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a) Si se trata de notas parciales, en un plazo de hasta 7 días<br />

laborables posteriores a la entrega de la calificación.<br />

b) Si se trata de la nota final del curso, en un plazo de hasta 21<br />

días laborables contados a partir del inicio de clases del semestre<br />

subsiguiente (sin contar la sesión de verano).<br />

c) No obstante los plazos establecidos, se sugiere que cualquier<br />

reclamo se realice de manera inmediata.<br />

d) Es responsabilidad del estudiante evidenciar el cumplimiento<br />

de estos plazos.<br />

3. A esta petición formal, el estudiante obtendrá una respuesta<br />

en un plazo no mayor a 8 días laborables contados a partir del<br />

inicio del proceso.<br />

4. Si el profesor no responde o su respuesta no es satisfactoria,<br />

el estudiante debe decidir si continuar o no el proceso vía la<br />

Web. Si decide continuarlo, en un plazo no mayor a 15 días laborables<br />

desde que se reciba su petición, el Decano designará<br />

al menos dos profesores del área para conformar el Comité<br />

de Apelación, que de considerar apropiado, podrá escuchar<br />

al estudiante, al profesor o a ambos.<br />

5. Si el Comité ratifica la nota original, se informará al estudiante<br />

por escrito de esta decisión explicando claramente las razones<br />

de la ratificación. Cada colegio manejará un archivo de<br />

las apelaciones.<br />

6. Si el Comité considera que hay un cambio de nota a favor del<br />

estudiante, ésta será asentada en el libro de notas del profesor.<br />

Si se trata de la revisión de la nota final del curso, la<br />

nota será asentada en el kárdex académico por el Decano vía<br />

la Web. El estudiante siempre debe verificar que los cambios<br />

hayan sido realizados.<br />

7. De ninguna manera se podrá asignar una nota menor a la que<br />

haya asentado el profesor titular del curso.<br />

8. El profesor y los Decanos facilitarán el ágil cumplimiento de<br />

este proceso.<br />

9. El Ombudsman vigilará que el proceso se lleve a cabo siguiendo<br />

este procedimiento.<br />

10. Si el estudiante no está de acuerdo con la decisión, es recomendable<br />

que acceda al Ombudsman quien le guiará para<br />

la continuación del proceso, de haber razones suficientes. De<br />

ser necesario, el Ombudsman podrá solicitar información adicional<br />

a las partes involucradas.<br />

11. Las decisiones que se tomen en la instancia del Ombudsman<br />

son finales y no sujetas a apelación.<br />

CONTACTO:<br />

ombudsman@usfq.edu.ec<br />

Edif. Newton, tercer piso, Ofic. N304; telf. 297 1810<br />

ESTUDIANTES EN CONDICIÓN ACADéMI-<br />

CA POR BAJO RENDIMIENTO<br />

El estudiante entra de manera automática en Condición Académica<br />

y su acceso al registro queda bloqueado cuando su promedio<br />

acumulado (GPA) es menor a 2.00 o al mínimo requerido<br />

por su Colegio, como en el caso de los Colegios de Ciencias de la<br />

Salud, Arquitectura y Jurisprudencia.<br />

Condición académica y suspensión de la<br />

USFQ por bajo rendimiento<br />

Cuando un estudiante se encuentra en Condición Académica,<br />

el registro para el siguiente semestre queda inmediatamente inhabilitado.<br />

Para registrarse, el estudiante deberá aceptar electrónicamente<br />

los términos de su condición. Si necesita mayor información<br />

acerca de las regulaciones de su nueva condición deberá<br />

acudir al Decanato de Estudiantes.<br />

El Mandatario del estudiante será notificado. El mandatario es<br />

el responsable de las obligaciones financieras del estudiante frente<br />

a la universidad.<br />

ATENCIÓN: Asistir a clases en suspensión académica se<br />

considera una falta al Código de Honor.<br />

CONTACTO:<br />

condicionacademica@usfq.edu.ec<br />

Casa Tomate, 2do. Piso, Ofic. 201; telf. 297 1700 ext.<br />

1025<br />

Exigencias para el estudiante en condición<br />

académica<br />

El estudiante en condición académica deberá cumplir con las<br />

siguientes exigencias:<br />

1. Número mínimo y máximo de créditos<br />

Para los programas presenciales de pregrado diurno y vespertino,<br />

sólo podrá registrarse en:<br />

a) Mínimo 12 y máximo 19 créditos por semestre si es ESTU-<br />

DIANTE DE PRIMER AÑO.<br />

b) Mínimo 16 y máximo 19 créditos si es ESTUDIANTE DE<br />

AÑOS SUPERIORES.<br />

c) Máximo 9 créditos en la Sesión de Verano.<br />

Para el programa de pregrado de Educación en Línea, solo podrá<br />

registrarse en un mínimo de 12 y un máximo de 15 créditos<br />

por semestre. Pero, en el primer módulo posterior a la condición,<br />

el estudiante podrá cursar una sola materia de hasta 5 créditos y<br />

en el módulo subsiguiente deberá tomar los créditos faltantes. Si<br />

cursa el módulo de verano puede registrarse en un máximo de 10<br />

créditos, pero si el módulo de verano es posterior a la condición,<br />

sólo podrá registrarse en 5 créditos.<br />

2. Deberá retirarse inmediatamente de las materias que esté<br />

tomando en exceso o el sistema lo hará al azar.<br />

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