12.05.2013 Views

CAPITULO II - bibliotecas morelos

CAPITULO II - bibliotecas morelos

CAPITULO II - bibliotecas morelos

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

c) Se hará acreedor a las sanciones que imponga la asociación afiliada a que pertenezca.<br />

d) Para la aplicación de las sanciones, se tomarán en cuenta las circunstancias en que la infracción<br />

fue cometida, la gravedad de la misma y la condición del infractor.<br />

16. De acuerdo al artículo 51 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del artículo 5º<br />

Constitucional, se considera pasante:<br />

a) Al estudiante que ha concluido el primer año de la carrera en las de dos años, el segundo en las<br />

de tres y cuatro años y el tercero en las de mayor duración.<br />

b) Al alumno actual de un plantel profesional<br />

c) Al estudiante que tenga buena conducta<br />

d) Al profesionista que no tenga más de un año de concluidas los estudios<br />

17. Con fundamento en el articulo 5 de la CPEUM a ninguna persona podrá impedírsele que se<br />

dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, el ejercicio de<br />

esta libertad sólo podrá vedarse cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución<br />

gubernativa dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofenden los derechos de la<br />

sociedad y dicha determinación es:<br />

a) Judicial.<br />

b) Penal.<br />

c) Civil.<br />

d) Fiscal<br />

18. De acuerdo al artículo 170 del código penal del Estado de Jalisco se considera como<br />

usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de uniformes o insignias al que:<br />

a) Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista sin serlo.<br />

b) Se atribuya el carácter de profesionista sin tener título legal o ejerza los actos propios de la<br />

profesión.<br />

c) Desarrolla actividad profesional cuyo ejercicio requiera título, sin haber registrado este.<br />

d) Sin tener el título correspondiente ejerzan la ley exija título.<br />

19. Con fundamento en el artículo 52º fracción y incisos a y b del Código Fiscal de la Federación,<br />

las personas de nacionalidad mexicana que tengan título de contador público registrado ante la<br />

Secretaria de Educación Pública y que sea miembro de un colegio de contadores reconocido y las<br />

personas extranjeras con derecho a dictaminar conforme a los tratados internacionales de que<br />

México sea parte, son aquellos que pueden dictaminar fiscalmente ya que se encuentran:<br />

a) Registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />

b) Registro ante la Secretaría de Educación Pública<br />

c) Registro ante la Secretaría de Vialidad y Transporte<br />

d) Registro ante la CANACO<br />

20. Con base en el artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, cuando el contador público no<br />

de cumplimiento a las disposiciones, no formule el dictamen fiscal habiendo suscrito el aviso<br />

presentado por el contribuyente o no aplique el procedimiento de la auditoría fiscal, la autoridad<br />

fiscal, previa audiencia:<br />

a) Exhortará o amonestará al contador público registrado o suspenderá hasta por dos años los<br />

efectos de su registro<br />

b) Exhorta o amonestará al contador público o suspenderá hasta por seis años los efectos de su<br />

registro.<br />

c) Exhortara o amonestará al contador público registrado o suspenderá por siete años los efectos<br />

de su registro.<br />

d) Exhortará o amonestará al contador público registrado o suspenderá hasta por nueve años los<br />

efectos de su registro.<br />

99

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!