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Propuestas STC 2019-22

Estas son algunas de las propuestas que con tu colaboración pueden hacerse realidad

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PRESENTE EN 19 EMPRESAS DEL SECTOR<br />

SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES<br />

1


2<br />

Lugo – San Roque


3


EDITORIAL<br />

Compañeros y compañeras:<br />

Esta revista que ponemos en tus manos está concebida<br />

para presentarte las propuestas que desde <strong>STC</strong><br />

consideramos dan respuesta a las principales<br />

preocupaciones que tenemos los trabajadores en<br />

nuestra empresa.<br />

En Telefónica de España existen problemas reales que<br />

nos afectan a todos, y desde <strong>STC</strong> consideramos que se<br />

puede, y se debe actuar con propuestas que permitan<br />

encontrar soluciones. En esta revista presentamos<br />

propuestas de solución a diecisiete de las principales<br />

inquietudes que los trabajadores de nuestra empresa<br />

nos han trasladado.<br />

Desde <strong>STC</strong> presentamos este documento porque somos<br />

un sindicato CONSTRUCTIVO y nuestras propuestas, que<br />

son las vuestras, sirven para mejorar de manera<br />

importante nuestras condiciones laborales.<br />

Las cosas pueden cambiar y <strong>STC</strong> somos la garantía del<br />

cambio.<br />

Esperamos que sea de tu agrado.<br />

Comisión Permanente Estatal<br />

4


ÍNDICE<br />

06.<br />

MODIFICACIÓN<br />

SUSTANCIAL DE<br />

CONDICIONES DE TRABAJO<br />

07.<br />

NUEVO MODELO DE<br />

COMERCIAL<br />

09.<br />

PLANES DE ADECUACIÓN DE<br />

PLANTILLA<br />

10.<br />

FONDOS SOCIALES -<br />

FONDEDUCA<br />

12.<br />

SEGURO DE SUELDO Y<br />

PÓLIZA DENTAL<br />

13.<br />

OPERACIONES<br />

14.<br />

MODELO DE<br />

DISPONIBILIDADES<br />

16.<br />

PLUS DE INSULARIDAD<br />

17.<br />

POR LA VOLUNTARIEDAD<br />

REAL EN UN ERE O UN PSI<br />

18.<br />

MEJORAS DE LA PÓLIZA DE<br />

SALUD<br />

19.<br />

CONCILIACIÓN DE LA VIDA<br />

PERSONAL Y FAMILIAR<br />

20.<br />

EMPLEO Y MOVILIDAD<br />

GEOGRÁFICA<br />

23.<br />

NORMATIVA LABORAL Y<br />

COMISIONES PROVINCIALES<br />

DE GESTIÓN<br />

25.<br />

PLAN DE PENSIONES Y<br />

SEGURO DE RIESGO<br />

27.<br />

PERMISOS RETRIBUIDOS<br />

28.<br />

VACACIONES<br />

29.<br />

GARANTÍA DE EMPLEO Y<br />

REVISIÓN SALARIAL<br />

5


DEMOSLE LA VUELTA<br />

MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

En los últimos tiempos y con las<br />

últimas reestructuraciones organizativas,<br />

cada vez vemos más<br />

modificaciones sustanciales de las<br />

condiciones de trabajo. Entre las<br />

modificaciones de condiciones<br />

sustanciales en el trabajo, pueden<br />

considerarse todas aquellas que, de<br />

forma directa afectan a la vida del<br />

trabajador, como puede ser el cambio<br />

de jornada, horario, trabajo a turnos,<br />

al sistema de trabajo y rendimiento, al<br />

sistema de remuneración, funciones<br />

etc., tanto individuales como<br />

colectivas.<br />

En este caso la empresa se ampara en<br />

el artículo 41 del Estatuto de los<br />

Trabajadores en el que se expresa que<br />

“la empresa puede acordar<br />

modificaciones sustanciales de las<br />

condiciones de trabajo para prevenir<br />

una evolución negativa de la empresa<br />

o mejorar la situación”. A su vez<br />

ampara que estas situaciones deben<br />

ser notificadas a los trabajadores y a<br />

sus representantes con una antelación<br />

de 30 días.<br />

Las modificaciones pueden ser tanto<br />

individuales como colectivas. En el<br />

caso de Telefónica, cuando el cambio<br />

se realice a más de 30 trabajadores, se<br />

considera “modificaciones sustanciales<br />

de carácter colectivo”, en las que la ley<br />

exige un periodo de consultas con la<br />

representación sindical.<br />

Desde <strong>STC</strong> entendemos que la<br />

Empresa, aun amparada por el<br />

Estatuto de los Trabajadores, debe<br />

sensibilizarse mucho más de lo que lo<br />

está haciendo con las modificaciones<br />

sustanciales de las condiciones de<br />

trabajo, debido a la afectación que<br />

éstas tienen en la vida personal y<br />

familiar del trabajador.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Tal y como establece el art 73 del CEV<br />

priorizar la jornada continuada y la<br />

voluntariedad.<br />

Abrir una comisión negociadora<br />

participada por el comité de empresa<br />

para buscar la mejor solución tanto<br />

para el trabajador como para la<br />

empresa independientemente del<br />

número de trabajadores afectados.<br />

Acceso inmediato a las personas a las<br />

que se modifican las condiciones de<br />

trabajo al concurso de cambios de<br />

acoplamiento. Buscando a su vez<br />

mediante tal mecanismo a<br />

trabajadores que estén interesados en<br />

esas condiciones de trabajo<br />

Flexibilidad real de las condiciones de<br />

prestación laboral, teletrabajo y<br />

trabajo en movilidad como fórmula de<br />

conciliación de la vida personal<br />

familiar y profesional (amparado en el<br />

plan de Igualdad del CEV).<br />

6


COMERCIAL<br />

NUEVO MODELO DE COMERCIAL<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El actual modelo de comercial, en sus<br />

distintos segmentos, adolece de una<br />

serie de problemas que no son<br />

desconocidos para nadie, los cuales<br />

pervierten el trabajo de manera<br />

insoportable, algo que queda<br />

demostrado una vez tras otra en las<br />

encuestas de riesgos psicosociales.<br />

La situación se ha intoxicado de tal<br />

manera, que nadie se atreve a ponerle<br />

solución. Desde <strong>STC</strong> hemos escuchado<br />

a los trabajadores del área y de su<br />

propia experiencia, hemos elaborado<br />

un catálogo de propuestas las cuales<br />

apuntan al núcleo del problema, lo que<br />

entendemos es una solución.<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

