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1 - Proinversión

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En caso las Partes ne lleguen a un aeuerdo en la madifleaeidn propuesta po~ el<br />

CONCEDENTE, el Proyecto de Ingenieria Bellnltiva a $er evaluado ser8 el<br />

inicialmente presentado<br />

El CONCESIONARIO, por inicietiva propia podre presentar al CBNCEBENTE,<br />

a través del REGULADOR, medificaciones a la Ingeriie~ia Definitiva, asi oamo<br />

el uso de los materiales, m&todos de construcclón o tecnologla empleada,<br />

según aparezcan en el mercado y generen una mejora en la ealidad de la<br />

infraestructura o de los servicios<br />

OeJLlCAelONES DEL CONCE!3lBNARl%<br />

Durante la elaboración del Proyecto de Ingeni61rla Definitiva, el<br />

CONCESIONARIO se encuentra obligado a proporcionar al REQULABOR y al<br />

CONCEDENTE, toda la información disponible que estos últimos seliciten y<br />

facilitarle el acceso a las actividades y estudlos que el CONCESIBNARIB<br />

realice para este fin La informacldn deberá ser presentada en un plazo que no<br />

ser& mayor de diez (16) Días Calendario, contados a partir de le fecha en que<br />

el REGULADOR y10 el CONCEDENTE hayan formulado por escrito la solicitud<br />

correspondiente<br />

Cabe sehalar que la informacibn presentada por el CBNCE81BNARlO ne<br />

coristituye la presentación parcial del B~oyeclo dar Ingenie~la Definitiva o que se<br />

refiere la CIBusula 6 4 del presente Contrato.<br />

LIBRO DE OBRA Y DE SUGERENCIAS<br />

6.9. A partir del inicio de las Obras en les plazos indicadas en la Cl&u8ula 6.1, el<br />

CBNCE810NARIO se obliga a abrir y mantener un Libro de Obra y un Llbra de<br />

Sugerencias. En dicho Libro de Obra se anotarán los hechos m8s importantes<br />

durante la ejecución de Obras, Rehabilitación y el Mejoramiento de las mismos,<br />

incluyendo entre otros: relación de fuentes de materiales que se estén<br />

empleando; relación de proveedores y rubeontratlstae; copia de resultados de<br />

ensayo o de pruebas de puesta en funcionorniento; copia de cornunicaeisnes<br />

entre' el CONCESIONARIO y el REC3ULADOR; oopia de lo$ Informea de<br />

Avance de Obra: copia de cubic~ciones mensuoles; relaciiin de los evento8<br />

que han afectado el cumplimiento del calendario de avance; eonsultsis, y<br />

respuestas entre el CONCESIONARIO y el CONCEDENTE referido s todo<br />

evento; y cualquier otra información útil para documentar el groceso de<br />

ejecucibn de Obras, Rehabilitaci6n y Mejoramiento de las Obras. Se anotaran,<br />

por Último, las condiciones en que se pone en qervieio le Obra.<br />

B 10 Los Lib~os de Obra debepan llevarse en original y dos copiae. Las pdgjinaa<br />

deberan estar legalizadas notarialmanto, nume~sdas sorrslativameRte,<br />

pudiendo adoptarse el sistema mecanizado de hoja6 eueltas Los Libres de<br />

Sugerencias deberhn obse~ar lo eeAalado en el Reglamento de Atención de<br />

Reclamos y Solución de Controversias del REGULADOR<br />

Tanto el CONCEDENTE como (31 REOULADOR tsndrhn libre acceso al Libro<br />

de Obra durante sil Periodo de Obras Una vez puesta en servicio la Ob~a, los<br />

originales serttn entregados al REQULADOR, quedando un juego de copias en<br />

poder del CONCESIONARIO y otro en poder del CONCEDENTE<br />

Del mismo modo, el CONCESIONARIO se obllga a abrir a partlr de le Fecha de<br />

Inicfi de Explotacidn a que se refieíe la CiOusula 8.10, un Libro de $ugls:@u@ias

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