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ACTOS DE PIRATERÍA Y ROBOS A MANO ARMADA

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<strong>ACTOS</strong> <strong>DE</strong> <strong>PIRATERÍA</strong> Y <strong>ROBOS</strong> A <strong>MANO</strong> <strong>ARMADA</strong><br />

PERPETRADOS CONTRA LOS BUQUES<br />

MSC/Circ.623/Rev.2<br />

20 junio 2001<br />

Directrices para propietarios y armadores de buques, capitanes y tripulaciones sobre<br />

la prevención y represión de actos de piratería y robos a mano armada<br />

perpetrados contra los buques<br />

1 En su 73° periodo de sesiones (27 de noviembre a 6 de diciembre de 2000), el Comité de<br />

Seguridad Marítima revisó la circular MSC/Circ.623/Rev.1. (Directrices para propietarios y<br />

armadores de buques, capitanes y tripulaciones sobre la prevención y represión de actos de piratería y<br />

robos a mano armada perpetrados contra los buques) y preparó las directrices revisadas que se<br />

adjuntan.<br />

2 La revisión se realizó a partir de una propuesta del Brasil de tener presentes las<br />

características de cada puerto, basándose en las recomendaciones formuladas por las autoridades<br />

locales.<br />

3 Se recomienda a los Gobiernos Miembros y organizaciones que gozan de carácter consultivo<br />

ante la OMI que distribuyan la circular a los propietarios y armadores de buques, compañías navieras,<br />

capitanes y tripulaciones.<br />

4 La presente circular sustituye la circular MSC/Circ.623/Rev1.<br />

1


ANEXO<br />

DIRECTRICES PARA PROPIETARIOS Y ARMADORES <strong>DE</strong> BUQUES, CAPITANES<br />

Y TRIPULACIONES SOBRE LA PREVENCIÓN Y REPRESIÓN <strong>DE</strong> <strong>ACTOS</strong> <strong>DE</strong><br />

<strong>PIRATERÍA</strong>* Y <strong>ROBOS</strong> A <strong>MANO</strong> <strong>ARMADA</strong> PERPETRADOS<br />

CONTRA LOS BUQUES<br />

Introducción<br />

1 La presente circular tiene por finalidad señalar a la atención de los propietarios de buques,<br />

capitanes y tripulación las precauciones que deben adoptarse para reducir los riesgos de piratería en<br />

alta mar y los robos a mano armada contra los buques cuando éstos se encuentren fondeados, frente a<br />

los puertos o navegando en las aguas territoriales de un Estado ribereño. Además, contiene un<br />

resumen de las medidas que deben adoptar las autoridades del Estado ribereño en cuestión y la<br />

Administración marítima del propio buque para reducir el riesgo que plantean tales ataques y de las<br />

posibles medidas para combatirlos, y destaca la necesidad imperiosa de denunciar los ataques, hayan<br />

tenido éstos éxito o no. Los informes deben ser enviados tan pronto como sea posible para permitir así<br />

que se adopten las medidas necesarias.<br />

2 Estas recomendaciones se han extraído de diferentes fuentes. En caso de opiniones<br />

contradictorias, se han indicado las razones por las cuales se eligió la medida recomendada.<br />

El objetivo de los piratas y ladrones<br />

3 Además del secuestro del buque y del robo de la carga, el objetivo principal de los atacantes<br />

que actúan en el sudeste asiático parece ser obtener el dinero en efectivo que se encuentre en la caja<br />

fuerte del buque, las pertenencias de la tripulación y cualquier equipo desmontable del buque.<br />

incluidas las bobinas de cables. En Sudamérica, algunos ataques de piratas y ladrones armados están<br />

relacionados con los estupefacientes. En los casos en que se ha demostrado la manipulación indebida<br />

de contenedores, se sugirió que los atacantes pudiesen haber accedido al buque cuando éste se<br />

encontraba en el muelle, para después escapar por el costado con lo que pudieran llevarse consigo.<br />

Por consiguiente, se recomienda que se lleve a cabo un control exhaustivo de los compartimientos y<br />

de los medios de amarre del buque antes de salir de puerto.<br />

* La siguiente definición de piratería figura en el artículo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el<br />

Derecho del Mar de 1982:<br />

“Constituye piratería cualquiera de los actos siguientes:<br />

a) todo acto ilegal de violencia o de detención o todo acto de depredación cometidos con un propósito<br />

personal por la tripulación o los pasajeros de un buque privado o de una aeronave privada y dirigidos:<br />

i) contra un buque o una aeronave en alta mar o contra personas o bienes a bordo de ellos:<br />

ii) contra un buque o una aeronave, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido<br />

a la jurisdicción de ningún Estado:<br />

b) todo acto de participación voluntaria en la utilización de un buque o de una aeronave, cuando el que lo realice<br />

tenga conocimiento de hechos que den a dicho buque o aeronave el carácter de buque o aeronave pirata:<br />

c) todo acto que tenga por objeto incitar a los actos definidos en el apartado a) o el apartado b) o facilitarlos<br />

intencionalmente.”<br />

2


Disuasión de la piratería y los robos a mano armada<br />

Dinero en efectivo de la caja fuerte del buque<br />

4 La convicción de que la caja fuerte del capitán contiene gran cantidad de dinero en efectivo<br />

constituye un atractivo para los atacantes. En varias oportunidades, esta creencia estaba justificada y<br />

se robaron grandes sumas. Si bien a veces puede ser necesario transportar dinero en efectivo para el<br />

funcionamiento del buque y las necesidades de la tripulación, así como para salvar las restricciones<br />

que impone el control de cambios en algunos Estados, ese dinero constituye también un atractivo para<br />

los atacantes, quienes intimidarán al capitán o a los miembros de la tripulación hasta que éstos revelen<br />

su emplazamiento. Los propietarios de buques deben estudiar los medios de eliminar la necesidad de<br />

llevar a bordo grandes cantidades de dinero en efectivo. Cuando sea necesario, por las restricciones<br />

sobre el control de cambios impuestas por los Estados, este hecho se pondrá en conocimiento de la<br />

Administración marítima del buque para que considere si se deberían realizar gestiones a fin de que se<br />

imponga un criterio más flexible como parte de las medidas adoptadas Internacionalmente para acabar<br />

con los ataques de piratas y ladrones armados.<br />

Discreción del capitán y los tripulantes<br />

5 Los capitanes deberán tener presente la posibilidad de que los atacantes intercepten las<br />

comunicaciones buque-tierra y se sirvan de la información obtenida para elegir sus objetivos. Por<br />

consiguiente, en zonas donde se hayan registrado ataques, deberá procederse con cautela cuando se<br />

transmita información por radio sobre la carga o los objetos de valor a bordo.<br />

6 Se recomendará a los tripulantes que desembarquen en puertos de zonas afectadas que no<br />

hablen del viaje del buque ni de los pormenores de la carga con personas que no tengan relación con<br />

las actividades del buque.<br />

Tripulaciones más pequeñas<br />

7 El hecho de que actualmente los buques cuentan con tripulaciones cada vez más pequeñas<br />

también constituye un factor que favorece a los atacantes. Una tripulación pequeña, cuyo objetivo sea<br />

garantizar la navegación segura de su buque en aguas congestionadas o restringidas, tendrá a cargo la<br />

ardua tarea adicional de mantener un alto grado de vigilancia durante periodos prolongados. Los<br />

propietarios de buques harían bien en considerar la posibilidad de mejorar las guardias de seguridad,<br />

cuando sus buques estén navegando o anclados en aguas de puertos donde se producen ataques, y de<br />

proporcionar un equipo de vigilancia y detección adecuado para ayudar a sus tripulantes y proteger<br />

sus buques.<br />

Prácticas recomendadas<br />

8 Las prácticas recomendadas que se resumen a continuación se basan en informes sobre<br />

sucesos, instrucciones publicadas por organizaciones comerciales y medidas concebidas para mejorar<br />

la seguridad del buque. Corresponde únicamente a los propietarios o capitanes de buques que<br />

naveguen en aguas donde se producen ataques determinar en qué medida se observan o aplican las<br />

recomendaciones. También sería conveniente que el sector naviero consultara otras recomendaciones<br />

existentes*<br />

* Por ejemplo: la Marine Guidance Note 75 del Reino Unido. la publicación de BIMCO titulada “The Ship Master’s Security<br />