- Crear una nueva modalidad de plan<br />

de incentivos basado en el incentivo<br />

directo, con la filosofía de tanto<br />

vendes, tanto cobras, asignando un<br />

valor numérico a cada producto, ya<br />

que a día de hoy puedes vender mucho<br />

de una familia de productos pero no<br />

llegar a otra, lo que perjudica por no<br />

llegar al porcentaje establecido para el<br />

cobro de los mismos.<br />

- Eliminar las involuciones en<br />

comercial, o en su defecto, si se<br />

involuciona, que sea hasta el nivel<br />

básico con la garantía de gratificación<br />

fija de 1800 euros sin ser detraída de<br />

incentivos y sin tener la posibilidad de<br />

perderla ni de involucionar más.<br />

- Jornada laboral. Siempre<br />

respetando las 7,5 horas de jornada,<br />

realizar el fin de jornada no más tarde<br />

de las 18 horas, los viernes hasta las<br />

15:30, meses de julio y agosto horario<br />

de mañana hasta las 15:30, salvo<br />

voluntariedad del comercial en hacer<br />

otro turno. Flexibilidad total de<br />

entrada/salida entre las 8:00 horas y<br />

las 18 horas de cara a poder conciliar<br />

la vida personal con la laboral.<br />

- En departamentos con cartera<br />

asignada y venta presencial derivar<br />

las llamadas denominadas de<br />

urgencia al departamento<br />

correspondiente, bien servicio de<br />

averías o de instalaciones, liberando al<br />

comercial de esta problemática en la<br />

cual no puede hacer nada ya que no<br />

depende de su gestión.<br />

- Respecto a este personal presencial,<br />

en caso de tener que atender llamadas<br />

de clientes en cartera, o desviarlas a<br />

un buzón para ser atendidas al día<br />

7


DEMOSLE LA VUELTA<br />

siguiente, o crear una gratificación<br />

de disponibilidad en caso de tener<br />

que ser atendidas.<br />

- Aplicaciones. Reducción y<br />

simplificación de las existentes, y<br />

evitar incompatibilidades entre<br />

productos y servicios. Eliminación de<br />

la figura del descolgado automático.<br />

- Formación. Eliminación de los<br />

planes de seguimiento individual.<br />

Sólo generan malestar, ansiedad y<br />

falta de motivación entre los<br />

trabajadores. La alternativa es dar<br />

cursos de formación y reciclaje en<br />

colectivo que no sean charlas de 4<br />

horas, cursos de calidad de al menos<br />

una semana de duración fuera del<br />

ámbito de trabajo.<br />

- Grupo de apoyo. Crear en cada<br />

jefatura un grupo de comerciales<br />

específicos que no atiendan al<br />

cliente para tramitación de productos<br />

y servicios y gestión postventa, así<br />

como de resolución de incidencias con<br />

órdenes devueltas y/o retenidas<br />

pendientes de instalación o con<br />

cualquier otro problema sea cual sea<br />

su naturaleza, descargando al<br />

comercial de trabajo administrativo y<br />

farragoso.<br />

- Unificación de todas las áreas de<br />

comercial y realizar un flujo periódico<br />

de comerciales a las distintas áreas de<br />

la compañía, de cara a que el<br />

comercial de Telefónica conozca todos<br />

los procesos y trabajos realizados en<br />

las distintas jefaturas y gerencias y no<br />

decaiga su motivación por estar<br />

permanentemente acoplado en la<br />

misma unidad un periodo largo dentro<br />

de su carrera profesional. En resumen,<br />

crear la rotación entre áreas, de tal<br />

modo que el comercial no esté más<br />

de un periodo de entre 5 a 10 años<br />

en puestos de atención directa e<br />

interlocución con el cliente, a no ser<br />

que el comercial de manera voluntaria<br />

desee permanecer.<br />

- Crear una unidad específica para<br />

las reclamaciones de facturación<br />

descargando de trabajo al resto de<br />

áreas.<br />

- Absentismo. Año tras año los índices<br />

de absentismo dentro del área<br />

comercial son, en comparación con<br />

otras áreas de la compañía, los más<br />

altos con una sobresaliente diferencia,<br />

derivados de toda la problemática<br />

emanada de los Riesgos Psicosociales<br />

que <strong>STC</strong> denunció en el año 2003.<br />

Han pasado más de 15 años y vemos<br />

que están lejos de solucionarse con<br />

índices nocivos en cada uno de sus<br />

apartados, autonomía, rol etc… En<br />

resumen, los casos de estrés,<br />

ansiedad, angustia son el<br />

denominador común en el área.<br />

Entendemos que las medidas<br />

preventivas que la empresa a puesto<br />

en marcha durante este periodo de 15<br />

años, han sido cuando menos,<br />

ineficaces, por lo que<br />

Proponemos un grupo de trabajo para<br />

trabajar en la implantación de estas<br />

medidas previo consenso con la RRTT,<br />

en el marco de los CPSS y que la<br />

empresa deje de implantar medidas de<br />

manera unilateral las cuales tienden al<br />

fracaso ya que son implantadas desde<br />

el punto de vista de la unidad, jefatura<br />

o Gerencia sin contar con el punto de<br />

vista del trabajador, ya que bajo la<br />

presión ejercida del área, estos están<br />

cohibidos y no se sienten libres de<br />

expresar las problemáticas que sufren<br />

en el día a día ya que el ambiente<br />

creado en el transcurso de estos años,<br />

se aleja de la normalización de lo que<br />

debe ser un ambiente laboral y<br />

profesional<br />

8


DEMOSLE LA VUELTA<br />

PLANES DE ADECUACIÓN DE PLANTILLA<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Los planes de adecuación de plantilla en Telefónica de España comenzaron a<br />

finales del siglo pasado, provocando una reducción de plantilla muy importante. De<br />

los más de 74.000 trabajadores activos fijos de finales de 1992, nos encontramos<br />

con poco más de 15.000 a finales de 2018.<br />

Los planes de adecuación de plantilla puestos en marcha hasta la fecha en<br />

Telefónica de España han tenido formatos y criterios distintos en cada uno de ellos.<br />

En <strong>STC</strong> consideramos que los planteamientos que deben establecerse para que el<br />

trabajador perciba que sus derechos adquiridos perduran en su nueva situación<br />

deben ser los siguientes:<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

✓ 80% DEL SALARIO FIJO Y VARIABLE, ACTUALIZADO ANUALMENTE CON<br />

EL INCREMENTO FIJO DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA<br />

✓ ACTUALIZACIÓN DE LA ANTIGÜEDAD<br />

✓ ACTUALIZACIÓN DE LOS CAMBIOS DE CATEGORIA<br />

✓ ABONO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS AL CUMPLIRSE LOS<br />

REQUISITOS<br />

✓ COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL HASTA JUBILACIÓN<br />

✓ ABONO DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y APORTACIONES AL PLAN DE<br />

PENSIONES EN LOS MISMOS TÉRMINOS QUE A LOS TRABAJADORES EN<br />

ACTIVO.<br />

✓ TRATO EQUIVALENTE A LOS COMPAÑEROS CON SEGURO<br />

SUPERVIVENCIA QUE A LOS QUE DISFRUTAN DEL PLAN DE PENSIONES<br />

✓ SEGURIDAD EN EL COBRO DE LAS PRESTACIONES HASTA LA EDAD DE<br />

JUBILACIÓN ESTABLECIDA POR LEY.<br />

GARANTÍAS ANTE CAMBIOS LEGISLATIVOS<br />

9


DEMOSLE LA VUELTA<br />

FONDOS SOCIALES - FONDEDUCA<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El actual sistema de los Fondos Sociales no atiende a las inquietudes actuales<br />

de la plantilla. Las encuestas que en su momento <strong>STC</strong> hicimos en el conjunto de<br />

la plantilla, arrojaron como resultado que las preferencias hacia la subvención de<br />

vacaciones, quedaba por detrás de las de salud y formación.<br />

Considerando que la cobertura de salud debe ser desarrollada y mejorada en<br />

ámbito distinto de Fondos Sociales, desde <strong>STC</strong> hemos puesto el punto de mira en<br />

la mejora de la formación de los trabajadores y sus beneficiarios, apartado en el<br />

que consideramos que Fondos Sociales tiene mucho que decir.<br />

Considerando que no debemos esperar más para acometer la necesaria reforma<br />

que se adapte a los tiempos que corren, desde <strong>STC</strong><br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Que el presupuesto de los Fondos<br />

