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ESTUDIOSEINVESTIGACIONES _<br />

Reflexiones en torno al Anteproyecto de Ley Antidroga:<br />

en atención particular a la necesidad de distinguir<br />

entre tráfico y consumo de drogas<br />

Sumario: El adicto: un problema de salud. El traficante: un delincuente.<br />

Nicaragua tiene a consideración de su Asamblea Legislativa<br />

un proyecto de nueva "Ley de estupefacientes, sustancias<br />

sicotrópicas y otras sustancias controladas".<br />

La necesidad de legislaciones eficaces para combatir los<br />

diversos delitos que se reúnen bajo la denominación genérica<br />

de "tráfico ilícito de drogas" es evidente, no sólo en<br />

Nicaragua, sino en los países de nuestra región y fuera de ella.<br />

Es conveniente, asimismo, que sean legislaciones compatibles<br />

entre sí, que favorezcan acciones de cooperación entre<br />

países. Esto en razón de la naturaleza transnacional de esta<br />

empresa delictiva, con actividades de cultivo, procesamiento<br />

y tráfico, distribución estratégica en muchos países, y<br />

extraordinaria capacidad de "traslado" de sus actividades,<br />

eludiendo la persecución de la Justicia.<br />

Un punto de la mayor importancia al programar la política<br />

criminal en materia de drogas es distinguir claramente el<br />

consumo del tráfico ilícito. Ambos están estrechamente<br />

relacionados, sin embargo las acciones eficaces para reducir<br />

uno y otro son distintas.<br />

Mientras el tráfico ilícito de drogas es un problema penal, la<br />

drogadicción es un problema de salud. Mientras los<br />

transgresores penales son perseguidos y traídos<br />

coactivamente a la Justicia, el único tratamiento eficaz para<br />

recuperar a los adictos consiste en lograr, por parte de ellos,<br />

el reconocimiento de su enfermedad y su consiguiente<br />

voluntariedad para someterse a la terapia.<br />

El adicto: un problema de salud<br />

Este es un punto en el que consideramos que el proyecto de<br />

ley debería ser corregido. El texto no distingue con la<br />

claridad necesaria al traficante del adicto, generando en los<br />

artículos 63 y 64 una persecución encubierta de este último y<br />

de su familia, respecto de la cual prescribe que "deberá<br />

responder el cumplimiento de sus obligaciones (del<br />

drogadicto) mediante caución ...".<br />

Elías Carranza<br />

Científico de ILANUD<br />

Rápidamente enunciamos la razón terapéutica que fundamenta<br />

este criterio: el indispensable reconocimiento de su<br />

voluntariedad para someterse a tratamiento. Esto ha sido<br />

ampliamente corroborado por la investigación científica y sólo<br />

se logra cuando no existe persecución penal contra el enfermo<br />

ni abierta ni encubierta, y los terapeutas pueden, por tanto,<br />

acceder a la comunicación y al diálogo con él. Cuando, por el<br />

contrario, existe cualquier forma de persecución, el drogadicto<br />

se oculta, niega su condición y la comunicación se interrumpe.<br />

El traficante: un delincuente<br />

Todo esto vale para los adictos desde el punto de vista<br />

terapéutico y de la autonomía de su voluntad. Pero también<br />

desde el punto de vista de la eficacia de la persecución penal<br />

del tráfico ilícito, es indispensable la fluida comunicación con<br />

el adicto, y que éste perciba la posibilidad de recibir por<br />

medio de los funcionarios del Estado la asistencia que<br />

necesita, y nunca la amenaza penal. El drogadicto es un<br />

eslabón -el último de la cadena- de la mayor importancia<br />

para identificar y perseguir penalmente al traficante.<br />

Una política de persecución penal contra el adicto no sólo<br />

dificulta su cooperación con la justicia penal sino que genera<br />

también otros fenómenos incontrolables no deseados, como<br />

corrupción policial, por medio de la extorsión a los adictos, e<br />

inflación penitenciaria incontrolada: es más sencillo para la<br />

Policía -en su necesidad exhibir eficacia- encerrar quince<br />

adictos, que apresar un solo traficante. Pero también de esta<br />

manera se malgastan ingentes recursos humanos y<br />

económicos, .y mientras tanto el verdadero negocio de la<br />

droga continúa extendiéndose.<br />

Para combatir con éxito el tráfico ilícito de drogas es<br />

necesario, por tanto, orientar claramente las acciones penales<br />

necesarias-algunas de las cuales deben ser muy severas, como<br />

cuando en el negocio se involucran a menores de edad- y no<br />

confundirlas con las acciones que en ámbito de la salud<br />

deben realizarse para recuperar a los adictos. I DPC I<br />

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