10.05.2013 Views

Untitled - CGT

Untitled - CGT

Untitled - CGT

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Guía Práctica Elecciones Sindicales en las Administraciones Públicas<br />

el artículo 128.d LPL), quedará constancia a los efectos de su posterior<br />

impugnación ante la Jurisdicción social (recuérdese que no<br />

existe un acta como tal de la comparecencia ante el árbitro, que se<br />

limita a ir tomando notas para su constancia de los distintos argumentos<br />

de las partes).<br />

5.3. A la luz de la legislación laboral, entendemos que el árbitro no<br />

puede suspender o paralizar el proceso electoral en curso.<br />

6. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la comparecencia, el<br />

árbitro resolverá el asunto sometido a arbitraje por medio del<br />

correspondiente Laudo, que deberá ser por escrito y razonado, resolviendo<br />

en Derecho sobre la impugnación del proceso electoral<br />

y en su caso, sobre el registro del acta. El Laudo, al menos, debe<br />

contener:<br />

❑ Los datos del árbitro y de las partes.<br />

❑ La petición concreta iniciadora del procedimiento arbitral.<br />

❑ Las alegaciones y las pruebas.<br />

❑ Las actuaciones llevadas a cabo y el lugar en el se formalizaron.<br />

❑ La decisión final, precedida de su motivación jurídica. Esta decisión<br />

debe ser congruente con las peticiones de las partes. Así, el<br />

Laudo podrá:<br />

a) Desestimar la impugnación planteada, declarando por tanto la<br />

validez de los actos impugnados.<br />

b) Estimar la impugnación totalmente, declarando la nulidad o anulabilidad<br />

de los actos sometidos a arbitraje.<br />

c) Estimar parcialmente la impugnación, declarando la nulidad o<br />

anulabilidad parcial de los actos impugnados.<br />

— Existen dudas en la doctrina, al respecto de si debe o no constar<br />

la posibilidad de impugnación del Laudo, el plazo y órgano juris-<br />

98

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!