sociales se reparta en cinco apartados<br />

del siguiente modo:<br />

1. CAMPAMENTOS: 757.213<br />

2. CURSOS IDIOMAS: 1.250.000<br />

3. AYUDA ESTUDIOS: 2.200.000<br />

4. VIAJES 384.895<br />

5. HOSPEDAJES 300.000<br />

El apartado 1 incluye los planes de<br />

campamentos para hijos. Se<br />

priorizarán aquellos que fomenten el<br />

aprendizaje en idiomas o enseñanzas<br />

ecológicas.<br />

El apartado 2 abarca los cursos de<br />

idiomas en el extranjero o en territorio<br />

nacional, reglados y documentados,<br />

con una dotación en función de la<br />

renta, que permitan adquirir un título<br />

de idiomas reconocido por los<br />

organismos que se determinen en<br />

reglamento, tanto para empleados,<br />

como para hijos y beneficiarios.<br />

El apartado 3 se refiere a las<br />

subvenciones, a tanto alzado que se<br />

otorgan por realizar estudios, distintos<br />

a los anteriores, orientados a alcanzar<br />

una titulación oficial de nivel<br />

universitaria: (master, grado o<br />

doctorado), grado medio (Formación<br />

profesional y bachillerato) o estudios<br />

postgrado fuera de la universidad. Los<br />

importes serán como máximo el<br />

equivalente de los gastos de<br />

matriculación y los gastos que se<br />

determinen reglamentariamente. Se<br />

asignarán niveles de subvención en<br />

función de la renta per cápita.<br />

El apartado 4 subvenciona los costes<br />

de los viajes que realicen los<br />

solicitantes, en conceptos no incluidos<br />

en los puntos anteriores, a tanto<br />

alzado por beneficiario, hasta un<br />

máximo, siempre que se justifique el<br />

10


DEMOSLE LA VUELTA<br />

gasto con las correspondientes<br />

facturas.<br />

El apartado 5 subvenciona los costes<br />

de alojamiento no incluidos en los<br />

puntos anteriores en localidades<br />

distintas a la residencia del solicitante,<br />

en concepto de vacaciones, por<br />

miembro de la unidad familiar,<br />

siempre que se supere el importe de la<br />

subvención y se presenten las facturas<br />

correspondientes.<br />

Para la subvención de campamentos,<br />

proponemos un importe de 500 euros<br />

por quincena y beneficiario. Limitado l<br />

importe de la correspondiente factura.<br />

Para la subvención de viajes,<br />

proponemos un importe<br />

subvencionado de hasta 200 euros por<br />

beneficiario.<br />

Para la subvención de hospedajes,<br />

proponemos un importe de hasta 150<br />

euros por beneficiario.<br />

Para la subvención de Ayuda de<br />

estudios, proponemos una horquilla<br />

de importes en función del nivel de<br />

renta y el tipo de estudio:<br />

Renta per cápita Universitario Grado medio Master no univ<br />

Hasta 16.000 4.000 3.000 1.500<br />

Hasta 18.000 3.000 2.250 1.500<br />

Mas de 18.000 2.000 1.500 1.500<br />

Esta propuesta deberá formalizarse por medio de un reglamento de Fondos<br />

Sociales que regule las condiciones de acceso a cada apartado subvencionado.<br />

PROPUESTA DE REPARTO DE FONDOS SOCIALES<br />

AYUDA ESTUDIOS 2.200.000€<br />

1º<br />

1º<br />

CURSOS DE IDIOMAS 1.250.000€<br />

2º<br />

CAMPAMENTOS 757.213€<br />

3º<br />

VIAJES 384.895€<br />

4º<br />

HOSPEDAJE 300.000€<br />

5º<br />

11


DEMOSLE LA VUELTA<br />

SEGURO DE SUELDO Y PÓLIZA DENTAL<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

<strong>STC</strong> hemos manifestado que, aun estado de acuerdo con una póliza dental, no<br />

podemos aceptar la forma como se ha realizado. En <strong>STC</strong> queremos una póliza que<br />

sea pagada por la Empresa y no por los trabajadores; y que fuera indefinida, no<br />

como esta, que tiene los días contados.<br />

En cuanto al SEGURO DE SUELDO, que indemniza en caso de Incapacidad Total<br />

para la profesión habitual, no aceptamos que existan trabajadores que queden<br />

fuera de esa cobertura, en concreto nos referimos a los trabajadores ingresados<br />

como fijo en plantillas con posterioridad al 1 de enero de 2015<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

• Abonar la totalidad de las cuantías que se deberían pagar con el fondo del<br />

seguro de sueldo, hasta cubrir las coberturas que el seguro de sueldo<br />

estableció en su inicio. Sabemos con seguridad que ha habido un sobrante<br />

de importante cuantía, que se ha utilizado en la póliza dental, sin analizar<br />

antes si era necesaria una actualización de las prestaciones.<br />

compromisos.<br />

• Solo se puede cambiar el destino del dinero después de una consulta a la<br />

plantilla, a través de referéndum, cosa que no se ha hecho.<br />

• Es injusto que los trabajadores que abandonaron la empresa antes del 31 de<br />

diciembre de 2015 y que aportaron al seguro de sueldo, NO TIENEN<br />

DERECHO a la póliza dental. Por el contrario, SI hay beneficiarios que<br />

nunca han realizado aportaciones. Esta situación debe corregirse<br />

• Se discrimina a los nuevos compañeros ingresados después del 1 de enero<br />

de 2016. Los firmantes les han usurpado el DERECHO AL SEGURO DE<br />

SUELDO y A LA PÓLIZA DENTAL. El Seguro de Sueldo es un complemento<br />

en caso de Incapacidad Total, algo que puede sucedernos a cualquiera de<br />

nosotros en un accidente cotidiano y debe amparar a la totalidad de los<br />

trabajadores fijo en activo. En <strong>STC</strong> queremos una póliza dental que sea<br />

pagada por la Empresa y no por los trabajadores; y que fuera permanente,<br />

no como esta, que tiene los días contados.<br />

Por el derecho al<br />

Seguro de Sueldo y<br />

a la Póliza Dental<br />

12


DEMOSLE LA VUELTA<br />

OPERACIONES<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El mayor problema del área de operaciones es el vaciado de actividad, con el<br />

trasvase de esta a las contratas.<br />

Esto supone una precarización, tanto a nivel de económico como de seguridad y<br />

salud laboral y a la vez, pone en riesgo la empleabilidad de los trabajadores de<br />

Telefónica de España.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

• Identificar las instalaciones y servicios de alto valor estratégico, como<br />

por ejemplo anillos de fibra óptica, servidores de acceso a la Red o servidores<br />

de seguridad, con el objetivo de atenderlos con personal propio.<br />

• Aquellas actividades e instalaciones no estratégicas y no atendidas con<br />

personal propio, seguimiento y control por parte del CPSS del<br />

cumplimiento íntegro de la vigente normativa de Seguridad y Salud en<br />

Telefónica.<br />

• Racionalización de turnos, guardias y disponibilidades con el objetivo de<br />

favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. Evitando la<br />

sustitución de turnos presénciales por disponibilidades.<br />

• Incremento de plantilla en la cantidad necesaria para implantar las<br />

medidas propuestas.<br />

Los servicios de<br />

alto valor<br />

estratégico<br />

tenemos que<br />

atenderlos con<br />

personal propio<br />

13


DEMOSLE LA VUELTA<br />

NUEVO MODELO DE DISPONIBILIDADES<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Desde <strong>STC</strong>, entendemos que es necesario articular de otro modo el régimen de<br />

