una mirada integral a los bosques del peru
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RECUADRO 4. Responsabilidades y competencias de <strong>los</strong> gobiernos regionales<br />
en materia ambiental y de ordenamiento territorial<br />
De acuerdo con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales No. 27867 estos tienen como fin fomentar el desarrollo<br />
regional <strong>integral</strong> sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de<br />
<strong>los</strong> derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con <strong>los</strong> planes y programas nacionales,<br />
regionales y locales de desarrollo.<br />
Artículo 53. Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial:<br />
a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar <strong>los</strong> planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento<br />
territorial, en concordancia con <strong>los</strong> planes de <strong>los</strong> Gobiernos Locales.<br />
b. Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales.<br />
c. Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica<br />
y sobre cambio climático, dentro <strong>del</strong> marco de las estrategias nacionales respectivas.<br />
d. Proponer la creación de las áreas de conservación regional y local en el marco <strong>del</strong> Sistema Nacional de Áreas Protegidas.<br />
e. Promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos <strong>los</strong><br />
niveles.<br />
f. Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y <strong>del</strong>imitación en el ámbito <strong>del</strong> territorio regional y organizar evaluar<br />
y tramitar <strong>los</strong> expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia.<br />
g. Participar en el diseño de <strong>los</strong> proyectos de conformación de macro regiones.<br />
h. Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre<br />
uso racional de <strong>los</strong> recursos naturales, en su respectiva jurisdicción. Imponer sanciones ante la infracción de normas<br />
ambientales regionales.<br />
i. Formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con <strong>bosques</strong><br />
naturales o áreas protegidas.<br />
j. Preservar y administrar, en coordinación con <strong>los</strong> Gobiernos Locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales<br />
que están comprendidas íntegramente dentro de su jurisdicción, así como <strong>los</strong> territorios insulares, conforme a Ley.<br />
Fuente: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales No. 27867, 2002.<br />
4.2.6 Ministerio de Relaciones<br />
Exteriores – MINRE<br />
La Cancillería es el punto focal político<br />
de la CMNUCC y responsable de la posición<br />
<strong>del</strong> país en las negociaciones que<br />
se realicen en el marco de dicha convención.<br />
4.2.7 Ministerio de Cultura<br />
Creado en el año 2010, es el organismo<br />
rector en materia de cultura y ejerce<br />
competencia, exclusiva y excluyente,<br />
respecto de otros niveles de gestión en<br />
todo el territorio nacional.<br />
Las áreas programáticas sobre las cuales<br />
el Ministerio de Cultura ejerce sus<br />
competencias, funciones y atribuciones<br />
para el logro de <strong>los</strong> objetivos y metas <strong>del</strong><br />
Estado son las siguientes:<br />
• Patrimonio cultural de la Nación, material<br />
e inmaterial<br />
• Creación cultural contemporánea y artes<br />
vivas<br />
• Gestión cultural e industrias culturales<br />
• Pluralidad étnica y cultural de la Nación<br />
El Instituto Nacional de Desarrollo<br />
de Pueb<strong>los</strong> Andinos, Amazónicos y