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a) Si se trata de notas parciales, en un plazo de hasta 7 días<br />
laborables posteriores a la entrega de la calificación.<br />
b) Si se trata de la nota final del curso, en un plazo de hasta 21<br />
días laborables contados a partir del inicio de clases del semestre<br />
subsiguiente (sin contar la sesión de verano).<br />
c) No obstante los plazos establecidos, se sugiere que cualquier<br />
reclamo se realice de manera inmediata.<br />
d) Es responsabilidad del estudiante evidenciar el cumplimiento<br />
de estos plazos.<br />
3. A esta petición formal, el estudiante obtendrá una respuesta<br />
en un plazo no mayor a 8 días laborables contados a partir del<br />
inicio del proceso.<br />
4. Si el profesor no responde o su respuesta no es satisfactoria,<br />
el estudiante debe decidir si continuar o no el proceso vía la<br />
Web. Si decide continuarlo, en un plazo no mayor a 15 días laborables<br />
desde que se reciba su petición, el Decano designará<br />
al menos dos profesores del área para conformar el Comité<br />
de Apelación, que de considerar apropiado, podrá escuchar<br />
al estudiante, al profesor o a ambos.<br />
5. Si el Comité ratifica la nota original, se informará al estudiante<br />
por escrito de esta decisión explicando claramente las razones<br />
de la ratificación. Cada colegio manejará un archivo de<br />
las apelaciones.<br />
6. Si el Comité considera que hay un cambio de nota a favor del<br />
estudiante, ésta será asentada en el libro de notas del profesor.<br />
Si se trata de la revisión de la nota final del curso, la<br />
nota será asentada en el kárdex académico por el Decano vía<br />
la Web. El estudiante siempre debe verificar que los cambios<br />
hayan sido realizados.<br />
7. De ninguna manera se podrá asignar una nota menor a la que<br />
haya asentado el profesor titular del curso.<br />
8. El profesor y los Decanos facilitarán el ágil cumplimiento de<br />
este proceso.<br />
9. El Ombudsman vigilará que el proceso se lleve a cabo siguiendo<br />
este procedimiento.<br />
10. Si el estudiante no está de acuerdo con la decisión, es recomendable<br />
que acceda al Ombudsman quien le guiará para<br />
la continuación del proceso, de haber razones suficientes. De<br />
ser necesario, el Ombudsman podrá solicitar información adicional<br />
a las partes involucradas.<br />
11. Las decisiones que se tomen en la instancia del Ombudsman<br />
son finales y no sujetas a apelación.<br />
CONTACTO:<br />
ombudsman@usfq.edu.ec<br />
Edif. Newton, tercer piso, Ofic. N304; telf. 297 1810<br />
ESTUDIANTES EN CONDICIÓN ACADéMI-<br />
CA POR BAJO RENDIMIENTO<br />
El estudiante entra de manera automática en Condición Académica<br />
y su acceso al registro queda bloqueado cuando su promedio<br />
acumulado (GPA) es menor a 2.00 o al mínimo requerido<br />
por su Colegio, como en el caso de los Colegios de Ciencias de la<br />
Salud, Arquitectura y Jurisprudencia.<br />
Condición académica y suspensión de la<br />
USFQ por bajo rendimiento<br />
Cuando un estudiante se encuentra en Condición Académica,<br />
el registro para el siguiente semestre queda inmediatamente inhabilitado.<br />
Para registrarse, el estudiante deberá aceptar electrónicamente<br />
los términos de su condición. Si necesita mayor información<br />
acerca de las regulaciones de su nueva condición deberá<br />
acudir al Decanato de Estudiantes.<br />
El Mandatario del estudiante será notificado. El mandatario es<br />
el responsable de las obligaciones financieras del estudiante frente<br />
a la universidad.<br />
ATENCIÓN: Asistir a clases en suspensión académica se<br />
considera una falta al Código de Honor.<br />
CONTACTO:<br />
condicionacademica@usfq.edu.ec<br />
Casa Tomate, 2do. Piso, Ofic. 201; telf. 297 1700 ext.<br />
1025<br />
Exigencias para el estudiante en condición<br />
académica<br />
El estudiante en condición académica deberá cumplir con las<br />
siguientes exigencias:<br />
1. Número mínimo y máximo de créditos<br />
Para los programas presenciales de pregrado diurno y vespertino,<br />
sólo podrá registrarse en:<br />
a) Mínimo 12 y máximo 19 créditos por semestre si es ESTU-<br />
DIANTE DE PRIMER AÑO.<br />
b) Mínimo 16 y máximo 19 créditos si es ESTUDIANTE DE<br />
AÑOS SUPERIORES.<br />
c) Máximo 9 créditos en la Sesión de Verano.<br />
Para el programa de pregrado de Educación en Línea, solo podrá<br />
registrarse en un mínimo de 12 y un máximo de 15 créditos<br />
por semestre. Pero, en el primer módulo posterior a la condición,<br />
el estudiante podrá cursar una sola materia de hasta 5 créditos y<br />
en el módulo subsiguiente deberá tomar los créditos faltantes. Si<br />
cursa el módulo de verano puede registrarse en un máximo de 10<br />
créditos, pero si el módulo de verano es posterior a la condición,<br />
sólo podrá registrarse en 5 créditos.<br />
2. Deberá retirarse inmediatamente de las materias que esté<br />
tomando en exceso o el sistema lo hará al azar.<br />
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