CONTENIDO - INEJ
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ESTUDIOSEINVESTIGACIONES _<br />
Reflexiones en torno al Anteproyecto de Ley Antidroga:<br />
en atención particular a la necesidad de distinguir<br />
entre tráfico y consumo de drogas<br />
Sumario: El adicto: un problema de salud. El traficante: un delincuente.<br />
Nicaragua tiene a consideración de su Asamblea Legislativa<br />
un proyecto de nueva "Ley de estupefacientes, sustancias<br />
sicotrópicas y otras sustancias controladas".<br />
La necesidad de legislaciones eficaces para combatir los<br />
diversos delitos que se reúnen bajo la denominación genérica<br />
de "tráfico ilícito de drogas" es evidente, no sólo en<br />
Nicaragua, sino en los países de nuestra región y fuera de ella.<br />
Es conveniente, asimismo, que sean legislaciones compatibles<br />
entre sí, que favorezcan acciones de cooperación entre<br />
países. Esto en razón de la naturaleza transnacional de esta<br />
empresa delictiva, con actividades de cultivo, procesamiento<br />
y tráfico, distribución estratégica en muchos países, y<br />
extraordinaria capacidad de "traslado" de sus actividades,<br />
eludiendo la persecución de la Justicia.<br />
Un punto de la mayor importancia al programar la política<br />
criminal en materia de drogas es distinguir claramente el<br />
consumo del tráfico ilícito. Ambos están estrechamente<br />
relacionados, sin embargo las acciones eficaces para reducir<br />
uno y otro son distintas.<br />
Mientras el tráfico ilícito de drogas es un problema penal, la<br />
drogadicción es un problema de salud. Mientras los<br />
transgresores penales son perseguidos y traídos<br />
coactivamente a la Justicia, el único tratamiento eficaz para<br />
recuperar a los adictos consiste en lograr, por parte de ellos,<br />
el reconocimiento de su enfermedad y su consiguiente<br />
voluntariedad para someterse a la terapia.<br />
El adicto: un problema de salud<br />
Este es un punto en el que consideramos que el proyecto de<br />
ley debería ser corregido. El texto no distingue con la<br />
claridad necesaria al traficante del adicto, generando en los<br />
artículos 63 y 64 una persecución encubierta de este último y<br />
de su familia, respecto de la cual prescribe que "deberá<br />
responder el cumplimiento de sus obligaciones (del<br />
drogadicto) mediante caución ...".<br />
Elías Carranza<br />
Científico de ILANUD<br />
Rápidamente enunciamos la razón terapéutica que fundamenta<br />
este criterio: el indispensable reconocimiento de su<br />
voluntariedad para someterse a tratamiento. Esto ha sido<br />
ampliamente corroborado por la investigación científica y sólo<br />
se logra cuando no existe persecución penal contra el enfermo<br />
ni abierta ni encubierta, y los terapeutas pueden, por tanto,<br />
acceder a la comunicación y al diálogo con él. Cuando, por el<br />
contrario, existe cualquier forma de persecución, el drogadicto<br />
se oculta, niega su condición y la comunicación se interrumpe.<br />
El traficante: un delincuente<br />
Todo esto vale para los adictos desde el punto de vista<br />
terapéutico y de la autonomía de su voluntad. Pero también<br />
desde el punto de vista de la eficacia de la persecución penal<br />
del tráfico ilícito, es indispensable la fluida comunicación con<br />
el adicto, y que éste perciba la posibilidad de recibir por<br />
medio de los funcionarios del Estado la asistencia que<br />
necesita, y nunca la amenaza penal. El drogadicto es un<br />
eslabón -el último de la cadena- de la mayor importancia<br />
para identificar y perseguir penalmente al traficante.<br />
Una política de persecución penal contra el adicto no sólo<br />
dificulta su cooperación con la justicia penal sino que genera<br />
también otros fenómenos incontrolables no deseados, como<br />
corrupción policial, por medio de la extorsión a los adictos, e<br />
inflación penitenciaria incontrolada: es más sencillo para la<br />
Policía -en su necesidad exhibir eficacia- encerrar quince<br />
adictos, que apresar un solo traficante. Pero también de esta<br />
manera se malgastan ingentes recursos humanos y<br />
económicos, .y mientras tanto el verdadero negocio de la<br />
droga continúa extendiéndose.<br />
Para combatir con éxito el tráfico ilícito de drogas es<br />
necesario, por tanto, orientar claramente las acciones penales<br />
necesarias-algunas de las cuales deben ser muy severas, como<br />
cuando en el negocio se involucran a menores de edad- y no<br />
confundirlas con las acciones que en ámbito de la salud<br />
deben realizarse para recuperar a los adictos. I DPC I<br />
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