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01 - El sujeto de las relaciones comerciales

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Si sucede esto último, generalmente se llevan libros auxiliares

(subsidiarios) cuyos resultados son trasladados al asiento global 25 .

2) Inventario y balance. Según Fontanarrosa (1992):

Inventario es la descripción detallada de todo el activo y el

pasivo de una persona o entidad, es decir, el recuento de

todos los bienes y derechos de que es titular, y de todas las

deudas y obligaciones que graban todo su patrimonio con la

estimación de sus respectivos valores. Es una operación

previa y necesaria para la formación del balance.

El balance es una relación ordenada, un cuadro sintético,

un resumen del inventario, en el que se expresa el cuadro

económico de la empresa y los resultados de la explotación

en un momento determinado. (P. 344).

Por otro lado, debemos tener en cuenta que los estados contables han sido

definidos como:

La presentación estructurada de información contable

histórica, que incluye notas explicativas, cuya finalidad es la

de informar sobre los recursos económicos y obligaciones de

una entidad en un momento determinado o sobre los

cambios registrados en ellos en un periodo de tiempo, de

conformidad con un marco de información contable.

Entonces nos referimos al llamado “Estado de situación

patrimonial”, “Estado de resultado” junto con el de cambios

en el patrimonio y el de flujo de efectivo y aplicación de

fondos. Todo luego debe asentarse en el Libro de Inventario

y Balance. 26

Si bien los libros caracterizados son los obligatorios, el Código Civil y

Comercial de la Nación da carácter obligatorio a “aquellos que corresponden

a una adecuada integración del sistema de contabilidad y que exige la

25

Artículo 327, Ley N.° 26994. (1 de octubre de 2014). Código Civil y Comercial de la Nación

Argentina [B. O. 08/10/2014. Promulgado según Decreto 1795/2014, B. O. 08/10/2014]. Honorable

Congreso de la Nación Argentina.

26

Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, comentado por especialistas. (2014). [J. C. Rivera

director, y G. Medina, coordinador]. Buenos Aires: La Ley.

11

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