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IMPLICACIONES TRIBUTARIAS DE LA NUEVA ... - AP Legis

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<strong>IMPLICACIONES</strong> <strong>TRIBUTARIAS</strong><br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>NUEVA</strong> REG<strong>LA</strong>MENTACION<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS<br />

Fernando Zarama V.<br />

ZARAMA & ASOCIADOS consultores S.A.<br />

1


Contenido:<br />

1. La tributación y la reglamentación.<br />

2. La territorialidad de la zona franca y la<br />

tributación.<br />

3. El impuesto sobre la renta a los usuarios<br />

de la Zona Franca.<br />

4. El IVA a los servicios en las Zonas Francas.<br />

5. Terminación de la condición de usuarios de<br />

zona franca.<br />

6. Las zonas francas permanentes especiales:<br />

una reforma tributaria?<br />

2


1. La Tributacion y la Reglamentación<br />

Tributación: Principio de legalidad<br />

Formal<br />

Material<br />

Comercio exterior: Reglamentación Ley marco.<br />

Definiciones reglamentarias afectan la legalidad<br />

Exenciones de renta E.T. 213 (ley 109/85)<br />

definiciones de Usuario industrial, aparta<br />

CIUU para incorporar bienes y servicios<br />

Decreto 2131/91<br />

3


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

Definición de Zona Franca:<br />

Area geográfica con normatividad especial en<br />

materia: Tributaria<br />

Aduanera<br />

De Comercio Exterior<br />

Mercancías que ingresan a la zona están fuera<br />

del territorio aduanero para efectos de<br />

impuestos a las importaciones y<br />

exportaciones.<br />

4


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

Conceptos DIAN:<br />

Extraterritorialidad no se aplica a los<br />

impuestos de renta, retenciones, IVA,<br />

sólo para efectos de incentivos a las<br />

exportaciones.<br />

5


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

Efectos del alcance del régimen especial y la<br />

territorialidad:<br />

Renta: renta de fuente nacional o<br />

renta de fuente extranjera, de<br />

acuerdo normas generales.<br />

Pierde importancia para los usuarios<br />

industriales de bienes y hay discusión sobre<br />

los servicios.<br />

6


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

Bajo el concepto de territorialidad<br />

estan sometidos a retención en la<br />

fuente:<br />

Usuario de Zona Franca por compras<br />

al resto del territorio nacional.<br />

Usuarios de Zona franca por<br />

operaciones entre sí.<br />

Nacionales por compras a usuarios de<br />

zonas francas.<br />

7


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

IVA<br />

Grava las ventas bienes muebles en<br />

territorio nacional<br />

Venta a Zona Franca a usuario operador<br />

o industrial de bienes nacionales:<br />

Exportación<br />

Venta a Zona Franca a usuario<br />

comercial: no es exportación<br />

8


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

IVA<br />

Compras desde territorio nacional a<br />

zona franca: Importación<br />

Operaciones dentro de Zona Franca:<br />

exentas entre usuarios industriales,<br />

las demás gravadas.<br />

9


