11.02.2020 Views

01 - El sujeto de las relaciones comerciales

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En cuanto a la persona humana que desarrolla una actividad económica

organizada, no se prevé su inscripción registral, salvo en las leyes

especiales.

Cuando analicemos el módulo tres, veremos que en la constitución de

sociedades se menciona el Registro Público. Además, se siguen registrando

otras actuaciones, como la transferencia de fondos de comercio y los

denominados contratos asociativos.

Libro de comercio, la contabilidad y estados contables

En el Libro I, Título 4, Capítulo 5, Sección 7, a partir del artículo 320 y hasta

el 331, con el título “Contabilidad y estados contables”, se encuentra la

obligación de llevar libros 20 . Para una mayor precisión técnica, aclaramos

que no nos estamos refiriendo a una obligación propiamente dicha, sino a

una carga.

¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad?

Siguiendo el articulado del Código Civil y Comercial vigente, deben llevar la

contabilidad:

Todas las personas jurídicas privadas.

Las que realizan una actividad económica organizada.

Quienes sean titulares de una empresa o establecimiento comercial. El

empresario que ejerce la actividad comercial es asimilable al

comerciante 21 .

Es decir que el Código Civil y Comercial, a pesar de la unificación, admite dos

categorías de personas humanas: una general y una especial compuesta por

aquellas que realizan una actividad económica organizada y las que son

20

Ley N.° 26994. (1 de octubre de 2014). Código Civil y Comercial de la Nación Argentina [B. O.

08/10/2014. Promulgado según Decreto 1795/2014, B. O. 08/10/2014]. Honorable Congreso de la

Nación Argentina.

21

Artículo 320, Ley N.° 26994. (1 de octubre de 2014). Código Civil y Comercial de la Nación

Argentina [B. O. 08/10/2014. Promulgado según Decreto 1795/2014, B. O. 08/10/2014]. Honorable

Congreso de la Nación Argentina.

9

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!