Disponibilidades que actualmente se realizan en nuestra Empresa. Basamos esta<br />

necesidad, en revertir las condiciones que a día de hoy se establece para este tipo<br />

de trabajo en el actual Convenio de Empresas Vinculadas (CEV), que entendemos<br />

que en su día supuso un empeoramiento de las condiciones para el personal que<br />

realiza disponibilidades.<br />

Para lograr este fin desde El Sindicato de Trabajadores de Comunicaciones,<br />

elaboramos la siguiente propuesta que se articula tal como se describe a<br />

continuación.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

CONDICIONES GENERALES<br />

✓ No se utilizará el régimen de disponibilidades para trabajos programados, sea<br />

en turno de mañana, tarde o noche.<br />

✓ En ningún caso afectará la aplicación de este Acuerdo a los trabajadores que<br />

actualmente estén en situación de trabajo a distancia (teletrabajo).<br />

✓ No se podrá incrementar la jornada habitual con actuaciones del régimen de<br />

disponibilidades hasta pasadas 4h. desde la finalización de la jornada laboral<br />

habitual.<br />

✓ Una vez finalizada una actuación por estar sujeto al régimen de<br />

disponibilidades el trabajador tendrá un período de descanso de 12h. Caso<br />

de solaparse este período de 12h. de descanso con el inicio de su jornada<br />

habitual, éste se verá retrasado hasta el cumplimiento de las 12h. de<br />

descanso legal.<br />

✓ Al objeto de conciliar la vida laboral y familiar no se podrá volver a estar en<br />

régimen de disponibilidad hasta pasados 30 días desde que se finalizó el<br />

anterior régimen de disponibilidades. Así mismo, el tiempo máximo de<br />

actuación será de 10h. mensuales.<br />

✓ En caso de tener que realizar trabajos establecidos como Acompañados se<br />

estará a lo dispuesto en la legislación en materia de Seguridad y Salud.<br />

✓ CONDICIONES ECONÓMICAS<br />

✓ Para calcular la duración de la actuación, el tiempo de desplazamiento desde<br />

el domicilio hasta el centro de trabajo, y viceversa, debe computarse como de<br />

trabajo efectivo.<br />

✓ Las actuaciones desarrolladas entre las 14 y las 16h. y las desarrolladas<br />

entre las 20 y las <strong>22</strong>h. deberán ser compensadas con 1 Plus Comida por cada<br />

período, acumulables en caso de extenderse la actuación en ambos horarios.<br />

14


✓ Así mismo, se percibirán los pluses asociados a Trabajos en Tarde, Horas<br />

Nocturnas, Trabajo en Festivos, Pluses de Navidad/Año Nuevo, etc…) en el<br />

caso de que se desarrolle el régimen de disponibilidad en esos<br />

horarios/fechas.<br />

✓ En ningún caso se superarán las 80h. anuales de actuación.<br />

✓ Establecimiento de un criterio para la revalorización del plus de actuación,<br />

ligando dicha subida al incremento salarial que se produzca.<br />

SEGUIMIENTO<br />

Las Comisiones Provinciales de Gestión de las provincias afectadas; es decir,<br />

aquellas en que se realicen Disponibilidades, determinarán las unidades de su<br />

provincia susceptibles de verse sujetas al régimen de disponibilidades, que en<br />

ningún caso serán diferentes a las establecidas genéricamente en la Comisión de<br />

Operaciones.<br />

En todo caso, una vez llegado a un acuerdo en las CPG estas informarán a la<br />

Comisión de Operaciones. Caso de no llegarse a acuerdos en las CPG la Comisión<br />

de Operaciones establecerá los criterios para determinar las Unidades sujetas al<br />

régimen de disponibilidades.<br />

Serán las CPG, las que analizarán las casuísticas, incidencias y posibles problemas<br />

o disfunciones que puedan producirse, en el ámbito de su provincia, con el fin de<br />

encontrar la solución precisa.<br />

No se utilizará el<br />

régimen de<br />

disponibilidades<br />

para trabajos<br />

programados<br />

15


DEMOSLE LA VUELTA<br />

PLUS DE INSULARIDAD<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Uno de los aspectos que el CEV ha modificado a favor de la Empresa y sin<br />

contrapartida para los trabajadores, es el Plus de Insularidad, antes regulado por<br />

el art 93 de la Normativa Laboral, y desde la vigencia del CEV, en el apartado f, de<br />

la disposición adicional primera.<br />

El CEV modifica sustancialmente el Plus de Insularidad, ya que no prevé<br />

reconocimiento del mismo a los trabajadores que se incorporen a la plantilla en los<br />

Archipiélagos o en las Ciudades Autónomas después de la entrada en vigor del<br />

CEV. Se mantendrá como complemento, a quien lo tuviera a la firma del<br />

convenio, mientras permanezcan prestando sus servicios en los territorios de la<br />

residencia que dieron origen a este complemento.<br />

No cabe duda que, cualquier movimiento desde un archipiélago a otro, a las<br />

Ciudades Autónomas o a la Península dará lugar a la pérdida del mismo.<br />

Los firmantes del CEV han generado un problema de discriminación tal que,<br />

compañeros de la misma empresa, con antigüedad parecida y acoplados en la<br />

misma localidad, cobren hasta un 36% de diferencia haciendo el mismo trabajo.<br />

Así mismo se propicia un problema para la Empresa en la medida de que no<br />

puedan cubrirse vacantes en localidades en las que el plus es imprescindible para<br />

cubrir el nivel de vida de la residencia.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Recuperación de la compensación por insularidad en las condiciones<br />

establecidas en el art 93 del Texto Refundido de la Normativa Laboral del convenio<br />

1993-1995, derogada por el CEV, a fin de que, a las nuevas incorporaciones<br />

a la plantilla de las islas y Ciudades Autónomas, se les abone dicha compensación<br />

y su reconocimiento a los trabajadores que no perciban esta compensación<br />

por aplicación del CEV.<br />

Tenemos que<br />

recuperar el Plus de<br />

Insularidad<br />

16


DEMOSLE LA VUELTA<br />

POR LA VOLUNTARIEDAD REAL EN UN ERE O UN PSI<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Los planes de adecuación de plantilla<br />

tienen una consecuencia derivada<br />

inmediata: la plantilla se reduce, pero<br />

las tareas no, y eso genera un<br />

problema de reparto e intensidad de<br />

trabajo.<br />

Las prisas para reajustar recursos, da<br />

como resultado el cambio de<br />

funciones en la plantilla sin la<br />

formación adecuada, presionando a<br />

los que ya lo estaban realizando. Se<br />

pretende formar con medios y<br />

contenidos no adecuados, alineados<br />

con la situación artificial de<br />

emergencia permanente que viven<br />

los responsables de departamentos, lo<br />

que trae como consecuencia<br />

problemas tanto para el trabajador<br />

como para la empresa.<br />

De manera paralela discurre otro<br />

problema, en este caso “invisible a la<br />

versión oficial” y no es otro que el de<br />

los compañeros que, voluntariamente<br />

optaron por no aceptar su salida de<br />

la Empresa, se enfrentan a situaciones<br />

que cuanto menos son de dudosa<br />

legalidad, ya que desde que tomaron<br />

su decisión, su entorno laboral se ve<br />

modificado de forma sustancial.<br />

Para evitar esas situaciones, creemos<br />

que es importante actuar, y en<br />

consecuencia…<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Cerrar en cada proceso de adecuación<br />