Manual” (julio de 1998), la publicación de la ICS y la ISF Pirales and Armed Robbers – A Master’s Guide (Tercera edición,<br />

1999) y la publicación de la IMB Special Report on Piracy and Armed Robbery (marzo de 1998).<br />

3


9 Las medidas recomendadas se definen como fases relacionadas con cualquier viaje que se<br />

realice por una zona donde exista la amenaza de piratería o robo a mano armada. Esas fases<br />

constituyen las principales etapas de todas las situaciones normales, de tentativa de piratería o robo a<br />

mano armada y de piratería o robo a mano armada confirmado. Dependiendo de cómo se desarrolle la<br />

situación en cuestión, dichas etapas podrán o no concretarse.<br />

Fase previa al acto de piratería o robo a mano armada: Plan de protección del buque<br />

10 Todos los buques que naveguen en aguas en las que se produzcan ataques deberán contar con<br />

un plan de protección* contra actos de piratería y robos a mano armada. Dicho plan se preparará<br />

teniendo en cuenta los riesgos que puedan presentarse, los tripulantes disponibles su aptitud y<br />

formación, la posibilidad de establecer zonas seguras a bordo del buque y el equipo de vigilancia y<br />

detección que se haya proporcionado. El plan deberá abarcar, entre otras cosas:<br />

.1 la necesidad de establecer una vigilancia más estricta y la utilización del equipo de<br />

alumbrado, vigilancia y detección;<br />

.2 la respuesta de la tripulación en caso de que se detecte un posible ataque o se esté<br />

produciendo un ataque;<br />

.3 los procedimientos que deben observarse para emitir por radio la alarma: y<br />

.4 los informes que deben presentarse después de un ataque o de una tentativa de<br />

ataque.<br />

Los planes de protección deberán garantizar que los capitanes y tripulantes sean plenamente<br />

conscientes de los riesgos que entrañan los ataques de piratas o ladrones armados. En particular,<br />

deberán abordar los peligros que puede constituir el hecho de que un miembro de la tripulación<br />

responda de manera agresiva a un ataque. El descubrimiento por anticipado de un posible ataque<br />

constituye el factor disuasivo más eficaz. Las respuestas agresivas, cuando se está produciendo un<br />

ataque y, en particular, una vez que los atacantes se encuentran a bordo, pueden aumentar<br />

notablemente los riesgos que corren el buque y las personas a bordo.<br />

11 De acuerdo con el plan de protección del buque. todas las puertas que den acceso al puente,<br />

la cámara de máquinas. los compartimientos del aparato de gobierno, los camarotes de los oficiales y<br />

los alojamientos de la tripulación deben cerrarse y vigilarse cuando se navegue en zonas afectadas, e<br />

inspeccionarse regularmente. El objetivo deberá ser la creación de zonas seguras en las que los<br />

atacantes no puedan penetrar fácilmente.<br />

12 Es importante planificar y ejecutar correctamente las medidas destinadas a hacer frente al<br />

suceso, y todos los participantes deberán estar tan familiarizados como sea posible con el entorno del<br />

buque. Por consiguiente, los agentes de las fuerzas de seguridad que sean responsables de la lucha<br />

contra los actos de piratería y robos a mano armada contra los buques, ya sea m el mar o en un puerto,<br />

deberán recibir la pertinente formación sobre la configuración general y las características de los<br />

distintos tipos de buques en los que sea más probable que tengan que intervenir, y los propietarios de<br />

los buques deberán colaborar con las fuerzas de seguridad facilitándoles el acceso a sus buques para<br />

permitir la necesaria familiarización con el entorno de a bordo.<br />

* Para obtener una posible información a este respecto véase la circular MSC/Circ.443.<br />

4


Desvío del buque y retraso del fondeo<br />

13 Cuando sea posible, los buques serán desviados de las zonas donde se sabe que se han<br />

producido ataques y, en especial, se deberán evitar los atascamientos. Si el buque está aproximándose<br />

a un puerto donde han tenido lugar ataques contra buques fondeados, más que contra buques en<br />

movimiento, y se sabe que el buque deberá fondear en las proximidades de dicho puerto durante algún<br />

tiempo, deberá considerarse la posibilidad de retrasar el fondeo reduciendo la velocidad o<br />

prolongando la derrota para permanecer lejos de la costa y reducir así el periodo durante el cual el<br />

buque estará expuesto a riesgos. El contacto con las autoridades portuarias deberá garantizar que la<br />

prioridad para el fondeo no se vea afectada. En las pólizas de fletamento se reconocerá la posibilidad<br />

de que los buques necesiten retrasar su llegada a los puertos en los que se produzcan ataques ya sea<br />

cuando no se disponga de fondeadero para el buque o bien cuando la carga o descarga en alta mar se<br />

retrasen durante un periodo prolongado.<br />

Práctica para la ejecución del plan de protección del buque<br />

14 Antes de entrar en una zona donde se han producido ataques, la tripulación del buque deberá<br />

haber puesto en práctica y perfeccionado los procedimientos establecidos en el plan de protección del<br />

buque, y se habrán ensayado todas las señales y procedimientos de alarma. Si se deben dar<br />

instrucciones a través del sistema de altavoces del buque o de aparatos de radio personales, dichas<br />

instrucciones deberán ser comprendidas de manera inequívoca por quienes no tengan un dominio total<br />

del idioma en el cual se transmitan.<br />

15 Nunca se insistirá demasiado en la necesidad de que todos los posibles puntos de acceso al<br />

buque y todas las zonas clave y de seguridad del mismo estén libres de peligro y bajo control cuando<br />

esté en puerto, fondeado o navegando en zonas afectadas. La tripulación deberá recibir la formación<br />

adecuada sobre el uso de todo equipo adicional de vigilancia o detección instalado a bordo. La<br />

planificación y formación se llevarán a cabo dando por seguro que se producirá un ataque y no<br />

suponiendo que, con un poco de suerte, no se producirá. El hacer saber a los atacantes que el buque<br />

cuenta con una tripulación vigilante y capacitada, que está ejecutando un plan de protección del<br />

buque, contribuirá a disuadirlos de atacar.<br />

Precauciones cuando el buque está fondeado o en puerto<br />

16 En las zonas donde se producen ataques es importante limitar, registrar y controlar a las<br />

personas que tienen acceso al buque cuando éste se encuentra en puerto o fondeado. La toma de<br />

fotografías de quienes embarcan puede constituir un medio útil de disuasión o de ayuda para<br />

identificar a los atacantes que pueden haber tenido acceso al buque antes de llevar a cabo el ataque.<br />

Sólo será necesario revelar la película si se hubiese producido un ataque. Habida cuenta de que los<br />

atacantes pueden valerse de su conocimiento de los manifiestos de carga para elegir sus objetivos.<br />

deben realizarse todos los esfuerzos posibles para limitar la distribución de documentos que<br />

proporcionen información sobre las cargas a bordo o su ubicación en el buque.<br />

17 Antes de que se haga a la mar, el buque será exhaustivamente registrado, y se cerrarán y<br />

vigilarán todas las puertas o puntos de acceso. Esto es particularmente importante respecto del puente,<br />

la cámara de máquinas, el puesto de gobierno y otras zonas vulnerables. Posteriormente, se vigilarán<br />

periódicamente las puertas y los puntos de acceso. Será necesario examinar cuidadosamente los<br />

medios de vigilancia de las puertas o puntos de acceso que deban utilizarse en caso de una emergencia<br />

a bordo. No se deberá comprometer la seguridad del buque ni de la tripulación.<br />