2. La territorialidad de la zona<br />

franca y la tributación.<br />

Desde el exterior a Zona Franca No<br />

es importación. Son considerados<br />

fuera del territorio aduanero nacional<br />

para efectos de los tributos<br />

aduaneros de importación y<br />

Exportación.<br />

10


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

Bajo criterio de territorialidad son rentas de<br />

fuente nacional y se gravan, salvo<br />

excepciones:<br />

212 E.T. Exención renta al operador vigente<br />

hasta 2006 <strong>DE</strong>ROGADA (ley 1004 /05)<br />

213 E.T. Renta exenta usuarios industriales de<br />

bienes y servicios.<br />

11


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

Derogatorias:<br />

Art. 69 Ley 863 de 2003: “a partir del<br />

31 de diciembre de 2006, se deroga<br />

el artículo 213 respecto de los<br />

usuarios industriales de bienes.”<br />

Dejó vigente la exención para los<br />

usuarios industriales de servicios.<br />

12


3. El impuesto sobre la renta y los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

Impuesto sobre la renta:<br />

Renta exenta: Beneficio tributario sobre<br />

la renta del contribuyente bajo unas<br />

condiciones.<br />

Tarifas: Porcentaje o tasa que se aplica<br />

sobre la renta líquida gravable.<br />

13


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

RENTA EXENTA:<br />

Los usuarios comerciales no han tenido ni<br />

tienen exención en la renta.<br />

Usuarios industriales de servicios, mantienen<br />

la exención.<br />

Los usuarios industriales de bienes y los<br />

usuarios operadores no tienen exención<br />

14


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

TARIFAS:<br />

Tarifa especial del impuesto de 15%<br />

para todos los usuarios operadores e<br />

industriales de bienes o de servicios.<br />

Tarifa general para los usuarios<br />

comerciales (34% y 33%)<br />

15


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

Los usuarios industriales de servicios<br />

tienen renta exenta sobre los<br />

ingresos de operaciones con el<br />

exterior y renta gravada al 15%<br />

sobre las operaciones con nacionales.<br />

Operaciones con el exterior: prestados a<br />

no residentes, ni domiciliados o C.I.<br />

Nacionales: con otros operadores (no<br />

C.I.), o nacionales.<br />

16


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

CONCEPTO DIAN 79064 de Octubre 2 de<br />

2007.<br />

Para los Usuarios industriales de servicios,<br />

considera que la ley 1004 de 2005, cuando<br />

fijo la tarifa del 15%, dejó sin piso la<br />

exención sobre las rentas de fuente<br />

extranjera.<br />

La sustentación dada planteaba que al derogar<br />

la ley 109, se derogaba la exención, lo cual<br />

es discutible.<br />

17


3. El impuesto sobre la renta a los<br />

usuarios de la Zona Franca.<br />

TRIBUTACION SOCIOS:.<br />

Socios de sociedades que son usuarios,<br />

la ley 1004 /05 modificó el artículo 49<br />

de E.T.<br />

Dividendo o participación no gravado es<br />

la renta líquida gravable menos el<br />

impuesto.<br />

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3. Las retenciones en la fuente en<br />