de plantilla una cláusula que asegure<br />

al personal susceptible de acogerse,<br />

todos los derechos de los cuales<br />

venían disfrutando como<br />

teletrabajo, cargo por mando o<br />

función, turnos, acceso a<br />

aparcamiento, horarios y residencia<br />

laboral para garantizar la<br />

universalidad, voluntariedad y no<br />

discriminación en estos procesos de<br />

adecuación de plantilla.<br />

Cerrar los traslados provinciales<br />

forzosos en la siguiente negociación<br />

colectiva, es decir, la no movilidad<br />

forzosa en ninguno de sus ámbitos. En<br />

ningún caso podrán realizarse<br />

traslados forzosos durante la vigencia<br />

de un plan de adecuación de<br />

plantilla.<br />

Abrir un proceso de traslados y<br />

cambios de acoplamiento<br />

transparente y voluntarios claro que<br />

tenga prioridad sobre los cambios o<br />

traslados con conocimientos<br />

específicos.<br />

Reubicación del personal de una<br />

manera ordenada, respetando las<br />

funciones y categorías laborales, así<br />

como las localidades de origen.<br />

Aumento de la plantilla en las áreas<br />

susceptibles de necesidades, como<br />

sucede en Comercial, con el<br />

anquilosado problema de riesgos<br />

psicosociales que estaría resuelto con<br />

un número de personas adecuado.<br />

La formación debe ser real, de calidad<br />

y ajustada a las necesidades.<br />

Si tu opción es quedarte, nadie<br />

te tiene que presionar<br />

17


DEMOSLE LA VUELTA<br />

MEJORAS DE LA PÓLIZA DE SALUD<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Desde <strong>STC</strong> creemos que la plantilla de<br />

telefónica se merece el mejor seguro de<br />

salud, para ello entendemos que debe<br />

cumplir distintos aspectos:<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Tener una amplia prestación de<br />

tratamientos ya que entendemos que<br />

es esencial la cobertura de todos los<br />

tratamientos prescritos por médicos<br />

especialistas dentro del territorio<br />

nacional, así como todas las vacunas<br />

oficialmente reconocidas por el<br />

estamento médico.<br />

En el apartado de las vacunas,<br />

consideramos necesario que se cubran<br />

por la póliza de salud las vacunas<br />

infantiles no obligatorias.<br />

La rehabilitación debe estar cubierta<br />

en todos los casos independientemente<br />

del origen de las lesiones.<br />

Consideramos conveniente que se<br />

incorporen ayudas para gafas,<br />

lentillas, audífonos, etc.<br />

Incluir la prestación de psicología sin<br />

límites.<br />

En muchas situaciones límite no<br />

estamos en condiciones de realizar<br />

trámites farragosos con nuestro seguro<br />

médico, por lo que solicitamos reducir<br />

al mínimo la exigencia de obtener<br />

autorizaciones y facilitar las<br />

gestiones.<br />

Creemos que sería conveniente que se<br />

incluyeran los últimos avances en<br />

predicción de canceres.<br />

Estas propuestas son independientes<br />

de quién sea la aseguradora.<br />

Aumentar las<br />

Prestaciones,<br />

incorporando<br />

ayudas para gafas,<br />

lentillas, audífonos<br />

18


DEMOSLE LA VUELTA<br />

CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y FAMILIAR<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

La conciliación de la vida personal y<br />

familiar se entorpece con elementos de<br />

la vida laboral ante las cuales deberían<br />

establecerse medidas con el fin de<br />

atender la conciliación de la vida<br />

familiar y laboral.<br />

A pesar de los avances en materia de<br />

atención al menor introducidos en la<br />

legislación, la experiencia ha<br />

demostrado que, al reducir la jornada,<br />

el trabajador que devenga un bienio<br />

sufre una merma en su retribución,<br />

que al no actualizarse una vez finalice<br />

el periodo de jornada reducida,<br />

arrastrará a lo largo de toda su<br />

trayectoria como empleado de<br />

telefónica.<br />

Al ser las madres las que en mayor<br />

número solicitan reducción de jornada<br />

para atención a un menor, se produce<br />

un perjuicio de género que no<br />

podemos aceptar.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

1. Tener especial atención con los<br />

trabajadores que tengan hijos o<br />

mayores dependientes a su<br />

cargo y su situación sea de<br />

soltero, separado o viudo, y<br />

aquellos que estén afectados de<br />

enfermedad grave sujetos a<br />

tratamientos que les generen<br />

efectos secundarios de<br />

consideración.<br />

2. El turno de aquellos<br />

trabajadores que soliciten<br />

reducción de jornada será el<br />

que mejor se adapte a la<br />

situación del trabajador.<br />

3. Mantenimiento del importe de<br />

los bienios generados en periodo<br />

de reducción de jornada para<br />

atención al menor y a<br />

dependientes<br />

4. Fomento del teletrabajo para<br />

aquellos trabajadores que lo<br />

soliciten, acceso transparente y<br />

regulado, máxime cuando su<br />

situación sea la descrita en el<br />

punto 1.<br />

5. Concesión de traslados o<br />

cambios de acoplamiento<br />

especiales cuando la situación<br />

del trabajador cambie a algunos<br />

de los supuestos descritos en el<br />

punto 1, si no se puede<br />

conceder el teletrabajo por<br />

causas imputables al trabajador<br />

o por el perfil del desempeño del<br />

trabajo realizado por su Puesto<br />

Profesional.<br />

6. Racionalización de jornada<br />

turnos y horarios, primando<br />

jornadas continuadas frente a<br />

las jornadas partidas, teniendo<br />

especial sensibilidad en<br />

periodos de vacaciones<br />

escolares para cuidado de hijos<br />

menores de 12 años.<br />

19


DEMOSLE LA VUELTA<br />

EMPLEO Y MOVILIDAD GEOGRÁFICA<br />

CREACIÓN DE EMPLEO<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

En las dos últimas décadas hemos observado como la creación de empleo en<br />

Telefónica de España ha sido casi testimonial, lo que ha dado como consecuencia<br />

la reducción desde 1992 de unos 60.000 empleos netos de personal fijo en<br />

plantilla.<br />

En los últimos años, para la selección de nuevos empleados, la empresa ha<br />

renunciado a los sistemas objetivos como el concurso-oposición, que habían<br />

demostrado durante décadas su eficacia y acierto selectivo, y que dio como<br />

resultado una plantilla compuesta por empleados capaces de afrontar cualquier<br />

cambio y reto que el mercado o el regulador haya puesto en el camino de la<br />

empresa.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

- Sistemas objetivos y transparentes para la selección de empleados. De<br />

esa manera se garantiza que las vacantes serán cubiertas por los candidatos<br />

más preparados.<br />

- Elaboración de un PLAN ANUAL DE EMPLEO (PAE) del ámbito NACIONAL,<br />

en el que de manera transparente se publiquen las plazas ofertadas en la<br />

totalidad de unidades<br />

- Las instalaciones y servicios de carácter estratégico estarán atendidas con<br />

personal propio fijo en plantilla.<br />

TRASLADOS<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

En el apartado de traslados existen dos casos claramente diferenciados: los<br />

voluntarios y los forzosos.<br />

A) TRASLADOS VOLUNTARIOS<br />

Referente a estos, efectivamente el CEV recoge en su artículo 126 que los<br />

empleados podrán solicitar plaza dentro de su puesto profesional en las localidades<br />

a las que desean trasladarse durante el mes de diciembre de cada año. Se concede<br />

previamente a la resolución de convocatorias excepto:<br />

- Cuando se quiere consolidar puestos profesionales<br />

- Cubrir puestos de trabajo que requieren un perfil determinado<br />

- Reubicación de determinados colectivos<br />

Además, la dirección de la empresa puede publicar puestos a los que se accedan<br />

con requisitos especiales. A estos puestos se pueden presentar tanto trabajadores<br />