5


6<br />

18 Los guardias de seguridad empleados en el puerto o en el fondeadero a bordo de distintos<br />

buques deberán comunicarse entre si y con las autoridades portuarias durante su guardia. La<br />

responsabilidad de verificar la competencia de los guardias corresponde a las compañías de personal<br />

de seguridad, las que, a su vez, serán objeto de dicha verificación por parte de las autoridades<br />

pertinentes.<br />

Guardias y vigilancia<br />

19 Es fundamental mantener la vigilancia. La primera señal de un ataque es con demasiada<br />

frecuencia la aparición de los atacantes en el puente o en el camarote del capitán. El aviso anticipado<br />

de un posible ataque dará la oportunidad de hacer sonar las alarmas, alertar a otros buques y a las<br />

autoridades costeras, iluminar la nave sospechosa, realizar una maniobra de evasión o iniciar otros<br />

procedimientos de respuesta. La manifestación de señales de que el buque sabe que va a ser atacado<br />

puede desalentar a los atacantes.<br />

20 Cuando los buques se encuentran en aguas donde se producen ataques o acercándose a las<br />

mismas, se deberá aumentar el número de guardias y vigías en el puente. Se deberá considerar la<br />

necesidad de apostar vigías adicionales a popa o para cubrir los puntos ciegos del radar. Las<br />

compañías deberán examinar la conveniencia de adquirir prismáticos para condiciones de baja<br />

visibilidad para el personal del puente y los vigías. El radar contará con dotación permanente. aunque<br />

puede resultar difícil detectar embarcaciones pequeñas que se muevan rápidamente en las pantallas de<br />

radar de los buques. Un radar de yate, instalado a popa, puede proporcionar una cobertura radárica<br />

adicional que permita detectar pequeñas embarcaciones que se acerquen por detrás cuando el buque<br />

esté navegando. Cuando el buque esté fondeado la utilización de un radar de yate adecuadamente<br />

emplazado también podrá alertar acerca de la proximidad de una embarcación pequeña.<br />

21 Es particularmente importante mantener una guardia de radar y visual sobre las naves que<br />

pueden seguir al buque cuando éste está navegando, y acercársele rápidamente para llevar a cabo un<br />

ataque. Las embarcaciones pequeñas que se acomoden a la velocidad del buque en una derrota<br />

paralela o lo sigan siempre serán consideradas sospechosas. Cuando se haya detectado la presencia de<br />

una embarcación sospechosa, es importante que se mantenga una guardia todo horizonte eficaz.<br />

debido a la posibilidad de que la primera embarcación sea sólo un señuelo y de que se tenga el<br />

propósito de subir a bordo del buque desde una segunda embarcación, mientras se centra la atención<br />

en la primera.<br />

22 Las compañías propietarias de buques que visiten con frecuencia zonas donde se producen<br />

ataques deberán examinar la conveniencia de adquirir y utilizar dispositivos visuales y electrónicos<br />

más modernos, a fin de mejorar la capacidad de las guardias radáricas y visuales respecto de la<br />

detección nocturna de las embarcaciones atacantes, aumentando así las probabilidades de emitir un<br />

alerta temprana acerca de un posible ataque. En particular, puede considerarse la instalación de<br />

dispositivos de visión nocturna, de radares pequeños para cubrir los sectores ciegos a popa, de<br />

circuitos cerrados de televisión y de medios físicos tales como alambres de púas. En determinadas<br />

circunstancias las armas no mortíferas también pueden ser útiles. Se pueden utilizar asimismo equipos<br />

de alerta y detección de rayos infrarrojos.<br />

Procedimientos para las comunicaciones<br />

23 El capitán garantizará que una persona responsable autorizada para encargarse de las<br />

comunicaciones esté siempre de servicio mientras que el buque se encuentra en zonas donde se<br />

producen ataques, o se aproxima a las mismas.


7<br />

24 Antes de entrar en zonas donde se han registrado ataques. y cuando el equipo del SMSSM de<br />

a bordo o tenga un dispositivo para actualizar automáticamente los datos sobre la situación del buque<br />

a partir de una ayuda electrónica a la navegación complementaria, se recomienda firmemente que<br />

dichos datos se registren manualmente en el equipo de comunicaciones adecuado, a intervalos<br />

regulares. Se recomienda también que los propietarios inicien el programa de alarma de Inmarsat “C”<br />

del SMSSM antes de entrar en las zonas afectadas, para que lo utilicen cuando lo estimen oportuno<br />

(MSC/Circ.805).<br />

Escucha radioeléctrica y respuestas<br />

25 Cuando el buque se encuentra en zonas donde se hayan producido ataques, se mantendrá una<br />

escucha radioeléctrica permanente con las autoridades costeras o navales pertinentes. También se<br />

mantendrá una escucha permanente en todas las frecuencias de socorro y seguridad, especialmente en<br />

el canal 16 de ondas métricas y en 2182 kHz, así como cualquier otro canal o frecuencia que puedan<br />

haber determinado las autoridades locales en determinadas zonas. Los buques también deberán<br />

asegurarse de que se escuchan todas las transmisiones relativas a la información sobre seguridad<br />

marítima para la zona. Habida cuenta de que normalmente se prevé utilizar el sistema de llamada<br />

intensificada a grupos (LIG) de Inmarsat, a través del servicio SafetyNET, para tales transmisiones,<br />

cuando el buque se encuentre en zonas con riesgo de ataque o aproximándose a las mismas, los<br />

propietarios garantizarán que se dispone permanentemente de un receptor del LIG adecuadamente<br />

configurado. Los propietarios también deberán examinar la posibilidad de instalar un receptor<br />

especializado para este cometido, es decir, un receptor que no esté incorporado a una estación terrena<br />

costera utilizada con fines comerciales, a fin de garantizar así que no se pasan por alto transmisiones<br />

de carácter urgente.<br />

26 En la circular MSC/Circ.597, distribuida en agosto de 1992, la Organización Marítima<br />

Internacional (OMI) recomienda que los informes sobre ataques de piratas o ladrones armados se<br />

envíen al correspondiente centro coordinador de salvamento (CCS) de la zona. La misma circular<br />

recomienda también a los Gobiernos que adopten medidas para que tales centros puedan remitir los<br />

informes sobre ataques a las fuerzas de seguridad pertinentes.<br />

27 Si se observan movimientos sospechosos que puedan conducir a un ataque inminente. se<br />

aconseja al buque que establezca contacto con el correspondiente CCS y/o las estaciones<br />

radioeléctricas que puedan haber recomendado las autoridades locales en determinadas zonas. Cuando<br />

el capitán considere que estos movimientos pueden constituir un peligro directo para la navegación, se<br />

deberá examinar la posibilidad de transmitir un “mensaje de peligro” a “todas las estaciones (CQ)”, en<br />

tanto que aviso a otros buques que se encuentren en las inmediaciones, así como de alertar a los<br />

correspondientes CCS. Los mensajes de peligro se deberán transmitir empleando un lenguaje claro, en<br />

una frecuencia de trabajo de ondas métricas, a continuación de un anuncio en el canal 70 de ondas<br />

métricas utilizando la prioridad de “seguridad”. Todas estas medidas irán precedidas de la señal de<br />

seguridad (Sécurité).<br />

28 Cuando, en su opinión, existan pruebas irrefutables de que la seguridad del buque está<br />

amenazada, el capitán deberá ponerse en contacto inmediatamente con el CCS pertinente o con las<br />

estaciones radioeléctricas que puedan haber recomendado las autoridades locales en determinadas<br />

zonas, y si lo considera adecuado, autorizar la transmisión de un “mensaje urgente” a “todas las<br />

estaciones” a través del canal 16 de ondas métricas, 2.182 kHz o de cualquier otro servicio de<br />

comunicaciones que considere conveniente o que puedan haber recomendado las autoridades locales;<br />

por ejemplo, INMARSAT, etc. Todos estos mensajes irán precedidos de la correspondiente señal de<br />

urgencia (PAN PAN) y/o de una llamada selectiva digital en el canal 70 de ondas métricas y/o de<br />

2.187,5 kHz utilizando la categoría de “urgente para todos los buques”.