las operaciones de la Zona Franca.<br />

Retención no guarda relación con la tarifa.<br />

Retención no se causa a los operadores de<br />

servicios por operaciones con ingreso<br />

exento.<br />

Hay discusión si sobre las exportaciones a<br />

zona franca el usuario debe retener:<br />

Concepto DIAN 069021 No hay retención<br />

Concepto 25114 /99 revocó el concepto.<br />

19


4. IVA A LOS SERVICIOS EN<br />

ZONA FRANCA<br />

La posición oficial de la DIAN es que los<br />

servicios en zona franca son gravado con<br />

IVA, salvo que se encuentren dentro de la<br />

excepción consagrada en el artículo 481 del<br />

E.T. literal e.<br />

La doctrina vigente no diferencia entre<br />

servicios exportados por ser prestados al<br />

exterior, tales como maquila, turismo,<br />

reparaciones, de los servicios prestados para<br />

el mercado nacional y por tanto los grava<br />

todos. (DIAN)<br />

20


4. IVA A LOS SERVICIOS EN<br />

ZONA FRANCA<br />

Los servicios prestados entre usuarios<br />

tales como almacenamiento, servicios<br />

de producción por encargo, están<br />

gravados a la tarifa el bien final. En<br />

este sentido el servicio terminaría<br />

exento por enmarcarse en la exención<br />

del artículo 7 literal f. Ley 1004/05 que<br />

remite al artículo 481 lit.e del E.T.<br />

21


4. IVA A LOS SERVICIOS EN<br />

ZONA FRANCA<br />

Servicios de reparación en zona franca<br />

de bienes nacionales entran para<br />

perfeccionamiento activo y se<br />

reimportan gravados sobre el<br />

componente extranjero.<br />

Lo anterior plantea una discusión por<br />

dos razones: ­ Porque el prestador del<br />

servicio cobra otro IVA.<br />

­ y desconoce que el bien esta fuera<br />

del territorio nacional.<br />

22


5. Terminación de la condición<br />

de usuarios de zona franca.<br />

Al quinto año de la declaratoria de<br />

usuario de zona franca sino se<br />

cumplen compromisos de nueva<br />

inversión y renta líquida gravable, se<br />

pierde la autorización:<br />

Se debe definir situación jurídica de los<br />

bienes y mercancía. Si se importan<br />

paga los tributos al valor en que<br />

ingresaron y con un 10% de recargo.<br />

23


5. Terminación de la condición<br />

de usuarios de zona franca.<br />

Efecto en renta:<br />

No establece consecuencia directa y debe<br />

aplicarse el criterio general.<br />

Si no se cumple con inversión o renta líquida<br />

en cada año gravable, la DIAN puede dejar<br />

sin efecto la calidad de usuario mediante<br />

acto administrativo con recurso de<br />

reposición, el cual tendría vigencia para el<br />

año en que quede ejecutoriado el acto y no<br />

afectaría el año ya declarado.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Gobierno renuncio a una reforma de<br />

fondo y con una concepción<br />

pragmática se trata de estimular la<br />

inversión y desarrollo, aprovechando la<br />

ley de zonas francas.<br />

Mantiene y acepta los beneficios<br />

tributarios en cuanto desarrollen<br />

sectores, a pesar de lo discriminante<br />

de los mismos.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Considera que el desarrollo económico<br />

compensará el costo de los estímulos<br />

tributarios.<br />

Esta concepción ha sido avalada e<br />

impulsada por el Presidente, incluso en<br />

contra de las propuestas de los<br />

Ministros de Hacienda.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

El Presidente Uribe dijo en Analdex:<br />

“No fue fácil introducir los estímulos<br />

tributarios. Se introdujeron contra una gran<br />

oposición de la academia económica. Un<br />

Congreso formado en el discurso político de<br />

que había crear y crear impuestos directos<br />

redistributivos, no entendía en las primeras<br />

de cambio por qué introducir estímulos<br />

tributarios a la inversión.<br />

Esa tarea no ha sido fácil, pero creo que ha<br />

sido muy importante. Y hay ya muchos.”<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Instrumento: las zonas francas<br />

permanentes especiales.<br />

Desarrollo económico.<br />

Disminución de la tributación.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Reglamentario 4051 de 2007 lleva a<br />

una tarifa preferencial del impuesto<br />

de rentas, en casos particulares en<br />

que apruebe el Gobierno.<br />

Basado en la tarifa del 15% de las<br />

Zonas Francas<br />

29


6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Constituye zonas francas<br />

monousuarios industriales y con tarifa<br />

del 15%<br />

Requisitos de patrimonio, inversión,<br />

extensión y empleo<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

DISCUSIONES SOBRE EL AREA <strong>DE</strong> TERRENO:<br />

El proyecto DIAN señalaba una exigencia para los<br />

monousuarios del 50 hectáreas y luego 20.<br />

En el discurso del congreso de Analdex, el Presidente<br />

Uribe señaló:<br />

“Algunos me dijeron: “Bueno, pero es que si ustedes<br />

introdujeron el concepto del monousuario, ¿por qué van<br />

a cambiar ahora en el decreto el área de extensión?”.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Añade el Presidente:<br />

“Y me dejó pensativo esa reflexión.<br />

El Ministro me dice: “Es que no podemos tener una<br />

operación avispa. El país lleno de pequeñas zonas<br />

francas, donde hay que tener unos controles aduaneros,<br />

etcétera”.<br />

“Pero creo que tampoco podemos exigir unas cabidas<br />

territoriales que nos causen dificultades.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

DISCUSIONES SOBRE EL AREA <strong>DE</strong> TERRENO:<br />

Uno ve, por ejemplo, lo que muestran de<br />

China. Un país tan extenso, y sin embargo<br />

hay unas zonas francas, que es un edificio,<br />

una zona especial, produciendo<br />

computadores.”<br />

Finalmente el Decreto 4051 de 2007 no exige<br />

una extensión mínima para los<br />

monousuarios, e incluso permite extensiones<br />

fraccionadas.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Discusiones adicionales, porque el proyecto<br />