20


DEMOSLE LA VUELTA<br />

que tienen solicitado el traslado como aquellos que pertenecen a la misma<br />

localidad y cumplen esos requisitos.<br />

Desde estos puntos, los traslados se han vuelto opacos y complicados.<br />

Demasiadas excepciones que aniquilan la norma. Esto afecta mucho a la vida del<br />

trabajador, ya que normalmente estos traslados son solicitados por motivos<br />

familiares y muy personales. Es por ello que creemos que deberían de concederse<br />

de manera mucho más numerosa de la que se está dando.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

- Con carácter general, los traslados estarán sometidos al PAE nacional.<br />

- Priorizar los traslados, fomentando la formación para puestos en los que<br />

necesiten conocimientos específicos.<br />

- La exigencia a la empresa de criterios claros y objetivos sobre la adjudicación<br />

de los puestos con conocimientos o requisitos especiales.<br />

- Flexibilidad real de las condiciones de prestación laboral, teletrabajo y<br />

trabajo en movilidad como fórmulas de conciliación de la vida personal<br />

familiar y profesional (amparado en el plan de Igualdad del CEV).<br />

B) TRASLADOS OBLIGATORIOS<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

La puesta en marcha del plan 17/20 ha abierto un camino que pone en peligro a<br />

cientos de compañeros, sobre todo del área de operaciones. Presentado en la 5ª<br />

reunión de la Comisión Inter-empresas de Operaciones y Red celebrada el 28 de<br />

noviembre de 2017 amparaba el cierre de localidades con los siguientes criterios:<br />

• Número de Empleados igual a uno.<br />

• Localidades con el menor número de líneas<br />

• Trabajadores con la categoría laboral de Operador de Comunicaciones<br />

Esta situación se ha agravado en las sucesivas reuniones 6ª y 7ª de esa Comisión<br />

Inter empresas en la que solo están los firmantes del CEV.<br />

Para <strong>STC</strong> lo importante son las condiciones laborales y personales de los<br />

trabajadores. Los artículos 136, 137 y 138 del CEV establecen un mecanismo<br />

sobre este asunto, el cual NO SE HA CUMPLIDO. Un traslado provincial forzoso no<br />

solo daña la estructura personal y familiar del afectado, también perjudica a los<br />

que, habiendo solicitado traslado para esa localidad, están a la espera de<br />

concesión.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta” PROPONEMOS:<br />

- En plena vigencia de un Plan de adecuación de plantilla deben implantarse<br />

garantías para que la Empresa no pueda coaccionar a los trabajadores con<br />

21


DEMOSLE LA VUELTA<br />

Traslados forzosos. Exigimos que este asunto se traslade a los Comités<br />

Provinciales, ya que las mesas interempresas, con la composición actual,<br />

se demuestran totalmente ineficaces para solucionar problemas. Como<br />

hemos dicho anteriores ocasiones, de habernos permitido a <strong>STC</strong> estar en la<br />

negociación, seríamos más fuertes y las condiciones serían bien distintas.<br />

CAMBIOS DE ACOPLAMIENTO<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Según aparece en la disposición adicional tercera del CEV: “Todo empleado que<br />

desee cubrir vacante de su mismo puesto profesional dentro de la localidad de<br />

residencia podrá solicitarlo entre el 1 y el 31 de diciembre de ese mismo año”. Sobre<br />

estas solicitudes hay unas normas objetivas de preferencia: afectados por una<br />

reestructuración organizativa, antigüedad en la residencia del puesto profesional,<br />

antigüedad efectiva en el puesto profesional, antigüedad en la empresa y mayor<br />

edad.<br />

Ahora bien, en el punto dos de dicha disposición aparece que se exceptúan de las<br />

normas anteriores los acoplamientos “con funciones que requieren conocimientos<br />

específicos o aptitudes especiales”. Y efectivamente para todos los puestos de la<br />

compañía siempre se necesita algún conocimiento específico o aptitud<br />

especial.<br />

Sobre este punto se amparan los denominados “CACES”, en los que la empresa<br />

tiene vía libre total para realizar los cambios de acoplamiento sin ninguna norma,<br />

bajo un criterio totalmente subjetivo, impidiendo el desarrollo profesional de<br />

muchos empleados. Así aparecen como CACES vacantes que ya están adjudicadas<br />

previamente o trabajadores “vetados“ por sus propios departamentos para que<br />

nunca puedan cambiarse.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta” PROPONEMOS:<br />

Que la lista de cambio de acoplamiento debe ser el mecanismo principal para el<br />

movimiento de los trabajadores dentro de la misma localidad, formando al<br />

trabajador para el nuevo puesto cuando sea necesario. En el caso de que algún<br />

puesto requiriera un cambio de acoplamiento con conocimientos específicos, el<br />

proceso tendría que ser participado por el comité de empresa, para realizarlos<br />

con transparencia y objetividad.<br />

Trasparencia en los cambios de acoplamiento,<br />

traslados y creación de vacantes.<br />

<strong>22</strong>


DEMOSLE LA VUELTA<br />

NORMATIVA LABORAL Y COMISIONES PROVINCIALES DE GESTIÓN<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El convenio colectivo 1993/1995<br />