8<br />

Si se ha utilizado la señal de urgencia y, finalmente, el ataque no tiene lugar, el buque deberá<br />

cancelar el mensaje tan pronto como se aperciba de que ya no es necesario adoptar medidas al<br />

respecto. Este mensaje de cancelación deberá estar dirigido, asimismo, “a todas las estaciones”.<br />

29 Si se produce un ataque, y el capitán opina que el buque o la tripulación se encuentran en<br />

peligro grave e inminente y que requieren ayuda inmediata, deberá autorizar inmediatamente la<br />

transmisión de un mensaje de socorro, precedido de los correspondientes alertas de socorro<br />

(MAYDAY. LSD, etc.), utilizando para ello todos los sistemas de radiocomunicaciones disponibles.<br />

El correspondiente CCS deberá acusar recibo e intentar establecer comunicación. Si se utiliza una<br />

estación terrena de buque, los buques deberán asegurarse, a fin de reducir a mínimo la demora, de que<br />

se utiliza la estación terrena costera asociada con el CCS.<br />

30 Los capitanes deberán tener presente que la señal de socorro sólo debe usarse en caso de<br />

peligra inminente y que su utilización, debido a razones menos urgentes, podría resultar en que no se<br />

prestara suficiente atención a las llamadas de los buques que realmente necesitan ayuda inmediata.<br />

Esta señal deberá utilizarse con mesura y discreción para evitar que se subestime en el futuro. Cuando<br />

no se justifique plenamente la transmisión de una señal de socorro, se recurrirá a la señal de urgencia.<br />

Esta última tiene prioridad sobre todas las comunicaciones, excepto las de socorro.<br />

Impresos de mensajes normalizados de los buques<br />

31 Los impresos de mensajes normalizados de los buques que figuran en el apéndice 2 se<br />

utilizarán para todos los informes iniciales o complementarios de alerta sobre piratería o robos a mano<br />

armada.<br />

Alumbrado<br />

32 Los buques deberán estar dotados del máximo alumbrado posible en tanto que no<br />

comprometa la seguridad de la navegación, teniendo en cuenta particularmente las disposiciones de la<br />

regla 20 b) del Reglamento de Abordajes, 1972. Las luces de proa y de los costados permanecerán<br />

encendidas, si no se pone en peligro la navegación. Cuando el buque esté navegando, las luces de<br />

cubierta estarán apagadas, ya que, de lo contrario otros buques podrían suponer que el buque en<br />

cuestión está fondeado. La zona de popa puede iluminarse mediante reflectores de haz amplio. Se<br />

podrán utilizar sistemáticamente los proyectores de luces para señales a fin de localizar<br />

embarcaciones sospechosas, utilizando para ello, si fuera posible, el radar. En tanto sea factible, los<br />

miembros de la tripulación que presten servicio fuera de las zonas de seguridad del buque, cuando<br />

éste se encuentra en puerto o fondeado, deberán permanecer a la sombra y evitar aparecer a contraluz<br />

de las luces de cubierta, ya que esto podría convertirlos en objetivos de captura por parte de los<br />

atacantes que en ese momento se estén aproximando.<br />

33 Se ha propuesto que los buques naveguen sin ningún alumbrado, a excepción de las luces de<br />

navegación obligatorias. De ese modo se podría evitar que los atacantes fijaran puntos de referencia al<br />

acercarse a un buque. Además, el hecho de encender las luces en el momento de que los atacantes se<br />

estén aproximando podría advertirles de que han sido vistos, deslumbrarlos y disuadidos de su<br />

cometido. No obstante, es difícil que a bordo de un buque mercante no haya ningún alumbrado. La<br />

eficacia de esta propuesta dependerá en última instancia, en parte, de la claridad de la noche, pero.<br />

fundamentalmente, de la vigilancia de la tripulación del buque. Si bien el encendido repentino de las<br />

luces del buque puede asustar o deslumbrar a los atacantes, también puede poner en desventaja a la<br />

tripulación en un momento determinante, debido a la pérdida temporal de su visión nocturna. Por<br />

consiguiente, esta propuesta no es recomendable.


Zonas seguras<br />

34 De acuerdo con el plan de protección del buque, todas las puertas de acceso al puente. a la<br />

cámara de máquinas, a los compartimientos del aparato de gobierno, a los camarotes de los oficiales y<br />

a los alojamientos de la tripulación deberán estar cerradas y bajo vigilancia en todo momento y se<br />

someterán a inspecciones periódicas con el propósito de establecer zonas seguras, en las cuales los<br />

atacantes tengan dificultades para acceder. Se deberá examinar la posibilidad de instalar sistemas<br />

especiales de control de acceso a las zonas seguras del buque. Las portas, tapas y ventanas que den<br />

acceso a tales zonas seguras deberán estar firmemente cerradas y, si es posible, provistas de vidrio<br />

laminado. Los ojos de buey estarán cerrados y ajustados herméticamente. Dentro de las zonas seguras,<br />

las puertas que den acceso inmediato a zonas clave tales como el puente. el cuarto de<br />

radiocomunicaciones, la cámara de máquinas y el camarote del capitán deberán estar reforzadas y<br />

provistas de sistemas de control de acceso especiales y de alarmas automáticas.<br />

35 El cierre de las puertas que dan acceso o permiten salir de zonas clave o zonas seguras. puede<br />

ser motivo de preocupación por la seguridad en caso de accidente. En toda situación en que se plantee<br />

un conflicto entre la seguridad y la protección, las medidas de seguridad se considerarán primordiales.<br />

No obstante, se deberá tratar de incorporar disposiciones de seguridad adecuadas, al mismo tiempo<br />

que se permita el cierre y la vigilancia de los accesos y las salidas.<br />

36 Los propietarios podrán considerar la posibilidad de instalar un sistema de cobertura y<br />

grabación mediante circuito cerrado de televisión en los principales puntos de acceso a las zonas<br />

seguras del buque, los pasillos que conducen a las entradas de las zonas clave y el puente.<br />

37 Para evitar que los atacantes capturen a miembros de la tripulación la captura de un tripulante<br />

y las amenazas contra el mismo constituyen uno de los medios más comunes que emplean los<br />

atacantes para hacerse con el control del buque, todos los tripulantes que no presten un servicio<br />

fundamental fuera de las zonas seguras deberán permanecer dentro de una de tales zonas durante las<br />

horas de oscuridad. Los tripulantes que necesariamente hayan de prestar servicio fuera de tales zonas<br />

durante la noche permanecerán constantemente en comunicación con el puente y deberán haber<br />

realizado ejercicios de utilización de rutas alternativas para regresar a una zona segura en caso de<br />

ataque. Los tripulantes que teman no poder regresar a una zona segura durante un ataque deberán<br />

elegir anticipadamente lugares en los cuales puedan refugiarse temporalmente.<br />

