11.05.2013 Views

recomendación 38/2003, dirigida al profr. abel julián morales ortega ...

recomendación 38/2003, dirigida al profr. abel julián morales ortega ...

recomendación 38/2003, dirigida al profr. abel julián morales ortega ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

RECOMENDACIÓN <strong>38</strong>/<strong>2003</strong>, DIRIGIDA AL PROFR. ABEL JULIÁN MORALES<br />

ORTEGA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE<br />

AYUNTAMIENTO DE HUEJOTZINGO, Y AL PROFR. VÍCTOR JUÁREZ<br />

HERNÁNDEZ, PRESIDENTE AUXILIAR MUNICIPAL DE SANTA ANA<br />

XALMIMILULCO, AMBOS DE PUEBLA.<br />

Eliodoro Ramírez Goiz acudió a la Comisión de Derechos Humanos a efecto de<br />

manifestar que el dìa 15 de mayo del año en curso, fue detenido por elementos de seguridad<br />

pública de la Junta Auxiliar de Santa Ana X<strong>al</strong>mimilulco, Puebla, quienes de manera<br />

injustificada lo trasladaron a la cárcel del lugar donde permaneció privado de su libertad<br />

durante 29 horas sin explicarle el motivo de su detención, para luego ser puesto en libertad<br />

por indicaciones del Regidor de Gobernación.<br />

En atención a que los hechos denunciados por Eliodoro Ramírez Goiz atentan<br />

contra derechos fundament<strong>al</strong>es como son la libertad person<strong>al</strong>, la seguridad jurídica y la<br />

garantìa de leg<strong>al</strong>idad, se inició una exhaustiva investigación por parte de la Institución<br />

quien confirmó que los agentes polici<strong>al</strong>es de Santa Ana X<strong>al</strong>mimilulco, detuvieron <strong>al</strong><br />

quejoso por presuntas f<strong>al</strong>tas administrativas y en cumplimiento a su deber lo pusieron a<br />

disposición de la autoridad inmediata, como lo era el Regidor de Gobernación sin embargo,<br />

esta autoridad, excediéndose en sus funciones, de manera ileg<strong>al</strong> mantuvo arbitrariamente<br />

privado de su libertad <strong>al</strong> mismo quejoso sin ponerlo a disposición de la autoridad<br />

competente como lo establece la Constitución Gener<strong>al</strong> de la República, la Ley orgánica<br />

Municip<strong>al</strong> y el propio Bando de Policía y Buen Gobierno de Huejotzingo, asi mismo <strong>al</strong><br />

margén de todo procedimiento, determinó su situación jurídica, función reservada <strong>al</strong> Juez<br />

C<strong>al</strong>ificador.<br />

En esas condiciones la CDH. emitió una <strong>recomendación</strong> en la que después de<br />

mostrar su desacuerdo por los actos de las autoridades de referencia, <strong>al</strong> hacer notar las<br />

irregularidades en que incurrieron, solicitó <strong>al</strong> Presidente Municip<strong>al</strong> de Huejotzingo<br />

instruyera <strong>al</strong> Presidente de la Junta Auxiliar de Santa Ana X<strong>al</strong>mimilulco, para que en el<br />

momento en que tuviera conocimiento de la detención de una persona por infracciones<br />

administrativas, la pusiera a disposición del Juez C<strong>al</strong>ificador de Huejotzingo, Puebla, para<br />

que sea esta autoridad, quien con apego a la ley, substancie el procedimiento administrativo<br />

correspondiente.<br />

Asimismo, se recomendó <strong>al</strong> Presidente Auxiliar de Santa Ana X<strong>al</strong>mimilulco<br />

reiterara a las autoridades de la Junta y en especi<strong>al</strong> <strong>al</strong> Regidor de Gobernación Miguel<br />

Angel Espinoza Ramírez, la obligación que tiene de sujetar su actuación a la Constitución y<br />

leyes que de ella emanan así como también la importancia y obligación de poner con<br />

inmediatez a disposición del Juez C<strong>al</strong>ificador a las personas que le sean remitidas haciendo<br />

notar a los servidores públicos de la misma Junta, las consecuencias y responsabilidad en<br />

que se incurre con una actuación arbitraria e ileg<strong>al</strong> como aquella materia del documento.<br />

En vía de colaboración, la Institución pidió <strong>al</strong> Congreso del Estado la iniciación del<br />

procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos involucrados y <strong>al</strong><br />

Procurador Gener<strong>al</strong> de Justicia la continuación de la integración de la averiguación previa


493/<strong>2003</strong> radicada con motivo de los mismo hechos, en la Agencia del Ministerio Público<br />

de Huejotzingo, Puebla.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!