suscrito el 25 de marzo de 1994, en su<br />

cláusula 3 incluía una Normativa<br />

Laboral cuya vigencia se mantenía en<br />

tanto no se acuerden modificaciones a<br />

su articulado en sucesivos Convenios<br />

Colectivos.<br />

Como norma que sustituyó y por<br />

tanto derogó a la Reglamentación<br />

Nacional de Trabajo, Reglamento de<br />

Régimen Interior y cláusulas vigentes<br />

de Convenios Colectivos, y era<br />

aplicable en Telefónica de España y<br />

gozaba de plena eficacia y validez a<br />

todos los efectos, procediéndose a su<br />

registro y publicación en los términos<br />

señalados en el artículo 90 del<br />

Estatuto de los Trabajadores.<br />

La Normativa Laboral da respuesta a<br />

todos los asuntos de la empresa desde<br />

distintos puntos de vista. Por ejemplo,<br />

abarca la prevención de riesgos<br />

laborales y también atiende a la<br />

gestión de recursos humanos.<br />

Esta Normativa Laboral constaba de<br />

18 capítulos y un total de 270<br />

artículos que regulaban las relaciones<br />

de trabajo entre Telefónica de España<br />

y sus empleados en todo el territorio<br />

español.<br />

En el caso de finalización de un<br />

convenio colectivo y mientras no se<br />

firmaba el siguiente, esta Normativa<br />

Laboral daba amparo a los<br />

trabajadores de Telefónica de España,<br />

que no veían reducidos sus derechos y<br />

no se regían por el Estatuto de los<br />

Trabajadores y su legislación laboral,<br />

claramente inferior al convenio<br />

colectivo y a la Normativa Laboral de<br />

Telefónica de España.<br />

Dicho convenio 1993/95, en su<br />

cláusula 20 constituyó las Comisiones<br />

Provinciales de Gestión (CPG) “con<br />

objeto de racionalizar las relaciones<br />

entre la Representación de los<br />

Trabajadores y la Dirección de la<br />

Empresa”. Durante dos décadas las<br />

CPG han demostrado su eficacia para<br />

afrontar asuntos a nivel provincial en<br />

los que la Dirección escucha a la<br />

RR.TT. y permite encontrar soluciones.<br />

En noviembre de 2015, se firmó el I<br />

Convenio de Empresas Vinculadas<br />

(CEV) 2015/2017 y como referencia se<br />

utilizó la Normativa Laboral de<br />

Telefónica de España (TdE) como base<br />

para este nuevo marco, así como los<br />

convenios colectivos de Telefónica<br />

Móviles España (TME) y Telefónica<br />

Soluciones de Informática y<br />

Comunicaciones (TSOL), pero supuso<br />

la derogación de la Normativa<br />

Laboral que prevalecía sobre el<br />

convenio colectivo.<br />

El CEV también derogó las<br />

Comisiones Provinciales de Gestión,<br />

lo cual supone un grave perjuicio para<br />

los trabajadores, y un “acierto” de la<br />

Empresa al imponer su criterio a los<br />

sindicatos firmantes.<br />

¿Qué ocurre a partir del I Convenio<br />

de Empresas Vinculadas?, por lo<br />

pronto que se eliminan las<br />

Comisiones Provinciales de Gestión<br />

y la continuidad de la Normativa<br />

Laboral y teniéndose que negociar<br />

todos sus artículos dentro de la<br />

negociación de un Convenio Colectivo,<br />

despojando a los trabajadores de<br />

Telefónica de España de 20 años de<br />

cobertura y privando al resto de<br />

empresas vinculadas del beneficio y<br />

derecho de cara al futuro.<br />

Esta situación, creada por los<br />

firmantes del CEV, pone en riesgo la<br />

23


DEMOSLE LA VUELTA<br />

continuidad de los derechos heredados<br />

de la Normativa Laboral y generan una<br />

gran desventaja para los trabajadores<br />

frente a la Empresa.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

De cara a la negociación de un nuevo<br />

convenio y por los hechos constatados,<br />

<strong>STC</strong> considera necesario la<br />

recuperación de la Normativa<br />

Laboral de Telefónica que sea la base<br />

con la que siempre parta la<br />

negociación de futuros convenios<br />

colectivos y de amparo al colectivo de<br />

trabajadores.<br />

Esta Normativa Laboral deberá<br />

amparar a las empresas recogidas en<br />

el CEV, en la actualidad Telefónica de<br />

España (TdE). Telefónica Móviles<br />

(TME) y Telefónica Soluciones de<br />

Informática y Comunicaciones (TSOL)<br />

y ser la base de toda negociación<br />

colectiva y dé cobertura a todos sus<br />

trabajadores en los próximos años.<br />

Con ello se recupera de nuevo para<br />

los trabajadores de Telefónica de<br />

España la protección de la Normativa<br />

Laboral y se extiende la ampliación a<br />

los colectivos de Telefónica Móviles y<br />

Telefónica Soluciones, y los que en un<br />

futuro pudieran adherirse.<br />

De igual manera consideramos<br />

imprescindible volver a instituir las<br />

Comisiones Provinciales de Gestión.<br />

Salvaguardemos la<br />

normativa laboral<br />

24


DEMOSLE LA VUELTA<br />

PLAN DE PENSIONES Y SEGURO DE RIESGO<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El plan de Pensiones de Empleados de<br />

Telefónica fue constituido el 21 de<br />

diciembre de 1992 como un plan de<br />

empleo, en el que tanto el empleado<br />

como el promotor realizan<br />

aportaciones mensuales.<br />

El promotor realiza una aportación<br />

mensual al plan de pensiones del<br />

trabajador en función de la fecha de<br />

entrada a la empresa. Si la entrada<br />

fue antes del 30/06/1992 la empresa<br />

aporta el 6,87% del salario regulador,<br />

y si fue posterior al 30/06/92, la<br />

aportación es del 4,51%<br />

Los acuerdos de previsión social del 3<br />

de noviembre de 1992 determinaron<br />

que el importe consolidado del Plan de<br />

Pensiones formará parte de la<br />

indemnización del SEGURO DE<br />

RIESGO, por lo que, a mayor capital<br />

aportado al plan de pensiones, menor<br />

importe indemniza la aseguradora.<br />

Esta concurrencia de cantidades da<br />

como resultado que, en caso de<br />

indemnización, el trabajador ha<br />

abonado con su aportación al Plan de<br />

Pensiones, una parte de la<br />

indemnización recibida. Sin embargo,<br />

en lo referente a la designación de<br />

beneficiarios, la concurrencia no<br />

existe. Si el trabajador no designa los<br />

mismos beneficiarios en el plan de<br />

pensiones (FONDITEL) y el seguro de<br />

riesgo (ANTARES), es posible que sus<br />

beneficiarios se encuentren con<br />

sorpresas desagradables.<br />

El órgano de dirección del Plan de<br />

Pensiones es la Comisión de Control.<br />

Hasta 2003, los representantes de los<br />

partícipes y beneficiarios de la<br />

comisión de control se elegían<br />

mediante proceso electoral. A partir<br />

de ese año, los representantes se<br />

eligen por designación directa, con la<br />

consiguiente merma democrática. En<br />

2011 una sentencia favorable en el<br />

Tribunal Constitucional obligó a<br />

realizar el proceso electoral de nuevo,<br />

pero solo para los representantes de<br />

los beneficiarios (2 miembros). Los<br />

partícipes no tienen derecho a elegir.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