38 Dentro de las zonas seguras del buque se establecerán lugares de reunión en los cuales la<br />

tripulación pueda agruparse durante un ataque e informar al puente sobre su situación y el número de<br />

personas en cuestión.<br />

Alarmas<br />

39 Al aproximarse los atacantes se harán sonar las señales de alarma, incluida a sirena del buque.<br />

Las alarmas y señales de respuesta pueden disuadir a los atacantes. Las señales de alarma o los<br />

anuncios del lugar por el cual los atacantes pueden embarcar, o embarcaron, ayudarán quizás a los<br />

tripulantes que se encuentren en lugares expuestos a elegir la ruta más conveniente para regresar a una<br />

zona segura.<br />

Utilización de bengalas como señales de socorro<br />

40 Las únicas bengalas que el buque está autorizado a llevar a bordo son las destinadas a<br />

utilizarse en caso de que esté en peligro y requiera asistencia inmediata. Como sucede con el uso<br />

indebido de la señal de socorro en el sistema de radiocomunicaciones (véase el párrafo 24. supra), la<br />

utilización de bengalas como señales de socorro para alertar a los buques, más que para hacerles saber<br />

9


10<br />

que un buque corre un peligro grave e inminente, puede reducir su eficacia en situaciones en que se<br />

prevea utilizarlas y actuar en consecuencia. A fin de alertar a los buques acerca del riesgo de ataques.<br />

se deberá recurrir a las transmisiones radioeléctricas, en vez de utilizar bengalas como señales de<br />

socorro. Únicamente se recurrirá a las bengalas cuando el capitán considere que las acciones de los<br />

atacantes constituyen un peligro inminente para su buque.<br />

Maniobras de evitación y utilización de mangueras<br />

41 Siempre que no se comprometa la seguridad de la navegación, los capitanes deberán<br />

considerar la posibilidad de repeler las embarcaciones atacantes que se aproximen mediante metidas<br />

bruscas de timón. El efecto de las olas y los bigotes producidos por la proa puede disuadir a los<br />

posibles atacantes y dificultarles la tarea de enganchar bicheros o de aferrarse al buque mediante<br />

barras de hierro. No se realizarán maniobras de este tipo en aguas restringidas, con mucho tráfico o<br />

próximas a la costa, o por buques que, debido a su calado, estén obligados a navegar en las derrotas de<br />

aguas profundas restringidas de, por ejemplo, los estrechos de Malaca y de Singapur.<br />

42 También debería examinarse la posibilidad de utilizar mangueras para agua, aunque puede<br />

resultar difícil manejarlas en caso de que al mismo tiempo se estén realizando maniobras de evitación.<br />

La utilización de agua a una presión igual o superior a 80 libras por pulgada cuadrada en ocasiones ha<br />

permitido disuadir y repeler a los atacantes. En esta situación los atacantes no sólo deberán luchar<br />

contra el chorro de agua, sino que su bote se podrá ver inundado y, como resultado de esta<br />

inundación, los motores y los sistemas eléctricos averiados. Se deberá considerar la posibilidad de<br />

instalar dispositivos especiales para apuntar las mangueras a objetivos determinados que también<br />

protejan a quienes las estén utilizando. Se podrían juntar varias mangueras contraincendios de respeto<br />

y atarse de modo que puedan recibir agua a presión en un intervalo breve de tiempo, en caso de que se<br />

detecte un posible ataque.<br />

43 El empleo de maniobras de evitación y de mangueras debe responder a la determinación de<br />

disuadir a los atacantes o de retardar su embarco, para permitir que todos los miembros de la<br />

tripulación se refugien en zonas seguras. La repetición de metidas bruscas de timón mientras los<br />

atacantes están a bordo puede minar su convicción de que puedan regresar a sus embarcaciones en<br />

condiciones de seguridad, y persuadirlos para que desembarquen rápidamente. Sin embargo.<br />

respuestas de este tipo pueden dar lugar a represalias por parte de los atacantes si éstos apresan a<br />

miembros de la tripulación, y no deberá recurrirse a las mismas a menos que el capitán esté<br />

convencido de que puede utilizarlas para su beneficio y sin crear riesgos para las personas que se<br />

encuentran a bordo. Estas maniobras no deberán utilizarse cuando los atacantes hayan capturado a<br />

miembros de la tripulación.<br />

Armas de fuego<br />

44 Se desaconseja firmemente llevar y utilizar armas de fuego con fines de protección personal o<br />

del buque.<br />

45 El transporte de armas a bordo de los buques puede alentar a los atacantes a levar armas de<br />

fuego, intensificando así la peligrosidad de la situación, y, además, cualquier arma de fuego que haya<br />

a bordo puede convenirse en un atractivo objetivo de los atacantes. La utilización de armas de fuego<br />

requiere capacitación y aptitudes especiales, y el riesgo de accidentes causados por armas de fuego<br />

transportadas a bordo de un buque es muy alto. En determinadas jurisdicciones, la muerte de un<br />

ciudadano puede tener consecuencias imprevistas, inclusive para una persona que considera que ha<br />

actuado en legítima defensa.


Las fases de sospecha o de tentativa de ataque pirata o de robo a mano armada<br />

Identificación de un buque sospechoso de piratería o de robo a mano armada<br />

46 La sospecha de que se vaya a producir un ataque, por anticipado, debe constituir la primera<br />

línea de defensa. Si la vigilancia y observación han sido efectivas, se descubrirá rápidamente la<br />

presencia de cualquier embarcación pirata o de ladrones armados. Durante esta fase se deberá<br />

informar al respecto, por conducto del CCS, a las fuerzas de seguridad del Estado ribereño o costero<br />

más próximo y, para ello, se utilizará el formato de mensaje de los buques que figura en el apéndice 2.<br />

Asimismo, se deberá avisar a la tripulación del buque, quienes, si no se encuentran ya en sus puestos<br />

de defensa deberán dirigirse a los mismos. Como se indica en la fase preparatoria, se deberá recurrir<br />

sin hesitación a las maniobras de evitación y al uso de mangueras.<br />

Certeza de una tentativa de acto de piratería o de robo a mano armada<br />

47 Si todavía no se ha establecido contacto con las fuerzas de seguridad del Estado ribereño, se<br />

deberá intentar hacerlo en esta fase. Se ultimarán los preparativos de la tripulación y, cuando las<br />

normas de tráfico marítimo locales lo permitan, los buques que estén siendo objeto de un ataque<br />

utilizarán una combinación de señales acústicas y luminosas para avisar a otros buques que se<br />

encuentren en las proximidades acerca de la inminencia de un ataque. Si las condiciones de<br />

navegación lo permiten, se seguirá maniobrando enérgicamente y se mantendrá la máxima velocidad.<br />

La embarcación pirata/de ladrones armados está próxima o en contacto con el buque<br />

48 En la zona de embarco se seguirán utilizando mangueras. Quizás sea posible soltar los<br />

bicheros y las barras de hierro, en tanto que no se ponga en peligro a la tripulación del buque<br />

innecesariamente.<br />

Los piratas/ladrones armados comienzan a embarcar<br />

49 En esta fase el tiempo es fundamental, y. tan pronto como se determine que el embarco de los<br />

atacantes es inevitable, se ordenará a toda la tripulación que se dirija a las zonas seguras<br />

correspondientes.<br />

Los piratas/ladrones armados han conseguido embarcar<br />

50 La detección de posibles ataques, por anticipado, debe constituir la primera inca de defensa y<br />

las medidas para evitar que los atacantes lleguen a embarcar la segunda; no obstante, habrá casos en<br />

que los atacantes consigan embarcar. La mayoría de los piratas y ladrones armados son oportunistas al<br />

acecho de un objetivo fácil, y es posible que no dispongan del tiempo deseado, particularmente si la<br />

tripulación sabe que se hallan a bordo y está dando la alarma. No obstante, los atacantes pueden<br />

intentar compensar la escasez de tiempo agravando sus amenazas o actuando con mayor violencia.<br />

Cuando los atacantes se encuentren a bordo, las medidas que tomen el capitán y los<br />

tripulantes deberán estar destinadas a:<br />

.1 conseguir el mayor grado de seguridad posible para las personas que estén a bordo:<br />

.2 tratar de garantizar que la tripulación siga controlando el gobierno del buque; y<br />

