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Bájalo a tu disco duro - Gaceta Náutica

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NÚMERO 28 · MARZO DE 2013 www.acnauticosbaleares.com<br />

Edita: ACNB<br />

Parecía superado el debate sobre si un club náutico tiene derecho<br />

a gestionar plenamente y sin ingerencias todos los servicios<br />

por<strong>tu</strong>arios de su concesión, pero, ocho años después de la<br />

aprobación de la Ley de Puertos de Baleares y a pesar de casos<br />

REDACCIÓN ACNB<br />

PALMA<br />

Un club náutico es mucho más que<br />

un puerto recreativo, pero su vocación<br />

deportiva no anula en ningún<br />

caso su na<strong>tu</strong>raleza por<strong>tu</strong>aria. En los<br />

últimos tiempos han surgido voces<br />

que, de manera claramente interesada,<br />

intentan vender a la sociedad<br />

y a los poderes públicos involucrados<br />

en la gestión por<strong>tu</strong>aria que los<br />

náuticos y marítimos no tienen derecho<br />

a ampliar y mejorar su oferta<br />

de servicios. Esas críticas proceden,<br />

curiosamente, de sectores que llevan<br />

la libre competencia en el frontispicio<br />

de su discurso y que, incurriendo<br />

en una evidente contradicción,<br />

pretenden terminar con sus rivales<br />

empresariales mediante argumentos<br />

falaces.<br />

Porque, no lo olvidemos, los clubes<br />

náuticos son asociaciones deportivas<br />

cuya gestión no difiere de<br />

la de cualquier empresa. Ofrecen<br />

servicios y, como es lógico, cobran<br />

por ellos, al igual que hacen las marinas.<br />

El hecho diferencial de un<br />

club, el que justificaría sobradamente<br />

su protección, no está en su actividad<br />

por<strong>tu</strong>aria, sino en la obligada<br />

reinversión de todos sus beneficios<br />

en la mejora de las instalaciones (de<br />

ti<strong>tu</strong>laridad pública, por cierto), en la<br />

organización de eventos deportivos<br />

y en la formación de los navegantes<br />

del fu<strong>tu</strong>ro, es decir, en el sostenimiento<br />

de la base de un sector que<br />

se nutre de la existencia de ciudadanos<br />

que aman la mar.<br />

La Ley es muy clara: los clubes<br />

pueden dar beneficios (de hecho, es<br />

mejor para todos que así sea), pero<br />

tienen expresamente prohibido repartirlos<br />

entre sus asociados. Son,<br />

pues y a todos los efectos, entidades<br />

sin ánimo de lucro. Es muy importante<br />

comprender este importante<br />

matiz para rebatir el argumento de<br />

quienes, mediante una visión cortoplacista<br />

de las posibilidades económicas<br />

del sector, buscan acorralar a<br />

los clubes para imponer modelos de<br />

gestión que, como se ha visto claramente<br />

en el puerto Mahón, están<br />

condenados al más estrepitoso de<br />

los fracasos. Es crucial seguir denunciando<br />

las prácticas de estos<br />

lobbys de la especulación, cuyas<br />

principales inversiones se realizan<br />

en países orientales, para garantizar<br />

el fu<strong>tu</strong>ro del sector de la náutica recreativa<br />

y el acceso al mar de los<br />

ciudadanos. Y hay que hacerlo, sin<br />

ambages, ante la opinión pública y<br />

ante las administraciones autonó-<br />

club de noticias<br />

Boletín informativo de la Asociación de Clubes Náuticos de Baleares<br />

judiciales tan sonados como el de Gerardo Díaz Ferrán, vuelven<br />

a la carga los defensores de los oligopolios. La ACNB reivindica<br />

en este artículo el modelo de gestión por<strong>tu</strong>aria de los<br />

clubes sin ánimo de lucro y apunta como prueba de su eficacia<br />

la manera en que éstos se han adaptado a las estrecheces de la<br />

crisis, sin reclamar condonaciones ni aplazamientos de deudas<br />

a la Administración y sin, por supuesto, abandonar sus<br />

concesiones, casos que sí se han dado en otras empresas.<br />

Un modelo social y sostenible<br />

Los clubes náuticos de Baleares reivindican la eficacia de su sistema de gestión por<strong>tu</strong>aria<br />

Servicio de varada con travelift en el Club Nàutic S’Arenal. / PEPE QUIROGA<br />