• Elecciones a la Comisión de<br />

Control del Plan de Pensiones.<br />

Que sean para todos los<br />

partícipes y los beneficiarios. En<br />

su defecto, los representantes<br />

de los partícipes en la Comisión<br />

de control tendrán una<br />

representación proporcional a<br />

la del Comité Intercentros.<br />

• Reclamar que para todos los<br />

empleados activos el promotor<br />

haga el mismo aporte del 6,87%<br />

de su salario regulador<br />

independientemente de su fecha<br />

de entrada en la compañía.<br />

• Que las inversiones que se<br />

realicen no sean tan<br />

especulativas y se invierta<br />

menos en renta variable. Debido<br />

a la media de edad de los<br />

partícipes que actualmente es<br />

25


más alta y están más cerca de<br />

la edad de jubilación es mejor<br />

no arriesgarse a sufrir pérdidas.<br />

• Total, transparencia e<br />

información completa de todas<br />

y cada una de las operaciones<br />

del fondo. Así como información<br />

detallada de las comisiones de<br />

los gestores y sus gastos<br />

correspondientes.<br />

• Modificar el reglamento del Plan<br />

para permitir que aquellos<br />

trabajadores que extingan su<br />

relación laboral puedan rescatar<br />

los derechos consolidados en<br />

situación de desempleo de<br />

larga duración. De esa forma<br />

evitaríamos la movilización de<br />

la totalidad de los derechos<br />

consolidados a otro plan cuando<br />

deseen<br />

• Es momento de proponer la no<br />

concurrencia de las<br />

cantidades correspondientes a<br />

la indemnización del Seguro de<br />

Riesgo. La Concurrencia es<br />

discriminatoria entre los<br />

adscritos y los no adscritos al<br />

Plan de Pensiones.<br />

• La designación de los<br />

beneficiarios de la póliza del<br />

SEGURO DE RIESGO se<br />

entenderá por la totalidad del<br />

importe asegurado. Mientras se<br />

mantenga la concurrencia de<br />

cantidades entre el Seguro de<br />

Riesgo y el Plan de Pensiones,<br />

cuando se designen los<br />

beneficiarios en el SEGURO DE<br />

RIESGO se arrastrarán, a<br />

voluntad del trabajador, al<br />

PLAN DE PENSIONES.<br />

• rescatar una parte de sus<br />

derechos consolidados.<br />

No permitir operaciones<br />

especulativas con el<br />

complemento para<br />

nuestra jubilación<br />

26


DEMOSLE LA VUELTA<br />

PERMISOS RETRIBUIDOS<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

La normativa referente a permisos<br />

retribuidos apenas ha experimentado<br />

evolución en los últimos 25 años. La<br />

realidad social es notablemente<br />

distinta a la que existía en la última<br />

gran modificación, por lo que desde<br />

<strong>STC</strong> consideramos necesaria la<br />

inclusión algunos cambios que<br />

adapten la regulación de permisos<br />

retribuidos a la situación actual de la<br />

plantilla. Estos cambios que<br />

proponemos son coherentes con los<br />

principios de Responsabilidad Social y<br />

fomento de la diversidad, por lo que no<br />

observamos dificultad para su puesta<br />

en marcha.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Las siguientes medidas se enfocan a la<br />

atención a nuestros familiares en caso<br />

de enfermedad, para sumar o mejorar<br />

las ya existentes:<br />

1. Con independencia de la fecha<br />

del hecho causante, y la<br />

coincidencia con días no<br />

laborales, se concedan los días<br />

laborales establecidos según<br />

gravedad, estancia hospitalaria<br />

y/o desplazamiento.<br />

poder coordinarse con otros<br />

familiares para una mayor<br />

atención.<br />

3. Que se concedan días<br />

adicionales para estancias<br />

hospitalarias prolongadas,<br />

proponiendo que se conceda 1<br />

día adicional por cada semana<br />

de ingreso hospitalario.<br />

4. Que se permita la realización<br />

de jornadas o turnos<br />

especiales, solicitadas por el<br />

trabajador, mientras se<br />

produzca la estancia<br />

hospitalaria del familiar.<br />

5. Facilitar la concesión de<br />

cambios de acoplamiento o<br />

traslados temporales de la<br />

forma más rápida posible en el<br />

caso de que el trabajador<br />

tuviera que desplazarse de zona,<br />

ciudad o provincia para estar<br />

más cerca del familiar enfermo.<br />

6. En caso de tener que realizar<br />

un acompañamiento en<br />

domicilio del familiar o<br />

trabajador por la enfermedad,<br />

conceder teletrabajo al menos<br />

durante un periodo que permita<br />

al trabajador prestar o cubrir<br />

dicha necesidad de atención.<br />

2. Que dichos días generados<br />

puedan disfrutarse de forma<br />

fraccionada, tanto en días<br />

como en horas, con el fin de<br />

Por que estas cosas<br />

no se piden por gusto,<br />

facilitémoslas<br />

27


DEMOSLE LA VUELTA<br />

VACACIONES<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El apartado de vacaciones se ha visto<br />

recientemente adaptado por el nuevo<br />

sistema de vacaciones rotativas, el<br />

cual ha sustituido al veterano sistema<br />

de asignación por antigüedad. A pesar<br />

de los cambios del sistema, desde <strong>STC</strong><br />

consideramos necesario adaptar la<br />

reglamentación sobre vacaciones a la<br />

realidad social del momento.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Consideración de festivo y día<br />

recuperable de los sábados incluidos<br />

en periodo reglamentario de<br />

vacaciones, al igual que los domingos y<br />

festivos. Igualmente, para el 24 y 31 de<br />

diciembre.<br />

Tener un periodo de entre cinco a diez<br />

días los cuales se puedan disfrutar<br />

como días sueltos, a utilizar en casos<br />

en los que prolongar los permisos<br />

retribuidos para atención a familiares<br />

con enfermedad.<br />

En los casos de baja de larga duración,<br />

los días de asuntos propios que no se<br />

hubieran podido disfrutar en el año<br />

natural se convertirán en libranzas<br />

acumulables.<br />

El sistema de vacaciones rotativas<br />

adaptará su reglamentación en<br />

unidades donde no exista personal<br />

para completar los cuatro grupos.<br />

No pierdas los días de<br />

asuntos propios<br />

estando de baja<br />

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DEMOSLE LA VUELTA<br />

GARANTÍA DE EMPLEO Y REVISIÓN SALARIAL<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

Para finalizar nuestro repaso a los<br />

asuntos que marcan las relaciones<br />

laborales dentro de Telefónica de<br />

España, cerramos con dos apartados<br />

imprescindibles en cada negociación<br />

colectiva: La garantía de empleo y la<br />

revisión salarial.<br />

Para elaborar este punto, hemos<br />

rescatado nuestra propuesta de<br />

convenio colectivo presentada en el<br />

Comité Intercentros de Telefónica de<br />

España en 2015 a la que solo hemos<br />

actualizado los años de vigencia.<br />

Es conveniente reflexionar sobre que<br />

nos han aportado los actuales actores<br />

que han suscrito el CEV en Telefónica<br />

de España, y cómo es necesario<br />

cambiar las cosas y las<br />

representaciones hacia propuestas en<br />

positivo que hagan avanzar.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

Se garantiza para cada uno de los<br />

años de vigencia del próximo convenio<br />

un incremento de la masa salarial<br />

del IPC+2 puntos que tendrá carácter<br />

consolidable.<br />

El valor de los nuevos bienios que se<br />

devenguen a partir del 1 de enero del<br />

<strong>2019</strong> continuará siendo el 2,4 del<br />

sueldo base del nivel salarial<br />

correspondiente.<br />

Los procedimientos de cálculo de<br />

horas extraordinarias serán del doble<br />

de la hora ordinaria.<br />

Retorno del plus de productividad, en<br />

las mismas condiciones reflejadas en<br />

el convenio 2008-2010, para toda la<br />

vigencia del convenio y sus posibles<br />

prórrogas.<br />

El plus de conducir se integrará en el<br />

salario base de las categorías que lo<br />

tienen reconocido, de esa manera se<br />

garantiza su actualización.<br />

En las jornadas partidas, quedará a<br />

elección del trabajador si desea el<br />

abono en nómina del plus de jornada<br />

partida o el ticket restaurante<br />

correspondiente.<br />

Revisión de los pluses y complementos<br />

vigentes.<br />

Garantía de empleo: No será causa de<br />

baja en la Empresa, con carácter<br />

forzoso, mediante la aplicación de los<br />

mecanismos previstos en el artículo 51<br />

y articulo 52 del Estatutos de los<br />

Trabajadores.<br />

Garanticemos nuestro poder<br />

adquisitivo, recuperemos los<br />

derechos perdidos<br />

29


Publicación elaborada por:<br />

SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES<br />

Sección Sindical de Telefónica.<br />

COMISIÓN PERMANENTE ESTATAL<br />

Calle San Felipe 8, Bajo 28020 - Madrid<br />

© <strong>2019</strong><br />

30


Murcia – Vista Alegre


<strong>STC</strong> – Telefónica – CONTACTO:<br />

C/. San Felipe Nº 8 Bajo<br />

28020 Madrid<br />

915 560 770<br />

stc-uts@sindicalstc-uts.es<br />

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