pisos,<br />

filtraciones sondas especiales<br />

71931018- 2776532.<br />

DESTAPAMOS<br />

ALCAN-<br />

TARILLADOS con sonda<br />

especiales lavaplatos, lavamanos,<br />

inodoros, cajas cámaras<br />

sanitaria pluviales.<br />

2408224- 71931018.<br />

PINTOR<br />

PINTOR 2258124.<br />

PINTOR INTERIORES fachadas<br />

70691535.<br />

PINTOR decorador m7. Cel.<br />

79512239.<br />

PINTOR decorador súper<br />

económico 77928624.<br />

PINTOR 77215331.<br />

PINTOR albañil 2256750.<br />

PINTOR interiores fachadas<br />

71937127.<br />

ALBAÑIL<br />

ALBAÑIL<br />

CONTRATISTA<br />

realiza obra gruesa, fina,<br />

refacción eléctrica plomería<br />

78935276- 78935046.<br />

ALBAÑIL PINTOR contratista<br />

cerámicas estucados<br />

guinche mescladora económico<br />

67034157.<br />

ALBAÑIL PINTOR fachadista<br />

estucado cerámica económico<br />

71285691.<br />

ALBAÑIL con herramientas<br />

completa económico<br />

70665912.<br />

ALBAÑIL<br />

CONTRATISTA<br />

71286149.<br />

ALBAÑIL contratista obra<br />

gruesa fina con guinche<br />

mescladora, estucado, cerámica,<br />

fachada 77745376.<br />

ALBAÑIL contratista múltiple<br />

71248517.<br />

ALCANTARILLISTA<br />

ALCANTARILLERO plomero,<br />

destapamos cámaras,<br />

baños, cocinas, fugas de<br />

gas 67096755.<br />

ALCANTERILLISTA<br />

destapamos<br />

cámaras, inodoros,<br />

lavaplatos, lavamanos,<br />

hermeticamos gases, fugas<br />

de agua, garantizados<br />

71987747- 67090977.<br />

ALCANTERILLISTA<br />

destapamos,<br />

limpiamos, cámara,<br />

desagüe con equipo de última<br />

tecnología garantizado<br />

70646832- 71924931.<br />

ELECTRICISTA<br />

ELECTRICISTA<br />

instalaciones<br />

70142582.<br />

ELECTRICISTA<br />

emergencias<br />

70574181.<br />

ELECTRICISTA económico<br />

73011031.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!