REGLAS DE ORGANIZACIÓN DE ESGRIMA
Reglas de organización - Federación Madrileña Esgrima
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<strong>REGLAS</strong> <strong>DE</strong> ORGANIZACION, diciembre 2014<br />
o.61<br />
Atribuciones de los delegados de la SEMI y médicos<br />
1. Los delegados de la SEMI tienen entre sus atribuciones la estricta y completa<br />
organización del control del material y de las instalaciones, así como la obligación de<br />
hacer respetar el Reglamento, sobre el que no podrán hacer excepciones por su<br />
cuenta salvo en el caso de que sea absolutamente imposible aplicarlo.<br />
2. Los delegados de la SEMI son los encargados de organizar las pruebas desde el<br />
punto de vista del material y velar por su perfecto desarrollo.<br />
3. En consecuencia, los delegados de la SEMI :<br />
a) organizan el control de material y supervisan su funcionamiento<br />
b) verifican las instalaciones técnicas y controlan la homologación de los distintos<br />
equipos.<br />
c) ayudan a los árbitros con los problemas de material durante los encuentros.<br />
4. Los delegados médicos tienen entre sus atribuciones la estricta y completa<br />
organización desde el punto de vista médico así como la obligación de hacer respetar<br />
el Reglamento, sobre el cual no podrán hacer excepciones por su cuenta salvo en el<br />
caso de que sea absolutamente imposible de aplicarlo.<br />
5. En consecuencia, los delegados médicos<br />
a) verifican el servicio médico y supervisan su funcionamiento<br />
b) supervisan el control antidopaje<br />
c) supervisa la evaluación y tratamiento de una lesión o calambre de acuerdo con<br />
t.33.<br />
o.62<br />
El supervisor<br />
Para las cuestiones de derecho durante las competencias de la FIE (incluyendo los<br />
campeonatos del mundo y los Juegos Olímpicos), el o los delegados al arbitraje son<br />
los únicos competentes para juzgar las decisiones del árbitro desde el principio hasta<br />
el final del match.<br />
En las competiciones donde no hay delegado de arbitraje, delegado de la SEMI o<br />
delegado médico, es el supervisor (cf o.77) quien tiene estas competencias<br />
respectivas.<br />
Es el supervisor quien debe arreglar todas las otras diferencias durante las<br />
competiciones de Copa del Mundo y los Grandes Premios.<br />
Control de la FIE<br />
o.63<br />
Con el objetivo de asegurar el respeto de los reglamentos, durante los Campeonatos<br />
del Mundo y los Juegos Olímpicos, el Presidente y los miembros de la Mesa directiva<br />
de la FIE tienen el derecho de asistir a todas las reuniones del Directorio Técnico y de<br />
los delegados oficiales de la FIE para los cuales deben obligatoriamente ser<br />
prevenidos por el Directorio Técnico.<br />
Incumbe a la Mesa Directiva de la F.I.E o a uno de sus representantes designados de<br />
regular las otras diferencias que se produzcan en los Campeonatos del Mundo.<br />
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