DE ESGRIMA
Reglamento FIE Técnico - Federación Madrileña Esgrima
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REGLAMENTO TÉCNICO, diciembre 2014<br />
MATERIALIDAD <strong>DE</strong>L TOCADO<br />
t.51 Para juzgar la materialidad del tocado, sólo da fe la indicación del aparato de<br />
señalización. El árbitro no puede declarar a un tirador tocado, sin que el aparato haya<br />
registrado regularmente el tocado (excepto en los casos previstos por el Reglamento, rf.<br />
t.49.1 y para los tocados de penalización).<br />
Superficie válida al florete<br />
Esta figura sólo aparece como muestra. En caso de duda, la redacción del texto correspondiente<br />
tiene prioridad.<br />
t.52<br />
Para la utilización del aparato, se debe destacar que:<br />
a) Si ha sido dado un tocado no válido, el aparato no registrará un eventual tocado en<br />
el mismo lado.<br />
b) El aparato no indica si ha habido prioridad cronométrica entre dos o varios tocados<br />
simultáneamente.<br />
ANULACIÓN <strong>DE</strong>L TOCADO<br />
t.53<br />
1 El árbitro no tendrá en cuenta las señales que resultan de golpes:<br />
- lanzados antes de la voz de "Adelante" o después de la voz de "Alto" (rf. t.18.1/3).<br />
- que toquen a objetos cualesquiera que esté fuera del adversario o su material (rf. t.41).<br />
2 El tirador que, voluntariamente, provoque un tocado una señal colocando su punta sobre<br />
el suelo o sobre una superficie cualquiera fuera de su adversario, recibirá las sanciones<br />
previstas por los artículos t.114, t.117, t.120.<br />
3 Está prohibido al tirador poner una parte no aislada de su arma en contacto con su<br />
chaquetilla eléctrica con la intención de bloquear el aparato y evitar, de este modo, ser<br />
tocado. Si esta falta se comete, el árbitro aplicará al tirador culpable las sanciones<br />
previstas por los artículos t.114, t.116, t.120. El tocado eventualmente dado por el tirador<br />
culpable será anulado.<br />
t.54<br />
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