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COVENIN 0200-1999 Código Eléctrico Nacional.pdf - Arquitectos RP

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<strong>COVENIN</strong> 200 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL<br />

envolventes integrados que lleven una vuelta de cable<br />

adicional para permitir los cambios futuros, se<br />

considera que la vuelta de cable forma parte integrante<br />

de los artefactos cableados.<br />

(j) Daños materiales. Cuando estén expuestos a daños<br />

materiales, los cables metálicos expuestos deben estar<br />

protegidos por cubiertas, protectores, canalizaciones u otros<br />

medios.<br />

(k) Placas metálicas. Las placas metálicas deben ser de<br />

metal ferroso, de un espesor no inferior a 762 micras o de<br />

metal no ferroso y espesor no inferior a 1 mm. Las placas<br />

no metálicas deben estar listadas.<br />

(l) Placas metálicas puestas a tierra eficazmente.<br />

Cuando se utilicen placas metálicas deben estar conectadas<br />

a tierra eficazmente.<br />

(m) Humedad o daños materiales. Cuando la instalación<br />

exterior o bajo el chasis sea de 120 Volt nominales o más y<br />

esté expuesta a humedad o daños físicos, se deben proteger<br />

los cables instalándolos en conduleta de metal rígido,<br />

conduleta metálico semi-rígido, tuberías eléctricas metálicas<br />

o conduleta rígido no metálico, instalados lo más cerca<br />

posible de los bastidores o envolventes de los equipos u<br />

otras canalizaciones o cables identificados para esa<br />

aplicación.<br />

(n) Interconexión de los componentes. Se permite la<br />

interconexión durante el montaje de los módulos u otros<br />

componentes de la Casa Rodante, de los accesorios y<br />

conectores que estén previstos para quedar ocultos durante<br />

el montaje del vehículo, cuando estén probados,<br />

identificados y listados según las normas aplicables. Tales<br />

accesorios y conectores deben ser adecuados para el método<br />

de instalación utilizado en cuanto a aislamiento, aumento de<br />

temperatura y fallas a tierra y deben ser capaces de soportar<br />

las vibraciones y pequeños movimientos relativos entre los<br />

distintos componentes de la Casa Rodante.<br />

(o) Métodos de conexión en Casas Rodantes<br />

expandibles.<br />

(1) Se permite que la parte del circuito ramal instalada en<br />

una parte expandible se conecte a la parte del circuito<br />

derivado instalado en la parte principal del vehículo, por<br />

medio de un cable flexible o cable con enchufe de conexión<br />

listado para uso intenso. El cable y sus conexiones deben<br />

cumplir todas las disposiciones de la Sección 400 y su uso<br />

se considera permitido de acuerdo con lo establecido en el<br />

Artículo 400-7.<br />

(2) Si el tomacorriente para la conexión del cable al<br />

circuito principal está situado fuera del vehículo, debe llevar<br />

Cortesia de :<br />

instalada protección de las personas por medio de un<br />

interruptor automático contra falla a tierra y estar listada<br />

para lugares mojados. Todos los cables instalados en el<br />

exterior del vehículo deben estar identificados para uso en<br />

exteriores.<br />

(3) Si no es desmontable o si no queda almacenado dentro<br />

de la Casa Rodante, el conjunto del cable debe estar<br />

protegido permanentemente contra la corrosión y daños<br />

mecánicos mientras circule la Casa Rodante.<br />

(4) Si se utiliza un cable con enchufe, debe estar instalado<br />

de modo que los enchufes no queden expuestas cuando<br />

estén conectadas.<br />

(p) Precableado para aire acondicionado. Los<br />

precableados realizados para facilitar la futura conexión de<br />

artefactos de aire acondicionado, deben cumplir las<br />

siguientes disposiciones y las demás de esta Sección que les<br />

sean aplicables. El circuito de aire acondicionado no se<br />

debe utilizar para otros fines.<br />

(1) En el tablero de distribución se debe instalar un<br />

dispositivo de protección contra sobrecorriente de<br />

capacidad compatible con los conductores del circuito. Se<br />

deben hacer todas las conexiones.<br />

(2) El extremo de la carga del circuito debe terminar en<br />

una caja de empalmes con una tapa ciega u otro dispositivo<br />

listado para ese fin. Cuando se utilice una caja de empalmes<br />

con tapa ciega, los extremos de los conductores se deben<br />

tapar o cubrir con cinta aislante.<br />

(3) Cerca de la caja de bornes se debe colocar una<br />

etiqueta permanente con la siguiente información:<br />

“CIRCUITO DE AIRE ACONDICIONADO. ESTA<br />

CONEXIÓN ES PARA ACONDICIONADORES DE<br />

AIRE DE 110-125 VOLT C.A., 60 Hz Y ...........<br />

AMPERE MÁXIMO. NO SOBREPASAR LA<br />

INTENSIDAD NOMINAL DEL CIRCUITO”.<br />

En los puntos suspensivos debe constar una cifra que no<br />

supere el 80% de la capacidad de la instalación.<br />

552-49. Conductores y cajas.<br />

(a) Número máximo de conductores. El número<br />

máximo de conductores permitidos en las cajas debe<br />

cumplir lo establecido en el Artículo 370-16.<br />

(b) Tramos libres en cada caja. En cada caja se deben<br />

dejar como mínimo 15 cm libres en el extremo de los<br />

conductores, excepto cuando éstos estén diseñadas para<br />

formar vueltas sin uniones.

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