.3 conseguir que los atacantes desembarquen lo antes posible.<br />

11


12<br />

51 Las opciones de que dispongan el capitán y la tripulación dependerán del grado en que los<br />

atacantes hayan logrado controlar el buque, por ejemplo, llegando al puente o a la cámara de<br />

máquinas o aprehendiendo miembros de la tripulación a quienes pueden amenazar para obligar al<br />

capitán o a la tripulación a cumplir sus órdenes. No obstante, aun cuando toda la tripulación se<br />

encuentre en zonas seguras, el capitán siempre tendrá que tener en cuenta el riesgo que los atacantes<br />

pueden hacer correr al buque fiera de dichas zonas, por ejemplo, utilizando bombas incendiarias para<br />

provocar un incendio en un petrolero o quimiquero.<br />

52 Si el capitán está convencido de que toda su tripulación se encuentra en las zonas seguras y de<br />

que los atacantes no pueden acceder a las mismas o, mediante los actos que puedan cometer fiera de<br />

esas zonas, no representan un riesgo inminente para todo el buque, podrá considerar la posibilidad de<br />

realizar maniobras de evitación del tipo mencionado anteriormente para incitar a los atacantes a que<br />

regresen a su embarcación.<br />

53 La opción de un contraataque por parte de una tripulación bien organizada ha conseguido, en<br />

el pasado, persuadir a los atacantes a abandonar el buque, pero esta táctica sólo es apropiada si no<br />

entraña riesgos para la tripulación. Para intentar llevar a cabo una medida de este tipo, el capitán tiene<br />

que saber con certeza en qué lugar del buque se encuentran los atacantes, que no llevan armas de<br />

fuego u otras armas mortíferas y que el número de tripulantes que participan en la operación excede<br />

ampliamente del número de atacantes a los que habrán de enfrentarse. Si el grupo de contraataque<br />

puede utilizar mangueras de agua, sus probabilidades de éxito aumentarán. El objetivo de la operación<br />

deberá ser incitar a los atacantes a regresar a su embarcación. Los miembros de la tripulación no<br />

intentarán interponerse entre los atacantes y su embarcación ni tratarán de capturarlos, pues esto<br />

podría inducirlos a oponer mayor resistencia, lo cual, a su vez, aumentaría el riesgo que corren los<br />

miembros del grupo de contraataque. Una vez fuera de la zona segura, los miembros del grupo de<br />

contraataque deberán permanecer siempre juntos. La persecución de un atacante por parte de un solo<br />

miembro de la tripulación puede resultar una idea atractiva, pero si, como consecuencia de ello, el<br />

tripulante queda aislado y es apresado por los atacantes, serán éstos quienes tengan ventaja. Los<br />

tripulantes deberán actuar de manera conjunta y estar en comunicación permanente con el puente, y se<br />

les ordenará regresar si sus vías de retirada a una zona segura están amenazadas.<br />

54 Si la tripulación apresa a un atacante, éste será recluido en un lugar seguro y se le tratará<br />

adecuadamente. Asimismo, se tomarán las medidas oportunas para ponerlo lo antes posible bajo<br />

custodia de las fuerzas de seguridad de un Estado ribereño. Toda prueba relativa a sus actividades se<br />

entregará también a las autoridades que se hagan cargo de su custodia.<br />

Los piratas/ladrones armados comienzan a imponerse y apresan a uno o varios miembros de la<br />

tripulación del buque<br />

55 Si los atacantes han logrado apoderarse de la cámara de máquinas o del puente, han capturado<br />

a miembros de la tripulación o sus actos pueden constituir una amenaza inminente para la seguridad<br />

del buque, el capitán o el oficial a cargo no deberán perder la calma y, si es posible, tratarán de<br />

negociar con los atacantes a fin de lograr que la tripulación siga controlarlo el gobierno del buque, se<br />

liberen a los rehenes que hubiesen tomado sanos y salvos y los atacantes abandonen el buque lo antes<br />

posible. En muchas circunstancias, el cumplimiento de las exigencias de los atacantes constituirá la<br />

única alternativa prudente y la resistencia u obstrucción de cualquier tipo puede resultar tanto inútil<br />

como peligrosa.<br />

56 En caso de que los atacantes logren apoderarse temporalmente del buque, la tripulación<br />

deberá dejar funcionando la televisión en circuito cerrado, cuando sea posible y no represente ningún<br />

riesgo.


57 Como se han presentado situaciones en que toda la tripulación ha sido encerrada, deberá<br />

examinarse la posibilidad de ocultar equipo en zonas donde se podría retener a la tripulación para<br />

facilitar su rápida huida.<br />

Los piratas/ladrones armados han robado bienes, dinero, etc.<br />

58 En esta fase, es fundamental que los piratas/ladrones armados estén convencidos de que se les<br />

ha dado todo lo que pedían; la certeza de que no se les ha ocultado nada puede persuadirlos a que<br />

abandonen el buque.<br />

Los piratas/ladrones armados comienzan a desembarcar<br />

59 Si la tripulación se encuentra en lugares seguros, no será prudente que salgan de los mismos<br />

hasta que se haya confirmado que los piratas/ladrones armados han abandonado el buque.<br />

Los piratas/ladrones armados han desembarcado<br />

60 Una señal emitida por la sirena del buque, y prevista de antemano, puede dar a la tripulación<br />

el aviso de “fuera de peligro”.<br />

Medidas que deben adoptarse después de un ataque y notificación de sucesos<br />

61 Inmediatamente después de que se haya recobrado la seguridad del buque y de la tripulación<br />

se deberá enviar un informe del ataque (informe complementario, como se indica en los formatos de<br />

los mensajes de los buques, que figuran en el apéndice 2) al CCS correspondiente y, a través del<br />

mismo, a las fuerzas de seguridad del Estado ribereño interesado. Además de proporcionar<br />

información sobre la identidad y situación del buque, también se informará, cuando proceda, acerca<br />

de las lesiones sufridas por la tripulación o los daños ocasionados al buque y la dirección en que<br />

partieron los atacantes, junto con una breve indicación de su número y, si es posible, una descripción<br />

de su embarcación. Si la tripulación hubiese apresado a un atacante, esta circunstancia también deberá<br />

figurar en el informe.<br />

62 Si como consecuencia del ataque, se hubiera producido la muerte de alguna persona a bordo<br />

del buque o alguien hubiese sufrido lesiones graves, o el buque hubiera resultado significativamente<br />

dañado, se deberá notificas inmediatamente a la Administración marítima del buque en cuestión. En<br />

cualquier caso, es fundamental presentar un informe del ataque para que la Administración marítima<br />

del buque pueda adoptar las consiguientes medidas.<br />

63 Toda grabación del suceso mediante televisión en circuito cerrado u otro medio deberá<br />

guardarse. Si es posible, las zonas donde se hayan producido daños o robos se aislarán, y los<br />

miembros de la tripulación no tendrán acceso a las mismas hasta que las fuerzas de seguridad de un<br />