plantea que los usuarios industriales de estas<br />

zonas no tienen derecho al 40% de<br />

deducción especial por inversiones.<br />

Al respecto dijo el Presidente:<br />

“Déjenme hablar con franqueza sobre<br />

algunos puntos sobre de ese decreto. A mí<br />

me parece que es justo que no se sumen<br />

sino que se excluyan el estímulo fiscal<br />

general para las zonas francas, de la tarifa<br />

del 15, y el estímulo general de la deducción<br />

del 40.<br />

34


6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

Al respecto siguió el Presidente:<br />

…Si tienen la tarifa del 15, ¿por qué habrá que sumarle<br />

la deducción del 40?<br />

Creo que eso es sano. Yo pediría una reflexión de<br />

ustedes para apoyar esa parte del decreto.”<br />

Debemos señalar al respecto que la deducción especial por<br />

inversiones del 40%, no podía ser negada o modificada<br />

por decreto, de tal forma que se opto por una formula<br />

alternativa que cubriera dicho efecto.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

El Decreto 4051 de 2007, consagra al<br />

efecto, entre los requisitos para que<br />

los monousuarios que ya están<br />

desarrollando actividades del proyecto,<br />

que la renta líquida del periodo<br />

anterior, que constituye base para<br />

comparación con los siguientes años,<br />

para efectos de crecer el doble, debe<br />

ser adicionada con un 40% de la<br />

deducción por activos fijos que hubiere<br />

tenido en dicho año base.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

<strong>LA</strong> LEY PAEZ Y <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS:<br />

Este año se vencen los beneficios de la Ley Páez, los<br />

sectores interesados buscan prorrogar los mismos o<br />

incorporarlos bajo un sistema de tributación especial,<br />

que se incluiría en uno de los proyectos de ley o se<br />

cobijaría por el decreto reglamentario de zonas<br />

francas.<br />

En el Congreso de Analdex el Presidente Uribe señaló<br />

las pautas al respecto:<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

“La Ley Páez. La Misión de Impuestos, cuyo informe<br />

recibí en el año 2002, recomendaba eliminar la Ley<br />

Páez.<br />

¿Qué decisión tomamos nosotros? No se la<br />

revoquemos a la gente que adquirió el derecho. Si eso<br />

se hace, se pierde confianza en la estabilidad<br />

normativa del país. Más bien digamos que no se<br />

autorizan nuevos entrantes para disfrutar de esos<br />

beneficios. Así se hizo en la reforma de 2002.<br />

Veo la gran preocupación expresada hoy por el doctor<br />

Javier Díaz de que ya se va a vencer el plazo<br />

originalmente concebido, y que qué puede pasar en<br />

esas empresas.”<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

“Creo que en el corto plazo debemos hacer algo<br />

transitorio.<br />

Yo sugiero esto: ¿por qué no pensamos en una<br />

transición y buscamos la posibilidad de que en el<br />

decreto de zonas francas se les dé a esas empresas<br />

un tratamiento especial, que se les diga: podrán<br />

gozar del beneficio de zonas francas especiales, si en<br />

tanto tiempo cumplen con los requisitos de este<br />

decreto.<br />

Y así no pasarían de cero al 34, sino de cero al 15.<br />

Pero se obligarían a darle la compensación al país de<br />

cumplir, dentro de un período equis, que lo pueda<br />

definir el decreto, con los requisitos de zona franca.”<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

CONCLUSIONES:<br />

Se abandonó la pretensión de realizar una<br />

reforma estructural en materia tributaria.<br />

Las reformas apuntan a fortalecer algunos<br />

sectores económicos, a la inversión y el<br />

capital.<br />

La coyuntura internacional ha evitado la<br />

crisis, pero la estabilidad en el mediano<br />

plazo dependerá de la tasa de cambio, y el<br />

precio del petróleo.<br />

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6. <strong>LA</strong>S ZONAS FRANCAS PERMANENTES<br />

ESPECIALES: UNA REFORMA TRIBUTARIA?<br />

CONCLUSIONES:<br />

Se pierde equidad por la discriminación cuando unos<br />

contribuyentes monousuarios de zona especial<br />

tributen al 15% y el resto al 33%.<br />

Queda en manos del ejecutivo otorgar tarifas y<br />

exenciones, vía zona franca.<br />

Hay que generar una discusión nacional sobre la<br />

conveniencia de estímulos particulares o de un<br />

sistema transparente para todos.<br />

41


………………….GRACIAS<br />

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