11.05.2013 Views

COVENIN 0200-1999 Código Eléctrico Nacional.pdf - Arquitectos RP

COVENIN 0200-1999 Código Eléctrico Nacional.pdf - Arquitectos RP

COVENIN 0200-1999 Código Eléctrico Nacional.pdf - Arquitectos RP

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>COVENIN</strong> 200 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL<br />

(b) Conductores de circuitos. Los conductores de los<br />

circuitos ramales con un aislante adecuado a la temperatura a<br />

la que sean sometidos podrán terminar en el aparato.<br />

(c) Conductores de derivación. Los conductores de<br />

derivación del tipo adecuado a la temperatura a que serán<br />

sometidos pueden instalarse desde el terminal de conexión<br />

de la lámpara hasta una caja de salida colocada al menos a<br />

30 cm del aparato. Dichos conductores de derivación deben<br />

estar en una canalización adecuada de longitud mayor de<br />

1,20 m pero menor de 1,80 m.<br />

N. Fabricación de las luminarias de superficie y<br />

embutidas<br />

410-68. Temperatura. Las luminarias se construirán de<br />

manera que el material combustible adyacente no estará<br />

sujeto a temperaturas mayores de 90 C.<br />

410-69. Cubiertas. Las cubiertas de láminas metálicas<br />

deberán protegerse contra la corrosión y serán de un espesor<br />

no menor de 0,78 mm (No 22MSG).<br />

Excepción. Cuando una tapa de un canal metálico esté<br />

dentro de una cubierta de metal de espesor de 0,78<br />

mm (No 22MSG), dicha tapa puede ser de un espesor<br />

de 0,62 mm(No 24MSG).<br />

410-70. Marcado de la potencia de las lámparas. Las<br />

luminarias para lámparas incandescentes deberán llevar<br />

marcada la potencia máxima permitida en watts. Las marcas<br />

serán permanentes, en letras de una altura mayor de 6 mm y<br />

ubicada donde sean visibles cuando se haga el cambio de las<br />

lámparas.<br />

410-71. Prohibición de usar soldadura. En la fabricación<br />

de las cajas de las luminarias no se hará uso de soldadura.<br />

410-72. Portalámpara. Los portalámparas de casquillo<br />

roscado serán de porcelana u otro material aislante<br />

adecuado. Si se emplean cementos, éstos serán del tipo de<br />

alta temperatura.<br />

P. Disposiciones especiales para los sistemas de<br />

alumbrado de descarga de 1000 Volt o menos<br />

410-73. Disposiciones generales.<br />

(a) Tensión en circuito abierto de 1000 Volt o menos. El<br />

equipo a utilizarse en sistemas de alumbrado por descarga<br />

eléctrica y diseñado para una tensión en circuito de 1000<br />

Volt o menos, será de un tipo aprobado para tal uso.<br />

(b) Considerado como parte activa. Los terminales de una<br />

lámpara de descarga deben considerarse como partes activas<br />

Cortesia de :<br />

cuando cualquier terminal de la lámpara esté conectado a un<br />

circuito mayor de 300 Volt.<br />

(c) Transformadores en aceite. No se utilizarán<br />

transformadores en aceite.<br />

(d) Requisitos adicionales. Además de cumplir con los<br />

requisitos generales para luminarias, tales equipos cumplirán<br />

con la parte Q de esta sección.<br />

(e) Protección térmica. Para las luminarias fluorescentes<br />

instaladas en interiores se proveerá una protección térmica<br />

integral dentro del balasto. Los reemplazos para estos<br />

balastos también deberán estar íntegramente protegidos.<br />

Excepción. Para la parte (e) anterior: Las luminarias<br />

fluorescentes que utilicen balastos exclusivamente<br />

reactivas.<br />

(f) Luminarias de descarga de alta intensidad embutidos.<br />

Cuando sean instaladas en interiores luminarias de descarga<br />

de alta intensidad, estas deberán estar térmicamente<br />

protegidas e identificadas. Cuando las luminarias están<br />

operadas por balastos remotos, los balastos deberán estar<br />

térmicamente protegidos.<br />

410-74. Equipos de corriente continua . Las luminarias<br />

instaladas sobre circuitos de corriente continua deben estar<br />

dotadas de un equipo auxiliar y resistencias especialmente<br />

diseñado para funcionar en corriente continua y dichas<br />

luminarias estarán así identificados.<br />

410-75. Tensiones. Unidades de viviendas.<br />

(a) Tensión en circuito abierto mayor de 1000 Volt. Los<br />

equipos que tengan una tensión en circuito abierto de más de<br />

1000 Volt no se instalarán en unidades de vivienda.<br />

(b) Tensión en circuito abierto mayor de 300 Volt. Los<br />

equipos que tengan una tensión en circuito abierto de más de<br />

300 Volt no se instalarán en unidades de vivienda a menos<br />

que dichos equipos estén diseñados de forma que no queden<br />

al descubierto partes activas cuando las lámparas estén<br />

montadas, se coloquen o se reemplacen.<br />

410-76. Montaje de las luminarias .<br />

(a) Balastos descubiertos. Las luminarias que tengan<br />

balasto o transformadores descubiertos serán instaladas de<br />

manera que éstos no estén en contacto con material<br />

combustible.<br />

(b) Paneles combustible de fibra celulósica de baja<br />

densidad. Cuando deben instalarse luminarias de superficie<br />

que contengan balastos sobre paneles combustibles de fibra

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!