Estado ribereño lleven a cabo un examen forense de ellas. Se pedirá a los miembros de la tripulación<br />

que hayan estado en contacto con los atacantes que preparen un informe individual sobre su<br />

experiencia señalando, en particular, toda característica distintiva que pudiera ser de utilidad para la<br />

posterior identificación de los atacantes. También se preparará un inventario completo, incluyendo<br />

una descripción de todos los efectos o equipos personales robados con sus números de serie, en caso<br />

de conocerse.<br />

13


14<br />

64 Tan pronto como sea posible después del suceso, se enviará un informe completo sobre el<br />

mismo a las autoridades del Estado ribereño en cuyas aguas se produjo el ataque o, si éste tuvo lugar<br />

en alta mar, a las autoridades del Estado ribereño más próximo. Toda petición formulada por las<br />

autoridades competentes del Estado ribereño, a fin de que se permita al personal de las fuerzas de<br />

seguridad subir a bordo, tomar declaraciones a los miembros de la tripulación y llevar a cabo<br />

investigaciones forenses y de otro tipo, será debidamente considerada. Se proporcionarán copias de<br />

toda grabación efectuada por televisión en circuito cerrado, fotografías, etc., en caso de disponer de<br />

las mismas.<br />

65 Los buques tomarán las precauciones y aplicarán los procedimientos necesarios para<br />

garantizar la rápida notificación de cualquier caso de ataque o tentativa de ataque a las autoridades de<br />

los Estados ribereños interesados a fin de aumentar las probabilidades de que las fuerzas de seguridad<br />

apresen a los agresores.<br />

66 Todo informe presentado a un Estado ribereño también será remitido, tan pronto como sea<br />

posible, a la Administración marítima del buque en cuestión, la cual posteriormente recibirá,<br />

asimismo, un informe completo sobre el suceso, incluyendo los pormenores de las medidas<br />

complementarias adoptadas y de las dificultades que puedan haber surgido. Este informe podrá<br />

utilizarse en el marco de todo contacto de carácter diplomático que el Estado de abanderamiento<br />

entable con el Gobierno del Estado ribereño en cuyas aguas ocurrió el suceso. y también constituirá la<br />

base del informe para la OMI,<br />

67 En el apéndice 4 figura el formato de notificación a la OMI a través de las Administraciones<br />

marítimas o las organizaciones internacionales. De hecho, la falta actual de informes adecuados y<br />

precisos sobre los ataques está repercutiendo directamente en la capacidad de actuación de los<br />

Gobiernos y de las organizaciones internacionales. Los informes también pueden ser útiles en el<br />

futuro para perfeccionar y actualizar cualquier información destinada a los buques.<br />

68 También se informará al CCS, al Estado ribereño y a la Administración marítima del buque.<br />

aun cuando el ataque haya sido infructuoso.<br />

69 La utilización de los CCS, con arreglo a la recomendación de la circular MSC/Circ.597 de la<br />

0MI, evitará dificultades en las comunicaciones.<br />

Salida de las zonas de riesgo de piratería/robos a mano armada<br />

70 Al abandonar las zonas de riesgo de piratería/robos a mano armada, los capitanes se<br />

cerciorarán de que los espacios que, por razones de seguridad, deban estar abiertos, efectivamente lo<br />

estén, las mangueras que se hubiesen atado se desatan y se readoptan las prácticas habituales de<br />

guardia y alumbrado.<br />

71 En el apéndice 3 figura un resumen de las fases de los actos t piratería/robos a mano armada y<br />

del modo en que pueden o no desarrollarse.


APÉNDICE 1<br />

ESTADÍSTICAS, DIAGRAMAS SECUENCIALES Y OTRA<br />

INFORMACIÓN PERTINENTE<br />

Diagrama secuencial de los ataques en aguas costeras<br />

15


APÉNDICE 2<br />

FORMATOS <strong>DE</strong> LOS MENSAJES <strong>DE</strong> LOS BUQUES<br />

Informe 1- Mensaje inicial - Alerta de ataque pirata/robo a mano armada<br />

1 Nombre del buque, distintivo de llamada, número IMO. ID INMARSAT (más código de la<br />

región marítima) e ISMM<br />

MAYDAY/ALERTA <strong>DE</strong> SOCORRO (véase la nota)<br />

SEÑAL <strong>DE</strong> URGENCIA<br />

ATAQUE PIRATA/ROBO A <strong>MANO</strong> <strong>ARMADA</strong><br />

2 Situación del buque (y hora de la situación UTC)<br />

Latitud Longitud<br />

Velocidad KTS<br />

3 Naturaleza del suceso<br />

Nota: Se prevé que este mensaje sea de socorro puesto que el buque o las personas estarán en<br />

peligro grave o inminente al ser atacados. Cuando no sea éste el caso, se omitirán las<br />

palabras MAYDAY/ALERTA <strong>DE</strong> SOCORRO.<br />

La utilización de la prioridad de socorro (3) del sistema de INMARSAT no requerirá la<br />

inclusión de las palabras MAYDAY/ALERTA <strong>DE</strong> SOCORRO.<br />

Informe 2 - Informe complementario - Alerta de ataque pirata/robo a mano armada<br />

1 Nombre del buque, distintivo de llamada, número IMO<br />

2 Referencia inicial ALERTA PIRATA/ROBO A <strong>MANO</strong> <strong>ARMADA</strong><br />

3 Situación del suceso<br />

Latitud Longitud<br />

Nombre de la zona<br />

4 Pormenores del suceso, por ejemplo:<br />

¿Estaba el buque navegando, fondeado o atracado?<br />

Método de ataque<br />

Descripción/número de embarcaciones sospechosas<br />

Número y breve descripción de los piratas/ladrones<br />

¿Qué tipo de armas llevaban los piratas/ladrones?<br />

Otra información (por ejemplo, idioma hablado)<br />

Lesiones sufridas por la tripulación y los pasajeros<br />

Daños del buque (¿qué parte del buque fue atacada?)<br />

Breve descripción de los bienes/carga robados<br />

Medidas adoptadas por el capitán y la tripulación<br />

¿Se notificó el suceso a las autoridades costeras y a quién?<br />

Medidas adoptadas por el Estado ribereño<br />

16


5 Últimos movimientos observados de la embarcación sospechosa/pirata, por ejemplo:<br />

Fecha/hora/rumbo/situación/velocidad<br />

6 Asistencia necesaria<br />

7 Medio de comunicación con el buque que notifica un ataque, por ejemplo:<br />

Radioestación costera correspondiente<br />

Ondas decamétricas/ondas hectométricas/ondas métricas<br />

ID INMARSAT (más código de la región marítima)<br />

ISMM<br />

8 Fecha/hora del informe (UTC)<br />

17


Símbolo de Descripción<br />

la fase de la fase<br />

APÉNDICE 3<br />

“FASES” RELATIVAS A LOS VIAJES EN ZONAS <strong>DE</strong> RIESGO<br />

<strong>DE</strong> <strong>PIRATERÍA</strong> Y <strong>ROBOS</strong> A <strong>MANO</strong> <strong>ARMADA</strong><br />

A Aproximación a una zona de riesgo de piratería/robos a mano armada (una hora antes<br />

de entrar en la zona)<br />

B Entrada en una zona de riesgo de piratería/robos a mano armada<br />

C Navegación en una zona de riesgo de piratería/robos a mano armada, pero no<br />

detección de ningún buque sospechoso de piratería/robos a mano armada<br />

D Navegación en una zona de riesgo de piratería/robos a mano armada: detección de un<br />

buque sospechoso de piratería/robos a mano armada<br />

E Certeza de una tentativa de acto de piratería o de robo a mano armada<br />

F La embarcación pirata/de ladrones armados está próxima o en contacto con el buque<br />

G Los piratas/ladrones armados comienzan a embarcar<br />

H Los piratas/ladrones armados han conseguido embarcar<br />

I Los piratas/ladrones armados tienen a uno o varios miembros de la tripulación del<br />

buque bajo su control/custodia<br />

J Los piratas/ladrones armados han accedido al puente o a la oficina del capitán<br />

K Los piratas/ladrones armados han robado bienes/dinero, etc.<br />

L Los piratas/ladrones armados comienzan a desembarcar<br />

M Los piratas/ladrones armados han desembarcado<br />

N La embarcación pirata/de ladrones armados ya no está en contacto con el buque<br />

O El buque sale de la zona de riesgo de piratería/robos a mano armada<br />

18


APÉNDICE 4<br />

FORMATO <strong>DE</strong> NOTIFICACIÓN A LA OMI A TRAVÉS <strong>DE</strong><br />

