Listín Diario 31-01-2023
https://listindiario.com/
https://listindiario.com/
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
2 SANTO DOMINGO, RD. MARTES, <strong>31</strong> DE ENERO DE <strong>2023</strong> 10 cm<br />
La Arrancada<br />
5 cm<br />
4 cm<br />
Observatorio Global.<br />
3,5 cm<br />
3 cm<br />
El debate sobre la nueva<br />
ley de Régimen Electoral<br />
LEONEL FERNÁNDEZ<br />
Santo Domingo<br />
R<br />
ecientem<br />
e n t e e l<br />
Senado de<br />
la República<br />
aprobó<br />
en primera lectura un<br />
proyecto de ley que tiene<br />
como objetivo modificar<br />
la Ley Orgánica de<br />
Régimen Electoral núm.<br />
15-19.<br />
Debido a que la legislatura<br />
que empezó el 16<br />
de agosto del año pasado<br />
culminaba a principios<br />
de este mes de<br />
enero, desde el Poder<br />
Ejecutivo se interpretó<br />
que el referido proyecto<br />
legislativo había perimido<br />
en la Cámara de Diputados.<br />
Por consiguiente, apoyándose<br />
en esos motivos,<br />
fue que procedió,<br />
mediante decreto, a extender<br />
la legislatura<br />
hasta el 15 de febrero.<br />
EL SISTEMA LEGAL<br />
CREADO PARA<br />
REGIR NUESTROS<br />
PROCESOS<br />
ELECTORALES<br />
NACIÓ VICIADO<br />
En el marco de esa extensión<br />
a la legislatura es<br />
que actualmente se encuentra<br />
el proyecto de ley<br />
que procura introducir<br />
reformas al régimen electoral<br />
en la República Dominicana.<br />
Durante esta semana<br />
el debate legislativo continuará<br />
en la cámara alta;<br />
y de lo que se trata es<br />
de alcanzar el mayor consenso<br />
posible entre las<br />
fuerzas políticas representadas<br />
en ese hemiciclo,<br />
para que sea aprobado<br />
en segunda lectura y<br />
luego tramitado a la Cámara<br />
de Diputados, para<br />
ser convertida en ley, como<br />
indica nuestra Constitución.<br />
Esa reforma legal a la<br />
manera en que deben organizarse<br />
y conducirse los<br />
procesos electorales, ha sido<br />
una iniciativa de la Junta<br />
Central Electoral (JCE).<br />
La inquietud surgió<br />
de la necesidad de adecuar<br />
la legislación prevaleciente,<br />
debido a que<br />
como consecuencia de<br />
varias sentencias del Tribunal<br />
Constitucional<br />
(TC), del Tribunal Superior<br />
Administrativo<br />
(TSA), y del Tribunal Superior<br />
Electoral (TSE),<br />
varios artículos y sus numerales<br />
fueron anulados<br />
debido a su carácter inconstitucional.<br />
A pesar de la estabilidad<br />
que durante 22 años<br />
se mantuvo con la ley<br />
275-97 sobre régimen<br />
electoral, se consideró la<br />
necesidad de crear una<br />
nueva legislación que regulase<br />
a los partidos políticos<br />
y al régimen electoral.<br />
Pero, la nueva normativa<br />
no estuvo a la altura<br />
de las expectativas esperadas.<br />
Esto así, debido a<br />
que intereses particulares<br />
fueron colocados por encima<br />
de la necesidad de<br />
fortalecer la democracia<br />
y el Estado de derecho en<br />
favor del pueblo dominicano.<br />
De esa manera, el sistema<br />
legal creado para<br />
regir nuestros procesos<br />
electorales nació viciado.<br />
Surgió a la vida jurídica<br />
con defectos de tal<br />
magnitud que no podía<br />
garantizar la confianza,<br />
transparencia e integridad<br />
que requiere un sistema<br />
electoral.<br />
En búsqueda<br />
del consenso<br />
Al preparar su proyecto<br />
de reforma a la Ley Electoral<br />
Núm 15-19, la Junta<br />
Central Electoral (JCE)<br />
convocó a una audiencia<br />
a las organizaciones políticas,<br />
con la finalidad de<br />
dar a conocer su contenido.<br />
Los partidos políticos,<br />
tomando en consideración<br />
que el Poder Ejecutivo<br />
había hecho un llamado<br />
a la celebración<br />
de un diálogo nacional,<br />
en el marco del Consejo<br />
Económico y Social<br />
(CES), solicitaron la<br />
creación de una mesa de<br />
debates sobre ese particular.<br />
Así sucedió. Se procuraba<br />
construir consensos<br />
que permitieran disponer<br />
de una nueva herramienta<br />
legal, esta vez más en<br />
consonancia con nuestra<br />
Carta Sustantiva y más<br />
en armonía con garantizar<br />
el ejercicio responsable<br />
y eficaz del sufragio<br />