mica y estatal. Es mucho lo que está<br />

en juego.<br />

La Asociación de Clubes Náuticos<br />

de Baleares (ACNB) fue consti<strong>tu</strong>ida<br />

en su momento para reivindicar un<br />

modelo de gestión por<strong>tu</strong>aria que ha<br />

demostrado ser eficaz y duradero.<br />

Las insti<strong>tu</strong>ciones públicas comprendieron,<br />

aunque sólo parcialmente, la<br />

relevancia histórica y social de los<br />

clubes e impulsaron una ley (la de<br />

Puertos de 2005) que, sin reconocer<br />

expresamente el papel fundamental<br />

de los náuticos para la economía y la<br />

vertebración social de las Islas, sí per-<br />

LO QUE DICE LA LEY<br />

mitió la renovación de las concesiones<br />

autonómicas que estaban amenazadas<br />

por la caducidad y los movimientos<br />

estratégicos de grandes<br />

grupos empresariales que ahora,<br />

ocho años después y a pesar de todo<br />

lo sucedido, vuelven a la carga argumentando<br />

que los clubes náuticos<br />

no deben ofrecer, por ejemplo, servicios<br />

como el de varada -como si<br />

sus socios y usuarios de tránsito no<br />

<strong>tu</strong>vieran barcos-, y pretendiendo limitar<br />

el margen de maniobra de estas<br />

entidades para hacer rentables, y<br />

por consiguiente sostenibles, sus<br />

concesiones. Alegan la falsa «competencia<br />

desleal» de los clubes para<br />

intentar mantener su posición de<br />

monopolio en servicios que, como el<br />

mantenimiento de embarcaciones,<br />

siempre han sido consustanciales a<br />

la actividad por<strong>tu</strong>aria y se han venido<br />

practicando históricamente en<br />

un gran número de puertos. Competencia,<br />

sí, por supuesto; desleal,<br />

en ningún caso.<br />

La ACNB considera que los hechos<br />

son elocuentes y demuestran que el<br />

modelo de gestión de los clubes<br />

náuticos es, sin lugar a dudas, uno<br />

de los más eficientes. Su régimen<br />

democrático permite la posibilidad<br />

de la renovación interna y garantiza<br />

la sostenibilidad económica. La<br />

prueba más evidente de que el sistema<br />

funciona es la manera en la que<br />

los clubes náuticos de Baleares se<br />

han adaptado a las estrecheces de la<br />

crisis sin la necesidad de solicitar<br />

aplazamientos en el pago de los cánones<br />

por la ocupación del espacio<br />

público y sin que ninguno de ellos<br />

haya tenido que recurrir al abandono<br />

de la concesión, supuestos que sí<br />

se han dado en otras empresas.<br />

Los clubes náuticos, por otro lado,<br />

carecen de vocación expansiva y<br />

limitan sus expectativas de crecimiento<br />

a sus vigentes concesiones,<br />

que en algunos casos se han quedado<br />

pequeñas para atender la doble<br />

función de promoción deportiva y<br />

gestión por<strong>tu</strong>aria. El hecho de ser<br />

entidades sin ánimo de lucro no<br />

deslegitima a los clubes para mejorar<br />

los puertos públicos que explotan<br />

ni para tratar de incrementar sus<br />

ingresos -siempre dentro del marco<br />

establecido por la Ley de Puertos- y<br />

contribuir de esta manera a prestar<br />

una mejor atención a sus usuarios,<br />

ya sean socios o transeúntes. El<br />

buen funcionamiento de un puerto<br />

deportivo redunda en beneficio del<br />

conjunto de la economía. En el caso<br />

de los clubes náuticos lo hace, además,<br />

en el de la sociedad. Porque,<br />

hay que insistir, la ley no ofrece lugar<br />

a dudas: todo el beneficio que<br />

obtienen los náuticos y marítimos<br />

debe reinvertirse en la conservación<br />

y mejora del puerto y en actividades<br />

deportivas. Más claro, agua.<br />

Asociaciones deportivas sin ánimo de lucro<br />

Los clubes náuticos son<br />

asociaciones cuya regulación<br />

general se enmarca en<br />

el ámbito de la legislación<br />

deportiva, cuya competencia<br />

está transferida a las<br />

comunidades autónomas,<br />

siendo las normas básica<br />

para su regulación la Ley<br />

14/2006, de 17 de oc<strong>tu</strong>bre,<br />

del Deporte de las Islas<br />

Baleares, y el Decreto<br />

147/1997, de 21 de no-<br />

viembre, sobre consti<strong>tu</strong>ción<br />

y funcionamiento de<br />

los clubes deportivos en el<br />

ámbito de la comunidad<br />

autónoma.<br />

También son de aplicación<br />

los esta<strong>tu</strong>tos sociales<br />

y la reglamentación específica<br />

de las federaciones<br />

en las que están inscritos.<br />

Es importante destacar<br />

que los clubes náuticos, en<br />

vir<strong>tu</strong>d del ya citado Decre-<br />

to 147/1997, deben repercutir<br />

sus beneficios en el<br />

desarollo del objeto social,<br />

que no es otro que el fomento<br />

del deporte náutico<br />

en cualquier de sus vertientes,<br />

quedando prohibido<br />

de forma expresa (artículo<br />

73.2) el reparto de<br />

beneficios entre los socios.<br />

Tanto es así que, en caso<br />

de extinción de un club,<br />

sus fondos revertirían en<br />

la federación correspondiente.<br />

Los náuticos obtienen<br />

los recursos para la promoción<br />

deportiva a través de<br />

los servicios por<strong>tu</strong>arios<br />

(amarre, varada, mantenimeinto,<br />

etcétera) que prestan<br />

a sus propios socios y<br />

a otros usuarios en tránsito,<br />

así como de empresas<br />

patrocinadoras. Gracias a<br />

ello, los clubes lideran la<br />

formación de navegantes<br />

desde la base y organizan<br />

eventos deportivos (en algunos<br />

casos de relevancia<br />

internacional) que son beneficiosos<br />

para el conjunto<br />

de la economía y la oferta<br />

complementaria del sector<br />

<strong>tu</strong>rístico. Apartar a los clubes<br />

de la gestión por<strong>tu</strong>aria<br />

sería sencillamente catastrófico<br />

para el deporte<br />

náutico en España.

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