LAS ADMINISTRACIONES MARÍTIMAS O LAS<br />

ORGANIZACIONES INTERNACIONALES<br />

2* Nombre del buque y Número IMO<br />

Tipo de buque<br />

Pabellón<br />

Arqueo bruto<br />

3 Fecha y hora<br />

4 Latitud Longitud<br />

Nombre de la zona**<br />

¿Estaba el buque navegando, fondeado o atracado?<br />

5 Método de ataque<br />

Descripción/número de embarcaciones sospechosas<br />

Número y breve descripción de los piratas/ladrones<br />

¿Qué tipo de armas llevaban los piratas/ladrones?<br />

Otra información (por ejemplo, idioma hablado)<br />

6 Lesiones sufridas por la tripulación y los pasajeros<br />

Daños del buque (¿qué parte del buque fue atacada?)<br />

Breve descripción de los bienes/carga robados<br />

7 Medidas adoptadas por el capitán y la tripulación<br />

8 ¿Se notificó el suceso a las autoridades costeras y a quién?<br />

9 Estado u organización internacional que presenta la notificación<br />

10 Medidas adoptadas por el Estado ribereño<br />

* Corresponde a los números de las columnas en el anexo de las circulares mensuales de la OMI.<br />

La siguiente definición de piratería figura en el articulo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el<br />

Derecho del Mar de 1982:<br />

** Constituye piratería cualquiera de los actos siguientes:<br />

a) todo acto ilegal de violencia o de detención o todo acto de depredación cometidos con un propósito<br />

personal por la tripulación o los pasajeros de un buque privado o de una aeronave privada y dirigidos:<br />

i) contra un buque o una aeronave en alta mar o contra personas o bienes a bordo de ellos:<br />

ii) contra un buque o una aeronave, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido a la<br />

jurisdicción de ningún Estado:<br />

b) todo acto de participación voluntaria en la utilización de un buque o de una aeronave, cuando el que lo<br />

realice tenga conocimiento de hechos que den a dicho buque o aeronave el carácter de buque o aeronave<br />

pirata:<br />

c) todo acto que tenga por objeto incitar a los actos definidos en el apartado a) o el apartado b) o facilitarlos<br />

intencionalmente.<br />

19


1 Vigilar el buque y la carga<br />

APÉNDICE 5<br />

<strong>DE</strong>CÁLOGO <strong>DE</strong> SEGURIDAD<br />

El capitán tiene la obligación de velar por la carga y de adoptar medidas de precaución para<br />

garantizar la seguridad total del buque, así como de las actividades realizadas a bordo por la<br />

tripulación u otras personas empleadas en el buque. Todos los miembros de la tripulación deberán<br />

cooperar, por su propio interés, en las operaciones de vigilancia, informando al oficial de guardia de<br />

toda actividad sospechosa.<br />

2 Alumbrar el buque y su costado<br />

Se deberá mantener el alumbrado del buque, particularmente en su costado exterior y a lo<br />

largo de la cubierta, utilizando reflectores de gran potencia. La mala visibilidad menoscaba la<br />

actuación de los encargados de la guardia, favoreciendo así los actos ilícitos. No se deberán olvidar<br />

las recomendaciones que figuran en las reglas 2 y 30 del Reglamento internacional para prevenir los<br />

abordajes (COLREG).<br />

3 Establecer comunicación para recibir asistencia exterior<br />

Siempre que sea posible, se deberá instalar tina línea telefónica de fácil acceso para el<br />

encargado de la guardia o el miembro de la tripulación de servicio. Se pedirá asistencia por teléfono.<br />

También se deberá tener presente la lista de estaciones que tienen un servicio de guardia<br />

permanente en el canal 16 de ondas métricas. Estas estaciones pueden transmitir la petición de<br />

asistencia a las autoridades competentes.<br />

4 Controlar los accesos a la carga y a los lugares habitables<br />

El camarote del capitán es uno de los objetivos principales de los asaltantes que buscan<br />

dinero y la llave maestra de otros lugares habitables, para robar los efectos de valor personales de la<br />

tripulación y el equipo náutico del puente. Los camarotes y otros lugares habitables se deberán<br />

mantener cerrados siempre que sus ocupantes estén ausentes.<br />

Normalmente, la carga sólo será objeto de robo o hurto si los delincuentes conocen<br />

previamente el contenido, a través de información recogida por personas poco escrupulosas que tienen<br />

acceso al conocimiento de embarque. Se deberá tratar de estibar los contenedores con carga valiosa de<br />

modo que se obstruyan sus aberturas, y aislar los medios de acceso al buque, así como los accesos a<br />

las zonas interiores, a fin de establecer una única vía de entrada y salida por la plancha de<br />

desembarco, garantizando así su control por el encargado de la guardia allí apostado.<br />

5 Mantener los portillos cerrados<br />

Los portillos abiertos pueden constituir un medio de fácil acceso al buque para los<br />

delincuentes hábiles. Por consiguiente, siempre se deberán cerrar al salir del buque. También se<br />

deberá tratar de mantener cerrados los accesos a las zonas interiores, garantizando así que la entrada y<br />

salida se efectúan por la plancha de desembarco, vigilada por el encargado de la guardia.<br />

20


6 No dejar objetos de valor a la vista<br />

Se deberá tratar de limitar las oportunidades de robo, guardando todo el equipo portátil que<br />

no se esté utilizando. Los objetos de valor que se dejen a la vista incitarán al robo a los ladrones<br />

oportunistas, razón por la cual deberán guardarse en un lugar seguro, bajo llave.<br />

7 Mantener levantadas las planchas de desembarco<br />

Cuando el buque esté fondeado y en puerto, se deberá dificultar el acceso al mismo<br />

manteniendo las planchas de desembarco y las escalas de gato levantadas. En el puerto, sólo se deberá<br />

bajar la plancha de desembarco hacia el muelle.<br />

8 En caso de ataque<br />

I no se dudará en hacer sonar la alarma general del buque en caso de amenaza de ataque;<br />

II se tratará de mantener un alumbrado adecuado para deslumbrar a los atacantes, en caso<br />

de que personas extrañas al buque intenten escalar por el costado:<br />

III se dará la alarma, a través del canal 16 de ondas métricas, a los buques que se encuentren<br />

en la zona y al sistema de guardia permanente de las autoridades en tierra (se deberá<br />

mencionar la infraestructura existente en el puerto). La eficacia de asistencia que presten<br />

las fuerzas de seguridad estará en función de la prontitud con que se dé la alarma;<br />

IV se dará la alarma con golpes intermitentes de la sirena y se utilizarán los sistemas<br />

visuales, sirviéndose de reflectores y de cohetes de señalización:<br />

V si corresponde, y a fin de proteger las vidas de quienes se encuentren a bordo. se tomarán<br />

medidas para repeler el embarco de los atacantes, utilizando para ello reflectores potentes<br />

a fin de deslumbrar a los agresores o arrojando chorros de agua o cohetes de señalización<br />

en dirección de las zonas de embarco; y<br />

VI no se tratará de realizar actos heroicos.<br />

9 Mantener a los encargados de la guardia contratados bajo la supervisión del oficial de<br />

guardia<br />

EI servicio de guardia deberá ser bueno. Los encargados de la guardia deberán pedir<br />

identificación a todas las personas que suban y bajen del buque. La tripulación deberá cooperar en las<br />

operaciones de vigilancia. No se deberá permitir que el encargado de la guardia abandone la plancha<br />

de embarco, a menos que sea sustituido por otro o por un miembro de la tripulación.<br />

10 Notificar a la policía cualquier suceso de robo, hurto o ataque<br />

Los sucesos relacionados con asaltos o robos se deberán notificar fin de que se adopten las<br />

medidas jurídicas pertinentes.<br />

Esta información permitirá que se estudien las medidas que deban adoptarse para prevenir y<br />

combatir estos delitos, contribuyendo así a garantizar la seguridad de la tripulación y del buque.<br />

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