universal.<br />
Como resultado del<br />
diálogo del CES, hubo 43<br />
consensos y 46 disensiones<br />
con respecto al proyecto<br />
elaborado por el órgano<br />
electoral; y a pesar<br />
de todo el esfuerzo realizado<br />
entre los representantes<br />
de los partidos<br />
políticos, ese proyecto<br />
consensuado no fue introducido<br />
en el Congreso<br />
Nacional.<br />
Eso fue lamentable.<br />
Al no ocurrir así, lo consensuado<br />
en el diálogo<br />
solo ha servido como insumo,<br />
suministrado por<br />
el CES, para el debate<br />
que se lleva a cabo en el<br />
ámbito del Poder Legislativo.<br />
Como consecuencia de<br />
todo eso, el trabajo para<br />
la reforma electoral ha<br />
enfrentado desafíos de<br />
coordinación. Los diputados<br />
y senadores han estado<br />
efectuando modificaciones<br />
divergentes en dos<br />
comisiones que han trabajado<br />
de forma simultánea,<br />
pero sin la sinergia<br />
que debe existir entre<br />
ambas cámaras.<br />
Afortunadamente, en<br />
estos días ha habido un<br />
cierto avance con respecto<br />
a esa situación. Se ha<br />
aprobado en primera lectura,<br />
como hemos dicho,<br />
el nuevo proyecto de ley<br />
de régimen electoral; y se<br />
han convocado reuniones<br />
de las comisiones de ambas<br />
cámaras.<br />
EN EL NUEVO<br />
PROYECTO DE<br />
LEY, LO QUE SE HA<br />
CONSENSUADO<br />
NO ES EL VOTO<br />
ELECTRÓNICO SINO,<br />
ÚNICAMENTE, EL<br />
ESCRUTINIO<br />
Transfuguismo<br />
y voto electrónico<br />
En la nueva propuesta de<br />
ley de reforma electoral,<br />
hay dos temas esenciales<br />
que todavía no han logrado<br />
ser consensuados.<br />
Se trata del transfuguismo<br />
y el voto electrónico,<br />
los cuales no han sido<br />
presentados por la Junta<br />
Central Electoral ni por<br />
el consenso de las organizaciones<br />
políticas a través<br />
del diálogo del CES.<br />
Ha sido, más bien, a través<br />
de una de las fuerzas<br />
con representación congresual.<br />
En la actualidad, el<br />
transfuguismo está plasmado<br />
en el artículo 134<br />
de la ley electoral vigente<br />
(Núm.15-19), que sostiene<br />
que las personas<br />
que han sido nominadas<br />
por un partido no podrán<br />
abandonar esa organización<br />
para ser postuladas<br />
por otra.<br />
Esa disposición legal<br />
fue declarada inconstitucional<br />
en la sentencia<br />
TSE-100-2<strong>01</strong>9, por el Tribunal<br />
Superior Electoral.<br />
Se debió a que esas normas<br />
imponían requisitos<br />
no exigidos en la Constitución<br />
de la República<br />
para ostentar una candidatura<br />
a un puesto de<br />
elección popular.<br />
Los que no se sienten<br />
plenamente satisfechos<br />
con la actual regulación<br />
del transfuguismo, aspiran<br />
a algo más: a que esta<br />
sea extendida aquellos<br />
candidatos o aspirantes<br />
que, no habiendo sido<br />
nominados, abandonan<br />
las filas de su organización<br />
para ser postulados<br />
por otra.<br />
E n l o r e l a c i o n a d o<br />
al voto electrónico, el<br />
cual se encuentra estipulado<br />
en el artículo<br />
99 de la actual ley electoral<br />
15-19, el Tribunal<br />
Constitucional lo declaró<br />
nulo en su sentencia<br />
TC/0484/22.<br />
Como se podrá comprender,<br />
en el nuevo proyecto<br />
de ley, lo que se ha<br />
consensuado no es el voto<br />
electrónico sino, únicamente,<br />
el escrutinio. Este<br />
se encuentra sometido al<br />
consenso con los partidos<br />
políticos; al de una rigurosa<br />
auditoría efectuada por<br />
una entidad de prestigio internacional,<br />
especializada<br />
en material electoral; a que<br />
dicho escrutinio se haga de<br />
manera progresiva; y a que<br />
su proceso de implementación<br />
se produzca en un plazo<br />
no menor de un año previo<br />
a las elecciones.<br />
En ese escenario nos encontramos<br />
al reanudarse<br />
esta semana el debate de<br />
nuestras cámaras legislativas<br />
sobre el proyecto de<br />
régimen electoral.<br />
Confiamos en que en<br />
base al diálogo constructivo<br />
se logre un consenso<br />
que contribuya a<br />
fortalecer nuestra institucionalidad<br />
democrática y<br />
la estabilidad política del<br />
país.<br />
¡Que así sea!.