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Ángel Metropolitano 268

Coincidencias y retos entre Joe Biden y López Obrador

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<strong>Ángel</strong> <strong>Metropolitano</strong> Lunes 25 de enero de 2021 11<br />

El teletrabajo, obligado por la pandemia en muchos casos, tiene reglas<br />

entre patrones y empleados. Trabajadoras y<br />

trabajadores se vieron expuestos a jornadas<br />

laborales más largas que sus horarios habituales<br />

y las compañías vieron una reducción en la<br />

productividad.<br />

Sin embargo, a unos días de la entrada en vigor<br />

de este marco regulatorio, existen algunas<br />

dudas respecto a cómo se implementarán<br />

estas medidas. A continuación, compartimos<br />

7 puntos importantes con base en las dudas<br />

generadas de la reforma.<br />

1. ¿Qué es el teletrabajo y cómo saber si un<br />

trabajo específico se considera home office?<br />

El DOF lo define como “el desempeño de actividades<br />

remuneradas en lugares distintos<br />

al establecimiento o establecimientos del<br />

patrón”, y en el cual se utilizan tecnologías de<br />

la información. Asimismo, las relaciones laborales<br />

se desarrollan más del 40% del tiempo<br />

en el domicilio elegido por la persona trabajadora,<br />

pero si el teletrabajo se realiza de forma<br />

ocasional o esporádica, éste no está contemplado<br />

en la nueva regulación.<br />

2. ¿Cómo se garantiza la desconexión digital?<br />

“Se entiende el concepto de desconexión<br />

digital, como el derecho que tiene un trabajador<br />

de no estar obligado a participar en comunicaciones<br />

vía electrónicas, como correos,<br />

llamadas telefónicas o videollamadas en días<br />

y horarios fuera del trabajo, así como en sus<br />

períodos de vacaciones. En esta medida, las<br />

empresas se han planteado establecer políticas<br />

de cerrar los correos a partir de la hora del<br />

término de la jornada laboral, para evitar que<br />

sigan llegando mensajes, asimismo, el trabajador<br />

tiene derecho a no contestar si la empresa<br />

lo intenta contactar una vez terminado su<br />

horario laboral”, señaló Emilio Gárate, socio de<br />

BC&B, firma legal y de negocios.<br />

3. Tecnologías para teletrabajo y protección<br />

de datos. Es necesario que el personal<br />

esté capacitado para el uso de las tecnologías<br />

de información, por lo que deberán ser asesorados<br />

por sus empleadores. De igual forma,<br />

las empresas están obligadas a proteger<br />

los datos personales de sus empleados; del<br />

mismo modo, se deben establecer políticas<br />

de protección de la información para que los<br />

trabajadores tengan claras las restricciones<br />

que existen en cuanto al manejo y almacenamiento<br />

de los datos que proporcionan sus<br />

empleadores, así como el uso y destino de las<br />

herramientas de trabajo.<br />

4. Salarios y costos proporcionales. Si bien,<br />

la ley establece que los patrones deben asumir<br />

una parte de los costos derivados del home office,<br />

tal como la parte proporcional de la energía<br />

eléctrica, las tarifas de este servicio pueden variar<br />

de un estado a otro, por ello, en vez de hacer<br />

un cálculo para determinar la parte proporcional<br />

del consumo de luz, las empresas y los trabajadores,<br />

por ello, se recomienda que pacten un<br />

monto fijo. No obstante, también los empleados<br />

deben responsabilizarse por los equipos y materiales<br />

proporcionados para su labor, así como<br />

el uso y destino que den a los mismos. Asimismo,<br />

ambas partes deberán respetar el salario<br />

acordado, teniendo en cuenta que no deberían<br />

variar entre una persona con las mismas funciones<br />

que realiza su trabajo de forma presencial.<br />

5. Cambio de modalidad voluntario. Así<br />

debe quedar establecido en el contrato que<br />

establezcan patrones y trabajadores. Además,<br />

se trata de una modalidad reversible, por<br />

lo que se deben pactar acuerdos para definir<br />

procesos y tiempos.<br />

6. Seguridad y salud. La Secretaría del Trabajo<br />

y Previsión Social (STPS) cuenta con un plazo<br />

de año y medio para publicar una Norma Oficial<br />

Mexicana que contemple las obligaciones<br />

en materia de seguridad y salud en el teletrabajo.<br />

Sin embargo, se deben aplicar a la medida<br />

de lo posible, disposiciones para los factores de<br />

riesgo psicosocial, por lo cual la NOM 035 será<br />

aplicable en la conducente al trabajador.<br />

7. Supervisión de actividades laborales.<br />

Los patrones pueden establecer mecanismos<br />

de supervisión, como software que garantice<br />

que sus trabajadores cumplen con las horas y<br />

las actividades acordadas, o pidiendo la activación<br />

de cámaras y micrófonos sin traspasar los<br />

límites de la intimidad y, muy importante, sólo<br />

de manera extraordinaria.<br />

Finalmente, esta forma de organización<br />

laboral surgió como una necesidad ante la<br />

pandemia y, dada la premura de la reforma,<br />

aún queda mucho trabajo que hacer para<br />

que la ley regule exitosamente la relación<br />

entre trabajadores y empleadores.<br />

Sin embargo, es un hecho que su implementación<br />

representa un avance en materia de productividad<br />

laboral y de transformación digital,<br />

ya que, según la Comisión Económica para<br />

América Latina y el Caribe (Cepal), durante el<br />

primer semestre de 2020, el uso de herramientas<br />

relacionadas con el teletrabajo aumentó un<br />

324% en todo el mundo, afirmó Emilio Gárate. ▪<br />

(Con información de BC&B)

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